“Año de la innovación y la competitividad”
Al: De:
Juez Coordinador de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional Lic. Luis González Titular de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo; y Lic. Rosalba Ramos Titular de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional
Asunto: Imputados:
Solicitud de imposición de medida de coerción Roberto José Cáceres José, José Bernabé Quiterio, Octavio Eduardo Dotel Díaz y Obispo Feliz Lorenzo
Infracción:
Asociación ilícita para cometer tráfico de heroína y cocaína, y asociación ilícita para adquirir, poseer, transferir, y utilizar bienes a sabiendas de que han sido producto de un delito de tráfico ilícito de drogas; y del delito de Lavado de activos provenientes del tráfico de drogas ilícitas, cuya tipificación y sanción se encuentra contemplada en los artículos 60, 99 y 100 de la Ley No. 50-88 sobre drogas y sustancias controladas, y en los artículo 3 de la Ley No. 155-17 Contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Y los delitos de tenencia ilegal de armas, municiones y sus accesorios, y tenencia y uso de armas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional; cuya tipificación y sanción se encuentra contemplada en los artículos 66 y 70 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados
Agraviado:
El Estado Dominicano, representado por el Ministerio Público.