ISO TC 228/WG8 Instalaciones Náutico Deportivas En este mismo comité internacional (ISO TC 228 Turismo y servicios relacionados), pero en otro grupo de trabajo (WG8 Instalaciones Náutico deportivas) se están desarrollando cuatro proyectos relacionados con las instalaciones y servicios ofrecidos por los puertos deportivos y club náuticos. Dicho grupo de trabajo internacional, cuya secretaría ostenta el Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE), se creó a iniciativa de España en 2011. Por aquel entonces, AENOR (Asociación Española de Normalización y Certificación), como entidad responsable del desarrollo de las normas técnicas en España, ya había publicado a nivel nacional la Norma UNE 188004:2009 Servicios turísticos en instalaciones náutico deportivas, liderada por la Confederación Española de Asociaciones de Clubes Náuticos (CEACNA). Tras unos años de rodaje, el sector español vio la oportunidad de dar el salto internacional y propuso la creación de este nuevo Grupo de Trabajo en el Comité ISO/TC 228 Turismo y Servicios relacionados, al tiempo que avanzaba en la actualización de la Norma Nacional, cuya revisión hoy vigente, se publicó en 2015 (UNE 188004: 2015). Por un lado, el Grupo de Trabajo ISO TC 228/WG8 Instalaciones Náutico Deportivas está trabajando en la creación de una familia de normas a partir de la Norma ISO 13687 Instalaciones Náutico deportivas – Requisitos Mínimos, publicada inicialmente en 2014 y actualmente en revisión. Aquella norma marcaba los requisitos mínimos para un nivel de servicio básico que toda instalación náutica debería cumplir. Sin embargo, pronto se planteó la necesidad de ampliar dichos requisitos para poder dar cobertura a otras instalaciones que contaban con un nivel de servicio intermedio (futura parte 2) y alto (futura parte 3). Dichas normas no cubren aspectos técnicos constructivos, sino de prestación de servicios a la comunidad náutica, como por ejemplo, la existencia de un punto donde se ofrezca información sobre las
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actividades y atracciones turísticas de la zona o la necesidad de que la instalación náutico deportiva cuente con un Código de Conducta Ambiental, destinado a los usuarios, donde se promueva el respecto de la naturaleza y especialmente de las áreas protegidas sensibles o se fomente el uso del sistema de recolección y reciclaje de residuos de la instalación, entre otros aspectos. Estructurada en tres partes, que corresponden a los tres niveles de servicio, se espera que las tres normas internacionales (ISO 13687 Partes 1, 2 y 3) se publiquen conjuntamente a comienzos de 2017. Por otro lado, acaba de iniciarse un nuevo proyecto de norma internacional, con el objetivo de dar respuesta a las necesidades de los megayates. Los yates de grandes dimensiones representan apenas un 0,5% de la flota mundial pero generan un gran número de empleos y contribuyen a dinamizar la economía de los puertos que visitan. Un megayate dispone de una tripulación permanente durante todo el año, que puede oscilar entre 9 personas para un yate de 40 m y 60 personas para un yate de 100 m. La instalación náutico deportiva tiene que estar preparada para satisfacer las necesidades de dicha comunidad: un megayate puede necesitar un número mayor de conexiones wifi, generar toneladas de residuos (y por tanto requerir ajustes en el sistema de recogida de los mismos) o simplemente demandar mayores medidas de seguridad y control de acceso, entre otros aspectos. El proyecto ISO 21406 Requisitos esenciales para las instalaciones náutico deportivas de lujo, ha arrancado su andadura en Mayo 2016 y se espera que se publique como norma internacional en 2018. La próxima reunión internacional del Grupo de Trabajo ISO TC 228/WG8 Instalaciones Náutico Deportivas se celebrará en Palma de Mallorca durante el 21 y 22 de Noviembre de 2016, junto con el Grupo de Trabajo Internacional Chárter Náuticos (ISO TC 228/WG11). Este grupo está abierto a la participación de expertos de todas las partes implicadas.