El Principio de Precaución ambiental

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EL PRINCIPIO

DE

PRECAUCIÓN AMBIENTAL - LA PRÁCTICA ARGENTINA

a la ciudad de Gualeguaychú, especialmente en la capa de aire que asiste a sus pobladores de sustancias tóxicas utilizados en el proceso de blanqueo de la pulpa de papel, especialmente dióxido de sulfuro y de dioxinas y furanos que se liberan en el proceso de blanqueamiento de la pulpa que utiliza cloro (...) B.I) Requerir al departamento análogo del Municipio local informes correspondientes a los últimos cinco años, del departamento Gualeguaychú, sobre existencia de dióxido de sulfuro (SO) -dioxinas o furanos- en la población de niños, niñas y adolescentes hasta los dieciocho años. (...). C) Requerir al Círculo Médico de la ciudad de Gualeguaychú, a través de sus pediatras y médicos clínicos, informen si en sus consultorios, de las fichas de atención, han detectado en personas menores de 18 años, perfil sintomático compatible con afectación por contaminantes: dióxido de sulfuro -dioxinas o furano.(...).

El Defensor General de la provincia en este caso, a nuestro criterio, acertadamente, se adelantó a los eventuales efectos nocivos del funcionamiento de la pastera Botnia -ubicada en territorio uruguayo- y buscó asegurar elementos de prueba científicos para enfrentar la prueba de posibles daños de futuro por actividades de riesgo incierto. 29- C. NAC. CIV., SALA J, ASPIROZ COSTA, FRANCISCO Y OTROS C. PASA S.A. Y OTROS, 27/10/2005 La parte actora inició la presente acción judicial por los ruidos y olores que afirmaba debía soportar debido a la actividad industrial de PASA S.A., empresa dedicada a la elaboración de fertilizantes, especialmente, tres productos industriales: amoníaco, urea y UAN. Alegó que las ráfagas de amoníaco y otros olores desagradables provenientes de la empresa demandada resultaban no sólo molestas sino peligrosas para su salud y la de sus hijos. Manifestó haber realizado innumerables reclamos a PASA. S.A. para que modificara su actitud con resultados casi nulos260 y solicitó se condene a la accio260

La actora recordó que la sociedad Santa Victoria de Los Montes S.R.L. reclamó oportunamente a la demandada por los daños que los desechos de Planta Campana provocaban en los alambrados y pasturas que se encontraban próximos a su establecimiento y que se inició, como en el presente caso, una medida de prueba pericial anticipada, caratulada «Santa Victoria de los Montes v. Duperial S.A.I.C. y otros s/ medidas preliminares», que tramitó


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