

Manual de Victimología Vial e Intervención Legal en Delitos y Contravenciones de Tránsito


CONTENIDOS:
01 LOS ACTORES VIALES
02 LOS SINIESTROS DE TRÁNSITO
2.1 2.2
¿CÓMO PREVENIR LOS SINIESTROS DE TRÁNSITO?
¿CÓMO ACTUAR EN UN SINIESTRO DE TRÁNSITO Y CÓMO ES SU DIRECCIONAMIENTO?
03 04 EL DERECHO DE LAS VÍCTIMAS VICTIMOLOGÍA 05 06 DERECHO CIVIL DERECHO MERCANTIL
4.1 MEDIDAS DE PREVENCIÓN
4 2 MEDIDAS MÉCANICAS
4.3 MEDIDAS INFORMATIVAS
5.1 DIVORCIOS
5.2 ALIMENTOS
5 3 DEUDAS
7.1 DELITOS DE TRÁNSITO
DERECHO PENAL 08 LA REPARACIÓN INTEGRAL 09 INSTITUCIONES A LAS QUE ACUDIR
8 1 INSTRUCTIVO I 8.2 INSTRUCTIVO II I. PRESENTACIÓN INTRODUCCIÓN MISIÓN Y VISIÓN DE LA CARRERA DE DERECHO - UTA II III. CONCLUSIONES IV REFERENCIAS V.
7 2 CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO
PRESENTACIÓN
OBJETIVO GENERAL
Orientar a los conductores profesionales en la efectiva intervención en caso de delitos y contravenciones de tránsito.

OBJETIVO ESPECÍFICO 1
Establecer procedimientos específicos y estandarizados para la intervención en un delito de tránsito

OBJETIVO ESPECÍFICO 2
Orientar a los conductores profesionales y a sus familiares sobre los efectos y la aplicación del marco legal de tránsito, la terminología al igual que la conceptualización utilizada en los accidentes de tránsito

OBJETIVO ESPECÍFICO 3
Fomentar una cultura de prevención en seguridad vial entre los conductores profesionales y los medios para prevenirlos.
INTRODUCCIÓN
El presente manual tiene como objeto servir como una guía didáctica sobre cómo actuar en caso de accidentes de tráfico, así como en situaciones que involucren delitos y contravenciones. Se pretende que esta información sea compartida con los conductores profesionales para familiarizarlos sobre las diversas normativas, las consecuencias legales pertinentes y las soluciones apropiadas Siendo así que se pretende promover una cultura de prevención en seguridad vial y aumentar la conciencia sobre los impactos asociados, garantizando de esta manera la protección de los derechos y la integridad física de los conductores, pasajeros y sus familias.

M I S I Ó N Y V I S I Ó N D E L A C A R R E R A D E D E R E C H O

MISIÓN VISIÓN
La Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales con su Carrera de Derecho, forma profesionales líderes competentes, con visión humana y pensamiento crítico a través de la docencia, la investigación y la vinculación, que apliquen, promuevan y difundan el conocimiento respondiendo a las necesidades del país.
La Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales con su Carrera de Derecho, como parte de la Universidad Técnica de Ambato por sus niveles de excelencia se constituirá como una unidad académica de formación superior con liderazgo y proyección nacional e internacional.
LOSACTORES VIALES

CONDUCTORES
También denominados choferes, son quienes manejan un vehículo o están al mando de uno Deben seguir las normas de tránsito, respetar señales y conducir de manera segura para proteger a todos los usuarios de la vía.

PEATONES
Personas que transitan a pie dentro de las vías públicas o privadas, tienen derechos y obligaciones Como el derecho a una movilidad segura, contar con vías libres de obstáculos y recibir orientación vial A su vez, tienen la obligación de cumplir la ley, respetar señales de tránsito, evitar distracciones y utilizar el espacio público de forma segura.

PASAJEROS
Son quienes usan cualquier tipo de transporte para desplazarse Esto incluye personas de diferentes edades y condiciones físicas, como adultos mayores, niños y personas con discapacidad Asimismo, tienen derecho a un servicio adecuado y tarifas accesibles, y deben usar las paradas autorizadas y ceder asientos a los grupos vulnerables

BICIUSUARIOS
Personas que circulan en una bicicleta como medio de transporte dentro de las vías de uso público para bicicletas, con o sin motor auxiliar Tienen derecho a transitar por vías públicas, que las mismas sean seguras, respetar la seguridad vial y respetar a los demás usuarios de las vías.

CONDUCTORES DE BICIMOTOS, MOTOCICLETAS, MOTONETAS, CUADRIMOTOR Y SIMILARES
Son quienes transitan en en estos vehículos, los cuales, igualmente deben cumplir con sus respectivos derechos y obligaciones dentro de las vías, por su propia seguridad y de los demás actores viales
LOSSINIESTROSDE TRÁNSITO
LOS SINIESTROS DE TRÁNSITO SON TODO SUCESO EVENTUAL O ACCIÓN INVOLUNTARIA, QUE OCURRE EN LUGARES QUE HAYA TRÁFICO DE USO PÚBLICO O PRIVADO, SE MANIFIESTA CON PÉRDIDA DE VIDAS HUMANAS, LESIONES DE DIVERSOS GRADOS Y DAÑOS MATERIALES (RLOTTTSV, 2012)
TIPOSDESINIESTROS
Choque
Estrellamiento
Pérdida de carril
Pérdida de pista
Rozamiento
Volcamiento
Arrollamiento
Atropello
Caída de pasajero
Atípico

¿CÓMOPREVENIRLOSSINIESTROSDETRÁNSITO?
Estudios muestran que la mayoría de los siniestros de tránsito se deben a imprudencias humanas, más que a factores externos. Por ello, prevenir accidentes está en nuestras manos. La autoeducación es crucial para los conductores, quienes tienen una gran responsabilidad. Por lo tanto, es importante informar sobre derechos y responsabilidades legales, notificar a la compañía de seguros y considerar asesoramiento legal. A continuación se detallan algunas medidas para prevenir estos siniestros:
Mantener una distancia prudente con el vehículo de en frente. Reconocer las señales de paso.
Mantener el vehículo en buen estado.
No usar dispositivos electrónicos
Usar cinturones de seguridad
No consumir alcohol o drogas antes de conducir.

¿CÓMOACTUARENUNSINIESTRODETRÁNSITOY CÓMOESSUDIRECCIONAMIENTO?
Actuar correctamente en un siniestro de tránsito implica seguir pasos para cumplir con las obligaciones legales y proteger los derechos de todos. Las partes involucradas deben detenerse y permanecer en el lugar del accidente, ya que no hacerlo puede considerarse delito de fuga. Obtener asesoramiento legal es crucial en siniestros graves o disputas sobre la responsabilidad. Estos pasos garantizan que el siniestro se maneje legalmente, protegiendo los derechos de todos y facilitando la resolución de reclamaciones o conflictos
ELDERECHODE LASVÍCTIMAS
Con respecto a los derechos de las víctimas hay que considerar fundamentalmente tres, mismos que se encuentran en la Constitución de la República del Ecuador del 2008:
Art. 32 - Derecho a la salud: Es decir, a la asistencia en todas sus fases, de manera que, las víctimas tengan acceso gratuito a servicios de apoyo que incluyan asesoramiento emocional, psicológico y social desde el inicio hasta el final del proceso judicial.

Art. 75 - Derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita: En este contexto, ninguna persona puede quedar en estado de indefensión pues pese a no tener el recurso económico para costear un abogado, el Estado está en la obligación de otorgar un defensor público.
Art. 76 - Derecho al debido proceso: Las víctimas deben ser informadas de manera comprensible sobre sus derechos y el proceso judicial, garantizando su acceso efectivo a la justicia

VICTIMOLOGÍA
SE CENTRA EN LOS SINIESTROS VIALES COMO EL ESTUDIO DEL LA CLASIFICACIÓN DE VÍCTIMAS, ACCIONES PREVENTIVAS, INFORMACIÓN Y LEGISLACIÓN PARA SU PREVENCIÓN (CARRERAS, 2015). EN ECUADOR LA VIOLENCIA VIAL SE PRODUCE POR PERSONAS QUE INDUCEN LA ACCIÓN DENOMINADA “SINIESTRO”, TÉRMINO MEJOR EMPLEADO.
MEDIDASDEPREVENCIÓN
Las medidas de prevención victimal buscan reducir los siniestros de tránsito mediante mecanismos y sistemas en vehículos y carreteras. Estas medidas, como cinturones de seguridad y señalización vial, protegen a los usuarios y disminuyen la gravedad de las lesiones en caso de accidentes, creando un entorno más seguro para todos




MEDIDASDEMECÁNICAS
LIMITESDEVELOCIDAD
VEHÍCULOSLIVIANOS
LIMITESDEVELOCIDAD
VEHÍCULOSDETRANSPORTEPÚBLICOY COMERCIALDEPASAJEROS

LIMITESDEVELOCIDAD
VEHÍCULOSDETRANSPORTECOMERCIAL DECARGA
CONTROLA CONDUCTORES
CONTROL DE ALCOHOLEMIA
Se implementan operativos de control donde los agentes de tránsito podrán hacer uso de detectores de medición, para detectar el nivel de alcohol en el conductor (RLOTTTSV, 2012, Art 147)
Pueden practicar el examen Psicosomático de:
PUPILAS

DEDO ÍNDICE-NARIZ: DERECHO, IZQUIERDO.

EQUILIBRIO

CONVERSACIÓN
AMBULATORIOS

LECTURA


En Ecuador, el nivel máximo de alcohol por cada litro de sangre es de 0.1 gr, al detectarse niveles superiores a los permitidos se aplicarán sanciones (COIP, 2015, art 385)
En el caso de que el resultado de estos exámenes físicos y psicosomáticos fueren positivos, se detendrá al infractor, será puesto a órdenes del juez competente de turno, por las 24 horas siguientes (COIP, 2015, art. 645).
Se fijará anualmente el costo de los exámenes para la detección de intoxicación por alcohol o sustancias estupefacientes y psicotrópicas, cuyo valor será cobrado cuando el resultado sea positivo, 85 dólares (RLOTTTSV, 2012, disp. 58).
CONTROL EN LOS TIEMPOS DE CONDUCCIÓN
Los conductores y oficiales de transporte terrestre tendrán jornadas de trabajo que no excedan las 8 horas diarias establecidas en la ley (CT, 2005, art 47) También se garantizarán los descansos correspondientes y la rotación de conductores en trayectos largos (LOTTTSV, 2008, Art 79A).

PORCENTAJES DE ALCOHOL
NIVEL DE ALCOHOL EN LA SANGRE SEGÚN BEBIDAS ALCOHÓLICAS
CÁLCULO REALIZADO EN HOMBRES DE 70KG Y MUJERES DE 60KG
CERVEZA EN LATA 355 ML

VINO COPA DE 150ML

VODKA COPA DE 150 ML



RON COPA DE 150 ML PURO COPA DE 150 ML
WHISKY COPA DE 150ML



SANCIONES PARA CONDUCTORES BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL
0.3 gr a 0.8 gr: 1 SBU 460 USD (-5 puntos a la licencia y 5 días de privación de la libertad)
0.8 gr a 1.2 gr: 2 SBU 920 USD (-10 puntos a la licencia y 15 días de privación de la Libertad).
1.2 gr o más: 3 SBU 1380 USD (60 días de suspensión de la licencia y 30 días de privación de la libertad).
LOS CONDUCTORES DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO LIVIANO O PESADO, COMERCIAL O DE CARGA
0.1 gr o más: -30 puntos de la licencia (90 días de privación de la libertad).
EN TODOS LOS CASOS SE APREHENDEN LOS VEHÍCULOS POR 24 HORAS
MEDIDASINFORMATIVAS
SEÑALES DE TRÁNSITO
Son carteles colocados al costado o elevado de la ruta con información útil para conductores, peatones y ciclistas.
En Ecuador se dividen en 4 grupos, Segun el Reglamento Tecnico Ecuatoriano (RTE INEN 004-1:2011), estas son:
REGLAMENTARIAS

COLOR: Rojo, Blanco y Negro, señalan las PROHIBICIONES y RESTRICCIONES.
INFORMACIÓN DE SERVICIOS

COLOR: Azul y Blanco, indican al conductor una señal de INTERÉS durante el VIAJE.
PREVENTIVAS

COLOR: Amarillo y Negro, advierten de la EXISTENCIA de un PELIGRO y su naturaleza
INFORMACIÓN TURÍSTICA

COLOR: Café, indican SITIOS TURISTICOS de interés para conductores, locales y turistas.
¿QUÉ SUCEDE AL NO OBEDECER LAS SEÑALES DE TRÁNSITO?
Un comportamiento irresponsable al volante puede fomentar una cultura de falta de respeto a las normas, lo que a largo plazo puede aumentar la inseguridad vial en la comunidad. A su vez, las consecuencias legales incluyen multas, pérdida de puntos en la licencia, anulación de la licencia y prisión. El infractor puede enfrentar demandas civiles y sanciones penales (COIP, 2015, art. 17).
EDUCACIÓNVIAL
La importancia radica en conocer y aplicar correctamente leyes, reglamentos y normas de tránsito, demostrando una conducción adecuada y respetando vías, calles y pasos peatonales, para evitar riesgos innecesarios y proteger la vida de las personas.
NORMAS DE LOS PEATONES (LOTTTSV, 2008, ART. 199).
Obedecer y respetar las señales de tránsito.
Mirar a ambos lados antes de cruzar.
Cruzar solo por esquinas y zonas peatonales
No correr al cruzar.
Cruzar solo con el semáforo en verde.
No caminar de frente a los vehículos.
DEBERES DE LOS PEATONES (LOTTTSV, 2008, ART. 199).
Obedecer las indicaciones de las autoridades.
No solicitar transporte público en lugares prohibidos
Subir o bajar de un vehículo solo cuando esté estacionado.
Caminar, cruzar y realizar actividades en lugares permitidos.
Cruzar las calles por el paso elevado.
No usar el celular al cruzar la calle
NORMAS DE LOS CONDUCTORES
El peatón y el ciclista son primeros

No utilizar el claxon del vehículo para apresurar la marcha
Observar por los retrovisores antes de abrir las puertas.
DEBERES DE LOS CONDUCTORES
(LOTTTSV, 2008, ART. 204C).
Detenerse antes del paso peatonal y dejar cruzar a los peatones
No estacionarse en aceras ni ciclovías.
Obedecer las señales de tránsito
Ubicarse a 1 5 metros de los ciclistas
Utilizar direccionales.
Respetar las señales de tránsito.
Utilizar el cinturón cuando conduce
Normas de los pasajeros
Supervisar el estado del conductor.
Utilizar correctamente el cinturón.
Sentarse correctamente y no distraer al conductor
No sacar las manos por la ventana. No subir ni bajar constantemente del vehículo

MICÓNYUGEENTRÓAPRISIÓN PORUNDELITODETRÁNSITO
¿CÓMOPUEDO DIVORCIARME?
La condena de uno de los cónyuges, es una causa para solicitar el divorcio y se debe cumplir con lo siguiente:

1
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Será solicitado sólo por el cónyuge (que no está en prisión).
La condena (+10 años) debe haber sido dictada después del matrimonio, aunque el delito se hubiera cometido antes de casarse.
Contáctese con su abogado para la elaboración de la demanda de divorcio por la causal n. 7 del art. 110 del Código Civil.
Presentar la demanda de divorcio ante el Juez de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del último lugar de residencia como matrimonio
El juez realizará la audiencia única para el divorcio donde usted deberá asistir con su abogado.
El juez emitirá su decisión y con ese documento usted deberá acercarse al Registro Civil para cambiar su estado civil a DIVORCIADA/O

¿YQUÉSUCEDECONLA PENSIÓNALIMENTICIADE MISHIJOS?
El alimentante es quien tiene obligación de proveer alimento hogar seguro y cubierta d seguro médico a sus hijo menores de edad, ya sea padre, la madre o cualquier po ley tenga la obligación d proveer alimentos.

1 2
3 4
La obligación de pagar la pensión alimenticia sigue siendo del alimentante, aunque esté cumpliendo una sentencia Esto es porque el derecho de los menores a recibir alimentos es prioritario y prevalente
Si el alimentante cuenta con bienes o ingresos, un juez puede ordenar el embargo de estos bienes para asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaria.
En algunos casos, la responsabilidad puede recaer temporalmente en los familiares, como los abuelos, quienes podrían ser llamados a cumplir con esta obligación,
Si el alimentante no tiene ingresos debido a su encarcelamiento, se puede solicitar una modificación de la pensión alimenticia en función de las nuevas circunstancias. Esto implicaría un ajuste del monto de la pensión, no su eliminación
El Consultorio Jurídico Integral Gratuito de la UTA brinda atención y prestación de servicios en orientación, asistencia, asesoría y representación judicial en temas de Violencia de Género, Violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, Materia de Familia.

SIADQUIEROUNADEUDA YSOY SANCIONADOCONPRISIÓNPORUN
DELITODETRÁNSITO,¿QUÉOCURRIRÍA CONMIOBLIGACIÓN?
Si una persona adquiere una deuda con una entidad financiera, tiene una obligación civil y legal. Si sufre un accidente de tránsito que le impida pagar debido a prisión o lesiones graves, la entidad financiera tomará medidas administrativas y judiciales para asegurar el pago de la deuda.
¿QUÉTIPODEPROCESOSEINICIARÍAPARAEL
COBRODELADEUDA?

La entidad financiera iniciaría un proceso administrativo donde un trabajador contactaría al deudor para que justifique el impago Si el deudor sufrió un accidente de tránsito que le impide pagar, puede solicitar refinanciación para evitar la vía judicial. Si no se resuelve, la entidad financiera procederá con un procedimiento ejecutivo para cobrar la deuda
Si no se resuelve, las entidades financieras inician un proceso ejecutivo para cobrar la deuda. Se utilizan como pruebas: El título ejecutivo (pagaré a la orden). 1. La tabla de amortización que es el historial de los pagos. 2.
SIELDEUDORPRINCIPALNOESCAPAZDE PAGAR,¿AQUIÉNSELECOBRARÍALADEUDA?
1. Si el deudor principal tiene bienes, se aplican medidas cautelares: Secuestro de bienes muebles. Prohibición de enajenar bienes inmuebles. Después, en audiencia, si se demuestra la deuda, se embargan y subastan los bienes para cubrirla.
2 Si hay una hipoteca en el contrato, se realiza el embargo y remate de los bienes por el mismo proceso.
3. Si el deudor principal no tiene bienes, el garante del contrato debe cubrir la deuda debido a la responsabilidad solidaria, que obliga a varias personas a cumplir completamente con la obligación.

DERECHOMERCANTIL
Todo vehículo a motor debidamente registrado con matrícula o permiso correspondiente, es elegible para obtener cobertura a través de un seguro vehicular (LOTTTSV, 2008)
La póliza debe estar autorizada por la Superintendencia de Bancos y Seguros, garantizando así la protección adecuada ante posibles siniestros de tránsito
Cuando se produce una pérdida, el asegurado cubre una parte del costo de su propio bolsillo, conocida como deducible.
COBERTURA
RESPONSABILIDAD CIVIL: Responsabiliza por los daños a terceros en caso de haber procesado el accidente.
COBERTURA POR PÉRDIDA TOTAL: Cubre su auto por siniestro/ accidente de tránsito
AUXILIO MECÁNICO: Servicio por emergencia
TRÁMITEANTEUNSINIESTRO

1. Reporta el siniestro, una vez enviado el reporte te llegará el ejecutivo asignado, proveedor o taller de reparación, pasos a seguir y documentos para la cobertura.
2. Vía email remite a tu ejecutivo asignado la copia de la licencia, copia de cédula de identidad, copia de matrícula de vehículo, denuncia o parte a la autoridad (opcional), proforma de reparación (la realizado el taller de convenio).
3. Un inspector revisará el vehículo y demás daños
4. Autoriza la reparación y coordina la compra de repuestos.
5. Entrega del vehículo reparado: Se cancelan los valores correspondientes para la salida del vehículo.
6. Información del estado de tu siniestro: La información de avance del reclamo.

INDEMNIZACIÓN DEL SEGURO
Mediante transferencia bancaria, luego de haber inspeccionado y documentado el siniestro.
Si es mediante reembolso debes enviar al correo electrónico al ejecutivo asignado el finiquito firmando.
El valor de la indemnización depende del seguro con la cobertura que se contrató y su tarifa
DERECHOPENAL DELITOS

MUERTE CAUSADA POR CONDUCTOR
EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ O BAJO
LOS EFECTOS DE SUSTANCIAS
ESTUPEFACIENTES, PSICOTRÓPICAS O PREPARADOS QUE LAS CONTENGAN:
Pena de prisión de diez a doce años.
Revocatoria definitiva de la licencia de conducir.
En transporte público, el propietario como la operadora de transporte serán solidariamente responsables por los daños civiles.


MUERTE CULPOSA

Refiere a una muerte causada por una conducta imprudente, negligente o descuidada, sin intención de matar.
Pena de prisión de 1 a 3 años y suspensión de la licencia por 6 meses una vez cumplida la pena
Pena de prisión de 3 a 5 años cuando el daño resulta de acciones innecesarias, peligrosas e ilegítimas, como:
Exceso de velocidad.
Conducir un vehículo en malas condiciones mecánicas
Uso de llantas lisas y desgastadas
Conducir más allá de las horas permitidas o en malas condiciones físicas
Infracción de leyes, reglamentos u órdenes de tránsito.
Si el vehículo accidentado presta servicio público, tanto la operadora como el propietario del vehículo son responsables solidarios. El empleador que haya exigido al conductor trabajar en condiciones de riesgo también recibirá una multa.

MUERTE PROVOCADA POR NEGLIGENCIA DE CONTRATISTA O EJECUTOR DE OBRA:
Pena privativa de libertad de 1 a 5 años.
El contratista o ejecutor de la obra como la entidad serán solidariamente responsables por los daños civiles ocasionados. Si las obras son ejecutadas por una institución pública, la responsabilidad civil recaerá sobre la institución.
Si se verifica falta de previsión del riesgo durante la ejecución de obras en la vía pública, será suspendida hasta subsanar falta de previsión. La person natural o jurídica responsabl será sancionada con multa


DAÑOS MATERIALES
Si el costo de reparación de los daños t i l d t 2 6

Pena privativa de libertad de 6 meses a un año de prisión
Se suspenderá la licencia de conducir por el mismo periodo de tiempo que la pena privativa de libertad

tiva de libertad de 30 a 180 sión.
derá la licencia de conducir mo periodo de tiempo que la tiva de libertad. etario del vehículo será le solidariamente por esta

SSon acciones de conductores, peatones y usuarios de las vías del territorio ecuatoriano, se realizan por inexperiencia de las leyes, reglamentos, resoluciones y demás regulaciones de tránsito

Se sanciona con la disminuc cinco puntos en la licen conducir
En caso de transporte púb pena será el doble, se rete vehículo hasta superar la ca infracción
CONDUCCIÓN
DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ
Sanción por escala:
De 0,3 a 0,8 gramos por litro de sangre, multa de 1 SBU, pérdida de 5 puntos en su licencia de conducir y 5 días de privación de libertad. Si es mayor de 0,8 hasta 1,2 gramos por litro de sangre, multa de 2 SBU, pérdida de 10 puntos en su licencia de conducir y 15 días de privación de libertad

Reducción de 15 puntos a su licencia de conducir. 30 días de privación de libertad Se aprehende el vehículo por veinticuatro horas
Si supera 1,2 gramos por litro de sangre, multa de 3 SBU, la suspensión de la licencia por 70 días y 30 días de privación de libertad.

2
CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO DE PRIMERA CLASE
Pena privativa de libertad de 3 días
Multa de un SBU
Reducción de 10 puntos en su licencia de conducir
Conducir sin licencia 1.
Exceso de velocidad fuera del rango moderado 2.
CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO DE SEGUNDA CLASE
Multa del 50% de un SBU
Reducción de 9 puntos en su licencia de conducir
1
La o el Conductor que ocasione un accidente de tránsito del que resulten solamente daños materiales, cuyos costos sean inferiores a 2 SBU

3
CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO DE TERCERA CLASE
Multa equivalente al 40% de un SBU
Parar el vehículo en zonas peligrosas como curvas, puentes, túneles, sin medidas de seguridad previstas
4
CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO DE CUARTA CLASE
Multa equivalente al 30% de 1 SBU
6
1 No obedecer las señales de tránsito 2. Conducir motocicleta sin casco de protección 3.
El conductor que falte de palabra a la autoridad o agente de tránsito.
CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO DE SEXTA CLASE
Multa equivalente al 10% de un SBU
5 7
CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO DE QUINTA CLASE
Multa equivalente al 15% de un SBU
Dejar el vehículo mal estacionado o abandonado en la vía pública. 1
Parar para recoger o dejar pasajeros en lugares no permitidos. 2.
CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO DE SÉPTIMA CLASE
Multa equivalente al 5% de un SBU
El conductor de un vehículo que no lleve botiquín de primeros auxilios equipado, extintor de incendios cargado y funcionando.
1. Hacer uso del celular o dispositivos electrónicos mientras conduce 2.
Conducir sin cinturón de seguridad. 1. Lanzar desperdicios del auto o 2 arrojar basura a la calle
REPARACIÓNINTEGRAL
SU OBJETIVO ES RESARCIR A LA VÍCTIMA POR TODOS LOS DAÑOS CAUSADOS, TANTO MATERIALES COMO INMATERIALES. ES ASÍ QUE, SE CONTRIBUYE A UNA DISTRIBUCIÓN JUSTA DE LOS RECURSOS Y SE GARANTIZA EL ACCESO A LA JUSTICIA PARA LAS PERSONAS AFECTADAS.
INSTRUCTIVOS PARA COBRAR LA REPARACIÓN INTEGRAL EN ECUADOR
INSTRUCTIVOI
SOLICITUD PARA EL PAGO DE LA PROTECCIÓN POR GASTOS
MÉDICOS PARA VÍCTIMAS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO:
En el ámbito de la legislación ecuatoriana, el Sistema Público para Pago de Accidentes de Tránsito (SPPAT) establece un derecho fundamental para las víctimas de siniestros viales: la Protección por Gastos Médicos Esta protección garantiza la atención médica sin costo alguno en todos los establecimientos de salud públicos o privados a nivel nacional, hasta un monto máximo de USD 3.000.
Este derecho se fundamenta en los principios de solidaridad, justicia social y acceso universal a la salud, reconociendo la vulnerabilidad de las personas afectadas por accidentes de tránsito y la necesidad de garantizar su atención médica oportuna y de calidad.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?
Víctimas de accidentes de tránsito (nacionales o extranjeras) que hayan pagado gastos médicos de su bolsillo
Establecimientos de salud que brindaron atención médica a víctimas de accidentes de tránsito
REQUISITOS OBLIGATORIOS:
Copia de cédula del paciente y/o representante.
Certificado bancario del beneficiario
Parte policial del accidente.
Documentación médica que respalde los gastos médicos (historia clínica, facturas, etc.).




REQUISITOS ADICIONALES (PARA ATENCIÓN AMBULATORIA, REHABILITACIÓN U ODONTOLOGÍA):
Registro de terapias de rehabilitación.
Facturas de la rehabilitación
Formulario 002 (atención prehospitalaria).
Formulario 008 (atención de emergencia)
Formulario 002 (atención de Consulta Externa Médica).
Resultados de exámenes de laboratorio e imagen
Formulario 033 de Odontología (si aplica).
¿QUÉ SE OBTIENE AL COMPLETAR EL TRÁMITE?
Pago de hasta USD 3.000 por la Protección de Gastos Médicos.









¿QUÉ SE OBTIENE AL COMPLETAR EL TRÁMITE?
Pago de hasta USD 5.000 por la Protección de Fallecimiento.


INSTITUCIONESALASQUE ACUDIR:
El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 tiene como fin brindar una atención de carácter oportuna y eficaz a las emergencias presentadas dentro del territorio ecuatoriano, se encarga de receptar llamadas, canalizar las mismas y monitorear el desarrollo de las emergencias
DIRECCIÓN Av Albert Einstein Km1 vía a Techo Propio Parroquia Pishilata cantón Ambato
La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) tiene como objetivo primordial el regular, controlar y administrar el transporte terrestre, tránsito y seguridad vial mediante los principios de libre movilidad, equidad e inclusión
DIRECCIÓN Av Galo Vela y Oyambaro, cantón Ambato
3
DTTM
1 2 4
La Dirección de Tránsito, Transporte y Movilidad (DTTM) tiene como objetivo principal supervisar y regular las diferentes actividades y operaciones de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial.
DIRECCIÓN Av Simón Bolívar, cantón Ambato
BOMBEROS
Los bomberos del cantón Ambato tienen como objetivo primordial proteger la integridad de las personas y la de sus bienes, así mismo al medio ambiente de incendios, desastres naturales u otros accidentes ECU 911 ANT
DIRECCIÓN Av Unidad Nacional y Gonzales Suarez, cantón Ambato
El consultorio jurídico integral gratuito de la Universidad Técnica de Ambato (UTA) tiene como objetivo brindar atención y prestación de servicios en orientación, asesoría y representación legal en temas de civiles y de familia, garantizando una defensa de calidad y competente UTA 5
DIRECCIÓN Calle Vicente Rocafuerte 1563 entre Quito y Mariano Castillo, cantón Ambato

TELÉFONO (03) 370-0708


TELÉFONO 0998523187

TELÉFONO (03) 282-6493

TELÉFONO (03) 242-7331
CONCLUSIONES
El manual es una herramienta esencial que incita a los conductores profesionales a mejorar sus prácticas de seguridad vial, no solo para actuar correctamente en caso de accidentes, sino también para comprender las implicaciones legales de delitos y contravenciones. Su implementación al igual que su aplicación es importante para la construcción de una comunidad vial más consciente y responsable.
La prevención y la conciencia sobre la seguridad vial, tiene potencial de influir positivamente en la sociedad, protegiendo los derechos y la integridad de todos los usuarios de la vía y por ende, contribuir a la reducción de incidentes y accidentes en las carreteras
El manual es una herramienta esencial que incita a los conductores profesionales a mejorar sus prácticas de seguridad vial, no solo para actuar correctamente en caso de accidentes, sino también para comprender las implicaciones legales de delitos y contravenciones Siendo así que va más allá de ser una simple guía; es un recurso educativo que empodera a los conductores profesionales Su implementación al igual que su aplicación es importante ya que contribuye a formar conductores más preparados para la construcción de una comunidad vial más consciente y responsable, lo que a su vez reduce los riesgos en las carreteras
El "Manual de Victimología Vial e Intervención Legal en Delitos y Contravenciones de Tránsito" es una herramienta esencial para mejorar la seguridad vial y proteger a las víctimas de accidentes de tránsito Este recurso integral aborda diversos aspectos cruciales, desde la identificación de actores viales y tipos de siniestros hasta los procedimientos legales y derechos de las víctimas. Es así que tiene un enfoque multidisciplinario, que incluye aspectos civiles, penales y de seguros, lo que convierte en una guía completa para conductores, peatones, autoridades y profesionales del derecho.


REFERENCIAS
ANT (2021) Reportes Nacionales, Glosario de términos Siniestros de Tránsito
https://www ant gob ec/estadisticas-siniestrosde-transito/
Asamblea Nacional del Ecuador (2019) Código de Comercio R O : 497
Asamblea Nacional del Ecuador. (2008). Constitución de la República del Ecuador (CRE). R.O: 449.
Asamblea Nacional del Ecuador (2014) Código Orgánico Integral Penal (COIP) R O : 180
Asamblea Nacional del Ecuador (2014) Código Orgánico Monetario y Financiero Registro
Oficial Suplemento 332 de 12 de septiembre de 2014
https://www.asambleanacional.gob.ec/sites/default/files/codigo organico monetario y fi nanciero 1.pdf
Asamblea Nacional del Ecuador (2015) Código Orgánico General de Procesos Registro
Oficial Suplemento 506 de 22 de mayo de 2015
https://www asambleanacional gob ec/es/system/files/document pdf
Asamblea Nacional del Ecuador. (2022). Código Civil. Registro Oficial Suplemento 15 de fecha 14 de marzo de 2022
Carreras, J. (2015). Conceptualizando los Siniestros Viales desde la Perspectiva de la Criminología Vial Skopein: La Justicia En Manos de La Ciencia, 7, 5 https://dialnet unirioja es/servlet/articulo?codigo=5001975 Guerrero, V.; Guevara, M.; y Suriaga, M. (2019). Revisión teórica sobre las aseguradoras en Ecuador. Polo del Conocimiento. 4(6). https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/7164348.pdf
Pleno de la Asamblea Constituyente (2008) Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial (LOTTTSV) R O : 398
Presidencia Constitucional de la República (2012) Reglamento a Ley de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial (RLOTTTSV). R.O.: 731. Decreto Ejecutivo 1196.
Servicio Público para Pago de Accidentes de Tránsito (2024). Solicitud para el Pago de la Protección por Gastos Médicos para víctimas de accidentes de tránsito https://www sppat gob ec/servicios/
Servicio Público para Pago de Accidentes de Tránsito (2024) Solicitud para el Pago de la Protección por Fallecimiento para víctimas de accidente de tránsito. https://www.sppat.gob.ec/servicios/


AUTORES
ESTUDIANTES DE SÉPTIMO SEMESTRE DE LA CARRERA DE DERECHO - UTA: PERÍODO ACADÉMICO MARZO - AGOSTO 2024:
Cepeda Garcés Karen Nicole
Chiluisa Chuquitarco Evelyn Paola
Chimbolema Vega Lisbeth Estefanía
Espín Barragán Josselyn Mayling
Gualpa Llango Clara Janeth
Hidalgo Masaquiza Melva Lissette
Moposita Pillapa Génesis del Rocío
DOCENTES ENCARGADAS:
Mullo Salazar Frederman Ricardo
Pasto Chimbo Danny Alexander
Ponluisa Cobo Ana Belén
Ribadeneira Mayorga Ana Belén
Rodríguez Lalama Bryan Daniel
Ruiz Viera Richard Wladimir
Torres Torres Nadia Fernanda
Tuapanta Moyolema Paúl Mauricio

Dra. Mg. María Gabriela Acosta Morales
Ab. Mg. Rina Sofía Altamirano Carrasco

