Año 3, No. 13

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de las gestiones del gobierno nacional, departamental y municipal... El Código Municipal, Decreto 12-2002, define al Municipio como:

El espacio inmediato de la participación ciudadana. Lo local es el lugar donde se desarrolla la vida de cada persona, de su familia, donde se construye comunidad y ciudadanía. Es el espacio fundamental donde es necesario generar la adecuada concertación, participación y responsabilidad, para que las políticas y el gasto del gobierno municipal, autónomo y libremente electo, se realice en función de las prioridades y demandas del desarrollo de la población. En esto se tendrá que considerar la amplia participación de mujeres, jóvenes, población indígena, campesina y de toda la ciudadanía. Este proceso es el pilar central del desarrollo humano democrático, sostenible y equitativo que Guatemala necesita. De acá se pueden derivar importantes retos y acciones a realizar y potenciar en esta participación, tomando como referente los tres momentos que define la Ley General de Descentralización: la planificación, la ejecución y el control integral20. a) Participación en la planificación Para participar en la planificación de las políticas públicas y el desarrollo se plantean varios mecanismos. El principal es el Sistema de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, ya que éste se define como el medio principal de participación de la población en la gestión pública y la planificación democrática del desarrollo21. El primer escenario y más cercano se traduce en los Consejos Comunitarios de Desarrollo (COCODES), en los cuales se deben priorizar las demandas y soluciones para que sean tomados en cuenta en la planificación municipal, a través de la incidencia ciudadana en el Consejo Municipal de Desarrollo (COMUDE). Deben incluirse en el presupuesto del Municipio definido por el Concejo Municipal y el Plan de Desarrollo Municipal, en el marco de la planificación estratégica territorial, ésta última como parte del nuevo estilo de planificación de la inversión pública que inició con la administración de Óscar Berger, y continua con el actual gobierno de Álvaro Colom y la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE)22. Las demandas que no puedan cubrirse en el espacio municipal deben ser parte de las prioridades que los alcaldes lleven al Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE), en un marco de la definición de la inversión de políticas y obras públicas para el desarrollo integral de los territorios y departamentos. Existe además el derecho ciudadano de participar en la construcción del Plan de Desarrollo del Municipio23 a través de los COCODES y organizaciones representadas en el COMUDE. En la actualidad, con el 75% de alcaldes y alcaldesas nuevas (os) y la totalidad de concejos municipales conformados por síndicos, síndicas y concejalas (es) electos (as) por primera vez, existe la necesidad y oportunidad de construir, revisar, renovar y rearticular los planes de desarrollo municipales; en especial ante la nueva modalidad de la planificación estratégica territorial que plantea el Gobierno Central. Ahí existe un importante escenario para incluir de manera estratégica en las demandas y propuestas de las comunidades para un desarrollo integral e incluyente, a favor de todos y todas. No hay que olvidar que la participación en la planificación implica también un espacio en la definición presupuestaria. Vale recordar que los nuevos gobiernos municipales tenían hasta el mes de marzo para hacer reajustes al presupuesto heredado de la anterior gestión, y el mes de abril para empezar a generar el presupuesto que se ejecutará en el año 2009, en el cual también hay que participar e incidir. Es importante destacar que en la actualidad, el gobierno de la UNE ha planteado un importante espacio para la participación ciudadana en el llamado Sistema Nacional de Diálogo Permanente, en el cual se plantea:

20.El artículo 17 de la Ley General de Descentralización, Decreto 14-2002, define que: La participación Ciudadana es el proceso por medio del cual una comunidad organizada, con fines económicos, sociales o culturales participa en la planificación, ejecución y control integral de las gestiones de gobierno nacional, departamental y municipal para facilitar el proceso de descentralización. 21.Ley de Consejos de Desarrollo, artículo 1. 22.Entrevistas de El Observador con Patricia Orantes, ex Secretaria de la Secretaría de General de Planificación y Programación de la Presidencia (SEGEPLAN) en febrero 2008; y con Caryl Alonso, ex Subsecretario de Descentralización en el gobierno de la UNE, realizadas en marzo de 2008. 23.Código Municipal, artículos 17 y 132.

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