revista conviccion

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Revista

CONVICCIÓN

Arequipa 2012

28años

¿QUÉ DEBEMOS HACER PARA IMPULSAR

CETICOS-MATARANI?

Gustavo Robles Fernández

x Gerente Regional de la Producción - Arequipa

E

n agosto de 1996, mediante Decreto Legislativo Nº 842, se crean los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios (CETICOS) de Matarani, Ilo y Tacna, los cuales tienen como objetivos, el de estimular las inversiones y el desarrollo tecnológico nacionales y extranjeros; generar puestos de trabajo y el empleo de mano de obra; propiciar el desarrollo de nuevas industrias de exportación; fomentar la generación de mayor valor agregado industrial nacional, optimizando el uso de los recursos del País, entre otros. Los CETICOS son considerados como zonas primarias aduaneras de trato especial, que son manejadas por el Estado, y tienen auto-

nomía administrativa, técnica, económica, financiera y operativa. Cuenta con un área total de 354.48 hectáreas, de liberalización de impuestos para la exportación de variedad de productos. Sin embargo, actualmente sólo utilizan aprox. 15 hectáreas, las cuales disponen de servicios básicos como agua, luz y desagüe. CETICOS inició sus operaciones en el rubro de importación de autos de segundo uso, procedentes de Japón y Corea, siendo su funcionamiento oficial hasta el 2012, pero gracias al Gobierno Regional de Arequipa, que presentó una iniciativa legislativa, el Congreso de la República aprobó la Ley N° 29710 “Ley de Fortalecimiento de los Centros de Exportación, Industria, Comercialización y Servicios” (CETICOS), que exonera de todo tipo de impuestos a los usuarios y la ampliación de vigencia de los CETICOS a nivel nacional, incluido el de Matarani hasta el 2022, ya que fenecía el 2012. Los ejecutivos del CETICOS Matarani, des-

de la Junta de Administración, el Directorio y la Gerencia General, felicitaron y agradecieron a la gestión regional del Presidente Juan Manuel Guillén Benavides, por ser la única Región a nivel nacional a la fecha, en hacer uso del derecho que le confiere la ley, en presentar iniciativas legislativas y sobre todo lograr su promulgación, por el acertado sustento técnico y jurídico de las normas. La Ley N° 29710, permitirá el desarrollo de las actividades autorizadas en los CETICOS de todo el país, al exonerarles del impuesto a la renta, impuesto general a las ventas, impuesto selectivo al consumo, impuesto de promoción municipal, así como de todo tributo, tanto del Gobierno Central como de los gobiernos regionales y de las municipalidades, creado o por crearse. La norma también autoriza desarrollar actividades agroindustrial y de agro-exportación, desde la transformación de productos agropecuarios, tanto del país como del extranjero.


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