Gaceta octubre 2013

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la fuente de pago del principal de los financiamientos otorgados por Banobras al Estado, siendo la Federación quien cubra el capital y el Estado únicamente los intereses correspondientes, conforme a la normatividad aplicable. Que el 26 de enero de 2011, el Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Reconstrucción de Entidades Federativas emitió las Reglas de Operación bajo las cuales se establecen los procedimientos a cumplir por cada Entidad Federativa para acceder a los recursos, mismas que fueron modificadas por Acuerdo F2186/CT/EXT/11/6.1, adoptado por dicho Comité en Sesión celebrada el 05 de octubre de 2011. Que conforme a lo anterior, el Gobierno del Estado de Puebla presentó ante el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C la Carta de Intención de acceder a los recursos del Fondo de Reconstrucción de Entidades Federativas, en la que se desglosó el monto de los recursos solicitados, a efecto de solventar el costo de obras de reconstrucción a cargo del Estado por eventos declarados en desastre posteriores al 3 de diciembre de 2010, particularmente respecto de la Declaratoria de Desastre Natural publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 2013, por la ocurrencia de lluvia severa del 12 al 16 de septiembre de 2013 en 31 municipios del Estado de Puebla. Que para que el Estado de Puebla pueda participar de los recursos del Fondo de Reconstrucción de Entidades Federativas y financiar los proyectos y programas necesarios para la reconstrucción de infraestructuras públicas, afectadas por los desastres naturales sufridos, resulta necesario solicitar a ese H. Congreso del Estado, su autorización para la constitución de financiamiento con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Que por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 fracción I, 70, 79 fracción VI y 84 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2, 19 y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado

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