El Reto V.8 INSTITUIR UNA POLÍTICA INTEGRAL DE VERDAD, JUSTICIA Y REPARACIÓN

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Introducción El presente documento expone la posición de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado con relación al primer borrador del Programa de Restitución de Bienes (inmuebles urbanos / rurales-tierras-territorios) de febrero de 2010, aprobado por la plenaria de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR), con el ánimo de contribuir al debate público sobre uno de los derechos más importantes de la población en situación de desplazamiento forzado, como es el derecho a la reparación integral. La entrega de un primer borrador del mencionado programa y su socialización, con distintas organizaciones a nivel nacional y regional, constituye una iniciativa importante para contribuir a la realización de los derechos fundamentales de los que son titulares las víctimas del desplazamiento, el abandono forzado y el despojo de bienes en Colombia. La Comisión de Seguimiento reconoce como un avance significativo el hecho de que el Programa de Restitución de Bienes (PRB) haya planteado que se orienta en buena parte por los Principios rectores de los desplazamientos internos (en adelante, Principios Deng) y de los Principios sobre la restitución de las viviendas y el patrimonio de los refugiados y las personas desplazadas (en adelante, Principios Pinheiro), como sucede, por ejemplo, con el reconocimiento a los tenedores como beneficiarios de restitución, aunque hubiera sido deseable que se incluyera la noción integral de patrimonio, conforme a dichos principios. Igualmente, la Comisión de Seguimiento destaca los aportes que ha realizado la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación ya que expresan esfuerzos de articulación interinstitucional que han de traducirse en el cumplimiento de las obligaciones del Estado. Además de la restitución, éstas incluyen prestaciones, servicios y componentes que la complementen, tales como la participación de los beneficiarios, el saneamiento de los bienes, el alivio de los pasivos que los afectan y el fortalecimiento de los sistemas de información, entre otros. Resalta que se haya observado la necesidad de establecer mecanismos transicionales que permitan la restitución masiva y la inclusión de algunos tratamientos dirigidos a las mujeres, la infancia y los grupos étnicos. Si bien a algunos de estos esfuerzos aún les falta desarrollo, su propuesta se expresa como un claro avance en la materia que es necesario precisar. El presente documento, de una parte, recoge planteamientos de esta problemática sometidos a consideración de la Corte Constitucional como por ejemplo, la tesis de la reparación transformadora y sus implicaciones; y de otra, profundiza, entre otros, en los argumentos de orden jurídico que sustentan la obligación de am-

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