Reglamento de bando de policia y gobierno

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penetración entre la juventud, generando alternativas que permitan su adecuado desenvolvimiento, llevando a cabo convenios y acuerdos de colaboración, no sólo con dependencias municipales, sino incluso con organismos no gubernamentales, asociaciones civiles y empresas, para el adecuado desarrollo de sus fines.

TÍTULO DUODÉCIMO DE LA ESTADÍSTICA CAPÍTULO ÚNICO Artículo 254.- Conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, los habitantes y vecinos de este municipio, tienen la obligación de proporcionar veraz y oportunamente los datos estadísticos que se les soliciten y cooperar en el levantamiento de los censos respectivos. Artículo 255.- Las autoridades municipales de acuerdo con los recursos humanos, técnicos y económicos con que cuenten, levantarán conjuntamente con la autoridad de educación los censos de los niños en edad escolar, así como de los adultos analfabetos que existan dentro de su jurisdicción; de igual forma prestarán su auxilio para los fines del artículo anterior.

TÍTULO DÉCIMOTERCERO DE LAS FALTAS E INFRACCIONES AL BANDO Y SUS SANCIONES Artículo 256.- Para efectos del presente bando, las infracciones o faltas son: I. II. III. IV. V. VI.

Al orden público; A la armonía de los ciudadanos y a la moral pública; A la ecología y a la salud; Al civismo y a las autoridades municipales; A la prestación de servicios públicos municipales y a los bienes de propiedad privada y municipal; y Las demás que establezcan el presente Bando y reglamentos aplicables. 75


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