Transición en la gestion de aguas en Ecuador por Edgar Isch

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Breves conclusiones Gestión y/o transformación de los conflictos Otro aspecto en debate está dado en torno a la gestión y/o transformación de los conflictos existentes en torno los recursos hídricos. El criterio dominante que cruza por distintos sectores sociales y agentes vinculados con la gestión de sus recursos, acerca el tratamiento de los mismos a las definiciones de carácter jurídico, implicando, al menos, dos consecuencias: qq Se contradice con la perspectiva de una gestión integrada de los recursos hídricos para, someter aspectos fundamentales de secesión a la decisión jurídica de terceros, muchas veces de un sector oficial cargado de prejuicios tecnocráticos y distante a la zona de conflicto y sus particularidades. qq Se desconoce la pluralidad jurídica existente en el campo, particularmente, en las zonas donde hay mayoría o importante población indígena, imponiendo las normas del Estado central. Este debate tiene una implicación adicional en cuanto, al parecer, para un sector gubernamental la transformación de los conflictos implica sacarlos de la problemática social y trasladarlos al campo jurídico, criminalizando las acciones de resistencia y de protesta de los sectores organizados en el Ecuador. De hecho, la vieja práctica de las empresas respectivas de someter a juicios a las personas que se oponían a sus actividades, hoy ha encontrado como actor principal al Estado que, al momento, ha iniciado juicios bajo acusaciones de “terrorismo y sabotaje” contra cerca de 200 dirigentes populares, siendo gran parte de ellos defensores de nacientes o de flujos de agua.

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as normas inspiradas en el neoliberalismo fueron impulsadas bajo las llamadas políticas de “ajuste” que han sido ampliamente criticadas por desbaratar los sistemas de control, información e investigación; por acumular los recursos hídricos en pocas manos; por no tener un sentido de integralidad eco sistémica ni una perspectiva social de la gestión de los recursos hídricos; por desconocer que el agua es un derecho humano y procurar su tratamiento como un mero servicio y bien comercial; por favorecer la acumulación de capital en desmedro de la protección de las fuentes y de la prevención de la contaminación de los recursos hídricos; entre muchos otros aspectos que tienen plena evidencia empírica. La lucha de las organizaciones sociales por derechos básicos, incluyendo entre ellos el agua, ha logrado que alcancen el interés nacional al grado de haberse constituido en uno de los aspectos más debatidos en la nueva Constitución, lo cual marca un momento distinto en la política nacional y en las posibilidades de participación de los distintos sectores sociales que están directa o indirectamente relacionados con la gestión de los recursos hídricos. Esta transformación tiene mucho que ver con una importante acción de los más diversos sectores sociales, de modo muy destacado por las organizaciones de regantes y el movimiento indígena, quienes fueron parte de la resistencia al neoliberalismo y denunciantes del despojo del agua. Los actuales cambios tienen un correlato en la superación de los más fundamentales lineamientos de

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