Reglamentación RFEA 2013 - Parte 1

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Competiciones Internacionales Competiciones Nacionales Competiciones Autonómicas

900 € 560 € a fijar por cada Federación

Las solicitudes de las pruebas que han figurado en el calendario de la temporada anterior y que no presentan su solicitud dentro de los plazos establecidos en el artículo 6º del presente reglamento, deberán abonar un canon suplementario de 300 €.

Art.15º.- El organizador de cada competición deberá realizar un aval bancario a favor de la RFEA. Este aval deberá depositarse en la RFEA 3 meses antes de la celebración de la prueba y mantener su vigencia hasta 1 mes después de la misma. Se hará efectivo en caso de que no se celebrase la competición o hubiese alguna deuda con los participantes (debidamente acreditada por el atleta o su representante), siendo potestad de la Junta Directiva de esta RFEA el estudiar la ejecución del citado aval. Las cantidades (en euros) de los avales son las siguientes:

Nota: Están exentos de presentar aval, aquellos organizadores cuya competición se haya celebrados en las cuatro últimas temporadas y hubiera estado incluida en el Calendario Nacional.

Art.16º.- Todos los organizadores incluidos en el calendario nacional están obligados al envío a la RFEA, mediante correo electrónico, de los resultados oficiales dentro de las dos horas siguientes a la finalización de la competición (categorías juvenil y superiores) para su publicación en la web de la RFEA y/o Carnet del Corredor.

Los organizadores de pruebas de Ruta y Marcha, habiendo recabado previamente el consentimiento de los interesados, están obligados (antes de 48 horas de celebrar el evento) al envío a la Compañía de Seguros y la RFEA (para gestión de licencia y ranking de Ruta) ficheros de inscripciones (formato Excel) necesarios para la contratación del Seguro de Accidentes de los participantes según estipula la reglamentación vigente con los siguientes campos: • Dorsal • Nombre • Apellidos • NIF / NIE / Pasaporte (según proceda) • Fecha de Nacimiento (DD/MM/AAAA) 68


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