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República de Colombia
Contraloría General de la República
CARLOS FELIPE CÓRDOBA LARRARTE Contralor General de la República
JULIÁN MAURICIO RUÍZ RODRÍGUEZ Vicecontralor (E)
VANESSA VARÓN GARRIDO
Directora Oficina de Planeación
ROSSANA CECILIA PAYARES ALTAMIRANDA Directora Oficina de Comunicaciones y Publicaciones Edición y corrección
ANDREA ELIZABETH GRANJA ZAMBRANO Directora de Despacho
Elaboración:
Directivos y dependencias CGR
Contraloría General de la República Carrera 69 No 44 - 35 - Bogotá, Colombia PBX 5187000 Bogotá D.C., Colombia Julio 2020
www.contraloria.gov.co
7............... INTRODUCCIÓN 9............... PARTE I
GENERALIDADES DEL CONTROL FISCAL EJERCIDO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
11.............. 12.............
Esquema básico del ejercicio de la Vigilancia y Control Fiscal del resorte de la Contraloría General de la República - El proceso auditor. - El proceso de responsabilidad fiscal. - El procedimiento administrativo sancionatorio fiscal.
Informes al Presidente y al Congreso de la República
14............. PARTE II – ESPECIFICIDADES DEL MODELO DE CONTROL FISCAL DERIVADOS DEL ACTO LEGISLATIVO 04/19
-Principales cambios introducidos a partir del Acto Legislativo 04/19.
17.............. Principales cambios en la estructura organizacional de la Contraloría General de la República
22............ PARTE III – RESULTADOS DE LA GESTIÓN MISIONAL 2019- 2020
Capítulo 1 - Programa de Fortalecimiento Institucional - préstamo BID3593/OC-CO
23............ 25............
- Antecedentes del proyecto de inversión. - Ejecución de los recursos del programa FOCO en el proyecto de inversión. - Resultados y logros alcanzados 2019-2020. - Aspectos destacables.
Capítulo 2 - Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata DIARI 29
26............ 28............ 30............
- Generalidades. - Metodología de seguimiento al recurso público empleado por la DIARI. - Alertas por presuntos sobrecostos en la contratación para atender la emergencia sanitaria por COVID-19. - Acciones de control preventivo y concomitante.
32............ Capítulo 3 – Resultados generales de la vigilancia y control fiscal Micro 33............ 39............ 40............ 41............. 43............ 44............
- Cobertura del Control Fiscal. - Especificidades del Plan de Vigilancia y control Fiscal 2020 (corte mayo 31 de 2020) - Beneficios del control fiscal. - Síntesis y cantidad de hallazgos 2019 y 2020. - Procedimientos administrativos sancionatorios 2019 y 2020. - Indagaciones preliminares 2019 y 2020.
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45............ Capítulo 4 – Acciones destacables de control preventivo y concomitante por sectores
46............ 47............ 49............ 50............ 56............
- Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario. - Contraloría Delegada para el Sector Salud. - Contraloría Delegada para el Sector Trabajo. - Contraloría Delegada para el Sector Educación, Ciencia y Tecnología, Cultura, Recreación y Deporte - Contraloría Delegada para el Sector Inclusión Social. - Contraloría Delegada para el Sector Vivienda y Saneamiento Básico. - Contraloría Delegada para el Sector Gestión Pública e Instituciones Financieras. - Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías.
57............ Capítulo 5 - Acciones destacables de control posterior y selectivo por sectores
60............ 68............ 70............ 71............. 72............ 74............ 78............ 83............ 90............ 92............ 93............ 96............ 98............ 101........... 103..........
- Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario. - Contraloría Delegada para el Sector Minas y Energía. - Contraloría Delegada para el Sector Salud. - Contraloría Delegada para el Sector Trabajo. - Contraloría Delegada para el Sector Educación, Ciencia y Tecnología, Cultura, Recreación y Deporte. - Contraloría Delegada para el Sector Inclusión Social. - Contraloría Delegada para el Sector Social. - Contraloría Delegada para el Sector de Infraestructura. - Contraloría Delegada para el Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. - Contraloría Delegada para el Sector Vivienda y Saneamiento Básico. - Contraloría Delegada para el Sector Comercio y Desarrollo Regional. - Contraloría Delegada para la Gestión Pública e Instituciones Financieras. - Contraloría Delegada para el Sector Defensa, Justicia y Seguridad. - Contraloría Delegada para el Sector Justicia. - Contraloría Delegada para el Sector Defensa y Seguridad. - Contraloría Delegada para el Medio Ambiente.
106.......... Capítulo 6 - Resultados de la Vigilancia y Control de los recursos del Sistema General de Regalías
108.......... 110........... 111............
- Principales resultados a nivel de control fiscal micro. - Síntesis de los estudios macro realizados sobre los recursos de regalías. - Otros temas de impacto durante el periodo 2019-2020. - Principales resultados en torno a responsabilidad fiscal de competencia de la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías.
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114........... Capítulo 7 - Resultados del Proceso de Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo
117............. 118............. 120............ 121............. 122............ 125............ 126............ 128............ 130............ 133............ 134............ 146............ 148............ 149............ 150............
- Procesos de Responsabilidad Fiscal Ordinarios – PRFO. - Procesos de Responsabilidad Fiscal Verbales – PRF. - Indagaciones Preliminares. - Resarcimiento en procesos de responsabilidad fiscal e indagaciones preliminares - Procesos de Cobro Coactivo. - Acción civil dentro de proceso penal. - Total Resarcimiento al Patrimonio Público. - Boletín de Responsables Fiscales . - Casos de impacto en materia de responsabilidad fiscal. • Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción. • Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo. • Unidad Responsabilidad Fiscal de Regalías. • Contraloría delegada para el Sector Salud. • Gerencias Departamentales Colegiadas. - Casos de impacto en materia de cobro coactivo. • Dirección de Jurisdicción Coactiva – Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo. • Gerencia Departamental Colegiada de Antioquia. • Gerencia Departamental Colegiada de Bolívar. • Gerencia Departamental Colegiada de Caldas. • Gerencia Departamental Colegiada de Casanare. • Gerencia Departamental Colegiada de Guainía. • Gerencia Departamental Colegiada de Guaviare. • Gerencia Departamental Colegiada de Quindío. • Gerencia Departamental Colegiada de Sucre. • Gerencia Departamental Colegiada de Tolima.
151............. Capítulo 8 – Resultados de las Contralorías delegadas generales Resultados de la Contraloría delegada para la participación ciudadana
153............ 155............ 156............ 157............
- Generalidades. - Trámite de Peticiones al interior de la Contraloría General de la República. - Estrategia Compromiso Colombia para la culminación de las obras. - Acciones de vigilancia y control fiscal articuladas con organizaciones de la sociedad civil. - Casos de impacto en materia de especial seguimiento en la inversión de emergencia de recursos públicos.
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158.......... Resultados de la Contraloría delegada para el Posconflicto (CDP) 159.......... Resultados de la Contraloría Delegada General para Población Focalizada 160.......... 161.......... 162.......... 164.......... 165.......... 166.......... 167.......... 168.......... 169..........
- Generalidades.
- Evaluaciones de Políticas.
Capítulo 9 - Resultados del Control Fiscal Macroeconómico - Certificación sobre las finanzas del Estado. - Informe de la cuenta del presupuesto y del tesoro. - Informe de auditoría al balance general de la hacienda pública. - Informe de auditoría al Balance General de la Nación. - Estadísticas fiscales. - Informe sobre deuda pública. - Registro de deuda pública. - Certificación promedio ponderado de remuneración para incremento a los salarios de los congresistas. - Observatorio de control y vigilancia de las finanzas y políticas públicas - Contabilidad presupuestal. - Estudios en materia macroeconómica y política fiscal. - Evaluación de las finanzas públicas.
Capítulo 10 - Cooperación Nacional e Internacional para la Prevención, Investigación e Incautación de Bienes
171.......... 173.......... 175.......... 178..........
Capítulo 11 - Relaciones Técnicas con el Congreso de la República - Análisis y seguimiento a proyectos de ley. - Solicitudes de información y respuesta. - Invitaciones agenda legislativa. - Solicitudes de control excepcional provenientes del Congreso.
Capítulo 12- Gestión Jurídica Institucional
180............
- Generalidades. - Actuaciones de defensa judicial.
184............ PARTE IV – RESULTADOS DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA 2019 – 2020
191............ 193............ 196............ 198............
- Generalidades. - Gestión Contractual. - Estado del sistema de control interno en la CGR - Arquitectura Empresarial - AE y Gestión de Proyectos PMO. - Gestión en la Capacitación, Formación y Cooperación Interinstitucional e Internacional.
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Carlos Felipe Córdoba Larrarte Contralor General de la República
Introducción
E
n cumplimiento de los deberes asignados al Contralor General de la República en el numeral 11 del artículo 268 de la Constitución Política, me permito presentar al Honorable Congreso de la República, al señor Presidente de la República y, desde luego, a la ciudadanía, mi segundo informe anual de gestión luego de asumir el cargo de Contralor General de la República para el periodo 2018-2022.
refiere, presentaré en forma preliminar un breve esquema de esas modificaciones sustanciales. Posteriormente, encontrarán una síntesis de los principales aspectos de la gestión interna de la Contraloría General de la República, seguida de una exposición de los resultados de la gestión misional, cuyo punto focal serán aquellos obtenidos como efecto del ejercicio del control fiscal a nivel micro y macroeconómico, y del proceso de responsabilidad fiscal.
El Informe que hoy someto a su ilustrada consideración da cuenta de los resultados obtenidos durante el segundo semestre del año 2019 y el primer semestre de 2020, con corte a mayo 31 del año en curso.
Varios son los aspectos importantes que conviene señalar en esta sección, como el hecho de que, en 2019, fueron auditados un total de 208 sujetos de control, que representan el 36% de 577 contemplados como tales conforme a la normativa que rige la materia. La labor auditora ha comprendido así la revisión de un 72% de los recursos susceptibles de tal gestión ($571,8 de $793,7 billones).
En atención a los importantes cambios que introdujo el Acto Legislativo 04 de 2019, en lo que al alcance del control fiscal se
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En 2020, pretendemos incrementar las cifras obtenidas durante la vigencia pasada, pues tenemos previsto auditar 240 sujetos de control fiscal, que representan el 38,4% de un total de 625 sujetos. La cobertura proyectada es del 72,6% del total de recursos susceptibles de auditoría ($578,7 de $797,6 billones).
La cobertura proyectada es del 72,6% del total de recursos susceptibles de auditoría ($578,7 de $797,6 billones). Durante el periodo comprendido entre el 1° de enero de 2019 y el 31 de mayo de 2020, según los registros en el aplicativo Sistema Integral de Información de la Gestión Pública - SIIGEP, los beneficios del proceso auditor ascendieron a $363.961 millones, correspondientes a $8.503 millones de ahorros y $355.458 millones de recuperaciones. Como colofón, el informe incluye los primeros resultados obtenidos del ejercicio de las funciones de control preventivo y concomitante, los cuales, como ha sido profusamente recogido por los diferentes medios de comunicación, han contribuido de manera significativa a la mejor gestión del Erario. CARLOS FELIPE CÓRDOBA LARRARTE Contralor General de la República
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PARTE I GENERALIDADES DEL CONTROL FISCAL EJERCIDO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 42 de 1993, las normas sobre la organización del sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen, así como los principios, modalidades y procedimientos que lo regían. A la postre definiría el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de los órganos de control fiscal, a través de la Ley 610 de 2000.
Esquema básico del ejercicio de la Vigilancia y Control Fiscal del resorte de la Contraloría General de la República El ejercicio de las labores asociadas a las actividades de vigilancia y control fiscal puede ser visto a la luz de dos hitos fundamentales a partir de los cuales el alcance de estas varía de forma ostensible. Tales hitos son el control previo y concomitante, y el posterior y selectivo. Cada uno de los cuales tiene sendas ventajas y desventajas frente a su contraparte.
Luego, y como parte de las herramientas para fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública, fue expedido el denominado Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011), dentro de cuyas innovaciones se cuentan: i) la creación del procedimiento verbal de responsabilidad fiscal y las modificaciones al procedimiento ordinario; ii) la articulación del control fiscal con el ejercicio del control político; y, iii) el fortalecimiento institucional de la Contraloría General de la República mediante la creación, en el nivel central, de nuevas unidades adscritas al despacho del Contralor, y en el desconcentrado, de las gerencias departamentales colegiadas.
Del control previo fue criticado, en su momento, el elevado riesgo de coadministración que suponía su ejercicio, así como del control posterior y selectivo fue censurado en cuanto a la ausencia de oportunidad en su ejercicio. Inquietaba particularmente el hecho de que, para el momento en que fuesen revisados los eventos dañinos para el Erario, probablemente dicho daño ya estuviese consumado. Dentro de las ventajas del primero se encontró la oportunidad en su ejercicio y del segundo resultó encomiable que permitiese a la administración pública gestionar el recurso público sin direccionamiento o intromisión de los órganos de control fiscal.
El Acto Legislativo No. 04 de 2019, reformó el régimen de control fiscal vigente (que hasta ese momento se mantuvo esencialmente como posterior y selectivo) e introdujo modificaciones a los artículos 267, 268, 271, 272 y 274 de la Constitución Política. Dispuso, en lo fundamental, un cambio sustancial en la manera en que dicho control habría de ejercerse: amplió las competencias del resorte de la Contraloría General de la
El constituyente de 1991, desalentado por las dificultades que supuso en su momento la adopción del modelo de control previo, optó por el control posterior y selectivo. Con fundamento en dicha determinación, el legislador se ocupó de definir, a través de la Ley
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República al señalar que le correspondería la vigilancia y el control de la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejasen fondos o bienes públicos. Esas competencias se materializarían en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos. Quedó consagrado que el control fiscal, además de ser posterior y selectivo, podría ejercerse de manera preventiva y concomitante, según fuese necesario para garantizar la defensa y protección del patrimonio público. El detalle de tales modificaciones será planteado brevemente en el acápite correspondiente a las especificidades del nuevo modelo de vigilancia y control.
modalidades y procedimientos de control fiscal financiero; la regulación del procedimiento de cobro coactivo fiscal y la atribución sancionatoria de los contralores. Hizo lo propio en relación con algunas disposiciones sobre competencias de la Contraloría General de la República y las Contralorías Territoriales. Fue así como quedaron vigentes las relacionadas con la contabilidad presupuestaria, el registro de la deuda, las certificaciones, el auditaje, los mismo que los informes y algunas disposiciones generales en relación con el ejercicio del control fiscal de las entidades territoriales1. Del mismo modo, el decreto en cita modificó2 algunas normas de las leyes 610 de 2000 y 1474 de 2011. Lo hizo para ajustar sus disposiciones a relevantes pronunciamientos jurisprudenciales, suplir los vacíos normativos y precisar algunos aspectos de carácter operativo que resultaban necesarios para un mejor ejercicio procedimental de lo atinente al trámite preprocesal y procesal de la responsabilidad fiscal, como por ejemplo el trámite de archivo de las indagaciones preliminares fiscales, la exclusión o terminación de la acción fiscal por relación costo beneficio, beneficios por colaboración y la ampliación de los términos para resolver la segunda instancia de los procesos del caso.
El cambio del modelo de control fiscal fue implementado, de manera puntual, a través del Decreto Ley 403 de 2020. Facultado especialmente para ello, el legislador extraordinario dictó disposiciones orientadas al fortalecimiento de los mecanismos de vigilancia y seguimiento permanente al recurso público, el ejercicio del control fiscal preventivo y concomitante, complementario del posterior y selectivo; el ejercicio concurrente y prevalente de las competencias de la Contraloría General de la República frente a las atribuidas a las contralorías territoriales, el ejercicio de la facultad sancionatoria fiscal y la acción fiscal en sí misma, tendiente a establecer la responsabilidad fiscal y a obtener el resarcimiento del daño causado al patrimonio público.
De conformidad con lo establecido en los artículos 31 y 32 del Decreto Ley 267 de 2000, la vigilancia de la gestión fiscal se realiza en dos niveles: micro y macro. Se entiende por nivel micro de la vigilancia de la gestión fiscal, aquel que cubre a cada una de las entidades que actúan y desarrollan sus actividades
En lo que atañe a las modificaciones introducidas a la Ley 42 de 1993, el Decreto Ley 403 de 2020 modificó los principios, sistemas,
1 El artículo 166 del Decreto Ley 403 de 2020, derogó los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 29, 30, 49, 55, 59, 65, 71, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 108 Y 109 de la Ley 42 de 1993. 2 Específicamente los artículos 4, 5, 6, 9, 12, 13, 14, 16, 18, 20, 37, 39, 42, 43, 49, y 50 de la Ley 610 de 2000, y los artículos 100,101,110 y 125 de la Ley 1474 de 2011;
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con autonomía e independencia dentro del respectivo sector al cual pertenecen, para efectos del ejercicio del control fiscal. El eje central de este control fiscal es la revisión de cuentas, que genera toda la información a partir de la cual son practicados los demás sistemas de control, como el financiero, de legalidad, de gestión y resultados, el desarrollo sostenible y la valoración de los costos ambientales.
del proceso auditor, mecanismo de control que a través de la ejecución de auditorías especializadas permite la emisión de un pronunciamiento especifico acerca de la gestión del sujeto de control, a partir del análisis de un determinado universo de operaciones. Si bien la vigilancia y control fiscal están concebidos a nivel constitucional para ser practicados de manera integral sobre la gestión de los sujetos de control, en la actualidad a Contraloría General de la República ejecuta las auditorías de su resorte con base en los estándares internacionales adoptados para los órganos superiores de fiscalización -normas ISSAI3-, los cuales fueron adaptados al contexto nacional y adoptados mediante resoluciones reglamentarias orgánicas 09 y 10 de 2016 y 012, 022 y 023 de 2018, que establecieron las guía de principios y las auditorías de cumplimiento, financiera y de desempeño, respectivamente, como estándares de actuación para la ejecución material de las antedichas.
A su vez, el nivel macro de la vigilancia de gestión fiscal corresponde a la consolidación de análisis, resultados y situaciones en que se encuentran y desarrollan las finalidades del Estado, tanto a escala general y territorial, como por sectores de actividad. El nivel macroeconómico comporta el examen de las finanzas públicas y el grado de cumplimiento de los objetivos macroeconómicos del Estado y evalúa el desempeño de las políticas públicas, programas y proyectos de inversión. En el control fiscal micro son destacables diferentes productos: i) informe de auditoría; ii) informe de resultados de actuación especial de fiscalización, iii) respuestas de fondo a denuncias y otras solicitudes. Son productos del control fiscal macro los informes que dan cuenta del comportamiento de las finanzas del Estado, del cumplimiento de los objetivos macroeconómicos del gobierno y del impacto de las políticas económicas sobre el crecimiento económico y el bienestar general.
Adicionalmente, en el marco de las competencias otorgadas al Contralor General fue proferida la Resolución organizacional 024 de 2019, mediante la cual quedó reglamentada la actuación especial de fiscalización como acción de vigilancia y control fiscal breve. En ella un equipo de trabajo interdisciplinario aborda la investigación de un hecho o asunto que llegue al conocimiento de la Contraloría General de la República, por cualquier medio de información o denuncia ciudadana, y que adquiere connotación fiscal por su posible afectación al patrimonio público.
Así las cosas, resulta importante caracterizar brevemente los aspectos fundamentales de los principales instrumentos con los que cuenta la CGR para el ejercicio de sus funciones.
El proceso auditor Parte significativa de la gestión institucional de la Contraloría General de la República es ejecutada instrumentalmente por medio
3 ISSAIs: Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores
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El proceso de responsabilidad fiscal
cómo debe efectuarse la graduación de las sanciones atendiendo criterios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad.
Es el procedimiento administrativo especial que regula las actuaciones para establecer la responsabilidad fiscal a cargo de los entes de control fiscal, conforme al trámite descrito en las Leyes 610 de 2000 y 1474 de 2011 y la reglamentación interna que estos adopten para su ejecución.
Las competencias para iniciar y decidir los procesos administrativos sancionatorios dentro de de la Contraloría General de la República se encuentran contempladas en el Decreto Ley 267 de 2000, modificado por los Decretos Ley 2037 de 2019 y 405 de 2020.
Informes al Presidente y al Congreso de la República
Para el caso de la Contraloría General de la República, resulta relevante mencionar que la resolución organizacional 748 de 2020 determina la competencia para el conocimiento y trámite de la acción de responsabilidad fiscal y de cobro coactivo en la entidad, la cual se compagina con la Resolución Orgánica 6541 de 2012 que precisa y fija las competencias en el nivel desconcentrado de nuestro órgano de control.
Su materia es el control fiscal macro que se encuentran previstos en los numerales 3, 11 y 15 del art. 268 Constitucional. El artículo 354 de la Constitución Política le atribuye a la Contraloría General de la República la competencia para llevar la contabilidad referente a la ejecución del Presupuesto General de la Nación. También, le asigna la tarea de auditar el Balance de Hacienda que el gobierno debe enviar al Congreso seis meses después de concluido el año fiscal. En ese orden, el artículo 95 del Decreto 111 de 1996 establece que, además, ejercerá vigilancia fiscal de la ejecución del presupuesto sobre todos los sujetos presupuestales.
Complemento necesario del proceso de responsabilidad fiscal es el proceso de cobro coactivo. Constituye un mecanismo instrumental que facilita el recaudo de aquellos créditos que resulten del ejercicio de las potestades de que se encuentra investida la entidad, como es el caso de aquellos derivados de fallos con responsabilidad fiscal o las multas impuestas como resultado del ejercicio de la potestad sancionatoria.
En consonancia con lo anterior, el inciso 2º. del parágrafo 4º. del artículo 1º. de la Ley 617 de octubre 6 de 2000 y el parágrafo 5º. del artículo 6º. de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 2º. de la Ley 617 de 2000, entre otras disposiciones, señalan que la entidad certificará los ingresos corrientes de libre destinación recaudados efectivamente en la vigencia anterior y sobre la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes de libre destinación de la vigencia inmediatamente anterior.
El procedimiento administrativo sancionatorio fiscal Concebido como un mecanismo tendiente a superar los obstáculos que enfrente el ejercicio de la vigilancia y el control fiscal, el procedimiento administrativo sancionatorio a cargo de la Contraloría General de la República está reglamentado de manera integral en el Decreto Ley 403 de 2020. Además de establecer las causales y tipos de sanciones, este conjunto normativo dispuso
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A nivel de reglamentación interna de la CGR, conviene mencionar que a través de Resolución Reglamentaria Orgánica 035 de 2020, se norma la rendición de información por parte de las entidades o particulares que manejen fondos o bienes públicos, en todos sus niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos para el seguimiento y el control de las finanzas y contabilidad públicas.
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PARTE II ESPECIFICIDADES DEL MODELO DE CONTROL FISCAL DERIVADOS DEL ACTO LEGISLATIVO 04/19
ejecución; es decir, sobre la marcha de la administración, con miras a la detección de riesgos. Es preventivo porque su finalidad es anticiparse a la ocurrencia de daños fiscales y advertirlo oportunamente. Para lograrlo, dispone de una triada que promete excelentes resultados: (i) el uso de tecnologías de la información; (ii) la participación activa del control social y (iii) la articulación con el control interno.
Principales cambios introducidos a partir del Acto Legislativo 04/19 Tal como se indicó en la sección anterior, el modelo de vigilancia y control fiscal actualmente vigente supone la yuxtaposición de diferentes posibilidades de control que pretenden el seguimiento del recurso público desde las fases previas a su disposición material, motivo por el cual resulta útil señalar los aspectos más relevantes de la reforma constitucional.
No obstante, este tipo de control no es universal a todos los actos que conforman el ciclo de la gestión fiscal, sino que únicamente está dirigido a aquellos que representan un mayor riesgo; por tanto, su uso es excepcional y, por expresa disposición del constituyente secundario, no implica coadministración, ni puede versar sobre la conveniencia de las decisiones de los administradores de recursos públicos. Se realizará en forma de advertencia al gestor fiscal, sin que sea vinculante para él, y el ejercicio y coordinación de este control está radicado exclusivamente en el Contralor General de la República, respecto de materias específicas. Por esta razón, la advertencia se proferirá cuando responda a criterios de trascendencia social, alto impacto ambiental o alta connotación económica5.
La introducción del control concomitante y preventivo, como complemento del control posterior y selectivo 4. La queja recurrente de la sociedad civil ha sido que la Contraloría llega tarde para combatir los actos de corrupción administrativa. En realidad así ha sido históricamente, pues el modelo de control posterior lo impedía. Ahora, en virtud de sus nuevas competencias, la CGR puede intervenir durante la marcha de los procesos administrativos, incluida la etapa de planificación, con el fin de determinar si la gestión de riesgos es adecuada y eficaz para evitar un daño al patrimonio público. Así, el control concomitante está concebido para manifestarse en procesos o actos en
4 Incisos 2 y 3 del artículo 267 de la Constitución Política 5 Artículo 69, Decreto 403 de 2020.
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La vigilancia fiscal incluye el seguimiento permanente al recurso público, sin oponibilidad de reserva legal para el acceso a la información 6.
Esta modificación funcional se suma al haz de competencias que tradicionalmente la Contraloría General de la República ha ejercido para el control fiscal de distintos tipos de recursos. Entre ellos están los recursos del Sistema General de Participaciones8, los recursos del Sistema General de Regalías9, la amplia gama de contribuciones parafiscales 10 , los acuerdos de reestructuración de las entidades territoriales11 , los recursos destinados al postconflicto12 , la gestión de las Regiones de Administración y Planificación (RAP) y de la Región Entidad Territorial (RET)13.
Por expresa disposición constitucional, la CGR puede acceder a toda clase de información relativa al uso de los recursos públicos. Eso allana el camino para las labores de analítica de datos, entre otros usos, y permite superar las dificultades que frecuentemente se presentaban con los requerimientos de información, facultad que ya estaba atribuida en el artículo 136 de la Ley 1955 de 2019.
La intervención funcional y administrativa a las contralorías territoriales 14.
La ampliación del ámbito de competencias de la Contraloría General de la República – CGR-7.
El otrora control excepcional de la CGR a los recursos endógenos de las entidades territoriales ha sido reemplazado por la función de intervención funcional, que puede ser ejercida de oficio o en forma excepcional. Así mismo, la contraloría territorial podrá ser intervenida administrativamente por la CGR cuando su desempeño institucional no sea satisfactorio, teniendo en cuenta el comportamiento de los indicadores de gestión según lo evidenciado en el proceso de certificación que anualmente adelanta la Auditoría General de la República, por inobservancia de los procedimientos de unificación y estandarización fijados por el Contralor General de la República y, en general, cuando se evidencie falta de objetividad y eficiencia15.
La CGR podrá ahora realizar vigilancia y control fiscal a todo tipo de fondos, bienes y recursos públicos, en todos los niveles administrativos. Se trata de una facultad para vigilar en su integridad la gestión fiscal de las entidades de nivel local, en forma concurrente con las contralorías territoriales. Antes, la competencia solo se extendía hasta los recursos exógenos (los transferidos desde la Nación) y, en forma excepcional, podía hacerlo sobre los recursos endógenos (los recursos propios de los entes territoriales). Además, se le otorgó control preferente y competencia prevalente cuando concurra con las contralorías territoriales en la vigilancia de la gestión fiscal de las entidades del orden local.
6 Inciso 4 del artículo 267 de la Constitución Política 7 Inciso 1 del artículo 267 e inciso 1 del artículo 272 de la Constitución Política. 8 Artículo 89, Ley 715 de 2001. 9 Artículo 152, Ley 1530 de 2012. 10 Cuya competencia de control fiscal se ejerce por el respectivo órgano de control fiscal (artículo 28, Ley 42 de 1993). 11 Artículo 67, Ley 617 de 2000. 12 Artículo 3, Acto Legislativo 01 de 2016 y Decreto 888 de 2017. 13 Artículo 12, Ley 1962 de 2019. 14 Numeral 14 del artículo 268 e inciso 5 del artículo 272 de la Constitución Política. 15 Artículo 34, Decreto 403 de 2020.
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Establecimiento del Sistema Nacional de Control Fiscal –SINACOF-, como instancia de gestión sistémica del control fiscal en el país 16.
y, por consiguiente, la posibilidad de resarcir el perjuicio patrimonial sufrido por el Estado podía tardar hasta desvanecer los efectos del fallo.
Las facultades de armonización y estandarización de los sistemas de control fiscal atribuidas al Contralor General de la República podrán llevarse a cabo en forma más eficaz en el marco de acción del SINACOF, lo que también hará posible la formulación de una política nacional de control fiscal, promoverá sinergias entre contralorías, apoyo técnico y la observancia eficiente de los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad.
En consecuencia, el constituyente derivado ha establecido que ese trámite de control jurisdiccional no podrá superar un año, en aras de lograr el pronto resarcimiento del patrimonio público, para lo cual el Decreto Ley 403 de 2020 establece que se le podrá dar un trámite preferente. La prelación para el cobro coactivo 18 . Hasta antes de la reforma algunos jueces, administradores concursales y liquidadores, en desconocimiento de la naturaleza pública de los recursos involucrados en un fallo con responsabilidad fiscal, lo calificaban como de cuarta clase, dándole el mismo tratamiento que a los créditos de cualquier otro acreedor de las empresas o personas naturales que acuden a ese tipo de procedimientos. Pues bien, de ahora en adelante los órganos de control fiscal tendrán prelación para realizar el cobro coactivo, sin que lo impidan procesos concursales o de liquidación. Será posible entonces asimilar los fallos con responsabilidad fiscal a créditos del fisco y, por tanto, calificarlos dentro de la primera clase de créditos, lo cual garantiza prioridad en el pago.
El control jurisdiccional expedito a los fallos con responsabilidad fiscal 17. El proceso de responsabilidad fiscal que adelantan las contralorías para determinar la responsabilidad de quien con su conducta causa un daño al patrimonio del Estado, termina con un acto administrativo denominado fallo. Por su misma naturaleza ese fallo es susceptible de ser controvertido por vía jurisdiccional; es decir, carece del efecto de cosa juzgada. En tal caso, el cobro coactivo quedaba suspendido a la espera de que en sede judicial se decidiera sobre la nulidad del acto administrativo. Ese engorroso trámite conllevaba un nuevo debate procesal con las dilaciones propias de sus ritualidades; a tal punto que la definición jurídica de la responsabilidad del gestor fiscal 16 Numeral 12 del artículo 268 de la Constitución Política. 17 Inciso 5 del artículo 267 de la Constitución Política 18 Numeral 5 del artículo 268 de la Constitución Política.
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el término de seis meses al Presidente de la República para expedir Decretos con fuerza de Ley, con estos objetivos: i) la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal; ii) equiparar la asignación básica mensual de los servidores de la Contraloría General de la República y su planta transitoria a los de los empleos equivalentes de otros organismos de control de nivel nacional; iii) crear el régimen de carrera especial de los servidores de las contralorías territoriales, iv) ampliar la planta de personal e incorporar a los servidores de la planta transitoria sin solución de continuidad; v) modificar la estructura orgánica y funcional de la Contraloría General de la República, garantizando la estabilidad laboral de los servidores inscritos en carrera pertenecientes a esa entidad y a contralorías territoriales intervenidas.
Principales cambios en la estructura organizacional de la Contraloría General de la República La inclusión de mayores posibilidades para el ejercicio de la vigilancia y el control fiscal, en los términos señalados en precedencia, tuvo como lógica consecuencia un incremento en la carga funcional para la Contraloría General de la República que se refleja a su vez en la necesidad de introducir reformas en su estructura organizacional. Por ello es pertinente sintetizar los antecedentes que dieron lugar a tales cambios, y los principales cambios en sí. Las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022 (ley 1955/19) establecen que, frente a la vigilancia de la gestión fiscal nacional y territorial, “la Presidencia de la República liderará el proceso de reestructuración del modelo de control fiscal nacional y territorial, en coordinación con todas las entidades competentes, con la finalidad de garantizar la profesionalización en el carácter preventivo y de advertencia que permitan la articulación y el resarcimiento oportuno y efectivo al daño al patrimonio público. Dicho modelo debe contemplar la autonomía financiera y gerencial/ administrativa del control fiscal territorial, la selección por concurso de méritos de los contralores territoriales, el cambio de periodos que prevean la injerencia de actores locales, la adopción de medidas anticlientelistas y la posibilidad de invertir en tecnología y modernización institucional”.
El 7 de noviembre de 2019 fueron expedidos los Decretos Ley 2037 y 2038, en desarrollo de las facultades extraordinarias conferidas en el artículo 332 de la Ley 1955 del 25 de mayo de ese mismo año, conforme a los cuales son reestructuradas jerárquica y funcionalmente la Contraloría Delegada para el Sector Defensa, Justicia y Seguridad, la Contraloría Delegada para el Sector Social, la Contraloría Delegada para el Sector Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional, la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, la Gerencia de Gestión Administrativa y Financiera, la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana y la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción y la Unidad Delegada para el Posconflicto. Al propio tiempo fue creada la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata en la Contraloría General de la República, para lo cual se desarrolló la estructura de la entidad: surgieron nuevas dependencias, fueron modificadas o establecidas sus funciones, y en consecuencia,
Con el fin armonizar el marco normativo que rige la materia del control fiscal y para garantizar la protección de los recursos públicos, el parágrafo transitorio del artículo 268 de la Constitución Política, modificado por el artículo 2º. del Acto Legislativo No. 04 de 2019, otorgó precisas facultades extraordinarias por
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sufrió modificaciones la planta de personal. Fueron creados 1.616 nuevos empleos necesarios para al ejercicio de las diferentes competencias.
Comercio Exterior y Desarrollo Regional; 38 al Sector Defensa, Justicia y Seguridad con 270 puntos de control, ya que sus sujetos tienen presencia en todo el territorio colombiano. Mientras tanto, el Sector Gestión Pública e Instituciones Financieras tenía 76, el Sector Agropecuario 66, el Sector Minas y Energía 53 y el Sector Medio Ambiente 48. En esta medida, como se observa, resultaba imperioso especializar los cuatro sectores que tenían mayor número de sujetos y de recursos auditables, de tal forma que se pudiera ampliar la cobertura en el ejercicio del control fiscal y la vigilancia fiscal. Ese era el panorama en cuanto al monto de los recursos referentes exclusivamente al Presupuesto General de la Nación.
Las modificaciones efectuadas obedecen, entre otras razones, a que a nivel sectorial se tenían sectorizados, en el año 201919, 575 sujetos de control divididos en siete Contralorías Delegadas Sectoriales para el seguimiento a la ejecución del Presupuesto General de la Nación -PGN. De sus sujetos de control, 165 correspondían al Sector Social que además tenía a su cargo la vigilancia y el control fiscal de los recursos del Sistema General de Participaciones; 129 al Sector Infraestructura Física, Telecomunicaciones,
Tabla No. 1 Recursos a auditar de las Contraloría Delegadas Sectoriales
RES REG EJE 048/201 9
N° SUJETOS- PROPUESTA Y ACTUALIZACIÓN
1 2 3
AGROPECUARIO MEDIO AMBIENTE DEFENSA, JUSTICIA Y SEGURIDAD
66 48 38
4
GESTIÓN PÚBLICA E INSTITUCIONES FINANCIERAS
76
4
3
83
9
139
203.467.374.686.028
129
5
5
139
0
58
23.347.983.151.019
165
7
9
181
94
150
352.765.719.014.083
53
3
0
56
6
12
84.239.792.507.088
575
22
18
615
247
704
718.553.692.415.624
CONTRALORÍA DELEGADA DEL SECTOR
6
INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y TELECOMUNICACIONES, COMERCIO EXTERIOR Y DESARROLLO REGIONAL SOCIAL
7
MINAS Y ENERGÍA
5
TOTAL
Producto de una etapa previa de socialización y consolidación de los proyectos reglamentarios con diversas instancias gubernamentales, el 16 de marzo de 2020 fueron expedidos los Decretos Ley 403, 405, 406, 407, 408 y 409 de 2020. A través de ellos fueron desarrolladas las facultades extraordinarias conferidas
0
TOTAL SUJETOS POR DELEGADA 69 49 38
RECURSOS AUDITORIAS POR COMPETENCIA 2019 PIA - INFORMACIÓN CONTRALORÍAS DELEGADAS
NUEVOS PLAN DE DESARROLL O 2 1 0
N°
ESTUDIO VALIDACIÓN CONCEPTO JURIDICO 1
PUNTOS DE CONTROL CDS
GD
14 6 118
59 16 270
5.989.925.987.965 3.947.951.756.276 44.794.945.313.165
en el parágrafo transitorio del artículo 268 de la Constitución Política, modificado por el artículo 2º. del Acto Legislativo 004 de 2019, cuyos aspectos sustanciales citamos a continuación:
19 Resolución Reglamentaria Ejecutiva No. 047 de 2019.
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Fortalecimiento del control social a lo público y del Sistema de Control Fiscal Participativo:
precaria atinente a la participación de la CGR en los procesos penales y en la legalización de los principios de oportunidad en donde hay disposición de Recursos Públicos.
Se modifica la estructura de la Contraloría Delegada para Participación Ciudadana en aras de dotarla de las herramientas necesarias para hacer seguimiento al control derivado de las denuncias ciudadanas y aumentar la cobertura de los procesos de promoción y acompañamiento al ciudadano en el control fiscal participativo. Son creados entonces la Dirección de Seguimiento Regional y los grupos de trabajo de participación ciudadana en cada una de las 31 Gerencias Departamentales Colegiadas y 31 empleos de Contralores Provinciales para participación ciudadana.
Así mismo, se crea la Unidad de Cobro Coactivo para agilizar el proceso de recuperación y la segunda instancia en el nivel central y desconcentrado de los procedimientos administrativos de cobro coactivo. Igualmente, respecto a la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, creada mediante la Ley 1474 de 2011, que tiene a cargo las investigaciones que son declaradas como de alto impacto nacional por mi Despacho, se le crea por vía de planta sus equipos de trabajo que no se previeron en la Ley 1474 de 2011 y cuatro (4) Contralores Delegados Intersectoriales adicionales. Quedan así un total de 15 funcionarios de conocimiento en dicha Unidad.
Fortalecimiento de la capacidad institucional para adelantar los procesos de responsabilidad fiscal y los procesos de jurisdicción coactiva:
Fortalecimiento de los mecanismos de seguimiento en tiempo real al recurso público:
En atención al número de hallazgos con incidencia fiscal resultantes del ejercicio de la vigilancia fiscal, los cuales además se incrementarán con el aumento de cobertura a nivel sectorial, y con el objeto de aumentar la efectividad en la investigación y sanción efectiva de la corrupción en todas sus formas, se modificó la estructura de la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva. Fua actualizada su denominación a Contraloría Delegada para la Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo y fue creada una Unidad de Responsabilidad Fiscal que adelantará la segunda instancia de los procesos a nivel central y desconcentrado con nueve (9) Contralores Delegados Intersectoriales. Ellos pueden asumir otras investigaciones por asignación especial del Contralor General.
La creación de la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata atiende, entre otros aspectos, al desarrollo de la facultad otorgada en el artículo 136 de la Ley 1955 de 2019 conforme a la cual la CGR tiene acceso sin restricciones a los sistemas de información o bases de datos de las entidades públicas y privadas que dispongan o administren recursos y/o ejerzan funciones públicas, para lo cual se crea la Unidad de Información. En consecuencia, para realizar el análisis de la misma, a través de minería de datos e inteligencia artificial se dispone ahora de la Unidad de Análisis de la Información. Para asegurar acciones prontas ante los hechos de corrupción o en los cuales se evidencie pérdida de recursos públicos se crea la Unidad de Reacción Inmediata y se incorporan mecanismos que garanticen la seguridad de la información, bienes y servidores que
Se crea la Unidad de Intervención Judicial para atender la función que hoy se hace de manera
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intervengan en las acciones que deba adelantar la entidad.
al Control. A través de ellas se garantiza el análisis y evaluación del cumplimento estatal frente a compromisos internacionales. También, de las políticas públicas orientadas a la promoción y garantía de los derechos y libertades individuales y colectivas de poblaciones sujetas a enfoque diferencial.
Creación de nuevas Contralorías Delegadas Generales como instancias transversales que permitan la orientación de la vigilancia y control fiscal a nivel micro: (i) Para la orientación, articulación y seguimiento de la vigilancia y el control fiscal sobre los recursos dirigidos a la implementación de Acuerdo de Paz, la Unidad Delegada para el Posconflicto, creada por el Decreto Ley 888 de 2017, se transforma en la Contraloría Delegada para el Posconflicto. Esta Delegada asume integralmente las funciones ya asignadas en la ley, aunque adiciona algunas para garantizar la coordinación intersectorial del ejercicio de vigilancia y control fiscal. Así, propende ahora por un monitoreo adecuado con un equipo de trabajo con presencia en seis regiones para mejorar la cobertura nacional de acuerdo con los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial – PDTES, los cuales podrán reubicarse según sea necesario. (ii) Con motivo de la revisión de las diferentes materias de resorte de las Contralorías Delegadas Sectoriales, de acuerdo con el artículo 212 del Código de la Infancia y la Adolescencia, que establece que la CGR ejerce el control posterior y selectivo del manejo de las finanzas, la gestión y los resultados de las políticas, programas y proyectos relacionados con la infancia, adolescencia y la familia, y considerando la existencia de políticas públicas que responden a convenios internacionales en equidad de género y de oportunidades, la materialización de derechos de los pueblos indígenas, el pueblo Rrom y las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, entre otros, se considera pertinente definir la orientación y el seguimiento al control fiscal desde una Contraloría Delegada para la Población Focalizada, con dos direcciones, una de Estudios Intersectoriales de Políticas Públicas Focalizadas, y otra, de Orientación
Fortalecimiento del soporte administrativo a la gestión misional: Para fortalecer los procesos administrativos que soportan la gestión misional de la entidad, fue reestructurada la Gerencia Administrativa y Financiera, que opera a nivel nacional. La Dirección de Recursos Físicos quedó dividida en una Dirección de Contratación y una Dirección de Infraestructura, Bienes y Servicios, para garantizar el manejo de proyectos centrales para la Entidad y gestiones administrativas como el el trámite de viáticos, por ejemplo. Fueron ajustadas las funciones de sus dependencias adscritas. Redefinición de los propósitos de todas las direcciones en la estructura de la entidad: Para fortalecer todos los procesos misionales y administrativos de la entidad, se produce una modificación al artículo 17 del Decreto Ley 267 de 2000, que define el propósito de las Direcciones en aras de garantizar, de manera adecuada, el cumplimiento de todos los propósitos institucionales. Quedó establecido que tienen la posibilidad clara de adoptar políticas públicas, en desarrollo del principio de unidad de gestión. Así cumplen las metas y los planes institucionales, bajo la permanente vigilancia y evaluación del Contralor General de la República, y en consecuencia, estarán a cargo de Directores de libre nombramiento y remoción.
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Fortalecimiento de la planta de personal: El análisis de las cargas de trabajo y el análisis comparativo conforme a las proyecciones identificó que, si bien la planta de personal actual corresponde a 4.164 empleos, para un adecuado cumplimiento de todas las funciones se requiere de 6.825 empleos, es decir, de 2.661 nuevos. No obstante, se efectuó una priorización conforme a la disponibilidad presupuestal que permitió la creación de 1.616 empleos, 38.8% más de los existentes, de los cuales 91% corresponden al régimen de carrera administrativa. La planta quedó establecida en 5.780 empleos.
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PARTE III
RESULTADOS DE LA GESTIÓN MISIONAL 2019- 2020 El crédito se ha ejecutado de manera exitosa desde su suscripción. Para el desarrollo de los mencionados componentes, en la vigencia 2019 fueron destinados recursos del empréstito por $20.380 millones y en la vigencia 2020, por valor de $12.500 millones, en la programación del proyecto de inversión “Fortalecimiento Institucional de la Contraloría General de República - Préstamo BID Nacional” con código BPIN 2018011000828.
Capítulo 1 - Programa de Fortalecimiento Institucional préstamo BID3593/OC-CO Parte fundamental de las actividades y proyectos orientados al fortalecimiento institucional se han obtenido en la gestión adelantada por la Unidad Ejecutora del Programa de Fortalecimiento Institucional (en adelante FOCO), coordinada desde el despacho del señor Vicecontralor, en el marco del proyecto de inversión durante el periodo comprendido entre el 1º. de junio de 2019 y el 31 de mayo de 2020.
Ejecución de los recursos del programa FOCO en el proyecto de inversión En el año 2019, fueron incorporados recursos por $20.380 millones, de los cuales quedaron bloqueados presupuestalmente $3.360 millones, por lo que la asignación final de presupuesto para el Programa durante dicha vigencia fue de $17.020 millones. De ellos, fueron comprometidos $17.002 millones, correspondientes al 99,9% de los mismos, a través de la ejecución de treinta y cinco (35) contratos. Con dicho resultado, la vigencia 2019 se constituyó en la de mayor ejecución en la historia del Programa FOCO.
Antecedentes del proyecto de inversión El 17 de febrero de 2016 la República de Colombia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) suscribieron el Contrato de Préstamo BID 3593/OC-CO, por valor de US$ 30 millones. El préstamo fue otorgado para financiar la ejecución del Programa FOCO por un periodo de cinco (5) años (2016-2021), con el objetivo de contribuir a fortalecer la efectividad del ejercicio de control fiscal, a través del mejoramiento de la calidad y eficiencia de las acciones de control, y la promoción de la transparencia y participación ciudadana. Para alcanzarlo, el programa comprende cuatro componentes: 1) Fortalecimiento de la planeación, ejecución y seguimiento a las acciones de control fiscal; 2) Mejoramiento de la gestión de información de la CGR; 3) Promoción de la transparencia y la participación ciudadana y 4) Administración del Programa.
En 2020 fueron incorporados al proyecto de inversión $12.500 millones, como recursos del contrato de préstamo en el Presupuesto General de la Nación, de los cuales $5.130 millones, correspondientes al 41%, ha sido comprometidos al 31 de mayo, lo que indica un avance relevante en función del tiempo transcurrido.
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Durante el año 2019, hubo formidables avances hacia la consolidación del enfoque del control fiscal en el marco de las normas internacionales adoptadas. En esa dirección fueron llevadas cabo actividades de implementación del plan de acción derivado del informe de Medición del Desempeño de las Entidades Fiscalizadoras Superiores -MMDEFS-, encaminado a cerrar las brechas identificadas en la evaluación realizada en 201820. En opinión del equipo evaluador, el trabajo desplegado reflejó el compromiso de la CGR de cumplir con altos estándares internacionales, lo cual se ve reforzado con la ejecución del ejercicio de Arquitectura Empresaria, que sirve para asegurar que las oportunidades de mejora identificadas puedan ser sostenibles en el tiempo.
Resultados y logros alcanzados 2019-2020 El desarrollo del Programa ha sido considerado exitoso tanto por la entidad como por el BID, teniendo en cuenta cuatro razones principales: i) fueron alcanzadas ejecuciones anuales en promedio del 96% sobre los recursos asignados; ii) por cuarto año consecutivo (2016-2019) la auditoría externa del programa ha calificado como satisfactorio -el resultado más alto posible- el desempeño de la operación de crédito en términos financieros, contractuales y de control; iii) el programa FOCO es de importancia estratégica para el país, de acuerdo con lo señalado en el Documento CONPES 3922; y iv) fueron alcanzados los resultados esperados dentro de la planeación del Programa, tal como lo expondremos a continuación:
Durante el periodo objeto de este informe la CGR ha logrado:
• Fue implementado, y actualmente se consolida, el nuevo enfoque del control fiscal, que atiende a las normas internacionales de auditoría -NIA- del sector público y se atiene a las normas internacionales de auditoría para Entidades Fiscalizadoras Superiores –EFS-ISSAI (por sus siglas en inglés), las cuales recomiendan el uso especializado de los sistemas de control. Con este enfoque, la CGR se ha consolidado como la única entidad fiscalizadora superior de Latinoamérica con resultados evaluados con el sello de la INTOSAI en el cumplimiento de las normas internacionales de auditoría.
- Contar con un sistema de Control de Calidad para las auditorías Financiera, de Cumplimiento y Desempeño21, que incluya políticas y procedimientos para el aseguramiento de su calidad. Por eso está en vigor el Sistema de Control Interno y Gestión de la Calidad de la CGR. - Contar con guías de auditoría financiera y de cumplimiento actualizadas con cambios de la INTOSAI del 2016 y Normas Internacionales de Auditoría NIA, en el caso particular de la Auditoría Financiera.
20 A juicio de los evaluadores, la Contraloría avanzó significativamente en el cumplimiento de los estándares internacionales sobre control fiscal, su relación con la ciudadanía y sus procesos de comunicación interna y externa, todo lo cual la ha llevado a convertirse en un modelo de entidad fiscalizadora en la región. 21 ISSAI 40 - Control de Calidad para la Entidades Fiscalizadoras Superiores. Las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) son emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI)
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- La propuesta de actualización de la Guía de Auditoría de Desempeño para la atención de las oportunidades de mejora identificadas con ocasión de las normas internacionales de auditoría.
propósito de fortalecer la participación de estos destinatarios en el ejercicio del control fiscal, así como de innovar en los canales y condiciones del diálogo con la CGR.
• En el marco de las normas internacionales para las entidades fiscalizadores superiores NIA e ISSAI, han sido desarrolladas capacidades para que la CGR audite los programas y proyectos financiados por la banca multilateral en Colombia. Al respecto es destacabale la capacitación de 34 funcionarios de la CGR y el diseño de un curso virtual para continuar con procesos autogestionados de conocimiento en auditorías de programas financiados por aquella. Durante la vigencia 2020 se ha venido realizando el primer ejercicio piloto de auditoría en este esquema a un programa del BID.
• La entidad adquirió y puso en marcha la solución de software que soporta el Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo (SGDEA) para el fortalecimiento de la gestión documental, generadora de las condiciones electrónicas de modernización institucional para la gestión documental en beneficio de la ciudadanía y los sujetos de control fiscal. • Fue adquirida, implementada y parametrizada una solución para la gestión de los derechos de petición de origen ciudadano y parlamentario, integrándolos con la solución de gestión documental, con lo que quedan integrados a una completa herramienta de información documental.
• Continuó el ejercicio de automatización de procesos para la integración de sistemas y aplicaciones en la entidad, con un avance significativo en sus procesos estratégicos, como el auditor. Su ejecución terminará en el mes de noviembre de 2020. El proceso de integración de sistemas y aplicaciones responde a las necesidades que exige un ejercicio eficiente en el reporte y manejo de información en la entidad, así como la automatización modernizada de sus procesos.
• Migró a la nube y quedó fortalecido el Observatorio de Control y Vigilancia de las Finanzas y las Políticas Públicas (OCVFPP) de la CGR. El proceso a robustecido las condiciones de transparencia y observación de la ciudadanía sobre el uso de los recursos públicos, mediante la disposición en línea de la información sobre la destinación de los recursos del Estado, estudios fiscales, investigaciones y novedades del control macrofiscal y macrosectorial.
• Continuó también el proceso de implementación de datos abiertos, como parte del fortalecimiento de la transparencia y participación ciudadana, con lo que en el último trimestre del año se espera la puesta en operación para el público.
• Quedó diseñado del sistema de seguimiento a los planes de mejoramiento de los entes auditados por la CGR, el cual permite generar las condiciones para gestionar adecuadamente procesos de seguimiento y valoración de los reportes de los planes de mejoramiento que hacen los sujetos de control fiscal frente a los hallazgos administrativos derivados de los
• Fueron diseñadas y puestas en marcha aplicaciones web para la ciudadanía, el Congreso y las altas Cortes, con el
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informes de auditoría. Así es posible verificar la pertinencia de las acciones correctivas consignadas en los planes y afinar el proceso de la planeación anual del control fiscal.
año 2019 fue el de mejor ejecución en toda la operación. • Para cumplir con la ejecución de los recursos asignados en el año 2019 y los propósitos del programa FOCO, realizamos 35 procesos de contratación. Durante la vigencia 2020 avanzamos en 15.
• Fue desarrollado el ejercicio de Arquitectura Empresarial de la Oficina de Planeación y la nueva Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata (DIARI), con el propósito de describir los procesos de negocio, los sistemas, los datos y las tecnologías asociadas, así como las relaciones entre ellos y el entorno. Los procesos de negocio de la CGR quedan soportados y posibilitados adecuadamente por las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), lo cual contribuye a mejorar el desempeño de la entidad, la toma de decisiones y su contribución al país.
• Durante el año 2020, al 31 de mayo, el proyecto de inversión presentaba compromisos por el 41% de los recursos asignados para la vigencia, lo que refleja su adecuado funcionamiento. • Los informes de la auditoría externa de la operación de crédito permiten concluir, por cuarto año consecutivo, 2016 a 2019, que el desempeño de la gestión financiera, contractual y de control ha sido satisfactoria y ha alcanzado los niveles más altos de operación. Por eso es considerada una operación modelo para al BID.
• Fueron fortalecidas las capacidades para la implementación del nuevo modelo de control fiscal participativo y denuncias con población en condición de discapacidad auditiva. Brindamos capacitación en lenguaje de señas a más de cien funcionarios de la entidad.
Hemos alcanzado los resultados esperados del Programa, incluyendo los logros destacados de acuerdo con la planeación, por lo que el crédito terminará en el plazo estimado inicialmente y no requerirá de prórrogas o ajustes.
• Fue adquirido y puesto en marcha el sistema integrado para la planeación, monitoreo, seguimiento y control a la gestión institucional, así como la gestión del portafolio de programas y proyectos de la entidad, alineados a los marcos de referencia internacionales en esta materia, a través del SIPLANEA que maneja la Oficina de Planeación.
Capítulo 2 - Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata - DIARI Generalidades
Aspectos destacables
Creada mediante el Decreto Ley 2037 de 2019, esta dependencia se encuentra adscrita al despacho del Contralor General de la República. Está conformada por las siguientes Unidades: de Información, de Análisis de la Información y de Reacción Inmediata. Es una de las piezas clave en el proceso de transformación digital de la entidad, por el uso intensivo que hace de las tecnologías de la
• Durante 2019, la ejecución de los recursos del programa FOCO en el proyecto de inversión correspondió al 99,9%. Igualmente, al 31 de mayo, los pagos efectuados sobre los recursos de la vigencia 2019 correspondieron al 92,64% del total de la ejecución. Con esta gestión es posible concluir que el programa ha alcanzado ejecuciones anuales (2016-2019) en promedio del 96% sobre los recursos asignados y que el
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información para el seguimiento del recurso público, así como por la acción del control fiscal con oportunidad e inmediatez, garantías de la defensa y cuidado de lo público.
o enviadas por fotos de celulares de baja resolución. Con este modelo fueron procesados alrededor de 100.000 archivos. Los resultados fueron remitidos a las Contralorías Delegadas Sectoriales y Generales correspondientes.
Si bien en la actualidad existen múltiples sistemas de información para realizar control fiscal, entre los cuales podemos mencionar SIRECI y SICA, entre otros, la Contraloría General de la República, a través de la DIARI, ha desarrollado un nuevo modelo de analítica avanzada e inteligencia artificial. Se trata de un apoyo sustancial ea control fiscal preventivo y concomitante, que tiene como principio el uso de las TICS en infraestructura y herramientas, tanto en ambientes locales como en la nube, para el procesamiento de altos volúmenes de información.
• Consolidar y clasificar más 1.100 correos con aproximadamente 3.300 documentos relacionados con la Circular No. 06 de 2020 de la Contraloría General de la República, relacionados con las declaratorias de urgencias manifiestas, planes de contingencia y contratos relacionados con las urgencias manifiestas. • Revisar más de 10.000 archivos relacionados con reportes de alimento seguro, resultados que fueron enviados a la Contraloría Delegada correspondiente.
Este esfuerzo realizado ha permitido obtener los siguientes logros:
Metodología de seguimiento al recurso público empleado por la DIARI
• Conectar, a 31 de mayo de 2020, aproximadamente 700 fuentes de información correspondiente a 171 Entidades.
El procesamiento de la información tiene como finalidad la producción de informes de analítica de datos y otros reportes e insumos sobre hechos constitutivos de presunto daño fiscal (art. 95, Decreto Ley 403 de 2020). La Unidad de Análisis de la Información de la DIARI desplegó ocho iniciativas de analítica descriptiva y predictiva para el fortalecimiento de las funciones de vigilancia y control fiscal.
• Realizar el seguimiento, a través de SIIF Nación y de forma permanente, a los recursos comprometidos de 12 Entidades relacionadas con el manejo del covid– 19. • Producir más de 30 cruces de fuentes de información para procesar más de diez millones de registros relacionados con los programas Ingreso Solidario, Familias en Acción, Jóvenes en Acción, Devolución del IVA, Adulto Mayor, SISBEN 3, Registraduría, entre otros. Los resultados fueron enviados oportunamente a las Contralorías Delegadas Sectoriales y Generales correspondientes.
• Modelo de riesgo contractual Durante los primeros meses de 2020 fue construido un modelo de riesgo para los procesos en su etapa contractual. Este modelo involucra unos componentes descriptivos de visualización de datos que permiten caracterizar los contratos, los contratantes y los contratistas, según sus atributos.
• Procesar altos volúmenes de información no estructurada, como por ejemplo las planillas control de PAE diligenciadas por los contratistas del ICBF, que tenían baja calidad por estar diligenciadas a mano y escaneadas
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Fueron diseñados tableros de control que permiten identificar los patrones de distribución de los indicadores más destacados, como la frecuencia o el valor de los contratos en razón del tiempo, la geografía, los objetos contractuales, los contratistas que los suscriben, los sujetos de control o las Contralorías Delegadas Sectoriales que los vigilan. Se trata de una aproximación exploratoria de los riesgos a través de las marcas de prórrogas, adiciones, sanciones, procesos de responsabilidad fiscal, presuntos sobrecostos identificados, contratación en el marco de declaratorias de urgencia manifiesta, presunta falsedad en documentos, o relaciones riesgosas en grafos donde interactúan contratos, contratistas y contratantes.
El riesgo es definido en razón de varios factores, entre ellos las sanciones disciplinarias, fiscales o comerciales de los proponentes; las posibles relaciones entre las personas naturales que hacen parte de las juntas directivas, el cuerpo de accionistas y la representación legal de los consorcios o uniones temporales involucrados; la ausencia de competencia, la presunta presencia de precios artificialmente bajos, el número de adendas y observaciones antes del cierre de ofertas, la inscripción de matrículas mercantiles canceladas o inexistentes, la inscripción de documentos de personas naturales fallecidas o que son falsos, la proximidad entre las fechas de registro en las Cámaras de Comercio y la adjudicación de los procesos. • Modelo de cadena presupuestal
La Contraloría General de la República cuenta también con un modelo predictivo que clasifica los contratos públicos según su nivel de riesgo de daño fiscal. Asume que existen contratos con alto nivel de riesgo y que esta condición depende, en gran medida, de las características intrínsecas de los contratos, los contratistas y las entidades contratantes. La variable objetivo es una medida binaria definida como 1 (uno) cuando el contrato tuvo alguna prórroga, tuvo alguna adición, fue cedido o el contratista se vio incurso en algún proceso de responsabilidad fiscal, y 0 (cero) en caso contrario.
Ha sido desarrollado un modelo que permite monitorear la cadena presupuestal a nivel de rubros y contratos, tanto con cargo al Presupuesto General de la Nación, como al Sistema General de Regalías, donde son asociadas fuentes de información de contratación y avance de proyectos de inversión SECOP I, SECOP II y GESPROY, con la del Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nación-. Para ello son usados algoritmos de conjuntos difusos. Ha sido posible así calcular la cadena de recursos compuesta por la discriminación del presupuesto inicial, el presupuesto vigente, los compromisos, las obligaciones y los pagos de los rubros y contratos vigilados. Este modelo permite identificar, por ejemplo, posibles retrasos en la ejecución presupuestal o contratos apalancados con rubros para apropiaciones distintas.
Fue construido un modelo analítico de árboles aleatorios, con el cual se procesaron más de 5.6 millones de contratos registrados en las bases de datos de SECOP I, SECOP II y SIVICOF desde 2017. • Modelo de riesgo precontractual Fue desarrollado inicialmente un modelo de riesgo para licitaciones y selecciones abreviadas de menor cuantía en su etapa precontractual.
27
• Modelo de riesgo de recursos del Sistema General de Regalías
de pruebas para la automatización del cálculo y la publicación interna de alertas por contratos administrativos con presuntos sobrecostos. Es un proyecto que involucra actividades analíticas intensivas en extracción, transformación y carga de datos, pero también en minería de texto.
Ha sido diseñado y desplegado un modelo de riesgo para el ciclo de los proyectos del Sistema General de Regalías y su ejecución, tanto en su etapa de aprobación como en la de ejecución.
En esta etapa han sido priorizados los contratos relacionados con la contención de la emergencia por la covid-19. El algoritmo detecta la información de costos unitarios en los documentos de los procesos de contratación y los relaciona con precios de mercado como los del catálogo dispuesto por el mecanismo de agregación de demanda de grandes superficies de Colombia Compra Eficiente, los del Sistema de Información de Precios y Abastecimiento del Sector Agropecuario (SIPSA), del DANE para la semana y territorio de suscripción de los contratos.
En la primera, durante la fase de preinversión de los proyectos, este modelo identifica alertas asociadas con problemas en los estudios previos, identificación de las necesidades de la población beneficiaria, la presunta colusión entre actores, la posible presencia de proponentes sin el cumplimiento de los requisitos legales o con antecedentes de riesgo, proyectos aprobados sin contratar, entre otros. En la segunda, durante la fase de ejecución, ha sido posible identificar diferentes alertas como, por ejemplo, proyectos cuyo avance financiero es significativamente más alto que su avance físico, concentraciones particularmente atípicas de contratos y recursos concentrados en ciertos contratistas. También proyectos que, aunque fueron aprobados, muestran deficientes o nulos resultados en contratación.
A partir de allí, son calculados presuntos sobrecostos y desplegadas las acciones preventivas y concomitantes correspondientes.
Alertas por presuntos sobrecostos en la contratación para atender la emergencia sanitaria por covid-19
Este modelo permite, además, monitorear patrones en la distribución de los proyectos y montos a nivel temporal y territorial. Su análisis es discriminado por sujetos de control, delegaturas de control fiscal u objetos contractuales. Ha sido posible también hacer analítica de redes para detectar concentraciones de contratación o riesgos tempranos de incumplimiento por los antecedentes de los intervinientes en los grafos.
Dando aplicación al control preventivo definido en el Decreto Ley 403 de 2020, la Contraloría General de República ha desarrollado un proceso prioritario de vigilancia sobre los recursos públicos destinados a la atención de la emergencia sanitaria por el COVID 19, con el objetivo de advertir en tiempo real sobre presuntos riesgos en los procesos de contratación de las diferentes entidades del orden nacional y territorial.
• Modelo de automatización del cálculo de presuntos sobrecostos
El principal riesgo en este tipo de contratación se deriva de la contratación directa que permite la ley, con el objetivo de agilizar y garantizar
La DIARI cuenta con un desarrollo en etapa
28
ver con alimentos, elementos y equipos para atender la emergencia sanitaria por entidades adscritas a 25 departamentos, 22 ciudades capitales y 112 municipios.
el uso de los recursos en la atención de las necesidades previstas dentro del estado de emergencia. Desde el 10 de marzo hasta el 31 de mayo de 2020, la Unidad de Análisis de la Información de la DIARI revisó 38.789 contratos registrados en la base pública del SECOP, por un valor de $3.4 billones, relacionados con la Emergencia Económica, Social y Ecológica dirigida a la atención del covid-19, de los cuales $2.2 billones (64%) han tenido como objeto la adquisición de alimentos para la población vulnerable, así como la compra de elementos de bioseguridad, equipos médicos e insumos médicos (ver gráfica No. 1).
Derivado de la actuación oportuna y preventiva de la Contraloría General de la República, las entidades territoriales han renegociado y ajustado costos en contratos con alertas que sumaban $79.002 millones, con lo que redujeron su valor a $46.879 millones y consiguieron que los presuntos sobrecostos, estimados inicialmente $28.701 millones, bajaran a $6.353 millones (ver gráfica No. 2). En esta misma línea, fueron cancelados nueve contratos que presentaban este tipo de irregularidades por un valor de $13.667 millones. En 22 procesos de contratación las entidades ajustaron costos y el presunto sobrecosto se redujo a cero (0) con beneficios por $ 2.813 millones.
De estos procesos de contratación la Contraloría General de la República generó, con corte a 31 de mayo de 2020, 302 alertas preventivas de presuntos sobrecostos cuyo valor es de $464.465 millones, es decir, un 21% de los $2,2 billones analizados que tienen que
Gráfica No. 1 Contratación y alertas por presuntos sobrecostos en la emergencia por COVID-19
Fuente: Unidad de Análisis de la Información, DIARI CGR. Cifras con corte al 31 de mayo de 2020.
29
Gráfica No. 2 Beneficios del control fiscal preventivo sobre los contratos en la emergencia por COVID-19
Fuente: Unidad de Análisis de la Información, DIARI CGR. Cifras con corte al 31 de mayo de 2020.
Acciones de control preventivo y concomitante La Unidad de Reacción Inmediata de la DIARI recibió 302 alertas sobre contratos con presuntos sobrecostos, en el marco de la atención de la emergencia sanitaria por la covid-19, emitidas por la Unidad de Análisis
de la Información. Estas alertas se han distribuido, como a continuación detallamos, a dependencias internas de la Contraloría General de la República y a otros entes de control para su conocimiento y trámite:
Tabla No. 2 Distribución de las alertas de contratos con presuntos sobrecostos Dependencia o Entidad
Alertas
Gerencias Departamentales CGR
41
Dependencias del Nivel Central CGR
134
Unidad de Reacción Inmediata DIARI CGR
78
Contralorías Departamentales, Distritales y Municipales
48 1
Procuraduría General de la Nación Total
302
Fuente: Unidad de Reacción Inmediata, DIARI CGR. Cifras con corte al 31 de mayo de 2020.
30
Con corte a 31 de mayo del 2020, de las 78 alertas asignadas a la Unidad de Reacción Inmediata de la DIARI, fueron evaluadas 65 mediante 58 actuaciones especiales de fiscalización y 13 se encuentran en análisis.
Adicionalmente, fueron atendidas ocho denuncias incorporadas a dichas actuaciones. Ahora bien, de estas 58 Actuaciones Especiales, 24 están finalizadas con Informe de Actuación Especial.
Tabla No. 3 Actuaciones especiales de la Unidad de Reacción Inmediata de la DIARI. Actuaciones Especiales adelantadas por la Unidad de Reacción Inmediata
58
Actuaciones Especiales finalizadas
24
Actuaciones Especiales en trámite
34
Fuente: PVCF – SICA de la Unidad de Reacción Inmediata de la URI
De las señaladas actuaciones finalizadas surgieron los siguientes resultados:
Tabla No. 4 Resultados de las Actuaciones Especiales adelantadas por la Unidad de Reacción Inmediata de la DIARI. (Valores en millones de pesos)
Cantidad
Valor (en millones de pesos)
Hallazgos con posible incidencia disciplinaria
16
No aplica
Hallazgo con presunta incidencia penal Indagaciones preliminares
1 2
No aplica 18,7
Hallazgos con presunto alcance fiscal
11
428,40
Beneficios
8
2.943,70
Ítem
Fuente: Unidad de Reacción Inmediata, DIARI CGR. Cifras con corte al 31 de mayo de 2020.
31
direccionamiento estratégico que compila las decisiones de la alta dirección de la CGR respecto a la programación de auditorías y actuaciones especiales a sujetos de vigilancia y control fiscal, políticas públicas, programas, proyectos de inversión, recursos públicos y temas de prioridad nacional.
Capítulo 3 – Resultados generales de la vigilancia y control fiscal Micro El control fiscal micro, como lo hemos venido explicando, corresponde a la vigilancia y control de la gestión fiscal desarrollada por cada uno de los sujetos de control que hacen parte de la administración y de los particulares que manejen fondos o bienes del Estado. Esta labor es ejecutada a través de diferentes actuaciones de fiscalización, como son las auditorías, en cualquiera de sus tipos y mediante actuaciones especiales.
En este sentido, corresponde a la CGR, definir su Plan de Vigilancia y Control Fiscal (PVCF), no solamente para establecer los sujetos de control fiscal, asuntos y temas que serán objeto de auditoría, sino además para señalar el tipo de auditoría que se aplicará, ya que cada uno de ellos tiene un enfoque y alcance disímil y un procedimiento específico y diferenciado. Además, definirá las actividades de control mediante la elaboración del Plan
Para el ejercicio del control fiscal es definido para cada anualidad un Plan de Vigilancia y Control Fiscal – PVCF, instrumento de
32
Nacional de Vigilancia y Control Fiscal, de acuerdo con los principios, lineamientos, sistemas y procedimientos de unificación y estandarización dictados por el Contralor General de la República.
Para 2019, la sectorización quedó plasmada en la Resolución No. 044 del 9 de agosto de 2018 y, para 2020, en la Resolución No. 0062 del 4 de marzo de 2020. Las dos agrupan a las entidades por sectores, de acuerdo con el ámbito en el cual desarrollen sus actividades de gestión pública, prestación de servicios, funciones administrativas o regulativas, producción de bienes o actividades comerciales, económicas y financieras, y a su vez determinan la competencia de cada una de las Contralorías Delegadas Sectoriales respecto a las facultades y actividades de vigilancia fiscal que le son propias.
El PVCF debe contener las actividades de control de corto y mediano plazo; plan indicativo de objetivos y resultados; los sujetos u objetos de control fiscal, sobre los cuales se ejercerá la competencia prevalente. Desplaza la competencia de las contralorías territoriales, ya que tiene carácter vinculante.
Cobertura del Control Fiscal
Con la Resolución Reglamentaria Ejecutiva 0044 del 9 de agosto de 2018 fueron sectorizados 577 sujetos de control. De ellos, para el Plan de Vigilancia y Control Fiscal fueron auditados un total de 208, que representan el 36% del total de los sectorizados.
La capacidad técnica y operativa de la Contraloría General de la República no permite que en cada año sean auditadas el cien por ciento (100%) de las entidades ni de los recursos públicos del orden nacional, lo que hace necesario la aplicación de la vigilancia y control de manera selectiva, como lo señala el artículo 267 de la Constitución.
La misma resolución estableció que, de acuerdo con lo estipulado en las Leyes 715 de 2001 y 1530 de 2012, le compete a la CGR la fiscalización de los recursos de los Sistemas Generales de Participaciones (SGP) y de Regalías (SGR), respectivamente. Sus recursos son del orden nacional y transferidos al nivel territorial de la Administración Pública.
La cobertura del control fiscal corresponde a los sujetos, asuntos, temas y recursos susceptibles de ser auditados durante cada vigencia, en cumplimiento del plan de vigilancia y control fiscal - PVCF de cada anualidad, considerando dos escenarios que son complementarios: la cantidad de sujetos y el valor de los recursos públicos objeto de fiscalización.
En virtud de la Ley 617 de 2000 ha quedado definida la competencia frente a los entes territoriales respecto a los acuerdos de saneamiento fiscal y financiero y frente a aquellos entes que incumplieron los límites de gastos establecidos. Con la Ley 1386 de 2010 quedó consagrada la prohibición de entregar a terceros la administración de tributos.
La selección de los sujetos de control es realizado a partir de sucesivas resoluciones de sectorización que actualizan cada año la distribución de entidades por sector, considerando las novedades que se presentan en la Administración Pública, entre ellas las creaciones, fusiones, escisiones y liquidaciones de entidades y el reconocimiento de competencias sobre la fiscalización de recursos públicos.
Según el PVCF 2019, de un total de 1.134, fueron auditados 287 entes territoriales. Su cobertura respecto a número de entidades fue del 25,3%.
33
Delegada Sectorial y los entes territoriales sujetos al mismo ejercicio durante 201922 :
La siguiente tabla detalla el número de sujetos de control fiscalizados por cada Contraloría
Tabla No. 5 Cobertura sujetos de control fiscal 2019 COBERTURA SUJETOS DE CONTROL PVCF 2019* SUJETOS SECTORIZADOS**
SUJETOS AUDITADOS
COBERTURA %
Agropecuario Defensa, Justicia y Seguridad Gestión Pública Infraestructura Medio Ambiente Minas y Energía Social
65 39 80 136 48 46 163
Total Sujetos Sectorizados
577
18 22 30 43 32 23 40 208
27,7 56,4 37,5 31,6 66,7 50,0 24,5 36,0
1.134 1.711
287
25,3
495
28,9
SECTOR
Entes Territoriales*** TOTAL SUJETOS DE CONTROL
Fuente: Oficina de Planeación: Resolución de Sectorización y Plan de Vigilancia y Control Fiscal - PVCF 2019. * Cobertura correspondiente al PVCF 2019 Ejecutado. ** Conforme Resolución Reglamentaria Ejecutiva 0044 del 9 de agosto de 2018. *** Incluye Auditorías a Entes Territoriales por SGP, SGR, Límite del Gasto y Controles Excepcionales.
Tabla No. 6 PVCF 2019 – Auditorías ejecutadas por tipo SECTOR Agropecuario Medio ambiente Defensa, justicia y seguridad Gestión pública e instituciones financieras Infraestructura física y telecomunicaciones Social Minas y energía REGALIAS TOTAL
Financiera Cumplimiento Desempeño
Actuación especial 4
Control excepcional
Total 30 41
10 27
16 12
38
28
4
24
27
4
1
56
29
16
4
6
55
40 20
74 14
24 2
188
187
5 2 68 91
143 38 68 501
2
2
70
33
Fuente: PVCF 2019 - Oficina de Planeación
22 La información de 2019 corresponde a la estructura organizacional de la CGR previa a la modificación de esta, expedida como parte del proceso de implementación del acto legislativo 04/19. La información de 2020 se presentará acorde con la modificación organizacional antedicha. Dicha situación se observará en las tablas que contienen información de ejecución correspondiente a 2019 y 2020.
34
Respecto al segundo aspecto de cobertura, el cual corresponde al valor de los recursos públicos objeto de fiscalización, para el PVCF 2019, de un total de recursos susceptibles de
auditar por parte de la CGR por valor de $793,7 billones, fue auditado el 72% correspondiente a $571,8 billones, como detallamos a continuación:
Tabla No. 7 Cobertura recursos 2019
SECTOR Agropecuario
COBERTURA RECURSOS AUDITADOS PVCF 2019 Cifras en millones de pesos TOTAL, RECURSOS RECURSOS A AUDITAR POR AUDITADOS PVCF COMPETENCIA 2019 2019 5.989.645 5.312.446
Defensa Gestión Pública Infraestructura Medio Ambiente Minas y Energía Social Total de Recursos Sujetos Sectorizados Social – SGP Gestión Pública - Territorial Regalías Total, Recursos Entes Territoriales Total, Recursos a auditar
COBERTURA % 88,7
44.794.945
35.937.654
80,2
203.467.375
173.594.762
85,3
23.347.983
18.200.081
78,0
3.947.952
3.565.993
90,3
84.239.793
79.329.342
94,2
352.841.703
217.997.079
61,8
718.629.395
533.937.357
74,3
35.153.317
8.788.944
25,0
7.196.959
2.040.099
28,3
32.721.578
27.061.746
82,7
75.071.854
37.890.789
50,5
793.701.250
571.828.146
72,0
Fuente: Información reportada por las Contralorías Delegadas Sectoriales y Unidad de Seguimiento de Regalías.
Para el PVCF 2020, la sectorización se presenta conforme a la Resolución Reglamentaria Ejecutiva 0062 de 2020, según la cual fueron determinados 625 sujetos de control, de las cuales está programado auditar un total de
240 entidades, lo que genera una cobertura del 38,4%. En lo referente a las entidades territoriales, se auditarán 150 que representan el 13,2% del total de los 1.134 departamentos y municipios del país:
35
Tabla No. 8 Cobertura sujetos de control fiscal 2020 COBERTURA SUJETOS DE CONTROL PVCF 2020* SUJETOS SECTORIZADOS**
SUJETOS A AUDITAR***
COBERTURA %
Agropecuario
64
17
26,6
Comercio y Desarrollo Regional
83
21
25,3
Defensa y Seguridad
29
16
55,2
Educación
65
20
30,8
Gestión Pública
82
32
39,0
Inclusión Social
9
5
55,6
Infraestructura
25
10
40,0
Justicia
18
14
77,8
Medio Ambiente
49
22
44,9
Minas y Energía
49
37
75,5
Salud
56
14
25,0
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
24
11
45,8
Trabajo
65
16
24,6
Vivienda y Saneamiento Básico
7
5
71,4
Total Sujetos Sectorizados
625
240
38,4
Entes territoriales ***
1134
150
13,2
TOTAL SUJETOS DE CONTROL
1759
390
22,2
SECTOR
Fuente: Oficina de Planeación: Resolución de Sectorización y Plan de Vigilancia y Control Fiscal - PVCF 2020. * Cobertura correspondiente al PVCF 2020 Vigente a 31 de mayo de 2020. ** Conforme Resolución Reglamentaria Ejecutiva 0062 de 2020. *** PVCF Programado y en ejecución a 31 de mayo de 2020. **** Incluye Auditorías a Entes Territoriales por SGP, SGR, Límite del Gasto y Controles Excepcionales.
36
Tabla No. 9 PVCF 2020 – Auditorías programadas por tipo
SECTOR
Financiera
Cumplimiento Desempeño
Actuación Control Especial Excepcional 1
25
Agropecuario
7
15
1
Comercio y desarrollo regional
18
8
1
Defensa y seguridad
24
15
2
1
42
Educación
14
80
1
25
120
Gestión pública e instituciones financieras
29
28
1
1
59
Inclusión social
21
30
1
2
54
Infraestructura
9
6
3
2
20
Justicia
14
9
1
24
Medio ambiente
15
10
2
27
Minas y energía
20
21
1
42
Salud
3
39
Tecnologías de la información y las comunicaciones
6
4
Trabajo
5
11
Vivienda y saneamiento básico
4
12
27
42
11
1
16 17
1
Gerencia departamental colegiada de Tolima Unidad regalías Total general
1
Total
1 1
34
1
36
190
302
17
37
Fuente: PVCF 2020 - Oficina de Planeación * Corte a 31 de mayo de 2020
37
1 72
33
599
Respecto a los recursos auditables con el PVCF 2020, está proyectada una cobertura del 72,6% toda vez que, de un total de recursos susceptibles de auditoría por competencia de
la CGR, en cuantía de $797,6 billones, se tiene programado auditar recursos por valor de $578,7 billones, distribuidos así:
Tabla No. 10 Cobertura recursos 2020 COBERTURA RECURSOS A AUDITAR PVCF 2020* Cifras en millones de pesos
SECTOR
RECURSO TOTAL A AUDITAR POR COMPETENCIA 2020
RECURSO A AUDITAR PVCF 2020
COBERTURA %
Agropecuario
6.193.350
2.482.158
40,1
Comercio y desarrollo regional
3.380.073
2.418.523
71,6
Defensa y seguridad
36.503.110
29.807.944
81,7
Educación
61.765.100
60.521.253
98,0
155.659.008
143.913.448
92,5
Inclusión social
15.018.755
15.011.011
99,9
Infraestructura
10.154.082
9.749.402
96,0
Justicia
13.906.366
13.180.702
94,8
Medio ambiente
4.301.962
3.071.194
71,4
Minas y energía
94.704.090
93.778.235
99,0
112.255.618
82.101.200
73,1
7.391.147
6.919.330
93,6
190.413.516
60.959.596
32,0
4.847.208
4.819.107
99,4
Total Recursos Entidades Sectorizadas
716.493.384
528.733.102
74
Sistema general de participaciones - SGP
41.180.128
18.156.560
44,1
Unidad regalías
32.721.578
24.638.883
75,3
7.196.959
7.196.959
100,0
81.098.665
49.992.402
62
797.592.049
578.725.505
73
Gestión pública e instituciones financieras
Salud Tecnologías de la información y comunicaciones Trabajo Vivienda y saneamiento básico
Gestión pública – Territoriales Total Recursos Entidades Territoriales Total Recursos a Auditar
Fuente: Información reportada por las Contralorías Delegadas Sectoriales y Unidad de Seguimiento de Regalías. * Cobertura con corte a mayo 31 de 2020.
38
En cuanto a los tipos de actuaciones de fiscalización, hacen parte del PVCF 2020 191 auditorías financieras, 296 de cumplimiento, 15 de desempeño, 31 controles excepcionales, 20 de límite de gasto y reestructuración de pasivos y 34 actuaciones especiales de fiscalización.
Especificidades del plan de vigilancia y control fiscal – 2020 (corte mayo 31 de 2020) El PVCF 2020 inició con un total de 587 auditorías y actuaciones especiales de fiscalización para ser ejecutadas entre el 27 de enero y el 18 de diciembre de 2020. Tal número de auditorías corresponde a un incremento del 20% frente al PVCF 2019 Inicial, el cual contenía 487 auditorías
Con modificaciones debidamente aprobadas en Comité Directivo de la Contraloría General de la República, durante el primer semestre y con corte a 31 de mayo de 2020, el PVCF 2020 está conformado por 599 auditorías, de las cuales 301 estaban en ejecución cuando entró a imprenta este informe. De ellas, 296 estaban programadas para ejecutar en el segundo semestre, tal como indicamos a continuación:
De las 587 auditorías mencionadas serán ejecutadas 256 en el nivel central y 331 en el nivel desconcentrado. Igualmente, 294 serán realizadas durante el primer semestre de 2020 y 293 en el curso del segundo semestre de dicha vigencia.
Tabla No. 11 PVCF 2020 – Auditorías programadas por semestre SECTOR
Anual
I
II
Total
Agropecuario
15
10
25
Comercio y desarrollo regional
10
17
27
Defensa y seguridad
23
19
42
Educación
57
63
120
26
32
59
Inclusión social
36
18
54
Infraestructura
12
8
20
Justicia
13
11
24
13
13
27
Minas y energía
22
20
42
Salud
23
19
42
Tecnologías de la información y las comunicaciones
4
7
11
Trabajo
8
8
16
Vivienda y saneamiento básico
3
14
17
Gerencia departamental colegiada de Tolima
1
Unidad regalías
35
37
72
301
296
599
Gestión pública e instituciones financieras
1
Medio ambiente
1
Total general
Fuente: PVCF 2020 - Oficina de Planeación * Corte a 31 de mayo de 2019
2
39
1
de recuperación corresponde al valor de los bienes o derechos devueltos o reembolsados a la entidad.
Beneficios del control fiscal Constituyen instrumentos a través de los cuales se cuantifica o cualifica el valor agregado generado por el impacto de las actuaciones de control y vigilancia ejercidas por la Contraloría General de la República, a través de funciones del ejercicio del control preventivo y concomitante, seguimiento a los planes de mejoramiento, observaciones, hallazgos y pronunciamientos.
Durante el periodo comprendido entre el 1° de enero de 2019 y el 31 de mayo de 2020, según los registros en el aplicativo Sistema Integral de Información de la Gestión Pública - SIIGEP, los beneficios del proceso auditor ascendieron a $363.961 millones, correspondientes a $8.503 millones de ahorros y $355.458 millones en recuperaciones.
Los beneficios están enmarcados en los conceptos de ahorro y recuperación. Ahorro es la erogación dejada de hacer o de pagar por la entidad o asunto vigilado al realizar una acción preventiva o correctiva. El concepto
Aquí, un comparativo de beneficios de control fiscal de los distintos sectores durante el periodo del 1° de enero de 2019 al 31 de mayo de 2020:
Tabla No. 12 Beneficios del Control Fiscal por Sectores 2019 – 2020 Total Beneficios (Millones de $)
SECTOR
%
INFRAESTRUCTURA
114.129
31,36
REGALÍAS
108.471
29,80
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
64.834
17,81
JUSTICIA
52.856
14,52
SOCIAL
10.377
2,85
MINAS Y ENERGÍA
5.387
1,48
AGROPECUARIO
2.013
0,55
DEFENSA Y SEGURIDAD
1.919
0,53
PÚBLICA
1.194
0,33
MEDIO AMBIENTE
1.055
0,29
COMERCIO Y DESARROLLO REGIONAL
997
0,27
INCLUSIÓN SOCIAL
688
0,19
37
0,01
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
3
0,00
TRABAJO
2
0,00
EDUC., CIENCIA Y TECN., CULT., RECR. Y DEPORTE
TOTAL
363.961
Fuente: Aplicativo SIIGEP del 01/01/2019 al 31/05/2020, según registros de las delegadas sectoriales y Unidad Regalías. Cálculos: Oficina de Planeación.
40
Durante el periodo analizado, el sector Infraestructura registra la mayor cuantía de beneficios, $114.129 millones, equivalente al 31,4% del total. Le siguen Regalías con $108.471 millones (29,8%) y Participación Ciudadana con $64.834 millones (17,8%) del total de beneficios de control fiscal de la CGR en el periodo de análisis.
Síntesis y cantidad de hallazgos 2019 y 2020 De las actuaciones de vigilancia y control fiscal realizadas durante el segundo semestre de 2019, fueron obtenidos como resultados 4.601 Hallazgos Administrativos, de los cuales 2.480 presentaron incidencia disciplinaria, 165 incidencia penal y 1.067 hallazgos con incidencia fiscal, que alcanzaron $6,3 billones en su cuantificación:
Tabla No. 13 Relación de hallazgos II semestre 2019
SECTOR
CANTIDAD Administrativo Penal Disciplinario Fiscal
Cuantía H. Fiscales (Millones de $)
Agropecuario
172
9
38
19
36.471
Minas y energía
173
1
37
23
4.108.628
2.306
106
1.438
507
793.229
Defensa, justicia y seguridad
423
6
159
60
78.068
Medio ambiente
354
22
187
26
12.451
Infraestructura
644
2
262
41
478.873
Gestión pública e instituciones financieras
129
3
40
16
74.105
Regalías
400
16
319
375
718.343
4.601
165
2.480
1.067
Social
TOTAL
6.300.169
Fuente: Contralorías Delegadas Sectoriales y Unidad de Regalías. Informes de Auditoría liberados 2do semestre 2019.
Dentro de las cuantías, el sector que más impacta es el de Minas y Energía, que en 23 Hallazgos con incidencia Fiscal registra cuantías por $4,1 billones (65% del total), seguido por el Sector Social, que en 507
Hallazgos fiscales acumula $793.229 millones en las cuantías. Resaltamos igualmente los 375 hallazgos fiscales de la Unidad de Regalías por $718.343 millones, y los 41 hallazgos del Sector Infraestructura por $478.873 millones.
41
Respecto a los procesos auditores del primer semestre de 2020, se encuentran hasta la fecha 1.298 hallazgos con incidencia administrativa, dentro de los cuales 481 presentan
connotación disciplinaria, 30 incidencia penal y 157 incidencia fiscal en cuantía de $44.792 millones, como lo detalla esta tabla:
Tabla No. 14 Relación de hallazgos I semestre 2020
SECTOR
CANTIDAD
Cuantía H. Fiscales (Millones Administrativo Penal Disciplinario Fiscal de $)
Agropecuario
82
0
27
3
2.282
Minas y energía
93
3
21
15
1.556
Salud
11
0
5
1
104
Trabajo
0
0
0
0
0
Educación
146
0
76
36
829
Inclusión social
128
2
86
45
3.917
Comercio y desarrollo regional
75
0
17
3
829
Tecnología de la información y telecomunicaciones
41
0
18
0
0
Justicia
204
0
21
3
786
Defensa y seguridad
221
5
47
14
18.758
Medio ambiente
199
16
129
20
2.680
Infraestructura
49
4
23
8
6.207
Gestión pública e instituciones financieras
52
0
9
2
3.002
Regalías
8
7
8
3.842
481
157
44.792
TOTAL
1.298
30
Fuente: Contralorías Delegadas Sectoriales y Unidad de Regalías. Informes de Auditoría liberados 1er semestre 2020.
42
periodo junio de 2019 y mayo de 2020 se dio apertura a 40 PAS, fueron archivados 19 procesos y fallados 7 por valor de $72,8 millones.
Procedimientos administrativos sancionatorios 2019 y 2020 En referencia a los procedimientos administrativos sancionatorios – PA, en el
Tabla No. 15 Procedimientos Administrativos Sancionatorios 2019 – 2020 PERIODO
No. PROCESOS APERTURADOS
No. PROCESOS CON ARCHIVO
No. PROCESOS CON FALLO
01/06/2019 AL 31/12/2019
1
7
0
0
01/01/2020 AL 31/05/2020
1
7
0
0
01/06/2019 AL 31/12/2019
0
0
0
0
01/01/2020 AL 31/05/2020
0
0
0
0
CD SALUD
01/01/2020 AL 31/05/2020
2
0
1
45.799.600
CD TRABAJO
24/02/2020 AL 31/05/2020
1
1
0
CD EDUCACIÓN
24/02/2020 AL 31/05/2020
0
0
0
0
CD SOSCIAL
01/06/2019 AL 31/12/2019
4
2
2
24.440.707
01/06/2019 AL 31/12/2019
1
0
0
0
01/01/2020 AL 31/05/2020
0
0
0
0
01/01/2020 AL 31/05/2020
0
0
0
0
01/06/2019 AL 31/12/2019
1
0
0
0
0
0
0
0
10
3
2
1.350.000
1
0
1
1.250.000
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
18
0
0
0
40
19
7
72.840.307
SECTOR
CD AGROPECUARIO
CD MINAS Y ENERGÍA
CD DEFENSA, JUST Y SEG CD JUSTICIA CD DEFENSA Y SEGURIDAD
CD MEDIO AMBIENTE CD INFRAESTRUCTURA CD VIVIENDA Y SANEAMIENTO BÁSICO CD GESTIÓN PÚBLICA E INSTITUCIONES FINANCIERAS
01/01/2020 AL 31/05/2020 01/06/2019 AL 31/12/2019 01/01/2020 AL 31/05/2020 01/06/2019 AL 31/12/2019 01/01/2020 AL 31/05/2020 01/06/2019 AL 31/12/2019 01/01/2020 AL 31/05/2020 01/06/2019 AL 31/12/2019
MONTO FALLOS ($)
01/01/2020 AL 31/05/2020 01/06/2019 AL 31/12/2019 01/01/2020 AL 31/05/2020
REGALÍAS TOTAL
Fuente: Contralorías Delegadas Sectoriales y Unidad de Regalías.
43
abiertas 188 y trasladadas al Proceso de Responsabilidad Fiscal 55 de éstas. De igual manera, en el mismo periodo fue dispuesto el archivo de 83 IPs.
Indagaciones preliminares 2019 y 2020
Respecto a las Indagaciones Preliminares - IP, entre junio de 2019 y mayo de 2020, fueron
Tabla No 16 Indagaciones Preliminares 2019 – 2020
PERIODO
No. IP APERTURADAS
No. IPS CON ARCHIVO
No. IP CON RECOMENDACIÓN DE TRASLADO
01/06/2019 AL 31/12/2019
28
14
24
01/01/2020 AL 31/05/2020
2
1
5
01/06/2019 AL 31/12/2019
4
5
0
01/01/2020 AL 31/05/2020
1
1
1
CD SALUD
01/01/2020 AL 31/05/2020
7
0
0
CD TRABAJO
24/02/2020 AL 31/05/2020
1
0
0
CD EDUCACIÓN
24/02/2020 AL 31/05/2020
7
2
0
CD INCLUSIÓN SOCIAL
24/02/2020 AL 31/05/2020
4
0
0
CD SOCIAL
01/06/2019 AL 31/12/2019
26
11
0
01/06/2019 AL 31/12/2019
10
11
6
01/01/2020 AL 31/05/2020
11
3
3
01/01/2020 AL 31/05/2020
1
0
0
01/06/2019 AL 31/12/2019
0
0
0
01/01/2020 AL 31/05/2020
0
0
0
01/06/2019 a 31/12/2019
9
7
2
SECTOR
CD AGROPECUARIO
CD MINAS Y ENERGÍA
CD DEFENSA, JUSTICIA Y SEGURIDAD CD JUSTICIA CD DEFENSA Y SEGURIDAD
CD MEDIO AMBIENTE
CD INFRAESTRUCTURA
CD VIVIENDA Y SANEAMIENTO BÁSICO CD GESTIÓN PÚBLICA E INSTITUCIONES FINANCIERAS REGALÍAS
01/01/2020 AL 31/05/2020
1
0
0
01/06/2019 a 31/12/2019
32
14
2
01/01/2020 AL 31/05/2020
19
0
1
01/06/2019 a 31/12/2019
0
0
0
01/01/2020 AL 31/05/2020
0
0
0
01/06/2019 AL 31/12/2019
16
11
9
01/01/2020 AL 31/05/2020
8
3
2
01/06/2019 AL 31/12/2019
1
0
0
01/01/2020 AL 31/05/2020
Total
Fuente: Contralorías Delegadas Sectoriales y Unidad de Regalías.
44
0
0
0
188
83
55
• Que, con corte a 24 de abril de 2020, el monto de crédito citado en el numeral anterior se redujo a $89.190 millones y el valor del subsidio asociado a $4.452 millones, valor que continuó bajando por desistimiento o cancelación de las operaciones.
Capítulo 4 – Acciones destacables de control preventivo y concomitante por sectores Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario
• Que, en las comunicaciones remitidas con corte al 8 de abril, sociedades pertenecientes a un mismo grupo empresarial accedieron a la línea LEC Colombia Agro Produce. Esta situación sugiere que se realizaron actividades tendientes a acumulación de subsidios.
Finagro-LEC Colombia Agroproduce. Se evidenció en este caso: • Que la línea de Crédito Colombia Agro Produce no requirió en su ejecución la acreditación de afectación alguna, como tampoco la demostración de que el recurso sería usado para las actividades de producción señaladas en los Decretos 417 y 486 de 2020. Tampoco fue previsto para su ejecución el análisis de información, datos o la disposición de controles, con lo cual la eficiencia y eficacia de la destinación de los subsidios quedó al azar. Ello implica riesgos fiscales, que en este caso concreto son amplificados por la ausencia de mecanismos de publicidad focalizados hacia la población más vulnerable.
• Adicionalmente, se registraron créditos otorgados a grandes productores cuya actividad económica es la comercialización de insumos, prestación de servicios o apoyo en producción de maquinaria y equipos e insumos, para destinarlos a la línea “Costos operativos y de funcionamiento proyectados” (código 732250). Los siguientes son los principales resultados:
• Que, con corte del 8 de abril de 2020, una semana después de abierta la línea de crédito LEC Colombia Agro Produce, habían sido otorgados créditos a grandes productores para destinarlos a la línea denominada “Costo promedio adquisiciones, cartera, inventarios y costos directos para la trasformación primaria o comercialización”, por valor de $125.368 millones.
•La Junta Directiva de FINAGRO estableció un monto global de redescuento para medianos y grandes de $600.000 millones y un tope máximo individual de $2.250 millones por beneficiario para evitar la concentración. • Prepagos y desistimientos a la fecha por $90.000 millones y subsidios liberados por $3.650 millones, en beneficio de pequeños productores.
• Que, con corte al 17 de abril de 2020, habían sido otorgados créditos a grandes productores cuya actividad económica es la “Comercialización”, para destinarlos a la línea denominada “Costo promedio adquisiciones, cartera, inventarios y costos directos para la trasformación primaria o comercialización” (código 632250), por valor de $123.768 millones, con subsidio por $5.703 millones.
• Suspensión del acceso de grandes agroindustriales a la línea especial CAP. • Aceleración en las colocaciones en pequeños productores, aunque sin focalización a través de una línea de capital de trabajo de libre utilización.
45
de 2020, el caso fue declarado de Impacto Nacional.
• Activación en FINAGRO de los procedimientos de Control Posterior para revisar la destinación de cada operación de manera expedita.
• Realizamos acompañamiento desde la Contraloría Delegada para el Sector Salud, en función de la Resolución 2379 proferida por la Superintendencia Nacional de Salud, de 15 de mayo de 2020, que ordena la revocatoria parcial de habilitación en ocho (8) departamentos para el traslado de los usuarios de Medimás EPS.
• Reconocimiento de la inexistencia de indicadores de impacto del programa e inicio del trabajo orientado a determinarlos por parte de FINAGRO. • Reconocimiento de la ausencia de controles previos para la asignación de los recursos y revisión de los procedimientos.
• Damos respuestas al oficio con radicado 2-2020-62707 de la Superintendencia Nacional de Salud de mayo 28 de 2020, en el cual invita a la CGR pronunciarse en razón a la tutela número 2020-00046 del Juzgado Sexto Civil del Circuito Popayán, Cauca; el cual suspende el proceso de asignación de 319.223 usuarios de Medimás EPS, de acuerdo con la Resolución 2379 de 2020.
• Revisión general de la política de asignación del crédito de fomento por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario (CNCA).
Contraloría Delegada para el Sector Salud
• Desde la Contraloría Delegada para el Sector Salud y Contraloría Delegada para Participación Ciudadana hacemos seguimiento a los recursos destinados para la atención de la pandemia covid-19 asignados desde la cuenta Fondo de Mitigación de Emergencias – FOME.
Mediante la Resolución 0753 del 19 de marzo de 2020, el Contralor General de la República autorizó la activación de todos los mecanismos de seguimiento permanente dispuestos en el Decreto Ley 403 de 2020, con miras a la obtención de información y vigilancia de la gestión fiscal relacionada con las medidas de mitigación de riesgo y contención del virus covid-19, bajo la coordinación del Vicecontralor General y la Contralora Delegada para el Sector Salud.
• Llevamos a cabo la revisión del proceso MSPS-CD-177-2020 adelantado por el Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo objeto fue la adquisición de 1.000 ventiladores para atender la emergencia ocasionada por la pandemia, por valor de $153.142 millones, celebrado con Allianz Group International SAS. Ante el requerimiento de la Delegada para el Sector Salud, el Ministerio, tomó la decisión de no seguir adelante con el proceso de contratación.
En virtud de lo anterior se han desarrollado las siguientes actividades: • Con ocasión de una denuncia sobre presuntos sobrecostos en un contrato celebrado entre la Gobernación de Putumayo y Carrocerías Innova S.A.S, con objeto de compraventa de diez (10) ambulancias medicalizadas (TAM), la Delegada de Salud produjo detallado informe que fue trasladado a la Unidad Investigaciones Especiales Contra la Corrupción. El 30 de abril
• Fue practicada una visita fiscal a la Secretaria Distrital de Salud – Fondo Financiero Distrital de Salud de Bogotá, por el proceso FFDS0640-2020 y FFDS-619-2020 que tratan
46
del suministro de reactivos para pruebas moleculares de Covid– 19. Quedó establecido que la Secretaria de Salud no entregó un estudio de mercados que permitiera definir los principios de contratación. Por lo tanto, se inició una indagación preliminar que está en proceso.
Contraloría Delegada para el Sector Trabajo En virtud de lo dispuesto en Resolución 0753 de 2020, ya mencionada, iniciamos seguimiento a la destinación de los recursos de las cotizaciones a las administradoras de riesgos laborales dentro de la emergencia sanitaria.
• De acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 600 del 27 de abril de 2020, por el medio del cual se concede el uso transitorio por parte de las EPS de los recursos destinados en la cuenta de inversiones que protegen la Reserva Técnica, se oficia a veintinueve (29) EPS para solicitarles que aquellas que se acogieron a la disposición de estos recursos para disminuir el pasivo con las IPS información oportuna sobre sus efectos durante la emergencia.
El objetivo de esta actuación es adelantar el seguimiento fiscal al 7% de los recursos de las cotizaciones en riesgos laborales, realizar seguimiento a todo lo relacionado con la protección de quienes prestan el servicio de domicilio, realizar el seguimiento del 1% de los recursos destinados al Fondo de Riesgos Laborales, así como a las acciones y actividades necesarias para mitigar, gestionar y superar la emergencia sanitaria señalada en los Decretos 488, 500 y 538 de 2020 y las Circulares 026 y 029 de 2020, proferidas por el Ministerio del Trabajo, atendiendo también a los resultados de las mismas (control de resultados), en materia social.
• Así mismo, se ofició al Ministerio de Salud, Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Superintendente Nacional de Salud sobre el propósito especifico de la disposición de estos recursos y el efecto que tendría en los estados financieros de cada EPS.
De forma preliminar, ha quedado en evidencia la falta de suministro oportuno de Elementos de Protección Personal (EPP) a los trabajadores de la salud con riesgo directo de contagio y muerte por el virus, por lo que la Contraloría formuló una invitación a la institucionalidad y actores del SGSSS para garantizar los elementos de bioseguridad necesarios, revisar las condiciones laborales de su personal y garantizar con eficiencia y eficacia la fluidez de recursos del sistema.
• La Contraloría Delegada para el Sector Salud está adelantando estrategias para identificar el flujo de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, con el propósito de construir una herramienta de control que permita realizar seguimiento permanente a los recursos involucrados en la financiación de la salud. • Avanza la documentación del plan de trabajo para la vigilancia y control a la gestión fiscal de los recursos destinados por los sujetos de control de la delegada para el sector salud, de acuerdo a la atención de la emergencia surgida con ocasión de la pandemia.
Mediante comunicado de prensa No. 051, llamamos la atención sobre la falta de suministro oportuno de Elementos de Protección Personal (EPP) al personal de salud con riesgo directo de contagio y muerte por el virus. Con corte a 17 de julio de 2020, los resultados parciales del seguimiento son:
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Conclusiones frente a entrega de Elementos de Protección Personal - EPP
en riesgo de exposición directa, con cargo al 7% destinado a esta franja de personas, implicaría una indebida utilización de dicho recurso.
Ninguna de las Administradoras de Riesgos Laborales ARL que suministraron información (6 en total) realiza una entrega completa del total de Elementos de Protección Personal contenidos en los lineamientos del Ministerio de Salud, ni tampoco se evidencia un análisis de riesgos que permita demostrar la entrega de los EPP por cada especialidad o nivel de contacto. Por ejemplo, una entrega discriminada por personal médico con contacto directo a pacientes en procedimientos que generan aerosoles o por personal de aseo que requieren elementos diferentes tales como guantes de caucho, que no son requeridos por el resto de personal en dicho nivel de riesgo.
La información presentada por las ARL es incompleta, en la mayoría de los casos. No determina el nivel de impacto, el tipo de afiliados a los que van dirigidos las actividades, están destinadas a empresas que no se encuentran en el nivel de riesgo establecido y no se presentan evidencias idóneas de la aplicación de dichos recursos. Conclusiones frente a determinación de los Ingresos de las Administradoras de Riesgos Laborales • Comparada la información reportada por cada una de las ARL, con respecto a la información enviada por el Ministerio de Salud como administrador de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA y la Fiduprevisora S.A. como administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Riesgos Laborales, se determina:
Es posible evidenciar que sólo una de las ARL (Bolívar) alcanzó una cobertura del total de sus afiliados con riesgo de exposición directa en la primera entrega correspondiente al mes de abril, y la de menor cobertura, Positiva Seguros, con un 14,10% de entregas en el respectivo mes. Conclusiones frente a Actividades de Promoción y Prevención - PyP
• Se presentan diferencias debido a que la información de PILA contiene, no solo el aporte del mes, sino cifras adicionales como saldos pendientes de pago de meses anteriores, anticipos de aportes futuros, intereses de mora y ajustes por novedades que no permiten conciliar los datos de estas dos fuentes.
Es evidente la falta de aplicación de los Decretos 488 y 500 de 2020 frente a la realización de actividades de promoción y prevención, toda vez que no existe una diferenciación clara sobre los recursos ejecutados con cargo al 7% de las cotizaciones al Sistema de Riesgos Laborales, esto es, aquellas que se realicen con personal en riesgo de exposición directa.
• Las ARL no tienen restricciones de liquidez para financiar las erogaciones que genera la atención de las actividades prescritas en el Decreto 488 de 2020.
Las demás actividades de PyP, es decir, las que se desarrollen con personal en riesgo de exposición indirecta e intermedia, deberán realizarse con cargo al 10% de los recursos calculados sobre el 92% del total de las cotizaciones, por lo cual realizar actividades de PyP dirigidas a afiliados que no se encuentran
• En relación con los recursos para el Fondo de Riesgos Laborales – FRL, la información de la Fiduprevisora indica que hay inoportunidad de giros en las ARL La Equidad y Mapfre. No hay consistencia entre las distintas fuentes: al
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comparar el monto de los aportes girados por cada ARL correspondientes a las cotizaciones causadas en 2020 con el cálculo efectuado con base en el monto recaudado reportado a la CGR por cada una de ellas, se identificaron diferencias sin poderse determinar las causas; también hay diferencias entre lo que reportaron las ARL y lo informado por el FRL.
a riesgo de contagio por la atención directa en salud a población contagiada, toda vez que la determinación de la covid-19 como enfermedad laboral no se aplica en general a todos los trabajadores de las instituciones de salud, sino solo en aquellas que prestan servicios de salud en los cuales se atienda a personas contaminadas y, en ellas, solo al personal que está asignado a la atención directa a las personas afectadas por el virus.
Conclusiones frente a Prestaciones Asistenciales y Económicas
Contraloría Delegada para el Sector Educación, Ciencia y Tecnología, Cultura, Recreación y Deporte
Se reportan trabajadores beneficiarios de prestaciones asistenciales y económicas de empresas y organizaciones dedicadas a actividades diferentes de la atención directa a personas relacionadas con la covid-19 que, aunque puedan estar contagiados, no les aplica el tratamiento como enfermedad laboral establecido por el Decreto 538 de 2020. Las ARL quedan expuestas así a de conceder prestaciones por riesgos laborales a personas a personas que no califican para recibirlas.
En virtud de lo dispuesto en Resolución 0753 de 2020, se inició en la Contraloría Delegada para el Sector Educación, Ciencia y Tecnología, Cultura, Recreación y Deporte el seguimiento a los recursos para el Programa de Alimentación Escolar (PAE), dentro de la emergencia sanitaria decretada por la pandemia, con el fin de verificar la eficacia de las acciones y actividades establecidas para superar la emergencia sanitaria, señalada en el Decreto 417 de 2020, en concordancia con el Decreto 470 de 24 de marzo de 2020. Este último busca que el PAE beneficie efectivamente a los niños, niñas y adolescentes matriculados en el sector oficial que deben recibir sus raciones en casa, cumplimiento de los parámetros cuantitativos y cualitativos y de la normatividad aplicable.
Algunos de los registros reportan incapacidades establecidas con anterioridad a la fecha del Decreto 538 del 12 de febrero de 2020. En conjunto, las ARL que suministraron información reportaron 2.768 trabajadores que se desempeñan en la atención directa a personas afectadas por la covid-19, cifra muy superior a la reportada por el Instituto Nacional de Salud (INS) sobre esta población, que a mayo 9 de 2020 alcanzaba 678 personas. Esto significa que se está reportando personal que no está relacionado con atención directa en salud a la población con covid-19 a quienes no les aplica que su contagio sea calificado como enfermedad laboral.
Contraloría Delegada para el Sector Inclusión Social El seguimiento permanente se adelanta a las estrategias para atención de la emergencia a cargo del Departamento Administrativo de la Prosperidad Social (DPS) y al Instituto Colombiano de Bienes Familiar (ICBF).
Tampoco ha sido adoptado procedimiento alguno para identificar el personal de las Instituciones Prestadoras de Salud - IPS y Empresas Sociales del Estado - ESE expuesto
49
Al respecto, la Contraloría Delegada para el Sector Vivienda y Saneamiento Básico elevó solicitud de información a los sujetos de control, las gobernaciones y alcaldías de las ciudades capitales, relacionada con la contratación, convenios u otros acuerdos celebrados directamente o a través de terceros, mediante los cuales se hayan realizado inversiones de recursos públicos dirigidos a prestar los servicios de agua potable, saneamiento básico y aseo de las zonas comunes, especialmente donde hay deficiencias.
Con respecto al primero, encontramos que en el programa Familias en Acción existen 1.235 giros realizados a nombre de personas fallecidas. La Contraloría hizo seguimiento al manejo de estos recursos y de los no reclamados. En el caso del programa Jóvenes en Acción fueron identificados 34 giros a personas fallecidas. El ICBF fue requerido para que suministrara el inventario de las investigaciones realizadas frente a las denuncias sobre calidad y cantidad de los alimentos entregados en canastas nutricionales reforzadas; adicionalmente, para que precisara las investigaciones abiertas y su detalle, ciudad, operador, hecho, estado y resultado, así como efectos contractuales y legales de comprobarse irregularidades.
Adicionalmente, se requirió información a la SSPD respecto al manejo de la pandemia, de acuerdo con sus competencias y de conformidad con las normas expedidas en el marco de esta. En su respuesta la entidad informa que ha expedido varios actos administrativos tendientes a garantizar la prestación efectiva de los servicios públicos domiciliarios y que realizará el seguimiento correspondiente. Así mismo, la SSPD garantiza la vigilancia del cumplimiento de la Resolución CRA 911 de 2020, respecto a la prohibición a las empresas prestadoras de realizar aumentos en las tarifas hasta tanto las condiciones de la pandemia asociadas a la capacidad de pago hayan disminuido.
En respuesta, el ICBF entregó el listado de las peticiones y denuncias sobre ayudas alimentarias (con corte 13 de mayo del 2020) a nivel nacional, que comprenden 364 casos que refieren casos de canastas incompletas, con productos dañados, vencidos o destapados.
Contraloría Delegada para el Sector Vivienda y Saneamiento Básico
Contraloría Delegada para el Sector Gestión Pública e Instituciones Financieras.
De conformidad con la Declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretada por el presidente de la República, según el Decreto No. 417 de17 de marzo de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio impartió instrucciones respecto a conexiones y reconexiones intradomiciliarias, abastecimiento de agua potable, apoyos económicos, mejoras a los sistemas de acueductos, gestión de subsidios para el pago de los arriendos y lineamientos para manejo de residuos en la época de la pandemia, entre otros.
Informe Seguimiento Línea de Créditos Bancóldex - Medidas Covid19 A partir del análisis de los Decretos y demás normatividad expedida por el Gobierno Nacional, como consecuencia del Estado de Emergencia, se ejerce el seguimiento permanente a los créditos otorgados a través de las líneas Bancóldex. En desarrollo del mencionado seguimiento, las principales conclusiones han sido las siguientes:
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• Al corte 13 de julio se han desembolsado $1.03 billones que equivalen a la ejecución del 75% del total de recursos asignados por $1.37 billones para las 18 líneas de crédito implementadas. Del total de recursos ejecutados, el 81% que equivalen a $839.890 millones, se ejecutan a través del sistema financiero y el 19% restante, que equivale a $194.578 millones, por el mecanismo de microfinanzas.
• Las mayores tasas de colocación se registran para el Banco Agrario con 28.55%, el Banco Caja Social con 23.24%, porcentajes superiores al promedio, consecuencia de una tasa de colocación de Bancóldex para estas entidades como intermediarios de 4.46% y 4.02%, y márgenes promedio de intermediación de 24.1% y 19.2% respectivamente. • El margen de intermediación de los recursos desembolsados por $64.992 millones es de 5.1%, porcentaje inferior al del mes inmediatamente anterior y que incide directamente en la tasa de colocación de los créditos, que pasó de 9.37% en el mes de mayo a 8.65% durante el mes de junio, y 8.48% en el mes de julio, con una mejor tasa para los beneficiarios de créditos desembolsados.
• La mayor ejecución se ha presentado en las líneas COLOMBIA RESPONDE PARA TODOS y COLOMBIA RESPONDE con desembolsos por $348.246 millones y $250.000 millones, y ejecuciones de 99% y 100% respectivamente. De otra parte, las líneas Bogotá responde y Caldas y Manizales Responde presentan los mayores saldos por ejecutar con $81.802 millones y $75.122 millones respectivamente.
• Al corte 13 de julio, no se pudo determinar la tasa final a la que se colocan los recursos por medio del mecanismo de microfinanzas. Sin embargo, y de acuerdo con la información reportada por el Fondo Nacional de Garantías, se observan algunos créditos que presentan márgenes de intermediación y tasas finales de colocación promedio ponderados que superan el 50% efectivo anual, a pesar de que los recursos desembolsados se originan en líneas de redescuento Bancóldex y cuentan con garantía FNG, afectando a estos microempresarios, situación que se resalta, habida cuenta de que éstos son los más golpeados por la crisis económica causada por esta pandemia y que dista de la teleología de las soluciones de crédito preferencial diseñadas por el Gobierno nacional, cuyo fin último no es otro que el de alivianar la carga de los empresarios en general y no solo enfocarse en los grupos más fortalecidos.
• Para recursos ejecutados a través del sistema financiero, la mayor concentración de desembolsos se presenta en medianas empresas ($387.736 millones), sin embargo, la mayor concentración por número de desembolsos corresponde a 2.870 créditos, con $68.115 millones. El principal destino de los recursos desembolsados es capital de trabajo, que asciende a $786.470 millones, recursos colocados a una tasa promedio efectivo anual de 8.06%. • Los mayores flujos de recursos por intermediario se concentran en: Banco Davivienda, Bancolombia, Banco de Occidente y Banco de Bogotá con el 81%, equivalentes a $678.996 millones. Los recursos que son colocados por medio de la banca pública, en especial “Banco Agrario” representan apenas el 1%, que, si bien están asociados a su capacidad de colocación y respaldo en el mercado, también es cierto que podrían permitir operar un menor margen de intermediación en la coyuntura actual y el logro de un mayor beneficio para los destinatarios de crédito.
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Seguimiento Fondo Nacional de Garantías
Mipymes y trabajadores independientes, población objeto de este programa, sólo contaban con flujo de caja para atender sus obligaciones hasta por un máximo de 53 días, por lo que están requiriendo créditos en forma inmediata.
Se viene adelantando un seguimiento a la gestión adelantada por el Fondo Nacional de Garantías (FNG) en el otorgamiento de garantías a los créditos del sector financiero dirigidos a las Mipymes en las diferentes líneas determinadas en los decretos expedidos por el Gobierno Nacional.
• Al comparar la ejecución de los cupos asignados por cada línea, se observó que la para la línea Capital de Trabajo se ejecutó el 97,43% del cupo presupuestado; para Pago de Nómina, el 15,30% y para Trabajadores Independientes, el 31,02%.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 444 del 21 de marzo de 2020 a través del cual se creó el Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) y se dictaron disposiciones en materia de recursos, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. En su artículo 5º contempla de manera expresa la facultad de proveer subsidios para garantías. Las conclusiones seguimiento, son:
preliminares
• Como quiera que la ejecución de los cupos es por demanda y finalmente depende del empresario acudir o no a un crédito, la garantía en el crédito no lo exime de la responsabilidad de cumplir con las obligaciones contraídas en virtud del préstamo, pues este crédito no se considera un subsidio directo otorgado por el Gobierno Nacional, y, en esa medida, en caso de incurrir en mora, deberá someterse a las condiciones de cobro establecidas por la entidad financiera que otorga el crédito y por el FNG.
del
• A corte 17 de julio de 2020, las garantías otorgadas por el FNG ascienden a $5,3 billones, valor que supera el monto con el cual se capitalizó dicha entidad ($1,3 billones). Esto se explica porque los recursos aportados como capital por parte de la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público se destinan al fortalecimiento patrimonial de la entidad, lo que le permite aumentar su capacidad de emisión de garantías, así como su nivel de solvencia.
• A corte 17 de julio de 2020, la ejecución de las garantías muestra que de los $5,3 billones de garantías otorgadas, se distribuyeron por línea de garantías así: Capital de Trabajo, 55,23% ($2,92 billones); Nómina, 34,70% ($1,84 billones); Trabajadores Independientes, 5,86% ($0,31 billones) y Microfinanzas 4,17% (0,22 billones).
• Las garantías otorgadas por $5,3 billones representan el 33,07% de los $16 billones asignados como cupos que no implican desembolso de recursos a favor del FNG a las tres líneas, esta asignación de garantías está sujeta al comportamiento de la demanda de las empresas por créditos garantizados. A pesar de lo anterior, debería dinamizarse el otorgamiento de garantías si se tiene en cuenta que, al comenzar la pandemia, las
• Del monto total de garantías otorgadas ($5,3 billones), a la mediana empresa se le entregó un 39,92% ($2,11 billones), a la microempresa 32,40% ($1,71 billones) y a la pequeña 27,69% ($1,47 billones), con lo cual se infiere que el 72,31% de los montos de las garantías otorgadas se ha concentrado en las medianas y microempresas.
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• Para las tres líneas de garantías, el valor de las comisiones que el FNG cobra por la emisión de la garantía serán asumidas en su mayor parte (75%) por el Gobierno nacional, con el fin de aliviar la carga financiera de las empresas. Este alivio representa un costo de $1,89 billones para el programa “Unidos por Colombia”, valor que será cubierto con recursos provenientes del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Este valor asumido por concepto de comisiones es adicional y no se encuentra incluido en los valores de la capitalización realizada al FNG que tenían la finalidad de ampliar su capacidad de otorgamiento de garantías. También es pertinente aclarar que esta suma no corresponde a ningún tipo de desembolso por parte del FNG, sino a un valor que está dejando de percibir el FNG y debe ser asumido por parte del Gobierno Nacional.
los Bancos, Cooperativas Financieras, Instituciones Microfinancieras y demás entidades que cuentan con el convenio activo con el FNG y tienen habilitados los productos de garantía de este programa.
• El FNG no realiza giros de recursos como parte de su actividad; el instrumento utilizado, jurídicamente es considerado una fianza, con la cual el FNG respalda el crédito que solicita el empresario, ante un intermediario financiero, por una porción de la obligación cubierta que puede ser hasta del 90% de ésta.
• Los créditos a pesar de encontrarse garantizados operan como cualquier tipo de crédito y la garantía como tal no es un subsidio, por lo que el deudor se encuentra sujeto a todas las políticas de cobro propias de estas operaciones. El beneficio inmediato para los empresarios en el mayor acceso al crédito con periodos de gracia, pero que no implica un alivio en tasa; en cambio para las entidades financieras representa una opción segura de retorno de estos recursos, teniendo en cuenta que el crédito podría estar garantizado hasta en un 90%.
• El FNG no recibió $16 billones, sino el capital necesario para apalancar las garantías para los créditos que desembolsaran los Intermediarios Financieros por esa suma. Así, el FNG ha recibido recursos de capital en su patrimonio por $1,3 billones para atender las garantías que debe cubrir el FNG en tres líneas específicas: capital de trabajo, nómina y trabajadores independientes. La capitalización de $1,3 billones, permitirá garantizar $22,9 billones en valor crédito, teniendo en cuenta una cobertura promedio del 84%, solvencia del 9% y ponderación al 75%.
• La fuente de recursos que soportan los cupos de $16 billones asignados al FNG, que no implican desembolso de recursos, destinados a la ejecución del programa “Unidos por Colombia” está determinada por la gestión y capacidad de colocación de garantías en el mercado financiero y el cumplimiento del indicador del nivel de solvencia de mínimo un 9% que debe asegurar el FNG ante la Superintendencia Financiera de Colombia. Además, estos recursos provienen de las transacciones y operaciones financieras que realiza el mismo FNG con los diferentes tipos de entidades financieras, como son
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Seguimiento Especial Programa Ingreso Solidario
de los beneficiarios del programa, a fin de desarrollar ejercicios de minería y cruces con las siguientes bases de datos: Beneficiarios del programa familias en acción; beneficiarios del programa de protección social del adulto mayor - Colombia Mayor; Programa Jóvenes en acción; Beneficiarios de la compensación del impuesto sobre las ventas – IVA; Sistema de selección de beneficiarios para programas sociales (SISBEN); Base de datos del Archivo Nacional de Identificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil; Base de datos de los giros realizados a los beneficiarios del programa ingreso solidario por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Se esta realizando el seguimiento especial al programa Ingreso Solidario, creado mediante el Decreto 518 del 4 de Abril de 2020, a través del cual se entregarían transferencias monetarias no condicionadas con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias -FOME en favor de las personas y hogares en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad, que no sean beneficiarios de los programas Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto sobre las ventas - IVA, por el tiempo que perduren las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de que trata el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020. Lo anterior bajo la administración del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Como resultado de los primeros cruces realizados, se determinó que la base de datos de beneficiarios del DNP incluía 311 cédulas de personas que contaban con productos financieros, y 11166 no bancarizadas, que aparecían en las bases de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil como canceladas por fallecimiento; es importante resaltar que el DNP en dicho momento manifestó que no se había realizado cruces con las bases de la RNEC. De acuerdo con la información suministrada hasta ese momento, solamente se habían realizado desembolsos a las personas bancarizadas; así las cosas, dado que dicha situación podría llegar a configurar un presunto detrimento patrimonial, se puso de presente en el primer informe de seguimiento la necesidad de emitir una advertencia, así como la existencia de una posible incidencia disciplinaria y penal de dicha situación.
El programa, inicialmente contempló la entrega de dos transferencias monetarias a los hogares beneficiarios, una por valor de $160.000 y otra por $80.000; con posterioridad se modificó el valor de la segunda entrega, aumentándolo a la suma de $160.000; luego el Gobierno Nacional decidió realizar una tercera entrega del beneficio por el mismo monto; y finalmente se anunció que la ayuda se entregaría hasta el mes de Diciembre de 2020 y que a partir de la cuarta entrega el programa pasaba a ser ejecutado por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS); así las cosas, el DNP y el MHCP hicieron entrega del programa al DPS el día 30 de Junio.
Continuando con el seguimiento efectuado, se realizaron múltiples reuniones virtuales con los actores del proceso, se requirió información a las entidades financieras sobre los desembolsos realizados, se solicitó a la DIARI puntualizar algunas situaciones sobre los resultados iniciales y realizar cruces para determinar la consistencia de la base de datos del programa teniendo en cuenta que los
Para realizar el seguimiento, la Contraloría Delegada para la Gestión Pública e instituciones financieras con el apoyo de la Dirección de información, análisis y reacción inmediata (DIARI), procedieron a solicitar la base de datos elaborada por el Departamento Nacional de Planeación (DNP) para la determinación
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ciudadanos denunciaron de forma reiterada la inclusión de beneficiarios inexistentes o fallecidos; e igualmente, a partir de los cruces realizados por esa oficina entre la base de datos del programa ingreso solidario y los programas de Gobierno en los cuales no podían estar incluidos estos beneficiarios, se requirió precisar algunas situaciones para determinar si en la base de datos del programa se habían incluido personas que no debían ser beneficiarios.
recursos por valor de $2.266.080.000., solo por el primer desembolso; suma que aumentaría en caso de que se realizaran el segundo y tercer desembolso previstos por el Gobierno Nacional; dada la situación en el tercer informe se reitera la sugerencia de realizar advertencia al MHCP y al DNP para que revisaran las bases de datos del programa a fin de evitar realizar desembolsos a personas que no debían ser beneficiarios del programa por las razones antes expuestas.
Como resultado de la gestión antes mencionada se estableció que hasta ese momento se habían realizado giros a las cuentas de 62 personas que fueron identificadas en los cruces realizados por la DIARI, como personas fallecidas, por valor de $9.920.000; que 2885 personas que aparecían como beneficiarios de los programas jóvenes en acción, familias en acción, adulto mayor y devolución del IVA aparecían como beneficiarios del programa ingreso solidario lo cual iba en contravía de los establecido en el Decreto 518 de 2000; en consecuencia, se procedería a determinar si a estas personas se les habían realizado desembolsos por parte de las entidades financieras, todo lo cual se puso en conocimiento en el segundo informe de seguimiento sugiriendo realizar advertencia sobre la situación al MHCP y al DNP.
Teniendo en cuenta que durante toda la ejecución del programa ingreso solidario se llevaron a cabo reuniones virtuales con los actores del mismo y especialmente con el DNP, en información suministrada durante el mes de Junio de 2020 como respuesta a nuestro requerimiento, esta entidad informó que sobre la base de datos de beneficiarios inicial, se habían realizado dos actualizaciones a partir de cruces efectuados con la Registraduría Nacional del Estado civil: una el día 14 de abril; y la segunda que incluyó nuevos potenciales beneficiarios el día 11 de mayo. Por lo anterior, en el cuarto informe presentado se puso de presente la información recaudada sobre los recursos girados por el Ministerio de Hacienda, los datos sobre la cantidad de posibles beneficiarios entregada por el DNP y se manifestó que era necesario proceder a realizar nuevos cruces de bases de datos teniendo en cuenta lo informado a esa fecha por el DNP, ya que la base de datos a partir de la cual se realizaron los primeros cruces por parte de la DIARI, no era la misma que finalmente fue utilizada para realizar los desembolsos.
A partir de las situaciones irregulares antes establecidas se continuó con el recaudo de la información y el análisis comparativo, a partir de lo cual se establecieron las siguientes situaciones que fueron consignadas en el tercer informe de seguimiento: Se realizaron giros a 199 personas por valor de $31.840.001, de las identificadas por la CGR como beneficiarios fallecidos o que no debían ser beneficiarios del programa por serlo de otros programas de Gobierno; en caso de que se llegaran a girar recursos a las personas identificadas como aquellas que no debían recibir el beneficio, el patrimonio estatal sufriría una pérdida de
Es importante llamar la atención, tal como quedó mencionado en el último informe, que el MHCP, para la realización de los desembolsos tuvo en consideración las cuentas de cobro remitidas por las entidades financieras a partir de las bases que a estas le envió el DNP; pero
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él, como responsable de las transferencias, no solicitó las bases de datos al DNP, por lo que no podía realizar la verificación de si las sumas cobradas por las entidades financieras realmente correspondían a la cantidad de beneficiarios determinada por el DNP.
• Suministro: 30 proyectos, 44 contratos por valor de $33.754 • SPGR Por definir: 31 proyectos, 56 contratos por valor de $13.561. • Interadministrativos: 8 proyectos 9 contratos por valor de $9.030. • Coompraventa: 12 proyectos 15 contratos por valor de $6.767. • Obra Pública: 8 proyectos 11 contratos por valor de $4.276. • Acto administrativo de ordenación de gasto: 2 proyectos 2 contratos por valor de $1.903. • Contratos o convenios con entidades sin animo de lucro: 3 proyectos, 3 contratos por valor de $1.890. • Prestación de servicios: 12 proyectos, 26 contratos por valor de $1.017. • Interventoria: 13 proyectos, 13 contratos por valor de $564. • Contratos o convenios con asociaciones de entidades territoriales: 2 proyectos, 2 contratos por valor de $329. • Convenios de cooperación: 2 contratos, 2 proyectos por valor de $151. • Convenio plan 1 proyecto, 2 contratos por valor de $92.
Igualmente relevante resulta manifestar que como resultado de las denuncias presentadas por la ciudadanía, así como de la gestión realizada por la Contraloría Delegada para la Gestión Pública e instituciones financieras, al solicitar de manera permanente información y requerir informes semanales a los actores del proceso, se logró que el DNP revisara sus bases de datos para que en las mismas no se incluyeran beneficiarios que no debían serlo. En la actualidad, dado que hasta el 30 de Junio se realizaron desembolsos en cumplimiento del tercer giro ordenado a los beneficiarios, nos encontramos haciendo análisis de la información remitida por el DNP, el MHCP y las entidades financieras y a la espera de los nuevos resultados de los cruces solicitados a la DIARI para determinar si las irregularidades inicialmente detectadas por la CGR fueron corregidas tanto a nivel de determinación de beneficiarios como de giros, o si persisten inconsistencias que puedan dar lugar a la determinación de hallazgos de tipo fiscal, entre otras incidencias.
Sin Contratar: Suministro 1 proyecto, 1 contrato por valor de $11 Terminados: • Suministro: 35 proyectos, 39 contratos por valor de $12.932. • Obra pública: 3 proyectos, 3 contratos por valor de $606. • Convenio plan: 1 proyecto, 1 contrato por valor de $480. • SPGR por definir: 3 proyectos, 3 contratos por valor de $407. • Compraventa: 3 proyectos, 7 contratos por valor de $323. • Prestación de servicios: 2 proyectos, 3 contratos por valor de $155.
Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías En la Unidad de Regalías, se esta verificando el uso y ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías para atención a la emergencia sanitaria por el Covid-19, con corte 20 de julio de 2020 se ha podido determinar: Tipología de contrato y estado del proyecto (valores en millones) Contratos en estado de ejecución:
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• Interventoria: 2 proyectos, 2 contratos por valor de $30.
Andrés y Quindío; hasta el momento en 136 proyectos.
El total general indica que se están invirtiendo recursos del Sistema General de Regalías SGR en 136 proyectos a través de 244 contratos por un valor de $88.277.
Capítulo 5 - Acciones destacables de control posterior y selectivo por sectores
Modalidad de contratación
Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario
Por modalidad de contratación, se presenta así:
Auditoría de cumplimiento Fondo Nacional del Café
• Contratación directa (Ley 1150 de 2007): 110 proyectos, 180 contratos por valor de $72.162. • Sin identificación – No reporte en GESPROY SGR 34: proyectos, 59 contratos por valor de $13.967. • Licitación pública (Ley 1150 de 2007): 2 proyectos, 2 contratos por valor de $1.141 • Entidad pública – régimen privado: 1 proyecto, 1 contrato por valor de $950. • Mínima cuantía (Decreto 734, Decreto 1510 de 2013): 2 proyectos, 2 contratos por valor de $56.
Gastos de Gestión y Administración de proyectos de Inversión Regional-GAPIR Se observa incumplimiento material adverso sobre del monto fijado y cobrado como contraprestación por la administración y gestión de recursos de la Ley 863 de 2003 - GAPIR, que no resulta conforme en todos los aspectos significativos relacionados con los criterios de evaluación. De los recursos del FONC fueron pagados a la Federación Nacional de Cafeteros $46.975 millones, sin sustento legal ni contractual, durante las vigencias 2017 y 2018, así:
Cabe anotar que el seguimiento permanente al recurso SGR utilizado en la pandémica del Covid 19 se esta realizando en tiempo real con el tablero de control diseñado e implementado en equipo de la Unidad de regalías con la DIARI.
• Por administración de recursos de terceros, sin soporte legal o contractual: $13.269 millones. • Por la actividad de gestión de cofinanciadores sin soporte legal o contractual: $9.450 millones. • Por la actividad de formulación de proyectos sin mediar recursos del FONC: $1.655 millones. • Por apoyo administrativo no soportado: $22.456 millones. • Por la actividad de formulación de proyectos con un mismo soporte: $98 millones. • Por la actividad de gestión de comunidades sin el cumplimiento de los lineamientos establecidos para su legalización: $47 millones.
Entidades territoriales Por entidades territoriales, la distribución de valores del Sistema General de Regalías SGR aprobado asciende a $113.656 en 24 departamentos, así: Antioquia, Arauca, Bolívar, Boyaca, Caqueta, Cauca, Cesar, Choco, Córdoba, Guaviare, Huila, Guajira, Magdalena, Meta, Nariño, Putumayo, Santander, Sucre, Tolima, Valle del Cauca, Vaupés, Vichada, San
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Auditoría de cumplimiento a Fondo Ganadero del Tolima
especialmente en lo referente a su término de ejecución, teniendo en cuenta la necesidad de la prestación ininterrumpida del servicio de Tecnologías de Información -TI-, circunstancia que llevó a la entidad a la suscripción de sucesivas prórrogas y adiciones.
Fue realizada una auditoría de cumplimiento al Fondo Ganadero del Tolima que arrojó ocho (8) hallazgos administrativos, de los cuales cinco (5) tienen presunta incidencia fiscal, en cuantía de $9.303 millones; siete (7) con presunta connotación disciplinaria, cinco (5) tienen presunta incidencia penal y tres (3) presentan otras incidencias.
De igual forma y, teniendo en cuenta la evidencia antes señalada, se observó que el MADR acudió a los mecanismos y prerrogativas contractuales dispuestas por el Gobierno Nacional con ocasión de la emergencia económica, social y ecológica para suplir la mencionada deficiencia en la planeación. El equipo auditor determinó que la adición No. 3 al contrato 361 de 2019 no goza de una relación de causalidad directa para la superación de la emergencia, máxime cuanto el ente ministerial podía acudir a otros mecanismos de contratación para continuar con la prestación del servicio.
El Fondo se ha apropiado de los recursos que corresponden a las retenciones en la fuente, la cuota de fomento de ganado con destino a la Cuenta Nacional de Carne y Leche, la cuota de fomento porcícola, el impuesto de degüello de ganado mayor del orden departamental y el impuesto de degüello menor del orden municipal. No se trata de ingresos del Fondo, sino dineros que han sido recaudados en atención a las disposiciones legales y estatutarias que le asignan la función de recaudador de estos tributos.
Finalmente, respecto a la Licitación 01 de 2020 se observa que, si bien la suspensión de la misma se realizó con base en lo dispuesto por el Decreto 440 de 2020, la CGR encuentra que el proceso podría haber continuado su curso normal de manera remota, tal y como se pudo corroborar con la adjudicación del contrato el día 5 de mayo. Tal circunstancia no es menor si se tiene en cuenta que fue la suspensión de este proceso la que dio origen a una nueva adición del contrato 361 de 2019.
Actuación Especial MADR Contrato 361/2019
En total fueron establecidos cinco (5) hallazgos administrativos, de los cuales tres (3) tienen presunta incidencia disciplinaria y uno (1) presunta incidencia fiscal por valor de $2.274 millones.
Con base en las conclusiones y resultados obtenidos en la evaluación realizada a los procesos contractuales objeto de estudio, la CGR pone de presente deficiencias en la planeación y estructuración de estos, así como debilidades en el ejercicio de la supervisión respecto al cumplimiento de actividades en el contrato 361 de 2019. Resultó evidente una deficiente planeación y estructuración de dicho contrato,
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Estudios sectoriales destacables
para solucionar las peticiones indígenas. Sobresalen las siguientes deficiencias: i) Proyectos formulados con carácter reactivo. ii) necesidades reales de tierra no cuantificadas y sin estimación de costos, iii) indicadores de avance definidos en número de solicitudes y no en hectáreas, iv) número de solicitudes con un rezago estructural (Incoder) y un componente por la falta de celeridad de la ANT y v) Graves inconsistencias en los sistemas de información.
• Estudio Sectorial a la política de Generación de Ingresos y Desarrollo de Capacidades Productivas (periodo 2015-2018): Para evaluar el conjunto de estrategias, programas y proyectos orientados a desarrollar e incrementar el potencial productivo de la población pobre extrema y desplazada (PPED), desarrollando sus capacidades y creando oportunidades para su estabilización socioeconómica, se verificó la eficiencia y resultados generales vistos desde cinco dimensiones, a saber: educación, asistencia técnica, crédito, acceso a tierras y proyectos productivos.
• Estudio Sectorial a la competitividad del sector arrocero (Programa de Transferencia de Tecnología del Fondo Nacional del Arroz – FNA, 2013-2019) Al analizar y evaluar la inversión y resultados en materia de competitividad en el subsector arrocero, se observó: i) La competitividad del arroz en Colombia se ha visto favorecida en los últimos años por factores exógenos, principalmente por la devaluación de la tasa de cambio, siendo una variable muy importante para la competitividad en el periodo estudiado, ii) según los indicadores de competitividad, como balanza comercial relativa, transabilidad y grado de penetración de las importaciones, el país ha sido importador de arroz durante el periodo estudiado; las exportaciones han sido marginales y el indicador de cuasirrentas muestra que el producto sólo ha sido competitivo en 2016, gracias a los mejores precios reales al productor, mientras que, posteriormente, el indicador reveló pérdidas para el productor, iii) los apoyos directos al subsector arrocero superan los $300 mil millones en el periodo 2013 al 2018 (sin contabilizar los recursos de Col Rice, ni convenios internacionales). Sin embargo, el subsector aún no es competitivo. iv) El aumento de los rendimientos propuesto (sin cuantificar en el Plan Estratégico) se ha logrado en valores que apenas superan el 2% anual en promedio, pese a los esfuerzos en investigación para adaptación al cambio climático y al nivel de implementación de la
Dentro de las conclusiones generales resaltamos: i) No existe integralidad en el manejo de los componentes de la política de inclusión productiva; tampoco existe progresividad en el desarrollo de la misma, ni coordinación institucional. ii) Los programas no se manejan con criterio diferencial. Sin embargo, un 72% de sus beneficiarios son estimados como población pobre extrema y desplazada (SISBEN 47,9) y un 20% población víctima del conflicto (según RUV). • Estudio Sectorial Tierras y Territorio para la Población Étnica (2010 – 2019) Fue evaluada la respuesta del Estado a los compromisos territoriales asumidos con los pueblos indígenas y comunidades negras en el periodo 2010–2019, a partir de dos proyectos de inversión de la Agencia Nacional de Tierras (ANT): el de legalización de tierras y el de fomento al desarrollo. Los resultados muestran que, manteniendo las dinámicas actuales y capacidad de gestión de la ANT, se requerirá de mínimo 19 años para resolver las demandas de las comunidades negras y de 40 años
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estrategia AMTEC, v) la disminución gradual de los costos de producción, planteada en AMTEC (entre el 10% y 30%), no se ha logrado, ya que crecen a tasas superiores al 4% anual a nivel nacional.
Contraloría Delegada para el Sector Minas y Energía Actuación Especial Hidroituango Esta actuación especial de fiscalización se llevó a cabo del 4 de marzo al 17 de julio de 2019, por parte de un equipo multidisciplinario de 15 auditores integrado por abogados, ingenieros civiles y de sistemas, economistas, contadores y geólogos, entre otros profesionales. Adicionalmente, se contó con el apoyo de un equipo de la Universidad Nacional para el análisis financiero del proyecto.
• Estudio Sectorial sobre Gobernanza de la Parafiscalidad Agropecuaria de los subsectores Arrocero, Cauchero, Ganadero, Hortifrutícola, Palmero y Panelero 2015 – 2019 Evaluamos la gobernanza de los recursos parafiscales agropecuarios, entendida como el modelo de gobierno que involucra los procesos de selección del administrador de los recursos, su recaudo, la interacción y toma de decisiones de inversión entre diversos actores (gubernamentales y no gubernamentales) y la rendición de cuentas, que conllevan al buen uso de los recursos donde prima el interés general de los contribuyentes.
Los dos (2) hallazgos fiscales detectados y los hallazgos de carácter administrativo señalados (4), evidencian situaciones de riesgo de daño o deterioro de algunos equipos, mayores costos por almacenamiento de los que no se han podido poner en servicio, riesgos de estabilidad en algunas zonas, grietas dentro del macizo de casa de máquinas y modificaciones contractuales que vulneran el principio de planeación.
Su eficacia y eficiencia se encuentra limitada por factores como: i) El MADR carece de instrumentos conceptuales y metodológicos para evaluar objetivamente la representatividad y estructura democrática interna de los gremios agropecuarios, por lo que no existe un criterio unificado para decidir las prórrogas de los contratos de administración de los FPA. ii) Existen inconsistencias entre la información contable consignada en los estados financieros de los Fondos y los valores arrojados por bases de datos de recaudo e inversiones, iii) la mayoría de las bases de datos de los fondos parafiscales no permiten identificar el destino geográfico (municipal y departamental) de sus inversiones; en lo que se pudo calcular, se detectaron pronunciadas inequidades regionales y iv) a pesar de los avances en transparencia y acceso a la información, aún no ha sido impementada al cien por ciento la aplicación de la matriz de cumplimiento en transparencia de la Procuraduría General.
Fueron evidenciadas debilidades en los estudios técnicos, tanto en obras de la logística inicial como de las obras principales, que ocasionaron modificaciones a los contratos por mayores cantidades de obra, inclusión de nuevos ítems, rediseños y cambios de técnicas constructivas, lo que generó mayores tiempos y costos para el proyecto. Otro aspecto importante es que la valoración económica que actualmente hace EPM del proyecto contempla que en años siguientes se recuperará, a través de las pólizas, un daño emergente y un lucro cesante que, de no recibirse, afectará negativamente las expectativas económicas que se tienen sobre el proyecto a mediano y largo plazo.
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Un aspecto adicional evidenciado es que EPM construyó la central de generación mediante la subcontratación con empresas especializadas, que a su vez subcontrataron parcialmente el objeto de sus contratos. Esto, si bien no está prohibido en el contrato BOOMT, deja en duda la experiencia constructiva de la empresa, que sustentó la decisión de abandonar la opción de subasta internacional y optó por una negociación directa para desarrollar el proyecto.
pendientes al consorcio CCCI, ejecutor de las obras de superficie, en especial de la presa. Dos aspectos resultaron siendo críticos para el proyecto. Primero, la no construcción de las guías de las compuertas de cierre de los túneles de desviación, y segundo, la construcción de la galería auxiliar de desviación en contravía de las recomendaciones de su Junta de Asesores. Quizá una de las decisiones tomadas por EPM que mayor impacto causó al proyecto fue la no construcción de las guías de las compuertas de cierre de los túneles de desviación.
Fue realizado un análisis comparativo de los costos en dólares por kilovatio instalado (USD$/KW) en proyectos hidroeléctricos comparables cercanos a los 2.000 MW y empresas generadoras de energía con características similares y/o comparables con Hidroituango, en el mercado nacional e internacional. El resultado de este análisis indica que el proyecto Hidroituango presenta el costo de inversión más alto: cerca de 2.096 USD$/KW, con el agravante que aún no ha entrado en operación. En consecuencia, las inversiones seguirán aumentando hasta la terminación del proyecto y su puesta en operación.
Dicho efecto se vio reflejado no solamente en los costos del proyecto -los cuales aumentaron directamente en el costo del denominado tercer túnel-, sino también en la entrada en operación y generación del proyecto. La Junta de Asesores siempre recomendó ajustarse al diseño original y tratar de desviar el río. También, que en el primer semestre de 2014 a mediados de éste y, en caso de ser necesario, recuperar tiempo agilizando la construcción de la presa, alternativa con mucho menor riesgo que la aceleración del desvío. No obstante sus recomendaciones, la Junta de Asesores fue sorprendida en 2013 con “la decisión ya tomada de abandonar los elementos de control y cierre de los túneles y adoptar un tercer túnel (T3) de desvío aguas arriba, que permita el cierre final con la construcción de los tapones definitivos al final de la obra”.
Fueron analizados 15 puntos relevantes que se dieron desde el inicio del proyecto hasta la contingencia presentada en abril de 2018 y la posterior desviación del río Cauca por casa de máquinas, a través de los túneles de captación 1, 2, 7 y 8, que ocasionó daños en la infraestructura construida y la maquinaria instalada.
La afectación patrimonial que trajo la decisión de permitir el paso del río Cauca por la casa de máquinas y las consiguientes situaciones que ocasionó: daños en la infraestructura y equipos, así como afectaciones ambientales y sociales, se cuantificaron en cerca de $839.454 millones. Vale anotar que el rubro “baja de activos”, calculado inicialmente en $78.295 millones, podría aumentar a $432.969 millones, debido a los equipos que EPM estima perdidos (aún no se tiene dictamen definitivo de los mismos).
Entre los temas evaluados está el retraso en el inicio de la contratación de los túneles de desvío, donde se encuentra que el contratista inicial (CTIFS) presentaba atraso en el cronograma, y cuando estaba próxima la fecha del desvío del río, no tenía listas las guías de las compuertas de desviación ni la estructura de descarga de fondo. Los incumplimientos de este contratista llevaron a EPM a decidir la liquidación del contrato y a entregar la terminación de las obras subterráneas
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Además, al finalizar la auditoría estaban por determinar la cuantía de algunos eventos como la reparación de oquedades, la fracturación en la roca, los blindajes de acero instalados, las obras civiles en casa de máquinas y elementos adicionales por dar de baja, entre otros.
• La construcción de la galería auxiliar de desviación se hizo en contravía de las recomendaciones de la Junta de Asesores de EPM, que señaló siempre la necesidad de ajustarse a los diseños originales.
Al momento de la visita de la CGR, que no incluyó el ingreso a toda el área de casa de máquinas (no se podía hacer en este momento), fueron observadas grietas dentro del macizo de casa de máquinas.
• La Contraloría General de la República estima en $839.454 millones la afectación patrimonial que trajo la decisión de permitir el paso del río Cauca por la casa de máquinas, sin incluir algunos eventos cuya cuantía está por determinar.
De acuerdo con la revisión documental de la información suministrada por EPM y la visita realizada por la CGR al proyecto, fue evidente la existencia de modificaciones contractuales -suscritas incluso antes de la contingencia-, en las cuales se reconoció dentro del subcontrato CT-2012-000036 el pago de ítems nuevos, respecto de los cuales se definió su cantidad y precio con posterioridad a su ejecución y sin contar con estudios de mercado u otras alternativas previamente definidas que permitieran validar los valores expresados por el contratista. Con lo anterior, se observa vulnerado el principio de planeación, garantía de una eficiente y eficaz inversión de los recursos. Se denota, además, el incumplimiento del principio de economía.
• Aunque EPM invirtió $1.003.758 millones para acelerar el proceso de terminación de construcción de la presa y entrada en operación en la fecha programada, a fin de no renunciar a sus ingresos futuros y evitar la ejecución de las garantías otorgadas, la CGR evidenció que no se cumplió el hito 8 del contrato BOOMT ni las actividades 362 y 364 del mismo, es decir la entrada en operación de las Unidades 4, 3 y 2.
El primer hallazgo fiscal, por $1.1 billones, se da con ocasión del lucro cesante del proyecto Hidroituango, por su no entrada en operación. Y el segundo por ineficiencia e ineficacia en la gestión fiscal -destrucción del valor del proyecto- en cuantía de $2,9 billones. Conclusiones:
• El lucro cesante consolidado del proyecto se calcula en $1,1 billones; y se estableció un presunto detrimento al patrimonio público por valor de $2,9 billones, correspondiente a lo que se estima es la destrucción de valor, debido a las mayores inversiones realizadas, sin entrar en operación.
• Para la Contraloría General de la República una de las decisiones tomadas por EPM que mayor impacto causó al proyecto fue la no construcción de las guías de las compuertas de cierre de los túneles de desviación.
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Estudios sectoriales destacables
Las reservas de gas natural vienen en franco descenso desde el año 2012, debido a que fuentes de la Costa Atlántica (Chuchupa y Ballena) se encuentran en decadencia, pues en sus mejores tiempos sostuvieron el plan de masificación aportando en el 2002 el 85%, de la oferta total unos 599 MPCD y en el 2018 solo aportó un 27%, de una oferta de 912 MPCD. La otra gran fuente, Cusiana, gracias a desarrollos operacionales ha compensado en algo los volúmenes necesarios para atender una demanda que supera los 1000 MPCD.
• Informe de Auditoría Coordinada Internacional Evaluación de las Políticas Públicas de Inserción de Fuentes Renovables en la Matriz Eléctrica OLACEFS (Despacho Delegada y DESME) Publicado el 19 de noviembre de 2019. Resultados Informe Colombia La matriz eléctrica colombiana se ha formado históricamente aprovechando los recursos hídricos del país mediante la construcción de un sistema predominantemente hidroeléctrico, con una parte significativa de plantas termoeléctricas alimentadas con combustibles fósiles, que eventualmente constituyeron un sistema hidrotérmico. Las energías renovables no convencionales, como la biomasa, la eólica y la solar, aún han sido aprovechadas de manera significativa. Sin embargo, existe una ambiciosa meta gubernamental para 2022 que indica el incremento de 1.500 MW de fuentes renovables no convencionales en el país. La capacidad instalada de energías renovables alcanzó los 12.010 MW en septiembre de 2018, lo que representa el 69,37% del total. La energía hidroeléctrica continúa destacándose con el 68,37% del total, mientras que las energías renovables no convencionales combinadas – eólica, solar y biomasa – alcanzan solo el 0,97%. Con respecto a la producción de energía eléctrica, en 2017 se produjeron 66.667 GWh, de los cuales el 86.98% de ese monto provino de fuentes limpias.
El instrumento que emplea el Gobierno Nacional para hacer sus proyecciones y determinar necesidades del sector es la “Declaración de Producción Disponible para la Venta de gas natural”, obligación que tienen todos los productores de declarar su potencial de producción con un horizonte de 10 años y el monitoreo del estado y avance de los procesos de exploración y explotación. La primera herramienta indica que la oferta disponible viene descendiendo sostenidamente, a pesar de que se agrega un componente de importación por parte de la Regasificadora del Atlántico. La segunda revela que los posibles hallazgos de gas natural no se materializarán en el corto ni mediano plazo. Con esta información y los estimativos del crecimiento de la demanda (nula) se observa que al año 2022 la cantidad disponible para la venta no alcanzará para cubrir la demanda. Esta situación ha sido de conocimiento del Gobierno Nacional, el cual ha contemplado la construcción de dos plantas de regasificación como alternativa para importar gas natural y garantizar el abastecimiento en términos de seguridad y confiabilidad. La señalada para la Costa Pacífica debía entrar a operar en el año 2021, según el informe técnico sobre este proyecto publicado por la UPME, pero por diferentes motivos se ha retrasado
• Estudio Sectorial Viabilidad de la Construcción de una Planta de Regasificación en la Costa Pacífica. Publicado el 2 de octubre de 2019 El documento analiza el comportamiento de las reservas frente al crecimiento del sector en términos de oferta y demanda, así como el futuro de estas variables.
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el cronograma diseñado a tal punto que a la fecha no ha asignado el inversionista y la proyección de entrada en operación se ha trasladado al año 2024.
sistemas SI.MINERO y RUCOM; entre el CMC y SI.MINERO y entre SI.MINERO y SIMCO. El CMC presentaba problemas de incompatibilidad con el sistema de referencia oficial del país. Existía inexactitud en los cálculos de áreas y distancia, que estaba desarticulada entre las bases de datos geográfica y alfanumérica, que no tenía una trazabilidad parcial de las tareas, que sufría un bajo nivel de funcionalidad y baja accesibilidad del público; una baja automatización de los trámites a cargo de la ANM, que presentaba inconsistencias en la información data geográfica y la data alfanumérica y no todos los módulos del CMC tenían componente gráfico. Sin embargo, el 18 de noviembre de 2019, mediante Decreto No. 2078 de 2019, el MME modificó el Decreto Único Reglamentario del Sector Minas y Energía, en lo relacionado con el establecimiento del Sistema Integral de Gestión Minera-SIGM, y el 3 de diciembre de 2019, la ANM puso en funcionamiento la plataforma AnnA Minería, en reemplazo del CMC y Radicador Web.
• Estudio Sectorial Evaluación del Sistema de Información del Sector Minero Colombiano (OSS) 2010 -2018. Publicado el 2 de octubre de 2019 Los Sistemas de Información Minera Colombiana han venido evolucionado según los cambios institucionales y funcionales que ha sufrido el sector, como lo fue la Ley 685/01-Código de Minas, y la reestructuración del subsector minero en 2011, con la reestructuración del Ministerio de Minas y Energía-MME, la creación de la Agencia Nacional de Minería-ANM y la transformación del Ingeominas en el Servicio Geológico Colombiano. Fueron implementados varios aplicativos informáticos para que funcionaran de manera interoperativa, con el fin de tener una información actualizada y confiable que sirviera para la toma de decisiones, tanto del sector público al determinar los lineamientos de política pública, como del sector privado al evaluar la viabilidad del desarrollo de proyectos de inversión y su ejecución bajo los estándares de responsabilidad y compromiso de protección con el medio ambiente. Se trataba de entregar un valor agregado en términos de mejora en bienestar a la sociedad y en particular de las comunidades y territorios directamente afectados por la actividad minera.
La CGR espera que todo lo anterior sea subsanado con la entrada en operación de AnnA Minería, así como también de un manejo ambiental sostenible, identificando zonas protegidas en las que no está permitido realizar minería. Por otro lado, el estudio determinó que el Certificado de Origen que emite el explotador minero con el fin de evidenciar la proveniencia lícita del mineral, en algunos casos es falsificado, bien sea por las casas de compra venta o por terceros comercializadores de minerales, con el fin de evadir el pago de regalías e impuestos y ocultar el origen ilícito del mismo. Fue recomendado que éste fuera generado en línea a través del SI.MINERO, ya que en la actualidad es diligenciado de forma manual.
El sistema que se refiere al Código de Minas es el Sistema de Información Minero ColombianoSIMCO, el cual es administrado por la UPME, encontrándose datos desde 1940 hasta 2019. Por su parte, el MME administra el SÍ.MINERO y la ANM el RUCOM, Radicador Web, Catastro Minero Colombiano-CMC y Registro Minero Colombiano-RMC, evidenciándose en el estudio que existe interoperabilidad entre los
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Respecto a los recursos invertidos entre 2010 y 2018, el Gobierno Nacional invirtió, vía PGN para los sistemas de información minero, $12.998 millones constantes del 2018, siendo el SI.MINERO el que tuvo la mayor asignación presupuestal, con el 47,6%.
• Estudio Sectorial sobre resultados e impacto de los Planes de Energización Rural Sostenibles -PERS. Publicado el 25 de febrero de 2020 La metodología PERS, en efecto, permite avanzar en políticas de eficiencia energética en zonas rurales, así como identificar el estado de la energización en las regiones y en la particularización de las potencialidades y de algunos costos.
• Estudio Sectorial La Fiscalización del Gas en Colombia. Publicado el 24 de febrero de 2020 Del trabajo realizado se concluye que tanto los datos como los procedimientos en la medición oficial de volúmenes de producción de gas para el cálculo y pago de las participaciones gubernamentales, se ajustan a las buenas prácticas de la industria, y que estos datos y procedimientos son íntegros y fidedignos, de manera tal que la fiscalización del gas en Colombia actualmente se realiza de manera oportuna por parte de la ANH.
El PND 2015-2018 “ Todos por un Nuevo País” tuvo como meta estructurar 4 PERS teniendo como línea base que durante este periodo se suscribieran los convenios de Chocó, Cundinamarca, Cesar, Orinoquía, Putumayo y Norte de Santander. Al presente solo el Convenio del Chocó está liquidado. Los convenios de Cundinamarca, Cesar y Norte de Santander se encuentran en proceso de liquidación y los correspondientes a la Orinoquía y Putumayo se encuentran en desarrollo. El PND actual “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad“, tiene como meta estructurar 4 nuevos PERS partiendo de una línea base 0, lo que no incluye los PERS desarrollados en el periodo 2013 – 2019.
Respecto del acceso a la información pública de volúmenes de producción de gas para el cálculo y pago de las participaciones gubernamentales, la CGR observa que actualmente se encuentra limitada solamente a funcionaros de la ANH y no a la ciudadanía en general.
Aunque los PERS no apuntan a energización sólo con Electricidad, terminan centrándose en este energético. Más de la mitad de las necesidades energéticas se resuelven con leña, cuyo sustituto directo es el GLP.
Se recomienda que el Control Macro en la CGR haga un análisis sobre el posible conflicto de interés de la ANH al ser regulador y recibir un porcentaje de la producción derivada de los bloques para exploración y explotación de hidrocarburos adjudicados.
La modelación, al ser exclusivamente estadística y aunque fue validada con el Censo nacional y con otros instrumentos como el Plan Indicativo de Expansión de Cobertura de Energía Eléctrica, PIEC 2016-2020, como en el ejercicio del PERS Nariño, aún presenta márgenes de error que deben ser corregidos en los ejercicios de planeación de proyecto o programa regional específicos.
Se recomienda que el Control Micro de la CGR haga un análisis de la rotación de talento humano en las áreas claves de ANH (Fiscalización, aprobación y asignación de áreas) para conocer si esto está afectando el desempeño misional de la ANH, tanto por la pérdida de conocimiento, como por la recurrente necesidad de entrenamiento para personal que permanecerá poco tiempo en la entidad.
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El Plan Nacional de Electrificación Rural PNER 2018-2031 requiere actualización para incluir los nuevos PERS terminados (Cesar, Putumayo, Norte de Santander y Orinoquía).
Como resultado de la auditoría realizada, la CGR considera que el cumplimiento de la normatividad relacionada con inversiones sobre plantas existentes asociadas al Cargo por Confiabilidad, resulta conforme en todos los aspectos significativos; frente a los criterios aplicados, destaca de manera general la terminación y operación de los proyectos analizados.
El cumplimiento de cada uno de los objetivos específicos para ejecución de los convenios PERS, así como las calidades y valor agregado de los productos, especialmente los proyectos y la política pública propuesta, se proponen como asunto a tratar en una auditoría de cumplimiento. Así como el cumplimiento del Decreto Ley 488 de 2017 que establece las condiciones del Plan Nacional de Electrificación Rural.
En el análisis de los informes realizados por las firmas auditoras contratadas para hacer el seguimiento a la Curva S de 4 proyectos de plantas que están en construcción y 3 proyectos de plantas que hicieron montaje de infraestructura para operar con combustibles líquidos.
• Auditoría de Cumplimiento a las Inversiones sobre Plantas Existentes Asociadas al Cargo por Confiabilidad Actuación Especial (DES – DVF). Publicado el 5 de julio de 2019
De los 4 proyectos en construcción, dos (Porce III y Termocandelaria) obtuvieron concepto de cumplimiento en la fecha de Inicio del Periodo de Vigencia de la Obligación -IPVO- y disposición total de la energía comprometida, en tanto que Miel I y Flores IV tuvieron incumplimientos al no entrar a operar con anterioridad al inicio de la vigencia de la obligación.
Fueron identificados los proyectos correspondientes a las categorías de Plantas Existentes con Obras y Plantas Especiales, aunándose los casos de plantas con proyectos de infraestructura para operar con combustible líquido, por ser objeto directo de la denuncia que motivó esta actuación. En febrero de 2019, XM S.A. E.S.P. reporta que se asignaron OEF a 7 plantas.
Analizando los casos de las tres plantas con adecuaciones para operar con combustibles líquidos, se observó que todas cumplieron con la fecha de entrada en operación anterior a la IPVO. En cuanto a los conceptos sobre la ENFICC comprometida vs la calculada, las plantas Flores I y Flores IV tuvieron un concepto favorable por parte de la firma auditora, en tanto que Termodorada presentó un sesgo entre los dos índices, pero la firma auditora determinó que esta diferencia se encontraba dentro de un rango tolerable.
Las plantas analizadas en esta auditoría aportan al Sistema Interconectado Nacional (SIN) 2.071 MW y en cuanto a Energía en Firme (ENFICC) representan 12.087,02 GW-h de OEF asignadas en 2012-2013 que equivalen al 16,7 % del total. Finalmente, y en la medida en que durante la ejecución de los 7 proyectos identificados no se presentaron incumplimientos, no hay efectos negativos significativos en la gestión del esquema del cargo por confiabilidad.
Respecto a la verificación de la ENFICC se tiene que parámetros declarados por los agentes para el cálculo de la ENFICC se verificarán mediante el mecanismo definido en el Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de
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En cuanto a la administración de garantías se observa, tomando como base la información reportada tanto por la CREG como por XM, que en cuanto a los atrasos que presentaron las plantas objeto de la actuación, éstas no reportaron documentos de ajustes de las garantías. Tampoco se encontró dentro del acervo de la información respecto a los eventos de no cumplimiento de entrada en operación, que bajo la normatividad requirieran contrato de respaldo.
2006. La contratación de la verificación de los parámetros estará a cargo del Centro Nacional de Despacho, quien definirá los Términos de Referencia observando lo dispuesto en la citada Resolución. En el análisis realizado se destacan deficiencias en la calidad de los informes de auditoría. Hay casos donde, si bien se calcula la ENFICC por parte del auditor, no se verifican los parámetros declarados para la planta. Así mismo, se tienen casos donde se verifican los parámetros, pero no se detallan los cálculos y el valor verificado de la ENFICC. Adicionalmente en cinco de los ocho proyectos objeto de esta actuación no se registra remisión del informe al auditado.
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Durante el primer semestre de la actual vigencia (2020), se realizaron veintitrés (23) auditorías, así: tres (3) auditorías financieras y veinte (20) auditorías de cumplimiento. Al 30 de junio de 2020 se encontraban finalizados todos los ejercicios auditores, los cuales fueron liberados y comunicados en su totalidad en el primer semestre de la actual vigencia.
Contraloría Delegada para el Sector Salud Según los resultados del Plan de Vigilancia y Control Fiscal de la Contraloría Delegada para el Sector Salud, con corte a 30 de junio de 2020, fueron realizados procesos auditores con una cobertura a $62.4 billones. Resulta relevante mencionar que el grueso del recurso auditado obedece a la auditoría financiera realizada a Administradora de los Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud (ADRES), donde fueron auditados $ 52,5 billones.
Entre las auditadas financieramente se encuentran dos instituciones del nivel central (Ministerio de Salud y Protección Social y Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud ADRES). Son ellas las que mayores recursos públicos gestionan en el sector salud, con lo cual es muy relevante su calificación final promedio de Control Fiscal Interno “Eficiente”.
La Contraloría Delegada para el Sector Salud cuenta con cincuenta y siete (57) sujetos de control, entre los que se destacan como entidades principales el Ministerio de Salud y Protección Social, principal orientador de la acción pública, El Instituto Nacional de Salud, la Superintendencia Nacional de Salud, la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA). De igual forma, hace control a 25 entidades prestadoras de salud (EPS) en todo el país, lo mismo que a siete Empresas Solidarias de Salud (ESS), y a dos Entidades Adaptadas al Sistema de Seguridad Social en Salud (EAS).
En relación con las auditorías de cumplimiento, fueron llevadas a cabo sobre veinte (20) sujetos de control, a saber: cuatro (4) entidades promotoras de salud, una (1) gobernación y quince (15) municipios. Llama la atención que las dos únicas calificadas como ineficientes, son una entidad promotora de salud y la gobernación. Doce municipios y dos entidades promotoras de salud fueron calificadas “con Deficiencias”; y una empresa promotora de salud y tres municipios alanzaron la calificación de “Eficientes”. En promedio la muestra de instituciones, teniendo en cuenta el volumen de los recursos que gestionan, a las que se les practicó la auditoría de cumplimiento, alcanza una calificación de Control Fiscal Interno “Con Deficiencias”.
Bajo su lupa también se encuentran aquellos organismos que son garantes de la ética en el ejercicio de las ciencias de la salud, como el Tribunal Nacional de Ética Médica y el Tribunal Nacional de Ética Odontológica. Igualmente, la Sociedad Nacional de la Cruz Roja, cinco colegios de formación en ciencias y tecnologías afines a la salud, las Juntas de Calificación de Invalidez y a las cooperativas conformadas con recursos públicos de empresas sociales del Estado de diferentes departamentos, con connotación supra departamental.
Así mismo, con corte a 30 de junio de 2020, en el marco del seguimiento permanente a los recursos involucrados en la mitigación de la emergencia económica, social y ecológica causada por la covid-19, se lideró la generación de una Advertencia General al Contrato No. 547 del 1 de abril de 2020, celebrado entre
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Gobernación del Departamento de Putumayo y Carrocerías Innova S.A.S por un contrato celebrado por un valor de $ 3.500.000.000.
• AN-810112-202036365-725000000, de resarcimiento: indagación preliminar Alcaldía Distrital de Cartagena de Indias. Contrato No.08 del 8 de abril de 2020, celebrado entre la Alcaldía y la persona jurídica VENTAS DISTRIBUCIÓN Y MARKETING, para la compra de pruebas rápidas aprobadas por el INVIMA para el diagnóstico y contención de la covid-19, en el Distrito de Cartagena. El contrato no fue pagado y se inició proceso de incumplimiento al contratista.
Fue desplegada una vigilancia permanente a los recursos asignados para la atención de la emergencia sanitaria a las EPS del país y a algunas de las Empresas Sociales del Estado, entre las que se destacan la E.S.E. Hospital Local de Cartagena. Sus resultados eran aguardados para el segundo semestre de la vigencia. La Contraloría Delegada para el Sector Salud liberó, con corte al 31 de mayo de los corrientes, dos (2) procesos auditores que tuvieron como objetivo emitir concepto sobre el manejo de los recursos SGP- vigencia 2018, presentando como resultados un hallazgo fiscal en cuantía de $103,6 millones. Para estos dos procesos auditores, el concepto emitido por la CGR sobre la materia o asunto evaluado, fue “Con Reserva”. Igualmente, el monto de recursos auditados correspondió al total recibido por los dos (2) entes territoriales durante la vigencia 2018 para los componentes del SGP, más recursos de Balance y Rendimientos Financieros por $24.103 millones. A continuación, son relacionados los casos de impacto de la Delegada para el Sector Salud: • AN-810112-36401-728545909, de resarcimiento: indagación preliminar a la Gobernación de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, por el Contrato No.3622020 celebrado con DM MEDICAL HEALTH CARE S.A.S. para el Suministro de elementos médicos para el Hospital Departamental para atender la emergencia sanitaria derivada por la pandemia. Fue emitida alerta por presuntos sobrecostos y se logró ajuste del mismo por valor de $728 millones.
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• Caja de Compensación Familiar del Casanare (Comfacasanare), 2019: Auditoría de Cumplimiento.
Contraloría Delegada para el Sector Trabajo A partir de la adopción de la nueva estructura orgánica y funcional de la Contraloría General de la República, la Delegada para el Sector Trabajo continuó el desarrollo de las auditorías programadas para el sector en el Plan de Vigilancia y Control Fiscal – PVCF de 2020.
En el primer semestre de 2020, se inició auditoría a los estados financieros de la Administradora, Fondos de Reservas Pensionales de Vejez, Sobrevivientes e Invalidez y Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos – BEPS - de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), mediante el examen del Estado de Situación Financiera a 31 de diciembre de 2019; el Estado de Resultados y el Estado de Cambios en el Patrimonio, con sus respectivas notas.
Los sujetos de control de la Contraloría Delegada para el Sector Trabajo tienen un presupuesto aproximado de $190,4 billones, de los cuales fueron auditados, durante el primer semestre de 2020, $60,9 billones, que representan el 32%.
Es destacable que, tanto al Administradora como el Fondo de Beneficios Económicos Periódicos BEPS, presentan opinión contable Sin Salvedades; el Fondo de Reserva Pensional de sobrevivientes generó opinión Con Salvedades y el Fondo de Reserva Pensional de Vejez y el Fondo de Reserva Pensional de Invalidez presentan opinión negativa. De igual forma, para la administradora y los cinco fondos, la opinión presupuestal es razonable.
La Contraloría Delegada para el Sector Trabajo cuenta con 65 sujetos de control, de los cuales se programaron para auditoría en el primer semestre ocho, esto es, el 12,3%. Relación de auditorías para el primer semestre 2020: • Ministerio del Trabajo, 2019: Auditoría Financiera. • Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP, 2019: Auditoría Financiera. • Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) 2019: Auditoría Financiera. • Caja de Compensación Familiar de Cartagena y Bolívar (Comfamiliar), 2019: Auditoría de Cumplimiento. • Caja de Compensación Familiar del Huila (Comfamiliar), 2019: Auditoría de Cumplimiento. • Caja de Compensación Familiar del Oriente Colombiano (Comfaoriente), 2019: Auditoría de Cumplimiento . • Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca (Comfenalco), 2019: Auditoría de Cumplimiento .
Atendiendo la metodología contemplada para el fenecimiento de sujetos de control que tengan más de un estado financiero individual, pero que no presenten estados financieros consolidados, y con fundamento en la opinión contable y presupuestal presentada, se feneció la cuenta fiscal de la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, por la vigencia fiscal 2019. De igual forma, fueron auditados los estados financieros del Ministerio del Trabajo y los Fondos adscritos al Ministerio: Fondo de Solidaridad Pensional-FSP, Fondo de Riesgos Laborales-FRL y Fondo de Pensiones Públicas-FOPEP, por la vigencia 2019. En esta entidad, la opinión contable fue Sin Salvedades y la opinión presupuestal Con Salvedades.
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Con fundamento en la opinión contable y presupuestal presentada, la CGR Fenece la cuenta fiscal del Ministerio de Trabajo, por la vigencia fiscal 2019.
Contraloría Delegada para el Sector Educación, Ciencia y Tecnología, Cultura, Recreación y Deporte
El Ministerio del Trabajo-Fondo de Solidaridad Pensional, presenta a 31 de diciembre de 2019, en la cuenta “Cuentas por Cobrar de Difícil Recaudo”, saldo por $9.132 millones, por concepto de las Resoluciones correspondientes a multas y sanciones impuestas por el Ministerio, con fecha ejecutoriada desde el 25 de febrero de 2002, hasta el 30 de diciembre de 2019; la exigibilidad de esta cartera presenta antigüedad desde hace 18 años, situación que conlleva que se encuentre prescrita cartera por aproximadamente $3.449 millones.
En la auditoría financiera a la Universidad del Pacífico se presentó imposibilidad de obtener evidencia suficiente de la razonabilidad de los saldos en los estados financieros, su veracidad, legalidad, exigibilidad de sus operaciones y el cumplimiento de las Normas de Contabilidad Pública, debido a que la entidad no entregó todos documentos solicitados durante el desarrollo del ejercicio auditor, no dio la clave de acceso a los aplicativos y no rindió oportunamente la cuenta en el SIRECI. Ante esta situación, se emitió ABSTENCIÓN de opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros de la Universidad, por la vigencia 2019.
El Ministerio registra incapacidades pendientes por recobro y pago de las EPS a 31 de diciembre de 2019, por $433 millones, valor que, confrontado con lo registrado en contabilidad por $1.183 millones, presenta diferencia por $750 millones. El Ministerio ha perdido así el derecho a solicitar a las Entidades Promotoras de Salud el reembolso del valor de las incapacidades por prescripción en los términos para realizar dichas reclamaciones. La situación configura un presunto detrimento al patrimonio y ha dado lugar a una indagación preliminar.
De igual forma, la opinión sobre la ejecución presupuestal de la Universidad del Pacífico para la vigencia 2019, es ABSTENCIÓN por cuanto las limitaciones al trabajo del auditor son materiales y generalizadas. En el ejercicio auditor realizado al proceso presupuestal de la Universidad del Pacífico fue verifiacada documentalmente la totalidad de los recursos manejados durante la vigencia 2019, en especial los provenientes del Presupuesto General de la Nación, por transferencias y los recursos asignados por estampillas. Como resultado de dicho análisis se hicieron evidentes inconsistencias por $1.244 millones debido al incumplimiento de obligaciones y la falta de controles y supervisión en el manejo de recursos de destinación específica. Sin embargo, dadas las condiciones en las que se desarrolló la auditoría no fue posible obtener mayor evidencia que resultara suficiente y adecuada.
Las cuentas por cobrar, contribuciones tasas e ingresos no tributarios por $7.675 millones presentan subestimación por $1.612 millones en el saldo de la cuenta contable, con la misma incidencia en la cuenta de Ingresos contribuciones, tasas e ingresos no tributarios. Esto obedece a que durante los doce meses del año 2019 se presentaron resoluciones sancionatorias que quedaron en firme y a que no se realizó el reconocimiento del hecho contable, de acuerdo con el periodo en que sucedieron los hechos económicos.
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La Universidad del Pacífico expidió la Resolución No. 0014 del 17 de enero del 2020, por el cual se cierra el presupuesto de ingresos y gastos de la Universidad del Pacífico para la vigencia fiscal rendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre del 2019. En el citado acto administrativo la entidad cierra el presupuesto de ingresos en $43.132 millones, cuando realmente el valor de los ingresos recaudados fue de $46.132 millones, según la información presupuestal reportada en CHIP. Esa información concuerda con la registrada en el libro de ingresos de presupuesto. De allí surge una inconsistencia de $3.000 millones entre ambos reportes.
cuenta aspectos como los siguientes: - A 31 de diciembre de 2019 se presentaba un déficit de efectivo o tesorería por $15.543 millones . - La base presupuestal para la vigencia 2019 fue incrementada en $3.931 millones, al incorporar al presupuesto de la vigencia recursos girados del MEN, destinados al pago de saneamiento de pasivos, que debían de estar plenamente reconocidos en la contabilidad de la UDLA, con corte a 31 de agosto de 2019. Esa incorporación originó una reserva por saneamiento de pasivos por $2.190 millones, sin estar debidamente soportada. - No fueron incorporados al presupuesto de la vigencia 2019 recaudos por cancelación de reservas de la vigencia 2018, por $129 millones y donaciones recibidas por $28 millones. - El saldo de efectivo en bancos por $5.347 millones no alcanza a cubrir los superávits de tesorería, las reservas y cuentas por pagar, que pasan para la vigencia 2020, los cuales suman $15.495 millones. - Se calcula un faltante de Tesorería por $10.148 millones para la vigencia 2019, el cual se constituye en detrimento patrimonial.
Revisado el manejo dado por la entidad a los recursos de Estampilla pro Universidad del Pacífico fueron encontrados pagos por $1.118 millones relacionados como Inversión, cuando en realidad pertenecen a conceptos asociados a gastos de funcionamiento. Se desconoce la destinación específica de dichos recursos. También se presentó inconsistencia en el acto administrativo de cierre presupuestal, que denotó deficiencias en el seguimiento a la información consignada en los diferentes reportes que presenta la Universidad el Pacífico. La información financiera no garantiza la función de servir de instrumento para que los diferentes usuarios fundamenten sus análisis para efectos de control, toma de decisiones y rendición de cuentas.
Contraloría Delegada para el Sector Inclusión Social Auditorías recursos SGP En la vigencia auditada 2018 fueron encontrados casos recurrentes de cantidades de obra no ejecutadas, otras realizadas sin observar las normas técnicas, abandonadas o sin funcionamiento, al igual que actividades contratadas no realizadas. También, contratos sin evidencia de ejecución, con constancias de cumplimiento por parte de la supervisión y pagadas. Fue un lugar común la demora en el inicio de los procesos precontractuales que dejaron a la población beneficiaria sin el cubrimiento de los servicios en el primer semestre de ese año, relacionados con Plan
Además, la Universidad del Pacífico incumplió con la constitución mediante acto administrativo de las reservas y cuentas por pagar presupuestales correspondientes al rezago de la vigencia 2019. Por otra parte, en la Auditoría Financiera a la Universidad de la Amazonía, vigencia 2019, aunque la opinión sobre los estados financieros fue “Sin Salvedades”, en materia presupuestal, la opinión fue “No Razonable”, teniendo en
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de intervenciones Colectivas PIC para salud y transporte y alimentación escolar.
estuvo a cargo de la Contraloría Delegada para el Sector Educación, Ciencia y Tecnología, Cultura, Deporte y Recreación.
En desarrollo del Plan de Vigilancia y Control Fiscal del año 2019, fueron surtidos 50 procesos auditores para vigilar los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP), con el fin de conceptuar sobre la gestión fiscal bajo los principios de eficacia, eficiencia y economía en los componentes de Salud, Propósito General, Educación, Primera Infancia, Alimentación Escolar y Agua Potable y Saneamiento Básico. En algunos entes territoriales se evaluó la transferencia de recursos a Resguardos Indígenas y al Programa de Alimentación Escolar (todas, fuentes de competencia de la Contraloría General de la República), así como el Desahorro FONPET.
La actuación abarcó los 29 departamentos del país que albergan resguardos indígenas. El alcance fue de 785 resguardos, los cuales a la fecha de corte de la Actuación Especial de Fiscalización contaban con $1.040.466 millones de las cinco vigencias auditadas. Resulta pertinente señalar que la Contraloría Delegada para el Sector Educación, Ciencia y Tecnología, Cultura, Recreación y Deporte liberó, con corte al 31 de mayo de los corrientes, seis (6) procesos auditores que tuvieron como objetivo emitir concepto sobre el manejo de los recursos SGP- vigencia 2018, presentando como resultados 36 hallazgos fiscales por $829 millones y beneficios del proceso auditor por $157 millones.
Los resultados arrojados en estas 50 actuaciones de control fiscal, que fueron publicados en el segundo semestre de 2019, se resumen en la configuración de 195 hallazgos con incidencia fiscal por valor de $20.847 millones.
Con base en el análisis efectuado a la materia o asunto evaluado por la Contraloría General de la República, en cinco (5) procesos auditores el concepto de la evaluación emitido fue “Con Reserva” y solo en uno (1), municipio de Moniquirá, el concepto fue Adverso.
Los recursos del Sistema auditados en el 2019 alcanzaron $9,8 billones, de los $36,6 billones transferidos a los Entes Territoriales a nivel nacional.
El alcance de las seis auditorías de cumplimiento del Sector Educación, Ciencia y Tecnología, Cultura, Recreación y Deporte corresponde a los recursos asignados a través del Sistema General de Participación (SGP) a los municipios por los diferentes componentes, teniendo en cuenta la última doceava del año 2017 y las once doceavas del año 2018, así como los recursos del balance y rendimiento financieros, para un total de recursos evaluados de $70.731 millones.
También fueron auditados recursos por $344.000 millones, correspondientes a las vigencias 2016, 2017 y primer semestre de 2019 a los municipios de Ricaurte, (Nariño), Puerto Nariño (Amazonas) y Soledad (Atlántico), y al departamento de Nariño. Por otra parte, en el PVCF 2019 se inició Actuación Especial de Fiscalización a los recursos de la Asignación Especial del Sistema General de Participaciones para resguardos indígenas administrados por las entidades territoriales y los resguardos indígenas certificados, durante las vigencias 2015 a 30 de junio de 2019. Esta actuación
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y $44.060 millones, a personas que no se encontraban afiliadas a la EPS. Del mismo modo, $118.783 millones fueron girados de manera injustificada y sin respaldo a Century Farma, suma cuya recuperación es improbable.
Contraloría Delegada para el Sector Social EPS Medimás Al auditar los recursos para la salud administrados por la EPS Medimas, vigencias 2018 y primer semestre de 2019, surgieron 33 hallazgos, de los cuales doce tienen alcance fiscal en cuantía de $635.655 millones. Fue solicitado el inicio de cinco indagaciones preliminares.
Las irregularidades incluyen pagos por servicios médicos superiores a lo presupuestado por $21.430 millones y medicamentos por encima del valor regulado, por $28.490 millones. Aparece un contrato con la institución prestadora de servicios ESIMED (Estudios e Inversiones Médicas S.A), la cual ya está en liquidación. Medimás también generó anticipos por $137.786 millones no legalizados.
Incumplimientos materiales por pagos de servicios médicos por usuarios fallecidos, falta de modificación de la Cláusula de Precios Regulados y Anexo Técnico hacen parte de las evidencias. También se relacionan en ellas pagos realizados por Medimás EPS SAS relacionados con servicios de salud prestados a afiliados con anterioridad al 1º. de agosto de 2017, pagos por servicios médicos con valor superior al previsto en el anexo técnico y pago de medicamentos con precio superior al regulado. Igualmente, pago de facturas anuladas, pago de valores que superan el valor total de la factura, pagos de servicios médicos a no afiliados, lo mismo que debilidades en la consolidación y depuración de los registros Individuales de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) de las IPS, vigencias 2018 y 2019. Saltaron a la vista inconsistencias en las cuentas por cobrar y cuentas por pagar por servicios de salud a los usuarios de Medimás EPS SAS, de conformidad con la circularización realizada por la CGR.
Hospitales públicos En virtud de los controles excepcionales a Hospitales Públicos, la Contraloría Delegada para el Sector Social estableció 294 hallazgos administrativos, de los cuales 80 tienen incidencia fiscal por detrimento patrimonial en $89.900,8 millones. Veinte de ellos tienen posible incidencia penal y 237 presunta incidencia disciplinaria. De igual forma, quedó contemplado el inicio de 15 indagaciones preliminares para establecer todos los elementos para procesos de responsabilidad fiscal. Entre los hospitales con mayor problemática, tenemos: En la ESE Hospital Universitario San Jorge de Pereira, vigencias 2016, 2017, 2018 y primer trimestre de 2019, se evidenció: • Adquisición de material de osteosíntesis, medicamentos con precios que superan el valor promedio de referencia y el valor de medicamentos regulados, reportado por el Ministerio de Salud a través del SISMED, para las vigencias 2016, 2017, 2018 y primer trimestre de 2019 por $430 millones e irregularidades en el suministro de raciones alimenticias por $172 millones.
Las auditorías a las facturas por la prestación de los servicios, realizadas por IQ Consulting y SyC (Sistemas y Computadores), fueron mal ejecutadas, situación que conllevó a la aprobación de las facturas y pagos a quienes no se les debía. Entre los casos más relevantes se encuentra el pago de $3.695 millones en servicios médicos a personas fallecidas
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• Pérdida de recursos públicos por obras inconclusas y deficiencias de planeación en lo referente a mantenimiento y obras hospitalarias, por $6.564 millones. • Perdida de recursos públicos por $410 millones por pago de comisiones irregulares para el cobro de la cartera de la ESE. • Pagos indebidos a empresas de servicios temporales de personal médico, asistencial y administrativo por $701 millones. • La ESE no cuenta con un sistema ágil, oportuno y eficiente de gestión de cobro, ya que se evidenció un incremento considerable de su cartera por venta de servicios de salud, pasando de $67.646,5 millones en el 2016 a $88.792,6 millones en el 2017 y $111.043 millones en el 2018, lo que conllevaría a problemas de liquidez que no le permitirían a la ESE cumplir con el pago de sus obligaciones.
Supersalud al Hospital en los primeros meses del año 2019. • Problemas de liquidez que ponen en riesgo la sostenibilidad financiera de la ESE. • Déficit presupuestal acumulado por $54.717 millones a 31 de diciembre de 2018, debido a compromisos asumidos por encima del recaudo efectivo. • Disminución de los ingresos operaciones de la ESE HSJM producto de la menor facturación asociada a la prestación de servicios de salud en las vigencias auditadas. Y en la ESE Alejandro Próspero Reverend: • Incremento, desde el año 2016, del déficit en los resultados del ejercicio, ejecutando la operación del desarrollo del objeto misional con base en lo presupuestado y no con base en el recaudo, conllevando a desequilibrio presupuestal y pérdida en el resultado del ejercicio de la vigencia. • Las cuentas por pagar han aumentado progresivamente, pasando de $8.809 millones, en la vigencia 2016 a $13.212 millones, con corte marzo de 2019. • Pérdida de recursos por glosas en venta de servicios por $5.196 millones. • Con corte 30 de marzo de 2019, la cartera reportada por la ESE ascendía a $19.937 millones. De estos, el 63,4%, equivalente a $12.643 millones, tiene antigüedad superior a 360 días y genera un déficit de carácter financiero y operativo que no le permiten a la entidad avanzar en el proceso de saneamiento de deudas. • Debilidades en los procesos de contratación que no permiten un control adecuado en el cumplimiento y ejecución de los mismos, lo mismo que servicios pagados y no prestados por los cuales fueron hechos hallazgos fiscales por $690 millones.
Por su parte, en la ESE Hospital San Jerónimo de Montería, para las mismas vigencias, fueron establecidos. • Sobreprecios en la adquisición de insumos médicos, reactivos e insumos para banco de sangre y laboratorio clínico durante los años 2016 a 2018 por $472 millones. • Adquisición de medicamentos con precios que superan el valor promedio de referencia reportado por el Ministerio de Salud a través del SISMED para las vigencias 2016, 2017, 2018 y primer trimestre de 2019, por alrededor de $1.233 millones. • Pérdida de recursos públicos por cartera no reconocida en el proceso liquidatorio de Caprecom EICE, por $6.700 millones en el año 2016 • Pérdida de recursos públicos en la cartera de la ESE HSJM por $22.455 millones, debido a la prescripción de las acciones jurídicas en contra de las diferentes entidades responsables de pago. • Pagos indebidos por $250 millones por concepto de honorarios, viáticos y gastos de viaje durante el proceso de intervención de la
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Reparación a las víctimas
En consecuencia -y contra lo esperado por esta Unidad- los sujetos no son reparados de manera pronta, oportuna y eficaz, con lo que resultan revictimizados. El incumplimiento de las acciones y plazos acordados en los PIRC afectan la confianza institucional. Es un hecho que han sido generadas expectativas que finalmente no se van a cumplir y que tienen seria incidencia en el daño colectivo.
De acuerdo con el presupuesto ejecutado durante el 2018 por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, por concepto de indemnizaciones administrativas fueron pagados $566.291.832.561. En auditoría realizada quedó establecida la inexistencia de una ruta o procedimiento para acceder a la indemnización administrativa de 1.140.145 (55%) de pagos pendientes por realizar a 31 de diciembre de 2018. Resaltamos aquí la gravedad del incumplimiento a la orden judicial de la Corte Constitucional prevista en el art. 7 del Auto 206 de 2017. De igual forma, se evidenciaron barreras a las víctimas para obtener el formulario de solicitud de indemnización administrativa, establecido por la Resolución 1958 del 6 de junio de 2018.
Es claro además que los bienes administrados por el Fondo para la Reparación de las Víctimas y Monetización no cumplen con criterios de rentabilidad. Se observa ineficiencia en la monetización, así como incumplimiento de la normatividad vigente. Infraestructura Deportiva En la Actuación Especial de Fiscalización a los recursos invertidos en infraestructura deportiva por el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes), en las vigencias 2015 a 2018, se estableció que se cumplió parcialmente con los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, y en términos generales con la normatividad legal vigente en materia contable, financiera y contractual.
De otro lado, en el Programa de Reparación Colectiva sólo el 1% (6 sujetos de reparación colectiva) de los 631 incluidos en el Registro Único de Víctimas (RUV), ha sido reparado de manera integral y completa de acuerdo con las acciones planeadas y concertadas para la reparación, denotando una pírrica cobertura al finalizar el 2018. Otro incumplimiento evidente es el de las metas de reparación colectiva definidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 y del Plan de Acción de la UARIV, presentando bajo avance en el indicador: “Sujetos colectivos víctimas que cuentan con al menos dos medidas de reparación administrativa implementadas”, donde la meta para el periodo 2014-2018 fue 2019 y se presentó avance de 133.
Fueron evidenciadas sí deficiencias en los procesos de planeación, ejecución, seguimiento y control en la contratación celebrada con los recursos provenientes de los aportes de Coldeportes, durante las vigencias 2015 a 2018. En los casos de cuentas bancarias a las que llegaron recursos desembolsados por Coldeportes y que generaron rendimientos financieros, fue generalizado que los entes territoriales no realizaran la debida devolución a la Dirección del Tesoro Nacional, contrariando así lo estipulado en los convenios respectivos.
En relación con las comunidades étnicas que deben recibir un tratamiento especial y diferenciado en las medidas de reparación, de acuerdo con los Decretos 4633, 4634 y 4635 de 2011, no han sido implementados planes de reparación colectiva en su totalidad.
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En algunos municipios la devolución se efectuó de manera parcial y otros están esperando la etapa de liquidación del convenio para realizar la devolución, desconociendo que los rendimientos financieros deben reintegrarse dentro de los diez días siguientes al mes en que se causan.
Finalmente, en la revisión general de la infraestructura deportiva del país se observa abandono y falta de mantenimiento general por parte de Coldeportes y las entidades territoriales. No se observa un ánimo de preservar en las mejores condiciones los escenarios deportivos construidos. Hay deterioro progresivo de las obras y la calidad y el servicio de los escenarios deportivos deja mucho que desear. Es forzoso concluir entonces que las autoridades responsables no han cumplido con su obligación de dar sostenibilidad y mantenimiento a las obras construidas en el marco de los convenios interadministrativos contratados.
En términos generales, la CGR encontró debilidad en la planeación de los proyectos de infraestructura deportiva. Hay proyectos de obra contratados por los municipios incompletos en su documentación técnica (estudios y diseños). Eso ocurre a pesar de que Coldeportes surte una etapa de viabilización técnica de los proyectos que los municipios le presentan para cofinanciar. Existen obras entregadas por contratistas que están sin uso o presentan baja calidad. Huy sufren distintos niveles de afectación, pues dificultan el uso por parte de la población.
En desarrollo de la presente Actuación Especial de Fiscalización se establecieron 257 hallazgos administrativos, de los cuales 180 tienen presunta connotación disciplinaria, 55 tienen incidencia fiscal por $11.399 millones, uno (1) con presunta connotación penal; en uno (1) se solicitará el inicio de Indagación Preliminar; tres (3) con solicitud de proceso administrativo sancionatorio, seis (6) con otras incidencias y 52 beneficios de auditoría: 49 por $640 millones y tres cualitativos.
Con respecto al estado de las obras, en términos generales fue comprobado el cumplimiento de los proyectos cofinanciados entre Coldeportes y los entes territoriales. Se evidenciaron 14 proyectos de 562 revisados (2,5%), sin ningún avance de obra. En contraste, 391 obras han sido entregadas a la comunidad (aproximadamente el 70%).
Viabilidad Financiera del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio
Coldeportes le asigna a un profesional la supervisión simultánea de una gran cantidad de convenios. En algunos casos son más de 200 distribuidos en todo el país. De esta manera, la CGR encuentra que el ejercicio de supervisión realizado por Coldeportes está limitado en su resultado real, ya que para un solo profesional no es posible cumplir con la verificación óptima de este número de obras. Así las cosas, Coldeportes acusa debilidad en el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución de los recursos que aporta en los convenios que celebra con los municipios.
Analizado el Estado de Situación Financiera a 31 de diciembre de 2018, el patrimonio del fondo presenta saldo negativo en cuantía de $-1.872.141 millones, ocasionado por la pérdida del ejercicio 2018 y las acumuladas de vigencias anteriores. De las diecisiete (17) vigencias reportadas y analizadas, solo en cinco (5) de ellas, que representan el 29%, el FNPSM presentó utilidad. A 31 de diciembre de 2018, con la pérdida del ejercicio, el Fondo presenta un total acumulado de $-4.283.772 millones, situación que afecta notablemente el Patrimonio de la entidad, que, de continuar así y no tomar
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acciones correctivas, haría que la misma sea antieconómica e insostenible en el tiempo.
obtener la recuperación de dichos recursos a favor de la ANI. Por lo anterior, se presenta un saldo a favor de la Agencia, debido a que los recursos contemplados en el contrato ya fueron remunerados al concesionario sin que algunas de las obras hayan sido ejecutadas, lo cual fue confirmado en los laudos números 1, 2 y 3. Este hecho origina un presunto detrimento al patrimonio público del Estado en cuantía de $381.239 millones.
La pérdida del ejercicio y de los ejercicios anteriores se origina en las provisiones de procesos judiciales y las cuentas por cobrar, así como en el el cálculo del deterioro. Sobre este último no existe certeza en la medida en que fue calculado con base en cuotas partes pensionales no reconocidas por las entidades territoriales y en las correspondientes al orden nacional que no han sido suprimidas de acuerdo con lo establecido en la Ley 1735 de 2015. Esta situación que se refleja en el Estado de Resultado a 31 de diciembre de 2018, en el cual se reportan Gastos por $854.949 millones, de los cuales el 92,40% corresponden a deterioro, depreciaciones, amortizaciones y provisiones por $790.004 millones.
Fondo Adaptación Macroproyecto Jarillón de Cali- Torres de Almádina -Contrato J0364/2017. El Fondo Adaptación suscribió el contrato 181/2013 con el promotor de vivienda Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca (Comfandi), con el fin de proveer hasta 6.000 soluciones de vivienda para reasentamiento de hogares en riesgo no mitigable por inundación, beneficiarios del proyecto Jarillón de Cali. Para atender las obligaciones de este contrato Comfandi suscribió el 31/10/2017 promesa de compra venta (J0364/2017) con ARTEKTON para la entrega de 700 soluciones de vivienda que hacen parte del proyecto Torres de Almádina.
En estas condiciones el FNPSM presenta un alto riesgo como administrador de las prestaciones causadas, al omitir la acreditación de niveles adecuados de Patrimonio que permita cumplir con sus objetivos misionales. Situación que resta confiabilidad a la realidad económica y financiera del FNPSM.
Contraloría Delegada para el Sector de Infraestructura
Con corte a 30 de abril de 2019, se encuentra vencida la entrega de las tres primeras etapas, correspondiente a 460 unidades de vivienda, por lo cual se ha incumplido con el objeto contractual. La anterior situación está probada en comunicación CD-051106-V010010201 del 26/04/2019 de Comfandi dirigido a la Aseguradora en donde notifica el incumplimiento de la promesa de compra venta y es complementado con el oficio E-2019-004661del 25 de mayo de 2019 dirigido a Contraloría en donde el Fondo informa las acciones adelantadas frente al incumplimiento de las obligaciones del contratista del Proyecto Habitacional ‘ Torres de Almádina’, Plan Jarillón de Cali (PJC).
Agencia Nacional de Infraestructura- ANI Proyecto Concesión Autopista Bogotá — Girardot. Contrato No. 040 de 2004 Una vez proferidos los laudos 1 y 2, estos fueron trasladados por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca - sección tercera, a la Superintendencia de Sociedades con los oficios de Junio 2 y 19 de abril de 2016, buscando que dichas obligaciones fueran incorporadas al proceso de reorganización empresarial seguido en dicha entidad; sin embargo, han transcurrido más de tres años para el caso de los fallos de los tribunales números 1 y 2, sin
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Esta situación se constituye en un presunto incumplimiento del objeto contractual, si se tiene en cuenta que el contrato no es para la ejecución de obras, sino para la venta y entrega de soluciones de vivienda habitable. De igual manera, no es posible que el contratista cumpla con el objeto del contrato dentro del plazo establecido (agosto 30 de 2019), es decir, dar entrega de las 700 soluciones de vivienda con sus respectivos certificados de habitabilidad en los tres meses restantes. Por lo anterior, la CGR considera que se ha dado un manejo deficiente de los recursos entregados por concepto de anticipo y acta pagada. Se ha generado entonces un presunto detrimento al patrimonio público por valor de $13.299 millones.
Ley 489 de 1998; artículos 3 y 26 de la Ley 80 de 1993; Artículo 3 de la Ley 610 de 2000; Artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011 y las correspondientes cláusulas contractuales del contrato de obra e interventoría. Control Excepcional Empresa de Transporte del Tercer Milenio Transmilenio S. A. -Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá – SITP • Recursos del FET destinados a instalación de equipos del sistema integrado de recaudo en flota no disponible – Presunta incidencia Fiscal TRANSMILENIO autorizó al concesionario del SIRCI la compra de equipos para ser instalados en los buses, sin que la flota estuviera disponible para su instalación; al no ser instalados estos equipos, no entraron en operación y como consecuencia de ello, el concesionario solicitó el restablecimiento del equilibrio económico ordenándose a favor del concesionario una compensación, la cual puede configurarse en un presunto daño al patrimonio público en cuantía de $2.100 millones, empleando para ello recursos del Fondo de Estabilización Tarifaria.
Unidad Administrativa Especial De Aeronáutica Civil -AEROCIVIL Funcionalidad de Sistemas y Calidad de las obras del Contrato 14000149-0K-2014 En visita realizada al Aeropuerto Perales de la ciudad de Ibagué, se evidenció que los sistemas de cámaras de ventilación mecánica y de red contra incendios que fueron cobrados y pagados, no tienen funcionalidad. Por ende, todos los ítems que comprenden estos sistemas no están adecuados para cumplir la finalidad para la que fueron adquiridos e instalados, los cuales se cuantificaron por la CGR en $4.700 millones. Adicionalmente, se evidenció que se cobraron y pagaron cantidades de obra superiores a las realmente ejecutadas, sin que estas cumplieran con las calidades técnicas exigidas en el contrato y calculadas por la CGR en $1.336 millones.
• Estudio técnico y financiero para actualización de tarifa al usuario. Remuneración al Concesionario del Contrato 01 de 2011. Utilización recursos FET. - Presunta incidencia Fiscal En relación con el contrato 01 de 2011 y de acuerdo con la información solicitada y obtenida por la auditoría de la CGR, se identificó el laudo arbitral del 7 diciembre de 2016, en el cual se estableció que la EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIOTRANSMILENIO S.A. debe “… reliquidar a (…). el valor de la participación en el ingreso del SITP con base en la CLÁUSULA 59 del Contrato de Concesión, aplicando el valor de la tarifa al usuario, actualizada, de acuerdo
Son de bulto las deficiencias en la ejecución contractual, supervisión e interventoría, con lo cual se genera un posible daño patrimonial al Estado en una cuantía de $6.037 millones, por presunto incumplimiento del artículo 209 de la Constitución Nacional.; artículo 3 de la
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con la normatividad tarifaria, conforme lo dispone el Contrato, suma que asciende a COP $6.511 millones a marzo de 2015, por las razones expuestas en la parte motiva. Dicha suma deberá ser actualizada por las partes en la misma forma y con la misma metodología del perito hasta la fecha de este Laudo.”
para: “la REUBICACIÓN DE VIVIENDAS EN EL MUNICIPIO DE SUCRE - SUCRE”, fue posible evidenciar que, hasta la última verificación adelantada por parte de la firma interventora con relación al avance físico general del proyecto, esta reporta un porcentaje de 1,28%. De esta forma, los recursos invertidos hasta el punto en el que se encuentra el proyecto del presente análisis, no se han invertido de forma efectiva y eficiente para la ejecución de las obras, debido a que no fue entregado conforme a los plazos y las condiciones físicas, técnicas y de calidad establecidas en el contrato de obra No. 220-2016, no obstante, haber contado con plazo adicional para subsanar los retrasos y faltantes de obra; ocasionando que dichas viviendas no puedan ser entregadas y habitadas por sus beneficiarios, ni a la fecha generen un beneficio social real. Por lo anterior se estableció un presunto daño fiscal en la suma de $4.921 millones, cifra que corresponde a los valores cancelados al contratista de obra y certificados por la interventoría, con la aprobación del Fondo Adaptación.
La situación trajo como consecuencia la condena a Transmilenio por no haber realizado el aumento de la tarifa. Para el cumplimiento del laudo la empresa ordenó el pago actualizado con lo que se configuró un presunto daño fiscal en cuantía de $7.056 millones. Metrolínea: • Metrolínea S.A. debe prestar un servicio de transporte con unas garantías mínimas de seguridad, tanto para los usuarios del SITM como para los vehículos en el ingreso y salida del Portal de Girón, condición que no está dada. No existen allí las obras necesarias consistentes en carriles de aceleración y desaceleración, retorno operativo, patio-taller, puente peatonal, estabilización de taludes y recibo del alcantarillado por parte de la empresa EMPAS; elementos que no pueden calificarse como simples obras complementarias, sino que por el contrario constituyen condiciones mínimas y esenciales para la adecuada prestación del servicio y operatividad que se pretende garantizar a la ciudadanía con este proyecto de infraestructura, lo que generó un presunto daño patrimonial al Estado por $16.576.4 millones.
Ministerio de Transporte Los productos y el modelo financiero obtenidos mediante el contrato 253 de 2018 no fueron utilizados por el Ministerio de Transporte, ya que no correspondieron a la estructuración técnica ni financiera y no cumplieron con la necesidad, debido a deficiencias en la elaboración de los estudios previos y especificaciones técnicas por parte del Ministerio que permitieran cumplir con las expectativas generadas. Por esta razón, la entidad suscribió el contrato 490 de 2019 que define el modelo financiero que se tendrá en cuenta para la nueva concesión RUNT.
Fondo Adaptación Proyecto de Vivienda Sucre (Sucre).
En efecto, las debilidades en la planeación y específicamente en los estudios previos del contrato 253 de 2018, generan un presunto detrimento al patrimonio al público por valor de $1.000 millones.
Durante la visita de inspección física realizada los días 16 al 20 de marzo de 2020, por parte del equipo auditor de la CGR a los frentes donde se ejecutaron labores contractuales
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Cormagdalena
cuyo objeto fue la “Elaboración de los estudios y diseños para la construcción de la Casa de la Cultura de North End en el departamento del departamento Archipiélago San Andrés, Providencia y Santa Catalina”, por un valor de $324 millones, se observó que los recursos públicos pagados por el FNGRD a través de Fiduprevisora no cumplieron con el objetivo para el cual fueron asignados. Los estudios y diseños no fueron entregados de manera completa y definitiva dentro del plazo contractual, y además, presentaron deficiencias y/o graves errores, evidenciando el incumplimiento de las obligaciones específicas contempladas en los estudios previos establecidos en el proceso contractual del contrato de consultoría; sin embargo, se pagaron con cargo a recursos del presupuesto nacional a través del convenio interadministrativo No. 9677– SAPII013–374–2015.
Evaluado el Contrato de Obra 0244 de 2018, se encuentra una vulneración a los principios de la administración pública, al no actuar de manera eficiente, eficaz y oportuna frente a la grave situación que se venía presentando en la ejecución del contrato No. 02-02442018, celebrado bajo la figura de la urgencia manifiesta. Su fin era la construcción de las obras prioritarias de contención y recuperación inmediata de la línea de tablestaca colapsada en la terminal fluvial de pasajeros Yuma ubicada en el municipio de Barrancabermeja. Frente los incumplimientos del contratista, que no tenía desde un comienzo el equipo mínimo requerido aunado a la imposibilidad técnica para realizar esta clase de trabajos, y pese a todas las situaciones presentadas y que el grado de avance no superaba el 9% en el mes de diciembre de 2018, la administración de Cormagdalena no tomó acciones y fue permisiva al prorrogar el término del contrato y no hacer efectivas las respectivas pólizas del contrato. Por el contrario, continuó otorgando prórrogas y suspensiones hasta el 10 de junio de 2019; seis (6) meses después, el comité de contratación de Cormagdalena decide no prorrogar el contrato frente al informe de la interventoría en la que evidencia la imposibilidad técnica del contratista, en la que solo ejecutó el 28,69%, por un valor de $645,27 millones, generando un impacto social por la construcción del terminal del muelle fluvial Yuma del municipio de Barrancabermeja, indispensable para el trasporte fluvial de la Regional del Magdalena Medio, así como no cumplir con los fines de la contratación estatal, lo que conllevó a la pérdida de recursos por una obra inconclusa que no presta un beneficio social.
Por lo anteriormente expuesto, se genera un presunto daño patrimonial en cuantía de $324 millones correspondiente al valor pagado por concepto de los productos del contrato de consultoría para estudios y diseños. Controles Excepcionales 1 de junio de 2019 a 31 de diciembre de 2019. • Control excepcional - diseño y contratación para la construcción y adecuación de la carrera séptima al sistema Transmilenio vigencias 2016 - 2019 Como resultado de la auditoría realizada, la CGR determina que el cumplimiento de la normatividad relacionada con los criterios aplicados a la gestión fiscal de la Alcaldía Mayor de Bogotá, el IDU y la Empresa Transmilenio S.A.; respecto al asunto auditado presenta un Incumplimiento Material con Reserva, toda vez que la información acerca de la materia controlada para las entidades auditadas resulta conforme con los aspectos significativos, y estableció trece (13) hallazgos
Fondo Nacional de Gestión del Riesgo y Desastres Analizado el contrato 9677-SAPII-013-132-2016,
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administrativos, de los cuales nueve (9) tienen presunta incidencia disciplinaria, cuatro (4) con presunto alcance fiscal en cuantía de $449 millones, y tres (3) para Indagación Preliminar.
evaluadas y se determinaron dieciséis (16) hallazgos administrativos, de los cuales once (11) tienen presunta incidencia disciplinaria, uno (1) presunta incidencia penal, uno (1) tiene presunta incidencia fiscal por $271 millones y tres (3) hallazgos para indagación preliminar.
• Control excepcional empresa de transporte del tercer milenio Transmilenio S. A. Sistema integrado de transporte público de Bogotá – SITP
• Control excepcional, vigencias 2016 – 2019 empresas municipales de Cali – EMCALI E.I.C.E. E.S.P.
Como resultado de la Actuación Especial de Fiscalización, el concepto de la evaluación es “Deficiente gestión en el manejo de los recursos por parte de Transmilenio S.A. y en la supervisión y control de la información contable y financiera de los Contratos de Concesión 01 al 04 y 06 al 011 de 2010, que debía ejercer como ente gestor durante las vigencias 2015 al 2018,” y se constituyeron diez (10) hallazgos administrativos de los cuales dos (2) tienen presunta incidencia fiscal en cuantía de $9.156 millones y siete (7) presunta incidencia disciplinaria.
La Contraloría General de la República emite concepto “Adverso” sobre la gestión realizada por EMCALI, en relación con la planeación, estructuración y ejecución de los contratos evaluados y se constituyeron catorce (14) hallazgos administrativos, de los cuales cuatro (4) tienen presunta incidencia disciplinaria, uno (1) presunta incidencia penal y uno (1) con incidencia fiscal por $2.724 millones. • Control excepcional proyecto primera línea del metro de Bogotá —EMBCONTROL
• Control excepcional alcaldía de Santa Marta - distrito turístico, cultural e histórico empresa de servicios públicos de Santa Marta — ESSMAR E.S.P. Sistema estratégico de transporte público de Santa Marta – SETP
La Contraloría General de la República emitió concepto “Conforme” en los aspectos significativos de los objetivos y criterios aplicados y evaluados, y constituyó seis (6) hallazgos administrativos de los cuales, uno (1) tiene presunta incidencia disciplinaria y uno (1) para indagación preliminar.
Como resultado de la auditoría realizada, la Contraloría General de la República considera que el cumplimiento de la normatividad relacionada con la gestión de mejorar el abastecimiento de agua y la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, ejecutado con recursos propios para la ciudad de Santa Marta, no resulta conforme en todos los aspectos significativos, frente a los criterios aplicados. Igual situación se presenta en relación con la evaluación adelantada a la ejecución del contrato LPN001de 2018 por parte del SETP de Santa Marta. Por lo anterior, se emitió concepto adverso sobre la gestión realizada por las entidades
Controles Excepcionales de 1 de enero 2020 a 31 de mayo 2020 • Control excepcional - gestión fiscal respecto al uso del bien inmueble conocido como talleres de ferrocarriles nacionales de Colombia - alcaldía de Bello – Antioquia Luego de analizar a fondo la gestión fiscal de la Alcaldía de Bello, en el departamento de Antioquia, respecto al uso que se le ha venido dando al predio conocido como “ Talleres de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia” y de la ejecución de los contratos establecidos
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en el Auto que admitió el presente Control Excepcional, la CGR emitió un concepto de INCUMPLIMIENTO MATERIAL ADVERSO. Como resultado de la auditoría, la Contraloría General de la República constituyó siete (7) hallazgos administrativos, de los cuales cinco (5) tienen presunta incidencia disciplinaria, dos (2) con presunto alcance fiscal en cuantía de $166 millones, y dos (2) con presunta connotación penal, los cuales serán trasladados a las instancias competentes.
Contraloría Delegada para el Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones En la Delegada para el Sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones fueron auditados cuatro sujetos de control durante el primer semestre de 2020, así: • Autoridad Nacional de Televisión en liquidación – ANTV, vigencia 2019. • Canal Regional de Televisión TEVEANDINA LTDA., VIGENCIA 2019 • Fondo Único de Tecnologías de la información y las Comunicaciones – Fondo Único de TIC-, vigencia 2019. • Servicios Postales Nacionales S.A., vigencia 2019.
• Control excepcional municipio de Angostura – construcción coliseo de la zona urbana y la adecuación zonas de acceso al coliseo municipal zona urbana La Contraloría Delegada aprobó el informe final el 29 de mayo del 2020 y consideró que la gestión fiscal del Municipio de Angostura, en lo relacionado con las obras de los contratos para la construcción del coliseo y la vía de acceso al mismo para personas con movilidad reducida, no resulta conforme en los aspectos significativos, frente a los criterios aplicados. Por ello, emitió concepto adverso sobre la gestión realizada por el municipio de Angostura, con relación a la planeación, estructuración y ejecución de los contratos evaluados
Autoridad Nacional de Televisión liquidación – ANT V, vigencia 2019
en
Esta auditoría tuvo como objetivo general evaluar y emitir una opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros, vigencia 2018, y emitir una opinión sobre el fenecimiento de la cuenta fiscal. En desarrollo de auditoría fueron establecidos veinticuatro (24) hallazgos administrativos, de los cuales trece (13) tienen presunta incidencia disciplinaria. Sobre los estados financieros la opinión de la Contraloría es negativa, debido a la importancia de los hechos descritos en los hallazgos detectados la opinión es negativa. Los estados financieros consolidados no presentan la situación financiera de la entidad ANTV en Liquidación a 31 de diciembre de 2019, correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
Como resultado de la auditoría, la Contraloría General de la República constituyó diez (10) hallazgos administrativos, de los cuales nueve (9) tienen presunta incidencia disciplinaria, tres (3) tienen presunta incidencia fiscal por $150 millones, dos (2) tienen presunta incidencia penal y uno (1) fue remitido para indagación preliminar.
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En relación con el control interno financiero emitimos un concepto “Con Deficiencias”.
Aspectos relevantes: La entidad presentó debilidades al cierre de la ANTV al 25 de julio de 2019 en la preparación y presentación de la información financiera, lo cual era la base para que el liquidador estableciera sus saldos iniciales de que trata el Capítulo VII Transición del Marco Normativo para las Entidades en Liquidación. Esta situación tiene un impacto significativo en las cifras presentadas en los estados financieros a 31 de diciembre de 2019 de la ANTV por el ente liquidador, que no realizó el proceso de depuración para la revelación y presentación de los hechos económicos. En consecuencia, se observaron situaciones con un valor de incorrecciones de $378.589.704.560.
En lo atinente a la ejecución del presupuesto, la CGR encontró que el presupuesto de la ANTV para la vigencia 2019 no fue programado y ejecutado razonablemente en todos los aspectos materiales, de conformidad con las normas y principios presupuestales que le son aplicables. Con fundamento en la Opinión Contable Negativa sobre la Razonabilidad de los Estados Financieros y Presupuestal no Razonable al Presupuesto, la Contraloría General de la República no feneció la Cuenta Fiscal de la Autoridad Nacional de Televisión -ANTV en liquidación- por la vigencia fiscal 2019.
Como lo soporta cada uno de los hallazgos que hacen parte de los resultados de la evaluación de la ejecución presupuestal, de conformidad con las normas y principios que le son aplicables se presentaron deficiencias en la programación y ejecución, las cuales generan 10 incorrecciones por $175.030.6 millones, individualmente o de forma agregada, como se discriminan a continuación:
La Contraloría General de la República ha llamado la atención sobre las reservas constituidas con corte a 31 de diciembre de 2019 por la Autoridad Nacional de Televisión, que ascendieron a la suma de $2.731.938.883, las cuales, pese a lo reglado en el artículo 89 del Decreto 111 de 1996, fueron constituidas basándose en las Leyes 1873 de 2017 y 1940 de 2018 que establecieron que las obligaciones que no contaban con PAC no podrían constituirse como cuentas por pagar. Nótese que tanto las Leyes 1873 de 2017 y 1940 de 2018 como el artículo 89 del Estatuto Orgánico del Presupuesto se encontraban vigentes, lo cual creó una dificultad para la presentación de la realidad económica por parte de las entidades en la contabilidad presupuestal. Por esta razón, en relación con este asunto, la opinión sobre la ejecución del presupuesto emitida por la CGR para esta entidad “No contiene salvedades.”
• Se realizaron reintegros de recursos vigencias anteriores. por $1.086,2millones y baja ejecución del presupuesto de la ANTV en algunos rubros, lo cual conllevó a liberación de recursos • Deficiencias en el Recaudo de ingresos Presupuestales. • Deficiencias en el seguimiento al reporte de ingresos brutos reportados por los canales privados de televisión • No se apropiaron recursos el presupuesto para la provisión de las sentencias y conciliaciones, en el rubro A-03-10-01-001 cuenta 03 subcuenta 10 recursos 20 por $4. 188.millones • Reducción al anteproyecto de Presupuesto de Gastos para la vigencia 2019 formulado por la entidad.
Beneficios de auditoría: En desarrollo del proceso de auditoría realizado a la vigencia 2019, se establece un beneficio de auditoría cuantitativo por $1.2 millones.
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• En el presupuesto de gastos de Inversión de la ANTV dispuso recursos por $4.400.4 millones para financiar la convocatoria de Fomento a la Industria, sin embargo, parte de esos recursos por $682.7 millones no se ejecutaron. • Demora e improvisación en la solicitud, asignación y ejecución de recursos presupuestales para la liquidación de la entidad en la vigencia 2019. • Deficiencias en el saldo por $544.181.8 millones de la cuenta 198710 “Recursos entregados en administración, en relación con la clasificación de $11.023.1 millones. • Deficiencias en la programación y ejecución del PAC • Deficiencias en la programación y planificación de los gastos de inversión en la ejecución proyectos de Inversión y proyectos Especiales transferidos a Canales Regionales y deben reintegrarse, afectando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fueron asignados.
Opinión sobre los estados financieros: En opinión de la Contraloría General de la República, excepto por los efectos de lo descrito en el párrafo de fundamento de la opinión, los estados financieros de Teveandina Ltda., presentan fielmente en todos los aspectos, la situación financiera a 31 de diciembre de 2019, así como de sus resultados correspondientes al ejercicio terminado en esa fecha de conformidad con el marco de información financiera aplicable. Por lo tanto, la opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros es “Con Salvedades”. Concepto sobre control interno financiero: Se emite concepto “Con Deficiencias”. Opinión sobre la ejecución del presupuesto: En opinión de la CGR, debido a la importancia de los hechos descritos en el párrafo de fundamento de la opinión, el presupuesto de Teveandina Ltda. para la vigencia 2019 presento deficiencias en lo programado y ejecutado en aspectos materiales, de conformidad con las normas y principios presupuestales que le son aplicables. Por lo tanto, la opinión de la ejecución del presupuesto es “Con Salvedades”
La ANTV muestra muy baja ejecución de recursos, aspecto que se repite pues se observa también una baja efectividad en las acciones del plan de mejoramiento desde el 2017 donde se reitera esta situación. Todo esto conlleva a una opinión negativa de sus estados financieros, una ejecución presupuestal No razonable y por tanto no se fenece la cuenta.
Revisión de la cuenta: Con fundamento en la Opinión con salvedades de los estados financieros y la Opinión con salvedades de la ejecución presupuestal, la Contraloría General de la República Fenece la cuenta rendida por Teveandina Ltda., de la vigencia fiscal 2019.
Canal Regional de Televisión - TEVEANDINA LTDA., vigencia 2019 Esta auditoría tuvo como objetivo general evaluar y emitir una opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros, vigencia 2019, y emitir una opinión sobre el fenecimiento de la cuenta fiscal.
Beneficios de auditoría: En desarrollo del proceso de auditoría realizado a la vigencia 2019, se establecieron dos beneficios, uno cuantitativo por $1.8 millones (gastos por sanciones y multas) y uno de tipo cualitativo referido a la revelación contable de un proceso judicial que fue subsanado por la entidad.
En desarrollo de la presente auditoría se establecieron 13 hallazgos administrativos, de los cuales, diez (10) tienen posible incidencia disciplinaria y serán trasladados para su trámite a la instancia competente.
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Aspectos Relevantes:
Fondo Único de Tecnologías de la información y las Comunicaciones – Fondo Único de TIC-, vigencia 2019.
• Los hallazgos contables, que incidieron en la razonabilidad de las cifras, corresponden principalmente a la incertidumbre en el saldo de la cuenta Otros Activos- Intangibles y su efecto en el Pasivo Contingente, que asciende a $15.367.6 millones; la deficiencia en la conciliación de operaciones reciprocas con ANTV en Liquidación, que refleja una diferencia de $2.085.3 millones e incide en el saldo de la cuenta ingresos y el pasivo diferido; y el registro de pasivos exigibles que no se encuentran debidamente soportados, en cuantía de $262.8 millones.
Esta auditoría tuvo como objetivo general evaluar y emitir una opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros, vigencia 2019 y emitir una opinión sobre el fenecimiento de la cuenta fiscal. En desarrollo de la auditoría fueron establecidos dieciocho (18) hallazgos administrativos, de los cuales cuatro (4) tiene presunta incidencia disciplinaria, los cuales serán trasladados a las instancias competentes y un traslado para (1) Actuación Especial de Fiscalización – AEF.
• A la fecha de corte de la vigencia auditada, la entidad registró en Cuentas de Orden, una demanda en contra, con pretensión inicial de $34.000 millones, para la cual se ha dado aplicación a la metodología de reconocido valor técnico, para el cálculo de la provisión contable, establecida en la Resolución 353 de 2016 emanada de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y conforme a la calificación de la probabilidad de pérdida, este ha sido establecida como media.
Opinión sobre los Estados Financieros: En nuestra opinión, debido a lo significativo de los hechos descritos en el párrafo precedente, la opinión es con salvedades, debido a que los Estados Financieros presentan fielmente, en todos los aspectos materiales, la situación financiera a 31 de diciembre de 2019, excepto lo expresado en los hallazgos que forman parte de este informe, así como de sus resultados correspondientes al ejercicio terminado en esa fecha, de conformidad con el marco de información financiera aplicable, con fundamento en el modelo de evaluación implementado por la CGR.
• No obstante, esta situación, no ha sido revelada adecuadamente en las Notas a los Estados Financieros, lo que no permite contar con información, que, por su materialidad, requiere explicación a través de información que aporte valor agregado a los estados financieros y ponga de manifiesto los riesgos económicos para el canal, considerando que el valor económico indexado en el reporte e-kogui del 16 de marzo del 2020, es de $44.394.3. millones.
Concepto sobre Control Interno Financiero: Se emite concepto “Con Deficiencias”. Opinión sobre la ejecución del presupuesto: En opinión de la CGR, la preparación y ejecución del presupuesto del Fondo Único de TIC, a 31 de diciembre de 2019, fue realizada de conformidad con la normatividad y principios presupuestales que le son aplicables; las incorrecciones evidenciadas no son generalizadas ni materiales y no sobrepasa la materialidad de planeación, excepto lo expresado en los hallazgos, la opinión sobre la ejecución del presupuesto es con salvedades,
• Lo anterior, contraviene lo establecido en el Anexo de la Resolución 192 de 2016Procedimiento para la Evaluación del Control Interno Contable, de la Contaduría General de la Nación.
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con fundamento en el modelo de evaluación implementado por la CGR.
vencida a 25 de julio de 2019 y revisado el archivo a 31 de diciembre de 2019 la cartera vencida es de $1.933 millones.
Revisión de la cuenta: Con fundamento en la Opinión Contable y Presupuestal, la Contraloría General de la República fenece la Cuenta Fiscal del Fondo Único de TIC - por la vigencia fiscal 2019.
A 31 de diciembre de 2019, el Fondo Único de TIC depuró o castigó cartera de acuerdo con las cifras presentadas por el Grupo Interno de Trabajo de Cobro Coactivo al Comité de Cartera el 19 de diciembre de 2019, como consta en el Acta N°.01. La cartera depurada corresponde a 214 obligaciones por $949.2 millones en virtud de la prescripción de la acción de cobro, decretada mediante Resolución N° 240 del 13 de diciembre de 2019.
Aspectos Relevantes: • El 25 de julio de 2019 entró en vigencia la Ley 1978 de 2019 “por la cual se moderniza el sector de las tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), se distribuyen competencias, se crea un regulador único y se dictan otras disposiciones”, la cual ordenó la supresión de la Autoridad Nacional de Televisión-ANTV, distribuyó las funciones de la ANTV entre las autoridades del sector TIC e incluyó en la provisión de red y servicios de telecomunicaciones, la provisión de redes y servicios de televisión.
La depuración de cartera generó una disminución en la cuenta (1311) Cuentas por Cobrar – Contribuciones, tasas e Ingresos no Tributarios por $949.2 millones y una disminución en el resultado del ejercicio por el aumento en el gasto; como control fue registrada en la cuenta (8315.35) Cuentas de Orden Deudoras – Cuentas por Cobrar. Lo anterior debido a que el Fondo perdió la competencia para exigir coactivamente los derechos generados por dichas obligaciones; de acuerdo con lo revelado en la Nota N° 7 se obtuvo evidencia que a través de la información del Acta del Comité de Cartera N° 1 del 19 de diciembre de 2019, que el Grupo Interno de Trabajo - GIT de Cobro Coactivo revisó 254 expedientes físicos de los procesos de cobro coactivo iniciados en los años 2013 y 2014, así mismo, de las acciones de cobro de 218 obligaciones, 169 de estos mismos procedimientos administrativos, habían prescrito desde 2015, 2016, 2017, 2018 y en 2019.
• Durante los meses de agosto y septiembre de 2019 el Grupo Interno de Trabajo de cartera de la Subdirección Financiera del Ministerio adelantó el proceso de recepción de cartera de la ANTV en liquidación, la cual se efectuó por modalidad, operador de TV y obligación, con los correspondientes soportes en medios digitales e impresos, recibida de ANTV. • Fueron recibidos siete conceptos de “Cuentas por Cobrar” asociados a la Operación de la televisión, representados en 1.792 comprobantes entre los que se encuentran autoliquidaciones, liquidaciones oficiales, liquidaciones de ajustes y comprobantes por imposición de sanciones y el otorgamiento de concesiones y prórrogas. Una vez entregadas las actas, sobre las cuales se realizaron varias mesas de trabajo con el personal de ANTV en Liquidación y personal del Grupo de Cartera MINTIC, se recibió cartera vencida por un aproximado de $3.9 millones de cartera
La coordinación del Grupo Interno de Trabajo -GIT de Cobro Coactivo expuso en el citado Comité que la prescripción de la acción de cobro se configuró debido a que, en algunos casos, no hubo notificaciones del mandamiento de pago dentro del término de tres (3) años, establecido en la Ley 1369 de
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2009, contado a partir de la ejecutoria del Acto Administrativo impositivo de las multas, en materia postal. En otros casos, no hubo notificación del mandamiento de pago dentro del término de cinco (5) años establecidos en el artículo 817 del Estatuto Tributario. Notificado debidamente el mandamiento de pago, no se adelantaron en cada caso los trámites pertinentes para surtir el proceso de cobro coactivo dentro del término de la acción.
La opinión que se emite es “Con Salvedades”. Concepto sobre Control Interno Financiero: Se emite concepto “Con Deficiencias”. Sobre la ejecución del presupuesto, con salvedades: La planeación, programación y ejecución del presupuesto de Servicios Postales Nacionales S.A., a 31 de diciembre de 2019, fue ejecutado de conformidad con la normatividad presupuestal aplicable; sin embargo, se establecieron diferencias en la ejecución de los ingresos y en los gastos, que son presentados como hallazgos en el presente informe. Por tanto, la opinión sobre la ejecución del presupuesto es “Con salvedades”.
Este hecho ha sido reiterativo en los años 2013 a 2018 y la Contraloría ha comunicado el hallazgo respectivo, el cual se encuentra en el Plan de mejoramiento. Por los hechos descritos esta observación tiene presunta connotación disciplinaria debido a que el Fondo perdió la competencia para exigir coactivamente los derechos generados por dichas obligaciones. Adicionalmente, la CGR considera procedente adelantar una Actuación Especial con el fin de determinar las posibles incidencias fiscales inherentes a la situación expuesta.
Refrendación de las reservas presupuestales: Servicios Postales Nacionales S.A., por ser una empresa Industrial y Comercial del Estado no constituye Reservas Presupuestales.
Servicios Postales Nacionales S. A., vigencia 2019
Fenecimiento de la cuenta: Con fundamento en la Opinión Contable y Presupuestal, la Contraloría General de la República “Fenece” la Cuenta Fiscal Servicios Postales Nacionales S.A. - por la vigencia fiscal 2019.
Esta auditoría tuvo como objetivo general evaluar y emitir una opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros, vigencia 2019, y emitir una opinión sobre el fenecimiento de la cuenta fiscal.
Aspectos Relevantes: Servicios Postales Nacionales inobservó los principios de la Contabilidad, especialmente el principio de Devengo señalado en el numeral 5 del marco conceptual anexo de la Resolución 414 de 2014, el cual establece: “Los hechos económicos se reconocen en el momento en que suceden, con independencia del instante en que se produce el flujo de efectivo o equivalentes del efectivo que se deriva de estos. El reconocimiento se efectúa cuando surgen los derechos y obligaciones o cuando la transacción u operación originada por el hecho incide en el resultado del periodo.” Así mismo, el numeral 2.1.1.4 del anexo de la
En desarrollo de la presente auditoría se establecieron diez (10) hallazgos administrativos, de los cuales cuatro (4) tienen presunta connotación disciplinaria y fueron trasladados para su trámite a la instancia competente. Opinión sobre los Estados Financieros: Los Estados Financieros presentan fielmente, en todos los aspectos materiales, la situación financiera a 31 de diciembre de 2019, así como de sus resultados correspondientes al ejercicio terminado en esa fecha, de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
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Resolución 525 del 13 de septiembre de 2016 el cual señala: “Registro: El registro contable materializa la incorporación de los hechos económicos y la información financiera y permite el seguimiento cronológico, la clasificación en cuentas contables...”.
reconocimiento de este hecho económico en los Estados Financieros al cierre del mes de mayo de 2019. Su registro contable fue un débito a la cuenta 3.2.25.02 PERDIDA O DEFICIT ACUMULADOS (Por tratarse de una sanción de la vigencia 2016), contra un crédito a la cuenta 2.4.40.26 SANCIONES, atendiendo la consulta realizada a la CGN, la cual emitió el concepto de “CGN 20192000026501” del 19 de junio de 2019. Las decisiones en materia contable que adopte la CGN son de obligatorio cumplimiento para las Entidades del Estado. (Sentencia C-487 de 1997).”
Lo anterior por cuanto SPN, desde la vigencia 2016, tenía pleno conocimiento de la sanción que le impuso la DIAN por valor de $76.779.133.765, y a pesar de ello, no realizó las Provisiones respectivas, subestimando así la cuenta 2701 LITIGIOS Y DEMANDAS y la correlativa 5368 PROVISIÓN LITIGIOS Y DEMANDAS en ese valor y afectando con ello los Estados Financieros de las vigencias 2016, 2017, 2018 y el primer trimestre de la vigencia 2019.
“Dado lo anterior, y con el fin de cancelar la deuda, en la Ley 2008 del 27 de diciembre de 2019 “... Por el cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020...”, en su artículo 101, se autorizó a la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público para capitalizar al Operador Postal – Servicios Postales Nacionales S.A., hasta por la suma de ochenta mil millones de pesos (80.000 mll). “...Artículo 101. En desarrollo de lo establecido en el inciso segundo del artículo 119 del Estatuto Orgánico del Presupuesto autorizase a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público - para capitalizar al Operador Postal Oficial -Servicios Postales Nacionales, hasta por la suma de ochenta mil millones de pesos ($80.000.000.000) moneda legal colombiana...” .
La situación está detallada en las Revelaciones correspondientes a los Estados Financieros de la vigencia 2019: “Multas y Sanciones: La División de Gestión de Liquidación de la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá realizó visita de verificación y control a la Entidad; producto de esta fiscalización y según Resolución No. 03-241-201-673-0-1382 del 06 de septiembre de 2016, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, impone una multa a Servicios Postales Nacionales S.A., por valor de $76.752.821. El 14 de febrero de 2019 la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, libra orden de pago a favor de la Nación y a cargo de Servicios Postales Nacionales S.A. por la suma de $73.819.943, mediante Mandamiento de Pago No. 302000013; por lo consiguiente, la entidad procedió a celebrar el Acuerdo de Pago No. 002651 del 13 de mayo de 2019 con la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá; la decisión establece que el pago se realizará a una sola cuota el día 9 de mayo de 2020. (cifras en miles).
La situación descrita inobserva lo previsto en el literal b del artículo 8 de la Resolución 353 de 2016 que establece: “(...) b) Todo proceso que se pierda por la entidad en primera instancia se deberá provisionar por el valor de la condena y el mismo será registrado por el apoderado en el campo de captura del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa eKOGUI.” Las situaciones detalladas afectaron la realidad económica de Servicios Postales Nacionales en las vigencias antes
Con lo anterior, y debido a la materialización de dicha sanción, se procedió con el
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mencionadas y generó la reexpresión del Estado de Actividad Financiera de la vigencia 2018. De igual forma, desconoció el objetivo de la información financiera que establece el Marco Conceptual para la Preparación y la Presentación de la Información Financiera: “El objetivo de la Información financiera de las empresas es proporcionar información útil a los diferentes usuarios para que estos tomen decisiones de acuerdo con los intereses que tengan en la empresa.” (...) “Por ello en un entorno condicionado jurídica, económica y socialmente, las necesidades comunes de información financiera de los usuarios orientan los objetivos, las características cualitativas de la información financiera y los principios de contabilidad, así como las normas para el reconocimiento, medición revelación y presentación de los hechos económicos de las empresas.”.
En su respuesta la entidad indica que con la llegada de la nueva administración se eliminaron, redireccionaron, focalizaron y formularon nuevos proyectos, razón por la cual fueron solicitados recursos adicionales; sin embargo, al final del periodo solicitan la reducción del presupuesto en $6.982 millones, evidenciando que no requerían el total de los recursos que se habían adicionado en la mitad del periodo. Estos cambios en el manejo presupuestal terminan por afectar los indicadores de manejo presupuestal y principalmente la obtención de resultados concretos.
Contraloría Delegada para el Sector Vivienda y Saneamiento Básico A la fecha se están desarrollando dos (2) auditorías financieras en el nivel central, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio – MVCT y al Fondo Nacional de Vivienda Fonvivienda y en la Gerencia Departamental Colegiada de Santander, a la Empresa Pública de Alcantarillado de Santander S.A. ESP EMPAS.
La CGR analizó las modificaciones presupuestales para la vigencia 2019 realizadas por SERVICIOS POSTALES NACIONALES S.A, para los rubros de Funcionamiento Gastos de Operación y Comercialización e Inversión, evidenciando lo siguiente: En el rubro de Inversión – Infraestructura Física y Equipamiento inicialmente se habían apropiado recursos por $8.036 millones. En el mes de julio se produjo una adición por $13.200 millones para un presupuesto definitivo de $21.616.5 millones. Sin embargo, durante el periodo únicamente ejecutaron $12.294 millones, es decir, el 57,8%, dejando de ejecutar recursos por valor de $9.322 millones, que corresponden al 42%; como se muestra, adicionó una mayor cantidad de recursos de los que realmente se necesitaban realizando cambios en la programación y asignación de los recursos disponibles.
En lo que tiene que ver con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio – MVCT, como resultado de la auditoría vigencia 2019 en desarrollo, se evidenció que en los proyectos adelantados por el Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico “...de 11.850 proyectos de inversión en acueducto, alcantarillado, aseo y riesgo, llama la atención que de estos el 29,8% se encuentran terminados y el 59,5% es decir 7.049 proyectos han sido devueltos ...” , con proceso de trámite para viabilización superior a 4 años23. Esto representa una falla estructural del sector, que involucra a más actores porque tiene que ver con debilidades recurrentes en formulación y ejecución de proyectos de desarrollo sectorial.
23 Observación 22 para Informe
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Dentro del proceso auditor al Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda, se evidencian varias deficiencias en la segunda fase del Programa de Vivienda Gratuita II, cuya meta, de treinta mil (30.000) viviendas, a entregar en 2018, solo el 21% de viviendas han sido escrituradas. No obstante, la novedad en materia de vivienda son los subsidios con destino a pago de canon de arrendamiento, modalidad que debe ser evaluada y comparada con las otras modalidades, a efectos de aportar elementos para orientación de la política pública de vivienda de interés social en Colombia, a la luz de las nuevas circunstancias presentadas por la pandemia.
equidad en términos de vivienda y entornos dignos e incluyentes, es incipiente. Como único avance se pueden registrar acciones de tipo normativo, sin desarrollo durante la vigencia 2019. Informe sobre el Gasto Ambiental Sectorial Para esta evaluación fue seleccionado el presupuesto asignado al Programa de Manejo de Residuos Sólidos, del cual se observa una disminución que refleja que el Gobierno Nacional no ha priorizado la gestión en este aspecto, pese a contemplarlo en el PND. Además de la desfinanciación, la ejecución es baja; de todos estos proyectos, solo la consultoría para realizar los estudios y diseños necesarios para la construcción del nuevo relleno sanitario distrital y del plan de cierre y clausura de la celda transitoria de Córdoba, en el distrito de Buenaventura, lleva el 90% de ejecución, según lo informa el MVCT.
Informe sobre el Estado de los Recursos Naturales y del ambiente – IERNA Fue elaborado el capítulo correspondiente a este informe, enfocado en la gestión sectorial, en el marco del cambio climático y las acciones para detener la emisión de gases efecto invernadero – GEI. La principal conclusión es que el sector Vivienda y Saneamiento Básico está en mora de ofrecer resultados en los compromisos de su competencia, toda vez que no ha desarrollado los instrumentos normativos establecidos para los fines pertinentes, encontrándose a nivel de documentos Conpes, estudios y propuestas de gestión, recogidas en el denominado Plan Integral de Gestión de Cambio Climático Sectorial – PIGCCS, el cual se encuentra en proceso de adopción, según respuesta del MVCT.
Así mismo, los 4 proyectos planeados con recursos 2019 presentan una ejecución muy baja. Sólo están en ejecución: el proyecto “Formular una propuesta de ajuste al Decreto 596 de 2016 y a la Resolución No. 276 de 2016, sobre el esquema de la actividad de aprovechamiento y la formalización de los recicladores de oficio en el servicio público de aseo”, amparado en el contrato/convenio 777 de 2019, que lleva un 25% de ejecución y el proyecto “Construcción del relleno sanitario Magic Garden en San Andrés Islas”, el cual lleva un 25% de ejecución. El resto de proyectos están en etapa precontractual, en proceso de suscripción del convenio, o en proceso de inicio de obra, o como el caso del relleno sanitario de Garzón (Huila), en proceso de estructuración por parte del Municipio y el PDA del Huila, poniendo de esta forma en riesgo el cumplimiento del Conpes 3874 de 2016 y las metas del actual PND.
El avance en los compromisos relacionados con modelos de construcción sostenible, pertenecientes al pacto por la sostenibilidad, que se debe materializar en el objetivo de avanzar hacia la transición de actividades productivas comprometidas con la sostenibilidad y la mitigación del cambio climático, la estrategia de provisión de edificaciones e infraestructura sostenible, articulada con el Pacto por la
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En el Sector Turismo se mantuvieron recursos trasferidos del MINCIT a FONTUR en TES por $219.589 millones, de los cuales $165.808 millones (76%) corresponden a los años 2016, 2017 y 2018, con un plazo que oscilan entre 206 y 2.157 días, sin que dichos recursos cumplieran con su propósito de fortalecer el sector.
Informe del Gasto Público Social Esta evaluación demostró que hay rezago en las metas sectoriales anuales propuestas en el PND, en los programas Semillero de propietarios; Casa Digna - Vida Digna; Vivienda 100% Subsidiadas, entre otros. Los rezagos evidencian las dificultades que tiene el MVCT para dar cumplimiento a las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo.
En cuanto al contenido de las Fichas EBI y BPIN, no permitieron verificar la información registrada en el Sistema de Proyectos de Inversión- SPI, del Departamento Nacional de Planeación- DNP, hecho que genera incertidumbre sobre el adecuado control y seguimiento a la ejecución de estos recursos.
En cuanto a la asignación presupuestal, se observa que en 2019 el MVCT apropió recursos por $289.916 millones, en tanto que en 2018 lo hizo por $445.186 millones. No obstante, en 2018 obligó recursos por $34.861 millones mientras que, en 2019, obligó recursos por $43.946 millones, con lo que se observa un aumento en los recursos obligados.
Las Inversiones de la Zona Franca de Barranquilla para los años 2017 y 2018 por $3.692 millones difieren de lo ejecutado y contabilizado por $2.217 millones, señalando una diferencia por $1.475 millones, que implica una subestimación en la Cuenta: Propiedades de Inversión-Zona Franca de Barranquilla. Por este valor, además, se presenta un deficiente seguimiento en la contraprestación de la Zonas Portuarias de Palmaseca.
Por su parte, la Comisión de Regulación de Agua Potable (CRA) disminuyó la ejecución de sus inversiones en el 2019 frente al 2018 y, en total, el sector que incluye entidades como Fonvivienda, MVCT y CRA reportó una ejecución presupuestal de la inversión del 35% en el 2019, frente al 18.9% en el 2018.
Contraloría Delegada para el Sector Comercio y Desarrollo Regional
Auditoría Financiera Superintendencia de Sociedades En las Cuentas por Cobrar (subcuenta multas), con saldo $57.077 millones, al final de la vigencia de 2019, se observó que el 35% ($19.895 millones) de esta cuenta, supera los cinco (5) años de mora. En Cuentas por Cobrar (subcuenta Contribuciones), con saldo de $22.276 millones, al final de la vigencia de 2019, se observó que el 30% ($6.637 millones) de esta cuenta, supera los cinco (5) años de mora. En la cuenta “Prestamos por Cobrar por concepto de Prestamos de Vivienda a funcionarios”, y donde aparecen exfuncionarios que poseían el crédito al momento de retirarse de la Entidad, presenta un saldo por valor total de $8.733 millones, al final de la vigencia de
Auditoría Financiera. Ministerio. Industria y Turismo -MINCIT Los proyectos de inversión de 2019 ascendieron a un monto aproximado de $176.807 millones, desarrollados a través de los Viceministerios, Secretaria General y Oficina de Sistemas de Información, de manera que se permita el mejoramiento en sectores estratégicos para el país como son el Turismo, la industria y el Comercio, identificando falencias de planeación y ejecución de actividades para cumplir las metas identificadas.
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2019. Se evidenció que el 8% ($672 millones) de la misma, de Prestamos de Vivienda por Cobrar que supera los cinco (5) años de mora. También la cuenta 1605, terrenos, se encuentra subvalorada en $1.632 millones (el valor del terreno de la sede Cali se tomó el mismo valor de la sede de Bucaramanga en razón a que la entidad no envió el avaluó) y la cuenta 1640, edificaciones, se encuentra sobrevalorada por igual valor según avalúos del 2016.
Aunque en tales instancias resulta relevante el papel de FINDETER como proveedor del servicio de asistencia técnica, los proyectos evaluados permiten concluir que la misma se circunscribe a gestiones focalizadas en el componente administrativo, y no a la aplicación de criterios técnicos que permitan garantizar eficacia, celeridad y oportunidad en la satisfacción de las necesidades en materia de acueducto y saneamiento básico.
Contraloría Delegada para la Gestión Pública e Instituciones Financieras
En consecuencia, cuando los proyectos inician su ejecución contractual son objeto de modificaciones, reformulaciones, suspensiones, prórrogas y adiciones, situaciones que dilatan y encarecen la solución de las necesidades. En promedio para el universo de proyectos tomados como referente, se detectó que estos incrementan el plazo inicialmente previsto en un 68%, mientras que los recursos necesarios para financiar su ejecución implican adiciones que alcanzan en promedio el 9%. Al respecto, llama la atención encontrar proyectos en los que ha acontecido más de una reformulación, condición que desdice del rigor técnico con que se definen las modificaciones a ellos aplicadas.
Financiera de Desarrollo Territorial – FINDETER Servicios De Asistencia Técnica y Administración de Recursos en Proyectos de Agua y Saneamiento Básico La CGR realizó actuación especial de fiscalización a la gestión de los proyectos de acueducto y saneamiento básico en los que FINDETER presta servicios de asistencia técnica y de administración de recursos con corte a 31 de diciembre de 2018. Las principales situaciones detectadas tienen su origen en debilidades en la estructuración de los proyectos por parte de las entidades territoriales, en especial en lo que atañe a los requisitos de carácter técnico, legal y financiero, que conlleva a que en la fase de ejecución se presenten deficiencias en los estudios y diseños, en la gestión de permisos y licencias, en la estimación y disponibilidad de los recursos para su financiación, e incluso en la identificación de la necesidad a ser satisfecha.
Adicional a lo anterior, fueron identificadas deficiencias en las labores de seguimiento y control que ejercen los competentes en la gestión de los proyectos - MVCT, FINDETER e interventorías-, en tanto se detectaron situaciones de recibo de obras que no cumplen los criterios técnicos y de operatividad. En el contexto de un país con necesidades básicas insatisfechas, contrasta el hecho de encontrar proyectos que no se han materializado a pesar de haber iniciado su ejecución desde 2012 y haber proyectado su finalización en periodos que no superaban los doce, máximo 24 meses; o incluso que el proyecto finalice y no opere; que la infraestructura haya quedado inconclusa, y
Lo anterior, aunado a que la viabilización corresponde a un proceso en el que prima la verificación documental, sin que se efectúe procedimiento alguno que permita profundizar el conocimiento y análisis de la información allegada por los postulantes de los proyectos.
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que en algunos casos la ejecución del proyecto implique más de un proceso contractual para la misma finalidad.
designados, al autorizar el pago de obras no ejecutadas, sin cumplir con las condiciones técnicas pactadas o sin atender los diseños estructurales y/o las condiciones funcionales y de habitabilidad necesarias, al punto de identificarse un proyecto que en la actualidad genera riesgos para la vida de los beneficiarios de la ola invernal con casas a punto de colapsar. • No satisfacción de la necesidad del goce efectivo de los beneficiarios de las viviendas de interés prioritario aprobadas para sus familias como damnificadas por el “Fenómeno de ‘’La Niña 2010-2011”, no sólo manteniéndolas en riesgo sino además revictimizándolas y en algunos casos con beneficiarios que tienen a la fecha fallos de tutela que favorecen su derecho a la vivienda digna. • Incurrir en desgaste y costos administrativos adicionales por la atención de procesos judiciales, por los actos de invasión de que han sido objeto las viviendas de proyectos con fallas y/o inoportunidad en su ejecución. • No es efectiva la gestión del FA en la actualización de las pólizas de calidad y estabilidad de obra, lo que genera que los recursos públicos no estén protegidos y limita el accionar en caso de incumplimientos. • Debilidades del FA en el proceso de liquidación de contratos al no exigir el cumplimiento de cláusulas pactadas para la entrega de la documentación y archivo correspondientes, limitando con el control y seguimiento de los mismos.
La ineficiencia en la gestión, con base en los argumentos descritos, genera impacto negativo a nivel social por tratarse de servicios básicos para comunidades vulnerables. Como resultado de la actuación se constituyeron hallazgos por $25.344 millones. Fondo adaptación - Proyectos Identificados como críticos en el Aplicativo “ EN EL RADAR” La CGR, como resultado de la ACES adelantada a la muestra de los proyectos identificados como críticos en el aplicativo “En el RADAR” del Fondo Adaptación (en Adelante F.A), considera que la gestión fiscal y contractual evaluada no ha sido eficiente, y se establecieron cinco (5) hallazgos fiscales por $10.574 millones. A continuación, se relacionan las principales deficiencias detectadas: • Inoportunidad en la cobertura de las necesidades que se pretendía satisfacer frente a los damnificados del “Fenómeno de La Niña 2010-2011”. • Debilidades en los mecanismos de seguimiento, y control adoptados por el FA, como responsable de la oportuna recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el “Fenómeno de “La Niña 2010-2011”, así como de velar por la adecuada utilización de los recursos públicos destinados para este fin. • Ineficiencia en la aplicación de medidas oportunas durante la ejecución de la contratación suscrita, para el cumplimiento de planes de intervención de proyectos de vivienda en diferentes municipios. • Deficiencias de seguimiento de la interventoría de obra y de los supervisores
Sociedad de Activos Especiales SAS – SAE. Proceso Administración de los Bienes del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado - FRISCO Como resultado de la ACES adelantada al Proceso de Administración de los Bienes del FRISCO, la CGR basada en los principios de la gestión fiscal, considera que la gestión
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de la SAE es INEFECTIVA respecto de la administración de los bienes inmuebles con medidas cautelares.
depositario provisional de la extinta DNE, después de transcurridos cinco (5) años, aún no tiene un inventario actualizado, depurado y confiable sobre el estado administrativo, jurídico, financiero y económico de los activos.
En desarrollo de la actuación especial de fiscalización se determinaron 16 hallazgos con incidencia fiscal por valor de $8.157 millones, así mismo, se obtuvo un beneficio de auditoría por valor de $680.413 millones.
Por lo anterior, existen bienes sobre los cuales se ha perdido la titularidad producto de falta de oportunidad en el registro de medidas cautelares en el respectivo certificado de tradición y libertad; situación que generó que varios inmuebles fueran comercializados, enajenados, rematados y, que a la fecha, se encuentren registrados a favor de terceros.
Adicionalmente, como resultado de la Actuación Especial, la SAE suscribió tres (3) contratos de transacción por valor de $2.171 millones y realizó proceso de normalización de ocupación, a través de tres contratos de arrendamiento, por valor de $6.461 millones
• Efectividad en la cadena institucional
Lo anterior, se soporta en las siguientes evidencias:
Si bien, la ACES se realizó sobre las acciones de la SAE y los depositarios en la administración de los bienes inmuebles, se evidenciaron debilidades en otras entidades que participan en la cadena institucional; como la Fiscalía General de la Nación -FGN y la oficina de Registro de Instrumentos Públicos; frente a la comunicación de medidas cautelares y al procedimiento de englobe y desenglobe de predios afectados por estas medidas.
• Deudas al FRISCO por depositarios Provisionales De la muestra seleccionada de depositarios provisionales removidos por la SAE, se evidenció que a mayo de 2019 adeudan recursos al FRISCO por $5.502millones. Tal situación, obedece a una gestión deficiente en el cobro y recuperación de !os recursos en manos de depositarios removidos.
• Propiedad de los inmuebles
Adicionalmente, dentro de las acciones que adelanta la SAE, para realizar la recuperación (desalojo) de un inmueble que está ocupado ilegalmente, en ocasiones se ve truncado o es poco efectivo, toda vez, que debe contar con !a participación de otras entidades como la Policía Nacional, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, entre otras; que no brindan apoyo institucional de forma adecuada y/o oportuna; situación que se presenta inmuebles que fueron afectados con medidas cautelares por estar desarrollando en ellos actividades de micro tráfico de sustancias psicoactivas o narcóticos.
No obstante, que la SAE tiene la administración de los bienes del FRISCO, desde la vigencia 2014 y que con anterioridad ejercía como
Igualmente, se evidenció que cuando los inmuebles pasan a la administración y/o propiedad de otras entidades públicas, como
• Administración de Inmuebles Se determinó que aproximadamente $2.655.46 millones se están quedan en manos de terceros y no está ingresando al FRISCO originado en debilidades de los mecanismos de control y seguimiento en el recaudo de la productividad de !os bienes inmuebles
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es el caso del Fondo para la Reparación de Víctimas, esta transición no se presenta de forma adecuada, transcurriendo varias vigencias sin que se realice la entrega formal y material de los bienes, incrementando injustificadamente el inventario del FRISCO.
cuanto no tiene una acción persuasiva de cobro. • Estado de los inmuebles administrados Una de las herramientas que utiliza la SAE para realizar las ventas de los inmuebles con medidas de extinción de dominio, es a través de CISA; se evidenció que varios de estos inmuebles que se encuentran “transferidos” a esa entidad, presentan situación de abandono, llevando meses y hasta años, desocupados sin generar productividad, que garantice como mínimo su condición habitable o de conservación.
• Retomas tardías La CGR evidenció, que, pese a existir una remoción por parte de la SAE a depositarios que han presentado incumplimiento de sus obligaciones, estos continúan bajo su administración, debido a la falta de retoma física por parte de la SAE, situación que pone en riesgo los recursos de la productividad; toda vez, que el ocupante continúa cancelando los cánones de arrendamiento al depositario removido y tampoco se facilita que los ocupantes o arrendatarios continúen realizando los pagos de los cánones de arrendamiento, cuando los depositarios son removidos.
• Bienes proindiviso La SAE no cuenta con procedimientos claros y efectivos para el recaudo de la productividad generada y la venta del coeficiente de participación de los inmuebles en proindiviso; situación que conlleva a un alto riesgo de pérdida de los recursos generados por estos activos
• Procedimiento en las legalizaciones contractuales
Contraloría Delegada para el Sector Defensa, Justicia y Seguridad
En las visitas de campo realizadas por la CGR, se evidenció que los inmuebles que la SAE registra en estado de “ocupación ilegal” son aquellos que no tienen formalizado un contrato de arrendamiento; sin embargo, en muchos de ellos los ocupantes son de buena fe y muestran interés en realizar el proceso de normalización y legalización de la ocupación; sin embargo, la SAE no es oportuna y diligente en el trámite correspondiente.
Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario • Contrato 219-2013 establecimiento Buga Con motivo de la emergencia penitenciaria y carcelaria declarada por el INPEC, mediante la Resolución 1505 del 31 de mayo de 2014, la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios, SPC, hoy USPEC, suscribió el contrato de obra No 219 de 2013, cuyo objeto es “Construcción de un sector de mediana seguridad y obras conexas en el Establecimiento Carcelario y Penitenciario de Buga - Valle del Cauca, mediante el sistema de precios unitarios fijos sin fórmula de reajuste
• Acciones Legales para Cobro de Cartera La SAE no ha sido efectiva ni eficiente en las acciones de cobro de cartera, posterior a la expedición de la resolución que presta merito ejecutivo, dejando en manos de algunos depositarios los recursos percibidos por la productividad de los mismos; lo anterior, por
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de acuerdo con los estudios, diseños, planos y especificaciones suministradas por la SPC”, por un monto inicial de $55.344 millones y un plazo inicial de 8 meses, a partir del acta de inicio suscrita el 13 de enero de 2014. Durante la ejecución del contrato se han presentado adiciones en recurso que ascienden a la suma de $14.456 millones, para un total contratado de $69.800 millones; Igualmente, se han presentado prórrogas y suspensiones del contrato.
- Batallón de Sanidad – CRF-BASAN en Bogotá - Cundinamarca”, la Agencia Logística de las Fuerzas Militares (ALFM) mediante Resolución No. 1255 del 26 de diciembre de 2018 la cual resolvió en su articulado: “declarar el incumplimiento…”, “…declarar la caducidad…” y “…hacer efectiva la garantía de cumplimiento No. 400000873…” y mediante Resolución N°1063 del 11 de septiembre de 2019, la cual resolvió en su artículo primero: “declarar, el siniestro del amparo de buen manejo e inversión del anticipo...”, como consecuencia del incumplimiento decretado por la ALFM al Contratista quien no finalizó la ejecución de las obras, ocasionando la erogación de recursos que no cumplieron el fin para el cual fueron contratados.
En visita practicada en octubre de 2019 se pudo evidenciar que no hay ejecución del contrato por más de un año y que tampoco en este tiempo se ha efectuado labores de mantenimiento, reflejado en el hecho de presencia de maleza, polvo, filtraciones, las obras ejecutadas están en abandono, presentan graves deterioros y que no se cumplió la finalidad propuesta con la inversión de los recursos estatales.
En la verificación de la auditoría se observó que los recursos públicos invertidos en la Construcción del Proyecto denominado: “Centro de Rehabilitación Funcional - Batallón de Sanidad – CRF-BASAN en Bogotá – Cundinamarca” a la fecha no han cumplido con su objeto y su plazo contractual finalizó el 31 de diciembre de 2018.
Lo anterior denota deficiencias en la planeación en relación con los diseños y consecución de permisos (que en la actualidad no están en su totalidad), deficiencias ocasionadas por falta de gestión por parte de la USPEC para exigir al contratista el cumplimiento del contrato (teniendo las herramientas para hacerlo como imposición de multas, efectuar la declaración de incumplimiento, hacer efectivas las pólizas de cumplimiento y de anticipo o hasta caducar el contrato) dando lugar al menoscabo de los recursos públicos pagados al contratista por $62.759 millones.
Además, al analizar las resoluciones antes mencionadas, se observaron las dos situaciones con incidencia fiscal por valor total $8.131 millones. • Beneficio de auditoría destacable al interior de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios USPEC Convenio 202 y 227 de 2013
Agencia Logística de las Fuerzas Militares
Ante el hallazgo reportado en el Informe de la CGR de diciembre de 2017, en el cual se observó que los recursos de los convenios de Guaduas y Tierra Alta entre la Agencia Logística y la USPEC no se habían ejecutado y jurídicamente se habían término por incumplimiento del objeto contractual. La USPEC comunicó a la Agencia Logística de las
• Contrato 001-260/2014 - Construcción Centro De Rehabilitación Funcional – Batallón De Sanidad (CRF-BASAN) En ejecución del Contrato de Obra No. 001260/2014, cuyo objeto es la “Construcción del Proyecto Centro de Rehabilitación Funcional
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Fuerzas Militares y esta mediante comunicado No.20196030037841 ALDG-ALSGC-CTPRE-603 del 02 de mayo de 2019 manifiesta la devolución de los recursos con el siguiente plan de pagos. Valor total devolución $45.109,6 millones.
unidades que prestan el servicio de seguridad en todo el país, pero no usó un procedimiento que garantizará la equidad en su distribución.
Contraloría Delegada para el Sector Justicia
Ejército Nacional
Con el Decreto Ley 2037 de 2019, por el cual se desarrolla la estructura de la Contraloría General de la República y en uno de sus artículos modifica la Contraloría Delegada para el sector Defensa, Justicia y Seguridad, quedando convertida en la Contraloría Delegada para la Defensa y Seguridad y la Contraloría Delegada para el Sector Justicia.
• Contrato de División de Aviación y Asalto Aéreo. En actuación Especial realizada al Ejercito se evidenciaron presuntos hallazgos por más de $3.740 millones, generado por pagos de servicios sin contraprestaciones por más de $465 millones en contrato de División de Aviación y Asalto Aéreo. Posible detrimento por pagos excesivos y desaparición de elementos del kit de dotación para soldados. El contratista proveedor de combustibles se beneficiaba con el uso de aviones oficiales, Pago de SOAT a vehículos fuera de servicios y posibles pagos de mantenimiento a vehículos no oficiales.
La Contraloría Delegada para el Sector Justicia, de acuerdo con la Resolución Reglamentaria Ejecutiva 062 del 4 de marzo de 2020, es competente para ejercer la vigilancia y el control fiscal a 18 sujetos de control que manejan un presupuesto de $ 12 billones. En desarrollo del Plan de Vigilancia Control Fiscal 2020, primer semestre, la Contraloría Delegada para el sector Justicia realizó auditoría a siete (7) sujetos de control los cuales contaban con un presupuesto de $5,5 billones para la vigencia 2019.
Policía Nacional En actuación Especial realizada a la Policía Nacional recursos de FONSET y FONSECON se evidenció que no existe certeza contable y financiera sobre el manejo de bienes y servicios por valor de $73.313 millones entregados por los Fondos de Convivencia y Seguridad Ciudadana (FONSET) a diez departamentos y divisiones metropolitanas de la Policía Nacional.
En el Nivel Central se ejecutaron siete (7) auditorías y el Nivel Desconcentrado participó con seis (6) auditorías que son puntos de control de la Fiscalía General de la Nación y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario. De las siete auditorías desarrolladas, seis fueron en la Modalidad Financiera y una en la modalidad de Cumplimiento, que está en etapa de ejecución, a la fecha se determinaron 204 hallazgos administrativos, de los cuales tres hallazgos tenían presunto alcance fiscal por $ 786,3 millones, 21 hallazgos con presunta incidencia disciplinarios y tres beneficios de auditoría por $2.260 millones.
Fondo Rotatorio de la Policía Nacional En la Auditoría de cumplimiento realizada por la CGR a FORPO se evidenció que durante las tres últimas vigencias fiscales la Policía Nacional distribuyó bonos por $25.000 millones de pesos entre los miembros de las
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Principales Resultados Primer semestre del 2020.
En el seguimiento realizado por la Contraloría General de la República al contrato de obra 033 de 2014, suscrito el 12 de agosto de 2014 entre el Consejo Superior de la Judicatura y el Consorcio FACM 33 por valor de $8.944.822.613, cuyo objeto es “continuar la construcción sede despachos judiciales de Facatativá – Cundinamarca”, se observó en el documento “Acta de entrega de la sede judicial de Facatativá a la Seccional Bogotá y Cundinamarca” suscrita el 31 de enero de 2017 que las actividades contempladas en el contrato se culminaron en su totalidad y por lo cual se reciben por parte de la entidad contratante.
• Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC Contrato 402 de 2014- por gestión antieconómica e ineficiente al pagar por unos elementos que están instalados, no están terminados ni en funcionamiento, afectando el equilibrio económico en contra de la entidad. Presunto daño $2.394 millones. • Ministerio de Justicia y Del Derecho. Póliza de transporte de mercancías. En la cláusula décima primera, numeral E del contrato No.181 de 2019 (fl.300), se pactó como obligaciones a cargo del contratista, la suscripción de una póliza de seguro de transporte de mercancías, la cual se halló adjunta en la legalización del contrato, expedida por la compañía Seguros del Estado con el No.15-14-101000890 del 27 de marzo de 2019, la cual registra cubrimiento por valor de $5.115.814.645 y con pago de prima por $361.633 más IVA $68.710 para un total de $430.343, cuya cobertura de riesgos asciende al 100% por conceptos de pérdida total, falta de entrega y huelga; esta póliza fue aprobada por la supervisión. Sin embargo, en la facturación presentada por el contratista y pagada por el Ministerio de Justicia, se encontró el cobro por este mismo concepto con valor total de $38.527.440, registrados en las facturas Nos. 418, 431 y 434 con fecha de expedición mayo 3 y 20 de 2019, y junio 6 de 2019 respectivamente, anexas a los comprobantes de pago Nos. 148393919, 148397019 de junio 12 de 2019 y 184595619 de julio 10 de 2019, valor que es considerado como un presunto daño patrimonial.
Según se observa en los documentos, que las obras se recibieron a satisfacción el día 31 de enero de 2017, pero por la deficiencia en la calidad de las obras ejecutadas por el contratista, la entidad no puede hacer uso de las instalaciones recibidas, lo cual genera un presunto daño al patrimonio del estado en cuantía estimada de $952 millones, que corresponden al valor pagado por la entidad al contratista de obra con el aval de la interventoría en contraprestación por los ítems en cuestión. • Beneficios de auditoría a destacarse con ocasión de la auditoría adelantada a la Fiscalía General de la Nación Contrato No. 148 de 2008 Objeto: Entregar una solución tecnológica integral de software y hardware comercial, que soporte la gestión del talento humano acorde a las necesidades de la FGN y su proyección de crecimiento. Valor del contrato: 3.000 millones, una vez se evalúa se realiza el Hallazgo No. 39 Sistema KACTUS Gestión de Talento Humano (F) Dentro de la revisión efectuada al contrato 148 de 2008, modificatorios 1, 2 y 3, anexos técnicos contemplado en el anexo 3 del pliego de condiciones, se evidenció que el primer modificatorio al contrato 148 de 2008,
• Consejo Superior de la Judicatura. Recibo de actividades de obra sin la respectiva puesta en funcionamiento
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realizado el 27 de noviembre de 2009 afectó el principio de conmutatividad debido a que la Entidad se compromete a pagar el 75% del valor del contrato, sin recibir a cambio un beneficio equivalente, la Entidad recibe unos elementos que no estaban ajustados a las necesidades de la Fiscalía General de la Nación y por tanto no representan ningún beneficio para la misma, teniendo en cuenta los fines esenciales de la contratación como quedó establecido en el objeto del contrato. Esta situación ha ocasionado que a la fecha la Entidad no haya recibido el sistema contratado, por cuanto ningún módulo se encuentra ajustado o personalizado de acuerdo con las necesidades de la Fiscalía General de la Nación, tal como fue requerido contractualmente.
Manifiesta, con el fin de atender las acciones inmediatas relacionadas para enfrentar la pandemia COVID-19 y en el Caso específico del INPEC y la USPEC de igual manera la emergencia penitencia y Carcelaria. En relación con lo anterior, los sujetos de control reportaron en la página web de la Contraloría las resoluciones de declaratoria de Urgencia Manifiesta, junto con los contratos suscritos directamente en desarrollo de la herramienta excepcional.
La entidad adoptó medidas correctivas, las cuales pasaron por la solución de controversias contractuales y mediante las cuales se conminó al contratista para la puesta en marcha del software de gestión del talento humano, donde se logró liquidar y pagar la nómina desde el 2018. Actualmente la Fiscalía General de la Nación liquida y paga la nómina de sus funcionarios utilizando este software. Luego del pronunciamiento de la Contraloría General de la República, y la comunicación del hallazgo, la Entidad llevó a cabo acciones correctivas y logró que el contrato se concluyera y se recibiera el producto contratado., Valor Estimado $2.250.000.000, Valor Formalizado $2.250.000.000. Función de control automático de legalidad – Urgencia Manifiesta Dentro de los sujetos de control de la Contraloría Delegada para el Sector Justicia, El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios USPEC, El Consejo Superior de la Judicatura CSJ y La Fiscalía General de la Nación FGN, declararon la figura de Urgencia
El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC emitió la Resolución No. 1274 del 25 de marzo, donde el director del INPEC adoptó la figura e impartió directrices para que los ordenadores del gasto delegatarios emplearan de manera adecuada la figura. El Órgano de Control emitió su concepto sobre dicho acto administrativo y evaluó la pertinencia en relación con la causa que motivó el uso de la herramienta excepcional sobre quince (15) contratos que han sido reportados a la fecha por dicha entidad, evaluación en la cual se determino la inexistencia de un nexo causal entre el objeto del contrato celebrado y los hechos y circunstancias que motivaron tal declaratoria, para el caso de tres (3) contratos. La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios USPEC emitió la Resolución No. 197 del 25 de marzo, donde la directora (E) de la USPEC adoptó la figura de la urgencia manifiesta. Este Órgano de Control emitió su concepto sobre dicho acto administrativo y ha evaluado la pertinencia en relación con la causa que motivó el uso de la herramienta excepcional sobre tres (3) contratos. En la actualidad nos encontramos evaluando la pertinencia de nueve (9) contratos reportados por dicha entidad, en relación con la causa que motivó el uso de la herramienta excepcional. El Consejo superior de la Judicatura CSJ emitió el acuerdo PCSJA20-11516 del 12 de marzo de 2020, donde la presidenta del CSJ adoptó la
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figura de la urgencia manifiesta e impartió directrices para que los ordenadores del gasto delegatarios emplearan de manera adecuada la figura. Este Órgano de Control emitió su concepto sobre dicho acto administrativo y ha evaluado la pertinencia en relación con la causa que motivó el uso de la herramienta excepcional sobre noventa y ocho (98) contratos. En la actualidad nos encontramos evaluando la pertinencia de ciento dieciocho (118) contratos reportados por dicha entidad, en relación con la causa que motivó el uso de la herramienta excepcional.
Contraloría Delegada para el Sector Defensa y Seguridad En desarrollo del Plan de Vigilancia Control Fiscal 2020, primer semestre, la Contraloría Delegada para el sector Defensa y Seguridad realizó auditoría a 9 sujetos de control los cuales contaban con un presupuesto de $23,6 billones para la vigencia 2019. En el Nivel Central se ejecutaron 7 auditorías y el Nivel Desconcentrado participó con 15 auditorías de las cuales 2 eran sujetos de control (CODALTEC en el Meta y COTECMAR en Bolívar), las restantes 13 son puntos de control (Policía, Armada, Ejército, Fuerza Aérea).
La Fiscalía General de la Nación emitió la Resolución No.608 del 17 de marzo donde la Directora Ejecutiva adoptó la figura de la urgencia manifiesta. Este Órgano de Control se encuentra evaluando dicho acto administrativo y la pertinencia en relación con la causa que motivó el uso de la herramienta excepcional sobre tres (3) contratos que han sido reportados a la fecha.
De las nueve (9) auditorías desarrolladas, ocho (8) fueron realizadas en la Modalidad Financiera y una en Control excepcional a contratación Municipio de Valledupar. Fueron determinados 221 hallazgos administrativos, de los cuales 13 Hallazgos tenían presunto alcance fiscal por $18.758,33 millones, 47 Hallazgos con presunta incidencia disciplinarios, cinco hallazgos con presunta incidencia penal, 6 Hallazgos con otras incidencias, once indagaciones preliminares y ocho beneficios de auditoría por $40,5 millones.
Los controles de legalidad no suponen el examen de situaciones relacionadas con eventuales sobrecostos, los cuales serán atendidos en las auditorías que se iniciaron para el segundo semestre de 2020 y otras actuaciones de control. De situaciones que se puedan observar en desarrollo del examen, se comunicará a la Dirección de Vigilancia Fiscal para lo pertinente.
Policía Nacional.
El resultado de los análisis efectuados consiste en conceptuar sobre si las medidas adoptadas por la administración, mediante la contratación directa, se dirigieron a conjurar la pandemia como causa eficiente del empleo de la figura, o si por el contrario la herramienta excepcional se empleó para efectuar contrataciones que no se dirigían a enfrentar la crisis o que, por sus características de contratación, no demandaban la premura que justificaba la contratación directa.
• Contratos 26-02-10122-14, 26-02-10126-14 y 06-2-10191 Sala PUMA Región Zipaquirá Cundinamarca Hecho 1: No está en funcionamiento por cuanto el predio no cuenta con la carga eléctrica requerida para su operatividad y funcionamiento, además se evidenció que la Policía No cuenta con los recursos para llevar a cabo las obras necesarias para solicitar el aumento de cargante a la empresa prestadora de servicio de energía.
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Hecho 2: Contrato. 26-02-10122-14 Diferencias entre cantidades recibidas a satisfacción y las pagadas por la Policía Nacional.
que fueron celebrados para la construcción del proyecto “Ciudadela Policial – CENOP”, la cual abarcó las etapas precontractual, contractual y poscontractual, así como, cada una las actuaciones administrativas que desde el momento de la planeación del proyecto (vigencias 2010 – 2011), ejecución de los contratos (2011-2015) hasta la fecha, se llevaron a cabo por cada una de las Entidades involucradas; y en segunda medida, este ente de control realizó una inspección técnica que permitió establecer el estado actual de las obras, evidenciando las siguientes irregularidades:
Hecho 3: Contrato. 26-02-10126-14 Algunos elementos pagados por la Policía No cumplen con las especificaciones técnicas contratadas. Hecho 4: No se instaló la Planta Eléctrica de 50KVA, ni la cámara IP Fija Mini Domo Idoor para vigilancia específica, debido a que se encuentra pendiente la construcción de una subestación eléctrica para que soporte la carga. Presunto daño al patrimonio $3.492 millones.
• CENOP FASE II
Fuerza Aérea.
En definitiva, se puede decir que no se realizó una adecuada planeación, ya que como se indicó se celebró un contrato para la construcción de 51 viviendas en un plazo de tres (3) días, se constituyó un Reserva Presupuestal que tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013 y sin observancia de esto, se prorrogó el plazo de ejecución hasta agosto de 2014, sin ajustar a la realidad contractual la forma de pago pactada, lo que ocasionó como se dijo y se repite, el contrato quedara desfinanciado y con ello que la inversión de los recursos de la segunda etapa del proyecto Ciudadela Policial CENOP en San Luis, Tolima, no estén cumpliendo actualmente su finalidad social, que no era otra, que garantizar vivienda fiscal en condiciones de seguridad y cercanía al lugar de trabajo para los instructores y personal de planta de la unidad CENOP, causando un presunto daño fiscal por un uso improductivo que asciende a la suma de $5.365 millones que corresponde a lo invertido en obra por $5.133.millones y lo correspondiente a la Interventoría en cuantía de $232 millones por una gestión fiscal antieconómica e ineficaz que no se compadece con los cometidos del Estado.
• Pérdida de Combustibles En la revisión efectuada a los Estados Financieros de la vigencia 2019, se observó que, en las Cuentas de Orden Deudoras, código 8361, aparece como Responsabilidades Procesos Internos (836107) una cuantía de $1.177 millones que corresponde a pérdida de combustible de aviación, la cual, de acuerdo con información suministrada por la entidad, data del 21 de abril de 2016, según oficio No. 20165460057243 del Departamento Jurídico de la Unidad, dirigido a DEFIN. Casos de Impacto Seguridad.
Sector
Defensa
y
En atención a las denuncias números 2019168447-82111-SE, 2019-168192-82111-D y 2020171794-82111-SE, mediante las cuales, se puso en conocimiento de la CGR, presuntas irregularidades relacionadas con los contratos celebrados por FORPO para la construcción de la Ciudadela Policial CENOP en San Luis – Tolima, a Contraloría Delegada para el Sector Defensa y Seguridad, llevó a cabo, en primera medida, una revisión desde el punto de vista técnico, jurídico y financiero a los contratos
102
Función de control automático de legalidad – Urgencia Manifiesta
Finalmente, el Hospital Militar emitió 6 resoluciones declarando la urgencia manifiesta, las cuales ya fueron materia de control automático por parte de la Contraloría, y fueron interpuestos 5 recursos de reposición sobre las decisiones adoptadas, los cuales se encuentran en trámite.
Dentro de los sujetos de control de la Contraloría Delegada para el Sector Defensa y Seguridad, Ministerio de Defensa Nacional, Policía Nacional y Hospital Militar declararon la figura de Urgencia Manifiesta, con el fin de atender las acciones inmediatas relacionadas para enfrentar la pandemia COVID-19. En relación con lo anterior, los sujetos de control reportaron en la página web de la Contraloría las resoluciones de declaratoria de Urgencia Manifiesta, junto con los contratos suscritos directamente en desarrollo de la herramienta excepcional.
Contraloría Delegada para el Medio Ambiente Deterioro del Recurso Hídrico y Pérdida de Servicios Ecosistémicos Las principales cuencas del país presentan un deterioro ambiental generalizado. Auditada en este periodo la gestión de las autoridades ambientales con jurisdicción sobre las cuencas de los ríos Magdalena, Cauca, Bogotá y Atrato, la CDMA identificó numerosas problemáticas ambientales e institucionales, entre ellas, los elevados niveles de contaminación de sus aguas (en la desembocadura del Río Bogotá, los niveles de OD en el Río Magdalena son de solamente 1,6 mg/lt, es decir, menos de la mitad del estándar mínimo establecido)24, sumados a la desprotección de las riveras por deforestación, lo cual aumenta la erosión y con ello los niveles de riesgo de desastres, a la vez que incrementa la carga de sedimentos25, así como la pérdida continua de sus servicios ecosistémicos tales como la provisión de agua para consumo humano, agropecuario e industrial, la navegabilidad y el transporte fluvial y la pesca, entre otros. De acuerdo con información del IDEAM analizada por la auditoría, el Río Magdalena descarga en el mar en promedio 10.773,5 toneladas de sedimentos cada hora26.
Ministerio de Defensa Nacional emitió la Resolución 0944 del 25 de marzo, donde el jefe de la cartera adoptó la figura e impartió directrices para que los ordenadores del gasto delegatarios emplearan de manera adecuada la figura. El Órgano de Control emitió su concepto sobre dicho acto administrativo y los primeros 20 contratos. En la actualidad se está evaluando la pertinencia de los restantes contratos reportados por esa cartera, en relación con la causa que motivó el uso de la herramienta excepcional. Por su parte, el Director General de la Policía Nacional delegó en sus ordenadores de gasto la posibilidad de que cada uno de ellos pueda declarar la Urgencia Manifiesta o no, razón por la cual la Contraloría ha conocido sobre la expedición de más de 40 resoluciones adoptando la medida y suscribiendo contratos directamente, donde ya se han emitido conceptos en 33 casos con corte a julio 21, sobre los cuales ya se han interpuesto 6 recursos de reposición que se encuentran en estudio.
El Informe de Auditoría a la Cuenca del Río Magdalena analiza cifras de la AUNAP que muestran que entre 1975 a 2016 se produjo
24 CGR. Informe de Auditoría de Cumplimiento CGR-CDMA-037. Diciembre 2019. 25 íbid 26 íbid
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Colombia 31 (PNHIC). Frente al cumplimiento de las metas, se observó que algunos resultados mínimos esperados no presentan avances significativos tales como el objetivo de delimitación de los páramos a escala 1:25.00032 .
una drástica reducción del recurso pesquero de hasta el 70% 27. Por su parte, la Auditoría practicada al cumplimiento de las Sentencias de protección y restauración de la cuenta del Río Atrato concluye que las mismas no han sido cumplidas satisfactoriamente y, por tanto, persisten los problemas de destrucción de cauces, deforestación, pérdida de biodiversidad y contaminación causada por mercurio y otros tóxicos procedentes de la actividad minera, sin que se haya puesto en marcha el Plan de Acción ordenado en la Sentencia T-622-2016 (orden quinta)28..
Debilidad Institucional de las Entidades del SINA. Los problemas ambientales evidenciados por la CDMA se agravan ante la insuficiente gestión desarrollada por las autoridades ambientales. Una de las principales debilidades institucionales es la deficiente coordinación entre las diferentes autoridades con jurisdicción sobre las respectivas cuencas hidrográficas lo cual conlleva a la desarticulación de sus instrumentos de planificación y de gestión.
Débil formulación y déficit de implementación. Política de Humedales Colombia tiene 48.473 humedales en 30,7 millones de hectáreas (IIAvH, 2015 citado por CGR-CDMA 201929). De ellos, 13 se encuentran catalogados como de importancia internacional y el Estado ha gestionado su incorporación en la lista RAMSAR. La auditoría practicada por la CDMA encontró que de 550 municipios solo el 2% tienen sus humedales con Plan de Manejo Ambiental (PMA), el 2% los han incluido en sus instrumentos de ordenamiento territorial y solo el 27% los han incluido en sus POMCAS30, develando la escasa incorporación de los humedales como determinantes ambientales para la ordenación del territorio, siendo estos ecosistemas un aspecto importante de la conflictividad por el uso del suelo.
Muestra de ello es la falta de articulación del Plan de Manejo de la Cuenca del Río Magdalena frente a los planes de Cormagdalena, y frente a las responsabilidades de las diferentes autoridades ambientales con competencia a lo largo de la cuenca, y una desarticulación intergubernamental, frente a las competencias de los municipios, lo que incide en su reducida implementación y resultados33, los cuales no superan el 51% de las metas establecidas en ejes tan importantes como los de reforestación y control de la erosión, en tanto que en el componente de saneamiento de aguas residuales se observa atraso en el 57% de los municipios de la cuenca de la principal arteria fluvial del país34.
La auditoría practicada reveló deficiencias de diseño, formulación, coordinación, implementación y seguimiento de la Política Nacional de Humedales Interiores de 27 28 29 30 31 32 33 34
La CGR en su auditoría sobre la Cuenca del Río Magdalena, evaluó el control interno del
íbid CGR. Informe de Auditoría de Cumplimiento CGR-CDMA-038. Diciembre 2019. CGR. Informe de Auditoría de Desempeño CGR-CDMA-035. Diciembre 2019. íbid íbid íbid CGR. Informe de Auditoría de Cumplimiento CGR-CDMA-037 diciembre 2019. íbid
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MADS frente a la implementación de la política ambiental de dicha cuenca, el control interno de Cormagdalena frente a la implementación del Plan Estratégico de la mencionada cuenca; igualmente, evaluó el control de la ANLA frente al proceso de licenciamiento en la fase de planeación y, en los tres casos, la auditoría calificó dichos controles internos como Ineficientes35. Así mismo, evaluado el control interno de las autoridades competentes frente al cumplimiento de las sentencias T-6222016 y T-445-2016 relativas a la protección y restauración de la cuenta del Río Atrato, calificando dicho control interno como Ineficiente.
- Gestión institucional para el control de la deforestación en Colombia 2010-2018 - Compromisos ambientales de Colombia frente a la comunidad internacional - Control fiscal ambiental en las regiones colombianas. Se destaca la innovación del capítulo 5 del IERNA 2018-2019, incorporado para dar una visión territorial que aglutinó las principales problemáticas ambientales características de las diferentes regiones del país, identificadas en los diferentes ejercicios de fiscalización adelantados por esta Delegada. En la actualidad se encuentra en construcción el IERNA 2019-2020, el cual se está elaborando con el siguiente contenido:
Ello concuerda con otra de las problemáticas institucionales de las Corporaciones Autónomas Regionales, que la CDMA identificó en sus diferentes estudios e Informes de control macrosectorial, relativa a las bajas ejecuciones presupuestales. En la vigencia 2018 la ejecución presupuestal consolidada de los recursos destinados del PGN a 22 Corporaciones fue de apenas el 27%36.
• Evaluación del PND. Pacto por la sostenibilidad y estrategias transversales. • Gasto Público Ambiental, vigencia 2019. • Economía Azul: Conservación y manejo sostenible de la Reserva de Biosfera Seaflower • Acceso a Recursos Genéticos en el marco del Convenio de Diversidad Biológica. • Recurso hídrico en las regiones colombianas.
Resultados del Control Fiscal Macro
Estudios Sectoriales destacables
• Informe al Congreso sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente - IERNA
Dentro del periodo que cubre el presente Informe de Gestión, la CDMA concluyó y liberó el estudio sectorial y la evaluación de política pública, relacionados a continuación:
Dentro del periodo que cubre el presente Informe de Gestión, la CDMA concluyó el Informe anual sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente IERNA 2018-2019, el cual fue presentado en su oportunidad por el Contralor General de la República al Honorable Congreso de la República. El IERNA 2018-2019 estuvo integrado por los siguientes capítulos:
• El recurso hídrico como determinante en el ordenamiento del territorio. • Evaluación de la Política Nacional para la Gestión del Recurso Hídrico con énfasis en la Oferta y la Demanda. 2015-2018.
- Evaluación componente ambiental Plan Nacional del Desarrollo 2014-2018 - Gasto público social ambiental vigencia 2018 35 íbid 36 CGR. IERNA 2018-2019. 2019
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En comparación con el periodo de corte anterior, vigencia del 1º. de junio de 2018 al 31 de mayo de 2019, se destaca un crecimiento de más del 500% en cuanto al valor de los Hallazgos fiscales, ya que para el periodo 2018 - 2019 se registraron en total 144 hallazgos fiscales por valor de $133.989 millones, correspondientes únicamente al segundo semestre de 2018. Para el primer semestre de 2019 no se registraron hallazgos aprobados porque, aunque sí se realizó un PVCF para el primer semestre de 2019, los hallazgos de este plan empezaron a ser aprobados a partir del 15 de junio del mismo año.
Capítulo 6 - Resultados de la Vigilancia y Control de los recursos del Sistema General de Regalías Principales resultados a nivel de control fiscal micro Entre el 1º. de junio de 2019 y el 31 de mayo de 2020, se obtuvieron en total 383 Hallazgos con incidencia fiscal, por un valor de $722.185 millones. El valor de los beneficios para este periodo fue de $119.849 millones. Durante ese periodo, se auditaron en total 766 proyectos, por un valor de $6.197.456 millones.
Tabla No. 17 Hallazgos fiscales emblemáticos segundo semestre 2019 Millones de $
Región
Departamento
Caribe
Córdoba
Valor hallazgos $ 69.896
Caribe
Sucre
Centro
Beneficio
Total
$0
$ 69.896
$ 47.259
$ 399
$ 47.658
Putumayo
$ 23.936
$0
$ 23.936
Llanos
Meta
$ 47.866
$ 19.055
$ 66.921
Llanos
Casanare
$ 29.047
$ 52.909
$ 81.956
Fuente: Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías / SICA Información con corte a 31 de diciembre de 2019
Cobertura PVCF 2019 por un valor total de $3.6 billones, distribuidos por región de la siguiente forma:
Para el segundo semestre del año 2019, la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías realizó la auditoría de 481 proyectos,
106
Tabla No. 18 Proyectos auditados por región 2019 Región
Presupuesto auditado Número de (millones de $) proyectos
% de representación
Caribe
$ 821.897
102
22%
Centro
$ 1.198.504
139
33%
Eje Cafetero
$ 399.190
129
11%
Llanos
$ 688.171
64
19%
Pacífico
$ 532.874
47
15%
Total
$ 3.640.635
481
100%
Fuente: Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías / SICA Información con corte a 31 de diciembre de 2019
Cobertura PVCF 2020 Para la vigencia del primer semestre del 2020, la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías tenía vigente la auditoría de 285 proyectos, por un valor total de $2.7 billones, distribuidos por región de la siguiente forma:
De los 481 proyectos, se destaca que el 34% pertenece al sector de Transporte, el 6% al sector de educación, el 12% a Ciencia y Tecnología.
Tabla No. 19 Proyectos auditados por región 2020 Región
Presupuesto auditado
Número de proyectos
% de representación
Caribe
$ 843.601
80
31%
Centro
$ 402.507
83
15%
Eje Cafetero
$ 101.282
21
4%
Llanos
$ 831.372
59
31%
Pacífico
$ 155.881
23
6%
Transversal
$ 366.028
19
14%
Total
$ 2.700.671
285
100%
Fuente: Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías / SICA Información con corte a 31 de mayo de 2020
107
De los 285 proyectos, se destaca que el 47% pertenece al sector de Transporte, el 12% al sector de educación, el 7% a Ciencia y Tecnología.
activas un total de 304 solicitudes ciudadanas. Para el primer semestre del año 2020, se recibieron en total 172 solicitudes ciudadanas. Durante el periodo del 1º. de enero al 31 de mayo de 2020 se tenían activas un total de 326 solicitudes ciudadanas.
Atención a Solicitudes Ciudadanas 2019 – 2020
Del año 2019 al 2020, se han archivado en total 544 Solicitudes Ciudadanas. 439 en el año 2019 y 105 en el 2020. A continuación, se muestran las vigencias de cada una:
Para el año 2019, se recibieron en total 517 solicitudes ciudadanas. Durante el periodo del 1º. de junio al 31 de diciembre de 2019, se tenían
Tabla No.20 Solicitudes Ciudadanas archivadas 2019-2020
Año de archivo
Año Ingreso
2019
2017
11
2018
181
4
185
2019
247
51
298
50
50
105
544
2020
11
2020 Total
Total
439
Fuente: Sistema de Información de Participación Ciudadana - SIPAR Información con corte a 31 de mayo de 2020
Con el objetivo de contar con la radiografía completa de cómo se están utilizando los recursos de Regalías en los distintos territorios del país, se presentaron una serie de informes que con los resultados en los departamentos. Los resultados de este estudio quedaron condensados en tres informes: en la primera parte se presentan, a manera de contexto, las cifras globales sobre la estructura económica del departamento, y algunos indicadores sociales. En la segunda, se examina la distribución de las regalías
Síntesis de los estudios macro realizados sobre los recursos de regalías Estudios sectoriales vigencia junio 1 a diciembre 31 de 2019 • Estudio Sectorial: Informes departamentales que dan cuenta del destino y manejo de las regalías, entre los años 2012-2018
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entre las Asignaciones Directas y los distintos Fondos de inversión, así como el destino de los proyectos aprobados por sectores y subsectores, según los distintos OCAD. Y en la tercera, se presentan algunos indicadores de eficiencia en la ejecución de los recursos y de transparencia, a partir de las características de la contratación. La presentación se hace a manera de dar a conocer el avance en indicadores sectoriales por departamento.
de la contratación con recursos de Regalías, visto desde las particularidades de los tipos de contratación, la suspensión de contratos y hallazgos encontrados en el proceso auditor.
• Estudio Sectorial: Análisis sobre la responsabilidad de los miembros de los OCAD
En los capítulos especiales de las actuaciones de la Unidad se destaca el sector de Deporte se encuentra catalogado dentro del rubro de ‘Deporte y Recreación’ y para el cual en el corte de 15/05/2019, posee un 5.3% total del gasto del SGR. El sector de Medio Ambiente se encuentra catalogado dentro del rubro de ‘Ambiente y Desarrollo Sostenible’, que según cifras disponibles por el Departamento Nacional de Planeación, a mayo de 2019 alcanza una inversión del 3.7%, es decir $1,4 billones, del total de los recursos distribuidos por el SGR para inversión.
• Informe Sectorial: Capítulos introductorios en Informes de Actuaciones Transversales (Salud, Medio Ambiente, Infraestructura deportiva, Conectividad y Vías):
Los OCAD son la herramienta de buen gobierno que el SGR creó para que los tres niveles de Gobierno participaran de manera articulada en la aprobación de los proyectos con regalías. En ese orden de ideas, a la fecha se vienen dando importantes discusiones en torno a las decisiones que toman estos miembros al interior de las sesiones de los OCAD. Este estudio permitió identificar si existe responsabilidad fiscal, penal o disciplinaria de los miembros de los OCAD, por la viabilización, priorización y aprobación de los proyectos con recursos del SGR. Se radico en ministerio de justicia la consulta respectiva como lo indica el trámite de ley.
Por último, el sector salud se encuentra catalogado dentro del rubro de ‘Salud y Protección Social y con corte a mayo de 2019, ha invertido el 2.7% total del SGR, es decir una cifra bastante baja, que se podría explicar en principio ya que los entes territoriales priorizan este sector con los recursos percibidos por el Sistema General de Participación.
• Estudio Sectorial: Informes sobre las modalidades de contratación directa con recursos de regalías:
• Seguimiento a Cuentas Maestras:
Los procesos de contratación por concurso (licitaciones, concurso de méritos) en la ejecución de proyectos con recursos de Regalías son mayoritarios dado que representan el 67,7% y se realizan con un único oferente en cerca del 70% del valor de la contratación. Bajo esa premisa para la CGR es de suma importancia hacer seguimiento a las debilidades que hay en la transparencia de la contratación. Para esto, se desarrolló este estudio, que permitió saber cuál es el estado
Este análisis permitió identificar el comportamiento de los saldos en las cuentas de fondos con respecto a los registrados en 2017, el impacto en las tasas de interés, y las rentabilidades de las cuentas de Asignaciones Directas. En más del 86% de las Cuentas Maestras las tasas de interés son inferiores a la establecida por la Superintendencia Financiera como referencia.
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Las tasas de interés que pactan las entidades territoriales con los bancos son bajas, se reconocieron los depósitos efectuados en cuentas maestras con un interés entre promedio entre el 0,01% y 3,23%. Esto con respecto al tiempo en el que se realiza el estudio ( junio 2019).
recursos del Sistema General de Regalías en proyectos para las comunidades.
Otros temas de impacto durante el periodo 2019-2020 En la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías entre el mes de junio y diciembre de 2019 se evaluaron 39 proyectos por más de $750.000 millones de pesos, comprometiendo sectores, como Infraestructura Educativa, Hospitalaria y Vial, Agua Potable y Saneamiento Básico, Nutrición, Recreación y Deporte, Vivienda y Medio Ambiente, entre otros, presentando un beneficio de alrededor de 2 millones de habitantes en 19 departamentos de todo el territorio nacional.
Si las entidades bancarias no garantizan que el valor del dinero en el tiempo se mantenga, habrá perdida en términos de poder adquisitivo con rendimientos inexistentes. De los 11 bancos, sólo uno (GNB Sudameris) la tasa ofrecida supera la tasa real establecida; para los restantes 10 bancos la tasa ofrecida está muy por debajo de la tasa real liquidada. El caso más diciente es el del Banco de Bogotá.
De la totalidad de las audiencias tenemos diez proyectos finalizados en los que se destacan los departamentos de Casanare con la entrega del Parque de las Aguas beneficiando aproximadamente 350.000 personas con un beneficio de $26.500 millones de pesos, el departamento de la Guajira con la adecuación y optimización del sistema de alcantarillado y construcción de lagunas de estabilización en los corregimientos de Matitas y Cotoprix con un beneficio de $1.912 millones de pesos beneficiando alrededor de 4.527 personas. En el departamento del Valle del Cauca se realizó un compromiso para beneficiar a 115 mil habitantes con la Ampliación de la Avenida la Alameda Señor de los Milagros en el municipio de Guadalajara de Buga con un beneficio de $3.216 millones de pesos. El departamento de San Andrés y Providencia con la reconstrucción adecuación y mantenimiento de la Institución Educativa Instituto Bolivariano beneficiando 1.900 estudiantes para una mejor calidad de vida dentro de la Institución.
• Saldos en cuentas maestras: Los saldos en las cuentas maestras de las entidades territoriales continúan siendo altos, aun cuando desde el primer estudio realizado en donde los saldos se encontraban sobre los $7,3 billones (2013-2014) frente a enero-junio de 2019 ($4 billones), estos han disminuido un 45%. • Seguimiento a OCAD: Desde el segundo semestre de 2019, se realizaron visitas a las secretarias técnicas de los OCAD con el fin de poder recaudar información, sobre el proceso de viabilización y aprobación de proyectos financiados con los recursos del Sistema General de Regalías, y poder identificar los cuellos de botella de este proceso, como insumo para el análisis y posterior publicación de estudios sectoriales. El seguimiento a los OCAD le permite a la CGR, tener información en tiempo real, de los proyectos que se aprueban por sectores, analizando los indicadores sociales de cada departamento, y su aporte al cumplimiento de los objetivos que persigue la inversión de los
En el municipio de Paz de Ariporo en el departamento de Casanare se materializó la entrega de la Construcción del centro agroindustrial y fortalecimiento empresarial
110
Con relación a los procesos de responsabilidad fiscal que son competencia de la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías adelantados por contralores delegados intersectoriales, y en los territorios por contralores provinciales de Regalías e integrantes de las colegiaturas, se han dado trámite durante este periodo a 716 procesos por un valor total aproximado de $883.902 millones , de los cuales 557 procesos son de conocimiento de los contralores provinciales por una cuantía aproximada de $233.500 millones, y 159 actuaciones que se encuentran en el orden central tramitados por contralores intersectoriales de la Unidad por valor total de $650.402 millones.
del Casanare para casi 2.000 estudiantes obteniendo un beneficio de $13.506 millones de pesos, y en el municipio de Tauramena con la Construcción del puente del Río Sunce y mantenimiento de la vía Visinaca – LagunitasRío Sunce, con un beneficio de $7.839 millones de pesos a también casi 2.000 habitantes de la región. En el departamento de San José del Guaviare se realizó la entrega de tres proyectos beneficiando a casi 68.000 habitantes con la construcción y remodelación de comedores populares, construcción de 17 Malokas en los resguardos indígenas y la Construcción de 30 apartamentos de la urbanización Villa Andrea con un beneficio para el departamento del Guaviare de casi $9.000 millones de pesos. Finalmente, el departamento de Bolívar con la prevención del fenómeno de Erosión en la Isla de Tierra bomba del Distrito de Cartagena beneficiando 6200 habitantes y un beneficio de $31.254 pesos, para un total de $95.063 millones de beneficios en los 10 departamentos que oficialmente entregaron sus proyectos en esta estrategia liderada por la Contraloría General de la República.
• Procesos de Responsabilidad Fiscal Unidad de Regalías adelantados por contralores delegados intersectoriales: En relación con los procesos que son adelantados por contralores delegados intersectoriales, se destaca que se han abierto procesos de responsabilidad fiscal en 25 de los 32 departamentos37, por un valor total aproximado $650.402 millones.
Principales resultados en torno a responsabilidad fiscal de competencia de la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías
El departamento del Meta ocupa el primer lugar con mayor número de procesos de responsabilidad fiscal tramitados con 29 actuaciones por un valor total aproximado de $ 114.688 millones, seguidos por el departamento de Sucre con 19 procesos por valor total aproximado de $50.405 millones.
La Unidad de Responsabilidad Fiscal tiene a su cargo el resarcir los daños ocasionados al patrimonio público, en particular las inversiones realizadas con recursos de Regalías, como consecuencia dolosa o culposa de quienes realizan la gestión fiscal.
Los departamentos afectados se relacionan a continuación:
37 Cuantía con variación debido a que existen procesos cuyo valor se encuentra por determinar.
111
Gráfica No 3 Departamentos afectados
Departamentos afectados 25
$ 140.000 $ 120.000 $ 100.000
18
$ 80.000 $ 60.000 $ 40.000
HUILA
BOYACÁ
CESAR
CHOCÓ
PUTUMAYO
ARAUCA
LA GUAJIRA
CASANARE
SUCRE
CÓRDOBA
META
2
2
2
2
No actuaciones
1
1
1
1
1
1
1
1
1
VAUPÉS
3
0
GUAINIA
4
CAUCA
7
VICHADA
5
ATLÁNTICO
8
GUAVIARE
9
TOLIMA
10
SANTANDER
11
NORTE DE…
10
AMAZONAS
13
CAQUETÁ
15 15
15
RISARALDA
20
SAN ANDRÉS Y…
30
*Cifra en millones
29
BOLÍVAR
35
$ 20.000 $0
Valor Cuantía
Fuente: Elaboró Unidad de Responsabilidad fiscal – Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías.
• Procesos e Responsabilidad Fiscal Unidad de Regalías, adelantados por contralores provinciales: Los departamentos con mayor número de procesos en trámite son los departamentos de Sucre con 102 actuaciones, Bolívar con 77 y Cesar con 51 procesos.
En relación con los procesos que son adelantados en los territorios por contralores provinciales de regalías e integrantes de las colegiaturas, se encuentran en trámite 557 procesos por un valor total aproximado de $233.500 millones.
En cuanto al valor total de las cuantías de los procesos por departamento ocupan los primeros lugares los departamentos de Santander por un valor de $ 37.028 millones, Sucre con un valor total de $35.439 millones, Bolívar con un total de $34.439 millones y el departamento del Meta por una cuantía total aproximada de $32.592 millones.
Sucre 102 Bolívar 77 Cesar 51.
Los departamentos afectados se relacionan a continuación:
112
Gráfica 4 Departamentos afectados
Departamentos afectados
6
5
4
CAUCA
7
GUAVIARE
7
NORTE DE… RISARALDA
HUILA
CALDAS
MAGDALENA
TOLIMA
CHOCÓ
CÓRDOBA
NARIÑO
VALLE DEL…
BOYACÁ
ANTIOQUIA
SANTANDER
META
LA GUAJIRA
CESAR
SUCRE
BOLÍVAR
No. Actuaciones
7
AMAZONAS
*Cifra en millones
120 102 100 77 80 51 49 48 60 38 30 23 22 19 16 40 13 13 11 9 20 0
$ 40.000 $ 35.000 $ 30.000 $ 25.000 $ 20.000 $ 15.000 $ 10.000 $ 5.000 $0
Valor Cuantía
Fuente: Elaboró Unidad de Responsabilidad fiscal – Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías.
• Dos (2) casos de impacto a destacar Caso No. 1
Caso No. 2
Indagación pr eliminar No.URFRIP-011-2019, De par t ame nto del Met a, por $3. 352 . 985.671
PRF 21-04-1020, Municipio de Chiriguaná, por $538.965.640 Con origen en Auditoría practicada a la Alcaldía de Chiriguaná, Cesar, se advirtió que la administración municipal contrató la dotación de mobiliarios y equipos tecnológicos para las instituciones educativas del municipio por un valor de $ 3.196.066,008., los cuales fueron entregados, pero sin un adecuado y justificado manejo. Las evidencias en cuanto a las deficiencias en la planeación y estudio de las necesidades reales que se tienen en las Instituciones Educativas del Municipio, llevaron a que la Contraloría General fallara con Responsabilidad Fiscal, decisión que ha sido confirmada en segunda instancia y actualmente se encuentra en jurisdicción coactiva.
A través de Hallazgo Fiscal se evidenció deficiencias en la infraestructura física al encontrarse errores constructivos y utilización de materiales de mala calidad, lo cual afectó la estructura y pone en riesgo los recursos patrimoniales del Departamento del Meta. Como consecuencia de algunas irregularidades advertidas en el proceso auditor, la Gobernación del Meta realizó los ajustes necesarios para mejorar la Infraestructura Hospitalaria del Centro de Atención de Cumaral, como también para cumplir con los requisitos exigidos de habilitación única de un hospital de primer nivel de complejidad, así como con las normas de sismo resistencia, mediante la ejecución de las obras realizadas en el centro Hospitalario de Cumaral Meta.
113
Capítulo 7 - Resultados del Proceso de Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo
Procesos de Responsabilidad Fiscal Ordinarios – PRFO En ejercicio de la competencia asignada a la Contraloría General de la República para adelantar los procesos de responsabilidad fiscal, estuvieron en trámite 5.064 procesos de responsabilidad fiscal ordinarios en cuantía de $ 26,4 billones.
El presente capítulo muestra la información consolidada de los resultados alcanzados por las dependencias competentes para adelantar procesos de responsabilidad fiscal y de cobro coactivo, durante el periodo del 1° de junio de 2019 al 31 de mayo de 2020.
De los procesos mencionados, en el periodo fueron iniciados 1.009 por una cuantía de $6,9 billones discriminados por dependencia así:
Es oportuno señalar que las circunstancias generadas por la emergencia sanitaria decretada por el virus covid-19, entre ellas la suspensión de términos en las actuaciones de responsabilidad fiscal y de cobro coactivo adelantadas por la entidad a partir del 16 de marzo del presente año, incidieron en la gestión del periodo señalado.
114
Gráfica No. 5 Número Procesos de Responsabilidad Fiscal Ordinarios en trámite durante el periodo por dependencia 8
GDC Quindío GDC Guaviare
20
GDC Vichada
23
GDC Guainía
25 38
GDC San Andrés, Providencia y Sta. Catalina GDC Caldas
55
GDC Magdalena
59
GDC Vaupés
71
GDC Putumayo
73
GDC Casanare
73
GDC Cauca
73
GDC Norte de Santander
88
GDC Meta
88 95
GDC Arauca GDC Huila
108
UIE Contra la Corrupción
109
GDC Córdoba
117
GDC Risaralda
120
GDC Atlántico
146
GDC Caquetá
148
GDC Choco
155
GDC Santander
157
GDC Nariño
158
GDC Tolima
166
GDC Cesar
169 197
Unidad de Responsabilidad Fiscal de… GDC Antioquia
214
GDC Amazonas
215
GDC Valle
244
GDC Boyacá
245 293
GDC La Guajira
378
CD Responsabilidad Fiscal IJ y CC
405
GDC Sucre
531
GDC Bolivar
0
100
200
300
400
500
Fuente: Reporte dependencias responsables Macroproceso RFJ – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
115
600
En el periodo se formuló imputación dentro de 354 procesos de responsabilidad fiscal adelantados por el procedimiento ordinario, en cuantía de $ 767.679 millones
resarcimiento del daño patrimonial al Estado por una cuantía de $88.857 millones. En relación con los fallos ejecutoriados en el periodo de interés, fueron proferidos 104 Fallos con Responsabilidad Fiscal en cuantía de $ 57.429 millones. Además, se emitieron 52 Fallos sin Responsabilidad Fiscal.
Durante el periodo se terminaron 456 procesos de responsabilidad fiscal con decisión de archivo, incluidos 186 archivados por pago y/o
Gráfica No. 6 Número Fallos Con Responsabilidad Fiscal en Procesos de Responsabilidad Fiscal Ordinarios por dependencia
Unidad Responsabilidad Fiscal Regalías GDC Risaralda GDC Quindío GDC Guainía GDC Choco GDC Vichada GDC San Andrés, Providencia y Sta. Catalina GDC Cesar GDC Bolivar GDC Amazonas GDC Santander GDC Magdalena GDC Sucre GDC Huila GDC Caldas GDC Nariño GDC Antioquia CD Responsabilidad Fiscal IJ y CC GDC Casanare GDC Boyacá GDC Valle GDC Caquetá GDC Cauca UIE Contra la Corrupción GDC Tolima
1 1 1 1 1
0
2 2 2 2 2
3 3
2
4 4 4
4
5 5
6 6 6
6
7 7 7
8 8
14 10
12
Fuente: Reporte dependencias responsables Macroproceso RFJ – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
116
14
16
Procesos de Responsabilidad Fiscal Verbales – PRFV Estuvieron en trámite 199 procesos de responsabilidad fiscal verbales por cuantía de $6,3 billones, de los cuales en el periodo fueron
iniciados con auto de Apertura e Imputación 34 en cuantía de $ 5.614 millones.
Gráfica No. 6 Número Procesos de Responsabilidad Fiscal Verbales en trámite por dependencia
CD Responsabilidad Fiscal IJ y CC
1
GDC San Andrés, Providencia y Sta. Catalina
1
GDC Choco
1
GDC Cauca
1
GDC Casanare
1
GDC Tolima
2
GDC Risaralda
2
GDC Bolivar
2
Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías
3
GDC Vichada
3
GDC Caquetá
5
GDC Amazonas
6
UIE Contra la Corrupción
8
GDC Huila
9
GDC Vaupés
10
GDC Boyacá
10
GDC Quindío
12
GDC Nariño
13
GDC Córdoba
15
GDC Santander
26
GDC Magdalena
31
GDC Meta
37 0
5
10
15
20
25
30
Fuente: Reporte dependencias responsables Macroproceso RFJ – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
117
35
40
En cuanto a los fallos ejecutoriados dentro de los procesos adelantados por el procedimiento verbal, durante el periodo fueron proferidos 25
Fallos con Responsabilidad Fiscal en cuantía de $32.288 millones. Además, se emitieron 21 Fallos sin Responsabilidad Fiscal.
Gráfica No. 8 Número de Fallos con Responsabilidad Fiscal en Procesos de Responsabilidad Fiscal Verbales por dependencia
4 3 2 1
4
4 3
3 1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
0
Fuente: Reporte dependencias responsables Macroproceso RFJ – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
Durante el periodo culminaron 15 procesos de responsabilidad fiscal verbales con decisión de archivo.
Indagaciones Preliminares Durante el periodo fueron iniciadas 896 Indagaciones Preliminares por una cuantía estimada de 1,1 billones, discriminadas por dependencia así:
118
Gráfica No. 9 Número Indagaciones Preliminares Iniciadas por dependencia GDC Guainía CD Sector Justicia GDC Guaviare GDC Amazonas GDC San Andrés, Providencia y Sta. Catalina UIE Contra la Corrupción GDC Vichada CD Sector Minas y Energía GDC Córdoba CD Sector Salud GDC Putumayo CD Sector Medio Ambiente GDC Choco GDC Sucre GDC La Guajira GDC Atlántico GDC Quindío GDC Caquetá GDC Tolima GDC Cesar GDC Casanare GDC Bolivar GDC Huila CD Sector Defensa, Seguridad y Justicia (Escindida) GDC Antioquia CD Sector Gestión Publica GDC Meta GDC Cauca CD Sector Social (Escindida) Unidad Responsabilidad Fiscal Regalías GDC Risaralda GDC Caldas CD Sector Agropecuario GDC Nariño GDC Santander GDC Valle GDC Magdalena GDC Norte de Santander GDC Boyacá CD Sector Infraestructura, Telecomunicaciones y… GDC Arauca CD Responsabilidad Fiscal IJ y CC
1 1 2 2 3 4 5 5 6 7 8 10 11 12 12 14 15 15 16
19 19 20 21 21
22 24 25 26 26 27 27 30 30 31 33 35 40 41 48 51 56 75
0
20
40
60
Fuente: Reporte dependencias responsables Macroproceso RFJ – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
119
80
público por valor de $ 101.216 millones en desarrollo de 227 actuaciones procesales ($88.857 millones en 186 Procesos de Responsabilidad Fiscal y $ 12.359 millones en 41 Indagaciones Preliminares), culminadas por pago y/o resarcimiento, o con resarcimiento parcial.
Resarcimiento en procesos de responsabilidad fiscal e indagaciones preliminares Durante el periodo informado se logró el resarcimiento del daño causado al patrimonio
Tabla No. 21 Cuantía Resarcimiento en Procesos de Responsabilidad Fiscal e Indagaciones Preliminares por dependencia Dependencia Gerencia Departamental Colegiada Santander Unidad de Investigaciones Especiales Contra la Corrupción Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías Gerencia Departamental Colegiada Antioquia Gerencia Departamental Colegiada Tolima Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo Gerencia Departamental Colegiada Meta Gerencia Departamental Colegiada Sucre Contraloría Delegada para el Sector Salud Gerencia Departamental Colegiada Vaupés Contraloría Delegada para el Sector Defensa, Seguridad y Justicia (Escindida) Gerencia Departamental Colegiada Cauca Gerencia Departamental Colegiada Boyacá Gerencia Departamental Colegiada Cesar Gerencia Departamental Colegiada Nariño Gerencia Departamental Colegiada Bolívar Gerencia Departamental Colegiada Norte de Santander Gerencia Departamental Colegiada Caquetá Gerencia Departamental Colegiada La Guajira Gerencia Departamental Colegiada Magdalena Gerencia Departamental Colegiada Arauca Gerencia Departamental Colegiada Atlántico Gerencia Departamental Colegiada Valle Gerencia Departamental Colegiada Huila Gerencia Departamental Colegiada Guaviare Gerencia Departamental Colegiada Córdoba Gerencia Departamental Colegiada Putumayo Gerencia Departamental Colegiada Quindío Gerencia Departamental Colegiada Casanare Gerencia Departamental Colegiada Risaralda Gerencia Departamental Colegiada Caldas Gerencia Departamental Colegiada Chocó Gerencia Departamental Colegiada Guainía Gerencia Departamental Colegiada Amazonas Gerencia Departamental Colegiada San Andrés, Providencia y Santa Catalina TOTAL
Valor Resarcimiento * $31.777 $21.489 $16.176 $15.183 $2.951 $2.786 $2.318 $1.783 $1.454 $1.131 $841 $706 $615 $578 $327 $304 $113 $109 $91 $83 $64 $62 $54 $43 $41 $34 $31 $26 $14 $10 $9 $6 $5 $1 $1 $101.216
Fuente: Reporte dependencias responsables Macroproceso RFJ – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020 *Cifras en millones de pesos
120
Procesos de Cobro Coactivo de los cuales en el periodo fueron iniciados 337 por valor de $ 200.822 millones.
Se encuentran en trámite 2.815 procesos de Cobro Coactivo por cuantía de $ 2,9 billones,
Gráfica No. 10 Número procesos jurisdicción coactiva en trámite por dependencia
9 12 13 13 16 22 23 25 26 31 35 36 43 50 53 53 64 66 78 83 83
GDC Guainía GDC Quindío GDC San Andrés, Providencia y Sta. Catalina GDC Arauca
GDC Vichada GDC Caldas GDC Boyacá GDC Casanare GDC Huila GDC Tolima GDC Nariño GDC Santander GDC Cesar
GDC Cauca
105 127 129 129 133 139 144
209 221
GDC Atlántico Direcciones de Cobro Coactivo
0
50
100
150
200
250
274
300
Fuente: Reporte dependencias responsables Macroproceso RFJ – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
121
371
350
400
El recaudo obtenido durante el periodo ascendió a la suma de $ 73.754 millones, discriminados así: $ 66.528 millones en el
Nivel Central y $ 7.226 millones en el Nivel Desconcentrado.
Gráfica No. 11 Recaudo en Jurisdicción Coactiva – Nivel Central y Desconcentrado
Fuente: Reporte dependencias responsables Macroproceso RFJ – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
Acción civil dentro de proceso penal
La Contraloría General de la República, en ejercicio de las facultades establecidas en el numeral 8° del artículo 268 de la Constitución Política, numerales 1°, 2° y 3° del artículo 64J del Decreto Ley 267 de 2000 y el artículo 65 de la Ley 610 de 2000, interviene como víctima o parte civil en procesos penales que se adelantan por delitos contra la administración
pública o que atenten contra los intereses patrimoniales del Estado. Con corte a 31 de mayo de 2020 la CGR, actúa en defensa de los intereses patrimoniales del Estado en 131 procesos penales por una cuantía estimada de $458.603 millones, así:
122
Tabla No. 22 Intervención en procesos penales por dependencia
Dependencia
Nº Procesos
Antioquia Atlántico Bolívar Cauca
5 0 o 2
Caldas Caquetá Casanare Cesar Chocó Córdoba Guainía Guajira
3 4 11 0 3 8 1 12
Guaviare Huila Meta Norte Santander Putumayo Quindío Risaralda Santander Sucre Tolima Valle
3 8 2 3 2 3 2 2 9 5 2
Vichada Subtotal Nivel Desconcentrado Subtotal Nivel Central TOTAL NACIONAL
0 90 41 131
Valor * $4.850 $0 $0 $129 $1.954 $0 $0 $0 $5 $0 $17 $29.446 $1.884 $2 $0 $0 $34 $0 $0 $0 $1.280 $2.315 $1.458 $0 $43.374 $415.229 $458.603
Fuente: Reporte Unidad de Intervención Judicial – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020 * Cifrasen millones de pesos
La Unidad de Intervención Judicial de la Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo
viene actuando en 41 procesos, los cuales se encuentran discriminados así:
123
Tabla No. 23 Estado procesos penales Nivel Central ETAPA PROCESAL
No. PROCESOS
Etapa de instrucción - Ley 600/2000
13
Etapa de juzgamiento - Ley 600/2000
3
Investigación previa ley 600 del 2000
2
E. Juzgamiento ley 906 de 2004
23
TOTAL
41
Fuente: Reporte Unidad de Intervención Judicial – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
En las Gerencias Departamentales Colegiadas, la CGR se encuentra actuando en 90 procesos, discriminados así: Tabla No. 24 Estado procesos penales Nivel Desconcentrado ETAPA PROCESAL
No. PROCESOS
Investigación previa - Ley 600/2000
0
Etapa de instrucción - Ley 600/2000
51
Etapa de juzgamiento Ley 600/2000
7
Indagación Ley 906/2004
15
Juzgamiento Ley 906/2004
17
TOTAL
90
Fuente: Reporte Unidad de Intervención Judicial – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
Actualmente, se destaca la intervención de la Contraloría General de la República en algunos procesos penales de alto impacto relacionados con los casos “ODEBRECHT”, “REFICAR” y procesos contra aforados constitucionales, en los que se persigue el reconocimiento de la Nación a la verdad, la justicia y la reparación.
a título de reintegro o reparación a favor de la Nación, $23.290 millones, correspondientes al caso ODEBRECHT, en el marco del principio de oportunidad concedido a LUIZ ANTONIO BUENO JUNIOR, LUIZ ANTONIO MAMERI Y LUIZ EDUARDO DA RROCHA, en virtud del cual logró un resarcimiento por la suma de $12.868 millones, así como el reintegro de $1.270 millones por parte del ex viceministro de transporte GABRIEL IGNACIO GARCÍA MORALES por su participación en los mismos hechos.
Dentro del periodo comprendido entre el 1º. de junio de 2019 y el 31 de mayo de 2020, la Unidad de Intervención Judicial ha realizado el recaudo,
124
Cabe destacar que, fruto de la participación de la Contraloría, se logró recuperar a favor de la Gobernación de San Andrés, dentro del proceso penal contra el ex Gobernador RONALD HOUSNI JALLER, la suma de $5.852, representados en dos bienes inmuebles ubicados en territorio insular; y $3.300 millones, a favor de la Nación, representados en un bien inmueble entregado por el exsenador OTTO NICOLÁS BULA BULA a la Fiscalía General de la Nación por las investigaciones que se adelantaban en su contra, en el marco del caso Odebrecht.
Además, en cumplimiento de las normas mencionadas y del artículo 36 de la Ley 190 de 1995, la Unidad de Intervención Judicial de la Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo ha realizado seguimiento a las actuaciones penales reportadas por entidades estatales del orden nacional, 78 entidades con 1.200 procesos penales por delitos contra la administración pública y que atentan contra los intereses patrimoniales del Estado.
Total Resarcimiento al Patrimonio Público
De esta manera, durante el periodo objeto de informe la Contraloría, en su intervención en procesos penales adelantados por delitos contra la administración pública logró un resarcimiento por valor total de $23.290
De acuerdo con la información presentada, durante el periodo informado el Macroproceso Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva de la CGR obtuvo resarcimiento del patrimonio del Estado por la suma de $198.260 millones.
Tabla No. 25 Resarcimiento al Patrimonio Público VALOR
CONCEPTO
(Millones de pesos)
Recaudo en Jurisdicción Coactiva
$ 73.754
Resarcimiento en PRF e IP
$101.216
Resarcimiento en Procesos Penales
$23.290
TOTAL RECUPERADO
$ 198.260
Fuente: Reporte dependencias responsables Macroproceso RFJ – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
125
Boletín de Responsables Fiscales nuevas inclusiones y exclusiones descritos en la siguiente tabla:
Durante el periodo objeto del presente informe, se llevaron a cabo los registros de
Tabla No. 26 Inclusiones y Exclusiones Contraloría General de la República – CGR Boletín de Responsables Fiscales Numero
Cuantía (millones)
Responsables Fiscales a 31 de mayo de 2019
1978
$2.702.628
Inclusiones del 01 de junio de 2019 al 31 de mayo de 2020
275
$ 330.828
Exclusiones del 01 de junio 2019 a 31 de mayo de 2020
(258)
$ 24.961
Responsables Fiscales a 31 de mayo de 2020
1995
$3.008.495
Fuente: Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales SIBOR – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
A continuación, se muestran las cuantías reportadas en el Boletín de Responsables Fiscales en el periodo por parte de la
Contraloría General de la República (Nivel central y desconcentrado), para un total de $330.828 millones.
Gráfica No. 12 Cuantías reportadas (Incluidas) en el Boletín de Responsables Fiscales del 1° de Junio de 2019 al 31 de Mayo de 2020 (Millones De Pesos) BOGOTA - CUNDINAMARCA
311398
3358 2836 2692 1957 1564 1512 1382 1164 694 597 452 379 356 125 119 106 84 28 17 8
SANTANDER VICHADA
CASANARE VALLE MAGDALENA NARIÑO CAUCA SAN ANDRES RISARALDA CHOCO 0
50000 100000 150000 200000 250000de 300000 Cifras en millones pesos350000
Fuente: Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales SIBOR – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
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Los datos registrados en el boletín de responsables fiscales incluyen la información de la Contraloría General de la República (Nivel Central y Gerencias Departamentales Colegiadas), las contralorías territoriales (Departamentales, Distritales y Municipales)
y la Auditoría General de la República. Con corte a 31 de mayo de 2020, existen 4.874 responsables fiscales que le deben al Estado la suma de $3.9 billones, por concepto de fallos con responsabilidad fiscal en firme.
Tabla No. 27 Boletín de Responsables Fiscales – Estado Actual Contraloría General de la República Nivel Central No. Responsables
Gerencias Departamentales
Cuantía (millones)
699
No. Responsables
$2.792.771
$215.724
Departamentales (32), Distritales (5) y Municipales (30)
Cuantía (millones)
25
1296
Contralorías Territoriales
Auditoría General de la República No. Responsables
Cuantía (millones)
No. Responsables
$1.772
2854
Cuantía (millones) $905.849
Fuente: Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales SIBOR – 01/Junio/2019 a 31/Mayo/2020
Actuaciones adelantadas como consecuencia de la intervención funcional para la vigilancia y el control fiscal de los recursos públicos en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica y el estado de emergencia sanitaria decretado por el gobierno nacional por el virus covid-19.
Inmediata de la Contraloría General de la República, frente a la contratación pública dispuesta para el manejo de la emergencia sanitaria generada por la covid-19, la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción dio trámite a dos indagaciones preliminares (IP-010-2020 – IP-011-2020), en virtud de las presuntas irregularidades por parte del Municipio de Guaduas (Cundinamarca) en la contratación de víveres, artículos de aseo personal y de bioseguridad para la población vulnerable del área urbana, rural, y el hogar de paso para adultos mayores del citado Municipio, en cuantía total que asciende a los $550 millones. Tras comunicarse el inicio de la citada actuación de control a las autoridades municipales, en la que se advirtió la concurrencia de presuntas deficiencias relativas a la planeación contractual, idoneidad del contratista y sobrecostos en los precios contratados, la administración municipal
La Contraloría General de la República en relación con el manejo de los recursos públicos destinados a atender la emergencia decretada por la covid-19, inició 87 indagaciones preliminares en cuantía de $13.111 millones y 14 procesos de responsabilidad fiscal por $15.130 millones. • Beneficio de control fiscal de $1.087 millones. Con ocasión de las acciones de vigilancia y control adelantadas por la Unidad de Reacción
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procedió a hacer una nueva revisión de las condiciones del contrato, y al confirmar que estas efectivamente eran desfavorables a los intereses del ente territorial, decidió de mutuo acuerdo con el contratista, quien manifestó la imposibilidad de ejecutarlo, pidió darlo por terminado anticipadamente y liquidarlo sin que se hubiere pagado un solo peso por el mismo. Similar situación se presentó en el municipio de Medellín, donde a partir de las presuntas irregularidades en que incurrió el ente territorial para la compra de 1.350.000 tapabocas en cuantía que supera los $2.640 millones, la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, dio inicio a la indagación preliminar IP-032-2020, actuación que permitió a la administración municipal llevar a cabo una evaluación de las condiciones del negocio jurídico y al prever que estas no resultaban favorables, procedió a la liquidación anticipada de mutuo acuerdo, la cual estuvo precedida de una solicitud en ese sentido por parte del contratista argumentando circunstancias que le impedían cumplir con sus obligaciones, sin que se hubiere igualmente alcanzado a desembolsar ni un solo peso del erario.
Casos de impacto en materia de responsabilidad fiscal A continuación, se relacionan las actuaciones representativas en las que la Contraloría General de la República, profirió Fallo Con Responsabilidad Fiscal y en las que se obtuvo resarcimiento del patrimonio estatal, ejecutoriados durante el periodo objeto del informe:
• Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción UCC-PRF-033-2014 ADRES Decisión: Fallo con responsabilidad fiscal La Contraloría General de la República, profirió fallo con responsabilidad fiscal en cuantía de $91.133 millones de pesos por la desviación de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSS) que se dio en la intervención de la EPS Saludcoop, durante los años 2011 a 2013, dado que se determinó que, en vez destinarse al aseguramiento del riesgo en salud de los afiliados de Saludcoop, los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSS) fueron utilizados para realizar gastos sin relación de causalidad con el objeto social de la EPS intervenida, tales como pagos a vinculados económicos y por contratos de leasing.
En ambos casos es palpable que, ante la intervención temprana y oportuna de la Contraloría General de la República, y demás organismos de control, se ha logrado salvaguardar la integridad del patrimonio del Estado, contribuyendo así a incrementar los niveles de eficiencia en el gasto público.
Fueron encontrados responsables fiscales los Superintendentes Nacionales de Salud para la época de los hechos Conrado Adolfo Gómez Vélez y Gustavo Enrique Morales Cobo y quienes actuaron entonces como agentes interventores: Wilson Sánchez Hernández, Mauricio Castro Forero y Guillermo Enrique Grosso Sandoval, así como a la EPS Saludcoop hoy en liquidación.
• Resarcimiento por valor de $1.453 millones La Contraloría Delegada Sector Salud logró resarcimiento por valor de $1.453 millones dentro de las Indagaciones Preliminares números AN-810112-36401 y AN-810112-202036365
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1604 – DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR Decisión: Fallo con responsabilidad fiscal
CONFIANZA responsable.
La UIECC profirió fallo con responsabilidad fiscal por $26.274 millones de pesos, tras el daño patrimonial causado por irregularidades que se dieron con el denominado Cartel de la Hemofilia en Bolívar, y declaró responsable fiscal al exgobernador Juan Carlos Gossaín Rognini, a la Secretaria Departamental de Salud, a otros funcionarios de dicha secretaria y a las IPS Asistegral SAS, Fundación Ciénaga de la Virgen, La divina Misericordia y Fundación Renal de Colombia.
Con ocasión de la decisión adoptada, Seguros Confianza, en su condición de garante de los contratos de obra y de interventoría, procedió a reintegrar un total de $21.489 millones, del valor del daño patrimonial determinado en el fallo.
como
tercero
civilmente
UCC-PRF-005-2015 ADRES Decisión: Fallo con responsabilidad fiscal La Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción profirió fallo con responsabilidad fiscal por un valor de $25.699 millones, el cual fue confirmado en segunda instancia, por irregularidades en el manejo de los recursos el sistema de salud entregados a SALUDCOOP EPS, al haberse encontrado que una parte de ellos fueron destinados para la compra de acciones de Ciudadela Salud y el pago de la deuda adquirida con este proyecto, contrariando con ello la destinación específica que tienen los recursos parafiscales; adicionalmente, la señalada decisión responsabilizó de dichas irregularidades a SALUDCOOP EPS OC- hoy en liquidación, y al señor CARLOS GUSTAVO PALACINO ANTIA, quien se desempeñó como su Presidente Ejecutivo de la EPS para la época de los hechos investigados.
El proceso fiscal se adelantó por irregularidades en pagos a diferentes IPS por atención a enfermos diagnosticados de hemofilia, bajo el amparo de unos fallos de tutela que en unos casos fueron falsos y en otros se produjeron por omisiones que se dieron al no contestar esas tutelas cuando fueron trasladadas a la Gobernación de Bolívar. PRF 2014-05027 – DEPARTAMENTO DEL HUILA Decisión: Fallo con responsabilidad fiscal La Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción profirió fallo con responsabilidad fiscal por $22.645 millones, por irregularidades en la ejecución del contrato de obra N° 0695 de 2009, que tenía por objeto la construcción del distrito de riego Tesalia – Paicol, cuya entidad afectada fue el Departamento del Huila; por hechos relacionados con ítems no ejecutados y cancelados e ítems pagados doblemente e irregularidades en la amortización del anticipo en cuantía de $16.119 millones.
UCC-PRF-001-2015 ADRES Decisión: Fallo con responsabilidad fiscal La Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción profirió fallo con responsabilidad fiscal por un valor de $2.848 millones, el cual fue confirmado en segunda instancia, por irregularidades en el manejo de los recursos el sistema de salud entregados a SALUDCOOP EPS, al haberse encontrado que una parte de ellos fueron destinados para la compra de acciones de la empresa ecuatoriana CRUZ BLANCA
La decisión final responsabilizó de dichas irregularidades a las empresas H&H ARQUITECTURA S.A. (hoy HIDRUS S.A), MONDRAGÓN SOLUCIONES SUCURSAL COLOMBIA – en liquidación e INAR ASOCIADOS S.A.; así como a SEGUROS
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MEDICINA PREPAGADA, contrariando con ello la destinación específica que tienen los recursos parafiscales; adicionalmente, no se logró demostrar la referida compra de acciones que se adujo haber efectuado. La señalada decisión responsabilizó de dichas irregularidades a SALUDCOOP EPS OC- hoy en liquidación, y al señor CARLOS GUSTAVO PALACINO ANTIA, quien se desempeñó como su Presidente Ejecutivo de la EPS para la época de los hechos investigados.
Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo Número de radicado: PRF-2014-05783 Cuantía: $602 millones Entidad afectada: Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina CORALINA Decisión: Fallo Mixto Responsabilidad Fiscal
UCC-PRF-013-2018 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA Decisión: Imputación responsabilidad fiscal
El daño causado al patrimonio público se vio reflejado en la entrega y recibo de obras con errores constructivos, de mala calidad, sin cumplimiento de las especificaciones técnicas y adicionalmente por la falta de oportunidad en la toma decisiones que fueron determinantes frente al daño, situaciones que dieron como resultado una obra inconclusa abandonada que no cumplió el propósito de que la Corporación CORALINA tuviera una sede propia a pesar de las importantes sumas de dinero público invertidas.
La Contraloría General de la República imputó responsabilidad fiscal por $187.227 millones de pesos a Electricaribe por la indebida aplicación de los recursos de destinación específica del Fondo de Energía Social, FOES, que debieron aliviar el valor a pagar en la factura del consumo de energía de los usuarios de los estratos 1 y 2 de las zonas especiales de la Región Caribe, durante el periodo comprendido entre julio de 2011 y octubre de 2016 y fueron aplicados al consumo distribuido comunitario, reduciendo con ello las pérdidas no técnicas de energía que presentaba la empresa en esas zonas especiales.
El daño patrimonial al Estado derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales y del manual de interventoría de FONADE, en que la interventoría no garantizó el cumplimiento de las especificaciones técnicas y de calidad de los materiales utilizados para la ejecución de la obra, por lo que los pagos percibidos por los contratistas de la interventoría determinaron la declaratoria de su responsabilidad fiscal.
Para llegar a esta decisión, proferida por la Contralora Delegada Intersectorial No. 5 de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, se revisó la facturación mensual de las zonas especiales de la Región Caribe, que corresponde en promedio a un millón 800 mil facturas por mes, de las cuales fueron glosadas aproximadamente 700 mil. Esta labor se adelantó con el apoyo de un ingeniero de sistemas y 2 contadores, bajo el esquema de minería de datos.
Teniendo los recursos públicos la finalidad constitucional de atender los fines esenciales del Estado como el servicio a la comunidad desde instalaciones en que sea manifiesta la presencia de este en el cumplimiento de sus deberes sociales, el fallo proferido contra los hallados responsables fiscales y la vinculación de tres aseguradoras en calidad de terceros
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civilmente responsables constituye el inicio de la recuperación de los dineros públicos mal utilizados.
del Programa de Ampliación de Cobertura en que el ente territorial debe contratar la prestación de servicios educativos con instituciones escolares del sector oficial o privado y tener un control sobre los recursos del Sistema General de Participaciones con los que se subsidia a los estudiantes para garantizarles su derecho a la educación y se remedia la insuficiencia del ente territorial certificado que no puede prestar directamente el servicio, mediante el aplicativo implementado por el Ministerio de Educación denominado Sistema Integrado de Matrículas – SIMAT.
Número de radicado: PRF-2018-00590 Cuantía: $139 millones Entidad afectada: Corporación de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo de la Industria Naval, Marítima y Fluvial - COTECMAR Decisión: Auto Cesación Acción Fiscal por Resarcimiento Materia de la investigación de la actuación fue el giro de anticipos a dos proveedores, que no fueron amortizados al momento del pago final y total de sendas órdenes de compra sin que el sistema de control interno detectara estas transacciones.
Dentro de la actuación procesal fiscal se encontró la generación de mayores pagos en subsidios relacionados con 54 registros duplicados de la población estudiantil registrada en el SIMAT.
A pesar de que la entidad afectada adelantó diferentes gestiones administrativas como remisión de cuentas de cobro, cobro prejurídico y prueba anticipada de interrogatorio de parte ante juzgado, las gestiones no resultaron favorables.
Mediante el fallo proferido con responsabilidad fiscal contra los encontrados responsables fiscales por no desvirtuar las imputaciones efectuadas por la CGR y la vinculación de una aseguradora como tercero civilmente responsable, se cumplió la misión institucional constitucional de establecer la responsabilidad fiscal y a continuación dar lugar al proceso de cobro coactivo para la recuperación del patrimonio público afectado y destinado a cubrir y garantizar el derecho fundamental a la educación de la población escolar como es el propósito de los recursos del Sistema General de Participaciones en educación.
Con afectación de la póliza de responsabilidad civil de servidores públicos la entidad afectada obtuvo de la aseguradora del riesgo la indemnización por la suma indexada acreditando ingreso general ante la CGR, y solicitando la cesación de la acción por resarcimiento total del daño por lo cual se dio terminación anticipada al proceso de responsabilidad fiscal conforme con la norma jurídica.
Número de radicado: 21-04-1088 Cuantía: $90 millones Entidad afectada: Municipio La Jagua de Ibirico Decisión: Archivo / Cesación por resarcimiento
Número de radicado: 2014-05509 Cuantía: $71 millones Entidad afectada: Municipio Santiago de Cali – Valle Decisión: Fallo Mixto Responsabilidad Fiscal
El daño fiscal corresponde a las serias deficiencias estructurales e incumplimiento de las normas técnicas de sismo resistencia en la construcción de 682 viviendas de
Durante la auditoría efectuada por la CGR se realizaron procedimientos para determinar la población escolar realmente atendida dentro
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interés social para la población pobre y en condiciones de vulnerabilidad, desplazados o víctimas de la violencia, contratada por el ente territorial, deficiencias que pusieron en riesgo la estabilidad de la obra.
proferido por la Dirección de Investigaciones Fiscales El 13 de mayo de 2010, se suscribió por FONADE el Contrato 2101059 de Suministro de concreto Hidráulico con CEMEX para pavimentar el sector PR22 al PR27 dentro de la ejecución proyecto Carretera de la Soberanía; efectuada la visita de campo en diciembre de 2013 y revisada el Acta de Liquidación, se observa que no se ejecutó el contrato, sin embargo, se reconoce sin que hubiere suministrado un solo metro de concreto, por actividades que no corresponden al cumplimiento del objeto contractual.
En el curso del proceso la CGR mediante visita realizada al sitio, evidenció que las 682 viviendas se encontraban en buen estado y habitadas y en general presentaban una adecuada configuración estructural suficiente para soportar la acción de las fuerzas causadas por sismos frecuentes. No obstante, observó que en 135 viviendas de las 682 construidas, no se corrigieron las dimensiones de vigas cinta advertidas por el equipo auditor, determinándose daño patrimonial por el incumplimiento del reglamento colombiano de construcción sismo resistente de 2010 – NSR-10, capítulo E4 5 – literal a) en cuanto a su altura superior y refuerzo mínimo longitudinal.
Número de radicado: PRF-2015-0020780253-007 Cuantía: $ 182 millones Entidad afectada: MUNICIPIO DE VIOTÁ – CUNDINAMARCA Decisión: Fallo con responsabilidad fiscal proferido por la Dirección de Investigaciones Fiscales
El trámite de la actuación fiscal efectuado por la CGR conllevó a que de acuerdo con el ordenamiento jurídico fiscal vigente, que establece que en el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal únicamente procederá la terminación anticipada de la acción cuando se acredite el pago del valor del detrimento patrimonial que está siendo investigado o por el cual se ha formulado imputación o cuando se haya hecho el reintegro de los bienes objeto de la pérdida investigada o imputada, esto sin perjuicio de la aplicación del principio de oportunidad, se llegara a esta decisión por haber obtenido la recuperación de los recursos del Estado involucrados en los hechos investigados.
El municipio de Viotá suscribió el contrato de obra 001 del 03 de enero de 2011, con la Corporación Colombiana de Investigaciones Ambientales, para la construcción de 36 viviendas afectadas por la ola invernal de las veredas Las Américas, Laguna Larga, Las Palmas y otras. Se entregó a título de anticipo el 30 por ciento del valor del contrato, pero no se evidencia que las unidades funcionales terminadas correspondan a las especificaciones técnicas. Número de radicado: Indagación Preliminar ANT-IP-2018-01141 Cuantía: $ 2.478 millones Entidad afectada: POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA Decisión: Archivo por resarcimiento proferido por la Dirección de Investigaciones Fiscales
Número de radicado: PRF-2015-00707 Cuantía: $ 513 millones Entidad afectada: INSTITUTO NACIONAL DE VIAS - INVIAS Decisión: Fallo con responsabilidad fiscal
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La Policía Nacional celebró orden de compra número 10936 de 2016 con la firma Gold Tours S.A. para suministro de tiquetes, cuyo daño fue resarcido.
estructural, entre otros. Los hechos generadores de la presente causa fiscal, se hallan superados, toda vez, los recursos que por regalías estaban dispuestos al proyecto FNR-31178 relacionado con el BPIN No. 24003840000 “CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL RURAL EN SITIO PROPIO DAMNIFICADOS OLA INVERNAL MUNICIPIO DE CAIMITO, DEPARTAMENTO DE SUCRE” objeto de este trámite, han sido efectivamente recuperados.
• Unidad Responsabilidad Fiscal de Regalías Número del proceso: PRF-2017-00334 Cuantía: $ 1.578 millones Decisión: Archivo por Cesación de la Acción Fiscal Entidad afectada: MUNICIPIO DE CAIMITO - SUCRE -
• Contraloría delegada para el Sector Salud
La Alcaldía Municipal de Caimito - Sucre, suscribe convenio interadministrativo de obra, con ASOMCARIBE, con el objeto da construcción de (160) viviendas de interés social rural en el sitio propio damnificados ola invernal, valor total del Contrato $1.785 millones y como anticipo del 50% del valor del contrato ($897,5 millones). Al visitar las obras se encontró detrimento por pago de obras que no fueron terminadas por incumplimiento del contratista. No se encontró acta de recibo parcial y/o final de obra, así como tampoco presupuesto detallado al momento de iniciar la comisión, por lo que al momento de la auditoría no se han podido establecer las cantidades ejecutadas en base a estos documentos, como tampoco documentos que sustenten las modificaciones que se encontraron en algunas viviendas tales como reubicación del baño, o la no construcción de este o del pozo séptico.
Número de radicado: Indagación Preliminar AN-810112-36401 Cuantía: $728 millones Entidad afectada: Gobernación de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Decisión: Resarcimiento por Archivo En el Contrato No.362-2020 celebrado entre el Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y DM MEDICAL HEALTH CARE S.A.S. para el Suministro de elementos médicos a fin de ser proporcionados al Hospital Departamental para atender la emergencia sanitaria derivada por la pandemia coronavirus covid-19 en la isla de San Andrés, se elevó alerta por presuntos sobrecostos y se logró ajuste del mismo por valor de $728.545.909. Número de radicado: Indagación Preliminar AN-810112-2020-36365 Cuantía: $ 725 millones Entidad afectada: Alcaldía Distrital Cartagena de Indias Decisión: Resarcimiento por Archivo
• No se evidencia una ejecución contractual acorde con los parámetros técnicos requeridos. • En algunas viviendas no se instaló el lavaplatos. • Las vigas y columnas no conservan las condiciones técnicas exigidas puesto que presentan exposición del acero de refuerzo, de agregados y en algunas viviendas no conservan la sección a lo largo del elemento
de
Contrato No.08 de 8 de abril de 2020, celebrado a nombre de la ALCALDÍA DE CARTAGENA y la persona jurídica VENTAS DISTRIBUCION Y MARKETING para la compra de pruebas rápidas aprobadas por el INVIMA para el
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diagnóstico y contención de la covid-19 en el Distrito de Cartagena, el contrato no se pagó y se inició proceso de incumplimiento al contratista.
traslados de recursos de las cuentas de la entidad a diferentes cuentas de terceros para posteriormente recobrar dichos recursos y dividirlos entre ellos, demostrándose a lo largo del proceso como cada uno de ellos intervino en el desfalco que terminó con la perdida de cuantiosos recursos públicos. Respecto al Director General de CORPOURABA, el a quo concluyó que no participó en el ardid criminal conformado al interior de la entidad pues ninguno de los pagos irregulares contó con su anuencia y las transferencias fraudulentas se realizaron sin su consentimiento, por lo cual pese a ser gestor fiscal, su actuar no incidió de manera alguna en la generación del año investigado , decisiones que fue confirmadas integralmente en grado de consulta y al resolver los recursos de apelación interpuestos frente al Fallo por la aseguradoras vinculadas al proceso.
• Gerencias Departamentales Colegiadas Decisiones confirmadas por la Unidad de Responsabilidad Fiscal (antes Dirección de Juicios Fiscales) de la Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo a destacarse son las siguientes: Número de radicado: PRF-2017-01361 Cuantía indexada: $2.986 millones Decisión: Fallo con responsabilidad fiscal No. 023 del 22 de agosto de 2019, confirmado por Auto No. 1535 del 20 de diciembre de 2019, por medio del cual se resuelve grado de Consulta y se desatan recursos de apelación. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Antioquia Segunda Instancia: Dirección de Juicios Fiscales Entidad afectada: Corporación para el Desarrollo Sostenible de Urabá CORPOURABÁ.
Número de radicado: PRF-2015-00922 Cuantía: $ 1.751 millones Decisión: Fallo con responsabilidad fiscal No. 26 de 13 de noviembre de 2019, confirmado por Auto No 00020 del 4 de marzo de 2020, por medio del cual se resuelve grado de Consulta y se resuelven recursos de apelación. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Santander
Resumen de los hechos: Mediante comprobantes de egreso ficticios se justificaron pagos que fueron realizados mediante transferencias electrónicas a cuentas bancarias a nombre de beneficiarios que desempeñaban cargos de tesorero, coordinadora de presupuesto, y contador de la entidad.
Segunda Instancia: Unidad de Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Municipio de Puerto Wilches Resumen de los hechos: Se investigaron irregularidades en la ejecución y recibo de la obra contratada en virtud del contrato de obra No. 069 de 02 de abril de 2013, cuyo objeto fue la construcción de obras de mantenimiento y rehabilitación del dique para la protección de la margen derecha del río Magdalena en el sector de Paturia, en el municipio de Puerto Wilches, ya que, pese a que producto de cambios en las cantidades de obra y diseños, el mismo fue
La Gerencia departamental Colegiada de Antioquia profirió Fallo con responsabilidad fiscal, por la suma de $2.986 millones, en contra de tres de los investigados, a título de dolo ya que se demostró dentro del proceso que la Jefe de presupuesto, la tesorera y el contador de la Corporación realizaban
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adicionado en valor 2 veces, en visita de obra realizada por el equipo técnico de la CGR, se constató que la obra no está prestando el servicio para el cual fue contratada, ya que el boquete del río Magdalena que se pretendía seguía abierto, situación que se dio por cuanto las obras fueron paradas por crecimiento en los niveles del rio Magdalena, tal como quedó evidenciado en el Informe Final de supervisión donde consta que la obra es “...entregada con una diferencia aproximada de menos 55 metros a su cierre”, pese a lo cual, el municipio recibió y liquidó el contrato afirmando que se recibía la obra “ya terminada” y pagando la totalidad del valor del contrato.
enero de 2020, por medio del cual se resuelve grado de Consulta y se resuelven recursos de apelación. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada del Vichada Segunda Instancia: Dirección de Juicios Fiscales Entidad afectada: Departamento del Vichada. Resumen de los hechos: La administración departamental decidió no dar continuidad a la modalidad de administración del servicio educativo prevista en el literal c) del artículo 4 del Decreto 2355 de 2009 (Administración del servicio educativo con las iglesias y confesiones religiosas) la cual para la vigencia 2010 se realizó a través del contrato No. 007 del 28 de enero de 2010, sin evaluar en forma adecuada el impacto que en términos de costo — beneficio representaría tal decisión, ya que bajo esta modalidad se garantizaba la prestación del servicio educativo a través de 5 internados que brindaban el servicio de alimentación escolar, el cual tuvo que contratarse de manera independiente con mayores costos para el departamento.
El aquo dispuso fallar con responsabilidad fiscal en contra del alcalde, del Secretario de Planeación, y del contratista, decisión que fue confirmada por la Contraloría Delegada Intersectorial No 4 de la Unidad de Responsabilidad Fiscal, acogiendo las conclusiones que arrojó la prueba técnica practicada respecto a la incapacidad funcional del dique que fue objeto de mantenimiento y rehabilitación en ejecución del contrato, ya que se demostró que la misma era atribuible a deficiencias en la etapa de planeación técnica y financiera del contrato por causa de errores en la elaboración de los estudios y ausencia de diseños técnicos, que conllevaron a una equivocada proyección de las cantidades de obra a ejecutar que fundamentaron el presupuesto inicial de la obra; así como deficiencias en las funciones de dirección, supervisión y control técnico que le competían al municipio, por lo cual la obra no cumplió con los fines para los cuales estaba prevista: proteger de las inundaciones al sector del Corregimiento de Paturia.
La Dirección de Juicios Fiscales, confirmó el fallo con responsabilidad proferido, por haberse demostrado que se vulneraron los principios de economía y eficiencia de la gestión fiscal; pues la administración dejo de sopesar los alcances y efectos de su decisión ya que el contrato suspendido permitía ampliar y mantener la cobertura educativa, la cual se vio afectada y se tradujo en una reducción de los recursos SGP que recibía el departamento para educación, además de incurrir en mayores costos. También se revocó el fallo sin en lo atinente a la responsabilidad del secretario de Educación por considerar demostrado que avaló la contratación de suministros sin el análisis impacto costo — beneficio, sin contrastar aquella con la modalidad de administración, lo cual lo ubica en el ámbito de la culpa grave y lo liga a la producción del daño por una deficiente gestión Fiscal.
Número de radicado: PRF-180 SAE- 201600131 Cuantía: $ 1.742 millones Decisión: Fallo mixto No. 39 del 26 de junio de 2019, confirmado por Auto No 00076 del 29 de
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Número de radicado: PRF- 2014-05632 Cuantía: $ 1.572 millones Decisión: Fallo mixto No. 39 del 26 de junio de 2019, confirmado por Auto No 00697 del 11 de junio de 2019, por medio del cual se resuelve grado de Consulta y se resuelven recursos de apelación. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Sucre Segunda Instancia: Dirección de Juicios Fiscales Entidad afectada: Fondo Municipal de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana de Sincelejo — FOVIS. Agencia Presidencial para la Acción social y la Cooperación Internacional — ACCION SOCIAL (Hoy Departamento de la Prosperidad Social).
transferencia de dichos recursos a la Unión Temporal permitiendo que se ejecutaran de manera subrepticia y sin control alguno y que los otros miembros de la UT no fueron ajenos a las causas del fracaso del proyecto ya que se demostró su omisión al no haber vigilado e intervenido en el cumplimiento de los principios y obligaciones derivadas del ejercicio la gestión asumida a través de la Unión Temporal y como bien lo indicó el a-quo al no haberlo hecho son responsables del fallido resultado de la actividad social desarrollada. Número de radicado: PRF- 2015-00329 Cuantía: $1.543 millones Decisión: Fallo con responsabilidad fiscal No. 350 de 29 de agosto de 2019, confirmado por Auto No 00088 del 31 de enero de 2020, por medio del cual se resuelven los recursos de apelación interpuestos. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Caldas Segunda Instancia: Dirección de Juicios Fiscales Entidad afectada: Industria Licorera de Caldas — ILC
Resumen de los hechos: FOVIS Sincelejo conformó junto con otros participantes la Unión Temporal Urbanización Ciudadela Amable, con el objeto de participar en la convocatoria adelantada por ACCIÓN SOCIAL, para la presentación de propuestas en favor de la población desplazada por la violencia. En desarrollo de su propuesta “Mejora de los ingresos familiares de población desarraigada del municipio de Sincelejo, mediante la dotación de vivienda, el desarrollo de una iniciativa productiva y el fortalecimiento social”, financiado a partir del contrato de subvención No. 00227 de 14-12- 2009, el FOVIS Sincelejo recibió y transfirió a la Unión Temporal $1.463.893.991,16, detectándose la ejecución real de solo $342.673.170,35 representados en la construcción inconclusa y deficiente de unas 62 viviendas, y la no ejecución de la gran mayoría de actividades programadas.
Resumen de los hechos: Se investigó el pago de sanciones por inexactitud impuestas por la DIAN a la ILC respecto a las declaraciones de IVA de los 6 bimestres del año 2002 como consecuencia de haberse establecido que nunca se llevaron a cabo las operaciones registradas como exportaciones en las declaraciones cuestionadas. En primera instancia se profirió fallo con responsabilidad fiscal en contra del Subgerente General, pues se demostró que permitió que se le diera apariencia de legalidad a un proceso ficticio, ya que no existieron clientes internacionales en el año 2002 a quienes se les hubieran vendido los productos. De igual manera se responsabilizó al Jefe de División de Ventas Nacionales e
En sede de Consulta y apelación se confirmó el fallo proferido por considerar probado que el gerente del FOVIS Sincelejo dispuso de manera irregular de los recursos públicos del contrato de subvención No. 00227 de 2009 al asociarse, ceder el manejo y ordenar la
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internacionales, pues a su cargo se encontraba planear, custodiar y supervisar el trabajo relacionado con las ventas internacionales, y liderar y conducir activamente los programas de ventas al exterior, pese a lo cual avaló ventas a importadores extranjeros que nunca existieron, pues quienes figuraban en las facturas de venta de licor manifestaron que no sostuvieron relaciones comerciales con la licorera en el año 2002, decisión que fue confirmada en sede de apelación con fundamento en las pruebas recabadas en el proceso que dan cuenta de una deficiente gestión fiscal desplegada por los implicados que condujo al pago de intereses y sanciones tributarias.
En primera instancia se falló con Responsabilidad Fiscal en contra del alcalde municipal de Chimichagua, y sin Responsabilidad Fiscal a favor del Secretario de Infraestructura del Departamento del Cesar, para la época de los hechos, decisión que es confirmada en sede de Consulta y apelación por cuanto al primero se le demostró una deficiente gestión fiscal generadora del daño ya que adelantó el proceso contractual sin haber culminado el proceso de legalización de los predios y servidumbres necesarios para la construcción del alcantarillado y sin contar con el sitio de disposición final, lo que trajo problemas en la ejecución del contrato y el consecuente incumplimiento que se tradujo en una mala inversión del recurso público y en que las necesidades que se pretendían suplir con la suscripción del convenio como eran mejorar la calidad de vida y salubridad de los habitantes no se resolvieran. En cuanto al segundo, al haberse demostrado que el daño devino de una falta de planificación en la etapa precontractual por parte del municipio, el mismo no le era atribuible por lo cual se confirmó el fallo que lo exoneró de responsabilidad fiscal.
Número de radicado: 21-04-1025 PRF- 201500425 Cuantía: $1.272 millones Decisión: Fallo mixto No. 0010 del 24 de octubre de 2019, confirmado por Auto No 00036 del 10 de marzo de 2020, por medio del cual se resuelve Grado de Consulta y recursos de apelación interpuestos. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Cesar Segunda Instancia: Unidad de Responsabilidad Fiscal. Entidad afectada: Departamento del Cesar.
Número de radicado: PRF- 2015-00563 Cuantía: $ 1.187 millones Decisión: Fallo con Responsabilidad Fiscal No. 022 del 10 de septiembre de 2019, conformado por Auto No 0048 del 20 de enero de 2020, por medio del cual se resuelve el recurso de apelación y el grado de consulta. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Santander Segunda Instancia: Dirección de Juicios Fiscales Entidad afectada: Municipio de Puerto Wilches.
Resumen de los hechos: La administración Departamental celebró con el municipio de Chimichagua el convenio interadministrativo No. 080 de 2010, por valor de $1.965 millones, cuyo objeto era la construcción de las redes de alcantarillado sanitario y disposición final de los corregimientos de El Guamo y las Vegas; suscribiendo para el desarrollo del mismo, el contrato de obra No. 038 de 2010, el cual registraba un porcentaje de ejecución de solo 49% representado en obras que no se encuentran prestando ningún servicio a la comunidad .
Resumen de los hechos: El municipio celebró contrato de obra para la construcción 200 viviendas en sitio propio para damnificados de la ola invernal 2008,de las cuales se evidenció
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la construcción parcial de 81, las cuales presentan fallas estructurales importantes, falta de pisos, puertas y ventanas, falta de instalaciones eléctricas internas y problemas generalizados en redes sanitarias y pozos sépticos que debían ser suministrados e instalados por el contratista, quien abandonó la obra sin que esta se hubiera terminado pese a que le fue girado el anticipo.
de visita técnica adelantada por la CGR, se estableció que las obras objeto del contrato que habían sido ejecutadas y pagadas, se encontraban inconclusas, en estado de abandono y deterioro. En sede de Consulta se confirmó la decisión de cesar y archivar el proceso proferida por la Gerencia, con base en el dictamen pericial practicado como prueba por la primera instancia en abril de 2018, mediante el cual se estableció que las obras objeto del contrato además de ser ejecutadas, ya se encontraban prestando un servicio a la población beneficiaria, y toda vez que el detrimento por valor de $4.258.336, originado en el deterioro de algunos de los ítems ejecutados en el contrato así como en el sobrecosto en otros que fue determinado en el mismo dictamen, fue resarcido entendiéndose acreditado el resarcimiento pleno del daño materia del proceso y, por lo tanto, probada la causal de terminación.
La Gerencia profirió fallo con en contra del alcalde municipal, el supervisor, el contratista, y el interventor técnico ya que se demostró que su conducta gravemente culposa fue determinante para la ocurrencia del daño pues nunca estuvo encaminada a atender las irregularidades que venían presentándose en la ejecución del contrato, y dejaron de cumplir con las obligaciones que les correspondían para garantizarla, decisión que es acogida en segunda instancia pero con modificaciones relativas a la cuantificación del daño, el cual se precisó, consistió en la irregular ejecución de las obras por parte del contratista, así como su posterior abandono, por lo cual su cuantificación debía tener en cuenta el valor de las obras ejecutadas en aplicación del principio de justicia retributiva.
Número de radicado: PRF- 2014-05505 693 Cuantía: $856 millones Decisión: Fallo con Responsabilidad Fiscal No. 003 del 29 de abril de 2019, confirmado por Auto No 00877 del 22 de julio de 2019, por medio del cual se resuelve el grado de consulta y las apelaciones presentadas. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada del Casanare Segunda Instancia: Dirección de Juicios Fiscales Entidad afectada: Departamento de Casanare y Municipio de Villanueva
Número de radicado: PRF- 2017-00502 Cuantía: $ 1.027 millones Decisión: Cesación de la acción fiscal y el archivo del proceso de responsabilidad fiscal por resarcimiento Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada del Tolima Segunda Instancia: Dirección de Juicios Fiscales Entidad afectada: Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo del Tolima S.A. E.S.P.
Resumen de los hechos: El Municipio de Villanueva y el departamento de Casanare, celebraron convenio Interadministrativo con el objeto de aunar esfuerzos para la construcción de un proyecto de vivienda nueva en el municipio, el cual se ejecutaría con aportes de ambos entes gubernamentales y con aportes de la comunidad beneficiaria representados
Resumen de los hechos: El 15 de marzo de 2013, se celebró el contrato de obra No. 042 entre la EDAT y el Consorcio CME Santa Isabel 2012, cuyo objeto consistió en mejoramiento del sistema de acueducto municipal. A través
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en un lote y recursos de ahorro programado. Para la ejecución del mismo el municipio de Villanueva suscribió convenio con una Junta de Vivienda y una Unión Temporal. Se suscribió Acta de Inicio el 10 de febrero de 2012, y se transfirieron la totalidad de los recursos a la Junta de Vivienda para la ejecución del proyecto, pero en visita al sitio de la obra el 9 de octubre de 2013, se evidenció que no existía obra alguna ejecutada.
en julio de 2012, se encontró suspendida la obra, y que solo se habían iniciado 23 unidades de vivienda que fueron recibidas por el municipio y entregadas a los beneficiarios, pese a que presentaban deficiencias y problemas de calidad en procedimientos técnicos constructivos, materiales y mano de obra debido al incumplimiento de normas de sismo resistencia y calidad.
En sede de Consulta y apelación, se confirmó el fallo con responsabilidad fiscal proferido por la Gerencia ya que fue demostrada la existencia del daño, así como la deficiente gestión fiscal de los responsables como quiera que los implicados no demostraron que los recursos recibidos se hubieran invertido en el proyecto lo que aunado a la inactividad del interventor y del supervisor del contrato, quienes no alertaron ni informaron sobre el incumplimiento de las obligaciones por parte del contratista, permitió la perdida de cuantiosos recursos públicos.
Al resolver el grado de consulta y las apelaciones presentadas contra el Fallo proferido por la Gerencia, se confirmó la decisión ya que mediante prueba técnica se pudo demostrar la mala calidad de las obras y materiales así como el faltante de obra y que por tanto no debieron ser recibidas por la administración municipal ni por la interventoría y mucho menos pagadas como en efecto sucedió, y así mismo por cuanto se demostró en el proceso la conducta omisiva de quienes estaban llamados a velar por la correcta ejecución del proyecto la cual generó la perdida de los recursos invertidos.
Número de radicado: PRF- 2015-00058 Cuantía: $820 millones Decisión: Fallo con Responsabilidad Fiscal No. 561 del 6 de septiembre de 2019, confirmado por Auto No 01392 del 25 de noviembre de 2019, por medio del cual se resuelve el grado de consulta y las apelaciones presentadas. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada del Valle del Cauca Segunda Instancia: Dirección de Juicios Fiscales Entidad afectada: Municipio de Andalucía
Número de radicado: PRF- 2015-01045 Cuantía: $702 millones Decisión: Fallo con Responsabilidad contenido en el Auto No. 015 de 18 de octubre de 2018, confirmado por Auto No 01093 del 18 de noviembre de 2019, por medio del cual se resuelven apelaciones presentadas. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Sucre Segunda Instancia: Dirección de Juicios Fiscales Entidad afectada: Municipio de Caimito
Resumen de los hechos: El municipio de Andalucía suscribió Convenio de Asociación con una corporación para la construcción de 56 viviendas de interés social en sitio propio para familias damnificadas por ola invernal, por valor total de $796 millones, de los cuales, $707 millones, fueron aportados por el Fondo Nacional de Regalías. En visita fiscal realizada
Resumen de los hechos: Con el propósito de contribuir a la atención de la situación de desastre ocasionada por la ola invernal 20102011 , la DIAN donó mercancías a la Dirección de Gestión de Riesgo consistentes en 24.568 pares de zapatos por un valor total de $519 millones, las cuales fueron canalizadas a través del CREPAD dependencia que hizo
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entrega de dichas ayudas al alcalde municipal de Caimito para su distribución, pese a lo cual no se encontraron soportes que acrediten que los bienes fueron entregados a las familias afectadas. En segunda instancia, se resolvieron desfavorablemente los recursos de apelación interpuestos contra el fallo con proferido por el a quo, ya que la actividad probatoria desplegada por la Gerencia demostró la carencia de soportes de entrega del calzado a los damnificados, y que dicha omisión era atribuible a quienes fungieron como Coordinadores del Consejo Departamental de Gestión de Riesgo de Desastres CREPAD, y del CLOPAD del municipio de Caimito Sucre, para la época de los hechos, así como al alcalde municipal ya que se estableció que dentro del ámbito de sus funciones concurrieron en la generación del hecho generador del daño pues tenían poder decisorio sobre dichos bienes, y con sus actuaciones gravemente culposas definieron o incidieron en la disposición irregular de los mismos dada la falta de gestión y seguimiento al proceso de entrega. Número de radicado: PRF- 2017-00742 Cuantía: $648 millones Decisión: Fallo No. 032 del 23 de octubre de 2019, confirmado por Auto No 0068 del 27 de enero de 2020, por medio del cual se resuelve grado de Consulta y apelaciones presentadas. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Tolima Segunda Instancia: Dirección de Juicios Fiscales Entidad afectada: Municipio de Villahermosa
En segunda instancia, se confirmó al fallo con responsabilidad fiscal proferido en contra del alcalde y del secretario de Hacienda Municipal, ya que el primero obro sin el debido cuidado en el ejercicio de las funciones que le correspondían, y permitió que el Secretario de Hacienda obrara sin control alguno pues le otorgó la autorización que le correspondía como alcalde en las transacciones de banca virtual, lo que conllevo a que se produjera el detrimento patrimonial, pues ambos eran los responsables del manejo de los recursos que ingresaran y salieran de dichas cuentas como lo demostró el amplio acervo probatorio allegado al proceso. Número de radicado: PRF- 2015-00188 Cuantía: $ 602 millones Decisión: Fallo con responsabilidad fiscal No. 003 del 23 de diciembre de 2019, confirmado por Auto No 00117 del 7 de febrero de 2020, por medio del cual se resuelve grado de consulta. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Quindío Segunda Instancia: Dirección de Juicios Fiscales Entidad afectada: Instituto Nacional de Vías — INVÍAS Resumen de los hechos: INVIAS celebró contrato para la ejecución de obras de emergencia invernal en la carretera ArmeniaIbagué, dentro de las cuales se requirió la construcción de un muro de contención de la banca de la vía en concreto reforzado, para reemplazar un muro construido previamente en el mismo sitio que había fallado por deslizamiento al no contar con cimentación profunda, el cual había sido ejecutado en desarrollo del contrato de mantenimiento celebrado previamente sobre la misma vía con el mismo contratista, y liquidado en 2012. Se reprochó en el proceso la inexistencia de evidencias del cobro de pólizas de estabilidad o actuaciones tendientes a reclamar al contratista o al garante por la obra fallida, o de
Resumen de los hechos: En las vigencias 2013, 2014, y 2015 se realizaron traslados bancarios de las cuentas donde se manejan los recursos SGP del Municipio de Villahermosa, Tolima a cuentas personales del Ex Secretario de Hacienda y de su esposa, sin que existiera obligación o soporte para ello.
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referencias al respecto en los estudios previos que evaluaran la conveniencia de contratar la reparación de la obra fallida con quién la había ejecutado antes.
pago corresponde a deudas personales adquiridas por el entonces Alcalde Municipal Proceso Número: PRF- 1547 Cuantía: $ 1.135 millones Decisión: Fallo con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Municipio de Cantagallo Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Bolívar
Al resolver el Grado de Consulta, y luego de valorar el acervo probatorio recabado, se confirmó el fallo con responsabilidad fiscal proferido en contra del contratista, pues como bien lo señaló la Gerencia se demostró que no acató recomendaciones técnicas previas y que ello fue la causa del desplome del muro y lo que condujo al INVÍAS a contratar por segunda ocasión la misma obra, concluyendo que no habría sucedido de haberse dado aplicación al estudio que recomendaba la ejecución del muro de contención con cimentación profunda, y de haber existido algún tipo de observación por parte de la interventoría, el supervisor del contrato o la contratante. Se revocó la parte del fallo que exoneraba de responsabilidad al Director general, ya que contrario a lo sostenido por la gerencia, la delegación de funciones no lo relevaba de su responsabilidad de efectuar el seguimiento, vigilancia y control frente a las obras ejecutadas.
Resumen de los hechos: Contrato para la ejecución de Redes de Internet en la cabecera cuyas obras se ejecutaron pero se deterioraron sin haberle prestado nunca ningún servicio a la comunidad. Proceso Número: PRF- 1698 Cuantía: $ 144 millones Decisión: Archivo por Resarcimiento Entidad afectada: Municipio de Talaigua Nuevo Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Bolívar Resumen de los hechos: En el contrato No. SAOP 001-2010, suscrito entre el Municipio de Talaigua Nuevo y contratista Elías Alberto Lissa Sarquis, el cual tenía como objeto la extensión de redes de alcantarillado en la carrera 5 entre calles 11 y 14 de la cabecera municipal, se presentaron faltantes de obra por un valor de $18,195,439. La obra no se encontraba en funcionamiento.
Número del proceso: PRF- 2017-00098 Cuantía: $ 230 millones Decisión: Fallo con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Municipio de Nechí Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Antioquia
Proceso Número: PRF- 1570 Cuantía: $ 74 millones Decisión: Archivo por reposición del bien Entidad afectada: Transcaribe Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Bolívar
Resumen de los hechos: El Municipio de Nechí, realizó transferencias bancarias de la cuenta maestra de Regalías No. 405846759 del Banco de Occidente a Maquirenta por $210 millones y Viviana Restrepo por $20 millones, informando el Secretario de Hacienda y Tesorero que no existe soporte alguno para dichos pagos y de igual manera el Representante Legal de la Sociedad Maquirrenta, beneficiaria del pago de$ 210.000.000, informa a esta entidad que el
Resumen de los hechos: Mala calidad de las obras en la construcción del tramo de Vía entre La India Catalina-subida de la Popa
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Proceso Número: 2015-450 Cuantía: $ 99.953.076 Decisión: Fallo con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Municipio de Guateque Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Boyacá
Proceso Número: PRF-5780 Cuantía: $ 80.636.713 Decisión: Fallo con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Instituto Departamental de Salud Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Caquetá
Resumen de los hechos: Los hechos objeto de investigación referían a irregularidades en la construcción de la segunda etapa de la sede bomberos del Municipio de Guateque, que no cumplía con la función y fin para el cual se invirtieron recursos, presentado serios problemas de calidad.
Resumen de los hechos: Suscripción de convenios interadministrativos 030,021,015 y 032 de 2009, con la ESE Sor Teresa Adele, para ejecutar actividades del plan de salud pública de intervenciones colectivas Proceso Número: PRF-2015-00310 Cuantía: $ 202.562.083 Decisión: Fallo Con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Municipio de San Vicente del Caguán Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Caquetá
Proceso Número: 2016-01104 Cuantía: $ 133.749.197 Decisión: Fallo Con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Municipio de Garagoa Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Boyacá Resumen de los hechos: Construcción relleno sanitario en el Municipio de Garagoa que presentaban fallas de financiamiento desde el diseño el cual fue retomado para inversión en la siguiente Administración junto FONADE, razón por la cual se falló con responsa 2 ítem que se pueden retomar en el nuevo proyecto.
Resumen de los hechos: Presuntas irregularidades en la ejecución del suministro 015 de enero de 2010 firmado con Ramiro Rivera Ramírez, toda vez que no existen comprobante que acredite la entrega de elementos a la comunidad educativa Proceso Número: 2016-01154 Cuantía: $ 361.654.599 Decisión: Fallo Con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Departamento de Casanare Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Casanare
Proceso Número: 2015-01115 Cuantía: $ 200.617.221 Decisión: Resarcimiento Entidad afectada: Departamento de Boyacá Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Boyacá
Resumen de los hechos: Convenio de Cooperación No. 001 de 2013 cuyo objeto fue aunar esfuerzos para la intervención, ajuste y construcción de 47 mejoramientos de vivienda de interés social con entorno saludable en el Municipio de Hato Corozal y 18 mejoramientos de vivienda en el municipio de Chámeza, la obra no fue ejecutada.
Resumen de los hechos: Construcción e implementación de un hogar infantil agrupado que se encontraba en estado de abandono y con ocasión del PRF hubo resarcimiento por adecuación de las fallas de la infraestructura, instalación de servicios públicos. Actualmente en funcionamiento.
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Proceso Número: PRF 2015-0430 Cuantía: $ 593.992.465 Decisión: Fallo Con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Municipio de El Tambo Cauca Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Cauca
Resumen de los hechos: Se determinó por parte de la Controlaría General un detrimento patrimonial, originado en el proceso de Contratación del Centro de Salud del Municipio, obra que por defectos de planeación, no se encuentra brindando un servicio para la comunidad, en estado de abandono, sin funcionamiento y a la fecha de la visita de la comisión auditora no se había planeado la dotación de la misma para que esta inversión fuera funcional para los habitantes del Sector.
Resumen de los hechos: Presuntas irregularidades en la construcción planta de tratamiento de aguas residuales sector Nuevo Tambo - PTAR
Proceso número: PRF-2018-00724 Cuantía: $ 16.742.000.000 Decisión: Archivo - Resarcimiento Entidad afectada: DISPAC S.A.ESP Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Chocó
Proceso Número: PRF 2015-0412 Cuantía: $ 165.209.616 Decisión: Fallo Con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Municipio del Patía – Cauca Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Cauca
Resumen de los hechos: Irregularidades derivadas del Contrato Interadministrativo No. DG-003-10-ISA 4000770, suscrito entre DISPAC SA ESP e INTERCONEXIÓN ELECTRICA -ISA S.A. ESP, cuyo objeto fue la Administración delegada para la Interconexión Eléctrica de los municipios de Istmina, Paimadó y San Miguel del Departamento del Chocó
Resumen de los hechos: Presuntas irregularidades en la ejecución convenio 006 de 2010, contrato 008 de 2010. Construcción etapa 1 del alcantarillado sanitario con planta de tratamiento de aguas residuales PTAR, para el corregimiento de Santacruz - Patía. Proceso Número: PRF 2015-0897 Cuantía: $ 139.898.933 Decisión: Fallo Con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Corporación Autónoma Regional del Cauca Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Cauca
Proceso número: PRF-2015-01424 Cuantía: $ 655.375.044 Decisión: Fallo Con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Departamento del Huila Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Huila
Resumen de los hechos: Presuntas irregularidades por el pago del impuesto predial al municipio, donde se cancela también intereses por mora
Resumen de los hechos: Contrato Interadministrativo No. 429 del 24 de mayo de 2011, cuyo objeto era “Elaboración del diseño del Teatro Auditorio del Centro Cultural José Eustasio Rivera de la Ciudad de Neiva, en sus componentes arquitectónicos, paisajísticos, técnicos y espaciales”. El hecho irregular es la contratación de estudios y diseños para la construcción del teatro auditorio en un predio que tenía destinación específica previa,
Proceso Número: 21-04-1028 Cuantía: $ 568.227.825 Decisión: Fallo Con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Municipio de San Martín Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Cesar
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debido a que el lote en el que se pretendía construir este (teatro auditorio) había sido previamente cedido al Departamento del Huila, con destinación específica, por el Instituto Colombiano Agropecuario ICA mediante Resolución No. 0255 del 5 de febrero de 2007 para la construcción del proyecto “Centro Empresarial y Eventos de Neiva”, en donde efectivamente se adelantó la construcción de dicha obra, que posteriormente se denominó Recinto Ferial de Neiva primera etapa, a través del contrato de obra No. 743 de 2012.
Proceso número: PRF 2016-01145 Cuantía: $ 336.813.225 Decisión: Fallo Con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Municipio de Sitio Nuevo Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Magdalena Resumen de los hechos: Se celebró el contrato de obra pública N° LP-003/2013 entre el municipio de Sitio Nuevo y el CONSORCIO MATADERO DE SITIONUEVO 2013 cuyo objeto fue la “Construcción de la planta física para el sacrificio mínimo de ganado vacuno en el municipio de Sitio Nuevo Magdalena” por valor de $297.218.405. Según el informe técnico realizado por la comisión de Auditoría y fechado 23 de septiembre de 2015, la planta física para sacrificio mínimo de ganado vacuno era inoperante, no contaba con los elementos técnicos planteados en el negocio jurídico y no se le habían otorgado los permisos necesarios para su funcionamiento.
Proceso número: PRF 2015-00497 Cuantía: $ 87.832.264 Decisión: Fallo Con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Municipio de Remolino Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Magdalena Resumen de los hechos: El Municipio accedió a recursos nacionales, para lo cual, el día 13 de noviembre de 2009 celebró convenio con el Ministerio de Hacienda e INVIAS, para el Mejoramiento y Mantenimiento rutinario, crédito COP $120.000.000.00. Mediante oficio del 14 de octubre 2011 el Ministerio informa al Alcalde de ese entonces señor ERWIN SADAT SAN JOSE FANDIÑO los requisitos de condonación del crédito El día 6 de agosto de 2012 se celebró con el Ministerio un acuerdo que permitiera pagar las obligaciones generadas por el crédito sin que se afectara de manera significativa y grave las finanzas y que permita al mismo tiempo acudir y realizar operaciones de crédito y recibir inversión por parte de la Nación. Sin que, al parecer, se cumplieran los requisitos para acceder a la condonación.
Número del proceso: PRF 2015-00552 Cuantía: $ 348.879.249 Decisión: Fallo Con Responsabilidad Fiscal Entidad afectada: Municipio de Cerro de San Antonio Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Magdalena Resumen de los hechos: El Municipio suscribió el 17 de febrero de 2009, por contratación directa un convenio de asociación para constituir una unión temporal con la Fundación para la Vivienda y el Medio Ambiente FUNVIMA, con el objeto de ejecutar el proyecto de vivienda de interés social rural en sitio propio, damnificados de la ola invernal 2007, y celebró Otro Si el 01 de junio del mismo año, generando un valor neto de aporte FNR por valor de $1.189.414.330. Además de otros aportes entre el Municipio, Fundación y Comunidad; los cuales sumados fijan una cuantía del convenio en valor total de mil cuatrocientos cuarenta millones ochocientos
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veinticuatro mil seiscientos ochenta y siete pesos ($1.440.824.687). Sin que se ejecutara en su totalidad el proyecto.
“Construcción PTAR El Santuario Etapa I Fase III Municipio de Piedecuesta” y el Contrato de Interventoría No 161 de 2011 “Interventoría Técnica construcción PTAR El santuario Etapa I Fase III”; evidenciándose deficiencias como ajustes, a diseños y modificaciones de las especificaciones técnicas establecidas inicialmente.
Número de radicado: Indagación preliminar ANT-IP-2018-02003 Cuantía: $ 80.593.524 Decisión: Resarcimiento Entidad afectada: FINDETER Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Norte de Santander Resumen de los hechos: Dentro de la ejecución del Contrato PAF EUC 010 2015 se instaló planta eléctrica de 25kva que no cumplía con la capacidad requerida para atender las necesidades del proyecto Ciudad Rodeo en el municipio de Cúcuta. Con ocasión de la Indagación Preliminar adelantada se logró el resarcimiento pleno, obtenido con la instalación integral y completa, con el cumplimiento de las especificaciones requeridas de los elementos que componían el objeto contractual, lo que permitió al despacho determinar que las irregularidades denunciadas fueron subsanadas y así proferir el archivo de la actuación.
Número del proceso: PRF - 2016-00310 Cuantía: $ 1.477.656.184 Decisión: Archivo por resarcimiento Entidad afectada: Empresa de Acueducto y Alcantarillado del Tolima. Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Tolima Resumen de los hechos: Se evidenciaron obras inconclusas en el Acueducto del plan maestro de Murillo Tolima, según contrato de obra 032 de 2013. En el curso del Proceso se logró la culminación y puesta de funcionamiento del acueducto en beneficio de la comunidad.
Número del proceso: PRF-2017-00203 Cuantía: $ 28.676.052.009 Decisión: Archivo por Resarcimiento Entidad afectada: Piedecuestana de Servicios Públicos S.A. ESP Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Santander
Número del proceso: PRF-2014-05724 Cuantía: $213.287.236 Decisión: Fallo Con Responsabilidad Fiscal Primera Instancia: Gerencia Departamental Colegiada de Vichada
Resumen de los hechos: Presunto daño originado en desarrollo del convenio 1600 de diciembre 7 de 2010 suscrito entre el Departamento de Santander y la Empresa Piedecuestana de Servicios Públicos E.S.P.S “Construcción Planta de Tratamiento de Aguas Residuales El santuario Etapa I Fase III municipio de Piedecuesta. Santander”, Posteriormente la Piedecuestana suscribió el contrato de obra N° 098 de 2011, objeto
Resumen de los hechos: Se pudo determinar que en el municipio de Cumaribo Vichada, se giraron once (11) sin concepto de su emisión, los cuales fueron pagados, determinándose así la afectación al patrimonio de la entidad por la presunta desviación de estos recursos.
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“construcción del distrito de riego TesaliaPaicol”; en desarrollo del Contrato de Obra y en cumplimiento de la Auditoría se detectaron ítems pagados doblemente contenidos en el acta parcial de obra No. 34 del 16 de diciembre de 2012, por lo que inicialmente se estableció un detrimento patrimonial de ítems pagados y no ejecutados de $.2.090 millones y de ítems pagados doblemente por valor de $2.390 millones, para un total de $4.481 millones.
Casos de impacto en materia de cobro coactivo • Dirección de Jurisdicción Coactiva – Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo Proceso de cobro coactivo No. J-1830 CUANTÍA INICIAL: $23.089 millones ENTIDAD AFECTADA: INCODER CUANTÍA RECUPERADA: $23.230 millones
• Hecho 2: Por Hallazgo fiscal de Auditoría, la Gerencia Departamental de Huila, inició el Proceso de Responsabilidad Fiscal 201700442 teniendo como antecedente el hallazgo fiscal de Auditoría vigencia 2014, realizado por la Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario al INCODER en donde se observó que el instituto y el Consorcio INTERRIEGO, celebraron el contrato de obra 0695 de 2009 con el objeto de desarrollar obras de construcción del proyecto de riego de mediana escala Tesalia-Paicol, donde se evidenció al momento de liquidar el contrato existía una diferencia en amortización de anticipo por valor de $16.119 millones.
ORIGEN DEL TÍTULO: Fallo con Responsabilidad Fiscal N° 0528 del 28-052019, a través del cual la Contraloría Delegada Intersectorial No. 3 de la Contraloría General de la República, el Auto No. 0545 del 4 de junio de 2019, por el cual se aclaró el Fallo con Responsabilidad Fiscal No. 0528 del 28 de mayo de 2019; el Auto No. 0612 del 25 de junio de 2019, por el cual se resuelven los recursos de reposición interpuestos contra el Fallo con Responsabilidad Fiscal No. 0528 del 28 de mayo de 2019 y el Auto No. 0142 del 22 de julio de 2019, por el cual se resolvieron los recursos de apelación y la Consulta contra el Fallo con Responsabilidad Fiscal No. 0528 del 28 de mayo de 2019.
Proceso de cobro coactivo No. J-1848. CUANTÍA INICIAL: $ 513.610.807 ENTIDAD AFECTADA: INSTITUTO NACIONAL DE VIAS - INVIAS CUANTÍA RECUPERADA: $ 545.604.398
RESUMEN: Hecho 1 Traslado por la Contraloría Auxiliar para el sistema General de Regalías en actuación fiscal de Auditoría al contrato de Obra No. 0695 del 26 de noviembre de 2009, destinado a la “construcción del distrito de riego de Tesalia-Paicol, celebrado entre el Instituto Colombiano de Desarrollo RuralINCODER y el Consorcio INTERRIEGO.
ORIGEN DEL TÍTULO: Fallo con Responsabilidad Fiscal N° 007 del 1009-2019, proferido dentro del proceso de Responsabilidad Fiscal No.2015-00707 a través del cual la Dirección de Investigaciones Fiscales de la Contraloría General de la República, resolvió Fallar con Responsabilidad Fiscal; el Auto No. 0899 del 09 de diciembre de 2019, por el cual se resuelven los recursos de reposición interpuestos contra el Fallo con Responsabilidad Fiscal No. 007 del 10-09-2019 y se confirma la decisión.
El INCODER a través del Convenio Interadministrativo de Cofinanciación No.196 del 19 de marzo de 2009 destinó recursos públicos para la obra denominada
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RESUMEN: El INVIAS suscribió el contrato 2101059 de suministro de concreto hidráulico con CEMEX para pavimentar el sector PR22 al 27 dentro de la ejecución del proyecto carretera de la soberanía, el contrato según visita y acta de liquidación no se ejecutó sin embargo se reconoce el pago de materiales de obra no utilizados en el proyecto
impuestas a la Industria Licorera de Caldas por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN Seccional Manizales, con ocasión de la inexactitud en las declaraciones del impuesto de valor agregado – IVA de los seis (06) bimestres de tal anualidad, siendo remitido el hallazgo por la líder del equipo auditor mediante oficio de traslado radicado con el número 2014IE0175994 de fecha 24 de diciembre de 2014, al presidente de la Gerencia Departamental Colegiada.
Proceso de cobro coactivo No. PRF-201500329-1742 CUANTÍA INICIAL $1.543 millones ENTIDAD AFECTADA: INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS CUANTÍA RECUPERADA: $1.000 millones
El proceso de cobro coactivo continúa para obtener el pago del valor restante. Proceso de cobro coactivo No. J-1714 CUANTÍA INICIAL: $174.996 millones ENTIDAD AFECTADA: INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU- DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ CUANTÍA RECUPERADA: $33.677 millones
ORIGEN DEL TÍTULO: Auto No. 350 del 29 de agosto de 2019, “POR EL CUAL SE FALLA CON RESPONSABILIDAD FISCAL DENTRO DEL PROCESO ORDINARIO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 201500329_1742”, expedido por la Gerente Departamental de Caldas AD-HOC – Directiva Colegiada Ponente y el Contralor Provincial Competente – Directivo Colegiado de la Contraloría General de la República
ORIGEN DEL TÍTULO: Fallo con Responsabilidad Fiscal proferido en Audiencia surtida entre el veinticuatro (24) de octubre y el dieciséis (16) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), por la Contraloría Delegada Intersectorial N° 8 de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción de la Contraloría General de la República, dentro del Proceso Verbal de Responsabilidad Fiscal Nº CD 0002572010, contra el mencionado Fallo con Responsabilidad Fiscal se interpusieron Recursos de Reposición, los cuales fueron resueltos en Audiencia realizada entre el veinticinco (25) de noviembre y el siete (7) de diciembre de dos mil dieciséis (2016) y los recursos de Apelación y el grado de consulta fueron resueltos en Audiencia realizada entre el diecinueve (19) y veinte (20) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), por la señora Contralora General de la República (Ad Hoc), en donde se dispone confirmar en todas sus partes el Fallo con Responsabilidad Fiscal
RESUMEN: El proceso tuvo origen en el hallazgo con incidencia fiscal producto de la actuación especial, practicada como consecuencia de la solicitud de control excepcional remitida inicialmente mediante correo electrónico del 26 de agosto de 2013 radicado con el número 2013ER0091879, y complementada posteriormente el 28 del mismo mes y año con número de radicado 2013ER0093163 por la señora Lina María Mejía Gamboa actuando en calidad de Presidente de la entidad denominada “ Veeduría Ciudadana Nueva Frontera”; control excepcional desarrollado por la Gerencia Departamental de Caldas de la Contraloría General de la República a la Industria Licorera de Caldas – ILC, por las supuestas irregularidades en algunas exportaciones de licor durante el año 2002, que propiciaron una serie de sanciones
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RESUMEN: Proceso de Responsabilidad Fiscal adelantado por las irregularidades ocurridas en las etapas precontractuales y de ejecución del contrato de construcción de la troncal de Transmilenio por la Calle 26, consistentes en sobrecostos en los estudios previos, en la construcción y modificación de los diseños
• Gerencia Departamental Colegiada de Bolívar Número radicado del Proceso: PJC 721 Cuantía: $1.174.577.539 Entidad afectada: Municipio de Calamar Origen del título: Fallo con Responsabilidad Fiscal
• Gerencia Departamental Colegiada de Antioquia
Resumen de los hechos: Incumplimiento contractual por parte de Corporación Colombiana de Investigaciones Ambientales y Estudios Sociales – COLINAM, respecto a la construcción de 225 viviendas de interés social rural, mejoramiento de 71 más, y saneamiento básico. Ello para atender a los damnificados por la ola invernal en 2007.
Número radicado del Proceso: COAC 201900140 Cuantía: $621.718.945 Entidad afectada: ECOPETROL Origen del título: Fallo con Responsabilidad Fiscal Resumen de los hechos: Compra de un predio en Yondó “la cabaña” y no fue registrado en la OIP como corresponde, siendo inoponible a terceros.
• Gerencia Departamental Colegiada de Caldas
Número radicado del Proceso: COAC 202000040 Cuantía: $131.000.000 Entidad afectada: CORPOURABA Origen del título: Fallo con Responsabilidad Fiscal
Número radicado del Proceso: COAC-201800366-1294 Entidad afectada: El Municipio de la Dorada Caldas Origen del título: Fallo con responsabilidad Fiscal. Cuantía Recuperada: $ 453.418.470,33
Resumen de los hechos: Presuntas irregularidades por pagos y transferencias de recursos a cuentas de familiares y allegados de la responsable de la tesorería de la entidad. Número radicado del Proceso: COAC 202000070 Cuantía: $80.732.563 Entidad afectada: CORPOURABA Origen del título: Fallo con Responsabilidad Fiscal
Resumen de los hechos: El Municipio de la Dorada Caldas a través de FONVIPO, adelanto un proyecto denominado Urbanización LA PRIMAVERA para la construcción de viviendas de interés social; Proyecto que fue contratado con LA CONSTRUCTORA DEL CAFÉ INGENIERÍA COLOMBIA, Cuyo objeto consistió en la construcción de 270 vivienda de interés social, contrato que fue incumplido, lo que generó el daño patrimonial.
Resumen de los hechos: CORPOURABA vendió un lote en arboletes de 822 mts, por valor de 31.600.000, siendo su extensión real 1.529 mts.
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• Gerencia Departamental Colegiada de Casanare
• Gerencia Departamental Colegiada de Guaviare
Número radicado del Proceso: 501 Cuantía: $ 896.458.727 Entidad afectada: GOBERNACIÓN DE CASANARE – MUNICIPIO DE VILLANUEVA Origen del título: Fallo con responsabilidad Fiscal - PRF 693
Número radicado del Proceso: COAC, 201700210 Cuantía: $229.639.726 Entidad afectada: Departamento del Guaviare Origen del título: Fallo con Responsabilidad fiscal N° 003 del 18/07/2017
Resumen de los hechos: Convenio Asociativo de vivienda y alianza estratégica N° 001 de 2011, “Construcción de 40 unidades de vivienda de interés prioritario en propiedad horizontal del proyecto urbanístico ciudadela santa clara suscrito entre el municipio de Villanueva, la junta vivienda comunitaria santa clara y la unión temporal casa ciudadela santa clara, a la fecha se ha recaudado la suma de $512.530.449.
Cuantía Recuperada: $173’500.000 Resumen de los hechos: Irregularidades derivadas en la inversión del anticipo entregado al contratista “Macronetwork E.U” en virtud del contrato de suministro N° 714 del 30/10/2008 celebrado con el Departamento del Guaviare, cuyo objeto era la adquisición de bienes y servicios para el área de microbiología de alimentos del laboratorio Departamental de Salud. La compañía aseguradora asumió la indemnización del valor asegurado por $173’500.000, consignando el mismo a DTN.
• Gerencia Departamental Colegiada de Guainía
Número radicado del Proceso: COAC2017-00276 Cuantía: $129.411.177.26 Entidad afectada: Municipio de San José del Guaviare Origen del título: Fallo con Responsabilidad fiscal N° 004 del 18/08/2017
Número radicado del Proceso: COAC-201800070 Cuantía: $360.323.953 Entidad afectada: Gobernación del Guainía Origen del título: Fallo con responsabilidad Fiscal 226 del 29 de noviembre de 2017. Resumen de los hechos: En desarrollo del proceso de cobro coactivo COAC-201800070 la Gerencia Departamental Guainía, celebró acuerdo de pago con el ejecutado ENTIDAD COOPERATIVA SOLIDARIA DE SALUD “ECOOPSOS ESS EPS’S”, conforme al cual se logró el recaudo de manera efectiva la suma de CUATROCIENTOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL DIECINUEVE PESOS CON CUARENTA CENTAVOS ($ 413.924.019,40), en razón a ello se dio por terminado el proceso mediante auto 169 del 06 de noviembre de 2019.
Resumen de los hechos: Irregularidades en la construcción del barrio Villa Andrea, en el municipio de San José del Guaviare, evidenciadas en el contrato de obra N°006 de 2005 celebrado entre el Instituto de Vivienda INVICASA y Construir Ltda y deficiencias en la Interventoría. Se declaró responsabilidad fiscal en contra del alcalde de la época de los hechos y del contratista. Fiduagraria – Cóndor ha realizado abonos a la deuda.
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de estas acciones, mediante res. 0008221 del 23-08-2010 la DIAN autoriza la donación de mercancía a la dirección de gestión de riesgo consistentes en 24.568 pares de zapatos por un valor de $519.405.668(sin indexar), las cuales fueron entregadas a su vez al CREPAD Sucre, para atender la emergencia en algunos municipios los cuales no fueron entregados en su totalidad.
• Gerencia Departamental Colegiada de Quindío Número radicado del Proceso: COAC-201900239 Cuantía: $602.110.384 Entidad afectada: Ejército Nacional 8 Brigada Cacique Calarcá Origen del título: Fallo con Responsabilidad Fiscal
Número radicado del Proceso: PCC 75 Cuantía: $1.572.432.512 Entidad afectada: FOVIS Origen del título: Fallo con PRF-2014-05632
Resumen de los hechos: En la ejecución del contrato de mantenimiento 78BASP82014 se detectó que la edificación incumple con los requisitos de sismo resistente. La obra no presta ninguna función además de constituir un peligro para las personas que la habiten.
Resumen de los hechos: FOVIS el contrato de subvención no.00227 de 2009 y del cual se derivó las U. Temporal URB. Ciudadela Amable cuyo objeto era la concesión, por parte de la administración contratante de una subvención para la ejecución de la acción denominada mejora de los ingresos familiares de población desarraigada del municipio de Sincelejo, mediante la dotación de vivienda, se pagaron cantidades de obra, contratos de prestación de servicios y compra de materiales e insumos no ejecutados.
Número radicado del Proceso: COAC2020-604 Cuantía: $459.193.865 Entidad afectada: INVÍAS Origen del título: Fallo con Responsabilidad Fiscal Resumen de los hechos: Irregularidades contrato de mantenimiento integral de la vía No. 1798 de 2004, liquidado en el 2011, el cual presentó fallas por deslizamiento y hubo que reemplazar el muro, es decir, contratar nuevamente su construcción.
• Gerencia Departamental Colegiada de Tolima Número radicado del Proceso: 201601255/769 Cuantía: $114.661.579 Entidad afectada: Agencia Logística de las Fuerzas Militares Regional Tolima Origen del título: Fallo N° 029 de 11/10/2019 Cuantía Recuperada: $114.661.579
• Gerencia Departamental Colegiada de Sucre Número radicado del Proceso: PCC 764 Cuantía: $702.661.475 Entidad afectada: Municipio de Caimito Origen del título: Fallo Con RF en el PRF-01045
Resumen de los hechos: Faltante de Inventarios en las Servitiendas año 2015. Agotada la etapa persuasiva se logró el resarcimiento del daño con un recaudo efectivo de $114.661.579 en Abril 10 de 2020.
Resumen de los hechos: Con ocasión de la situación de desastre producto de la ola invernal 2010-2011, el gobierno nacional destino recursos para la atención humanitaria de los afectados por la ola invernal como parte
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mejoras que, si bien no llegan a cuantificarse, modifican positivamente las condiciones de vida de la población. De este tipo de impactos, durante el 2019, la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana evidenció:
Capítulo 8 – Resultados de las contralorías delegadas generales Resultados de la Contraloría delegada para la participación ciudadana
• La entrega de la Vía La Prosperidad, en Sitionuevo, Magdalena, proceso en el cual la incidencia ciudadana permitió la reactivación y finalización de la obra. • La entrada en operación del aeropuerto internacional de Leticia (Amazonas), que incluye las salas para las llegadas y las salidas, el área administrativa y las áreas comunes. • La revisión de las obras y puesta en operación del puente Pumarejo, entre Atlántico y Magdalena, cuyo seguimiento fue liderado por veedurías ciudadanas conformadas por especialistas en temas constructivos. • La asignación de una ambulancia con su personal paramédico para servicio nocturno entre el casco urbano de Gramalote y el centro de salud temporal. • La ampliación de los contratos del Plan de Intervenciones Colectivas del municipio de Girardot, Cundinamarca, lo que permitió prestar los servicios asociados a este programa durante todo el año. • La habilitación y puesta en servicio de cuatro kilómetros del proyecto Cruce de la Cordillera Central del llamado Túnel de la Línea, que van desde el puente El Salado hasta Calarcá, incluido el intercambiador de Versalles, dos deprimidos y cinco puentes (Villa Flor, La Platanera, Villa seca, el Cafetal y el Tres). • La atención y resolución de 141 casos de peticiones de pacientes de la EPS Medimás que se encuentran con patologías enmarcadas dentro de las enfermedades catastróficas y de alto costo y que requerían de intervención inmediata, con lo cual la CGR aportó en la garantía de su derecho a la vida y a la salud. • La puesta en operación de un peaje con tarifa preferencial entre Irra y La Felisa, en la Concesión Pacífico 3 tramo Risaralda, para mejorar la movilidad de los habitantes de la zona.
Generalidades La ciudadanía, acompañada por la entidad en su derecho a vigilar la gestión pública, obtuvo en el 2019 beneficios registrados equivalentes a $46.831 millones, referidos a la asignación de recursos para (i) reactivar las obras de los Teatros Santa Marta y Colón (Bogotá, D.C.), (ii) subsanar las deficiencias en las unidades habitacionales de dos proyectos de vivienda de interés social rural (Beltrán y Gachalá en Cundinamarca), (iii) construir un puente peatonal sobre la vía El Edén en Risaralda y (iv) pagar las deudas a los proveedores del contratista del Hospital de Cravo Norte (Arauca) y reactivar su ejecución. Adicionalmente, los planes operativos presentan también impactos positivos estimados en $83.071 millones, que incluyen la incidencia de la ciudadanía para la construcción de un muro de contención en el aeropuerto Antonio Nariño, la ubicación de obras requeridas por la comunidad sobre la Autopista del Café en su paso por Risaralda (un puente en el municipio de Dosquebradas y la intervención en el sector de Campoalegre del municipio Santa Rosa de Cabal), el mejoramiento de comedores escolares y la dotación de menajes en 15 instituciones educativas del municipio de Guadalajara de Buga en el Valle del Cauca y la recuperación de ocho placas de pavimento rígido en el departamento de Córdoba. Los resultados de las intervenciones de CFP en el territorio nacional cuentan también aquellas
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• La entrega de 52 viviendas a igual número de familias beneficiarias de sectores vulnerables, víctimas y minorías étnicas en Guaviare. • La mejora en la operación, condiciones de higiene y cumplimiento de minutas del Programa de Alimentación Escolar en la Institución Educativa Carlos Mauro Hoyos de Calamar, Guaviare, en las instituciones educativas del municipio de El Palmar, Huila, y en el departamento de Vaupés. • La culminación oportuna de las obras de los escenarios deportivos para los XXI Juegos Deportivos Nacionales y V Juegos
Paranacionales Bicentenario 2019, realizados en el departamento de Bolívar, para cuyo seguimiento la CGR promovió la conformación de veedurías ciudadanas en el Distrito de Cartagena, Turbaco, Arjona, Magangué y Carmen de Bolívar. En términos numéricos, los indicadores muestran que en el segundo semestre del 2019 la CGR prestó 1168 servicios de CFP a 31.413 ciudadanos y promovió la conformación de 83 veedurías ciudadanas en todo el territorio nacional.
Tabla No. 28 Servicios prestados y participantes por regiones – 01 de junio a 31 de diciembre de 2019
Fuente: SIPAR. Elaboración. Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana
Las regiones Central y Eje cafetero y Antioquia aportan el 47 % del total de los servicios prestados, mientras que la región Caribe registra el 27% de los asistentes durante el segundo semestre del 2019.
El uso de reuniones virtuales con las veedurías, mediante diversas plataformas, se ha convertido en la alternativa para responder a las expectativas ciudadanas en un periodo excepcional que pone en riesgo la garantía de los derechos ciudadanos, incluyendo el de participar.
Durante los primeros cinco meses del 2020, la Contraloría ha prestado 226 servicios de CFP, que, si bien son menos que el promedio del mismo periodo del 2019, muestran el ajuste de la Entidad a nuevos escenarios y metodologías para llegar a todos los ciudadanos.
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salud y elementos como ventiladores para la atención de los pacientes.
Trámite de Peticiones al interior de la Contraloría General de la República
En total, según los montos de los contratos denunciados en todo el territorio nacional, la ciudadanía solicitó a la CGR hacer seguimiento a la inversión de $ 708.051 millones de pesos.
Entre marzo y mayo de 2020, la CGR recibió y tramitó con carácter preferente 983 solicitudes ciudadanas relacionadas con la atención a la pandemia de COVID, que representan el 10 % del total de las peticiones recibidas en los primeros cinco meses del año. Clasificadas como denuncias fiscales o servicios, fueron atendidas tanto por las Delegadas Sectoriales como por la Dirección de Atención y Reacción Inmediata - DIARI, en un esfuerzo conjunto por identificar los puntos neurálgicos que requerían atención de la CGR. La información ciudadana aportó elementos para identificar los contratos que están siendo objeto de seguimiento y sobre los que ya se generaron sanciones fiscales, disciplinarias y penales.
Entre el segundo semestre del 2019 y los primeros cinco meses del 2020, las peticiones por carta presentaron un descenso del 21 %. La entidad fortaleció la atención en sus canales no presenciales, especialmente el correo electrónico y el módulo del SIPAR (Sistema Información de Participación Ciudadana) en la página web de la Entidad, que aumentaron su recepción de peticiones en 14 % y 12 % respectivamente. Las peticiones en redes sociales, por ahora, representan solo el 0,3 % del total de las solicitudes recibidas y tramitadas durante el 2020.
Las peticiones recibidas abarcan todos los departamentos del país, y el tema más denunciado es la contratación irregular de los bienes e insumos previstos para atender la pandemia, ya sea por sobrecostos o falta de pertinencia, seguido por las entregas a personas no beneficiarias y la falta de cobertura a población vulnerable. A la par se ubican las peticiones que refieren deficiencias en la adquisición y entrega de material de bioseguridad para los trabajadores de la
Entre el 01 de junio de 2019 y el 31 de mayo de 2020, la Dirección de Atención Ciudadana recibió y dio trámite a 20851 solicitudes, el 54 % de ellas en el segundo semestre del 2019. El aumento en las peticiones derivado del manejo de la emergencia por el COVID 19 fue asumido dentro de los procedimientos de la dependencia en tiempo récord para remitir la información al competente del trámite y no se evidencia en las estadísticas del 2020.
Gráfica No. 13 Variación de ingreso de peticiones en los principales canales de recepción 2019 – 2020
Fuente: SIPAR. Elaboración. Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana
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En lo que toca a la tipología de las peticiones, se mantiene la tendencia a que alrededor de la mitad de las solicitudes sean evaluadas como de no competencia. Entre el 01 de junio de 2019 y el 31 de mayo de 2020, 10107 solicitudes fueron calificadas en esta categoría, lo que equivale al 48,5 % del total. Sin embargo, entre el 2019 y el 2020 se evidenció una disminución del 12, 2 % en el porcentaje del total de peticiones clasificadas como no competencia, situación que puede atribuirse a las directrices de la alta dirección para la atención de las solicitudes relacionadas con la emergencia y a la aprobación de la reglamentación para el ejercicio del control prevalente, concomitante y preventivo.
Además, las peticiones clasificadas como servicio presentaron una variación ascendente del 11,6 %, mientras que un 2,2 % más de peticiones fueron evaluadas como denuncias fiscales. Por su parte, las tipologías petición entre autoridades, consulta, copias, solicitud de promoción, reclamo, control excepcional, sugerencias, quejas disciplinarias, quejas ordinarias, situación jurídica y reconocimiento de derecho no llegan ninguna al 2 % del total de peticiones tramitadas entre el 01 de junio de 2019 y el 31 de mayo de 2020.
Gráfica No. 14 Variación de evaluación de peticiones en los principales canales de recepción 2019 – 2020
Fuente: SIPAR. Elaboración. Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana
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Estrategia Compromiso Colombia para la culminación de las obras La estrategia Compromiso Colombia es un esfuerzo de la CGR que permite identificar proyectos en riesgo que requieren la vigilancia ciudadana y se sustenta en la generación de espacios de diálogo para que los gestores y los ciudadanos tengan la oportunidad de identificar las dificultades de ejecución y sus posibles soluciones y, a partir de allí, generar compromisos de gestión entre los responsables para asegurar la reactivación o culminación de los proyectos.
En total, de los 64 proyectos diferentes a las instituciones del proyecto FFIE que fueron incluidos en Compromiso Colombia, el 25 %, equivalente a 16 proyectos, ya fue puesto al servicio de la comunidad. El valor de estas obras equivale a $ 205.411 millones y los beneficiarios ascienden a 1.337.922 personas. Al comenzar el 2020, el mayor logro de la estrategia Compromiso Colombia fue la reactivación de las obras de la Ruta del Sol III, proyecto que tiene influencia directa en 18 municipios de los departamentos de Cesar, Magdalena y Bolívar y cubre un total de 475,8 km con una inversión de $ 3.45 billones. La acción de la Contraloría, que comenzó con un ejercicio de especial seguimiento, habilitó, a través de los espacios de diálogo, la concertación de las acciones necesarias para la suscripción del otrosí 10 al contrato de concesión, acuerdo que reinició la ejecución de las obras.
En el 2019 y el comienzo del 2020, 295 proyectos de todo el territorio nacional se han incluido en la estrategia Compromiso Colombia, dentro de los que se cuentan 231 instituciones educativas cuya construcción está comprometida, en el marco de los contratos entre el Ministerio de Educación y diferentes uniones temporales, celebrados a través del Fondo de Financiamiento de Infraestructura Educativa – FFIE. La mayoría de los proyectos presenta retrasos considerables en su ejecución y puesta en funcionamiento.
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Acciones de vigilancia y control fiscal articuladas con organizaciones de la sociedad civil $76.652 millones. Con corte a 31 de mayo de 2020, se encuentran en ejecución 6 auditorías con participación de la sociedad civil, a pesar de las condiciones excepcionales.
Durante la vigencia 2019 la CGR realizó ocho acciones de vigilancia y control fiscal articuladas con la ciudadanía, que dejaron como resultado hallazgos con presunta incidencia fiscal y beneficios de autoría por
Tabla No. 29 Resultados acciones de vigilancia y control fiscal articulados – 01 de junio a 31 de diciembre de 2019
Fuente: Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana
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y reconocimiento en campo a todos los municipios reconocidos como afectados y llevó a cabo diálogos ciudadanos y mesas de trabajo con EPM y el Departamento Administrativo del Sistema para la Prevención, Atención y Recuperación de Desastres de la Gobernación de Antioquia- DAPARD.
Casos de impacto en materia de especial seguimiento en la inversión de emergencia de recursos públicos Hasta la expedición de la normatividad que reglamenta el seguimiento permanente como modalidad del control preventivo y concomitante, solo la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana tenía expresamente en sus funciones la atribución de desplegar acciones de especial seguimiento, circunscrita a los recursos destinados para la participación ciudadana y la atención de emergencias y desastres.
Como resultado de este trabajo deliberativo, la Gobernación se comprometió a desarrollar cuatro grandes programas socioeconómicos para la recuperación de las condiciones de vida, el tejido social, la articulación de la región y la conservación ambiental. En desarrollo de esta iniciativa, 1261 de 1299 familias concertaron su participación en la oferta de proyectos productivos propuesta por las entidades. Adicionalmente, en desarrollo de la consulta previa con el cabildo indígena Nutabe de Orobajo, la comunidad y las entidades concertaron 60 impactos y 69 medidas de manejo, que fueron consignadas como compromisos entre las partes.
En ejercicio de esta potestad, la Contraloría despliega, desde el 2010, acciones de especial seguimiento sobre la gestión del Fondo Adaptación y la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. En el primer caso, el seguimiento ha permitido verificar las dificultades en el avance de las obras en los siete sectores y los cinco macroproyectos que conforman la gestión del Fondo para terminar la etapa de reconstrucción de los efectos de la ola invernal 2010 – 2011.
Además, la recuperación pactada en los compromisos ha permitido la recuperación de 8 instituciones educativas rurales y el inicio de la construcción de cuatro más, todas bajo la modalidad de construcción social. En infraestructura comunitaria, la comunidad ha recibido obras como la recuperación del atrio de la iglesia de Puerto Valdivia y los sistemas de acueducto de una IE educativa rural y del sector La Iglesia.
Para el 2020, a partir de la nueva organización de la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana, el especial seguimiento a la inversión de los $ 9.4 billones asignados al Fondo Adaptación se realizará con enfoque regional, en procura de verificar la garantía efectiva de los derechos de las poblaciones beneficiarias y los retrasos en la ejecución de los proyectos en territorio.
También se encuentran en ejecución el mantenimiento de la estación de policía y la cancha de la vereda Cachirimé y el comienzo de las obras de un puente peatonal y la línea de suministro de agua de la iglesia. Los compromisos en infraestructura incluyen la construcción de un centro de salud, un centro comunitario y la sede para primaria de la IE Marco A. Rojo de Puerto Valdivia, todo derivado de los compromisos adquiridos en el marco de las acciones de especial seguimiento.
Las acciones de especial seguimiento durante el 2019 alcanzaron también los impactos sociales, ambientales y económicos derivados del cierre de las compuertas ocurrido al comienzo de eso año en la represa Hidroituango. La Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana realizó visitas
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•Sexto Informe de Seguimiento a la implementación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (Informe realizado en el marco de la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a la Ley), presentado el 16de agosto de 2019 al Honorable Congreso de la República. • Séptimo Informe de Seguimiento a la implementación del Decreto 4633 de 2011 para víctimas pertenecientes a población Indígena. (Informe realizado en el marco de la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a los Decretos Leyes étnicos), presentado el 20 de agosto de 2019 al Honorable Congreso de la República. • Séptimo Informe de Seguimiento a la implementación del Decreto 4635 de 2011 par víctimas pertenecientes a población Afrodescendiente, Negra, Palenquera y Raizal. (Informe realizado en el marco de la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a los Decretos Leyes étnicos), presentado el 20 de agosto de 2019 al Honorable Congreso de la República. • Séptimo Informe de Seguimiento a la implementación del Decreto 4634 de 2011 para víctimas pertenecientes a población Rrom o gitana. (Informe realizado en el marco de la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a los Decretos Leyes étnicos), presentado el 20 de agosto de 2019 al Honorable Congreso de la República.
La problemática alrededor de proyectos de impacto ejecutados por la Agencia Nacional de Infraestructura también ha sido objeto de especial seguimiento. La primera obra que fue incluida en esta modalidad de intervención del CFP fue la vía al Llano, como resultado a la emergencia que generó el cierre del corredor vial en el kilómetro 59. En este caso, el especial seguimiento se ha basado en la realización de visitas de obra y mesas técnicas con la veeduría del Llano, la ANI, las gobernaciones de Meta y Cundinamarca y los municipios de Guayabetal y Villavicencio. Gracias a esta labor, la comunidad ha visto el cumplimento de las 72 medidas decretadas por el Gobierno para la vía, así como su puesta en funcionamiento, luego de pronunciamientos de especialistas técnicos y la construcción de obras de contención. Igual trabajo ha desplegado la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana con la Transversal del Sisga, procurando el diálogo entre los actores para la reactivación de las obras luego del aislamiento preventivo, y la autopista al río Magdalena, en la que el especial seguimiento ha permitido el diálogo entre las partes para identificar los escenarios que permitan decidir si se mantiene la obra en ejecución.
Resultados de la Contraloría delegada para el Posconflicto (CDP)
Durante el 2020, están en desarrollo los siguientes Informes: •Cuarto Informe de Seguimiento al componente de paz del Plan Plurianual de Inversiones, presentado el 20 de julio al Honorable Congreso de la República • Séptimo Informe de Seguimiento a la implementación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (Informe realizado en el marco de la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a la Ley), que será presentado el 20 de agosto al Honorable Congreso de la República
Generalidades En la vigencia 2019 la CDP elaboró cinco (5) informes al Congreso de la República fechas: • Tercer Informe de Seguimiento al componente de paz del Plan Plurianual de Inversiones, presentado el 26 de julio de 2019 al Honorable Congreso de la República.
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•Octavo Informe de Seguimiento a la implementación del Decreto 4633 de 2011 para víctimas pertenecientes a población Indígena. (Informe realizado en el marco de la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a los Decretos Leyes étnicos), que será presentado el 20 de agosto al Honorable Congreso de la República • Octavo Informe de Seguimiento a la implementación del Decreto 4635 de 2011 par víctimas pertenecientes a población Afrodescendiente, Negra, Palenquera y Raizal. (Informe realizado en el marco de la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a los Decretos Leyes étnicos), que será presentado el 20 de agosto al Honorable Congreso de la República •Octavo Informe de Seguimiento a la implementación del Decreto 4634 de 2011 para víctimas pertenecientes a población Rrom o gitana. (Informe realizado en el marco de la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a los Decretos Leyes étnicos), que será presentado el 20 de agosto al Honorable Congreso de la República
las órdenes proferidas en el Auto 173 de 2012. • Auto 331 de 2019: Indicadores de goce efectivo de derechos de la población desplazada, en el marco del seguimiento a la superación del Estado de Cosas Inconstitucional declarado en Sentencia T-025 de 2004. • Auto 411 de 2019: Solicitud de información al Gobierno Nacional, en relación con el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, en el marco del seguimiento a la superación del Estado de Cosas Inconstitucional declarado en Sentencia T-025 de 2004.
Resultados de la Contraloría Delegada General para Población Focalizada Generalidades En el marco de la emergencia suscitada por la pandemia de COVID, la Contraloría Delegada, a través de la Dirección de Estudios Intersectoriales, decidió activar el mecanismo “Articulación con el Control Social”, establecido en el Artículo 57 del Decreto 403 de 2020, mediante el cual se promueven sinergias con el control ciudadano para articular la gestión preventiva de la entidad, con las alertas generadas por la ciudadanía.
Estos informes contarán con el análisis de las políticas públicas con respecto al nuevo Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022: Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad. Respuestas a autos de la Corte Constitucional en el marco del seguimiento a la sentencia T-025 de 2004.
En desarrollo de este mecanismo, se han realizado tres mesas de diálogo entre las organizaciones de los grupos étnicos señalados con entidades del Gobierno Nacional (Ministerio del Interior, Ministerio de Salud, Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD, Consejería Presidencial para los Derechos Humanos) y Procuraduría General de la Nación. De los acuerdos establecidos, se tienen los siguientes resultados:
A 31 de mayo de 2020, la CDP ha respondido cuatro Autos de la Corte Constitucional atinentes a: • Auto 765 de 2018: Evaluación de los avances, rezagos y retrocesos en la protección de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes desplazados, en el marco del seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y sus autos complementarios, en particular el Auto 251 de 2008. • Auto 518 de 2019: Citación a una mesa técnica de trabajo, en el marco del cumplimiento de
• Agilizar el giro de recursos por parte del Ministerio del Interior a la UNGRD para la adquisición y distribución de kits de
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bioseguridad para guardias indígenas, lo cual se concretó mediante Resolución No. 448 del 30 de abril, como producto de compromiso establecido en mesa del 27 de abril.
acompañamiento a organizaciones de mujer rural con el fin de que el fondo FONMUR (Fondo de Financiamiento a Mujeres Rurales) se ajuste a las necesidades de esta población. En reunión con el ministerio de Agricultura y desarrollo rural se convinieron los ajustes sobre la resolución FONMUR por la cual se reglamenta la operación del Fondo, generando compromisos a los cuales la Dirección de Análisis Intersectorial viene haciendo seguimiento.
•Promover la incorporación de un observatorio en salud dentro de la subcomisión de salud de la Mesa Permanente de Concertación Indígena, con el fin de hacer seguimiento a los recursos girados por el Sistema General de Seguridad Social en Salud a las EPS e IPS indígenas para la prevención y manejo de covid-19 en relación con los recursos, y cuya gestión está adelantando el Ministerio de Salud, como producto de compromiso establecido en mesa del 27 de mayo.
Respecto del Seguimiento en salud (enfermedades huérfanas) y atención a población LGBTI, se han venido desarrollando contactos con diferentes entidades estatales, tales como el Ministerio y Superintendencia de Salud, para iniciar un proceso de georeferenciación a nivel nacional, de la población que conforma estos grupos sociales.
• La articulación entre el Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud INS para generar cifras sobre las estadísticas de covid-19 diferenciales para grupos étnicos, lo que permitió que el Instituto Nacional de Salud comenzara a publicar cifras desagregadas en los informes periódicos de la covid-19 sobre la situación de salud de los pueblos indígenas, como resultado de compromiso establecido en mesa del 27 de mayo.
Asimismo, se ha podido establecer que, a pesar de la existencia de una robusta normatividad sobre estos temas, el desconocimiento social de los mismos, la falta de programas especiales, de capacitación y de reconocimiento de derechos, hace que el presupuesto asignado para este segmento poblacional, pueda ser redirigido a otras problemáticas. Dentro de los principales avances del diagnóstico se observa que la discriminación conlleva una fuerte tendencia hacia las violencias de todo tipo. La política pública fue adoptada mediante Decreto No. 762 de 2018.
• Impulso a los mecanismos de concertación que adelanta el Ministerio de Salud con la Subcomisión de Salud, para asignar recursos para la atención, contención y mitigación de la covid-19 a través del Sistema Indígena de Salud Propio Intercultural SISPI.
Evaluaciones de Políticas
Del análisis, se evidencia que en el marco normativo y lineamientos expedidos por el ejecutivo no se tiene en cuenta de manera diferencial a las personas con discapacidad, no existe una focalización que permita la identificación y entrega de ayudas de cualquier índole. Se diseñaron encuentros de dialogo con población de enfoque diferencial para envejecimiento y vejez, primera mesa con compromisos
En materia de evaluación de políticas se presentan avances en el seguimiento a la Política de Equidad de Género, con el diseño de un protocolo para el seguimiento institucional de aquellos actores que tienen compromisos para el cumplimiento de actividades del CONPES 161, así como de la gestión presupuestal de los entes territoriales y Nacionales. Se realizaron dos reuniones y
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En cuanto a la Política Pública Nacional Infancia, Adolescencia y Juventud, analizados los antecedentes normativos, la política ha tenido atrasos en la implementación y solo en los últimos años se visualiza el avance de esta a nivel nacional, con la Ley 1804 de 2016, que establece la política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre.
Capítulo 9 - Resultados del Control Fiscal Macroeconómico Certificación sobre las finanzas del Estado La Contraloría General de la República en cumplimiento del mandato constitucional y legal, actualmente elabora el Informe y Certificación de la Situación de las Finanzas del Estado correspondiente a la vigencia 2019, con el objetivo de presentarlo al Congreso y al Presidente de la República.
Por otro lado, se están promoviendo sinergias con poblaciones sujetas de enfoque diferencial a fin de realizar los procedimientos propios de las evaluaciones y estudios de políticas públicas de control fiscal. Para lo cual se están realizando “Encuentros de Diálogo para población con enfoque diferencial” que además recoge la problemática regional y la da a conocer a la institucionalidad departamental y nacional, en la búsqueda de acuerdos y soluciones en el corto, mediano y largo plazo, dependiendo de los presupuestos asignados y la complejidad de las situaciones evidenciadas.
En este informe se estudia el resultado fiscal presentado por el Sector Público Consolidado (SPC) junto con los acontecimientos macroeconómicos que influenciaron las finanzas públicas colombianas. En el contexto económico se destacó el crecimiento en 2019 que se ubicó en 3,3%, jalonado por los sectores de comercio, financiero, administración pública, actividades en educación, salud y servicios sociales.
Ante las múltiples denuncias recibidas sobre problemas diversos que vienen afrontando los grupos étnicos (Indígenas, Afrocolombianos, Raizales, Palenqueros y Rrom) en el marco de la emergencia generada por la covid-19, la Contraloría Delegada para Población Focalizada, a través de la Dirección de Estudios Intersectoriales de Políticas Públicas Focalizadas, viene realizando espacios de diálogo entre las organizaciones de los grupos étnicos señalados y entidades del Gobierno Nacional para poner en común estos problemas y promover acciones para su atención y solución.
A pesar de este resultado positivo en el crecimiento en el 2019, el empleo no reaccionó de la misma manera. Es así como al cierre de 2019 la tasa de desempleo a nivel nacional se situó en 9,5%, en un porcentaje muy similar al presentado en 2018 (9,7%). No obstante, la tasa de desempleo promedio mensual se incrementó, al pasar del 8,9% en 2015 al 10,5% en 2019. Por su parte, la vulnerabilidad externa se deterioró durante el año 2019, lo que implicó una profundización del déficit en cuenta corriente y un incremento del endeudamiento externo total del país (explicado principalmente por el comportamiento del endeudamiento privado). El déficit de cuenta corriente en 2019 se incrementó, pasando de US$ 13.047 millones (3,9% del Producto Interno Bruto -PIB-) en 2018 a US$ 13.800 millones (4,3% del PIB).
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Durante 2019 la inflación aumentó ligeramente su dinámica terminando el año en 3,8% (62 puntos básicos más que en 2018). Las mayores presiones inflacionarias se dieron por los bienes regulados y al final del año por el efecto de la devaluación y las protestas sociales, aunque sin efectos significativos.
Estabilización de Precios de los Combustibles –FEPC- (-0,04% del PIB), que se cubrió con la emisión de Títulos de Tesorería -TES-, tal como ha ocurrido en años recientes. Los sectores del SPNF con superávit en 2019 fueron los Establecimientos Públicos Nacionales (0,28% del PIB), el Sistema General de Regalías -SGR- y la seguridad social (0,77% del PIB). El resultado fiscal en seguridad social obedeció principalmente al comportamiento de los fondos de pensiones, y en especial al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales -FONPET- y Garantía de Pensión Mínima.
En este contexto, el balance fiscal (parcial y preliminar) del Sector Público Consolidado en 2019 fue deficitario en $12,27 billones (1,16% del PIB), con una disminución de 1,47 puntos porcentuales frente al presentado en 2018. Este resultado fue producto de la suma de los balances fiscales del Sector Público No Financiero (SPNF) (-$20,42 billones) y el sector público financiero representado por el Banco de la República y Fondo de Garantías Financieras -Fogafin- ($8,15 billones).
El SGR por su parte, presentó un superávit de $3,37 billones en 2019, menor al presentado en el 2018, resultado de un menor recaudo de ingresos dado el comportamiento de los precios del petróleo y su producción.
Para 2019, el SPNF registró un balance fiscal deficitario equivalente al 1,92% del PIB, con una disminución de 1,05 puntos porcentuales frente al presentado en 2018. Los subsectores del SPNF que presentaron balances negativos fueron el Gobierno Nacional Central -GNC, los fondos y las entidades centrales territoriales, lo que, dada la importancia del primero, explica el resultado final total. En efecto, el GNC registró para 2019 un balance fiscal deficitario de $27,45 billones, equivalente a 2,58% del PIB. Este resultado, inferior en 0,55 puntos porcentuales frente al registrado en 2018 (-3,13% del PIB), se dio como resultado de la combinación de dos factores: un crecimiento importante de los ingresos (15,3%) que sobrepasó el crecimiento del 11,2% presentada en el gasto, especialmente los de deuda. Igualmente, los gobiernos territoriales (municipios capitales, departamentos y municipios no capitales) registraron en 2019 un déficit de $4,81 billones (-0,45% del PIB), destacándose los municipios capitales con un déficit de 3,06 billones (-0,29% del PIB). Los Fondos también presentaron un balance negativo, destacándose el del Fondo de
En general, las finanzas del GNC muestran que se han ido recuperando después del choque sufrido por la caída de la renta petrolera desde finales de 2014. En 2019 el déficit fiscal se redujo en comparación con los dos años anteriores. Sin embargo, las finanzas del Estado siguen presentando debilidades estructurales (como, por ejemplo, bajos niveles de recaudos, dispersión de las fuentes de financiación, gastos inflexibles, entre otros problemas) que las hacen muy vulnerables a los choques macroeconómicos externos e internos.
Informe de la cuenta del presupuesto y del tesoro El presupuesto de ingresos y gastos de la vigencia 2019 fue aprobado por el Congreso de la República mediante la Ley 1940 de 2018 y su Decreto de liquidación 2467 del 28 de diciembre de 2018, por un total de $259,0 billones. No obstante, la Ley del presupuesto de rentas cifraba un monto de $245 billones,
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con lo cual el Presupuesto General de la Nación estaba en desequilibrio, con un desfinanciamiento de $14 billones.
servicio de la deuda $51,55 billones e Inversión $32.27 billones. Al sumar los pagos de la vigencia y los de la reserva se encuentra que los pagos por servicio de la deuda llegaron en 2019 a $62,10 billones (5,8% del PIB), de los cuales $15,63 billones corresponden a deuda externa y $46,46 billones a deuda interna.
El gobierno ajustó su presupuesto y realizó varias operaciones que, al final de la vigencia, mostraron una reducción en el presupuesto inicial de $8,59 billones, de tal forma que el presupuesto definitivo quedó en $250,41 billones. La mayor reducción se presentó en el rubro de inversión $5,03 billones pasando a $41,79 billones, mientras que la reducción para funcionamiento fue $3,56 billones para llegar a $156,68 billones; en el servicio de la deuda se dio una recomposición entre los rubros (Externa por Interna) siendo la apropiación inicial y la final por el monto de $51,94 billones.
La inversión del PGN ascendió a $41,8 billones, se ejecutó en el 77%, con un rezago de $9 billones explicado principalmente por la constitución de la reserva por $8 billones. Se comprometieron $37,42 billones con una ejecución de solo el 77,87%. Como resultado del ejercicio al comparar la ejecución de ingresos - recaudo neto $237,48 billones (Recaudos menos devoluciones)-, frente a la ejecución de gastos - compromisos del PGN por $247,40 billones-, se registró un déficit $9,92 billones (0,9% del PIB), lo cual representó un dato mayor frente al resultado de 2018 de $7,08 billones (0,75% del PIB).
Para 2019 los recaudos alcanzaron $246,26 billones frente a un aforo definitivo de $250,41 billones. Dentro de los recaudos $238,16 billones se hicieron en efectivo y se realizaron devoluciones por $0,68 billones, lo cual llevó a un recaudo neto en efectivo de $237,48 billones. Adicionalmente se presentaron recaudos en Títulos de Devolución de Impuesto (TIDIS) por un monto de $8,78 billones y no se registraron devoluciones en papeles.
La Tesorería registró en 2019 un déficit de caja de $24,2 billones, que presentó una reducción del 37,6% frente al arrojado en 2018. En términos del PIB el déficit de caja pasó del 3,9% al 2,3% entre 2018 y 2019. El menor déficit de caja en 2019 obedeció, por un lado, al aumento de los ingresos tributarios y, por otro, a incremento de los recursos de capital del orden de 0,9 puntos porcentuales (p.p.) y 0,5 p.p. del PIB respectivamente.
Los recaudos netos en efectivo de los ingresos corrientes de la Nación en 2019 ascendieron a $151,99 billones, de los cuales $151,44 billones corresponden a ingresos tributarios (99,6% del total) y $554.818,96 millones a ingresos no tributarios (0,4% del total). Los impuestos directos recaudados fueron superiores en $11,63 billones a los del año anterior y el recaudo de impuestos indirectos quedo $8,03 billones por encima de lo observado en 2018. En cuanto a la ejecución de Gastos del presupuesto definitivo de $250,41 billones, se comprometieron $247,4 billones, se obligó $231,57 billones y se pagó $230,37 billones. La ejecución por obligaciones correspondió al 92,5%: funcionamiento $147.74 billones,
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La CGR incluyó dentro del plan de vigilancia fiscal del primer semestre de 2020 auditorías financieras a 59 unidades ejecutoras cuyo presupuesto apropiado ascendió a $221,76 billones, que corresponden al 88,6% del total $250,41 billones. Las auditorías incluyeron la evaluación de la ejecución del rezago presupuestal constituido a 31 de diciembre de 2018 por $6,5 billones, así como el análisis y revisión de las reservas a 31 de diciembre de
2019 con fines de refrendación. Resultado de lo anterior, la CGR evidenció incorrecciones por $23,95 billones, emitiendo una opinión no razonable.
Con el fin de obtener la suficiente evidencia para formarse una opinión de la vigencia 2019, la Contraloría General de la República con base en los resultados de las auditorías financieras realizadas en 2020 por las contralorías delegadas sectoriales a 106 entidades contables públicas con activos agregados por $776,5 billones, el 89,12% de los activos agregados totales de la Nación, que ascendieron en 2019 a $871,3 billones.
Informe de auditoría al balance general de la hacienda pública Los activos consolidados de las entidades del Sector Público al 31 de diciembre de 2019 registraron $1.448,2 billones. Los Bienes de uso público e históricos y culturales con $344,4 billones son los que mayor valor registran con el 23,8% del total. Le sigue en su orden, Propiedades, planta y equipo el 23,6%, Inversiones e instrumentos derivados el 21,5% y demás conceptos que en conjunto representan el 31,1%. Al comparar el valor de los activos consolidados de 2019 frente al año 2018 ($1.371,7 billones) se observa una variación o incremento del 5,6%.
Asimismo, incluyó los resultados de la auditoría al proceso de consolidación de la información financiera de 3.648 entidades y por último los resultados de las auditorías realizadas por las contralorías departamentales, distritales y municipales a 399 entidades contables públicas con activos agregados de $491,1 billones, el 69% de los activos agregados de nivel territorial, que llegaron a $712,0 billones. La muestra de auditoría total del sector público, sin incluir al Banco de la República que tuvo activos agregados por $215,0 billones, fue de $1.267,5 billones, el 78,48% de activos agregados del sector público que fue de $1.830,1 billones. Incluyendo en el universo los activos del Banco de la República, la muestra correspondió al 69,3%.
El Pasivo del Sector Público consolidado al 31 de diciembre de 2019, asciende a $1.614,1 billones. Las obligaciones por emisión y colocación de títulos de deuda con $455,5 billones son las que mayor valor registran con el 28,2% del total, seguido por Beneficios a los empleados con 23,9%, Provisiones con 13,1%, Operaciones de banca central e instituciones financieras con el 10,0% y demás conceptos que en conjunto representan el 24,8%. Al comparar el valor de los pasivos consolidados de 2019 frente al año 2018 ($1.270,9 billones) se observa una variación o incremento significativo del 27,0%.
Resultado de lo anterior, las incorrecciones sumaron $63,1 billones, en donde $50,0 billones fueron evidenciados por las delegadas sectoriales de la CGR, $8,7 billones por la auditoría del proceso de consolidación y $4,4 billones por las contralorías territoriales, todo ello representó el 4,3% de los activos consolidados que ascendieron a $1.448,2 billones.
El Patrimonio consolidado del Sector Público colombiano al 31 de diciembre de 2019, registra un saldo de ($165.9) billones, el resultado consolidado del Sector Público fue superavitario en $19,6 billones. La participación de entidades no controladoras fue de $16,6 billones y el ajuste al patrimonio realizado por los saldos de operaciones recíprocas alcanzó la suma de $6.79 billones.
En cuanto a las opiniones de estados financieros de las entidades auditadas a nivel nacional, 46 entidades obtuvieron opinión sin salvedades; 28 entidades opinión negativa; 30 entidades opinión con salvedades y 2 entidades abstención de opinión.
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A nivel territorial, 51 contralorías departamentales, distritales y municipales reportaron 458 opiniones de sujetos auditados, así: 175 sin salvedades, 188 con salvedades, 67 negativa o adversa y 28 abstención.
consolidados de 2019 frente al año 2018 ($623,2 billones) se observa un incremento del 3,7%. Los pasivos del Nivel Nacional consolidado al 31 de diciembre de 2019, asciende a $1.370,6 billones. En orden de materialidad las obligaciones por emisión y colocación de títulos de deuda con $438,1 billones son las que mayor valor registran 32,0% del total, le sigue Beneficios a los empleados 26,3%, Provisiones 14,7% y Otros pasivos 11,4%, los demás conceptos representan 15,6%. Al comparar el valor de los pasivos consolidados de 2019 frente al año 2018 ($1.050,6 billones) se observa una variación o incremento significativo del 30,5%.
Los conceptos de control interno financieros permitieron dilucidar las debilidades de control al interior de las entidades auditadas arrojando como resultado, a nivel nacional, 51 entidades con concepto eficiente, 47 entidades con deficiencias y ocho entidades con concepto ineficiente. A nivel territorial, 219 conceptos eficientes, 198 con deficiencias y 41 ineficientes La CGR emitió opinión con salvedades, excepto por los efectos de las cuestiones antes descritas, así, los estados financieros consolidados del sector público adjuntos presentaron fielmente, en todos los aspectos materiales la situación financiera, de resultados y cambios en el patrimonio consolidados del sector público correspondiente a la vigencia 2019, de conformidad con el marco conceptual para la preparación y presentación de información financiera y las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos definidas en el marco normativo contable expedido por el Contador General de la Nación.
El Patrimonio consolidado del Nivel Nacional. El patrimonio de las empresas con $26,8 billones es el que registra el mayor valor, mientras el patrimonio de las entidades de gobierno consolidado presenta un valor de ($762,5) billones, siendo el que registra un significativo decremento de 80,5% con relación al año 2018. El resultado consolidado del Nivel Nacional fue deficitario en ($10,9) billones. La participación de no controladoras por valor de $12,9 billones. El ajuste al patrimonio realizado por los saldos de operaciones recíprocas alcanzó la suma de $9,3 billones.
Informe de auditoría al Balance General de la Nación
La CGR auditó el Balance General de la Nación con el fin de obtener la suficiente evidencia para formarse una opinión, para lo cual incluyó dentro del plan de vigilancia fiscal de primer semestre de 2020 auditorías financieras a 106 entidades con activos agregados por $776,5 billones, el 89,12% de los activos agregados totales de la Nación que ascendieron a $871,3 billones. Asimismo, realizó la auditoría al proceso de consolidación de la información financiera de 332 entidades efectuado por la CGN
Los Activos consolidados de las entidades del nivel Nacional al 31 de diciembre de 2019, registraron $646,1 billones, los más representativos fueron: Propiedades, planta y equipo con $162,4 billones, el 25,1%, seguido por Bienes de uso público e históricos y culturales con 13,5% del total, las Inversiones e instrumentos derivados 13,0%, Otros activos 11,3%, Recursos Naturales no Renovables 10,8% y los conceptos restantes representan 26,3%. Al comparar el valor de los activos
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de resultados y cambios en el patrimonio correspondiente a la vigencia 2019, de conformidad con el marco conceptual para la preparación y presentación de información financiera y las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos definidas en el marco normativo contable expedido por el Contador General de la Nación.
Resultado de lo anterior, se evidenciaron incorrecciones por $50,0 billones, el 7,7% de los activos consolidados de la Nación que ascendieron a $646,1 billones. En cuanto a las opiniones de estados financieros de las entidades auditadas, 46 entidades con activos de $362,5 billones obtuvieron opinión sin salvedades; 28 entidades con activos de $188,6 billones opinión negativa, 30 entidades con activos de $223,5 billones opinión con salvedades y dos entidades con activos de $1,9 billones abstención de opinión.
Estadísticas fiscales En el Observatorio de Control y Vigilancia de las Finanzas y las Políticas Públicas (OVFPP) se dispone de manera amigable para la ciudadanía y las partes interesadas, la información de la contabilidad presupuestal, estudios fiscales, investigaciones y novedades del control fiscal macrofiscal y macrosectorial. Los documentos presentados corresponden al resultado del ejercicio de la vigilancia de la Contraloría General de la República a las finanzas y las políticas públicas del país.
Los conceptos de control interno financieros permitieron dilucidar las debilidades de control al interior de las entidades auditadas, arrojando como resultado 51 entidades con concepto eficiente, 47 entidades con deficiencias y ocho entidades con concepto ineficiente. La CGR emitió opinión con salvedades, excepto por los efectos de las cuestiones antes descritas, así, el Balance General de la Nación presentó fielmente, en todos los aspectos materiales la situación financiera,
La información recibida a través de las categorías de la CGR en la plataforma CHIP, en número de entidades, es relacionada así:
Tabla No. 30 Categoría CGR Presupuestal / Cantidad de entidades
Trimestre
2014
2015
2016
2017
2018
2019
Primero
3.308
2.966
3.059
3.029
3.150
3.317
Segundo
3.164
3.029
3.041
3.199
3.189
3.151
Tercero
3.137
3.059
3.235
3.052
3.178
3.252
Cuarto
3.289
3.243
3.254
3.305
3.351
3.356
Fuente: CD Economía y Finanzas (CHIP).
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Tabla No. 31 Categoría CGR Personal y Costos / Cantidad de entidades
Año
2014
2015
Anual
2.742
2016 2.849
2017 3.232
2018 3.179
2019 3.358
Fuente: CD Economía y Finanzas (CHIP).
Informe sobre deuda pública efectos económicos negativos del Covid 19, conllevando incrementos sustanciales del nivel de la deuda en el corto plazo (de al menos 10 puntos del PIB). El reto de la política fiscal a mediano plazo, dados estos escenarios adversos, es reorientar el gasto público para elevar la capacidad productiva, diversificar la producción y aumentar la productividad y la competitividad de la economía.
Este informe determinó que la deuda pública bruta al cierre de 2019 ascendió a $607,29 billones (57,2% del PIB). De la deuda total $239,45 billones corresponden a deuda externa (22,5% del PIB) y $367,84 billones a deuda interna (34,6% del PIB). La deuda pública externa medida en dólares pasó de USD 71.747,60 millones a USD 73.068,12 millones entre diciembre de 2018 y diciembre de 2019.
El endeudamiento de las entidades descentralizadas nacionales para 2019 alcanzó un monto de $59,02 billones, la deuda externa alcanzó un monto de $47,36 billones mientras la deuda local es de $11,65 billones. Las entidades descentralizadas territoriales alcanzaron un saldo de deuda de $38,82 billones, su deuda externa ascendió a $20,55 billones y la interna a $18,27 billones. Dos casos llaman la atención: primero Ecopetrol con una deuda de $32.45 billones, la cual podría ver afectadas sus finanzas por la evolución de los precios internacionales del petróleo y segundo EPM con una deuda de $15,1 billones, la cual en 2019 tuvo fuertes presiones económicas por cuenta de la emergencia causada por el proyecto HidroItuango.
En el caso del gobierno nacional, al cierre de 2019 el saldo de su deuda alcanzó $492,79 billones (46,4% del PIB), de esta $323,32 billones corresponden a endeudamiento interno (65,6% del total) y $169,47 billones a deuda externa (34,4%). El indicador deuda a PIB retrocedió 1,2 puntos del PIB durante 2019 cambiando la tendencia creciente que traía el indicador desde 2013. En el año fiscal 2019 el gobierno nacional realizó diversas operaciones de manejo de deuda tanto en el frente interno como en el externo que cambiaron las características del portafolio y disminuyeron las presiones sobre la tesorería. Respecto al análisis de sostenibilidad el panorama que planteaba el Marco Fiscal de Mediano Plazo de 2019, para la deuda del gobierno en el corto y mediano plazo se modificó sustancialmente con los
Al cierre de 2019 la deuda de los Gobiernos Centrales Territoriales (GCT) ascendió a $16,91 billones, equivalente al 1,6% del PIB. Al analizar el comportamiento de la deuda
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de los GCT en los últimos cuatro periodos de gobierno de alcaldes y gobernadores se muestra claramente un patrón: el incremento de la deuda en los años electorales e indicaría que los gobernantes salientes utilizan la deuda como un mecanismo de financiamiento de gasto que les permita ganar a sus partidos o grupos las elecciones o como variable estratégica para asegurar el financiamiento futuro de sus proyectos.
Certificación promedio ponderado de remuneración para incremento a los salarios de los congresistas El Gobierno Nacional expidió los decretos por medio de los cuales fijó las escalas de remuneración que han de regir durante el año 2020 para los servidores de la administración pública del nivel central nacional, el 27 de febrero de 2020. El Contralor General el 9 de marzo de 2020 certificó que el promedio ponderado de los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores de la administración central nacional para el año 2019 fue de 5,12% (cinco coma doce por ciento).
Registro de deuda pública Uno de los mandatos constitucionales al Contralor General es el de llevar el registro de la deuda pública, de tal forma que se registraron, para la vigencia 2019, 164 contratos de los diferentes órdenes de la administración pública con la expedición de los respectivos certificados. El detalle de estos contratos corresponde a: 13 Créditos contratados o emisiones de bonos de la Nación; 28 a entidades descentralizadas por servicios del orden nacional y 122 entidades del nivel territorial.
Observatorio de control y vigilancia de las finanzas y políticas públicas Referente al Observatorio de Control y Vigilancia de las Finanzas y Políticas Públicas (OVFPP) se ha consolidado como una herramienta en el fortalecimiento de la transparencia sobre el uso de los recursos públicos al permitir a la ciudadanía desde sus diferentes perfiles congresistas, veedores, académicos, estudiantes, profesores, investigadores entre otros y a los funcionarios de la contraloría tener de manera oportuna a su disposición la información presupuestal, estudios fiscales, investigaciones y novedades del control fiscal macro fiscal y macro sectorial. Con el ánimo de fortalecer estas bondades la Contraloría Delegada para economía y finanzas públicas con el apoyo de la oficina de Sistemas ha venido liderando un conjunto de actividades de mejora con el objeto de lograr procesos más ágiles en la actualización y calidad de la información del Consolidador de Hacienda de Información Pública – CHIP, SIIF, deuda Pública y Presupuesto incluido
En la vigencia 2019, en cumplimiento de ese ejercicio estadístico para obtener los saldos adeudados por el Estado colombiano, el Gobierno Nacional (GNC) obtuvo nueva deuda en moneda original de contratación por USD3.877,43 millones y $58,34 billones. Mientras que las entidades descentralizadas nacionales (EDSN) obtuvieron recursos por: USD241,9 millones, 15.000 euros y $1,53 billones. Las entidades descentralizas territoriales (EDT) obtuvieron recursos por $4,48 billones mientras que las descentralizadas por servicios de este orden (EDST) obtuvieron nuevos recursos de crédito por $4,55 billones y USD1.495 millones.
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actualidad fiscal y macroeconómica para publicación en el sitio de la Revista de Economía Colombiana (Temas: Plan Financiero, reservas internacionales, regla fiscal, entre otros). • Múltiples documentos de análisis (“píldoras” y documentos publicados en el Observatorio) sobre los efectos de la pandemia del Covid 19 y las medidas tomadas por el Estado para enfrentarlas (Temas: análisis de los recursos presupuestales, análisis del Fondo de Mitigación de Emergencias -FOME-, fuentes alternativas de financiamiento, evaluación de las medidas económicas y fiscales adoptadas, entre otros).
lo correspondiente a regalías, adicional al fortalecimiento de la capacidad de los funcionarios en la actualización de indicadores y el diseño de nuevos indicadores y métricas.
Contabilidad presupuestal Para la contabilidad presupuestal se ha establecido el Régimen de Contabilidad Presupuestal Pública (RCPP) y el Catálogo Integrado de Clasificación presupuestal (CICP) como herramientas con base en las cuales se contabilizan los hechos económicos que se producen en cumplimiento de la acción presupuestaria del Estado para uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad de la ejecución del presupuesto general del sector público. Dichas herramientas aplicarán a partir del año 2021.
Evaluación de las finanzas públicas En desarrollo de la evaluación, análisis y seguimiento de las finanzas públicas, en el periodo reportado se realizaron las siguientes actividades y pronunciamientos:
Durante el primer semestre del año 2020 se ha capacitado a través del Centro de Estudios Fiscales (CEF) con un curso virtual del Régimen de Contabilidad Presupuestal Pública (RCPP), a 934 funcionarios de diferentes entes de control como la Auditoría General de la República, Contraloría Distrital de Bogotá, SINACOF (Sistema Nacional de Control Fiscal) y la misma Contraloría General de la República.
• Pronunciamiento con el análisis y conclusiones sobre el proyecto de Ley del Presupuesto General de la Nación 2020. • Análisis del Marco Fiscal de Mediano Plazo 2019. • Informes financieros mensuales con el análisis de la ejecución del Presupuesto General de la Nación.
Estudios en materia macroeconómica y política fiscal
Capítulo 10 - Cooperación Nacional e Internacional para la Prevención, Investigación e Incautación de Bienes
En desarrollo de la evaluación y análisis de la política macroeconómica y fiscal en el periodo reportado se realizaron los siguientes estudios y pronunciamientos:
Mediante la Resolución Organizacional OGZ724 de 2019, fue derogada la Resolución Reglamentaria 197 de 2012 y se redefinieron las funciones de la Unidad de Cooperación Nacional e Internacional de Prevención, Investigación e Incautación de Bienes UNCOPI. Para tal efecto se creó el Grupo Búsqueda de Bienes adscrito a la Unidad
• Reflexiones sobre la efectividad de la política monetaria en Colombia desde la adopción del modelo de banca central independiente. • Inversión privada e impuestos: una revisión de la teoría y la evidencia empírica. • Múltiples documentos periodísticos sobre
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de Cooperación Nacional e Internacional de Prevención, Investigación e Incautación de Bienes, cuyo objetivo consiste en apoyar la ubicación de personas, así como la búsqueda de bienes y otros activos a nivel nacional e internacional de personas presuntamente responsables en procesos de responsabilidad fiscal o ejecutadas en procesos de cobro coactivo; o necesaria para la intervención de la CGR como parte civil o víctima en procesos penales.
• Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC: 4,860 • Superintendencia de Notariado y Registro (Ventanilla Única de Registro Inmobiliario VUR): 5,871 • Catastro Distrital: 1,267 Durante el periodo entre el 1 de junio de 2019 y el 31 de mayo de 2020, se realizaron gestiones a nivel internacional en el marco de los procesos de responsabilidad fiscal y cobro coactivo del municipio de Cumbal, el departamento del Casanare, SALUDCOOP, ELECTRICARIBE, Talleres de Armas Livianas de Argentina S.A. – TALA, la Refinería de Cartagena – REFICAR, el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana – INURBE y Transcaribe.
Durante el empalme entre la Unidad de Investigaciones Especiales Contra la Corrupción que tenía a cargo esta función y la UNCOPI, se dispuso que las solicitudes efectuadas desde el 22 de octubre de 2019 serían atendidas por la Unidad que asumió esta función. A continuación, se relaciona la información de las solicitudes recibidas entre el 22 de octubre de 2019 y el 31 de mayo de 2020:
Del mismo modo resulta pertinente anotar que entre el 1 de junio de 2019 y el 31 de mayo de 2020 se suscribieron dos convenios de Intercambio de Información con la Superintendencia de industria y comercio ( julio de 2019) y con la Contraloría de Bogotá (octubre de 2019). La a fecha se adelantan gestiones para la suscripción de sendos convenios con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi y con la Dirección General Marítima – DIMAR
• Solicitudes recibidas 858 • Solicitudes resueltas 659 • Solicitudes por resolver 199 Para dar respuesta a las solicitudes se hicieron consultas en las bases de datos de cinco entidades con las cuales la Contraloría tiene convenios de intercambio de información. La diferencia significativa en el número de consultas realizadas al Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC y las otras entidades, se debe a que el proceso de asignación de usuarios para los funcionarios de UNCOPI fue más demorado y solo se pudo acceder a la plataforma en abril de 2020. A continuación, se relaciona el número total de consultas realizadas en cada plataforma:
De otra parte, con el propósito es establecer un marco para la colaboración entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF (Banco Mundial) y la CGR dentro de sus respectivas competencias, actualmente se adelanta la suscripción con dicha entidad de un Memorando de Colaboración, mediante el cual la CGR (i) apoyará la aplicación de las Directrices Anticorrupción al Programa de conformidad con la Sección 5.13 de las “Condiciones Generales del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, “Programa para la Financiación por Resultados (PforR)”, de fecha 14 de diciembre de 2018 (las” Condiciones Generales “)”;
• Solicitudes de Direcciones Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL de la Policía Nacional (DIJIN): 465 • TransUnion Central de Información Financiera (CIFIN): 5,839
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y, (ii) realizará las auditorías financieras al Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) y a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), reflejando en los informes de auditoría los Gastos de Programa. Dichas auditorías serán realizadas a través de la Contraloría Delegada para el Sector Salud.
Con el propósito de apoyar técnicamente su labor legislativa y de control político, fueron remitidos a 107 Senadores y 167 Representantes a la Cámara, los informes de auditoría liberados en el primer y en el segundo semestre de 2019. Los informes de auditoría liberados en el primer semestre fueron entregados en CD y los del segundo semestre, debido a las restricciones de movilidad y acceso al Congreso, fueron remitidos a los correos institucionales de los senadores y representantes a la Cámara.
Capítulo 11 - Relaciones Técnicas con el Congreso de la República Las relaciones técnicas entre el Congreso de la República y la Contraloría General de la República se encuentran reguladas a nivel general en la Constitución Política de Colombia38 y en la Ley 5 de 1992, y de manera especial en la Ley 1474 de 2011, la cual, en su artículo 128 contempló la creación de la Unidad de Apoyo Técnico al Congreso, con el objeto de brindar asistencia técnica a las plenarias, a las comisiones constitucionales y legales, a las bancadas parlamentarias y a los Senadores y Representantes a la Cámara para el ejercicio de sus funciones legislativas y de control político, mediante el suministro de información que no tenga carácter reservado, el acompañamiento en el análisis, evaluación y la elaboración de proyectos e informes especialmente en relación con su impacto y efectos fiscales y presupuestales, así como la canalización de las denuncias o quejas de origen parlamentario.
Entre los resultados de la articulación entre el Congreso de la República y la Contraloría General de la República, durante la última legislatura se destacan los siguientes:
Análisis y seguimiento a proyectos de ley Durante el periodo objeto del presente informe, y con el propósito de brindar insumos técnicos al Honorable Congreso de la República en su función legislativa, con la colaboración de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República fueron emitidos documentos de análisis a los siguientes proyectos de ley:
38 Artículos 156, 178.2, 187, 267, 268 de la Constitución Política de Colombia
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Tabla No. 32 Análisis de proyectos de Ley / (1 de junio de 2019 a 31 de mayo de 2020) NÚMERO
PROYECTO DE LEY
DEPENDENCIA
Proyecto de ley 077 de 2019 cámara, 59 de 2019 Senado
“Por el cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2020”
Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Públicas
Proyecto de Ley 032 de 2019 Senado
"Por la cual se garantiza el derecho fundamental a la Impugnación, el principio de favorabilidad y se dictan otras disposiciones"
Contraloría Delegada para el Sector Defensa, Justicia y Seguridad
Proyecto de Ley 146 de 2016 Senado
"Por medio del cual se dictan normas para asegurar la atención de la demanda de energía en condiciones críticas de abastecimiento"
Contraloría Delegada para el Sector Minas y Energía
Proyecto de Ley 095 de 2019 Cámara
“Por medio del cual se dictan disposiciones para realizar seguimiento y evaluación a la implementación de los planes de desarrollo, en especial a nivel territoriales”
Contraloría Delegada para la Gestión Pública e Instituciones Financieras
Proyecto de Ley 110 de 2019 Cámara
“Por la cual se crea la comisión Interinstitucional de racionalización de beneficios tributarios con el fin de evaluar la pertinencia y eficiencia de los beneficios tributarios establecidos en el régimen”
Oficina Jurídica
Proyecto de Ley 206, acumulado con el proyecto 243 de 2018 Cámara y con el 323 de 2019 Cámara
“Por medio del cual se modifica la ley 99 de 1993, se establecen mecanismos para la transparencia y gobernanza de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones”.
Contraloría Delegada para el Medio Ambiente
Proyecto de Ley 008/2019 Cámara,
“por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de análisis e incentivos de actos para combatir y prevenir la corrupción – Ley Pedro Pascasio Martínez”
Oficina jurídica
Fuente: CD Economía y Finanzas (CHIP).
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Solicitudes de información y respuesta En la legislatura 2019-202039 fueron tramitadas un total de 242 solicitudes formuladas por congresistas, de las cuales, a la fecha de elaboración del presente informe, 166 (68,6%) cuentan con respuesta de fondo, y los 76 restantes (31,4%) están siendo atendidas por las dependencias competentes al interior de la CGR de conformidad con los procedimientos establecidos, y cuya ejecución y culminación depende de la programación prevista en el Plan de Vigilancia y Control Fiscal 2020.
Al realizar un análisis del siguiente gráfico, se puede concluir que en las últimas 4 legislaturas (desde julio de 2016 hasta junio de 2020) han sido presentadas a la CGR un total 677 solicitudes de origen parlamentario, siendo la última Legislatura (2019-2020) el periodo de mayor demanda por parte de las corporaciones legislativas con 242 requerimientos, que representan un aumento del 35,7% frente al periodo inmediatamente anterior.
Gráfica No. 15 Histórico por legislatura de solicitudes de información discriminado por Corporación.
Fuente: UATC, 31 de mayo de 2020
39 Solicitudes remitidas entre el 1 de julio 2019- 31 de mayo de 2020.
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Igualmente, se observa que históricamente la Cámara de Representantes ha participado en un 52,29% del total de solicitudes, frente al 47,7% del Senado de la República. Específicamente en la última legislatura (2019-2020), se aprecia que la Cámara de Representantes ha formulado el 58,26% de estos requerimientos, frente a un 41,7% del Senado de la República, siendo este el periodo que presenta la mayor diferencia entre corporaciones en los últimos 4 años.
puede ser explicado, entre otras razones, por la información requerida por el Congreso de la República para adelantar los diferentes debates de control político en el marco de la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica derivada del Covid-19, así como a las solicitudes de vigilancia y control fiscal, de conformidad con las nuevas funciones de la CGR consagradas en el Acto Legislativo 4 de 2019, reglamentadas por el Decreto Legislativo 403 del 2020, normativa que desarrolla en detalle el ejercicio del control fiscal preventivo y concomitante en complemento del control posterior y selectivo.
El considerable aumento en el número de solicitudes formuladas al ente de control fiscal
Gráfica No. 16 Origen de los insumos para dar respuesta a solicitudes
Fuente: UATC, mayo 31 de 2020
174
Finalmente, en el gráfico anterior se puede apreciar el desglose de las 242 solicitudes presentadas en el periodo 2019-2020, las cuales fueron canalizadas y tramitadas a través de la Unidad de Apoyo Técnico al Congreso, desde donde se dio respuesta de fondo de manera directa a un total de 20 requerimientos, contando con el acompañamiento e insumos de las diferentes dependencias de la entidad para atender los 222 restantes.
En el siguiente gráfico se evidencia el comportamiento histórico de las invitaciones formuladas al ente de control fiscal por parte del Congreso de la República, observando que los indicadores más altos se registran en el tercer trimestre de 2019, que comprenden el 46% de las invitaciones recibidas. Así mismo, en el primer semestre de 2020 se presentó una disminución en el número de invitaciones, producto del receso legislativo y del aplazamiento en el inicio de sesiones generado por las medidas adoptadas para prevenir el contagio del COVID –19.
Invitaciones agenda legislativa En el periodo comprendido entre julio 2019 - junio 2020 40 se recibieron 124 invitaciones provenientes del Congreso de la República, convocando a la CGR a las comisiones constitucionales, especiales, legales, plenarias, audiencias o foros realizados en el legislativo.
En todo caso, es importante señalar que la Contraloría General de la República ha garantizado presencia institucional en todas las sesiones virtuales a las que ha sido convocada en el marco de la actual emergencia.
Gráfica No. 17 Invitaciones mensualizadas (Jul 2019- Jun 2020).
Fuente: UATC, Junio de 2020
En el siguiente gráfico, se aprecia el origen de las invitaciones, discriminadas entre corporaciones, plenarias, comisiones y audiencias públicas. Se observa que las
comisiones V y VI son las células legislativas que convocaron con mayor frecuencia a la CGR, entre estas comisiones se concentró el 38,71% de las invitaciones (48 en total).
40 Con corte al 11 de junio de 2020
175
Justamente fue la comisión VI del Senado de la República la comisión que más requirió la presencia de la entidad en sus actividades de control político: se invitó a la CGR en 17
oportunidades, mientras que su comisión homologa de la Cámara de Representantes lo hizo en 11 ocasiones.
Gráfica No. 18 Invitaciones por comisión (Jul 2019- Jun 2020
Fuente: UATC, Junio de 2020
El análisis por corporación indica que la Cámara de Representantes efectúo un total de 67 invitaciones (54,03%), frente a 57 (45,9%) realizadas desde el Senado de la República, siendo importante destacar que la Comisión Legal de Cuentas invitó a la CGR en 10 oportunidades.
las distintas comisiones legales, especiales, constitucionales, accidentales o demás reuniones que se realicen en el órgano Legislativo. El cubrimiento realizado por los enlaces sectoriales, y coordinado desde la Unidad de Apoyo Técnico al Congreso de la República, se materializa en la elaboración de reseñas de seguimiento y recuento de las sesiones de las distintas comisiones constitucionales y plenarias, según la programación realizada desde la citada Unidad.
Por otra parte, es pertinente resaltar que la labor de seguimiento a las actividades del Congreso de la República no solo se sustenta en la atención a invitaciones de
176
En tal sentido, la siguiente grรกfica describe la totalidad de cubrimientos coordinados desde la UATC, que en el periodo comprendido entre el 1 de julio al 31 de diciembre de 2019
ascienden a 348; mientras entre el 1 de enero y el 20 de junio de 2020, fueron realizados 223 cubrimientos.
Grรกfica No. 19 Cubrimientos mensuales (Jul 2019- Jun 2020)
Fuente: UATC, Junio de 2020
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Solicitudes de control excepcional provenientes del Congreso En el periodo reportado se recibieron cinco solicitudes de control excepcional por parte de congresistas, las cuales fueron aprobadas por
el Contralor General de la República mediante los Autos que se relacionan a continuación:
Tabla No. 33 Relación de solicitudes de control excepcional TEMA DE LA SOLICITUD
AUTORIZACIÓN
Control fiscal sobre la Primera Línea del Metro de Bogotá
Auto 090 de 2019
Control fiscal sobre el Sistema de Transmilenio Carrera Séptima.
Auto 094 de 2019
Control fiscal a CORABASTOS S.A
Auto 237 de 2019
Control fiscal sobre el uso y destinación que se viene dando al inmueble denominado Parque de Artes y Oficios por parte de la Administración Municipal de Bello-Antioquia.
Auto 019 de 2020
Investigación fiscal al Municipio de Angostura que adelanta la Contraloría General de Antioquia.
Auto 021 de 2020
Control fiscal sobre los Procesos Fiscales que se adelantan en contra del Alcalde del Municipio de La Mesa de los Santos, por parte de la Contraloría Departamental de Santander.
Auto 022 de 2020
Fuente: UATC, mayo 31 de 2020
Capítulo 12- Gestión Jurídica Institucional Generalidades
la interpretación y aplicación de las normas que regulan el funcionamiento de la Entidad. Durante el periodo reportado se expidieron 191 conceptos.
Sin duda uno de los aportes fundamentales de la Oficina Jurídica a nivel institucional, es la función asesora, a través de la expedición de conceptos jurídicos con ocasión de las consultas elevadas a la dependencia, pero que también ejerce a través de un acompañamiento constante a las diferentes dependencias en reuniones y la atención permanente de inquietudes en relación con
En virtud de las funciones asignadas a la Oficina Jurídica, en relación con la sustanciación y trámite de decisiones de segunda instancia y otras atribuciones del Contralor General, en procesos de responsabilidad fiscal, procesos administrativos sancionatorios fiscales, procesos disciplinarios, controles excepcionales y otros trámites especiales, se tienen las siguientes cifras:
178
• Procesos de responsabilidad fiscal pesos. Así mismo en segunda instancia, 48 decisiones correspondieron a archivos y fallos sin responsabilidad fiscal, por un valor de $ 211.065.417.011 pesos, que equivale al 48% del valor de lo decidido en segunda instancia, y que porcentualmente es un valor menor al monto total de los fallado con responsabilidad fiscal o reintegrado con ocasión de los procesos de responsabilidad fiscal, es decir recuperado como resultado del proceso, el número total de acciones corresponde al siguiente:
Desde el 1 de junio de 2019 hasta el 31 de mayo de 2020, se han proferido 165 decisiones en segunda instancia en los procesos de responsabilidad fiscal, que corresponden tanto a decisiones de fondo, como de autos interlocutorios, de las decisiones adoptadas se resalta que se confirmaron 32 decisiones de los cuales 16 corresponden a fallos con responsabilidad fiscal y 16 a archivos por resarcimiento del daño, es decir la cesación de acción fiscal, por un valor de $ 252.076.087.110,00
Tabla No. 34 Procesos de Responsabilidad Fiscal Segunda Instancia
DECISION
No. Decisiones
Valor
FALLOS CON RESPONSABILIDAD FISCAL
16
227.502.960.582,00
ARCHIVO POR CESACIÓN DE LA ACCIÓN FISCAL
16
24.573.126.528,00
ARCHIVO TOTAL- NO CERTEZA DEL DAÑO
10
84.934.895.010,00
ARCHIVO TOTAL - HECHO NO CONSTITUTIVO DE DAÑO
27
113.408.683.526,00
ARCHIVO TOTAL - NO EJERCICIO DE GESTION FISCAL
4
1.331.469.746,00
FALLOS SIN RESPONSABILIDAD FISCAL
7
11.390.368.729,00
CONSULTA POR ARCHIVO PARCIAL
14
303.869.718.078,00
PRESCRIPCIÓN
2
8.389.498.692,00
OTROS AUTOS (NULIDAD/PRUEBAS/QUEJAS)
58
TOTAL DECISIONES
165
Fuente: Base de datos –Grupo de Sustanciación- Oficina Jurídica
179
767.011.222.199,00
• Procesos Administrativos Sancionatorios:
legales y jurisprudenciales previstos para esta importante institución jurídica. Se negaron 32 peticiones; en relación con 8 peticiones al no complementarse la información por parte del peticionario, se procedió a decretar el archivo por desistimiento. De los controles excepcionales ordenados se destacan la decisión de conocer el tema del Metro de Bogotá, el conjunto Parque y Robles de Tunja, Construcción de Instituciones Educativas con recursos del Fondo de Financiamiento Educativo, entre otros. También se resalta que, en el área de la salud, se continuó con el control sobre los recursos varios hospitales en todo el territorio nacional.
Se adoptaron 135 decisiones en procesos administrativos sancionatorios en sede de apelación, los cuales tuvieron origen en el incumplimiento de los sujetos de control en suministrar información requeridas por la CGR con ocasión del ejercicio de la vigilancia y control fiscal. En este sentido, los pronunciamientos adoptados en esta instancia fueron en el sentido de confirmar 102 decisiones de primera instancia; en 8 decisiones se revocó lo dicho por la primera instancia; en 17 se modificó la decisión, en 3 se rechazaron por improcedentes los recursos de apelación.
• Otros trámites relacionados
• Procesos Disciplinarios
La Oficina Jurídica proyectó 125 decisiones de competencia del Despacho del Contralor General de la República, de los cuales se resalta que 11 correspondieron a peticiones de revocatorias directas, 35 a impedimentos, 11 aclaración de autos, 8 conflictos de competencias y 19 a revisión de informes de auditoría, las cuales se relacionan a continuación:
En aplicación de la facultad asignada por la Ley 734 de 2002, el Contralor General de la República profirió 28 decisiones de segunda instancia en sede apelación o consulta, correspondientes a los procesos disciplinarios que se adelantan contra servidores y ex servidores de la CGR en los cuales se confirmaron 18 decisiones de la primera instancias y se negaron 8. • Solicitudes de Control Excepcional En cuanto a las solicitudes de control fiscal excepcional, por medio del cual se solicita al Contralor General que vigile recursos propios de las entidades territoriales, por solicitud de las Comisiones Constitucionales Permanentes del Congreso de la República, veedurías ciudadanas, gobiernos locales y corporaciones públicas territoriales, el Despacho del Contralor profirió 191 decisiones, de las cuales aceptó 35 peticiones de control excepcional, al cumplirse los requisitos
Actuaciones de defensa judicial Con corte al 31 de mayo de 2020 la entidad funge como parte demandante o demandada en 1.094 procesos judiciales activos41, con pretensiones por valor inicial de $12.516.109.204.256.
41 Excluyendo acciones de tutela, e intervenciones en calidad de tercero en acciones populares o de grupo.
180
Tabla No. 35 Procesos Judiciales Activos
MEDIO DE CONTROL
CANT.
VALOR ECONÓMICO INICIAL
Acción de repetición
3
$10.884.853.831
Controversias contractuales
5
$33.513.632.466
Ejecutivo
2
$716.831.460
Nulidad por inconstitucionalidad
1
$0
14
$180.441.800
1004
$11.933.925.982.185
Nulidad y restablecimiento del derecho (lesividad)
1
$128.800.798
Ordinario laboral
6
$40.343.764.811
10
$57.811.077
Recurso extraordinario de revisión
2
$157.839.054
Reparación de los perjuicios causados a un grupo
1
$7.602.570.000
45
$488.596.676.774
1094
$12.516.109.204.256
Nulidad simple Nulidad y restablecimiento del derecho
Protección de los derechos e intereses colectivos
Reparación directa TOTAL (Fuente Ekogui)
La anterior gráfica evidencia que 1.004 de los expedientes activos (92% de los tramites) corresponden a demandas de nulidad y
restablecimiento del derecho. En tal escenario, las principales causas de litigiosidad son las siguientes:
181
Tabla No. 36 Causas de Litigiosidad No.
CAUSA
CANT.
1
Ilegalidad del acto administrativo que impone sanción en ejercicio del control fiscal
2
No reconocimiento de prima técnica
77
3
Incumplimiento en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral
75
4
Cobro indebido de obligación
59
5
Ilegalidad del acto administrativo que declara la insubsistencia de funcionario de libre nombramiento y remoción
39
6
Violación al debido proceso administrativo
28
7
Ilegalidad del acto administrativo que declara la insubsistencia de funcionario en provisionalidad
27
8
Ilegalidad del acto administrativo que impone sanción disciplinaria
25
9
Indebida liquidación de pensión de vejez
23
10
Incumplimiento en el pago de aportes parafiscales
20
11
Ilegalidad del acto administrativo que declara la ocurrencia del siniestro y ordena hacer efectiva la póliza
18
12
No reconocimiento de reajuste o nivelación salarial
17
13
Ilegalidad del acto administrativo que no reconoce la reliquidación de la pensión
14
14
Ilegalidad del acto administrativo expedido irregularmente
11
15
Ilegalidad del acto administrativo que declara insubsistencia de funcionario de carrera
10
16
Ilegalidad del acto administrativo que modifica planta de personal
8
17
Ilegalidad del acto administrativo que convoca a concurso público de méritos
7
18
indebida liquidación de prestaciones sociales
4
TOTAL (fuente eKogui)
427
889
Ahora, en materia de efectividad de la defensa judicial, al analizar el universo de procesos judiciales terminados con fallo de segunda instancia, al 31 de mayo de 2020 hay 852 sentencias con fuerza ejecutoria, de las cuales
714 fueron favorables a la CGR, y 138 contrarias a los intereses de la entidad. Ello, en términos porcentuales, significa una tasa de éxito del 84%.
182
Tabla No. 37 Sentencias con Fuerza Ejecutoria Sentido del Fallo
En cuanto a los administrativo son alcanzados:
No. Procesos con fallo 2ª Inst.
Porcentaje
Desfavorable
138
16,20%
Favorable
714
83,80%
TOTAL (Fuente eKogui)
852
100,00%
de Prevención de Daño Antijurídico; y en febrero del presente año, obtuvo la aprobación de la ADNJE, para implementarla durante los años 2020 y 2021. No está demás señalar, que la Oficina Jurídica, antes y durante de la declaratoria de emergencia, acometió labores para alcanzar su implementación, solicitando al Centro de Estudios Fiscales la búsqueda de capacitación en materia aseguradora.
aspectos de orden varios los logros
En primero lugar, el Grupo de Defensa Judicial alcanzó con éxito, la implementación del Modelo Óptimo de Gestión (MOG) desarrollado por la Agencia de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE). Merece especial mención que dicha tarea fue alcanzada por el equipo de trabajo entre mayo de 2018 y octubre de 2019, terminando en el primer lugar del ranking preparado por la ANDJE y obteniendo una mención especial de reconocimiento por haber desarrollado y apropiado el 100% los protocolos del Modelo existentes (14 en total).
Finalmente, atendiendo los requerimientos de la Oficina Jurídica y en el marco de la declaratoria de emergencia, el Grupo de Defensa Judicial ha brindado apoyo a otros equipos internos de trabajo, reforzando su gestión en punto de preparación de intervenciones en procesos de control automático de legalidad, suministro de insumos para elaboración de conceptos, atención de dudas en materia de litigiosidad y conciliación extrajudicial, etc.
En segundo término y esa misma línea, tal como ha sido de manera ininterrumpida para las vigencias 2018 y 2019, la dependencia continúo preparando y elaborando su Política
183
PARTE IV RESULTADOS DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA 2019 – 2020 Generalidades En desarrollo de las políticas de ejecución, control y manejo de los recursos financieros adelantados por la Contraloría General de la República, se detallan los principales aspectos de la gestión administrativa y financiera
de la entidad a partir del 1º de junio al 31 de diciembre de 2019, y del 1º de enero al 31 de mayo de 2020.
Apropiaciones Presupuestales 2019-2020 No. 38 ApropiacionesTabla presupuestales 2019-2020 Apropiaciones presupuestales 2019-2020 RUBRO PRESUPUESTAL
DECRETO 2467 DE 2018 APROPIACION INICIAL VIGENCIA 2019- EN MILLONES
Gastos de personal
DECRETO 2411 DE 2019 APROPIACION ASIGNADA VIGENCIA 2020 – EN MILLONES
414.083
432.122
65.545
66.890
7.307
220.642
647
1.250
487.582
720.904
inversión
99.024
105.006
Total inversión
99.024
105.006
586.606
825.910
Gastos generalesadquisición de bienes y servicios Transferencias Multas y tributos Total funcionamiento
Total presupuesto Fuente: SIIF NACIÓN 2
Dentro del periodo informado del 2019, al finalizar la vigencia, la apropiación se redujo en $24.024 millones (Decreto 2412 de diciembre
de 2019); es decir, de una apropiación inicial de $586.606 millones finalizó en $558.582 millones.
184
del 59% de los compromisos vs la apropiación vigente, destacándose el mayor valor en Gastos de Personal (pagos de sueldos, contribuciones inherentes), le siguen Gastos por Tributos (impuestos y multas), Adquisición de Bienes y Servicios (arrendamientos, vigilancia, aseo y cafetería, servicios públicos, viáticos y servicios profesionales entre otros) y finalmente los Gastos por Transferencias (sentencias y conciliaciones).
En el 2020 la apropiación inicial para la Entidad en el Presupuesto General de la Nación fue de $825.910 millones (Decreto 2411 de diciembre de 2019), discriminados en $720.903 millones para gastos de funcionamiento y $105.006 millones para gastos de inversión. El presupuesto inicial en la vigencia 2020 aumentó en un 40% con respecto a la apropiación final de la vigencia anterior, incremento concentrado en el rubro Otras Transferencias Distribución Previo Concepto de Dirección General Presupuesto Público de la Nacional – DGPPN del Ministerio de Hacienda y Crédito Público por valor de $218.577 millones de pesos, para atender las viabilidades de nombramientos de personal en la CGR.
En lo transcurrido de la vigencia 2020 (a 31 mayo), se presenta una ejecución total del 27% frente a los recursos asignados, con una mayor representación en Tributos y Multas (pagos de impuesto predial y de vehículos); le sigue los gastos en Adquisición de Bienes y Servicios (prestación de servicios profesionales, arrendamientos, mantenimientos etc.); Gastos de Personal (nómina de funcionarios).
Ejecución Presupuestal Funcionamiento En el periodo mencionado de la vigencia 2019, se refleja una ejecución en funcionamiento
Tabla No. 39 Apropiación, compromisos y pagos del 1 junio a 31 diciembre de 2019 SIIF NACION - CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 2019-2020 APROPIACION, COMPROMISOS Y PAGOS DEL 1 JUNIO A 31 DICIEMBRE DE 2019 RUBRO
REC
SIT
A
DESCRIPCION
APR. VIGENTE
FUNCIONAMIENTO
$ 487.582,00
$ 288.207,80
$ 305.906,30
59%
COMPROMISOS
PAGOS
%
A-01
16
CSF
Gastos de personal
$ 414.083,00
$ 264.995,90
$ 265.125,60
64%
A-02
16
CSF
Adquisición de bienes y servicios
$ 64.941,50
$ 21.371,30
$ 38.914,70
33%
A-03
16
CSF
Transferencias corrientes
$ 7.110,50
$ 1.231,30
$ 1.256,60
17%
A-03
16
SSF
Transferencias corrientes
$ 200,00
$ 0,00
$ 0,00
0%
A-08
16
CSF
Gastos por tributos, multas, sanciones e intereses de mora
$ 1.247,00
$ 609,30
$ 609,30
49%
Fuente: SIIF NACIÓN
185
Tabla No. 40 Apropiación, compromisos y pagos del 1 enero a 31 mayo de 2020 SIIF NACION - CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 2019-2020 APROPIACION, COMPROMISOS Y PAGOS DEL 1 ENERO A 31 MAYO DE 2020 RUBRO REC
SIT
A
APR. VIGENTE
APR BLOQUEADA
CDP
APR. COMPROMISO DISPONIBLE
PAGOS
%
$ $ $ $ 8.788,80 $ 196.437,60 $ 27% 720.903,80 208.791,80 503.323,10 168.809,40
A-01
16
CSF
$ 466.708,60
$ $ 27.152,00 439.556,60
A-02
16
CSF $ 66.890,00
A-03
16
CSF
A-03
16
SSF
$ 206,00
$ 0,00
$ 0,00
A-08
16
CSF
$ 1.250,00
$ 0,00
$ 839,70
$ 0,00 $ 158.182,00
$ 0,00 $ 60.645,90 $ 6.244,00
$ $ 185.849,10 181.639,80
$ 2.280,80 $ 1.928,50
$ 34% 154.838,70
$ 36.805,80 $ 12.572,80 55% $ 627,00
$ 585,00
0%
$ 206,00
$ 0,00
$ 0,00
0%
$ 410,20
$ 822,70
$ 812,80 66%
Fuente: SIIF NACIÓN
Ejecución Presupuestal Inversión Para el periodo informado de la vigencia 2020 la apropiación inicial es de $105.006 millones y una ejecución del 27%, con mayor representación en el Programa Presupuestal C-2501 en mención.
Para el periodo informado de la vigencia 2019 la apropiación inicial fue de $99.024 millones y una ejecución del 43%, con mayor representación en el Programa Presupuestal C-2501 -“Fortalecimiento del Control y la Vigilancia de la Gestión Fiscal y Resarcimiento del Daño del Patrimonio Público”. A 31 diciembre de 2019, se redujo la apropiación en $24.024 millones (Decreto 2412 de diciembre de 2019).
186
Tabla No. 41 Ejecución recursos de inversión (Cifras en millones de pesos) TABLA 2 SIIF NACION - CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA PRESUPUESTO DE INVERSION 2019-2020 APROPIACION, COMPROMISOS Y PAGOS DE 1 DE JUNIO A 31 DICIEMBRE DE 2019 (EXP EN MILLONES) RUBRO REC SIT DESCRIPCION APR. VIGENTE COMPROMISOS $ 17.020 $ 9.858 C-2501-1000-5 14 CSF FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLIC C-2501-1000-6 10 CSF DESARROLLO PARA LA FORMACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS DE LA CGR, DE OTROS O $ 600 $ 600 C-2501-1000-6 11 CSF DESARROLLO PARA LA FORMACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS DE LA CGR, DE OTROS O $ 3.796 $0 C-2501-1000-7 10 CSF FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD TÉCNICA Y OPERATIVA DE LA CGR PARA DES $ 700 $ 258 C-2501-1000-7 11 CSF FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD TÉCNICA Y OPERATIVA DE LA CGR PARA DES $ 1.824 $ 356 C-2599-1000-1 11 CSF MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES DE ACCESO, USO Y CONSULTA DE LA DOCUM $0 $0 C-2599-1000-3 10 CSF MEJORAMIENTO DE LA PLATAFORMA TECNOLÓGICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL $ 5.080 $ 4.478 C-2599-1000-3 11 CSF MEJORAMIENTO DE LA PLATAFORMA TECNOLÓGICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL $ 14.000 $ 2.904 C-2599-1000-4 10 CSF IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE SEGURIDAD DE PERSONAS, BIENES E INFORMAC $ 2.500 $ 2.483 C-2599-1000-4 11 CSF IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE SEGURIDAD DE PERSONAS, BIENES E INFORMAC $ 3.000 $ 1.258 C-2599-1000-5 10 CSF ACTUALIZACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA, FUNCIONAL Y OPERATIVA DE LA $ 21.480 $ 19.183 C-2599-1000-7 11 CSF MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES DE ACCESO, USO Y CONSULTA DE LA DOCUM $ 1.000 $ 999 APROPIACION REDUCIDA MEDIANTE DECRETO 2412 DE 2019 $ 28.024 $ 99.024 $ 42.377 Sub total APROPIACION, COMPROMISOS Y PAGOS DE 1 DE ENERO A 31 DE MAYO DE 2020 (EXP EN MILLONES) RUBRO REC SIT DESCRIPCION APR. VIGENTE COMPROMISO C-2501-1000-5 14 CSF FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLIC $ 12.500 $ 5.130 C-2501-1000-6 10 CSF DESARROLLO PARA LA FORMACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS DE LA CGR, DE OTROS O $ 1.159 $0 C-2501-1000-6 11 CSF DESARROLLO PARA LA FORMACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS DE LA CGR, DE OTROS O $ 2.000 $ 330 C-2501-1000-7 10 CSF FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD TÉCNICA Y OPERATIVA DE LA CGR PARA DES $ 2.000 $ 1.940 C-2501-1000-7 11 CSF FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD TÉCNICA Y OPERATIVA DE LA CGR PARA DES $ 1.500 $ 291 C-2599-1000-3 10 CSF MEJORAMIENTO DE LA PLATAFORMA TECNOLÓGICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL $ 4.391 $ 51 C-2599-1000-3 11 CSF MEJORAMIENTO DE LA PLATAFORMA TECNOLÓGICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL $ 9.608 $ 7.766 C-2599-1000-4 10 CSF IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE SEGURIDAD DE PERSONAS, BIENES E INFORMAC $ 1.500 $0 C-2599-1000-4 11 CSF IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE SEGURIDAD DE PERSONAS, BIENES E INFORMAC $ 2.000 $ 181 C-2599-1000-5 10 CSF ACTUALIZACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA, FUNCIONAL Y OPERATIVA DE LA $ 19.000 $ 5.104 C-2599-1000-5 11 CSF ACTUALIZACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA, FUNCIONAL Y OPERATIVA DE LA $ 24.000 $ 7.016 C-2599-1000-7 10 CSF MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES DE ACCESO, USO Y CONSULTA DE LA DOCUM $ 6.990 $ 407 C-2599-1000-7 11 CSF MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES DE ACCESO, USO Y CONSULTA DE LA DOCUM $ 357 $0 C-2599-1000-8 10 CSF FORTALECIMIENTO DEL EJERCICIO DEL CONTROL FISCAL CON EFICIENCIA EN LA GE $ 11.609 $ 338 C-2599-1000-8 11 CSF FORTALECIMIENTO DEL EJERCICIO DEL CONTROL FISCAL CON EFICIENCIA EN LA GE $ 6.392 $ 232
PAGOS $ 9.563 $ 426 $0 $ 579 $ 1.398 $0 $ 1.900 $ 7.913 $ 984 $ 1.658 $ 6.017 $ 79 $ 30.517 PAGOS $ 650 $0 $0 $ 322 $ 70 $ 19 $ 2.152 $0 $0 $0 $ 5.034 $ 116 $0 $0 $0
% EJEC 58% 100% 0% 37% 20% 0% 88% 21% 99% 42% 89% 100% 43% % EJEC 41% 0% 17% 97% 19% 1% 81% 0% 9% 27% 29% 6% 0% 3% 4%
Sub total
$ 105.006
$ 28.786
$ 8.363
27%
TOTALES
$ 204.030
$ 71.163
$ 38.880
70%
Fuente: SIIF NACIÓN
Ejecución Presupuestal Regalías, Bienio 2019 – 2020 En desarrollo de las políticas de ejecución, control y manejo de los recursos financieros adelantados por la Contraloría General de la República, se detallan a continuación los recursos asignados por la Ley 1942 del 27 de diciembre de 2018 - “Por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1º de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020”, que corresponden a la suma de $92.823 millones de pesos, de acuerdo con lo establecido en su artículo 3°.
Así mismo, el artículo 7º de la precitada ley autorizó la suma de $18.714 millones de pesos por concepto de mayor valor de recaudo 2017-2018; se trasladaron recursos del bienio anterior por valor de $7.091 millones de pesos, correspondientes a recursos de caja por gastos causados y no pagados. Los recursos disponibles para el bienio se desagregan así:
RECURSOS DISPONIBLES
VALOR
Recursos asignados
$92.823
Mayor Recaudo
$18.714
Traslado recursos del bienio Total
$7.091 $118.628
187
Apr opiaciones pr es upues t ales 2019 - 2020 A continuación, se detalla la desagregación presupuestal y los gastos a la fecha en millones de pesos: Tabla No. 43 Apropiaciones presupuestales regalías 2019-2020 (cifras en millones) BIENIO 2019.2020 DEL 1/01/2019 AL PRESUPUESTADO EJECUTADO 31/05/2020
% EJECUTADO
GASTOS DE PERSONAL
66.732 millones
34.994 millones
52%
GASTOS GENERALES
8.564 millones
4.382 millones
51%
HONORARIOS
43.331 millones
22.670 millones
52%
118.627 millones
62.046 millones
52%
TOTAL
Fuente: SIIF NACIÓN 2
Eje cución pr es upues t al bie nio 2019- 2020 (de l 1/01/2019 al 31 mayo de 2020) Tabla No. 44 Ejecución Presupuestal Sistema General de Regalías Bienio (cifras en millones)
Fuente: Reportes SIIF
188
Funcionamie nto de gastos de la Contraloría General de la República - CGR para la vigencia 2021, en la que se priorizaron y reflejaron las necesidades mínimas requeridas para el funcionamiento y el cumplimiento de la misión constitucional de este Órgano de Control.
Con relación a la ejecución presupuestal del periodo mencionado de la vigencia 20192020 a 31 de mayo del 2020, se refleja una ejecución en funcionamiento del 52% de los compromisos vs la apropiación vigente, destacándose el mayor valor en Gastos de Personal (pagos de sueldos, contribuciones inherentes).
Esta estimación se vio reflejada en el Anteproyecto de Presupuesto presentado el 30 de marzo de 2020 ante la Dirección General del Presupuesto Público Nacional (DGPPN) del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. La solicitud de recursos ascendió a $985.169 millones, desagregado en los rubros de inversión por un monto de $153.817 millones de pesos y $831.351 millones de pesos por concepto de funcionamiento, en concordancia con las metas, políticas y criterios de programación establecidos en el Marco Fiscal de Gasto a Mediano Plazo, a saber:
Ante pr oye c to pr es upues to v ige ncia 2021 En atención a lo previsto en la Circular Externa No. 004 del 21 de febrero de los corrientes y sus anexos 1 y 2, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento de lo ordenado en el Estatuto Orgánico del Presupuesto y demás normas relacionadas con el Presupuesto General de la Nación, se elaboró la programación presupuestal
Tabla No 45 Anteproyecto 2021 (expresado en millones de pesos) GASTOS DE PERSONAL ADQUISICIÓN SERVICIOS
BIENES
736.656 Y
90.049
TRANSFERENCIAS
3.360
MULTAS Y TRIBUTOS
1.287
INVERSIÓN
153.817
TOTAL
985.169
Fuente: Anteproyecto Dirección Financiera
189
Proyectos de Inversión
la participación ciudadana, y se aunaron esfuerzos administrativos y financieros para la formulación, estructuración y ejecución de proyectos de infraestructura, renovación de software, licenciamientos y actividades asociadas al desarrollo del programa de documentación de la CGR.
• Periodo 1ºde junio a 31 de diciembre de 2019 Para el periodo informado de la vigencia 2019 la apropiación inicial fue de $99.024 millones y una ejecución del 43%.
A propósito del proyecto de inversión “Fortalecimiento institucional de la Contraloría General de la República - préstamo BID nacional”, se desarrollaron actividades como apoyos al fortalecimiento de las capacidades de la CGR, mediante capacitaciones para el nuevo modelo de control fiscal; diseños y desarrollo de sitios web; apoyos logísticos para afianzar las competencias de control fiscal; asesorías y diseño para el Sistema de Calidad de Auditorías; planes de acción derivados de informes de evaluación; adquisición de solución de software de documentos electrónicos; asesorías para apoyar a la Oficina de Planeación, en ejercicio de la arquitectura empresarial; adquisición de la capacidad de cómputo de la nube para fortalecer la operación de la infraestructura híbrida. La puesta en marcha de estas actividades contribuyó a la obtención de resultados efectivos y óptimos enmarcados en los objetivos de la Entidad, que aseguraron un nivel adecuado de productividad y funcionamiento de la CGR.
Dentro de los Programas Presupuestales C-2501 y C-2599, la mayor representación se observa en el proyecto de inversión “Mejoramiento de las condiciones de acceso, uso y consulta de la documentación e información generada por la Contraloría General de la República durante el periodo de 1.923 a 2000 nacional” con un 100%; le sigue el proyecto “Actualización de la infraestructura física, funcional y operativa de la Contraloría General de la República - CGR; a nivel nacional” con un 89%; “Implementación del modelo de seguridad de personas, bienes e información de la Contraloría General de la República nacional” con un 68%; “Fortalecimiento institucional de la Contraloría General de la República - préstamo BID nacional” con un 58%; “Mejoramiento de la plataforma tecnológica de la Contraloría General de la República a nivel nacional” con un 39%; “Fortalecimiento de la capacidad técnica y operativa de la CGR para desarrollar el seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la población víctima y las relacionadas con posconflicto. Nacional” con un 24%, y finalmente “Desarrollo para la formación de los funcionarios de la CGR, de otros organismos de control fiscal y de la ciudadanía, en investigación y herramientas técnicas relacionadas con el control fiscal nacional” con un 14%.
A 31 diciembre de 2019 se redujo la apropiación en $24.024 millones según Decreto 2412 de diciembre de 2019. • Periodo del 1º de enero al 31 de mayo de 2020 Para el periodo informado de la vigencia 2020, la apropiación inicial es de $105.006 millones y una ejecución del 27%.
Durante el periodo evaluado fueron desarrolladas actividades como la prestación de servicios para la coordinación de eventos cuya temática se circunscribe al seguimiento y evaluación de las políticas públicas relacionadas con el posconflicto nacional;
Dentro de los Programas Presupuestales C-2501 y C-2599, la mayor representación se evidencia en el proyecto de inversión
190
“Fortalecimiento de la capacidad técnica y operativa de la CGR para desarrollar el seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la población víctima y las relacionadas con posconflicto. Nacional” con un 64%; le sigue el proyecto “Mejoramiento de la plataforma tecnológica de la Contraloría General de la República a nivel nacional” con el 56%; “Fortalecimiento institucional de la Contraloría General de la República - préstamo BID nacional” con un 41%; “Actualización de la infraestructura física, funcional y operativa de la Contraloría General de la República - CGR; a nivel nacional” con un 28%; “Desarrollo para la formación de los funcionarios de la CGR, de otros organismos de control fiscal y de la ciudadanía, en investigación y herramientas técnicas relacionadas con el control fiscal nacional” con un 10%; “Mejoramiento de las condiciones de acceso, uso y consulta de la documentación e información generada por la Contraloría General de la República durante el periodo de 1.923 a 2000 nacional” con un 6%; “Implementación del modelo de seguridad de personas, bienes e información de la Contraloría General de la República nacional” con un 5% y, por último, “Fortalecimiento del ejercicio del control fiscal con eficiencia en la gestión de datos de la Contraloría General de la República nacional” con un 3%.
Dentro del desarrollo de actividades del proyecto de inversión “Fortalecimiento institucional de la Contraloría General de la República - préstamo BID nacional”, se destaca los servicios de auditoría externa; consultoría para gerenciar y llevar a cabo la planeación, ejecución y seguimiento del programa; las interventorías técnicas para la implementación de una solución BPM SOA; servicios de consultoría para asesorar proyectos de tecnología; para apoyar a la Oficina de Sistemas e Informática de la CGR en la arquitectura de SOFTWARE y la adquisición del licenciamientos de plataformas IBM Y SPSS. La puesta en marcha de estas actividades contribuyó a la obtención de resultados efectivos y óptimos enmarcados en los objetivos de la Entidad, que aseguraron un nivel adecuado de productividad y funcionamiento de la CGR.
En el periodo de 2020 se han desarrollado actividades como la prestación de servicios de telecomunicaciones, collocation y redes, y se aunaron esfuerzos administrativos y financieros para la formulación, estructuración y ejecución de proyectos de infraestructura; a través de la contratación de prestación de servicios profesionales se apoyó la gestión de dependencias como la Contraloría Delegada para el Posconflicto, la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata – DIARI y la Dirección de Gestión Documental, y se celebró un convenio con la OEI a fin de aunar esfuerzos para la elaboración de documentos.
Cabe resaltar que los programas se encuentran distribuidos en productos, los cuales fueron inscritos y desagregados en las dos vigencias en el SIIF.
Gestión Contractual Se describe la contratación suscrita por la Entidad en los periodos comprendidos entre el 1º de junio al 31 de diciembre de 2019 y el 1º de enero al 31 de mayo de 2020.
191
Tabla No. 46 (cifras en millones) Contratación CGR- vigencia 2019 / 01 junio a 31 diciembre de 2019 TIPO
CANT.
VALOR (Cifras en millones de pesos)
Comodato
1
-
Convenios
9
17.508,3
Interadministrativos
2
500,0
Mantenimiento
4
1.606,4
36
21.244,3
118
2.998,4
22
1.571,9
Prestación de servicios Prestación de servicios profesionales Suministro TOTAL
45.429
Fuente: Dirección de Contratación
Tabla No. 47 (cifras en millones) Contratación Regalías CGR- vigencia 2019 / 01 junio a 31 diciembre de 2019
prestación de servicios profesionales
364
4.374,3
TOTAL
4.374,3
Fuente: Dirección de Contratación
Tabla No. 48 Contratación CGR - vigencia 2020 01 de enero a 31 mayo de 2020 (cifras en millones) TIPO
CANT.
VALOR
Comodato
0
-
Convenios interadministrativos
1
209,2
Interadministrativos
2
-
26
15.735,7
207
15.942 ,3
1
0,2
Mantenimiento Prestación de servicios Prestación de servicios profesionales o apoyo a la gestión Suministro Total
31.887,4
Fuente: Dirección de Contratación
192
Tabla No. 49 Contratación Regalías CGR - vigencia 2020 01 de enero a 31 mayo de 2020 (cifras en millones)
prestación de servicios profesionales
255
9.761,4 9.761,4
Fuente: Dirección de Contratación
Estado del sistema de control interno en la CGR El Sistema de Gestión y Control Interno – SIGECI, implementado y adoptado en la entidad mediante resolución OGZ 0727 de 2019, integra los componentes del Modelo Estándar de Control Interno – MECI, que cuenta con una estructura de cinco componentes y un esquema de responsabilidades distribuidas a lo largo de toda la entidad.
El índice de control interno de la entidad en la vigencia 2019 fue de 84.1. Este índice refleja el grado de orientación de la entidad a la prevención, control y gestión del riesgo para el cumplimiento de los objetivos institucionales y la mejora continua. A continuación relacionamos los resultados del índice de desempeño de cada uno de los componentes del MECI para la vigencia 2019.
A través del Formulario Único Reporte de Avance de la Gestión - FURAG son medidos la gestión y el desempeño institucional. Sus resultados son presentados a través de los índices de desempeño de control interno y de las líneas de defensa, según el MECI.
Tabla No. 50 Resultado del índice de desempeño - 2019 Componente
Puntaje
Ambiente de Control
77.4
Evaluación de riesgos
82.0
Actividades de control
91.9
Información y comunicación
84.9
Actividades de monitoreo
76.7
Fuente: Resultados FURAG vigencia 2019
193
Según los resultados del índice de desempeño MECI, discriminado por componente, el puntaje más alto se obtuvo en las actividades de control, reflejadas en políticas de operación, procesos y procedimientos que contribuyeron a la aplicación de las directrices impartidas por la alta dirección para el logro de los objetivos institucionales.
El componente de Evaluación de Riesgos obtuvo el tercer puntaje. A través de este componente la entidad identifica, evalúa y gestiona riegos que pueden afectar o impedir el logro de los objetivos institucionales. Frente al esquema de responsabilidades, el SIGECI tiene definidas líneas de defensa según el MECI y las responsabilidades frente a la gestión y al control interno.
El componente Información y Comunicación obtuvo el segundo puntaje. Este componente ha permitido que los servidores públicos de la CGR comprendan sus roles y responsabilidades y ha servido como medio para la rendición de cuentas.
Los índices de desempeño de las líneas de defensa obtenidos por la CGR durante la vigencia 2019 son presentados a continuación:
Tabla No. 51 Índices de desempeño de las líneas de defensa 2019 Líneas de Defensa
Puntaje
Línea Estratégica
79.8
Primera Línea de Defensa
85.1
Segunda Línea de Defensa
85.2
Tercera Línea de Defensa
81.1
Fuente: Resultados FURAG vigencia 2019
El tercer lugar dentro del índice de desempeño lo obtuvo la tercera línea de defensa, ejercida por la Oficina de Control Interno, encargada de suministrar información sobre la efectividad del control interno y la operación de la primera y segunda líneas de defensa, con un enfoque basado en riesgos.
El índice de desempeño más alto obtenido por la entidad se ubica en la segunda línea de defensa, que se encarga de coordinar a nivel institucional la implementación, sostenibilidad, fortalecimiento del MECI y la gestión de riesgos; así mismo, del monitoreo y evaluación del estado de los controles, lo que garantiza que sean los apropiados y que funcionen correctamente.
Por último, se encuentra la línea estratégica, que define el marco general para la gestión del riesgo y el control.
Seguidamente, se encuentra la primera línea de defensa, encargada del mantenimiento efectivo de controles internos y la ejecución de procedimientos de la gestión de riesgos. En general, gestiona los riesgos de los asuntos a su cargo.
194
Informes presentados por la OCI en el periodo 1 de junio de 2019 al 31 de mayo de 2020. Tabla No. 52 Informes presentados por la OCI en el periodo 1 de junio de 2019 al 31 de mayo de 2020 INFORME
FUNDAMENTO NORMATIVO
NÚMERO DE INFORMES
Informe Ejecutivo anual del Sistema de Control Interno SCI (FURAG)
Decreto 1499 de 2017 "Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015.
1
Control Interno Contable Anual
Resolución 357 de 2008 - Resolución 248 de 2007
1
Decreto 26 de 1998, Decreto 1737 de 1998, Trimestral sobre cumplimiento modificado por el decreto 984 de 2012 del de medidas de austeridad y Ministerio de Hacienda, Resolución 0060 eficiencia en el gasto público. de 2008 de la CGR.
4
Derechos de autor.
Directiva Presidencial No. 002 de 2002; Circular No. 1000 -06 de 22 de junio de 2004; Circular No. 07 de diciembre 28 de 2005; Circular 04 DE 22 de diciembre de 2006
1
Delegaciones
Resolución Organizacional No. 191 de 2015 CGR
1
Semestral sobre atención de quejas sugerencias y reclamos de la ciudadanía relacionados con la misión Informe de PQRSD.
Ley 1474 de 2011 artículos 73 y 76 Decreto 2641 de 2012 artículos 5 y 7.
2
Arqueos de caja
Decreto 2768 de 2012, articulo 17 Procedimiento de SGC
12
Certificación semestral sobre el cumplimiento de las obligaciones de la CGR, frente al Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado - EKOGUI.
Decreto 2052 de 2014 "Por el cual se reglamenta la implementación del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - "EKOGUI". Decreto 1069 DE 2015 "Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector justicia y del derecho".
2
Ley de archivo 594 de 2000; Numeral 9, Informe General de Inventario 10 del Manual de Procedimientos de Documental. Gestión documental Versión 1,0
1
Pormenorizado del estado del Control Interno.
3
Ley 1474 de 2011, Art.9
Informe Semestral de Gestión Manual de Procedimientos de Gestión Documental. documental Versión 1.0
2
TOTAL
30
Fuente: Oficina de Control interno - OCI. 2019-2020
195
- Gestión del Plan de acción. - Gestión del Plan de Vigilancia y Control Fiscal PVCF (Consolidación, seguimiento y Monitoreo). - Gestión de Riesgos Estratégicos Institucionales de la CGR. - Gestión del Plan Anticorrupción y Atención Ciudadano (PAAC). - Gestión de Mantenimiento y Actualización de la Sectorización de los sujetos de control. - Coordinación de la rendición de cuentas a la AGR. - Actividad de Establecer la Rendición de Cuentas de los sujetos de Control a la CGR. - Armonización de los Sistemas de Control Fiscal (SINACOF). - Participación en la planeación y/o ejecución de programas y/o proyectos de la CGR – PMO. - Actividad de Arquitectura Empresarial.
Arquitectura Empresarial - AE y Gestión de Proyectos PMO • Periodo comprendido entre el 1º. de junio y el 31 de diciembre de 2019: Se realizó una iteración de contexto y descubrimiento utilizando la capacidad y recurso humano en sitio, perteneciente a la CGR, en la que fue posible reconocer una visión general de negocio del hasta ese momento llamado “Centro Integrado de Información”, que posteriormente dio lugar a la formación de la DIARI. Este ejercicio se adelantó considerando elementos de arquitecturas de referencia de BIG DATA y analítica avanzada y en tiempo real, inteligencia artificial de diferentes fuentes M.I.T, Trivadis, Andrew N.G., retomando los principios de la OCDE de Inteligencia Artificial, enfoques metodológicos como CRISP-DM, todo esto alineado con el Framework DAMA-DMBOK2.
Cabe resaltar que para el ejercicio de la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata (DIARI), el Documento de Visión acotó en alcance a la Unidad de Reacción Inmediata, que inicialmente no había sido considerada en la iteración de contexto preliminar del Centro Integrado de Información finalizado el 30 de octubre, debido a su posterior inclusión con la expedición del Acto Legislativo No 4 de 2019.
En esta iteración dio origen al Documento de Visión del Centro Integrado de Información, que serviría posteriormente como insumo del ejercicio de Arquitectura Empresarial incluido en el Contrato CGR-BID-030-2019. • Ejercicios Arquitectura Contrato CGR-BID-030-2019
Empresarial:
Adicionalmente, fue realizado un ejercicio preliminar en el ámbito de Arquitectura de Solución para el Sistema de Gestión de Datos en el cual eran planeadas alternativas de solución basadas en la arquitectura de referencia construida mediante la elaboración de la línea destino de la DIARI en la Iteración de Descripción de Arquitectura.
Los elementos generados en desarrollo de la consultoría corresponden a los entregables de las Fases del ADM de TOGAF, Documento de Visión de Arquitectura, Documento de Descripción de Arquitectura, Documento Oportunidades y Soluciones y Plan de Migración, para cada uno de los ejercicios: a.) Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata (DIARI) y b.) Direccionamiento Estratégico, acotado en las siguientes actividades:
Los ejercicios de Arquitectura desarrollados por la consultoría estructuran un mapa de ruta y ofrecen las fichas de proyectos que posibilitan el desarrollo gradual de las capacidades identificadas para las unidades de información, análisis y reacción inmediata de la DIARI y para la Dirección de Planeación de la Contraloría General de la República,
- Gestión del Plan Estratégico.
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en su Macroproceso de Direccionamiento Estratégico acotado a las actividades descritas con anterioridad.
Adicionalmente, ha habido un fortalecimiento continuo al dominio de Arquitectura de Información con la adopción y uso de los nuevos artefactos que ha brindado el proyecto de Gobierno de Datos, tales como los libros de dominio. Han sido actualizados los modelos conceptuales Dominios Maestros, con la participación de los arquitectos de negocio de los Macroprocesos misionales, directamente en el repositorio de Arquitectura Empresarial de la CGR.
• Desarrollo de Propuesta Metodológica de A.E. El propósito de este documento fue el de proponer una mejora para el desarrollo de ejercicios de Arquitectura, mediante un enfoque ágil orientado al desarrollo de ejercicios de arquitectura estándar, apoyados en la construcción de puntos de vista sobre la herramienta MEGA-HOPEX, repositorio oficial de la CGR y detallando el procedimiento “Gestionar Ejercicios De Arquitectura.”
Participación en Ejercicios de Arquitectura Durante este periodo ha recibido acompañamiento el siguiente ejercicio de arquitectura empresarial “Unidad de cooperación Nacional e internacional de Búsqueda de Bienes”.
Periodo del 1º. de enero al 31 de mayo de 2020: Adopción de la Capacidad de Arquitectura Empresarial en la CGR.
Se realiza una iteración de contexto retomando los proyectos que definió el ejercicio integral de arquitectura para el procedimiento de búsqueda de información patrimonial y ubicación de direcciones de personas a nivel nacional e internacional, dentro de los Procesos Etapa Preprocesal y Etapa Procesal, como parte del Macroproceso de Responsabilidad Fiscal y Cobro Coactivo. Ha sido abordada la búsqueda de información patrimonial y ubicación de direcciones de personas a nivel nacional e internacional, desde las actuaciones de Control Fiscal Micro, Indagación Preliminar, Procesos de Responsabilidad Fiscal y de Cobro Coactivo e intervención judicial en Procesos Penales, buscando la alineación estratégica de los mismos con el nuevo plan estratégico. Han sido identificados así nuevos requerimientos de arquitectura y capacidades desarrollables por el área para contribuir a la optimización del desempeño institucional.
En armonía con la estrategia 6.4 del Plan Estratégico 2018-2022, el plan de acción para el fortalecimiento del Sistema de Gestión y Control Interno de la Contraloría General de la República – SIGECI, contempla actividades para la incorporación de la Arquitectura Empresarial. Se viene realizando un acompañamiento desde el ámbito de Arquitectura Empresarial a los siguientes proyectos en ejecución presentes en el Mapa de Ruta, Proyecto Gobierno de Datos y Datos Abiertos, Proyecto BPM/SOA cuando se requiere. En este contexto, ha sido garantizada la participación de los arquitectos de negocio designados en las actividades que requieren una alineación con Arquitectura Empresarial. Allí están involucradas tareas de acompañamiento y se genera participación en los roles de toma de decisiones con las metodologías ágiles que estos plantean.
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• Proyectos en ejecución
Gestión en la Capacitación, Formación y Cooperación Interinstitucional e Internacional
El equipo PMO realizó seguimiento permanente a los ocho (8) proyectos de inversión que ejecuta la CGR, incluyendo los contratos (Sub Proyectos) en ejecución, en estructuración y/o alistamiento, los cuales se relacionan a continuación:
• Logros obtenidos de las actividades de formación y capacitación Durante el segundo semestre de 2019, continuó la aplicación de la estrategia de fortalecimiento institucional, a través de capacitaciones teórico-prácticas sobre las auditorías aprobadas en el PVCF de aquel año. El objetivo de estas capacitaciones se concentró en garantizar la actualización de conocimientos y manejo de conceptos fundamentales del equipo auditor respecto de las diferentes auditorías; de las normas y principios internacionales ISSAI, de las normas internacionales financieras aplicadas al sector público dentro del proceso auditor, así como de otros tópicos considerados indispensables para la competencia técnica del auditor.
• Fortalecimiento Institucional de la Contraloría General de la República - Préstamo BID, nacional. • Desarrollo para la formación de los funcionarios de la CGR, de otros organismos de control fiscal y de la ciudadanía en Investigación y Herramientas Técnicas relacionadas con el Control Fiscal nacional. • Mejoramiento de las condiciones de acceso, uso y consulta de la documentación e información generada por la Contraloría General de la República durante el periodo 1923 – 2000. Nacional. • Actualización de la infraestructura física, funcional y operativa de la Contraloría General de la República – CGR, a nivel nacional. • Implementación del modelo de seguridad de personas, bienes e información de la Contraloría General de la República. Nacional. • Mejoramiento de la plataforma tecnológica de la Contraloría General de la República, a nivel nacional. • Fortalecimiento de la capacidad técnica y operativa de la CGR para Desarrollar el Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas dirigidas a la Población Víctima, y las Relacionadas con Posconflicto. Nacional. • Fortalecimiento del ejercicio del control fiscal con eficiencia en la gestión de datos de la Contraloría General de la República.
En el primer semestre de 2020, además de continuar la ejecución del programa de capacitación en control fiscal micro, la reforma constitucional introdujo la necesidad de establecer una estrategia de capacitación de los funcionarios en el conocimiento de herramientas tecnológicas a la vigilancia y control fiscal. Surge entonces la directriz para los funcionarios de toda la entidad de concertar la capacitación en Excel. Adicionalmente, se ha impartido capacitación en temas de Machine learning a través de cursos de introducción y visualización de Python, seguridad de la información, gobierno de datos direccionados al equipo de la DIARI y funcionarios enlace de las delegadas con la DIARI.
198
Tabla No. 53 Cifras de capacitación durante el periodo junio 2019 a mayo 2020 Periodo
Funcionarios Capacitados
Actividades académicas
Estudiantes
Segundo semestre 2019
2136
155
8709
Primer semestre 2020
2554
60
5115
Fuente: CEF
con un año de antigüedad o más. Ellos, en contraprestación, prestan sus servicios a este órgano de control por el doble del tiempo de duración de los estudios financiados. Durante el periodo correspondiente a este informe, la Contraloría General de la República mantuvo y promovió este programa, cuyo monto final y número de beneficiarios para cada vigencia ha dependido del número de solicitudes.
Créditos educativos con contraprestación de servicios La Contraloría General de la República, a través del Centro de Estudios Fiscales (CEF), ha instituido hace varias décadas el Programa de Créditos Educativos con Contraprestaciones, mediante el cual apoya financieramente el proceso de formación y educación formal de los servidores públicos de carrera administrativa, lo cual favorece la aplicación de los conocimientos adquiridos, fomenta la profesionalización y promueve el sentido de pertenencia a la entidad.
Para la convocatoria de 2019 fueron apropiados recursos por un monto de cuatrocientos millones de pesos ($400.000. 000.oo). Con estos recursos se financiaron ciento ocho (108) solicitudes que cumplieron requisitos, de las 120 presentadas en el proceso de convocatoria abierta para el efecto, los cuales alcanzaron la cifra de trescientos ochenta y ocho millones seiscientos cincuenta y siete mil ciento cuarenta y tres pesos ($388.657.143.oo).
De conformidad con la reglamentación vigente, este beneficio es adjudicado anualmente mediante una convocatoria abierta en la que pueden participar todos los servidores públicos de carrera administrativa
Tabla No. 54 Créditos educativos con contraprestaciones adjudicados durante 2019
Tipo de programa académico
Pregrado (Técnico, Tecnológico y Universitario)
No. de Solicitudes aprobadas Nivel central 9
No. de Solicitudes aprobadas nivel desconcentrado
Total
16
25
Especialización
22
21
43
Maestría
18
22
40
49
59
108
TOTAL
Fuente: CEF
199
Para el año 2020, al cierre del presente informe se encuentra en preparación la convocatoria de la vigencia, que cuenta con Certificado de Disponibilidad Presupuestal por cuatrocientos millones de pesos ($400.000.000.oo).
mes de junio de 2019, importante evento que estuvo centrado en el rol de las Entidades Fiscalizadoras Superiores-EFS frente a los Objetivos de Desarrollo Sostenible. • La CGR fue elegida para liderar la Fuerza de Tarea sobre Geotecnologías aplicadas al Control Externo de OLACEFS, y en tal condición fue anfitriona del Seminario Internacional Inaugural de dicho órgano, evento que permitió llegar a acuerdos sobre las potencialidades y buenas prácticas para incrementar la efectividad del control fiscal mediante el uso de las nuevas tecnologías y el big data.
Durante los años 2018 y 2019 se inició un proceso de organización y seguimiento de la información relacionada con los créditos educativos otorgados en el pasado y que presentaban algún riesgo o indicio de incumplimiento. Se dieron entonces procesos de requerimiento a los involucrados y actuaciones administrativas correspondientes, logrando en el segundo semestre de 2019 la suscripción de acuerdos de pago y el recaudo de noventa y dos millones cuatrocientos siete mil trescientos sesenta y seis pesos m/cte ($92.407.366.oo) y de doce millones quinientos noventa y nueve mil seiscientos cincuenta y siete pesos m/cte ($12.599.657) en lo corrido de 2020.
A través del Centro de Estudios Fiscales fue preparada la participación de la Contraloría General de la República en las actividades de aprendizaje por impacto denominadas Auditorías Coordinadas, que durante el periodo correspondiente al presente informe abordaron temáticas sobre Objetivos de Desarrollo Sostenible con enfoque en el OD5 “Igualdad de Género” (con la participación de la Contraloría Delegada para el sector Social y el Despacho del Vicecontralor), Auditoría Coordinada de Áreas Protegidas (Contraloría Delegada para el Sector Medio Ambiente), auditoría coordinada sobre estructuras de gobernanza para el manejo integral de los pasivos ambientales mineros (Contraloría Delegada para el Sector Minas y Energía y Contraloría Delegada para el Sector Medio Ambiente); auditoría al proyecto “Políticas implementadas para abordar los objetivos y metas del ODS 1 fin de la pobreza desde un enfoque transversal con ODS 5 Igualdad de Género”, EFSUR (Contraloría Delegada del Sector Social y Despacho del Vicecontralor) y auditoría cooperativa de “Compras Públicas Sostenibles utilizando análisis de datos” (CASP) IDI – 2020 (Contraloría Delegada para la Gestión Pública e Instituciones Financieras y la Unidad de Reacción Inmediata de la DIARI).
• Actividades de Cooperación Técnica Nacional e Internacional Durante el periodo que abarca el presente informe fueron realizadas gestiones para la participación de funcionarios de la Entidad en eventos institucionales de la OLACEFS y de la INTOSAI, organismos de los cuales forma parte la institución fiscalizadora colombiana y cumple destacados compromisos. El papel relevante de la CGR le han significado un reconocimiento por parte de la comunidad del control fiscal internacional, materializado así: • La CGR culminó con éxito su papel como Auditor Financiero de la OLACEFS durante el periodo 2018-2019 y de sus recomendaciones se han derivado modificaciones a los manuales de gestión financiera de la Organización. • La CGR fue anfitriona de la Reunión Anual Ordinaria de la Comisión Técnica Especial de Medio Ambiente de OLACEFS, durante el
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Dentro de las actividades de la fuerza de tarea de Geotecnologías de Control aplicadas al control externo se desarrolló un webinar internacional sobre la experiencia del proyecto OCÉANO y la creación de la DIARI en la CGR, para los países de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores - OLACEFS el día 16 de marzo de 2020.
Es importante tener en cuenta que, en el marco del Comité de Creación de Capacidades de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores OLACEFS, han recibido capacitación durante este periodo, en la modalidad virtual, cuarenta y un (41) funcionarios de la CGR en diversos temas, como lo muestra esta tabla:
Tabla No. 55 Participación de funcionarios CGR en Cursos OLACEFS Curso Mejores Prácticas Control de Contratación Pública Trabajo en Equipo MICI Auditoría Ambiental en Áreas Protegidas Auditoría de la Seguridad Estrategias de Participación Ciudadana en las EFS Proceso General de Administración de Riesgos Metodología para Evaluación Riesgos de Integridad Proceso de Administración de Riesgos Orientación al Logro Autocontrol Microsoft Word 2016 Total Fuente: Sistema de Gestión Educacional OLACEFS
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# participantes CGR 4 3 5 4 1 4 4 7 2 1 2 4 41
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