Cusco, viernes 28 de marzo de 2014 Usuarios EDICTOS SEÑORES: SUCESORES DEL QUE EN VIDA FUE JOSÉ ALBERTO LA TORRE VIZCARRA En el proceso signado con el No 01679-2013-0.1001-JRCI-02 seguido por María Antonieta Latorre Letona en representación de Rómulo Antonio Latorre Vizcarra, en contra de Jorge La Torre Vizcarra y otros sobre Nulidad de Acto jurídico, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco que despacha el señor Juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la especialista legal Saida Chiun Manco, de conformidad a lo regulado por el artículo 165 del Código procesal Civil, se ha ordenado se publique el extracto del auto admisorio de la demanda. “Estando a los considerandos expuestos, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por MARIA ANTONIETA LATORRE LETONA en representación de Rómulo Antonio Latorre Vizcarra en contra de JORGE LA TORRE VIZCARRA , CARMEN ZONIA LA TORRE VIZCARRA y LA SUCESION HEREDITARIA DE QUIEN EN VIDA FUE JOSE ALBERTO LA TORRE VIZCARRA sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO en cuanto a su contenido y suscripción, por las causales de Falta de Manifestación de Voluntad y cuando su fin sea ilícito a efecto de que se declare la nulidad del documento de escritura pública de Anticipo de Legítima de fecha 03 de junio del año 2003 otorgado por doña María Segunda Vizcarra Grageda Vda. de Latorre en forma objetiva originaria y accesoria la pretensión de Cancelación, del Asiento 04 y el Cierre de la Partida Registral N° P02059230 DEL Registro de Propiedad de Inmueble del Cusco; en consecuencia notifíquese a los sucesores mediante edictos de ley a fin de que se apersonen en el proceso, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. .... - Hágase Saber”. -FIRMA: Zamalloa Cornejo Juez, Saida Chiun Manco, Especialista legal. Cusco, 31 de Enero del 2014.3veces-27-28-31-III b/v 32131 EDICTO JUDICIAL PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE VEHICULO Ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco que Despacha el Señor Magistrado Eliot Alcibíades Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ronald Elorrieta Salazar se ha admitido a trámite el proceso numero 0230-2014, en el que se ha dispuesto la publicación del auto admisorio: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LEONIDAS ZEVALLOS ECHEVARRIA contra MARIA ANTONIETA ARDILES DE PORTUGAL; sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO VEHICULAR a efecto de que se le declare propietaria del vehículo clase automóvil marca Toyota de placa de rodaje AF-7477; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a la demandada por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde.- Por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión para la etapa procesal correspondiente y a sus antecedentes los anexos adjuntos- Conforme prevé el artículo 506 del Código Procesal Civil publíquese mediante edictos un resumen de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días a costo de la parte actora.Hágase Saber.Cusco, 21 de marzo del 2014. Ronald Elorrieta Salazar Secretario Judicial. 03VZ.21.28.31.III.14 B/. 25979 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 03 de marzo del 2014, el recurrente ROMULO BELFO MAMANI COACALLA, padre de la titular de la Partida de nacimiento Nº 60298352 correspondiente a GERALDINE ANGELA MAMANI LOPEZ y, conforme lo establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa de la rectificación del segundo prenombre del padre de la titular del acta, consignado como ROMULO B. MAMANI COACALLA, debiendo ser lo correcto como ROMULO BELFO MAMANI COACALLA. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 18 de marzo del 2014. Silvia Karina Salas Leiva
Jefe de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1v-28-III b/v 32148 SUCESION INTESTADA ANTE LA NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCIA, SITA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200 DE ESTA CIUDAD, LA SEÑORA: LILIANA VEGA ESPINOZA, SOLICITA LA SUCESION INTESTADA, DE QUIEN EN VIDA FUE: MARCO ANTONIO OJEDA CARRASCO, FALLECIDO ESTANDO DE TRÁNSITO EN EL DISTRITO DE SANTA TERESA, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, EL DÍA 27 DE AGOSTO DEL 2013, HABIENDO SIDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DEL CUSCO. SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE TENGAN VOCACIÓN HEREDITARIA, HAGA USO DE SU DERECHO DENTRO DEL TERMINO DE LEY. CUSCO, 26 MARZO DEL 2014. NESTOR AVENDAÑO GARCIA NOTARIO ABOGADO 1vez-28-III b/v 32147 SUCESIÓN INTESTADA. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 41° DE LA LEY 26662, LEY DE COMPETENCIA NOTARIAL EN ASUNTOS NO CONTENCIOSOS, COMUNICO QUE ANTE MI DESPACHO NOTARIAL SE PRESENTO DON JULIO ALOSILLA SUAREZ, SOLICITANDO SE TRAMITE LA SUCESI6N INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE SU SEÑOR HERMANO DON JORGE ALOSILLA SUAREZ, FALLECIDO EL DIA 01 DE FEBRERO DE 2014; Y SE DECLARE COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS AL RECURRENTE JULIO ALOSILLA SUAREZ, EN CALIDAD DE HERMANO DEL CAUSANTE. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN Quienes SE CONSIDEREN HEREDEROS. ANTONIETA OCAMPO DELAHAZA NOTARIA DE CUSCO CNC. 027 AV. SOL, PSJE. GRACE 117 TELF. 226711 1V-28-iii B/V 32146 SUCESION INTESTADA Ante mi oficio notarial, sito en la calle Tacna Nº 104, de la ciudad de Espinar, se ha presentado Pedro Huarca Chuctaya, solicitando la sucesión Intestada de su Padre don Mariano Asunción Huarca Córdova, quien ha fallecido el 5 de setiembre de 1974, siendo su último domicilio en la comunidad de Chorrillo, sector Yaripata, distrito de Pallpata, provincia de Espinar, departamento del cusco, lo que se comunica a fin de que los que tengan vocación hereditaria , hagan uso de su derecho dentro del término de Ley. Espinar, 25 de Marzo del 2014 URIEL VILLANUEVA SÁNCHEZ ABOGADO NOTARIO DE ESPINAR 1v-28-IIII Bv/v 32145 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 04 de marzo del 2014, la recurrente AMALIA PAZ VALDIVIA VDA DE CARRANZA, titular de la Partida de matrimonio Nº 1009510106 correspondiente a AUGUSTO EDUARDO CARRANZA CARRANZA y AMALIA PAZ VALDIVIA y, conforme lo establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa de la omisión de los apellidos maternos de los titulares del acta, consignados como AUGUSTO EDUARDO CARRANZA y AMALIA PAZ, debiendo ser lo correcto y completo como AUGUSTO EDUARDO CARRANZA CARRANZA y AMALIA PAZ VALDIVIA Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a ley. Cusco, 08 de marzo del 2014. Silvia Karina Salas leiva Jefe de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1v-28-III b/v 32141