Equidad

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Sumario I. Introducción. II. Noción histórica de jurisprudencia. III. La jurisprudencia subyace en el razonamiento jurídico de la parte considerativa de la sentencia (iurisprudentia ratio est). IV. Publicidad de la jurisprudencia. V. Jurisprudencia no escrita, no reportada o no publicada. VI. La publicación defectuosa de la jurisprudencia.

Este breve análisis de la problemática que guarda la falta de publicación de una parte de la jurisprudencia, tiene por objeto despertar el interés de los juristas a efecto de que descubran la jurisprudencia de nuestros altos tribunales, amplíen la visión y estudio acerca del comportamiento de los criterios y la forma en que a ellos tenemos acceso. Asimismo, poner en la mesa del debate la necesidad de que tanto las sentencias, ejecutorias o incluso aquellas que recaen sobre incidentes (interlocutorias), dentro de los juicios de amparo, o bien de aquellos procedimientos que dilucidan acciones de constitucionalidad y controversias constitucionales, tengan una apropiada publicación, de forma tal que no deje en penumbras el acceso a la jurisprudencia.

VII. Conclusiones. VIII. Bibliografía.

I. Introducción La publicación de la jurisprudencia tiene la misma importancia que la que tiene la ley. Los criterios que se esgrimen en la jurisprudencia generan la orientación de la aplicación de la ley, su interpretación, la solución de antinomias y lagunas, por tales razones resulta inconcebible que los ciudadanos no tengan acceso al conocimiento de los instrumentos que nos revelan el estado de la jurisprudencia, o bien, teniéndolo no se encuentre a plenitud la misma, es decir, la falta de publicación de los criterios jurisprudenciales equivale a la aplicación de una ley de la cual nunca se publicó ni se hizo del conocimiento de los ciudadanos.

II. Noción histórica de jurisprudencia En distintas épocas y culturas se han realizado diversas expresiones para dar algún sentido a la ley en aplicación. En Roma, desde el periodo que se conoce como republicano, existían los llamados jurisconsultos que gustaban de reunirse para reflexionar acerca de los contenidos de las normas, proponían solución a casos concretos imaginarios, analizaban la semántica de las palabras inscritas en los ordenamientos, llegaron incluso a dar asesoría a algún juez en el dictado de alguna resolución o bien asesoraban a otros más en la elaboración de un contrato, todo esto dio origen con el paso del tiempo a la época clásica del derecho romano que como se sabe los jurisconsultos no sólo tuvieron una fecunda producción jurídica (recuérdese a Gayo, Modestino, Ulpiano, Papiniano, Paulo, etc.), sino que además fueron requeridos por el

Enero/Febrero 2012

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