Guía práctica para abrir gobiernos. Manual de OpenGov para gobernantes y ciudadanos”, Goberna AL

Page 52

GUÍA PRÁCTICA PARA ABRIR GOBIERNOS Manual de “Open Government” para gobernantes y ciudadanos

Por el contrario cada vez es más frecuente, como ha ocurrido en España especialmente en el campo de la transparencia, la participación o el acceso electrónico, aprobar leyes específicas sobre la materia47, regulando nuevos instrumentos participativos con el objeto de promover el ejercicio de este derecho, que se asume como auténtico derecho subjetivo, de manera más activa, ordenando procedimentalmente el funcionamiento de los mismos, asumiendo una naturaleza codificadora y un espíritu transversal. Cabe aún una tercera opción, fase, en la que nos encontramos en la actualidad pasa por la aprobación de una ley que asume una visión integral del gobierno abierto, ordenando en un mismo texto legal sus pilares informadores48.

50

Sea cual sea el modelo es necesario plantearse si es necesario algún tipo de complemento normativo al de carácter legal, especialmente para entes territoriales y organizaciones institucionales sin capacidad de aprobar leyes. En este punto el reglamento se nos presenta como una pieza fundamental en la regulación del gobierno abierto. En este modelo mixto la ley se limitaría a los principios básicos y el reglamento respondería a la necesaria concreción, en la que además los aspectos tecnicos (especialmente los tecnológicos) justifican la flexibilidad que ofrece la figura reglamentaria. De ahí que, en último término, la eficacia y la aplicación del gobierno abierto dependa en gran medida del grado de concrección de las normas, sobre todo en las materías tecnológicas. La regulación tipo, que se centra en principios generales sin afrontar directamente su ejecución deja esta en manos de la voluntad de la administración y de las circunstancia. Por lo cual adoptamos la norma de Cotino que recomienda apostar por una regulación legal con un grado de detalle que permita hacer efectiva la norma sin dejar la misma a un posterior desarrollo que puede no producirse nunca. De esta manera elementos como la creación de un espacio específico online, los niveles de seguridad, la identidad electrónica, el acuse de recibo, la prueba de comunicación...deberían ser tratados específicamente en la ley. Un ejemplo de esto puede ser el ejercicio por medios electrónicos, que las normas suelen presentar como una posiblidad, que durante mucho tiempo ha carecido de concrección. Esto, que busca asegurar la eficacia de la ley, no supone renunciar al desarrollo reglamentario, que puede hacer efectivo o inutil los principios establecidos por la ley.

47. Sirvan como ejemplo la ley 11/2008, de 3 de julio, de Participación Ciudadana de la Comunidad Valenciana —y su Decreto 76/2009 de 5 de junio, del Consell, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y ejecución—, y la ley 5/2010, de 21 de junio, Fomento a la Participación Ciudadana de Canarias. 48. En este sentido se pueden citar la ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears; la ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la transparencia y del gobierno Abierto; y la ley 4/2013, de 21 de mayo, de gobierno Abierto de Extremadura.


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.