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PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011 CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN

Nuevo Presupuesto DOF 07-12-2010

Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Centro de Documentación, Información y Análisis

desglose de los proyectos de inversión previstos en este Decreto; Informes de Avance de Gestión Financiera; y Cuenta de la Hacienda Pública Federal. Asimismo, en congruencia con el artículo 4, fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, todas las asignaciones presupuestarias presentadas en estos documentos también deberán ser públicas, en forma impresa y en formato electrónico de texto modificable de base de datos, al nivel de desagregación conforme a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones jurídicas vigentes. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público reportará en los Informes Trimestrales sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública la evolución de las erogaciones correspondientes a los respectivos anexos relacionados con los programas presupuestarios para la igualdad entre mujeres y hombres; de ciencia, tecnología e innovación; especial concurrente para el desarrollo sustentable; erogaciones para el desarrollo integral de los jóvenes; recursos para la atención de grupos vulnerables, y erogaciones para el desarrollo integral de la población indígena.

CAPÍTULO II De las erogaciones Artículo 2. El gasto neto total previsto en el presente Presupuesto de Egresos, importa la cantidad de $3,438,895,500,000.00 y corresponde al total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011. En términos del segundo párrafo del artículo 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para el presente ejercicio fiscal se prevé un déficit público presupuestario de $70,176,000,000.00. En su caso, el balance presupuestario podrá modificarse en lo conducente para cubrir las erogaciones de los proyectos de inversión previstos en este Presupuesto, siempre que ello sea necesario como consecuencia de la aplicación de las medidas a que se refiere el artículo 4, fracción II, de este Decreto. Artículo 3. El gasto neto total se distribuye conforme a lo establecido en los Anexos de este Decreto y Tomos del Presupuesto de Egresos y se observará lo siguiente: I. Las erogaciones de los ramos autónomos, administrativos y generales, así como los capítulos específicos que incorporan los flujos de efectivo de las entidades, se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 1 del presente Decreto y los Tomos II a VIII de este Presupuesto de Egresos. En el Tomo I se incluye la información establecida en el artículo 41, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Asimismo, el Anexo 1 incluye las erogaciones aprobadas al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el cual ejercerá su presupuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 83 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y, conforme a lo dispuesto en dicho artículo, en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; II. El capítulo específico que incorpora las erogaciones correspondientes a los gastos obligatorios, se incluye en el Anexo 2 de este Decreto; III. El capítulo específico que incorpora los proyectos de inversión en infraestructura que cuentan con aprobación para realizar erogaciones plurianuales en términos del artículo 74, fracción IV, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se incluye en el Anexo 3 de este Decreto;

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