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Aviso anual a los padres sobre los proveedores de tecnología educativa según la normativa de protección personal de los estudiantes en línea

externa. En su carta, especifique su deseo de excluirse también de la información del anuario, directorio y / o programa. Esto significa que la foto de su hijo no aparecerá en ningún medio electrónico o impreso presentado por el distrito. ● ¿Qué pasa si no escribe la carta? CCSD15 y sus escuelas pueden divulgar responsablemente la información del directorio de su estudiante en publicaciones y a organizaciones externas para promover noticias, logros y actividades no comerciales relacionadas con la educación. Esto significa usar apropiadamente el nombre y / o foto / imagen de su hijo/a en los sitios web del distrito escolar (incluidas las redes sociales patrocinadas por el distrito) y en boletines, directorios escolares y programas deportivos / de eventos. Sin solicitar el consentimiento de los padres / tutores, las escuelas podrían permitir, por ejemplo, que One-Five Foundation use vídeos de la clase de su estudiante para destacar un programa; periódicos locales para publicar una foto del anuario o una foto de la clase de su estudiante participando en una actividad de aprendizaje; o una organización sin fines de lucro local para dar a conocer el nombre de su estudiante por participar en una recaudación de fondos escolar que benefició a la organización, o el Distrito para publicar una foto en línea de su estudiante aprendiendo. El Distrito no es responsable de las fotos y videos tomados por los padres o los medios de comunicación en eventos que están abiertos al público. Más información sobre sus derechos bajo FERPA está disponible en línea en www.ed.gov/policy/gen/guid/fpco/ferpa/index.html. Aviso anual a los padres sobre los proveedores de tecnología educativa según la normativa de protección personal de los estudiantes en línea

Los distritos escolares de todo el Estado de Illinois contratan a diferentes proveedores de tecnología educativa con fines beneficiosos para el K-12, como proporcionar un aprendizaje personalizado y tecnologías educativas innovadoras, y aumentar la eficiencia de las operaciones escolares. Según la Normativa de Protección Personal de los Estudiantes en Línea de Illinois, o SOPPA (por sus siglas en inglés - 105 ILCS 85/), los proveedores de tecnología educativa y otras entidades que operan sitios web de Internet, servicios en línea, aplicaciones en línea o aplicaciones móviles que están diseñadas, comercializadas y utilizadas principalmente para fines escolares K-12 se denominan en SOPPA como operadores. La SOPPA pretende garantizar la protección de los datos de los alumnos recogidos por los operadores, y exige a éstos, así como a los distritos escolares y a la Junta de Educación del Estado de Illinois, que adopten una serie de medidas para proteger los datos de los alumnos en línea. Dependiendo de la tecnología educativa particular que se utilice, nuestro Distrito puede necesitar recopilar diferentes tipos de datos de los estudiantes, que luego se comparten con los proveedores de tecnología educativa a través de sus sitios, servicios y/o aplicaciones en línea. De acuerdo con la SOPPA, los proveedores de tecnología educativa tienen prohibido vender o alquilar la información de un estudiante o realizar publicidad dirigida utilizando la información de un estudiante. Dichos proveedores sólo pueden divulgar los datos de los estudiantes para fines escolares K-12 y otros fines limitados permitidos por la normativa. En términos generales, los tipos de datos de los alumnos que pueden recopilarse y compartirse incluyen información personal identificable (PII) sobre los alumnos o información que puede vincularse a PII sobre los alumnos, como por ejemplo

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