Concluido el plazo de enmiendas, las que resulten admisibles son examinadas por una ponencia constituida en el seno de la Comisión de Presupuestos y , después, por esta comisión. Le corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales su examen, enmienda y aprobación, según el art. 134.1 de la Constitución. PRÁCTICA 2. LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL 2009 3. ¿Qué procedimientos parlamentarios se han seguido en ambos casos?