REVISTA BIENES COMUNES - EDICIÓN No. 12

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GERMÁN MOLANO BAQUERO Presidente MARTHA ALVARADO ÁLZATE Vicepresidente HÉCTOR GARZÓN DÍAZ Secretario General NELSON ROMERO ROMERO Tesorero FRANCISCO MARTÍNEZ ZORRILLA Vocal LUIS EDUARDO GARCÍA Vocal GONZALO SUÁREZ ÁVILA Revisor Fiscal GLORIA INES RUSSI B. Administración y Publicidad CRISTIAN VARGAS P. Diseño y Diagramación GUSTAVO RUSSI Fotografía JACQUELIN CONTRERAS Redacción

www.caphbogota.com colegiophbogota@gmail.com Febrero 2014


EDITORIAL

Carta del Presidente...............................................................................P6 Por Germán Molano.

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NORMATIVIDAD

Intermediarios en Propiedad Horizontal...........................................................P7 Por Germán Molano Baquero

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RELATOS

El Chorro de Quevedo............................................................................P10 Por Jacqueline Contreras

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PORTADA

Mil Historias y un Libertador................................................................P14 Por Jacqueline Contreras

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ENTREVISTA

Jaime Andrés Cárdenas - Abogado laboral..............................P22 ----------------------------------------------------------------------------------


EDITORIAL

CARTA DEL

PRESIDENTE POR GERMÁN MOLANO BAQUERO

Como todos los años, los tres primeros meses se convierten en la temporada más placentera de los administradores de propiedad horizontal, no tienen preocupaciones con respecto a los edificios y conjuntos que están bajo su responsabilidad. Todo está controlado. Lo anterior es cierto, si el administrador como líder del edificio o conjunto ha actuado con diligencia y cuidado, ha sabido persuadir a los deudores para ponerse al día en los pagos de las expensas comunes y por ende el cumplimiento de las obligaciones económicas como vigilancia, seguros, salarios y mantenimientos están debidamente cubiertas. Pero debemos llamar la atención a aquellas personas que fungen como administradores de propiedad horizontal sin tener conocimientos mínimos de la gestión a desempeñar; se debe actuar con responsabilidad y el primer paso es acudir a la búsqueda del saber y experiencia de quienes ya hoy son reconocidos en el sector y de ellos pueden adquirir enseñanzas que nos pueden servir de herramientas para llegar al momento de convocar, realizar la reunión de asamblea y redactar el acta correspondiente en los tiempos señalados por la ley. Para que esto ocurra y los copropietarios se sientan bien representados, tranquilos en sus intereses dentro de la propiedad horizontal, que los procesos ordinarios de gestión están en buenas manos y su patrimonio cada vez ha venido aumentado de valor, se requiere que desde la propuesta de servicios hasta la ejecución de los presupuestos, el reflejo una transparencia y buenos resultados, sea el producto de quien con mística, buen juicio, honestidad y responsabilidad se ha preocupado por mostrar la verdad desde el comienzo de conformidad con los valores y principios de aquella agremiación que lo ha cobijado y orientado en su diario trasegar. Por ello dentro de los diez años de vida del Colegio de Administradores de Propiedad Horizontal de Bogotá, que se cumplen en este 2014, con la dedicación de sus fundadores, agremiados activos y honorarios, patrocinadores, trataditas colaboradores, instituciones colegas de varios países europeos, asiáticos y americanos, se ha logrado fundir el conocimiento y la experiencia para satisfacer las necesidades de los copropietarios que cada día agradecen nuestra labor y empeño en aportar para la mejor calidad de vida de los colombianos.

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ELECCIÓN DE LOS MEJORES

INTERMEDIARIOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL POR GERMÁN MOLANO BAQUERO Presidente CAPH Bogotá D.C. ......................................................................................................................................

En cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias los copropietarios, sus representantes o delegados, se reúnen en asamblea general ordinaria para tomar las mejores decisiones y dentro de ellas, la elección de los denominados consejeros de administración, que a la luz de la exposición de motivos contenida en la Gaceta del Congreso No.364, son simplemente “intermediarios entre la asamblea general y el administrador”. Estos intermediarios no son obligatorios en tipo residencial, solo la norma dispone que en tipo comercial o mixto que cumpla las condiciones de ley debe integrar un consejo de administración. Si el reglamento de propiedad horizontal previene que el edificio o conjunto puede o debe tener consejo de administración, puede igualmente definir que la asamblea general sea la que elija al administrador y que los intermediarios cumplan con las funciones de tal ante la asamblea general y el administrador. Es imperativa la designación del administrador por el consejo de administración solo para comercial y mixto. Por lo anterior es importante señalar que las funciones que aparecen en los reglamentos de propiedad horizontal a cargo de los consejeros de administración, deben hacer la diferencia si se trata de tipo residencial, toda vez que estos intermediarios no podrán entonces usurpar las funciones señaladas en la ley para los administradores, asambleas de copropietarios, y los profesionales del control como los Revisores Fiscales.

Es imperativa la designación del administrador por el consejo de administración solo para comercial y mixto.

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NORMATIVIDAD

Bogotá D.C. - Colombia

Existe la creencia equivocada de que estos intermediarios son la máxima autoridad en la propiedad horizontal y es así como en muchos casos y por los errores cometidos por ellos en la aplicación de la ley, los copropietarios mismos en tipo residencial han resuelto elegir su administrador y tener un solo control en cabeza del Revisor Fiscal. Por ello cuando los intermediarios ordenan gastos y ejecutan presupuestos, siendo estas funciones de la asamblea general y del administrador respectivamente, asumen una responsabilidad bastante amplia, de tal manera que si se equivocan, pueden ser demandados judicialmente. Cuando la asamblea general de copropietarios aprueba un presupuesto para la vigencia siguiente, descarga la responsabilidad en su ejecutor que será únicamente el administrador del edificio o conjunto. Los intermediarios pueden y deben vigilar que el administrador cumpla sus funciones y lo ordenado por los copropietarios reunidos en asamblea general. El perfil de estos intermediarios, resulta de lo redactado por el propietario inicial en el reglamento de propiedad horizontal o de lo decidido por los copropietarios en la reforma del estatuto. ..........................................................................................................................................

los copropietarios mismos en tipo residencial han resuelto elegir su administrador y tener un solo control en cabeza del Revisor Fiscal.

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NORMATIVIDAD

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Los copropietarios deben tener en cuenta lo previsto en la ley y los reglamentos en cuanto a la cantidad y calidad de las personas que han de integrar el consejo de administración, la circunstancias de estar a paz y salvo en el momento de su elección y permanecer en ese estado por todo el tiempo de la vigencia de su designación, no generar inhabilidades por parentescos o afinidades con otros integrantes o el Revisor Fiscal, no originar conflicto de intereses y en forma por demás muy cuidadosa, no actuar como comisionista ante los proveedores de productos y servicios para la persona jurídica de la propiedad horizontal. En conclusión, los copropietarios deben elegir como integrantes del consejo de Administración a probos copropietarios, personas desinteresadas del beneficio particular, con gran voluntad de servicios para la comunidad y como expresan las normas, actuar “como un buen padre de familia”.

Cuando la asamblea general de copropietarios aprueba un presupuesto para la vigencia siguiente, descarga la responsabilidad en su ejecutor que será únicamente el administrador del edificio o conjunto.

Ciudadela Colsubsidio - Bogotá D.C. - Colombia


EL CHORRO DE

-QUEVEDO“El recuerdo arquitectónico del nacimiento de una nación”... Por Jacqueline Contreras


Eran tiempos de expedición… Por aquel entonces, eran tiempos de descubrimiento, conquista y colonización; extranjeros llegaban al nuevo mundo, deslumbrados por la magia de las tierras vírgenes de lo que hoy se conoce como América y que en sus tiempos de gloriosa historia indígena, majestuosamente comprendían los imperios de ancestrales culturas que, bajo perfecta armonía y sin contacto alguno con visitantes de tierras lejanas, entrelazaban sus espíritus una y otra vez con la madre tierra; bajo danzas con la naturaleza, este nuevo mundo llevó consigo aquella esencia pura hasta aquel intercambio cultural; inimaginable acontecimiento que consiguió escribir un nuevo e impactante capítulo en la historia, el encuentro de dos orbes que llevaría consigo la esencia del cambio y la transformación. Bajo los matices conquistadores, en tiempos fundacionales por territorios indígenas de Bacatá, se da el primer asentamiento español en suelo capitalino, un frondoso paisaje sabanero rodeaba el lugar que además se encontraba habitado por algunos de sus nativos; el proceso de construcción de aquellas a las que llamarían según las historias populares las 12 chozas, junto a la iglesia y una pequeña plaza de mercado, sería el inicio de una de las rutas dominadas más importantes por parte de los españoles en tierras de la Nueva Granada, como pasó a reconocerse en su historia a la nación que hoy se conoce como Colombia y en cuya capital, actualmente la ciudad de Bogotá, se dispuso de toda la arquitectura que para aquellas épocas reinaba ostentosa entre los europeos colonizadores y que puede contemplarse vistosamente en la actualidad. 1538, se presume fue el año en el que comienza a edificarse el centro histórico de la capital colombiana; bajo el concepto de un pequeño asentamiento, el lugar enriquecido en fauna y flora, la tierra fértil, las fuentes de agua y otras condiciones propias del mismo permitieron entonces que el ambicioso propósito colonizador emergiera satisfactoriamente para los extranjeros. Prometiendo convertirse en un gran proyecto y dirigido por el cronista y Conquistador Gonzalo Jiménez de Quesada, español a quien se le atribuye la apropiación de este sector, El Chorro de Quevedo, lugar históricamente emblemático para la actual Bogotá, se convirtió en uno de los epicentros del desarrollo de las colonias españolas en cuyas raíces se tejían las disputas entre nativos y foráneos, los primeros por el rescate de su tierra, en defensa de su cultura y sus ancestrales tradiciones, mientras los segundos desataron los encuentros necesarios para doblegar a las comunidades indígenas e imponer así paulatinamente aquel estilo de vida impuesto por la corona.

El Chorro de Quevedo, lugar históricamente emblemático para la actual Bogotá, se convirtió en uno de los epicentros del desarrollo de las colonias españolas en cuyas raíces se tejían las disputas entre nativos y foráneos... .......................................


Tras la construcción de una fuente que dotó de agua a los habitantes propios y cercanos del sector y en generoso agradecimiento al padre agustiniano cuyo apellido se recuerda como Quevedo, la plaza se conoce desde aquel entonces como El Chorro de Quevedo, un lugar lleno de magia e historia que consigue evocar los relatos de la conquista y recrear así, a través de su disposición arquitectónica tolas las historias de la colonización española y a su vez un reencuentro con aquellos desconocidos mundos. Dentro de estos tiempos contemporáneos y tras olvidar quizá, aquel suceso de colonización y posterior emancipación, cuyos datos aunque no se encuentren verídicos ya que no se han hallado documentos oficiales; el voz a voz de cada narración a través del tiempo permitió conocer parte de los acontecimientos y por ende aceptarlos en el presente como parte de la historia fundacional de la capital del país. Ubicado en La Candelaria, el barrio más antiguo de la ciudad, El Chorro de Quevedo se reconoce como una de las plazas culturales de mayor importancia a nivel local y nacional; gracias a la enriquecida historia entrelazada a través de los siglos, habitantes y visitantes, turistas nacionales y extranjeros pueden viajar por el tiempo y remembrar las sensaciones que trascienden el alma; al disfrutar de los paisajes entre los angostos caminos empedrados y los techos de barro de aquellas majestuosas edificaciones que hoy no son más que el vivo recuerdo de aquellos tiempos de gobierno español, cada ser puede reencontrarse una vez más con la historia y así fusionar el pasado y el presente de una forma artística, literaria, cultural y musical.

El Chorro de Quevedo, un lugar lleno de magia e historia que consigue evocar los relatos de la conquista y recrear así, a través de su disposición arquitectónica tolas las historias de la colonización española y a su vez un reencuentro con aquellos desconocidos mundos. ......................................................................................


Conocido tiempo atrás como El pueblito Rolo, este concurrido sector del centro de Bogotá, cuenta con toda una variedad de atractivos turísticos típicos del mismo; bares, restaurantes, hoteles y algunas de las universidades más importantes hacen de este un espacio que puede ser explorado, contemplado y disfrutado desde la diversidad. Tras las restauraciones en sus blancas fachadas, puertas y ventanas de madera han sido pintadas en tonalidades verdes, regalando al paisaje una inconfundible uniformidad; por otra parte, la remodelación realizada a la fuente para el año de 1969 dio lugar a la construcción de la Capilla de la Ermita de San Miguel del Príncipe ubicada al costado sur del Chorro. Finalmente, dentro de este tradicional punto, se reúnen cada día cientos de personas; estudiantes, trabajadores formales e informales se dan cita con el fin de entretener al visitante a través de cuentos e historias que transmiten el sentir y el pensar de los lugareños, mitos y leyendas sobre sus calles y edificaciones regalan el toque místico que hace de los recorridos y la estadía un motivo más para acercarse lentamente por el sendero que conduce a sumergirse en una parte de la historia. Remontándose a tiempos ancestrales y reconociendo los colores de la historia colonizadora de estas tierras, bajo su proceso de transformación y la evolución como producto del encuentro entre culturas que 500 años atrás fuese inimaginable, este significativo acontecimiento permite en la actualidad que cada ser pueda disponer de un momento para disfrutar de instantes llenos de magia, mientras se da un paso más al encuentro entre el pasado y el presente, se fusionan elementos multiculturales que permiten al individuo reconocerse dentro del espacio, encontrar una identidad en el mismo y comprender que se es parte de un proceso escrito a través del tiempo. El Chorro de Quevedo… La mágica plaza que dio inicio al nacimiento de toda una nación, no es más que el recuerdo arquitectónico fijado en el tiempo de la lucha de nativos y extranjeros por una tierra que brindó y sigue brindando refugio a quienes deseen ser parte de ella y llenarse de su envolvente esencia…


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Recorriendo los extensos senderos que marcaron los caminos de la independencia comprendida para aquel entonces por los “Países Bolivarianos”, dicha ruta que albergaba a Colombia, Venezuela, Ecuador, Perú, Bolivia y Panamá; hoy encamina a una de las maravillas arquitectónicas más reconocidas de la ciudad de Bogotá. La Casa Museo -Quinta de Bolívar, recubierta del matiz histórico del pasar de los años, no es más que un recinto en donde cada uno de los detalles de su enriquecida estructura entremezclan los tiempos coloniales bajo el dominio español y la gloriosa época republicana de la independencia; además, se acentúan algunos toques del moderno estilo francés que manifestaban delicadamente las novedades de la época, regalando a quien le contemple una cálida atmósfera que trasciende lo magnifico de descubrir un frondoso paisaje. Para 1800 José Antonio Portocarrero, el capellán de Monserrate adquiere los terrenos correspondientes de la renombrada por aquellos tiempos: Toma de la Aduana, sector ubicado en las faldas del cerro de Monserrate y en donde se daría paso a la construcción de la pretensiosa Quinta; con frecuencia la casa se vistió de fiesta: música, aperitivos e ilustres invitados, tal es el caso del Virrey Antonio Amar y Borbón, junto a su esposa la Virreina doña Francisca Villanova entre otros personajes, que llenaron de vida el salón de baile, sus pasillos y jardines; charlas y risas acompañaban lujosamente el recinto que desde su creación no deja de cautivar a quien le visite. Posterior al fallecimiento del capellán, hecho lamentable conocido para el 1 de enero de 1810 y por tan funesto motivo La Casa Quinta pasó a ser heredada por su hija y esposo, luego de que este tuviera que partir a causa de los conmemorables acontecimientos del 20 de julio y que Tadea Portocarrero permaneciese sola con sus pequeños hijos, el inmueble sufrió un marcado descuido que hizo decaer parte de la estructura que hasta entonces se reconocía por su esplendoroso y acogedor estado. La familia Portocarrero mantuvo la propiedad de La Quinta hasta 1820, en donde debido a su abandono casa fue apropiada por el vicepresidente de la Gran Colombia, el general Francisco de Paula Santander y don Tiburcio Echavarría en el entonces Gobernador de Cundinamarca.

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...Bajo la gloriosa mirada del libertador Simón Bolívar y tras finalizar exitosamente la guerra de la independencia, el gobierno de la Nueva Granada adquiere la Quinta para homenajear al vivo héroe y su hazaña libertadora... 16


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Bajo la gloriosa mirada del libertador Simón Bolívar y tras finalizar exitosamente la guerra de la independencia, el gobierno de la Nueva Granada adquiere la Quinta para homenajear al vivo héroe y su hazaña libertadora; este sueño arquitectónico entregado por Santander a Bolívar, recibiría una digna restauración para cada uno de sus espacios regresándola al esplendor de aquellos días de festín. Tras la firma de los documentos el 16 de junio de 1820 y pese a que el libertador fue su propietario por alrededor de 10 años, la Casa Quinta fue habitada esporádicamente por Bolívar, visitándola entre revuelos de sus viajes para culminar la lucha independentista fue descuidada nuevamente durante algunos años; pese a ello, el general Santander procuraba sostenerla para las posibles visitas del libertador al recinto que le resguardaba y alejaba de la agreste realidad que le acompañaba por aquel agitado periodo de su evocada existencia. Para el año de 1828, mientras el libertador afrontaba las dificultades políticas de la Convención de Ocaña, Manuelita Sáenz de Thorne nacida en Quito y conocida por Bolívar dentro de la misma ciudad algunos años atrás, se instaló en La Casa. Bajo el recuerdo de aquel opulento baile en festejo a la victoria de la Batalla de Pichincha en 1822, tiempo en el cual sus almas se entrecruzan y tras el indescifrable juego del destino, Manuelita y el Libertador emprenden una aventura en tiempos de independencia, surge entre ellos un revolucionario romance que lleva a la dama a trasladarse a la Nueva Granda para acompañarlo en sus fugaces estadías y hacer de la Quinta un espacio lleno de festividad y encuentros entre diversas personalidades del sector y amigos de Bolívar; para este tiempo, el lugar fue testigo de importantes sucesos políticos tal es el caso de la instauración de la Gran Colombia y la culminación de la Campaña del Sur, hechos que fueron seguidos por Simón Bolívar como parte de su recordado trayecto por la historia de cambios en la patria naciente.

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PORTADA Pese a que en toda una década, el Libertador solo visitó y permaneció por 6 ocasiones en la Quinta; las memorias de aquel lugar siguen vivas y latentes aún en el presente reflejadas como una colección de recuerdos entre luchas y victorias, bailes y romances, íconos que describen la lucha de las clases, recordados hoy como héroes de la patria… Dejaron su esencia impregnada en aquella Casa que al pasar de los años constituye un símbolo de la libertad y que finalmente fue cedida por el libertador en su última visita a la misma. Tras donarla el 28 de enero de 1830 a la hija de su apreciado amigo José Ignacio París, éste se hizo cargo de ella mientras la menor cumplía la mayoría de edad; sin embargo y posterior a ser recibida, el recinto tuvo diversos usos tras el pasar de los años. Cuentan algunos historiadores que, además de los diversos propietarios y pese a todas las memorias recopiladas en cada acontecimiento descrito por la historia, La Casa operó en distintas actividades a través del tiempo; pasando por un colegio para señoritas, se dio luego la instalación de una fábrica de pita (bebida fermentada), posteriormente y deteriorando el lugar se dio paso a una curtiembre, finalmente el lugar se adaptó para convertirse en un hospital. Debido a los lamentables y radicales cambios tanto de propietarios como de actividades dentro de La Casa Quinta, esta sufrió daños irreparables en su estructura, así como un sin fin de modificaciones de acuerdo a los requerimientos de cada momento que deplorablemente dieron paso a la destrucción de su arquitectura original. La ilusión de las victorias, los festines de ilustres personajes que fundieron los acontecimientos del ayer con las realidades del presente y un tejido de circunstancias en la historia que quizá ya muchos no recuerden, hicieron de la Quinta un tesoro que debía preservarse. Para el año de 1919, bajo la propiedad de Doña Matilde Moncada La Casa pretendía ser vendida a extranjeros, dada por enterada la noticia la Academia Colombiana de Historia y la Sociedad de Embellecimiento (hoy Sociedad de Mejoras y Ornato de Bogotá) decide emprender toda una

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...La Casa Quinta fue habitada esporádicamente por Bolívar, visitándola entre revuelos de sus viajes para culminar la lucha independentista...


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campaña para poder adquirir los títulos de la propiedad y ponerla bajo disposición del Estado, haciendo efectivo el anhelo de conservarla y bajo una nueva restauración, esta fue dispuesta para el año de 1920 como La Casa Museo - Quinta de Bolívar, un espacio en donde se reunirían todos los elementos emblemáticos del personaje que revolucionó la historia de un continente: Simón Bolívar. Alrededor de una hora puede tomar el recorrido que brinda este exclusivo espacio cultural; albergando gran cantidad de los objetos y pertenencias del insigne Libertador y bajo el novedoso ‘Rally Bolivariano’ comprendido como un evento para recorrer de forma dinámica el lugar, el visitante puede transitar por el alegórico recinto que alrededor de 200 años atrás resguardó a Bolívar en tiempos de cruciales batallas e impensables victorias. Desde su fascinante y natural jardín de entrada, recubierto por exóticas especies de plantas y arbustos, pasando por las fuentes que decoran elegantemente el mismo, pueden recorrerse los senderos peatonales que llevan a las diferentes estancias de La Casa, gracias a las creativas metodologías implantadas dentro del Museo como parte del mensaje y la historia que se quiere dar a conocer, los grupos que se acercan pueden recrearse mientras conocen su proceder, la vida y obra de Simón Bolívar y por ende la historia de la nación colombiana y sus procesos emancipadores que hoy en día consiguieron la independencia y la libertad a la cual se encontraba sometida. La Casa del Libertador regala un paisaje de ensueño que puede transportar la imaginación a tiempos de antaño llenos de música y tradiciones, así como puede alejar el cuerpo y el alma por un instante de la ruidosa ciudad para sumergirse en la tranquilidad del cantar del viento mientras las hojas de los árboles bailan a su ritmo.

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Tras un afable recorrido, la Quinta ofrece una serie de Colecciones y piezas en las que se destacan: Las Piezas en Dialogo, una serie de artículos pertenecientes a Bolívar, los cuales se exponen cada mes para generar entorno a ellos una serie de debates y conversatorios, entre estos se destaca El Gorro Masón del Libertador, restaurado en 1992 y del cual se hace referencia a los procesos llevados a cabo por las Logias Masónicas. Por otra parte; el Jardín Bolivariano, un sutil recorrido por los jardines de La Casa Museo en donde se enseña la diversidad de flora y fauna propia del sector, mientras se contempla la ornamentación propia de los tiempos libertarios, tal es el caso de un cañón y adicionalmente de los bustos del Libertador. Existen también otro tipo de eventos como las Exposiciones Temporales, en donde dichos eventos giran en torno a temáticas especiales y para las cuales el lugar se viste de arte, homenajes y literatura. Cabe resaltar que dentro de estas colecciones se puede apreciar La Espada de los Sueños, replica de la popular espada de Bolívar y que fuese robada en 1974, tiempo después tras ser recuperada fue dispuesta en la bóveda del Banco de la República. Finalmente, La planta del mes, un taller realizado por un experto botánico acerca de alguna planta seleccionada dentro del campo; para concluir, los ciclos de cine y video, los talleres de plastilina entre otras actividades completan la gama de funciones que se pueden realizar dentro de aquella Casa – Museo que albergó en el pasado y aún en el presente consigue resguardar más de mil historias y un libertador… Entre viajes y sueños, entre recuerdos de tiempos de gloria y pese a la actualidad, seguirán latentes en las memorias de los Países Bolivarianos cada uno de los relatos que nunca se olvidarán… Aquellas memorias que marcaron el antes y el ahora de toda una patria, de todo un pueblo que para cada conmemoración de independencia proclama a viva voz… ¡Que viva el Libertador!...

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ENTREVISTA

JAIME ANDRÉS CÁRDENAS - ABOGA D O LA B ORA L -

Profesional dedicado satisfactoria y exitosamente a un tema que compete el diario vivir: el trabajo… Teniendo en cuenta su amplia experiencia y gracias a todo el conocimiento que le ha aportado el ejercer su actividad, hoy permite dar claridad frente a un tema poco discutido en materia de seguridad social para trabajos temporales o de muy corta duración; el Decreto 2616, una temática próxima a entrar en vigencia y de la que se requiere tener total claridad. Miembro Honorario CAPH Bogotá. y conferencias relacionadas de manera muy directa con la propiedad horizontal y todo lo que se deriva incluso de la ley 675 en adelante…

Si bien se sabe, el campo del derecho cuenta con diversas temáticas en las cuales se puede profundizar y trabajar, ¿Por qué optar por trabajar bajo la temática laboral?

Teniendo en cuenta su recorrido profesional, podría indicarnos ¿Cuál ha sido su trayectoria como Abogado laboral?

Lo mío en parte viene de familia, ya que tengo familia de abogados laboralistas, me forme en ese círculo, pero también me enamore porque en éste las relaciones laborales son bastante complejas e interesantes, no solamente desde el punto de vista jurídico sino en cuanto a la vivencia o a la parte fáctica que implica todo el desarrollo de las relaciones laborales y bien, con el transcurrir del tiempo he podido crecer como persona y profesionalmente, esto ha sido entonces lo que más me ha me ha motivado para estar dentro de este medio del derecho laboral…

Afortunadamente he podido estar vinculado desde hace bastante tiempo en el área laboral. Soy abogado especialista en esa área, de la Universidad Javeriana; he estado con diferentes gremios, entre ellos el de la propiedad horizontal en donde tuve muy buenas experiencias. Desde este campo he aprendido bastante no solo de la situación jurídica, sino de la cuestión práctica de esta área, esto nos motivó no solo a investigar sobre el tema sino también a participar en diferentes charlas

Dentro de las temáticas de actualidad, se conoce que para el próximo primero de febrero entrará en vigencia el decreto 2616, este indica que los empleadores tendrán que pagar un monto específico por seguridad social a los trabajadores domésticos que laboran por periodos inferiores a un mes, podría indicarnos ¿Cuál es su posición frente a la nueva ley?

Dr. Nora Pabón Gómez Jaime Andrés Cárdenas

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ENTREVISTA

Yo considero que regular esta situación estaba en mora de hacerse desde hace bastantes años, porque la realidad ha mostrado que no solamente en actividades domésticas sino las agrarias o aquellas de muy corta duración y también en las grandes urbes, las personas no son contratadas de manera formal por el hecho de que el empleador tenía que afiliarlo por el periodo completo minino de un mes y esto generó informalidad al momento de ofrecerle trabajo a una persona; cuando la actividad era por tiempo inferior, se quedaban en la informalidad y cuando se presentaban inconvenientes relativos a riesgos laborales, los trabajadores asumían las consecuencias de no tener ninguna protección por parte del Estado. Considero que este aspecto era importante regularlo y que no se debe aplicar solamente con empleados del servicio doméstico sino en diferentes actividades, por ende es importante que los empleadores conozcan esta nueva modalidad para afiliarlos, así tanto empleadores como empleados quedarán protegidos frente a eventuales contingencias; pese a ello, en términos generales considero que es muy positivo lo que está ocurriendo en este momento frente a este tema…

Teniendo en cuenta que este reglamento fue establecido por el Ministerio de Trabajo en noviembre del año anterior y basado en su amplia experiencia dentro del campo laboral, ¿Cuál considera usted que sería la incidencia de dicho decreto frente al campo de la propiedad horizontal? Va a ser completamente notaria esa influencia, porque lamentablemente si bien en las en las principales ciudades ya existe la cultura del aseguramiento, de estar en regla con lo que nos exige la ley, en algunas ciudades pequeñas o en zonas rurales donde existe también la propiedad horizontal, en estos lugares ni siquiera se cumple muchas veces con la normatividad general en materia de seguridad social, por ejemplo: tener afiliados a los administradores, ya que no afilian personas de planta, mucho menos se hace con personas de trabajos temporales, ocasionales o en actividades que son de muy poca duración; la idea es que también se amplíe la cobertura en estas personas y creo que la incidencia va a ser total, básicamente desde los colegios y las asociaciones de propiedad horizontal para que la norma se amplíe en todos los sectores del país y que así, los empleadores no tengan temor de incluirse en la legalidad…

Dado que bajo este decreto se pretende regular la cotización a seguridad social para trabajadores dependientes que laboran por periodos inferiores a un mes, ¿Cuáles considera usted deberían ser los parámetros que se deben tener en cuenta dentro del ámbito de la copropiedad y por parte del administrador al momento de contratar y ser contratado? Tener presente que existe este decreto, que le antecede una ley general que es la ley 100 y todo lo que se deriva de ésta en materia de seguridad social, además de las leyes especiales sobre riesgos laborales, pues él tiene que considerar todos los parámetros, por otra parte esta norma es un apoyo con el que cuenta, ya que permite evitar inconvenientes no solamente en su calidad de profesional sino también en cuanto a evitar riesgos a sus trabajadores y a la misma copropiedad

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ENTREVISTA

ENTREVISTA que representa. Considero que las implicaciones van a ser totales en el sentido de que si el administrador desconoce la norma y llega a presentarse algún inconveniente, no tendrá excusa y no solamente va a verse comprometida su responsabilidad sino también la de la copropiedad que representa. La connotación sencillamente es que debe saber, conocer y tener presente que esta norma existe y que hay que cumplirla, reiterando que su aplicación es de carácter nacional, entonces el administrador debe tener muy claro que al contratar una persona que realiza actividades transitorias inferiores a 30 días, lo preferible es que lo vincule mediante un contrato de trabajo y que adicional a esto lo afilie a seguridad social, finalmente en estos casos debe acatar, consultar la norma y aplicarla en lo posible siempre…

Bien se sabe que muchas personas desconocen los procesos de contratación debido a su informalidad o a su trabajo temporal. ¿Cuáles serían los aspectos a tener en cuenta a la hora de contratar por aquellas personas naturales que desempeñan labores como las de administradores, aseadoras, jardineros, toderos y similares? Esta es una pregunta obligada y obviamente la respuesta a ese tema más que obligada es necesaria y es que en primer término, si bien la ley no señala de manera expresa cuál debe ser la modalidad de contratación para estas personas, si es importante que tengan en claro que existen dos modalidades: una de esas es la contratación laboral que implica el cumplimiento de todas las normas laborales junto con la seguridad social y también existe la vinculación mediante el contrato de prestación de servicios, no es que éste último sea un mal contrato sin embargo, si desde un principio no se plantea correctamente que existe una diferencia entre el de servicios y el laboral, obviamente van a surgir problemas; por ejemplo, si yo contrato mediante prestación de servicios pero en la realidad estoy ejecutando un verdadero contrato laboral bajo órdenes, salarios, horarios y otros, se reitera entonces que no es el contrato de servicios el más conveniente para su vinculación, frente a otros casos en donde el administrador realmente va a realizar una actividad netamente gerencial y delega sus funciones en terceros, si es efectivo este contrato. Habrá que mirar en cada caso cuál contrato conviene más a las partes, partiendo de que estas son claras, honestas y tienen despejadas las dudas frente a los mismos. Cuándo existe vinculación superior a un mes para éste tipo de personal lo más conveniente y acertado es un contrato laboral; ahora bien, cuándo son actividades de muy corta duración, lo más aconsejable es realizar el contrato por prestación de servicios, pero la persona independiente debe afiliarse al sistema de seguridad social…

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ENTREVISTA

ENTREVISTA Dentro de la propiedad horizontal ¿Cuáles serían las observaciones y/o consejos dentro del ámbito de las copropiedades hacia sus administradores, para que puedan evitarse quizá inconvenientes al momento de contratar y ser contratados? La conveniencia no la puede medir nadie distinto que el mismo administrador y este tiene que ser muy consciente si realmente se va a dedicar a la actividad en la propiedad horizontal como empresa o si lo va a ejercer como su actividad principal, en la cual se dedicaría exclusivamente a una sola propiedad horizontal; en esa medida, si se dedica a lo primero puede hacer contratos de servicios y representar así a varias propiedades sin someterse a horarios teniendo en claro no dejar de lado su responsabilidad, pero si el administrador se va a dedicar a tener tiempo exclusivo a una sola propiedad lo más sano es que se vincule mediante un contrato de trabajo, sin embargo es una cuestión de mirar cada caso…

Finalmente y teniendo en cuenta las condiciones laborales de la actualidad en Colombia, ¿Considera usted que este tipo de leyes favorecen el empleo en países como el nuestro? Yo considero que sí; este tema estuvo sin regulación durante más de 50 años desde que existe la Ley 6 del 45, es decir cuando nace el Código Sustantivo del Trabajo; después, en el año 94 nace la Ley 100 pero nada dijo al respecto, entonces si estábamos en mora de regular este tema y considero que todo lo que vaya en beneficio del trabajo, del trabajador, de sus condiciones laborales y en cuanto a las garantías para realizar una labor, son muy favorables, convenientes y positivas. En esa medida, hay que seguir regulando el tema y lo más importante entonces es la educación, no solamente de los administradores sino de las copropiedades, ya que deben saber que existe esta normatividad porque de nada sirve tener un decálogo de normas que no se aplican a nadie porque nadie las conoce; por otra parte, la importancia que se le dé a esta norma va a ser también la publicidad que se le dé a la misma. Para concluir puedo decir que aplaudo completamente que se den este tipo de regulaciones.

Si quiere conocer la entrevista completa por favor visite: www.caphbogota.com

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