Revista FER nº 153

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LEGISLACIÓN

Acuerdo del Consejo Europeo para la modificación del Reglamento sobre traslados de residuos

S

e ha hecho público el acuerdo del Consejo relativo a la modificación del Reglamento europeo 1013/2006 sobre traslados de residuos, que establece los requisitos para los traslados de residuos en la Unión Europea y entre la Unión Europea y los terceros países.

En esta modificación se incluyen medidas para asegurar una aplicación más uniforme de este Reglamento en todos los países. De este modo, para el 1 de enero de 2017, los Estados miembro tendrán que establecer planes de inspección, que deberán basarse en una evaluación de riesgos, y que deberán incluir los objetivos y las prioridades de las inspecciones, la zona geográfica cubierta por los planes y las tareas asignadas a cada autoridad que intervenga en los controles.

Asimismo, estos planes deberán ser revisados y actualizados al menos cada tres años, y los Estados miembro deberán hacer pública anualmente la información relacionada con estas inspecciones. Esta modificación, que todavía no se ha publicado en el Diario Oficial de la UE, se aplicará desde el 1 de enero de 2016.

Modificación de los reales decretos que regulan el derecho a efectuar declaraciones en aduana, la figura del representante aduanero y las comunicaciones administrativas obligatorias

E

l Real Decreto 335/2010 por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero, fue objeto de cuatro recursos ante el Tribunal Supremo y tras las sentencias publicadas el pasado 14 de mayo se publicó su modificación.

Se ha modificado el artículo 4 sobre “Condición de representante aduanero”, donde se indica que serán representantes aduaneros, pudiendo actuar en nombre y por cuenta ajena o en nombre propio y por cuenta ajena las personas físicas o jurídicas que reúnan los siguientes requisitos: Nº 153

JUNIO

2014

a) Estar establecidas, según la legislación aduanera de la Unión Europea, en España o en el territorio de cualquier otro Estado miembro de aquélla o, en los supuestos que se prevean en la citada legislación, en terceros países.

b) Acreditar la capacitación necesaria para el desarrollo de la actividad de representante aduanero.

c) Estar inscrito en el Registro de Representantes Aduaneros del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE LA RECUPERACIÓN Y EL RECICLAJE


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