Ventana Social Nº 21

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Tolerancia cero contra el fraude en la gestión de la formación Han sido numerosas las medidas que se han desarrollado en la nueva normativa con la finalidad de potenciar una formación de calidad y lograr mayor empleabilidad. Todo ello, bajo una regulación a la que deberán adaptarse todos los sujetos y entidades que participen en el proceso formativo, teniendo la obligación de gestionar la formación con la mayor transparencia posible, evitando así cualquier fraude. El pasado 23 de marzo, fue publicado el R.D-ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo. Esta normativa ha establecido una serie de objetivos e iniciativas con la finalidad de contribuir a una formación de calidad, potenciando la empleabilidad y competitividad de las empresas. “El capítulo IV del RD 4/2015 recoge las nuevas previsiones relacionadas con el control de la formación y el régimen sancionador, con el objetivo de garantizar el principio de tolerancia cero contra el fraude en la gestión de los fondos de formación profesional para el empleo. Ello exige la modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en distintos aspectos para evitar y corregir con éxito situaciones de mala praxis” Principales medidas del nuevo Sistema de Formación Profesional para el Empleo •

Fomentar la formación de los trabajadores desempleados y ocupados a lo largo de la vida.

Proporcionar transparencia en la impartición de la formación, evitando fraudes.

chos fondos, deben de ser dedicadas sólo y exclusivamente a la formación.

Contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.

Potenciar el pleno empleo y de calidad.

7. Se crea la Unidad Especial de Inspección adscrita a la Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a fin de controlar acciones susceptibles de fraude y garantizar la transparencia en todo el sector de la formación.

¿Cómo afecta la nueva normativa a los sujetos y entidades que participan en las acciones formativas? 1. Tolerancia cero con respecto al fraude en la gestión de fondos de la Formación Profesional para el Empleo.

La adaptación de Edutedis a los nuevos cambios en la FPE

3. Se establece la responsabilidad solidaria, entre los entes que participen en la obtención fraudulenta de ayudas, subvenciones y bonificaciones y se endurecen las sanciones.

Debido a que la normativa exige una adaptación de todos los sujetos y entidades implicados en la realización de acciones formativas, en Edutedis hemos tomado una serie de medidas necesarias para actuar conforme a dicha ley, con el fin de evitar cualquier tipo de situación que pueda provocar un perjuicio grave o muy grave a nuestros colaboradores o a sus clientes, derivado del incumplimiento de la normativa vigente.

4. Creación de nuevos tipos de infractores e imposición de nuevas sanciones, mediante la modificación del texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

A su vez, hemos invertido en un numeroso equipo técnico y humano para adaptarnos a la nueva legislación y ofrecer nuestros servicios formación regulados bajo el ámbito legal, según indica la normativa.

5. Se prohíbe expresamente la posibilidad u opción de derivar cantidades económicas que no repercutan directamente en la formación.

Nuestro objetivo: la formación de calidad para una mayor empleabilidad.

2. Se amplían los sujetos responsables.

6. La norma establece que las bonificaciones son financiadas con fondos públicos y di-


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