Yo soy el arbol ´ Tú que pasas y levantas contra mí tu brazo, antes de hacerme mal, mírame bien. Yo purifico el aire que respiras y soy el calor de tu hogar en las noches de invierno. Yo soy la sombra amiga que te protege contra el sol de Agosto. Mis frutas sacian tu hambre y calman tu sed. Yo soy la viga que soporta el techo de tu casa, la tabla de tu mesa, la cama en que descansas. Soy el mango de tus herramientas, la puerta de tu hogar. Cuando naces, tengo madera para tu cuna, cuando mueres, te acompaño aún, en forma de ataúd, al seno de la tierra. Si me amas como merezco, defiéndeme contra los insensatos. Módulo de educación Medio-Ambiental Taller de Empleo, 2009
El celemín
Revista de vida y cultura de Torrecampo
Edita Asociación Benéfico-Sociocultural y Deportiva PRASA TORRECAMPO Director Antonio Cabrera Calero Consejo de redacción Adrián Pérez Campos Eusebio Santofimia Romero Mª Pilar Almeida Rivero Ana Gutiérrez Rísquez Ana Rísquez Blanco Cándido del Castillo Romero Colaboradores José Romero Molina Francisco Romero Romero Antonia Ranchal Fernández José Romero Sepúlveda Pilar Almeida Rivero Domingo Melero Cabañas Antonio Cabrera Calero Eusebio Santofimia Romero María Teresa Calzadilla Manolo Jiménez Márquez Eusebio Pérez Rey Juan Bautista Carpio Dueñas Vicente Frumencio Bobadilla
EDITORIAL Sale el número 18 de nuestra revista y lo hace después de salvar algunas pequeñas dificultades debidas a circunstancias felizmente solventadas. Se acerca el Nuevo Año que deseamos sea venturoso para todos/as y también esperamos vuestras colaboraciones para poder seguir confeccionando “El Celemín” las pueden mandar a nuestro correo, revistaelcelemin@hotmail.com y enviarnos fotografías, historias, narraciones que con agrado insertaremos en las páginas de las próximas ediciones. Sin más reciban un saludo deseando que el año nuevo 2010 nos colme de bienestar, felicidad y suerte a todos/as. Un fuerte abrazo, La Junta Directiva.
Fotografías José Miguel Navarrete (portada) Adrián Pérez Campos (contraportada) Colaboradores Diseño y Maquetación Serigráfica Andaluza
EL CELEMÍN
Nº. 18 · Enero 2010
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POZOS PÚBLICOS de Torrecampo Francisco Romero Romero El agua es un bien escaso, por lo que debemos de cuidar y mantener aquellos recursos naturales o creados por el hombre que nos la facilitan y nos permiten usarla. Con este pequeño artículo se pretende dar a conocer los pozos públicos que existen en el término municipal de Torrecampo, ya que sólo desde el conocimiento es posible su conservación y/o recuperación. Pasados los años, estos pozos prácticamente han perdido la función para la que fueron creados: dar agua a las personas, dar agua al ganado o lavar, pero esto no significa que deban ser abandonados, si no al contrario. El hecho de haber sido usados de forma continuada durante un largo periodo de tiempo, los ha convertido en un patrimonio cultural, de forma que cada uno de ellos tiene historias y anécdotas dignas de ser recordadas. Así, los pozos, se han convertido en signos que dan identidad al territorio, forman parte del paisaje y porqué no, son recursos susceptibles de utilidad socioeconómica, de tal forma que, conocidos y reconocidos por las generaciones presentes, formen parte del patrimonio etnográfico y cultural de las generaciones futuras. Pensad que estos pozos, no hace tanto tiempo, era lugar donde se lavaba la ropa, a la vez que los niños y niñas jugaban a su alrededor; igual algunos de nuestros padres o abuelos se conocieron ahí; era sitio donde se daba de beber al ganado o a donde se iba a por agua para beber y todo esto los acababan convirtiendo en buen lugar para la charla y para lo que hoy llamamos “relaciones sociales”. Pensad en algunos de los pozos y sin duda os traerán recuerdos. El Pozo La Villa o la Fuente Nueva, que durante tiempo nos abastecieron de agua para beber, directamente o con la cuba que repartía su agua por el pueblo; el Pozo la Perra donde mu-
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chas mujeres han ido a lavar o de madrugada a coger agua para beber y aún hoy, en la noche, es testigo de algunos escarceos amorosos; la Fuente Gracia, donde algunos hemos ido a pasear en las noches de verano; el Pozo del Prao al que siempre visitamos cuando vamos (o venimos) andando al Santuario de la Virgen de Veredas; y el más famoso, la Fuente Borriquera, que aunque muy distinto de su aspecto original, siempre está presente, parece que vayamos donde vayamos por el pueblo, siempre pasamos por ella y además actualmente cumple la función de dar agua a una fuente más moderna; junto a recuerdos gratos, habrá otros no tanto, derivados de sucesos luctuosos sucedidos en ellos o derivados de trifulcas sobre su titularidad. Todo esto constituye el patrimonio y la cultura asociado a un recurso y a un espacio, en este caso un Pozo, al que muchas veces olvidamos, pero que si desaparece, las generaciones futuras perderán no sólo un recurso donde captar agua, sino que estarán perdiendo parte la cultura y la identidad de Torrecampo. Por todo esto se ha hecho este artículo, para darlos a conocer y favorecer su visita e invitar a que se fomente su conservación y a que se aprovechen estos espacios para el ocio y el tiempo libre, ya sea para dar un paseo, echar un rato de lectura a la vez que contemplamos el paisaje, o simplemente para charlar en buena compañía. En la relación adjunta se han recogido todos los pozos públicos que tiene inventariados como tales el Ayuntamiento de Torrecampo. Este artículo es un extracto del documento “Inventario de Pozos Públicos de Torrecampo”, que puede consultarse en la página WEB del Ayuntamiento de Torrecampo (www.torrecampo.es), apartado Historia.
MAPA DE LOCALIZACIÓN
RELACIÓN DE POZOS PÚBLICOS Localización
DENOMINACIÓN
Profundidad
Tamaño
(mt. aprox.)
(mt. aprox.)
Polígono
Parcela
Pozo de la Añora
35
114
8
2 x 1,50
Pozo del Camino Ancho
11
9012
8
Pozo de los Casares
34
98
Fuente Nueva
35
Pozo Nuevo
Coordenadas WGS84 (GPS) Longitud
Latitud
Altitud (mt.)
W 4°40'25.21" N 38°28'15.31"
588
1,20 x 1,20
W 4°40'7.46"
N 38°28'23.76"
591
4
1,50 x 1,50
W 4°39'12.00" N 38°26'43.00"
596
9027
7
2,70 x 1,40
W 4°40'21,54" N 38°28'30,04"
561
33
7
5,5
1,5 x 1,50
W 4°40'9.80"
N 38°28'3.36"
595
Pozo de la Perra
35
9006
4
1,80 x1,40
W 4°41'40,35" N 38°28'23.72"
557
Pozo del Prado - Pequeño
9
9004
3,5
1,50 x 1,50
W 4°40'35.29" N 38°29'11.33"
553
Pozo del Prado - Grande
9
9004
5
3,00
W 4°40'34.82" N 38°29'12.12"
553
Pozo Santiago
11
9011
5,3
2,00 x 2,00
W 4°40'31.99" N 38°28'41.71"
570
Pozo del Venero
33
9005
1,5
1,00 x1,00
W 4°38'47.00" N 38°27'5.00"
609
Pozo de la Villa - Pequeño
5
9011
12
1,50 x 1,50
W 4°40'56.68" N 38°28'58.73"
561
Pozo de la Villa - Grande
5
9011
8,5
2,500 x 9,00
W 4°40'57.11" N 38°28'59.48"
561
Fuente Gracia
35
198
6
2,00 x1,30
W 4°40'50.38" N 38°28'7.97"
576
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Localización
DENOMINACIÓN
Polígono
Parcela
Profundidad
Tamaño
(mt. aprox.)
(mt. aprox.)
Longitud
Latitud
Altitud (mt.)
Pozo del Matadero
C/ Pedroche, s/n.
6
1,50 x 1,30
W 4°40'55.51" N 38°28'24.99"
571
Fuente Borriquera
C/ Gracia, s/n
5,5
1,50 x 2,00
W 4°40'45.77" N 38°28'23.12"
576
Pozo Camino del Cuco-Las Viñas
30
9004
2,5
2,00 x 0,80
W 4°41'23.63" N 38°26'36.98"
613
Pozo del Cementerio
3
1
8,8
1,00 x 1,00
W 4°40'56.18" N 38°28'34.54"
574
Fuente Guerra
34
112
3,3
1,00 x 1,00
W 4°39'39.11" N 38°26'29.62"
595
Sondeo de Romperezas
5
69
n.d.
0,40
W 4°40'51.00" N 38°28'54.00"
564
Sondeo de Pozo Nuevo
33
7
n.d.
0,40
W 4º40'10.20"
N 38º28'4.03"
595
n.d.
0,40
W 4º40'54.27" N 38º28'17.88"
580
8
2,00 x 1,00
W 4º40'28,67" N 38º28'10.17"
585
Pl. de Jesús, 19
7
1,00 x 1,00
W 4º40'45.77" N 38º28'30.36"
576
C/ Postigos, 9
4,5
1,50 x1,50
W 4º40'43.82" N 38º28'27.99"
575
C/ Jesús, 23
7,5
1,30 x 1,00
W 4º40'47.42"" N 38º28'30.05"
576
Pl. de la Reina, 3
7,5
1,20 x 1,20
W 4º40'39.08" N 38º28'32.08"
578
C/ Ejido s/n
Sondeo Ejido Pozo de la Piscina Municipal Pozo del Ayuntamiento Pozo del Mercado de Abastos Pozo Casa de la Cárcel Pozo Consultorio Médico
34
9002
FOTOS
POZO NUEVO
6
Coordenadas WGS84 (GPS)
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POZO LA VILLA
POZO DEL VENERO
FUENTE GUERRA
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PLANTAS TÓXICAS Plantas Tóxicas del entorno de Torrecampo Manuel Jiménez Márquez, Biólogo y Veterinario A menudo, se nos vende desde los diferentes medios de comunicación, con ignorancia supina, una gran variedad de productos etiquetados como 100% natural, e incluso se les añade el prefijo BIO (del griego βIO, vida), con el fin de recalcar que aquello es beneficioso y saludable para las personas, simplemente porque proviene de la naturaleza. Sin embargo, el hombre de campo, avezado en el mundo natural a través de su experiencia, sabe perfectamente que no siempre lo natural es inofensivo, inocuo y mucho menos beneficioso para el hombre o para los animales, por eso a ningún vaquero se le ocurriría llevar a pastar a los animales a una pradera de garbanzuelo, o mezclar con el pienso la maloliente ruda, o meterse en la boca unas hojas de adelfa para mascar, todas ellas plantas silvestres que, aún siendo naturales, puesto que por sí solas se reproducen y crían en el medio natural , no son de ninguna manera beneficiosas ni para el hombre ni para los animales, todo lo contrario, son responsables de pérdidas económicas en las cabañas ganaderas, y a veces han causado la muerte a muchas personas. Es bien sabido por los historiadores, como algunos soldados franceses, que durante la invasión napoleónica llegaron a España, perdieron su vida, por asar unos conejos al ensartarlos en ramas de adelfa. Yo mismo fui testigo hace no muchos años, como un caballo había muerto de una parada cardíaca, al beber agua de un depósito en cuyo fondo yacían unas hojas de dicha planta. Los seres vivos, que habitan en los diferentes ecosistemas de nuestro planeta, se relacionan entre ellos, y compiten por los recursos del medio (agua, luz, nutrientes…), fruto de esa competencia a lo largo de la historia evolutiva de la Tierra, han ido desarrollando mecanismos de defensa para ganar ventaja a sus oponentes y perpetuar su especie. En unos casos las defensas son de tipo físico, como por ejemplo ocurre en las zarzas o en las rosas silvestres, y en otros casos de tipo químico, como en la temida “oronja verde” (Amanita phalloides), responsable de la mayoría de las muertes en España entre los aficionados con poca experiencia en micología, o en plantas como la famosa cicuta con la que se suicidó Sócrates. He querido traer a estas páginas las plantas tóxicas más frecuentes que podemos encontrarnos en el entorno de Torrecampo. Eso sí, en casos muy contados y bajo estricta supervisión médica, pueden extraerse determinadas drogas que a la postre se usan en medicina humana 8
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o veterinaria, para ello hay que tener en cuenta de qué principio se trata en cuestión y su dosis terapéutica. Por ejemplo, la dedalera (Digitalis purpurea), es una planta de la cual se extrae la digoxina, un estimulante cardíaco que empleado a la dosis adecuada se usa para tratar patologías cardíacas, pero si se supera dicha dosis puede resultar mortal. 1. Adelfa (Nerium oleander) Fam. Apocináceas.
Principios activos: posee sustancias cardiotónicos como la oleandrina. Las personas o animales que la consumen mueren por una parada cardíaca. 2. Nueza (Bryonia dioica). Fam. Cucurbitáceas.
Principios: cucurbitacina-D. Toda la planta es tóxica, en dosis bajas causa alteraciones gastrointestinales que cursan con vómitos, diarreas, y dermatológicas. En altas dosis puede causar la muerte por parada cardiorrespiratoria.
3. Caña de hierro, “cañajerrón”. (Ferula communis). Fam. Umbelíferas. Principios activos: agentes cumarínicos (ferunelol y ferprerín), que provocan fuertes hemorragias internas al inhibir los factores de coagulación hepática dependientes de la vitamina K.
Principio activo: oenantotoxina. El consumo de estas plantas produce una sintomatología de desarrollo rápido, que comienza a partir de media hora tras la ingestión y muy similar para todas, existiendo nauseas, vómitos, meteorismo, nerviosismo, dilatación de pupilas, dolor cólico, violentas convulsiones, salivación intensa, disnea, delirio y muerte por asfixia.
6. Estramonio. (Datura stramonium).
4. Garbanzuelo. (Astragalus lussitanicus). Fam. Papilionáceas.
Principios activos: alcaloides como la atropina, hiosciamina y escopolamina. Aunque puede ser usada con fines terapéuticos, provoca alucinaciones y diversos trastornos del sistema nervioso. Más de veinte semillas pueden resultar letales.
Principios activos: bloqueantes de la vitamina B1. Provoca alteraciones del sistema nervioso, con convulsiones en sus fases finales y la muerte del animal si no es tratado a tiempo con Tiamina (vitamina B1).
7. Tomate del diablo. (Solanum nigrum). Fam. Solanáceas.
5. Nabo del diablo. (Oenanthe crocata). Fam. Umbelíferas.
Principios activos: alcaloides como la solanina. Es considerada por algunos como ligeramente tóxica.
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8. Peonía, “Rosa maldita”. (Paeonia broteroi). Familia: Paeoniaceae.
de pesca , además de ilegal, se desaconseja, pues los tóxicos acumulados en los peces también pueden ser nocivos para el hombre.
Principios activos: Planta venenosa que, en reducidas proporciones, tiene aplicación en la medicina naturista. Aunque se ha utilizado desde el siglo IV antes de Jesucristo para combatir la epilepsia, dada su toxicidad no es recomendable que se emplee para este fin, ya que todavía no se ha aclarado por completo la composición química de cada una de sus partes. 9. Torvisco. (Daphne gnidium). Fam. Timeleáceas.
Principios activos: dafenotoxina y metazerina. Causantes de alteraciones gastrointestinales y nerviosas. Los animales tienden a evitarla dado que es muy amarga. Puede llegar a causar la muerte. 10. Gordolobo. (Verbascum thapsus). Fam. Verbascáceas. Principios activos: saponinas y verbosterol. Provoca hemolísis, hemorragias internas y diarreas. Pudiendo causar la muerte. Planta que ha sido utilizada en España para pescar, machacando los frutos en un saco que se colocaba en charcos cortados, o a la entrada de un pequeño chorro de agua, con el fin de matar a los peces. Este tipo
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Otras plantas tóxicas. Son susceptibles de provocar intoxicación, las jaras (Cistus spp, Halimium spp), sobre todo en el ganado ovino, los brotes tiernos consumidos por los animales en años de sequía, causa alteraciones nerviosas y daños renales. Igualmente los altramuces silvestres (Lupinus angustifolius), pueden provocar intoxicación (“lupinismo”), con alteraciones que afectan al sistema nervioso central. Por último, mencionar la ruda (Ruta spp), planta perenne de un olor muy fuerte y desagradable, cuya flor sale a finales de la primavera, que provoca abortos tanto en mujeres como en hembras gestantes de diversas especies ganaderas. Consejos bibliográficos: A todos aquellos interesados en los usos medicinales y terapéuticos de las plantas, así como en su toxicidad les recomiendo dos libros: • El Dioscórides renovado. Plantas medicinales. Pío de Font Quer. Ed. Península. (Impresionante libro, merece la pena comprarlo, no sólo por su contenido científico, sino también la cantidad de aventuras e historias relacionadas con el mundo de la botánica que se narran, con gran exquisitez y sutileza, en su interior). • Plantas tóxicas. Jean Brunneton. Edit. Acribia. Nota: todas las fotos excepto la número 3 son del autor.
V
ÍAS PECUARIAS
del término municipal de Torrecampo
Copia de la Orden Ministerial de fecha 25 de febrero de 1958, aprobatoria de la Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Torrecampo (Córdoba). Boletín Oficial del Estado nº 121, de 21 de mayo de 1958. En esta Orden se aprueba la clasificación de la Vías Pecuarias del Municipio, según lo recogido en el Expediente de Clasificación.
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- Croquis de situación de la Vías Pecuarias (Escala del documento no válida).
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- Copia literal del Expediente de Clasificación de las Vías Pecuarias del Término Municipal de Torrecampo, provincia de Córdoba. Termino Municipal de Torrecampo, provincia de Córdoba. Municipio: Torrecampo. Provincia: Córdoba. PROYECTO DE CLASIFICACIÓN DE LAS VÍAS PECUARIAS EXISTENTES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE TORRECAMPO, PROVINCIA DE CÓRDOBA. MEMORIA Cumplimentando lo dispuesto por el Ilmo. Sr. Director General de Ganadería, en órdenes de fechas 16 de marzo y 8 de julio del corriente año, los Peritos Agrícolas del Estado, D. José Luis Ruiz Martín y D. Juan Antonio Jiménez Barrejon, procedieron a realizar los trabajos pertinentes para redactar el Proyecto de clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de TORRECAMPO, provincia de Córdoba, una vez estudiados los datos relativos a los términos limítrofes, los planos del Instituto Geográfico y Catastral, el deslinde la Cañada Real de la Mesta, efectuado en 1914, la información testifical practicada con fecha 25 de abril del año actual, y de acuerdo con el acta de la reunión celebrada en el Ayuntamiento de referencia, el día 26 del ppdº. mes de julio. Convocados el Ayuntamiento y la Hermandad Sindical Mixta, para tratar sobre la Clasificación de referencia y teniendo en cuenta sus opiniones y todos los datos aportados, se procedió al recorrido y reconocimiento de las vías pecuarias del término para la oportuna toma de datos de campo, detalles y características de sus itinerarios, para su conveniente descripción, la cual figura en la parte correspondiente del presente Proyecto. Considerando que en estos trabajos previos de Clasificación resultaría muy difícil determinar con acierto y exactitud las anchuras a que pueden o deben quedar reducidas las que legalmente corresponden a cada una de las vías pecuarias, en los distintos tramos de su recorrido, se propone clasificarlas, en principio, como NECESARIAS, hasta tanto que pueda ser completado el Plan general de Clasificaciones de la provincia de CÓRDOBA, para que, previos los oportunos expedientes de Modificación, que cada caso concreto requiera, se pueda llegar a una ordenación y acoplamiento perfectos, de acuerdo con los intereses agrícolas del término y las necesidades ganaderas de la provincia. Por todo ello, los Peritos Agrícolas que suscriben, han redactado el presente Proyecto, en el que seguidamente serán descritas las vías pecuarias que la integran y estará acompañado del correspondiente croquis de las mismas. Madrid, 5 de agosto de 1957 LOS PERITOS AGRÍCOLAS DEL ESTADO, (firmas).
DESCRIPCIÓN DE LAS VÍAS PECUARIAS 1ª.- CAÑADA REAL DE LA MESTA: Procedente de la provincia de Ciudad Real y término de Almodóvar del Campo, pasa esta Cañada a la provincia de CÓRDOBA en el término de Torrecampo cruzando el río Guadalmez, que sirve de límite entre las dos provincias. Al cruzar el río queda a la derecha de la Cañada el molino del Turuñuelo, y se aparta por la izquierda el Cordel de Villanueva de Córdoba que sigue por la margen del río. La Cañada continúa por el sitio que llaman el Estrecho, junto al arroyo Guadamora por su margen derecha, entre los cerros del Maestro y del Haza de la Vela, a derecha e izquierda respectivamente, cruzando el arroyo Guadamora oblicuamente y pasando entre la ermita de Nuestra Señora de Veredas, a la izquierda, y la casa del santero, a la derecha. En la ermita comienza una pista de acceso hasta ella, que parte de la carretera de Torrecampo a San Benito. Esta pista queda en el interior de la Cañada. Cruza un regato y queda a la izquierda un tejar y encinares del Cerro de la Salve, y por la derecha encinares de Cerro Maestro, de Nemesio Pozo. Más adelante, se aparta por la izquierda el camino de Torrecampo a la ermita de la Virgen de Veredas, lindando a este lado la cañada con paraje de Tierra Abajo, hasta cruzar el arroyo Tamujoso, a partir del cual lindan por ambos lados tierras del Cortijo de Cachucho, quedando la cerca de los toriles de Cachucho por la izquierda, y apartándose por la derecha el camino de Madre Vieja. Sigue la Cañada, con la pista de la Ermita, entre encinares del paraje Loma del Carril, por donde se llega a la carretera de Torrecampo a San Benito y colada de Villanueva, en la que termina la pista, cruzando la cañada a la carretera y al camino viejo de San Benito o del Molino de Barrero y prosiguiendo con tierras del mismo paraje citado de Loma del Carril, pasando por la erilla de Los Serranos, y cruzando el camino de la Loma. Por la izquierda quedan tierras del cortijo de Delgado, entrando en la Cañada el regato de la Garranchosa, hasta que desemboca en el arroyo de Ropereza, el cual se cruza junto al camino de Almadén. En este punto llega la Cañada a la Línea jurisdiccional entre Torrecampo y El Guijo, llevando esta línea entre términos por el lado derecho y perteneciendo por lo tanto toda la anchura de la vía pecuaria al término de Torrecampo. Linda por la izquierda, en término de Torrecampo, con la Dehesilla Cascarrales, cruzando el camino de Santa Eufemia o de la Ermita de la Virgen de las Tres Cruces, formándose más adelante en la Cañada las lagunas de Ochavillo. Sigue la Cañada por la raya de términos, cruzando el arroyo del Figueral, el camino de Pedroche a San Benito, el arroyo del Hornero y el Camino de El Guijo a La Mancha. Linda por la izquierda, con las Rozuelas, pasando por Fuente Botija, a cruzar el regato de la Fuente Colmenero EL CELEMÍN
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y el Arroyo de Santa María. Después de este arroyo, la Cañada continúa todavía por la raya entre Guijo y Torrecampo, pero con toda su anchura en término de Guijo y la línea de términos, por lo tanto, al lado izquierdo llevando por este lado de Torrecampo como lindes las tierras de los parajes La Juncosa y La Pilarica, hasta que al atravesar el arroyo de la Matanza se aparta de la raya de términos para continuar por el de El Guijo, ya muy próximo a este pueblo, al Norte del mismo. Tiene una dirección aproximada de Este a Oeste y una longitud de once mil quinientos metros más unos dos mil quinientos metros dentro del término de El Guijo en su linde con Torrecampo. Su anchura es de noventa varas, equivalentes a setenta y cinco metros, con veintidós centímetros. 2ª.- CORDEL DE VILLANUEVA: Tiene su comienzo en la Cañada Real de la Mesta, al cruzar esta Cañada el Río Guadalmez. El Cordel sigue por la margen izquierda del Río, aguas arriba, siendo sus lindes a la izquierda el río, y por la derecha, propiedades del paraje Haza de la Vela, de Nemesio Pozo, la Calera y Umbría de la Calera, de Adelaida Fernández-Sánchez y Puente Quebrada, de Herederos de María del Rey Campos, hasta llegar al camino Real de Andalucía a La Mancha y Colada de este nombre. Pasado el camino Real de La Mancha, linda el Cordel, por la derecha con El Campillo, de Primitiva Herruzo, y pasado el camino del Molino de Las Monjas con el Campillo, de Carmen Gallardo, continuando la misma propiedad después de pasar el camino al Molino de Camacho, con el nombre de Campillo de Las Caballeras, hasta llegar a la desembocadura en el Río Guadalmez, del arroyo de Navalengua, en cuya confluencia está el Molino de La Jurada, cruzando el camino al molino y siguiendo, ya apartado del río Guadalmez, por el arroyo de Navalengua en su margen izquierda, coincidiendo con el camino de Villanueva de Córdoba a La Jurada, lindando por la derecha con encinares del sitio Loma de Cantero, de María Cañizares, cruzando el arroyo de Navalhacienda que afluye al de Navalengua y el camino de la huerta del Galleguito. Sigue el Cordel junto o próximo al arroyo de Navalhacienda que va por la derecha de la vía pecuaria, quedando por la izquierda encinares de Manuel Cañizares y Trifona Ovejo Campos, del sitio Cantalobillos, separando el arroyo por la derecha, del Paraje Portuguesas. Cruza el camino del Carretón uniéndose el Cordel al de Los Moledores, siguiendo a la derecha junto al arroyo de Navalhacienda, separado por algunas cercas en adelante, hasta apartarse del mismo. Por la izquierda, lindan propiedades de encinar de Ana Ovejo y Félix Toledo, entrando en un callejón de unos ocho metros de anchura entre cerca de Herederos de Francisco Coleto, por la derecha y de Ana Ovejo, por la izquierda, hasta el ángulo de esta Calleja con la que forma el camino del Jogarzal o Joyasul, donde está cortado 14
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el camino por cerca de Antonio Coleto Romero, siguiendo el itinerario del Cordel por la cerca citada y quedando por la izquierda la cerca de Seguismundo Romero. Todo por paraje de Navalhacienda. Saliendo de la cerca de Antonio Coleto para lindar por ambos lados con propiedad de Seguismundo Romero, cercada por la izquierda hasta que terminada la cerca linda por ese lateral con propiedad de Antonio Coleto, llegando al encuentro de la Vereda de Cardeña con la “Colada de Torrecampo” a Cerro Blanco. Cruzadas las vías pecuarias y el arroyo de Navalhacienda, que se vuelve a encontrar en este punto, continúa al Cordel entre encinares de Juan Ovejo y parcelas de los parajes Haza de los Herreros y las Valquemadas, por la derecha, y de Cerro Cervigón, por la izquierda, a cruzar el camino de Pedroche a Conquista o Vereda de Los Carteros. Sigue lindando por la derecha con tierras de La Nava, cruzando el camino de La Cedra y, por la izquierda, con las de Castillo Mogabar o Almogabar, junto al paso de La Nava en donde cruza el citado camino de La cedra, y próximo al arroyo del Castillo. Continúa el Cordel con el camino de Los Moledores entre La Nava, por la derecha, y barrranco del Lobo, por la izquierda, separándose hacia el primer lado el camino de La Nava y hacia el segundo el camino de La Casilla de La Lata, siguiendo a las cercas de Labrartorrero, situadas por la derecha y del paraje Cerro Molinero y Baranco del Pelito por la izquierda. Cruzado el arroyo de Colmenitas va el cordel y camino por la línea de términos entre Torrecampo y Villanueva de Córdoba, lindando por Torrecampo, a la derecha, con las citadas cercas de Labrartorrero, y por Villanueva a la izquierda, tierras del paraje de Pozo del Bonal. Separándose de la línea de términos, para continuar hasta Villanueva, en el paraje de Las Calderas. La dirección aproximada de esta vía pecuaria es de N. a S., con una longitud de dieciséis kilómetros, siendo su anchura reglamentaria de cuarenta y cinco varas equivalentes a treinta y siete metros con sesenta y un centímetros. 3ª.- VEREDA DE CARDEÑA: Comienza en el Cordel de Villanueva en el punto donde termina en dicho Cordel la Colada de Torrecampo. La vereda que se describe, linda en su comienzo por la derecha con cerro Cervigón, y por la izquierda con Barahona, perteneciendo por ambos lados a Juan Ovejo. Desde el lateral derecho, pasa al izquierdo el arroyo del Castillo, que desemboca en el de Navalhacienda, cruzándose más adelante el Arroyo de La Cedra y quedando hacia la derecha la Fuente de Los Órganos. Los parajes y propiedades que lindan por la derecha son: El Castillo, de herederos de María Romero; La Cedra, de Silverio Pérez Alamillo y Segismundo Romero Germán, pasando esta última propiedad y la siguiente de Juan Coleto Fernández también al lado izquierdo. Por el izquierdo, quedan Cum-
brecillas y las propiedades citadas, teniendo la de Juan Coleto dos cercados en ambos lados, que llegan hasta el camino de Carboneras. Pasado el Camino de Carboneras, lindan por ambos lados, dehesas de Bartolomé Torrico, con un cercado por la izquierda, y al terminar éste, ya sin cerca, Carboneras Bajas. A la derecha, Navalcepillo, con el paraje de Haza de la Cueva del Toro y Navalcepillo por ambos lados, quedando la Casilla, al lado izquierdo, a la vista del camino. Se entra en la dehesa de Carboneras Altas, de Antonio Herruzo, por donde cruza el camino de dicho nombre o de Los Molinos de la Ribera, dejando los parajes Ovejuelo y Peña Montero, por la derecha. Después de atravesar el arroyo de Navalengua, sigue el camino a través de los encinares de la dehesa Mina de Antonio Herruzo, cruzando una línea eléctrica de Alta tensión y el camino Real de Villanueva a La Mancha, siguiendo por el inmediato término de Conquista. La dirección de esta vereda es aproximadamente de Oeste a Este, con una longitud de ocho mil quinientos metros y le corresponde una anchura legal de veinte metros con ochenta y nueve centímetros. 4ª.- COLADA DEL GUIJO A PEDROCHE: Esta Colada comienza en el mismo pueblo de El Guijo con la carretera de Pozoblanco. A la salida del pueblo está la línea de términos entre Guijo y Torrecampo. Al pasar a término de Torrecampo linda por la izquierda la finca El Coto, de Josefa Cabrera Castro, y, por la derecha, el Baldío, con propiedad de Juan García, al principio, y de Elisa Castro Gosalvez y Hermanos, después. Esta última propiedad pasa también al lado izquierdo al terminar el Coto. Al llegar a la bifurcación de carreteras, deja la Colada, la carretera de Pozoblanco para continuar por la de Pedroche, atravesando con ella el arroyo de La Matanza, y teniendo por ambos lados como linde la propiedad citada de Elisa Castro Gosalvez y Hermanos, en el Baldío, hasta entrar en término de Pedroche, siempre coincidiendo con la carretera. Su dirección es de Norte a Sur. Su longitud, dentro del término de Torrecampo, de dos mil trescientos metros. Su anchura es de ocho a diez metros. 5ª.- COLADA DE TORRECAMPO A PEDROCHE Y POZOBLANCO: Sale de Torrecampo coincidiendo con la carretera de Pedroche a Pozoblanco por el sitio del Calvario, lindando por la izquierda con los ejidos en los cuales está la Ermita y por donde sale la carretera de Villanueva y Colada de este nombre. Mientras por la derecha, queda la carretera a San Benito, que es también Colada hasta la Cañada Real de la Mesta, lindando además con casas y parte de ejido. Sigue entre fincas cercadas de las cuales lindan por la izquierda las pertenecientes a Manuel Cañizares, Juan Benito Ranchal, Francisco Romero, Antonio Romero,
Rosario Herrero y otros, por el sitio de Cañada de la Horca, en donde atraviesa el regato de Juan Ventura. Por la derecha, lindan los cercados de Agripino Márquez, Bernardina Jiménez Herrero y Lázaro Jiménez Herrero. Al llegar al punto donde se desvía el camino viejo de Pedroche por la izquierda entre cercas de Sabas Gil y Manuel Romero se ensancha un poco la Colada, lindando por la derecha todavía con cerca de Lázaro Jiménez, al cual siguen otras parcelas, en el paraje de Cruz Chiquita, cuyas parcelas cruzan de un lado a otro de la carretera y Colada. Más adelante, están sin cercar. En el paraje Lancharejo, comienza a lindar por la izquierda parcela cercada de Avelino Moreno y le sigue la de Antonio Campos, por donde cruza el Arroyo Lancharejo, que pasa al lado derecho entre parcelas de Florentino Molina y Victoria Rey. Sube una pequeña loma, llevando de linde por el lateral izquierdo, una parcela alargada de Benigno Romero Germán y, por la derecha, de Anastasio Alamillo (apartándose el camino del Morteruelo) Amador y María Manuela Romero. Todo por el sitio de Dehesas Vieja. Por el mismo paraje de Dehesa Vieja lindan sucesivamente por la izquierda las parcelas alargadas sin cerca de Procopio Lique y Miguel Moyano, mientras al lado derecho lindan parcelas de Mercedes Caballero y otras, con piedras formado linde, más dos con cercado. El arroyo de La Jurada, se va aproximando por el lado derecho hasta quedar próximo, a unos quince metros de la carretera y Colada al llegar éstas al término de Pedroche, entre propiedades de Miguel Moyano y Miguel Cantador, entrando en la Dehesa Boyal de Pedroche, por cuyo termino atraviesa. Tiene esta Colada una dirección de N.E. a S.O. en una longitud de mil ochocientos metros aproximadamente. Su anchura oscila entre ocho y diez metros, ensanchándose algo de forma irregular entre los cercados donde se aparta el camino viejo de Pedroche. 6ª.- COLADA DE TORRECAMPO A VILLANUEVA DE CÓRDOBA: Coincide esta Colada en toda su longitud, desde su origen en la Cañada Real de la Mesta hasta Torrecampo, con la carretera de San Benito a Torrecampo y desde Torrecampo hasta el término y población de Villanueva con la carretera entre ambas. Al arrancar de la Cañada Real de La Mesta con la carretera de San Benito, linda por ambos lados con tierras del sitio Loma del Carril, desviándose por la derecha el camino viejo de San Benito o del Molino del Barrero y continuando entre tierras de labor de Anita Santos, por ambos lados, en el paraje de Tierra Abajo, por la derecha y de Cerro Miralobos, por la izquierda. En el sitio de La Laguna de Cobos, se aparta por la derecha el carril de la Loma y más adelante, el camino de Almadén, quedando la Laguna de Cobos y las Tierras del Ayuntamiento que la rodean en el lado izquierdo. Prosigue la Colada y carretera entre parcelas de labor cercadas del paraje San Gregorio, hasta el arroyo de EL CELEMÍN
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Romperezas en donde salen dos caminos; el de la derecha es el de Santa Eufemia o de Torrecampo a la Ermita de la Virgen de Tres Cruces, y el de la izquierda o callejón de Romperezas, es el camino y colada de Torrecampo a Cerro Blanco. Desde el arroyo de Romperezas sigue entre cercados de Los Quiñones y, al llegar a Torrecampo, sale por la izquierda el camino y Colada de La Mancha o Calle Tercia en este comienzo, lindando a ese lado con parcelas cercadas y casas hasta la calle Real. Por la derecha, lindan cercas de los Quiñones, también, saliendo frente a la calle Real el camino del Cementerio. Lleva de linde izquierda, desde la calle Real, casa y cercado de Mario Herrero hasta el desagüe del pueblo. Y, por la derecha, otro cercado hasta el nacimiento del camino de la Sonfría y pasado éste la cerca de Dionisia Santofimia hasta el citado desagüe. Quedan unos huertos del Ayuntamiento en el desagüe por la izquierda y el pozo de Fuente de la Chorilla por la derecha hasta salir entre casas al cruce de la carretera y colada de Torrecampo a Pedroche y Pozoblanco. Siguiendo la colada que se describe entre los ejidos del Calvario por la carretera de enlace entre la de San Benito y la de Villanueva al Sur del pueblo, hasta llegar a la carretera de Villanueva dejando a la izquierda la Ermita de la Virgen de Gracia. En dirección Sur, torciendo hacia la derecha, sigue con la carretera de Villanueva ente cercados de labor y las Huertas de Fuente Gracia, por la derecha, ensanchándose progresivamente la Colada hacia ese lado derecho en un espacio triangular de sesenta metros de longitud y veintiuno de anchura al final, estando en el ángulo opuesto el pozo de Fuente Gracia. Continúa entre parcelas cercadas, de Loma de Fuente Gracia, por la derecha, y de Cañada Ancha, por la izquierda, de las cuales la de Alfonso Sánchez López linda por ambos lados. Al terminar las cercas, se desvía hacia la derecha el camino del Pozo de la Raya, atravesando la carretera y Colada por una parcela de encinar perteneciente a Domingo Cañizares por la cual cruza el arroyo Lancharejo. Más adelante, se aparta también por la derecha en esta parcela, el camino del Pozo de los Marianos. Sigue entre otras parcelas que cruzan, y poco después del mojón del kilómetro 16 de la carretera se llega al término de Pedroche, donde después de atravesar por la dehesa Boyal de Pedroche sale del término cruzando el camino de Pedroche a Conquista continuando por término de Torrecampo por el paraje Las Misas, atravesando los arroyos de Las Puercas y del Zarzejo, pasando entre tierras de Pozo Linares en donde, por el lado derecho, sale el camino de La Jara, hasta cruzar el arroyo de Pedro Minguillo, pasado el cual linda por la izquierda con tierras de ese mismo hombre, y por la derecha con las de Calera Baja. Unos quinientos metros después de atravesar el arroyo de Guadamora, se une la carretera y la colada al térmi16
EL CELEMÍN
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no de Pedroche, sirviendo de línea jurisdiccional con el de Torrecampo. En este trayecto, va entre parcelas de El Fontanar por ambos términos, primero El Fontanar Bajo y, por último, el Fontanar Alto, continuando formando divisoria de términos hasta el de Villanueva de Córdoba, por donde sigue. La dirección de esta Colada es de Norte a Sur, con una longitud total dentro del término de Torrecampo de trece mil quinientos metros, de los cuales corresponden al tramo de la carretera de San Benito, cinco kilómetros. Por la carretera de Villanueva hasta la dehesa y término de Pedroche, mil quinientos metros. Desde que sale del término de Pedroche hasta que toca nuevamente a ese término en la línea divisoria, cinco kms. Formando divisoria entre Pedroche y Torrecampo hasta el término de Villanueva, dos kms. Su anchura está comprendida entre siete y doce metros, excepto en el ensanche de Fuente Gracia, donde alcanza una anchura máxima de veintiún metros, además de los nueve metros que en tal punto tiene la Colada. 7ª.- COLADA DEL CAMINO REAL DE ANDALUCÍA A LA MANCHA: Tiene su origen en la Colada de Torrecampo a Villanueva, tramo de la carretera de San Benito desde la cual sale con el nombre de Calle Tercia a extramuros del pueblo, por la parte Noroeste, en sitio de Los Quiñones. Continúa en el sitio Tercia entre cercado de Sebastián Expósito por la izquierda y de Carmen Cámara por la derecha a cruzar el Callejón del Pozo de la Villa, siguiendo lindando por la derecha con solares y huertas del Rico, de Manuel Campos, entre los cuales nace un camino que sigue al de Conquista. Por la izquierda sigue el sitio Quiñones, con cercados de Miguel Molina y Francisco Campos. En el cruce del camino de Romperezas, que es también Colada de Torrecampo a Cerro Blanco, comienza el ejido de Santiago en el cual se encuentran las ruinas de la Ermita. Linda por la izquierda con cercados de Manuel Romero y Anastasio Sánchez en paraje Loma de Santiago, hasta el callejón de los Rubiales, desde el cual lindan cercados del paraje Rubiales, hasta el callejón del Pozo de la Torre. Por la derecha, en este trayecto, lindan cercados del sitio Loma de Santiago. Continúa la Colada y camino entre cercados del paraje Loma del Porrejón por ambos lados, y más adelante, entre parcelas de sitio Huerta de Don Acisclo, estando por el lado derecho de huertas, y por el izquierdo de tierras de labor. Al llegar al punto donde se separa el camino de la Mina Elguita y de Horcajo termina por la derecha el paraje de La Huerta, de Don Acisclo y comienza la Cañila del Paguillo y, más adelante, la finca El Campillo y Cañada Herrero de Sebastiana Romero Campos. Por la izquierda lindan parcelas de labor del paraje Las Coronadas entre las que se encuentran la perteneciente a Miguel Andújar Romero, de mayor extensión. La finca Cañada Herrero, de pasto y chaparros, per-
teneciente en este trayecto a Primitiva Herruzo Campos, linda en bastante longitud por la derecha. Por la izquierda lindan parcelas de labor del sitio Huerta del Cabo, pertenecientes a Miguel y José Cantador Campos y Rafael Pérez Carpio. En este trayecto cruza el arroyo de Cañada Herrero. Termina por la derecha Cañada Herrero, de Manuel Sánchez López, y comienza a lindar, ya sin cercado, con la dehesa El Silillo, de Asunción Crespo, de encinar. Por la izquierda, lindan tierras de labor y encinar de El Pedrocheño, y el paraje Salitrares, con cercados de Marcela Crespo y Pedro Cobos, y sin cercar, de María Romero López. Lindan por la izquierda tierras de encinar y pasto de Sebastiana Romero Campos, en tierra Abajo, quedando a ese lado un pozo salitroso y bordeando el arroyo del Celemín, apartándose la Vereda del atajo del Santuario de la Virgen de Veredas. Por la derecha siguen la Dehesa del Silillo, cuyas tierras pasan también al lado izquierdo en una faja ente el arroyo del celemín y el Camino Real. Más adelante, termina de lindar el Silillo para entrar a lindar, por ambos lados del camino y Colada, la dehesa de encinar y pasto Tierra Abajo, de Sebastiana Romero Campos. Cruzando al comenzar, el mencionado Arroyo del Celemín, que sigue próximo a la colada, en algunos sitios, por el lado derecho hasta desembocar en el arroyo Guadamora. Pasado el arroyo Guadamora, linda por la izquierda Cabellada, de Sebastián Romero, y por la derecha el Campillo, de Primitiva Herruzo, llegando esta finca hasta el río Guadalmez, mientras por la izquierda, linda al final Puente Quebrada, de herederos de María del Rey Campos. Terminando la Colada al llegar al Cordel de Villanueva en la margen izquierda del río Guadalmez. La dirección de esta Colada es de S.O. a N.E, con un recorrido de siete kilómetros. Su anchura por la calle Tercia y extramuros del pueblo viene determinada por las edificaciones y cercados. Entre los cercados que limitan el trazado del camino Real desde el pueblo hasta terminar Cañada Herrero tiene una anchura comprendida entre un mínimo de cinco metros, entre Huerta del Rico y Quiñones, y un máximo de dieciséis metros entre las Coronadas y el Paguillo, exceptuando el trayecto por el ejido de Santiago donde su anchura entre cercados alcanza antes de las ruinas de la Ermita, veintiocho metros. En el tramo final entre dehesa sin cercar, su anchura uniforme se estima en diez metros. 8ª.- COLADA DE TORRECAMPO A CERRO BLANCO: Principia en la Colada de Torrecampo a Villanueva de Córdoba al cruzar el arroyo de Romperezas desde donde con el nombre de Callejón de Romperezas, sigue entre los parajes San Gregorio y Quiñones, a izquierda y derecha respectivamente, atravesando el camino Real de La Mancha, y Colada de este nombre, por el ejido de Santiago.
Continúa, pasado el camino Real de la Mancha, entre cercados del sitio de Loma de Santiago y Fuente Nueva por la izquierda, y de Huerta del Rico, por la derecha. Por la derecha, pasada la zona próxima al pueblo, se desvían el callejón de Peralvillo y el callejón de Las Cañadas, lindando con el paraje Las Cañadas, y apartándose el camino de las Eras del Abad, llegando al arroyo de Guadamora. Durante este trayecto, lindan por la izquierda parcelas de Dehesa Nueva, entre las cuales se apartan los caminos de La Huerta del Galleguito y del Carretón. Pasado el arroyo de Guadamora, lindan por la izquierda, parcelas de encinar de Navalhacienda, por donde se desvía el camino de Joyasul o Jogarzal. Mientras que, por la derecha, continúa Dehesa Nueva hasta que cruzando el arroyo de Navalhacienda lindan tierras de este paraje. Entre Navalhacienda se llega nuevamente a encontrar el arroyo de este nombre que entra en el camino y va por la izquierda según se describe, lindando a este lado con Cerro Blanco, de Ana Ovejo y Cerro Cervigón, de Juan Ovejo por la derecha llegando así al Cordel de Villanueva donde termine. Tiene una longitud de siete mil quinientos metros aproximadamente y su anchura, uniforme en campo abierto, se estima en diez metros, adaptándose entre los cercados del camino de Romperezas, la variable separación entre los mismos. 9ª.- COLADA DE EL GUIJO A TORRECAMPO: Penetra en este término municipal, procedente de El Guijo, entre los pagos de el Barriar y El Coto que deja a izquierda y derecha respectivamente, delimitada con el primero por las cercas de las pequeñas parcelas existentes y llevando por el lado derecho la finca de Josefa Cabrera Castro, hasta llegar al arroyo de las Matanzas. Cruzado dicho arroyo, pasa entre el encinar de la indicada propiedad, separando los pagos de la Pilarica (por la izquierda) y El Coto que continúa por la derecha, hasta entrar en el encinar de los Hermanos Castro González, en el pago de El Baldío, que deja a la derecha. Por este lado, desemboca en la colada el camino de las Abubillas, cuyo eje trae la divisoria jurisdiccional de Torrecampo y Pedroche, la cual tuerce sensiblemente en ángulo recto hacia el Este, tomando el eje de la vía pecuaria que se describe en un trayecto aproximado de unos dos kilómetros, por lo que en dicho tramo corresponde la mitad derecha de ésta al indicado término municipal de Pedroche. Continúa la Colada llevando por la izquierda el encinar de los Hermanos Castro, en pago de La Juncosa, y una vez cruzado el arroyo de Santa María, deja por dicho lado Las Rozuelas, con las fincas de Juan Campos Tirado, Manuel Gaete Pérez y José Gómez de la Fuente, donde la referida divisoria términos sale hacia el Norte, dejando toda la Colada en la jurisdicción de Pedroche. Vuelve a reaparecer en este término de Torrecampo, después de atravesar la Dehesa de Propios de Pedroche, para cruzar las propiedades de Cándido Coleto FernánEL CELEMÍN
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dez y Sebastiana Romero Campos, con algunos enclavados de pequeñas parcelas y continuando por el pago de Dehesa Vieja, deja por la izquierda el camino del Hornero y aproximándose al arroyo de la Jurada, va paralela a él dejando a uno y otro lado las tierras de Manuel Cañizares Molina, hasta cruzar el citado arroyo y dejar poco después por la derecha el camino de los Moledores. Continúa hacia el Egido Municipal, entre las cercas de las parcelas de Dehesa Vieja y, cruzando aquél, penetra en la población, donde termina su recorrido. Le corresponde una anchura media de ocho metros y tiene una longitud aproximada de nueve kilómetros, contando tanto con los que atraviesan el término de Pedro-
Nº.
che, como los que lleva en su eje la divisoria mentada. Madrid, 5 de agosto de 1957 LOS PERITOS AGRÍCOLAS DEL ESTADO. (firmas) MUNICIPIO: TORRECAMPO PROVINCIA: CÓRDOBA PROPUESTA DE CLASIFICACIÓN que formulan los Peritos Agrícolas del Estado, adscrito al Servicio de Vías Pecuarias, Don José Luis Ruiz Martín y Don Juan Antonio Jiménez Barrejón, cuyos números y denominaciones corresponden a los señalados en la parte descriptiva de este Proyecto.
DENOMINACIONES (Vías Pecuarias necesarias)
ANCHURAS Legal Mts.
Propuesta Mts.
Sobrante Mts.
1
“CAÑADA REAL DE LA MESTA”
75,22
75,22
--
2
“CORDEL DE VILLANUEVA”
37,61
37,61
--
3
“VEREDA DE CARDEÑA”
20,89
20,89
--
4
“COLADA DE GUIJO A PEDROCHE”
8 a 10
8 a 10
--
5
“COLADA DE TORRECAMPO A PEDROCHE Y POZOBLANCO”
8 a 10
8 a 10
--
6
“COLADA DE TORRECAMPO A VILLANUEVA DE CÓRDOBA”
7 a 12
7 a 12
--
30 en el ensanche de la Fuente Gracia “COLADA DEL CAMINO REAL DE ANDALUCÍA A LA MANCHA Por calle Tercia y Extramuros del Pueblo 7
Las determinadas por las edificaciones
Desde la salida del pueblo hasta terminar Cañada Herrero
5 a 16
5 a 16
--
Por el Ejido de Santiago
28,00
28,00
--
Desde Cañada Herrero hasta el final
10,00
10,00
--
“COLADA DE TORRECAMPO A CERRO BLANCO” 8
9
Por el Camino de Romperezas En campo abierto
10,00
10,00
--
“COLADA DE EL GUIJO A TORRECAMPO”
8,00
8,00
--
Madrid, 5 de agosto de 1957 LOS PERITOS AGRÍCOLAS DEL ESTADO (firmas)
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La separación entre cercas
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REVISADO: EL INGENIERO INSPECTOR, (firma)
CONFORME: EL INGENIERO JEFE DEL SERVICIO (firma)
Población en Los Pedroches CENSOS MUNICIPIOS
1981
1991
2001
2006
Alcaracejos
1.439
1.507
1.431
1.485
Añora
1.855
1.555
1.579
1.534
Belalcázar
4.226
3.843
3.680
3.567
Cardeña
2.094
1.988
1.795
1.750
Conquista
609
489
494
486
Dos Torres
2.407
2.496
2.632
2.592
Fuente la Lancha
477
463
416
415
Guijo (El)
572
432
409
404
Hinojosa del Duque
8.048
7.942
7.813
7.546
Pedroche
2.008
1.856
1.747
1.677
Pozoblanco
13.612
15.445
16.369
17.219
Santa Eufemia
1.338
1.163
1.079
998
Torrecampo
1.685
1.470
1.420
1.320
Villanueva de Córdoba
10.196
9.534
9.781
9.800
Villanueva del Duque
2.054
1.958
1.725
1.666
Villaralto
1.799
1.705
1.465
1.350
Viso (El)
3.134
3.216
2.962
2.849
TOTAL
57.553
57.062
56.797
56.658 Fuente: INE
TABLA 1: Censos de población de los diferentes municipios que constituyen Los Pedroches. AÑOS MUNICIPIOS
1900
1910
1920
1930
1940
1950
1960
1970
1981
1991
Alcaracejos
2.886
4.599
4.707
3.746
3.211
3.160
3.011
2.029
1.439
1.507
Añora
2.063
2.410
2.374
3.025
3.214
2.468
3.108
2.276
1.855
1.555
Belalcázar
7.682
8.440
9.374
10.186
9.471
9.590
8.793
5.425
4.226
3.843
0
0
0
4.669
5.151
5.860
6.769
3.649
2.094
1.988
Conquista
892
1.268
1.123
1.482
1.808
2.192
2.180
1.063
609
489
Dos Torres
4.275
3.830
3.468
4.194
3.770
4.594
4.551
2.922
2.407
2.496
Cardeña
EL CELEMÍN
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19
AÑOS MUNICIPIOS
1900
1910
1920
1930
1940
1950
1960
1970
1981
1991
Fuente la Lancha
449
604
655
664
903
878
805
413
477
463
Guijo (El)
599
735
682
910
1.161
1.306
1.036
776
572
432
Hinojosa del Duque
10.673
10.692
11.961
13.945
14.844
15.629
14.767
10.190
8.048
7.942
Pedroche
2.798
3.170
2.786
3.404
3.607
3.956
3.537
2.233
2.008
1.856
Pozoblanco
12.792
13.825
17.653
15.843
16.702
14.703
16.020
13.317
13.612
15.445
Santa Eufemia
1.630
2.184
2.046
2.614
2.853
3.274
2.878
1.749
1.338
1.163
Torrecampo
2.558
3.174
3.065
3.531
4.050
4.420
4.302
2.389
1.685
1.470
Villanueva de Córdoba
9.771
10.406
11.861
14.535
16.037
15.934
15.719
11.270
10.196
9.534
Villanueva del Duque
3.790
6.086
7.504
6.889
3.752
4.060
3.980
2.596
2.054
1.958
Villaralto
1.381
1.483
1.411
1.956
3.793
3.329
3.383
2.493
1.799
1.705
Viso (El)
3.579
3.656
3.327
3.825
4.126
4.708
3.736
3.798
3.134
3.216
67.818
76.562
83.997
95.418
98.453
100.061
98.575
68.588
57.553
57.062
Total del Valle Los Pedroches
FUENTE: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS (INE)
GRAFICO 1: Se muestran los habitantes de Los Pedroches.
FUENTE: Elaboración propia usando datos del INE.
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EL CELEMÍN
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Evolucióndelamatanzadomiciliaria DELCERDOENTORRECAMPO Eusebio Pérez Rey y Adrián Pérez Campos
RELACIÓN DE CERDOS SACRIFICADOS EN TORRECAMPO POR CAMPAÑAS CAMPAÑA
NÚMERO DE CERDOS SACRIFICADOS
1986-1987
583
1987-1988
713
1988-1989
572
1989-1990
341
1990-1991
534
1991-1992
376
1992-1993
382
1993-1994
460
1994-1995
441
1995-1996
437
1996-1997
454
1997-1998
211
1998-1999
226
1999-2000
227
2000-2001
258
2001-2002
274
2002-2003
242
2003-2004
248
2004-2005
215
2005-2006
221
2006-2007
216
2007-2008
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Durante siglos, la economía de esta región del interior de la península se ha basado en la ganadería, fundamentalmente en la cabaña ovina, bobina y porcina. La importancia del cerdo en las dehesas cordobesas fue tal que los árabes dieron a estas tierras la denominación de “Fash al-ballut”, que traducido viene a significar llano o valle de las bellotas, atendiendo a la enorme extensión de encinar y a la no menos importante cantidad de cerdos que pastaban libremente. En la actualidad el cerdo ibérico mantiene indiscutible hegemonía en la gastronomía de Torrecampo, y desde siempre sus jamones, embutidos, carnes e incluso el tocino, han gozado de singular fama en la comarca, cotizándose como uno de los más caros del mercado. Antiguamente las matanzas suponían una o varias jornadas de trabajo esenciales para garantizar el sustento familiar de todo un año, con rituales de comportamiento y elaboración heredados generación tras generación. El período de matanzas se extiende, principalmente desde noviembre hasta finales de enero, época del año en la que el clima es más frío y seco. El refranero popular recoge la tradición con dichos tales como “por San Andrés, mata tu res” o “a cada cerdo le llega su San Martín”. Si bien, actualmente, el estado del bienestar y la comodidad, por un lado, y las políticas comunitarias, de otro, han supuesto la pérdida de ciertos hábitos económicosociales, como hacer picón, leña o las propias matanzas, algunos de estos hábitos han perdurado con altos índices de pureza hasta nuestros días, como es el caso de la matanza domiciliaria del cerdo. En la tabla se puede observar el número de cerdos sacrificados en Torrecampo desde 1986 y hasta la campaña de 2008. Aunque con algunas diferencias significativas se observa una disminución paulatina de número de cerdos sacrificados. De los 713 animales de 1998 se han pasado a 182 de 2008, debido fundamentalmente a la injerencia de autoridades administrativas, veterinarias-sanitarias y gubernamentales. No obstante el día de la matanza es un día de celebración familiar en la que padres, hijos, abuelos y nietos y resto de familiares y amigos participan de un día de convivencia, en el que el carácter festivo solapa el enorme trabajo que supone la matanza. EL CELEMÍN
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Las Cabañuelas y los Retornos Una predicción meteorológica de escaso valor científico José A. Romero Molina Cinco de la tarde, 7 de agosto, un cielo que empieza a oscurecer a la latitud de San Benito y el ambiente cargado de humedad presagiando lluvia. Se oyen unos truenos y las gotas de agua comienzan a caer (mi madre se encierra en su alcoba atemorizada de ese ruido tan ensordecedor) acompañándolas una suave brisa del oeste, en media hora termina un intenso chubascazo, dejando en el ambiente un agradable olor a tierra mojada, y una suave bajada de la temperatura. Se agradece la leve sensación de frescor. El labriego, tras la llovizna reflexiona que de acuerdo con sus conocimientos e intuiciones, para el próximo año durante la primera quincena del mes de febrero habrá lluvia, pero no fuerte, sino mansa que empapara la tierra poco a poco… Ha llegado agosto, con sus inesperadas lluvias y los impredecibles cambios de tiempo, siendo conocido por nuestros ancestros estos primeros días del mes, después de las tronadas veraniegas, como las “cabañuelas”. Según el calendario zaragozano define este término como el cálculo que se hace del tiempo observando las variaciones atmosféricas ocurridas en el mes de agosto. El Diccionario de Autoridades de 1726 (primer diccionario confeccionado por la Real Academia Española) dice de este término lo siguiente: “es la vana observación que hacen algunos de los doce primeros días del mes, infiriendo de cada uno de ellos por su orden el tiempo que hará en los doce meses del año…”. Las “cabañuelas” son las creencias y costumbres que tiene una población para predecir la meteorología a largo plazo, especialmente para el pronóstico de las lluvias, y saber de esta manera el tiempo que puede ser mejor para adelantar o atrasar la siembra, de preparar y abonar las tierras, de la poda o tala de los árboles, así como de la limpieza de los pozos para el acopio del agua. Desde pequeño me sorprendió esta forma de vaticinar el tiempo con tanta anticipación, y más aún ¿cómo lo interpretaban los aldeanos? Pasados los años, algunos lugareños de Torrecampo me informaron que de la observación minuciosa de los vientos, las nubes y los astros al amanecer y atardecer, preferentemente en el mes de agosto, ayudaban a predecir el tiempo del año siguiente; pese a ser desacreditado por otros paisanos, este medio de predicción lo consideran como una superstición. Las cabañuelas, no es sólo una cuestión de predicción en
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Andalucía, es una confianza universal, aplicada tanto en Europa, como en Sudamérica o en Asia. Entendiendo su utilización práctica cuando están referidas al microclima de la zona donde ocurren; el pronóstico a medio y largo plazo emitido por el labriego viene avalado por el profundo conocimiento que éste tiene del entorno donde habita.
Nubarrones de verano en Torrecampo En España las cabañuelas se interpretan en el mes de agosto, en Sudamérica el vaticinio se hace en el mes de enero. Los babilonios ya las descifraban en la “Fiesta de las Suertes” donde se determinaban los presagios para cada uno de los doce meses del año (se buscaban la información en los halos1 alrededor del sol o de la luna). Si había en el sol, la posibilidad de lluvia a corto plazo era segura, si el halo estaba en la luna, las lluvias serían más duraderas. La cultura judía también se valía de este arte en la “Fiesta de los Tabernáculos”, donde la cantidad de lluvia para el año venidero está decidida por los cielos; hay referencias del año 1450 sobre esta fiesta en la ciudad de Toledo, donde los judíos colocaban en el arrabal2 cuarenta “cabañuelas” -simulando cada una un tabernáculo3 -, una por cada año que estuvieron los israelitas vagando por el desierto tras Moisés, en busca de la Tierra Prometida. Los Indúes también tenían una tradición similar: designan 12 días en la mitad del invierno para hacer la réplica climática que ha de suceder en el año siguiente. Pero… ¿cómo se predicen las cabañuelas en Torrecampo?; para estos lugareños que les fascina predecir la meteorología consideran el día uno de agosto la fecha clave para el inicio de las “cabañuelas”, este día lo conocen como la "llave del año",
dado que las variaciones meteorológicas habidas a lo largo de esta jornada darán cuenta de cómo será el año en su conjunto; empezando ya desde el día dos de agosto el pronóstico para cada mes del año siguiente. Sin embargo para otros, desde el día uno del mes de agosto empieza la predicción para el mismo mes del próximo año. Aún recuerdo la rivalidad en la puesta en conformidad que existía entre José Miguel Andújar García y Juan Benito Caballero Fernández sobre el inicio del tiempo “cabañuelal”, el primero de ellos decía que se iniciaba el día 1 y el segundo que el 2, y entre este discutir, los vasos de vino no dejaban de afluir por su cuerpo y mojar su sabia lengua. Ellos comentaban que el pronóstico debe realizarse a partir de la observación de los distintos fenómenos atmosféricos que tiene lugar a lo largo de cada uno de los días señalados como: la forma de una nube, la dirección del viento, la tonalidad o luminosidad del sol y la luna, las estrellas, la niebla, el rocío, el arco iris, el granizo… todos estos signos dan información del tiempo de los meses venideros. También incluían en este sinfín de observaciones el comportamiento que presentan algunos animales y por supuesto el de algunas personas. A este respecto, son considerados signos o indicios de lluvia la aparición de hormigas con alas, el orejeo de las mulas, cuando se bañan los gorriones, si se lava la cara el gato, etc.; si el gallo cantara a primeras horas del día podría haber un posible cambio de tiempo, cuando los gatos corren y saltan es señal de viento. Una persona que tuviera picor o dolor en un callo o una cicatriz antigua, podría aventurar también un posible cambio de tiempo. Muy antiguamente existían otras observaciones que aventuraban lluvia como son: las de los crujidos y sonidos de los muebles (del arca y armarios principalmente), el hollín que se desprende y cae de la chimenea, el olor de los sumideros o alcantarillas, la siembra cuando aparece "retorcida", la humedad en las habitaciones -principalmente en las baldosas del suelo- , los sarmientos de las parras cuando estando secos "lloran", si al amanecer el "pajón" de los rastrojos está "correoso" o húmedo. Tradicionalmente la predicción meteorológica en Torrecampo se realiza relacionando los doce primeros días de agosto a los doce meses del año siguiente, y los segundos doce días a los doce meses pero a la inversa, es decir:
Primera Vuelta (Cabañuelas de Ida)
Segunda Vuelta (Cabañuelas de Retorno)
1 de Agosto representa el mes de Agosto
13 de Agosto representa el mes de Julio
2 id. Septiembre
14 id. Junio
3 id. Octubre
15 id. Mayo
4 id. Noviembre
16 id. Abril
5 id. Diciembre
17 id. Marzo
6 id. Enero
18 id. Febrero
7 id. Febrero
19 id. Enero
8 id. Marzo
20 id. Diciembre
9 id. Abril
21 id. Noviembre
10 id. Mayo
22 id. Octubre
11 id. Junio
23 id. Septiembre
12 id. Julio
24 id. Agosto
El tiempo que haga cada día por la mañana o por la tarde de cada “cabañuela” marcará lo que predomine la primera o segunda quincena de cada mes, bien siendo frío o calor, viento o poco viento, nublado o soleado, o cualquier otro fenómeno atmosférico. Las llamadas “Contracabañuelas” son las de retorno, las de “ida” se consideran como presunciones correspondientes a la primera quincena de cada mes del año en estudio, mientras que la observación a la inversa serviría para traducir los indicios en los segundos quince días de los mismos periodos. Algunos labriegos de Torrecampo usan esta técnica doble para establecer el balance medio de cada mes, y así atinar mejor en sus augurios. En general los huertanos y campesinos confían más en las cabañuelas de retorno que en las de ida. Todo ello, en un compendio de interrelaciones, secular sabiduría e intuiciones personales. Haciendo una búsqueda bibliográfica sobre la formación de las cabañuelas en España, he encontrado un término que me ha llamado poderosamente la atención es el denominado: “cabañuelón”, que es el pronóstico global que dan en algunas zonas de Andalucía como Almería y Cádiz sobre el tiempo del año venidero. Está basado en las condiciones climatológicas del día 28 de agosto, -día de San Agustín- ; el refranero ya dice: “Agustinico llovió, año perdió”. Para muchos campesinos que EL CELEMÍN
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les gusta predecir el tiempo no pueden pasar desapercibidos en mirar el cielo ese día, puesto que si la mañana se presenta con neblina o nubosa y al final llueve, lo que se presagia es que el próximo año sea lluvioso. En otras zonas del norte de España también se hacen referencias similares, como por ejemplo a la primera luna del mes de octubre y la que aparece en la Semana Santa, en función de su halo y luminosidad se predice el tiempo el año siguiente. Por otro lado existen otros colectivos que les fascinan predecir la meteorología a muy corto espacio de tiempo, generalmente lo suelen hacer en los bares o en las tabernas, cuando observan por el horizonte una nube de color negro dicen entre ellos: “en cinco minutos está lloviendo”, o también “tan pronto se ponga el sol comienza a helar”. En definitiva estas personas podrían tener grabada en su mente una estación meteorológica similar a la que tiene el Gobierno Bolivariano de Venezuela.
De todo lo anterior saco en conclusión que estas teorías no tienen una base científica sólida para predecir con ciertas garantías la meteorología de año venidero, el atinar es pura suerte del que pronostica, situándose su porcentaje de acierto en un 50%. Actualmente existen otros planteamientos científicos para conocer mejor el futuro estado de la atmósfera, a partir de un estado inicial de la misma, basándose en los llamados “modelos numéricos” de predicción del tiempo. Estos modelos físico-matemáticos simulan el comportamiento de la atmósfera a partir de unos datos iniciales constituidos por las observaciones de las variables atmosféricas (presión, temperatura, humedad, viento, etc,). Sobre estos datos iniciales se aplican (se integran) las ecuaciones físico-matemáticas que definen su evolución temporal. El resultado será el valor de esas variables en un instante futuro. Finalmente hago referencia de algunos dichos o consejos útiles cotidianos referentes a la meteorología, obtenidos del refranero popular español:
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ro.
- En agosto, frío en rostro. - En agosto está el secreto de los doce meses completos. - El agua de San Juan quita vino y no da pan. - En enero, se hiela el agua en el puchero. - Tantos días que pasan de enero, tantos que pierde el aje-
- Marzo marceador, un día malo, otro peor. - Marzo ventoso y abril aguoso, sacan a mayo florido y hermoso. - Febrerillo loco, que sacó a su padre al Sol, y lo apedreó. - Si truena en abril, prepara la capa y échate a dormir. - Hasta el cuarenta de mayo, no te quites el sayo. - Septiembre, o seca las fuentes, o lleva los puentes. - Luna llena y mojada trae diez días de aguada. - Truenos con luna nueva prepárese a que llueva. - Animales perezosos, tiempos tormentosos. - Este claro, Norte oscuro, Pampero seguro. - Luna que presenta halo, mañana húmedo o malo. - Tarde de arcos, mañana de charcos. - Cielo aborregado, antes de tres días mojado. - Cuando el cielo está de lana, si no llueve hoy lloverá mañana. - Sol poniente en cielo grana, buen tiempo por la mañana. - Abril, aguas mil. - Año de nieves, año de bienes. - Año hortelano, más paja que grano. - A quien no tiene labrado, agosto se le hace mayo. - Abril, si bueno al principio, malo al fin. - Abril trae las flores y mayo se lleva los honores. - Agua de enero, cada gota vale un dinero. - Agua de enero, todo el año tiene tempero. - Agua de febrero, llena el granero. - Agua de mayo, crece el pelo un palmo. - Agua de San Juan quita vino y no da pan. - Aguas en junio, ni frutos ni pastos en julio. - Busca pan para mayo y leña para abril y échate a dormir. - Cuando en diciembre veas nevar, ensancha el granero y el pajar. - Heladas de enero, nieves de febrero, neblinas de marzo, lluvias de abril, aires de mayo sacan florido al año. - Por San Vicente (22 de enero) el invierno pierde un cliente. Notas:
1.- Un halo es un efecto óptico causado por partículas de hielo en
suspensión en la Troposfera que refractan la luz haciendo un espectro de colores alrededor de la luna o el sol.
2.- Barrio fuera del recinto de la población a la que pertenece.
3.- Tabernáculo proviene de la palabra en latín tabernaculum que
quiere decir tienda.
Junio 2009
Residencia de Mayores Residencia de Mayores de Torrecampo
Una vez más nos dirigimos a todos ustedes, a través de esta revista; en esta ocasión queremos mostraros el trabajo que hemos realizado en nuestro taller de memoria, tratamos de recopilar todos los nombres “raros” de nuestro pueblo, con ello queremos mantener nuestros recuerdos, hablar del pasado y mantenerlo vivo para las nuevas generaciones. Algunos de los nombres que aparecen en el listado son tal cual ellos los recuerdan o utilizaban, puede que no sean correctos, pero queremos que se conserven en el recuerdo tal cual se han usado toda la vida.
a
b c
Armoni Asteria Asela Agripina Arcadia Amancio Amadora Aquilina Ausencio Aurea Agapo Aniceta Anastasio Antolina Acisclos Abrahan Aurea Ageda Adulfina
d e
Benigno Bernabela Braulio Brígido Bernardina
Cenaida Cayetano Crescencio Cesario Crisanta Custodia Cruz Conrada Celestina Críspulo
f
Domitila Dositea Digno Diosmedes Dalia Dominga Domínica Demetrio
Esperia Eumelia Eudocia Epimenia Eliseo Emperatid Eloisa Eutimio Eusimio Eulalia Ecolastico Eustaquia Estefana Eudivigis Edita
Flumencio Faustina Fe
g
h i l
Grafaides Guillermo Glicerio Gila Gerónima Gabina Gaspara Germán Graciela Genovera Graviela
Hilaria Hipólito Humildad
Iluminado Isaas Isidra
Liborio Lucila Lucinia Luciana Lázara Librada Liberta Leonarda Lucio Lino
m
n o p r
Minervino Melania Maximino Marcelino Merenciana Mª del Amor Mª Lucas Marcelo Macrina
s
Nicerata Nador
Oseas Orosia Ovidia Olegario Obdulia
t
Pauxides Pascasio Proscopio Priscila Piedrasanta Prospero Presentación Primitivo Policarpo
u v
Raimunda Rudisinda Regalado Rogelio Rufo Reolinde
z
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Sivialdo Severo Secundina Sixto Saturnino Savino Samuel Sinaita Sidronia Silverio Silviana Serafín Santos Sabas Sierva Superancia Semproniano Transito Tereso Teófilo Trarsicio Urbano
Virgilia Vitaliano Veredas Vitrimundo Vidala Vitoriana Zacarías
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Elmuseoencincopiezas Juan B. Carpio Dueñas, Director del Museo PRASA Torrecampo
Invitación a la actividad Con la colaboración del Ayuntamiento de Torrecampo y de la Asociación benéfico sociocultural y deportiva PRASA Torrecampo, el pasado 15 de mayo de 2009 el Museo PRASA Torrecampo organizó una actividad en conmemoración del Día Internacional de los Museos, con el título “El museo en cinco piezas”. Su objetivo fundamental fue explicar al público, a través de cinco piezas destacadas de nuestra colección permanente, las principales labores que se están llevando a cabo en el centro para desarrollar nuestro proyecto de museo. Según las actuales tendencias museológicas, todo museo debe conservar las colecciones, documentarlas, permitir e impulsar la investigación sobre las mismas, difundir su contenido y, por último, permitir el disfrute público de los bienes patrimoniales que custodia. Cada una de estas cinco funciones, representadas por otras tantas piezas concretas, fue explicada por un especialista. El acto se abrió con unas palabras de bienvenida por parte del alcalde, Andrés Pastor, y del director de la Fundación PRASA, Joaquín Criado. Tras estas intervenciones, Esther Cortés habló de la documentación, a través de la ficha de inventario de un colador de bronce fechado en época romana. Jerónimo Sánchez trató sobre la investigación en nuestro museo, ejemplificada en una moneda
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visigoda de oro recientemente estudiada por una investigadora de la Universidad de Sevilla. Guadalupe Gómez presentó, a través de una placa de cinturón visigoda que formó parte de la exposición inaugural de pabellón de al-Andalus del Parque de las Ciencias de Granada, las principales actividades de difusión desarrolladas desde el museo. César Pérez presentó nuestro programa de conservación de las colecciones, apoyado en las imágenes de un pequeño talismán de plomo. Por último, yo mismo cerré las intervenciones destacando que el objetivo central de todos estos trabajos no es otro que permitir el disfrute público de las colecciones. Para ello, esta última exposición estuvo apoyada en un ungüentario de pasta vítrea fechado en torno al siglo V a.C. Tras las breves presentaciones realizadas por los ponentes, los asistentes tuvieron la oportunidad de contemplar las piezas originales seleccionadas, junto a otras complementarias, en una pequeña exposición montada en una sala anexa. Allí pudieron comentar con los cinco ponentes diferentes aspectos relacionados tanto con los objetos expuestos como con los procesos de trabajo. 1. La importancia de la documentación. En todo museo resulta fundamental la tarea de docu-
mentación. Conocer las colecciones es la principal garantía para su conservación, a la vez que hace posible su exposición ordenada. Por eso, los registros, inventarios y catálogos son los instrumentos básicos de trabajo con las colecciones. La explicación de estos procesos de trabajo estuvo a cargo de Esther Cortés, que en ese momento trabajaba como titulado superior con funciones de técnico de documentación de las colecciones del museo, en virtud de una subvención concedida al centro por la Dirección General de Museos y Arte Emergente de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía. Su exposición consistió en una breve descripción de los principales campos integrados en la base de datos del catálogo general, destacando la importancia de esta información para asegurar la localización de los objetos y desarrollar a partir de estos datos los programas de conservación, investigación y difusión de las colecciones. Además, la presentación le sirvió para explicar el propio proceso de trabajo que supone la redacción de las fichas de inventario y catálogo del museo.
Ficha – resumen de inventario del museo. Para ello, utilizó una ficha de inventario resumida, en la que constan los datos esenciales de la pieza seleccionada como ejemplo: un colador de bronce de época romana (Inv. 12.813). Se trata de un cuenco hemisférico de bronce, que presenta una serie de orificios realizados mediante perforaciones que, además de permitir el uso del objeto para la función a la que estaba destinado, colador, se disponen de forma ordenada, en bandas decorativas en las que alternan flechas, hojas y segmentos de círculo, dotándolo de una imagen decorativa.
La pieza se encontraba en los almacenes del museo, sin estudiar, y no se conservan datos sobre la procedencia y circunstancias del hallazgo. Por lo tanto, la clasificación y estudio debieron realizarse basándose en ejemplares similares (los que denominamos usualmente “paralelos”) conservados en otros centros museísticos y de los que se han publicado estudios completos. La buena conservación general del objeto, que no ha sido restaurado, nos llevaba a asignarle a priori una cronología más moderna, pero el estudio permitió catalogarlo como obra de época romana altoimperial, fechable entre los siglos I a.C. y I d.C. De todos los ejemplares de coladores romanos conocidos en España, el más parecido a nuestra pieza es el conservado en el Museo Arqueológico y Etnológico de Córdoba (Inv. 29.399). Procedente de Almedinilla (Córdoba), tanto su forma como sus dimensiones y la disposición de las bandas de orificios, a la vez funcionales y decorativos, son prácticamente idénticos al modelo conservado en Torrecampo. También presenta claras similitudes el ejemplar, en este caso realizado en plata, conservado en el Museo Arqueológico Nacional (Inv. 16.871) y que procede de un lugar indeterminado de la comarca de Los Pedroches. Además, hay otros ejemplares similares en el Museo Arqueológico Nacional (16.870), Museo de Jaén (2.821), Museo Arqueológico de Granada (4.163) o Museo de Saldaña, Palencia. Contrastando las características de todos estos ejemplares, podemos concluir que se trata de un colador romano fechado en torno a los inicios de nuestra era. Su función más común sería la de decantar o filtrar líquidos, siendo utilizado comúnmente en los trasvases y preparación de vinos y bebidas derivadas. 2. Conservar las colecciones. La conservación de las colecciones es otra de las funciones esenciales de todo museo. Porque un museo histórico como el nuestro es un centro que pretende perpetuar la memoria del pasado a través de la conservación de los restos materiales. El arqueólogo César Pérez Navarro se encargó en esta actividad de explicar el programa de conservación de nuestro museo. César Pérez es arqueólogo, y ha dirigido un importante número de intervenciones urbanas en la ciudad de Córdoba. Su exposición se centró en los aspectos principales tanto del programa de conservación y restauración de las colecciones desarrollado en el museo durante los años anteriores como del programa de las medidas de conservación preventiva que se mantienen en el actual almacén temporal. En este caso, se ha puesto en marcha un programa que, de acuerdo con los actuales criterios de conservación, pretende evitar el deterioro que puede ocasionar a las piezas el propio ambiente en el que se EL CELEMÍN
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conservan. Comentó de esta forma el sistema de control climático, con periódicas revisiones de humedad relativa y temperatura para descubrir anomalías que pueden incidir en la conservación de los objetos, y las medidas correctoras adoptadas ante situaciones de peligro para las piezas. En la pequeña exposición de piezas que pudo visitarse tras las intervenciones de los ponentes, además de objetos restaurados y fotografías del proceso de intervención se mostraron al público piezas metálicas almacenadas en bolsas al vacío, para evitar deterioro por cambios en la humedad ambiental, casettes de art sorb, producto desecante utilizado para hacer descender la humedad en compartimentos cerrados, o un termohigrógrafo digital, con el que se toman las mediciones constantes de temperatura y humedad relativa en el almacén.
que es él mismo, fue el encargado de hablar del programa de investigación desarrollado desde el Museo PRASA Torrecampo, centrándose especialmente en el apoyo a los trabajos realizados por investigadores externos.
Debate de los asistentes con Jerónimo Sánchez ante las piezas expuestas.
César Pérez respondiendo a las cuestiones del público asistente. Para explicar estos procesos de conservación y restauración, César Pérez se apoyó en un pequeño talismán o amuleto andalusí de plomo, fechado en torno a los siglos X-XII (Inv. 4.164). Tras los tratamientos de limpieza y consolidación a los que se ha sometido, esta pieza ha recuperado su lectura de forma completa, como se pudo comprobar a través de las fotografías que mostraban el proceso. Este tipo de amuletos o talismanes, realizados en plomo, eran bastante habituales en el mundo andalusí. Su función esencial era la de proteger a quienes los portan, normalmente colgados al cuello a la manera de nuestras medallas, de cualquier influjo negativo. 3. La investigación, base del conocimiento. La investigación es otra de las funciones básicas del museo, que podemos dividir en dos tipos: la interna, realizada por el propio personal del centro, y la externa, en la que la labor de los técnicos del museo se centra en aportar a investigadores de centros de investigación ajenos los datos fundamentales que puedan ayudarles en su trabajo. Jerónimo Sánchez Velasco, como investigador 28
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Jerónimo Sánchez es arqueólogo y profesor de Enseñanza Secundaria. Además de haber participado en excavaciones arqueológicas tanto en Andalucía como en la ciudad de Roma, sus trabajos de investigación, centrados especialmente en la época visigoda, han sido presentados en diferentes congresos científicos internacionales, y publicados en prestigiosas revistas especializadas. Entre sus trabajos, destaca el estudio de materiales de origen arquitectónico y época visigoda del Museo Arqueológico de Córdoba, publicado recientemente por la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía. En su exposición, el ponente repasó los principales proyectos de investigación que, durante los últimos tres años, han tenido como protagonistas conjuntos de piezas procedentes de las colecciones de nuestro museo. Sobre ellas han trabajado investigadores del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, de las universidades de Córdoba, Sevilla y Complutense de Madrid, y de diferentes centros de investigación. Los resultados de estos trabajos no sólo enriquecen la información disponible sobre nuestras colecciones, sino que además permiten que la riqueza e importancia de algunas de las piezas sean conocidas en los principales ámbitos científicos. Para ilustrar su explicación, Sánchez Velasco utilizó como ejemplo la moneda visigoda núm. Inv. 3.446, acuñada por mandato del monarca Ervigio en la ciudad de Córdoba. Se trata de una pieza de oro, que presenta en el anverso la efigie del monarca, y en el reverso una cruz sobre podio, rodeada por la leyenda Cordoba Patricia, utilizando el nombre de la ciudad junto al apelativo que ésta había tenido en época romana (Colonia Patricia). Muy recientemente, esta moneda, junto a otras 11 piezas numismáticas visigodas de nuestro museo, ha sido estudiada por la investigadora de la Universidad de Sevi-
lla Ruth Pliego, que ha determinado que esta pieza es la única conocida de la acuñación cordobesa de Ervigio, en un trabajo que será editado próximamente. 4. La difusión de conocimientos El cierre temporal de la exposición permanente priva al Museo PRASA Torrecampo de la que será, sin duda alguna, su principal herramienta para la difusión del Patrimonio Histórico. Sin embargo, esta situación no ha impedido comenzar a desarrollar un programa de difusión en el que se integra esta misma actividad. Las presentaciones realizadas durante estos tres años en torno al Día Internacional de los Museos, las conferencias y presentaciones públicas realizadas en diferentes foros, las publicaciones y la participación del museo en exposiciones temporales están integradas dentro de este programa de difusión. La arqueóloga cordobesa Guadalupe Gómez, colaboradora de nuestro museo desde hace unos años, fue la encargada de presentar brevemente el programa de difusión del Museo PRASA Torrecampo. Entre las más destacadas actividades incluidas en el programa de difusión de nuestro museo están las siguientes: - Actividades, fundamentalmente centradas en la celebración, desde 2007, del Día Intenacional de los Museos. - Publicaciones y conferencias en el entorno más cercano, de las que puede ser un buen ejemplo este mismo artículo. - Publicaciones y conferencias de carácter científico. - Proyectos. En este sentido, destacaba la ponente la participación de piezas de nuestra colección en el proyecto Qantara, coordinado por el Instituto del Mundo Árabe de Madrid. Más recientemente se ha producido la inclusión de nuestro museo en otro proyecto europeo, en este caso sobre orfebrería antigua, coordinado por investigadores de la Universidad de Bolonia (Italia). - Exposiciones temporales. Resulta especialmente relevante, por la gran difusión que supone, la participación de piezas de nuestro museo en tres importantes exposiciones temporales de carácter internacional: La cultura europea del Siglo X (Santiago de Compostela), Tierras del Olivo (Úbeda y Baeza) y Qantara (Granada). En esta última muestra, celebrada con motivo de la inauguración del pabellón de al-Andalus del Parque de las Ciencias de Granada, y destinada a destacar la importancia de los intercambios culturales en el Mediterráneo medieval, participó la placa de cinturón visigoda que sirvió a la ponente para presentar el tema (Inv. 5.844). Una ficha con las características generales de la pieza
está accesible en la web del Proyecto europeo Qantara, (enlace: http://www.qantara-med.org/qantara4/public/ show_document.php?do_id=1030).
Intervención de Guadalupe Gómez. Se trata de una placa de cinturón realizada en un taller posiblemente situado en el entorno de nuestra comarca, en el tránsito del siglo VI al VII. Mediante incisiones, se decora su frontal con una escena relacionada con la cristianización de un mito oriental: dos animales mitológicos (grifos) se sitúan frente a frente bebiendo de la fuente de la vida. 5. Un objetivo final: el disfrute del Patrimonio Histórico. Por último, yo mismo cerré la primera parte de la actividad exponiendo cómo todos estos trabajos tienen como objetivo final permitir el disfrute del Patrimonio Histórico. Para ello, se seleccionó un ungüentario de vidrio (Inv. 3.305) que podemos fechar en torno al siglo V a.C. Se trata de una pieza sobre la que desde el museo se ha realizado una labor de investigación para permitir la correcta catalogación de la obra. El tratamiento de limpieza realizado en 2006 dio en este caso unos resultados espectaculares, al recuperar la rica y colorista decoración con que contaba originalmente. Por último, también este ungüentario ha sido utilizado en la difusión del museo, ya que participó en la exposición temporal “Tierras del Olivo”. Las cuatro funciones básicas de todo museo quedaron reflejadas de esta forma en una pieza que, por su belleza y calidad técnica, nos permitió utilizarla como enseña de la quinta función: el disfrute del Patrimonio Histórico, objetivo final de todo el conjunto de trabajos que se han puesto en marcha para desarrollar nuestro proyecto de museo. (Fotos: Amparo Álvarez-Arenas y Museo PRASA Torrecampo).
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Al poco tiempo del fallecimiento de mi hermano Andrés, en una
revista cultural de un Centro Malagueño, encontré estas estrofas que a continuación podéis leer y espero que con el cariñoso recuerdo a
su persona y que retrata casi a la perfección este trabajo del poeta malagueño José Antonio Párraga.
En la foto, Andrés Romero Sepúlveda
La T iend a d e A nd rés J o sé A nt oni o Pár rag a
En Haza de la Alcazaba, allá en los años cincuenta, quedaban bastantes casas pero sólo había una tienda. El número diecinueve era una vieja casona que conoció buenos tiempos, pero el tiempo no perdona. Era una tienda pequeña, era tienda y almacén, también era la vivienda donde vivía Andrés, con su esposa y sus tres hijos Encarna era su mujer los tres hijos se llamaban Francisco, Teresa y Manuel.
También estaba surtida aquella pequeña tienda de colonias, brillantina, agujas y cremalleras, hilos de varios colores y ligas para las medias. Lazos, broches, alfileres, imperdibles o tijeras cuchillas para afeitarse de la Rosa o la Palmera. Todo esto contenía y más la pequeña tienda. Andrés era un hombre alto, enjuto de piel morena de mirada penetrante y de nariz aguileña.
Un mostrador de madera, algunas estanterías, cajas, cajones, pañiles... En ellos se contenían toda clase de productos, objetos y mercancías.
Al alba se levantaba y andando o en bicicleta, se iba para el mercado para reponer la tienda. Cuando Andrés se marchaba, era Encarna la tendera que la tienda no cerraba, la tienda siempre está abierta.
En la gama alimenticia allí se podía encontrar, cualquier cosa que el cliente pudiera necesitar. Aceite, vino o vinagre los garbanzos, las lentejas, alubias blancas o pintas azúcar blanca o morena.
Volvía a media mañana, empujando la trasera del carro que había alquilado allá en el Muelle de Heredia. El dueño tira del carro, enganchado a una correa, Andrés por detrás empuja para aliviar la carrera.
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Los niños chicos del barrio, los niños de la Vereda, esperábamos el carro al principio de la cuesta y empujando por detrás con nuestras exiguas fuerzas, le ayudábamos a subir hasta llegar a la tienda. “Andrés, que dice mi madre que me dé tocino y manteca y medio kilo de azúcar y que lo apunte en la cuenta”. Y Andrés lo despachaba y sacaba una libreta mugrienta ya por el uso y echando mano a la oreja tomaba un lápiz pequeño y mojándolo en la lengua apuntaba lo pedido ajustando bien las cuentas. Cuánto fiaba y fiaba cuánto apuntó en la libreta, cuántos quites le hizo al hambre desde su pequeña tienda. Cuánta gente le debía hasta que pagar pudiera y cuántas cuentas morían de viejas en la libreta. La tienda fue para el barrio una puerta siempre abierta que apuntaba aquellas cuentas que nunca cobrar podría Dios en su gloria lo tenga.
Ciudad Real Tierra de Hervideros, Fuentes y Baños de aguas Minero-Medicinales Domingo Melero Cabañas, Historiador e investigador aficionado La utilización de las aguas minero-medicinales como remedio de curación en la provincia de Ciudad Real, se remonta a la época romana, aunque los vestigios aun no se han encontrado, quizás los Baños de Fuencaliente ya fueran utilizados por estos, ya que son de los más antiguos de la provincia. También es posible que los romanos utilizaran los Baños de Fuensanta, ya que en 1820 en una excavación en estos baños apareció un brocal de piedra forrado de planchas de plomo, no es de extrañar que también visitaran los Baños de Oretum, por la proximidad de la ciudad romana del mismo nombre, en Granatula de Calatrava. Con el pasar de los años los árabes entran en Ciudad Real y seguramente que aprovechan estos baños, ya que gustaban del uso de estos. El Cardenal Lorenzana en sus “Descripciones de los pueblos de la provincia de Ciudad Real” de 1782, en referencia a los Baños de Fuensanta, nos dice que el rey moro de Toledo anduvo por los baños, también hay constancia de ellos en los Baños de Villanarejo en Navalpino, muy reformados.
sus aguas termales. Después en los siglos XV y XVI se tiene conocimiento de los lugares y beneficios de estas aguas por el rey Felipe II en sus “Relaciones” de 1575 y por el Ilustre Doctor D. Alfonso Limón Montero en su obra “Espejo Cristalino de las aguas de España” en donde nos describe varios baños y fuentes de aguas azedas (agrias), como la Fuente Agria de Puertollano, los Baños de Fuensanta y la Fuente la Nava, entre otras.
Baños de Fuensanta, 1920, Pozuelo de Cva El inicio del desarrollo de los distintos balnearios de la provincia de Ciudad Real, surge a partir del siglo XVIII.
Baños árabes de Villanarejo, Navalpino Con la caída de los árabes en la batalla de las Navas de Tolosa, los cristianos aprovechan estos baños para su beneficio, ya que sabían de las cualidades curativas de estas aguas, a si se tienen constancia que los Baños de Fuencaliente ya se utilizaban en el siglo XIII, y fue causa de la fundación de este pueblo, ya que era visitado por
(Folleto con las propiedades curativas 1930)
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El Cardenal Lorenzana en sus “Descripciones” en su contestación nº. 14, referente a las aguas medicinales, ya hace referencia a innumerables fuentes y baños de Ciudad Real, como los Baños de Albadalejo, Fuentillejo, Fuensanta, Carrión de Calatrava y la Fuente del Chorrillo, entre otras. La época dorada de los balnearios en Ciudad Real, se produce en el siglo XIX, se crean excelentes balnearios, como el de Fuensanta, el de Villar del Pozo y el de Fuencaliente, algunos de ellos tuvieron una ocupación de seis mil personas en un año. A raíz de estos tres balnearios, empiezan a surgir pequeños balnearios mas modestos y para gente menos pudientes, como los de San Cristóbal, la Tinajilla, la Faustina, Chiriví, Fontecha, etc. En el periodo final de la Restauración (1898-1923) determinada por la crisis del sistema político, coincide con el decaimiento de los establecimientos balnearios y por la aparición de la medicina moderna.
(Baños de Fuencaliente, 2005) Hoy en día muchos de estos balnearios están en ruina o tapados, como es el caso de Fuensanta, otros están transformados en colegios, como los de Villar de Pozo y otros en fincas particulares y abandonados a su suerte, como los de San Andrés y los de Santa María. Aunque en la actualidad sólo hay dos balnearios abiertos en la provincia, el Balneario de Fuencaliente, curiosamente quizás el primero en crearse, y el Balneario Cervantes, unos de los mejores de España. Lástima que actualmente no se aproveche esta fuente de salud, ya que recordemos que la provincia de Ciudad Real, es una de las mas ricas en aguas medicinales y termales de toda España, zonas como el Campo de Calatrava y zonas del Campo de Montiel, la Mancha y la zona de los Montes.
(Baños de la Gredera, 1897, Moral de Cva) Con la llegada de la Guerra Civil estos balnearios son utilizados, como hospitales y cuarteles, el la provincia de Ciudad Real, el Balneario de Fuensanta se utiliza como cuartel, sufre un gran deterioro. En los años de la Posguerra hubo intento de recuperar estos balnearios, a si Fuensanta, Villar del Pozo y los de San Cristóbal, se intento en los años 40. En los años 50 estos famosos establecimientos ya estaban cerrados y la mayoría de los pequeños.
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(Balneario Cervantes, Santa Cruz de Mudela) BIBLIOGRAFÍA: MELERO CABAÑAS DOMINGO. Ciudad
Real: Tierra de hervideros, fuentes y baños minero- medicinales. Edita: Diputación Provincial de Ciudad Real, 2007.
Capítulo II, EL PRIMER DÍA José Romero Sepúlveda (Pepín de la Rubia)
El relato siguiente forma parte, capítulo segundo, de una obra literaria pendiente de publicación. Para los que hayan leído El destierro accésit del primer certamen Villa de Torrecampo, y primer capítulo adaptado, les será más fácil hilar el contexto y trama de las siguientes líneas. De cómo el ministro Iraola, o mejor dicho, el ministro que fue cesado, castigado y desterrado por el Dictador, pasó el primer día de su destierro en el pueblo de Almogávar, huésped desde la tarde y noche anterior en la posada principal de este pueblo, la posada regentada por la señora Paula, y también acerca de su encuentro con el enigmático Armenta. A través de las rendijas de la ventana de su dormitorio y entre las arabescas labores de encaje blanco de los visillos bordados a bolillo, se coló una finísima raya de luz del amanecer y fue cuando hasta su cama, postrado y rebujado su cuerpo desnudo entre la sábana blanca, le llegó el aroma del torrefacto humeante del puchero recién apartado del fuego. Saltó de la cama apresurado como si algún compromiso urgente le aguardase en aquel domingo de agosto, el primero de su estancia en el destierro, y se acercó hasta el palanganero junto a su cama, se miró en el espejo ovalado y palpó con la palma de su mano su barba crecida. Se volvió hasta la silla donde se encontraba acomodada su maleta, la abrió y extrajo de uno de sus bolsillos una pastilla verde de jabón sin usar, una esponja, una toalla, el cepillo y un sobre de polvo dentífrico. Se abrochó el pantalón, se calzó unas zapatillas de suela de esparto y con aquellos enseres de aseo envueltos en un hatillo de la toalla salió de la habitación y se dirigió hasta la cocina, orientado por el olfato a café recién hecho, donde
se encontraba Paula la posadera. ---Mucho madrugar para ser domingo... ---dijo ella sin levantar hacía él la mirada mientras atizaba el fuego flanqueado en su orilla por unos seis o siete pucheros que ya habían sido preparados en su contenido por sus propietarios y huéspedes la noche anterior y que durante esa mañana y hasta pasado el medio día a la hora de comer sería ella la responsable de su cuidado. ---Buenos días señora Paula ---correspondió Iraola. ---Esperemos que buenos nos los dé Dios ---acabó la señora en un tono entre escondido y gracioso pero de esperanza verdadera. Al final del patio de la posada, ya dentro del huerto y junto a un gigantesco olivo crecido y encumbrado en un montículo fortificado de mampostería de piedra de granito, se encontraba una pequeña caseta de tablones y tablas apuntaladas unas con otras procedentes de las cajas del pescado. Dentro, en su techo, pendía un tubo o pequeña cañería de plomo conectada a una alcachofa de regadera como ducha y comunicada con un barril de madera en lo más alto, de cuyas duelas apolilladas, carcomidas y húmedas de verdina, rezumaba el agua. Comprobó a su alrededor, dentro del huerto, que se encontraba sólo y en la puerta de la caseta se desnudó y colgó su ropa en un gancho de la pared exterior. Ya una vez dentro de la diminuta caseta abrió la llave de la alcachofa de la ducha y un chorro de agua aún tibia
por el calor del día anterior resbaló desde su pelo y su nuca hasta sus hombros y así hasta el resto de su cuerpo y fue cuando se sobresaltó al ver que alguien lo contemplaba a través de un nudo perforado de una de las tablas de la caseta. ---¡Vamos, fuera de ahí! ---gritó espurreando el agua y oyó que alguien con risa infantil huía de allí apresuradamente. Terminó la ducha y se encaminó hasta su habitación. Entreabrió un visillo de la ventana y le llegó un murmullo que provenía de la plaza. Recorrió totalmente los visillos, se asomó a la ventana y vio salir de la iglesia, al final de misa temprana, la misa del alba, a las mujeres que alzaban sus brazos, de mangas cortas y axilas sin mancha, sobre sus cabezas para destrabar los alfileres de sus velos de encaje negro sobre su pelo. Había hombres con la tos cansina y persistente que volvían a encender, a la salida, el cigarrillo apagado en la entrada. Fue cuando los primeros rayos de sol del amanecer resbalaron desde los tejados de las casas hasta el suelo pues ya la tormenta de la tarde y noche anterior quedó muy alejada. Iraola se dirigió de nuevo a la cocina y la posadera le tenía preparado en la mesa, junto a la ventana que daba a la calle, la misma mesa que hacía de escritorio privado del posadero, un tazón de café torrefacto con leche y un trozo de torta elaborada con harina, manteca de cerdo, chicharrones de cerdo, canela en polvo y azúcar. ---Don Javier, aquí tiene y buen provecho ---le sirvió el café la señora PauEL CELEMÍN
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El ex ministro le dio las gracias y partió en tres partes el pedazo de la torta y hundió empapando, uno a uno, los trozos en el tazón de café. Mientras sorbía pausada y silenciosamente el café, la mirada perdida en la lejanía a través de los cristales de la ventana, clavada posiblemente en algún lugar indefinido de la plaza, le ayudó a pensar en su situación actual y él mismo con cierta extrañeza se sorprendió al comprobar que la asumía de tal forma como si así la llevara una decena de años. “Pronto vendrá lo más fuerte” pensó y se advirtió a sí mismo, queriendo de esta forma medicarse preventivamente con una pequeña y forzada dosis de angustia. “Aún no sabe la señora Paula –se dijo a sí mismo– si iré o no a misa de nueve, aunque creo que ya sí tiene seguro que no me acercaré a comulgar. Sería un sacrilegio tomar la sagrada forma y bajarla hasta mi estómago, ya consagrada, atiborrado de café con leche y tortas de chicharrones. Eso incluso descartando que mi castidad y pureza sea inmaculada, que no dudo en que ella lo piense así, pero...” Y así siguió con la mirada reposada en la lejanía sin mirar a ningún sitio y se preguntó interiormente por qué aquella mujer, cercana a la senectud, iba a preocuparse de sus obligaciones y cumplimientos religiosos o de su pureza por ser viudo. Aunque ya dispuesto a pensar y augurar cualquier cosa, se dijo: “He de ir a misa ante todo, de esa forma el informe que esta mujer pueda pasar sobre mí al alcalde Navalón y éste a su vez al Gobierno Civil quedará mucho mejor si cumplo con el oficio dominical”. Acertó Iraola en sus divagaciones sobre la posadera porque Paula, aquella mujer siempre vestida de negro y de una pulcritud rayando en la perfección, miró a aquel hombre de una forma seria y descarada y mientras secaba sus manos en el delantal le espetó en un tono entre autoritario y maternal: ---Debes darte prisa, van a tocar el último. De igual forma que la tarde anterior, recién llegado a la posada, al ministro le agradó el tratamiento de la posadera, se encontraba así menos sólo y más arropado y por ello buscó la respuesta más sencilla y respetuosa para ella: ---Sí, señora Paula, muchas gracias, ya estoy preparado. Ante esta última afirmación se le atragantó el sorbo de café y comenzó a toser y estornudar y, limpiando con su
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pañuelo la nariz, se dirigió a la salida de la posada. ---Ya lo advertí ayer tarde. Los resfriados de verano son los peores ---volvió a repetir la posadera. Iraola al salir y cruzar la Plaza de la Iglesia, le llegó a través de la calle del Olivo una tenue brisa perfumada y envuelta de poleo, albahaca y hierbabuena, proveniente de las huertas recién regadas en las primeras horas del amanecer de esa mañana de verano. Subió los tres escalones del pórtico y entró en la iglesia. Habitaba suspendido dentro del templo el olor a pabilo de cirio apagado y de incienso, acaso de la última misa del alba. Mojó el dedo anular de su mano izquierda en la pila del agua bendita y se santiguó, con esa mano, mientras realizaba una tímida genuflexión y reverencia todo ello de cara al altar mayor. En aquella mediana oscuridad y casi cegado por el contraste de luz exterior de la plaza soleada y blanca, se dirigió por la nave izquierda hasta que encontró, casi a tientas, un lugar libre en los primeros bancos del templo. Se arrodilló y se signó sobre la frente, la boca y el pecho y pronto pudo comprobar en aquellas mujeres de su entorno una cierta mirada de extrañeza entre un suave murmullo. Sigilosamente miró a su alrededor, también hacia atrás, y pudo constatar que sólo se encontraban mujeres en aquella zona de su entorno y ningún varón, pero aún así decidió quedarse donde estaba y fue cuando le llegó la fragancia de un antiguo perfume, un caro perfume recordado de su niñez en aquella mujer junto a su lado postrada igualmente de rodillas, vestida de negro desde sus zapatos y medias hasta la gargantilla de su vestido anudada por el velo de encaje. Desde su infancia, aquel perfume siempre le había provocado miedo y espanto. Siempre fue como el reflejo condicionado de cuando una amiga de su hermana mayor lo cogió a él en brazos, entonces él muy niño, y que de la pechera de aquella hermosa muchacha subía hasta él esa misma fragancia mientras le mostraba en el corralón de una gran casa señorial de aquel pueblo un ternero recién sacrificado que yacía allí muy cerca, decapitado y con los ojos opacos y sin brillo, muy abiertos. Era el día de San Miguel, patrono de los agricultores y ganaderos y se preparaba un gran festín para los criados y los sirvientes de la rica señora. Se incorporó y se sentó en el banco. Fue en ese instante cuando las campanas voltearon el tercero y último toque
de llamada a misa de nueve. Iraola, nervioso, él mismo no sabía por qué, rezaba continuos padrenuestros, atropelladamente, y a veces interrumpía la oración para pedir al Padre misericordia por sus dudas de fe suplicando jaculatorias con la monotonía y ansiedad de un depresivo mientras le resbalaba por el borde de una de sus cejas hasta sus sienes unas perladas gotas de sudor. Conforme las pupilas de sus ojos se abrieron más y acomodaron a la oscuridad del templo, Iraola observó más detenidamente a la mujer vestida de negro, aquella mujer arrodillada junto a su lado, entrecruzadas sus manos y encadenados sus largos dedos por un precioso y labrado rosario de cuentas esféricas labradas de plata con engarces del mismo metal. Las uñas de los dedos de sus manos pintadas en un color rosa muy claro, del mismo tono y color que sus labios. “Su estatura puede ser de uno con setenta ---pensó y calculó para sí--- pues poca diferencia he notado ahí arrodillado con mi estatura de uno con setenta y cinco”. Así lo pensó con esa simpleza tan llana y cabalística como cuando de niño, su padre de alta estatura, fino aspecto y muy delgado, al final de cada trimestre y después de valorar las notas escolares lo llevaba hasta el último patio de la casa, una casona enorme, allí muy al fondo donde se guardaba la leña y las retamas para el fuego, y que en una de sus paredes encaladas aparecían pintadas las marcas escalonadas e históricas de su estatura desde que cumplió los siete años, el año de su primera comunión. El padre del niño Javier Iraola, era un navarro grandote, afable y muy comprometido como médico rural en aquel pueblo extremeño, el pueblo donde nacieron todos sus hijos, y la gran preocupación de aquel hombre había sido desde siempre que su hijo Javier creciera, que fuese alto como él, que fuese en un futuro, ante todo, un hombre hecho y derecho. Sonó una campanilla y el arcipreste, tocada su cabeza con birrete y ornamentado con estola, casulla y manípulos verdes bordados en oro, sobre el alba y el amito ceñía su cintura con cíngulo dorado. Llegó al altar mayor seguido del monaguillo embutido en una vieja sotana de color rojo bajo un roquete de flecos de encaje desvaídos y a falta de una buena colada. En aquel instante, ya todos los feligreses puestos de pié, pudo comprobar
que no se equivocó en el cálculo de la estatura de aquella mujer junto a su lado; hizo el ademán de agacharse discretamente y palmear suavemente su pantalón a la altura de sus rodillas y fue cuando pudo comprobar disimuladamente con la mirada desde las piernas hasta arriba la hermosura de aquella mujer. Le subió un sonrojo a su frente y a su cara al recordar en ese momento a su mujer fallecida justo después del parto de su único hijo. Pero en esos veintitrés años, claro está, la edad de su hijo, el recuerdo de ella se encontraba ya como cauterizado en su alma y no había ya dolor sino algo parecido al tacto insensible y viscoso de una grande y vieja cicatriz. “Memento, Dómine, famulórum famularúmque tuorum qui nos praeceserunt cum signo fidei, et dórmiunt in somno pacis..” Le llegaba hasta allí, hasta aquel sitio, el murmullo silábico y monótono de un latín muy cuidado y pausado del oficiante y, precisamente con ello, la mente de Iraola más se embotaba y más eran sus distracciones. Independientemente de doctor Ingeniero de Caminos y Puertos se licenció en Salamanca, junto a su hermano gemelo, en Filología Clásica. Entonces su hermano, en aquel tiempo ya había sido consagrado sacerdote dentro de la Compañía de Jesús, era jesuita, y por recomendación del padre provincial fue destinado a Roma como profesor de Dogma Católico en la Pontificia Universidad Gregoriana y después uno de los obispos más jóvenes del catolicismo, un importante y muy relevante miembro de la Curia Romana y del Santo Oficio. Transcurrió la homilía y la consagración y, a pesar de su gran voluntad, su atención no estaba en aquel sacramento cuando llegó la hora de la comunión. La mujer vestida de negro se apartó de su sitio y se encaminó a través del pasillo central hacia la escalinata del altar donde se encontraba el comulgatorio y allí aguardó de rodillas hasta llegarle el momento de recibir en su lengua la comunión. A tomarla hizo una pequeña y reverente inclinación de cabeza y por la nave izquierda con sus manos entrecruzadas sobre su pecho, la cabeza agachada y sus ojos bajos volvió pero no al lugar del banco que había dejado sino que se inclinó de rodillas en un reclinatorio que se encontraba vacío junto a la pared de la nave izquierda muy cerca del confesionario y bajo los pies del Crucificado. Allí escondió su rostro
entre sus manos en oración. Al terminar la misa y salir de la iglesia Iraola encendió un cigarrillo frente a la puerta y ahora sin ningún disimulo esperó ver salir aquella hermosa mujer vestida de negro. Allí se encontraban igualmente muchos hombres esperando a sus novias o esposas y pasado un tiempo reparó en sí mismo que se encontraba solo y que no había salido de la iglesia aquella mujer. Sin pensarlo más tiempo aplastó con su zapato lo que quedaba de cigarrillo y entró decidido dirigiéndose al sitio donde se encontraba el reclinatorio junto al confesionario y el Crucificado. La iglesia estaba desierta y flotaba un sin fin de fragancias entremezcladas pero le dio tiempo de escuchar el chirrido de una cancela al cerrarse justo al lado contrario de la puerta principal y debió ser ella quien se marchaba pues su perfume permanecía allí donde él se encontraba. Por primera vez aquel perfume recordado se le convirtió en vivo deseo y no en rechazo ni miedo. “Ya no sé ni lo que quiero.” ---Se dijo para sí--- y volvió a salir de la iglesia para dirigirse a la posada. A la entrada volvió a escuchar la misma risa infantil de cuando se duchaba en la caseta del huerto. Aquel niño de diez años, de nombre Claudio, nieto de la posadera, padecía una enfermedad con un cierto grado de deficiencia mental. Su aspecto a primera vista, no obstante, era la de un niño normal, con una expresión muy graciosa pero seria. Le dirigió al ministro un saludo militar colocando la palma de su mano derecha justo por encima de sus cejas y haciendo chocar los calcañares con sus sandalias de goma. Inmediatamente Iraola se percató de la deficiencia de aquel pobre niño y se agachó frente a él con una teatral expresión de dureza. ---¿Cómo te llamas? ---Claaaudio ---respondió el niño. ---Muy bien, Claudio. ¿Vas al colegio, a la escuela? ---Sí, escuela. ---Debes saber que no está bien espiar a las personas mientras se duchan. ---Bien ---terminó el niño y se alejó de Iraola. Mientras se alejaba soltó entre dientes algo así como rogo de miedda. El ministro no pudo evitar una sonrisa y la abuela que se encontraba allí cerca sentada y zurciendo unos calcetines se levantó muy airada, corrió hasta el chiquillo y le dio dos suaves azotes en el culo. ---Debe comprenderlo ---dijo diri-
giéndose a Iraola---. Se lo dice a todo el mundo, me refiero a lo de rojo, cuando se le reprocha algo. Así llama al alcalde Navalón e incluso al arcipreste don Lorenzo, ¡Ay por Dios, qué dolor, rojo don Lorenzo! Fíjese hasta dónde puede llegar la pobre ignorancia de esta criatura... La observación del disparatado calificativo de rojo para el arcipreste y no para Navalón hizo llegarle muy veloz al espíritu del ministro una irreprimible curiosidad. ---No duró la media hora ---hizo observar a la posadera--- el tiempo que ayer tarde, a mi llegada, estuve con el Alcalde. En ese tiempo me pareció un tipo limpio. Me refiero a la limpieza de su personalidad. ---De todo hay, ---encogió sus hombros la anciana-- unos que sí y otros que no, pero creo que son más los del sí que los del no y particularmente yo, ni sí ni no ---aclaró la señora Paula. Iraola comprendió perfectamente la falsa neutralidad de aquella mujer, especialmente para no herirle al desconocer si aprobaba o no la gestión o la forma de actuar de Navalón. Allí ya dentro de su habitación, el ministro cerró la puerta con el pestillo, volvió a correr los visillos de la ventana, abrió la maleta y extrajo de su bolsa de aseo una cuchilla de afeitar. Volvió a asegurase que todo estaba cerrado y que se encontraba sólo en la estancia y con aquella hoja de acero realizó una pequeña incisión en un extremo del forro del fondo de su maleta. De la entretela extrajo un pequeño trocito de papel. Lo desdobló y pudo leer en él lo siguiente: “Cien metros al norte del molino de agua donde arroyo principal afluye en río único. Crúzalo y espera escuchar el croar de la rana. Allí estaré”. Salió de la posada y a un viejo labriego, que pasaba por allí montado en un borriquillo gris que le espurreó de moco al pretender ahuyentar la moscarda, le preguntó por el camino al río. Aquel anciano sacudió la palma de su mano rugosa, vertical y floja y sin decir palabra, tan desdentada su boca que su barbilla casi rozaba la nariz, le indicó en la dirección del final de la calle Olivo y luego a la derecha. Llevaba más de la hora caminando cuando oyó que alguien lo llamaba. ---¡Iraola, Iraola! Aquella voz apagada y asmática, entre la súplica y la amenaza, provocó en el pecho del ministro un estremecimiento no causado por el miedo sino por la sorpresa de escuchar su apellido, al fin
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y al cabo como así era conocido, allí entre la espesura del monte y su silencio. ---¿Quién eres? ---No vuelvas la cabeza y quédate ahí ---ordenó el desconocido. El ministro obedeció aquel mandato y fue entonces cuando le llegó la duda entre seguir cumpliendo esa orden o arrojarse sobre las jaras y raptar como una serpiente para huir de todo aquello tan absurdo. ---¿Quién eres? ---volvió a preguntar el ministro. ---¿No conoces mi voz? --- preguntó aquel hombre. ---No. ---Químicas, en la Politécnica. ---Me es imposible creer que seas Luis Armenta ---dijo el ministro incrédulo. ---Mis ojos padecen de unas irremediables cataratas y mis oídos de una otitis más que infecciosa. Es así que no estoy seguro que tú seas el que yo creo que eres tú ---expuso su duda aquel hombre. ---Yo soy el que tú crees que soy, y en lo que concierne a tu duda puede que sea algún asunto aberrante tuyo y de nadie más ---le contestó Iraola. ---Mira, ministro, en estos parajes a muchas leguas de donde tú y yo nos conocimos podrías preguntarte qué haces tú ahí y yo preguntarme qué hago yo aquí. Y si la pregunta es fácil, ya puedes volver tu rostro hacia mí, pero si escuchas el croar de una rana y a continuación el canto de la chicharra, sigue tu camino, vuelve al pueblo, sin apresurarte, y no vuelvas la cabeza ---le aconsejó Armenta. ---He dejado a unos cientos de metros el pequeño río. Se encuentra tan seco como un retejo, tanto, que difícil sería calmar en él la sed de un gorrión. En consecuencia si alguien me sigue y tú o tus hombres dan como señal de alerta ese sonido sería la forma más ostensible de delataros a vosotros mismos, porque la conclusión de que no hay ranas sin agua es elemental e irrefutable ---argumentó Iraola. ---Sigues tan inocente como siempre ---rió Armenta---. ¿A quiénes pueden seguir o perseguir si no es a nosotros dos? Esa señal es la de un reclamo, ¿comprendes ahora? Iraola, al volverse frente a frente a Luis Armenta, esperó encontrarlo desarrapado y sucio. No fue así. Vestía una camisa blanca con finas rayas de gris, un chaleco negro y pantalón estrecho calzando botas de montar relucientes de betún reciente y espuelas niqueladas.
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Pasó para él, para Iraola, indiferente el rostro blancuzco y esmeradamente rasurado de Armenta. Sí denotó, con un pequeño atisbo de sorpresa, las botas y su herraje que destellaban rayos de luz. ---¿Quién te cuida? ---preguntó Iraola con doble intención. ---Esa pregunta te la hice yo en Madrid, te acordarás, cuando la operación secreta que alguien cercano a ti diseñó y fracasó como consecuencia del apagón general en aquel día señalado en la cárcel. Yo me encontraba allí. Sin embargo a ti no te ocurrió nada ---volvió a mostrar su sonrisa de zorro Luis Armenta. ---Es cierto, fue un apagón general cuando debió ser solamente parcial, esto quiere decir que alguien saboteó y reventó la operación de fuga. Incluso pudo ser alguien supuestamente interesado de que aquello no fracasara. ---Ministro, me estás llamando posible traidor, porque yo entraba en ese supuesto ---protestó airadamente Armenta. ---No te llamo nada, sólo que tú estás fuera y todos los demás siguen dentro ---soltó Iraola con una mordaz ironía. ---¿Quién puede asegurarme que tú eres tú y no tu hermano gemelo? ---volvió Armenta a la misma pregunta con desconfianza. ---Prefiero dejarte con la misma duda que tengo yo respecto a ti, esto es, que me hayas localizado en apenas unas horas después de mi llegada para cumplir mi destierro. Respecto a mi hermano te confirmo que somos dos gotas de agua, idénticos. Mira, yo vestido de monseñor pasaría totalmente inadvertido en el Vaticano. Hay una sola diferencia y es que él lleva entre la ingle y el escroto un edema marrón de unos quince milímetros de diámetro. ----Es evidente que por el sitio del cuerpo donde se encuentra esa diferencia nunca la haría ostensible tu hermano el obispo y si en tu lugar estuviese ahí tu hermano habría afirmado que esa mancha y precisamente en ese sitio, la lleva el otro, o sea tú, pero dejemos eso ya. De todas formas el destino y la fecha de tu destierro no ha sido un gran secreto para nadie ---apuntaló Armenta aparentando un gesto de despectiva evidencia. ---Está bien. Lo dejamos; pero dime qué pretendes ahora de mí ---inquirió Iraola ---Ya recibirás instrucciones e información. Vuelve al pueblo. Debes estar muy pendiente y atento todas las noches de escuchar Radio Andorra. Cuando se emita a través de esa emisora una dedicatoria por el buen comportamiento del
niño Claudio Bravo, nieto de la posadera y que me imagino que ya conoces, a cualquier pregunta debes responder que fuiste tú quien encargó y pagó dicha dedicatoria. Debes estar muy preparado esa noche, porque a las cinco en punto de la mañana siguiente a esa emisión debes personarte en este mismo sitio para recibir información de lo que se preparará ese día. Iraola cogió de nuevo el camino de vuelta. A esa hora del mediodía la calima canicular indivisible con el polvo del Camino Real, flotaba y distorsionaba en la lejanía a los labriegos y hortelanos montados en sus jumentos, azada al hombro, como jinetes de agua y de vapor, traslúcidos y reverberantes, pintados con la mano mala o la mala traza del espejismo. La sed y el polvo atenazaban su reseca garganta pero aún así no dejaba de fumar. Al llegar al pueblo vio que Zacarías, el guardia, se encontraba en la entrada de la posada. Llegó hasta la puerta y el guardia municipal lo recibió con un saludo militar. “Otro saludo más, creo que esto lo llevaré de por vida” se dijo para sí el ministro. ---Ni usted ni yo somos militares, así que en lo sucesivo le pido que se abstenga de ese tipo de saludos ---dijo Iraola con firmeza y autoridad a Zacarías el guardia, aunque en un tono muy bajito y casi confidencial. ---Excelencia, me manda el señor Alcalde para comunicarle que le sería un gran honor que aceptase su invitación ---dijo tímidamente Zacarías--. Él se encuentra en el bar La Taberna, allí, nada más cruzar la otra plaza, todo seguido y luego en la acera de la derecha. ---Muchas gracias a usted y al señor alcalde. Dígale que en unos minutos estoy con él ---correspondió el ministro. Había transcurrido más de una hora y media después del medio día. Entró en su habitación, echó agua en la palangana y se refrescó chapoteando sus brazos, el torso y su cara, humedeció su cabello lavó sus pies, se cambió de calzado, se peinó y salió camino de La Taberna. En el corto trayecto pudo comprobar que era observado a hurtadillas por alguna mujer tras los visillos de las ventanas de las casas o alguien asomado, casi a escondidas, tras el postigo entreabierto de las puertas. Con las personas que se cruzó en la calle todas le saludaron a su paso con “buenos días” o “vaya usted con Dios” y a todos correspondió en su saludo. Pensó que ya todos los habitantes de ese pueblo, aunque llevara
pocas horas en él, intuían quién podía ser aquel forastero, se refería a él, el anunciado, y que por tanto lo acogían ya como un vecino más. En otro día de la semana les podría haber llegado la duda al confundirlo con algún viajante o representante de comercio o algún inspector ingeniero de minas pero en un domingo como aquel del mes de agosto y poco más del medio día esa duda debería ser descartada. Tenía que ser él, el anunciado. Ya llegando muy cerca del bar y como si de repente volviera a respirar después de un atenazado estrangulamiento de su garganta y de su mente notó por vez primera la hermosura y el esplendoroso contraste de luz y de sombras de aquellas calles de casas blanquísimas y de limpio y reluciente empedrado. “Navalón el alcalde, toda la corcha de alcornoque que parece mostrar en sus modales no es sino como la corteza protectora de su alma que le inmuniza y le protege de tener que representar lo que no siente y de tener que mostrarse como no es, pero en absoluto imbécil ” cavilaba Iraola ya casi llegando a su destino. Llegó a la puerta de la Taberna, una fachada y portada esplendorosa de granito de una antigua mansión de la nobleza del siglo XV y se paró antes de cruzar el batiente de la entrada. En ese momento vio al alcalde Navalón de cara a la calle, abanicándose pausadamente con un trozo de cartón de una caja de zapatos Gorila, sus ojos saltones y su enorme bigote muy negro que le llegaba hasta las comisuras de sus labios y su rostro perlado de sudor. Recostaba su costado y brazo derecho levemente inclinado sobre la barra del bar. ---Adelante ---invitó Navalón a que cruzara el dintel el ministro. ---Buenas tardes ---saludó Iraola a todos los de allí presentes y todos los allí presentes le contestaron “buenos días nos dé Dios”. Iraola quedó un poco cortado y le subió un calor añadido, del que allí hacía, a su cara y a su frente todo ello entre unas diminutas gotitas de sudor. Fue entonces cuando Navalón quiso sacarlo un poco de aquel apuro. ---Don Javier ---dijo--- en estos lares las tardes llegan una vez terminado y pasado el almuerzo. Ese comentario lo dijo el alcalde en un tono de voz suficiente como para que todos los allí presentes lo oyeran. Iraola en un rápido reflejo y casi como si en su interior quisiera vengar-
se del pequeño sofoco que había pasado se dirigió a Navalón y prácticamente en el mismo tono de voz que antes éste lo hiciera, dijo: ---Señor alcalde, a estos años los llamamos años del hambre por la escasez y en consecuencia me da la impresión que a más de uno de nosotros les va a ser difícil llegar a la tarde. A pesar de lo que conllevaba de tragedia aquel comentario todos los que se encontraban en el bar rieron excepto Navalón que permaneció serio y dejó de abanicarse con la tapa de cartón de la caja de zapatos. De un golpe y sin apenas tocar la copa en sus labio inferior apuró el Montilla de un solo trago y soltó la copa en el mostrador. ---Ernesto ---dijo dirigiéndose al camarero--- sírvele a don Javier lo que te pida. El dueño del bar se dirigió a Iraola y se presentó él mismo al ministro. ---Encantado de conocerle don Javier. Dígame qué le sirvo. El ministro correspondió al saludo y pidió vermouth con poca soda y unas gotitas de ginebra y Navalón otra copa más. Igual de parco en palabras como siempre el alcalde permanecía en silencio. Eso también podía indicar y demostrar que aún no se había tomado la cuarta, pues era a partir de ese número de copas cuando la lengua se le soltaba algo y a veces de qué manera... Pero parecía que esta vez estaba dispuesto a decir algo antes de que eso llegara. Ya en un tono más confidencial y privado le preguntó que tal le había parecido su estancia en la posada y cómo había pasado la noche. Iraola respondió a todo que bien, que era lo que él ya esperaba y suponía. En ese instante extrajo de su bolsillo la cajetilla de tabaco negro y ofreció uno a Iraola. Encendieron los cigarrillos y a Navalón le llegó un golpe de tos que le hizo enrojecer su rostro congestionado y sus ojos saltones parecieron los ojos sanguinolentos de una brótola y su enorme barriga bailoteaba después de esa tos persistente hasta tal punto que un botón de su camisa a la altura del ombligo estalló y rodó por el suelo dejando entrever un trozo de su panza peluda. ---Por suerte nos aguarda y espero que nunca por desgracia ---dijo ya una vez calmada su tos y tratando de arreglarse un poco la abertura sin botón de la camisa --- una larga temporada juntos en una situación especial aquí en este mi pueblo. Y en esta situación esto viene a ser tan ridículo como dos náufragos,
dos robinsones, en una isla tratándose de usted, de don o de excelencia. ---Ningún inconveniente a la propuesta, alcalde ---captó rápidamente el ministro. Navalón después de limpiar estruendosamente la nariz en su pañuelo se le quedó muy fijo y serio mirando al ministro. ---Una pregunta, ministro, y espero que no sea indiscreta. ¿Vas poco a misa? Porque te he visto escucharla en el sitio de las mujeres. O vas poco o poco te ha faltado para ir a la posada por una silla de enea y colocarte en la primera fila como si fueras al teatro; o acaso sea que te gusta demasiado arrimarte a ellas, que todo puede ser... Navalón vio por primera vez reír a Iraola y éste todavía con la sonrisa le contestó: ---Lo que me gusta es dejar en el aire esas clases de duda. Así que, señor alcalde, tu pregunta nunca será contestada ---dijo el ministro y mandó invitar una ronda. En un momento determinado el ministro se disculpó por ausentarse y se dirigió al urinario. Ya a la vuelta hasta el sitio donde se encontraba Navalón, se paró un momento en el tablón de anuncios colgado en la pared y leyó aquel escrito: Bando ... Don Pedro Carlos Navalón Torrico, Alcalde Presidente del Ilustrísimo Ayuntamiento de esta villa de Almogávar hace saber y anuncia: Que el que fuera Ministro de Fomento del Gobierno de España, el excelentísimo señor Don Javier Iraola, cumplirá en nuestra Villa el tiempo de residencia que le ha sido ordenado y al que ha sido obligado. Todos también estamos obligados a guardarle el mayor respecto y cortesía, si de ello se hiciere merecedor, y no tanto por lo que fue o ha dejado de ser, sino por encontrarse acogido como uno más de nuestros vecinos para los próximos siete años... Iraola el ministro se quedó un momento pensativo y se preguntó si la forma de dulcificar por parte de Navalón, ante él mismo y ante los demás su destierro, al fin y al cabo un castigo, su castigo, no correría el riesgo este hombre de ser considerado excesivamente condescendiente con los enemigos del Régimen, porque al fin y al cabo todo castigado por un régimen debe ser enemigo del mismo...
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El ministro volvió a su sitio junto al alcalde mientras éste despachurraba cacahuetes enteros en la enorme palma de su mano con más facilidad que si fuesen uvas, se las llevaba cerca de la boca, le daba un suplido para limpiar de cáscaras y piel la semilla. Nicolás, el corredor de ganado, se encontraba muy cerca, al lado de Navalón. Nunca habían congeniado mucho el alcalde y el tratante. ---Don Pedro, por favor, avente pa otro lao que me está puniendo perdío de cáscaras de avellanas ---protestó acalorado Nicolás. ---No son avellanas, son cacahuetes ---le rectificó Navalón. En un momento en que el ministro charlaba animadamente con otro de los clientes allí presentes el alcalde, seguía obviando al corredor sin mirarlo. ---¿Estuviste esta mañana allí y viste a ése? ---le preguntó Navalón. ---Sí, lo vi. ---Y qué ---esperó el alcalde. ---Según me han dicho ---respondió el marchante--- es o fue un alto cargo del Instituto de Minas en Madrid y que ha llegado para inspeccionar y ver si se puede reanudar la explotación de las minas que aquí tememos paradas. Pero yo no me creo ese cuento, me da muy mala espina, muy mala... ---¿En qué llegó él? ---Cabalgando en un caballo y que amarró las riendas en una ventana a la espalda del molino. Iba muy bien aseado, relucientes botas de montar, espuelas niqueladas, como un gran señor y se adentró en la maleza de la falda de la sierra. Allí ya lo perdí de vista y no sé ni por qué ni para qué fue hasta allí. ---¿Esto lo sabe alguien más? ---Volvió a preguntar Navalón. ---Nadie más, don Pedro. ---Pues ya sabes. Ni media palabra. ---Sí, don Pedro. ---Otra cosa ---volvió otra vez Navalón--- dile al pastor de lo mío en el cortijo de la Hesilla que mate dos borregos uno para su casa y otro que me lo acerque a la mía. Y un gallo para el ministro. Y ahora pide una copa que te la pago yo. ---Poco me ha tocao en el reparto ---protestó muy en serio Nicolás. Fue así hasta que llegaron las tres y algunos minutos más de la tarde. Fue entonces cuando el ministro se despidió de todos y salió a la calle. Justo en ese instante vio salir también de la casa de enfrente del bar, tan sólo a ocho metros, a la mujer vestida de negro de la mañana en misa. Su pelo largo, suelto y negro azabache igual que sus ojos, ro-
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zaba sus hombros, cayendo sobre una apretada blusa blanquísima sin mangas y falda negra de un largo de la altura de las rodillas y mocasines de piel de color negro. En una fracción de segundo sus miradas se encontraron y ella esquivó la mirada. A Iraola le pareció en esos instantes más joven o acaso fuera la luz natural de la calle quien hiciera justicia y le diera a aquella mujer más frescura a su semblante que por la mañana en aquella oscuridad del templo. ---Buenas tardes ---saludó Iraola. ---Buenas tardes, señor ---respondió ella. Ambos escogieron un camino distinto, Iraola hacia la posada y aquella mujer, en sentido contrario, hacia ningún sitio porque cuando calculó que el ministro había rodeado y pasado la esquina de la plaza volvió a su casa y cerró la puerta. Bajo el alero de ardiente del tejado, el canto de la chicharra caía sobre el suelo cada vez mas perezoso y pausado, como en desgana, acaso fuera por el cansancio o por la espesura que envolvía el bochorno de la siesta. El golpe del cerrojo de la puerta de aquella mujer asustó y excusó a la chicharra para seguir su canto y todo quedó en silencio. Al llegar a la posada, la posadera le tenía preparada un mesa pequeña con mantel de hule, una servilleta a cuadros, dos platos de barro cocido, uno mayor que el otro, en el plato pequeño un gran tomate partido en dos partes aderezado con sal gorda, un cubierto, un trozo de pan moreno y un vaso con agua. Antes de que se sentara a la mesa, Paula algo encorvada y con un tono bajo y suave llamó a Iraola por su nombre y le invitó a seguirla hacia un sitio más reservado, ya alejado del resto de los huéspedes. De inmediato Iraola barruntó que algo muy personal o grave quería comunicarle aquella señora. ---Este pueblo es muy pequeño y todo se sabe y a falta de grandes acontecimientos y emociones nos las apañamos con darle bombo a lo que se sale un poquito de lo cotidiano ---expuso Paula. ---¿Qué más, señora Paula? ---preguntó el ministro algo intrigado. ---Por si no lo sabes ella se llama Rosa y es la hija pequeña de Clara Torrico y ésta a su vez hermana de la madre del alcalde Navalón. Por tanto Rosa y el alcalde son primos hermanos. Ya verás que la situación económica de los Torrico hace más que honor a su apellido... Iraola palideció algo por lo inesperado de todo aquello y no encontró palabras para corresponder adecuadamente
a la información recibida de la señora y ésta continuó: ---Su edad puede rondar los treinta y cinco años. Es viuda desde los veinticuatro, su marido cayó del caballo y se lo encontraron desnucado junto a una gran piedra muy cerca del río. Llevaban casados cuatro meses y no tiene descendencia. Javier Iraola se quedó un momento mirando fijamente a los ojos de la señora Paula y ella sostuvo limpiamente su mirada hasta que al ministro desistió y miró al fondo de la posada, donde el último recuadro de luz de la puerta era el umbral del primer patio. “No llevo veinticuatro horas aquí ---pensó--- y parece que me van a suceder cosas que en veinticuatro años no pasaron”. Claudio, el niño, esperándolo, tenía todavía los ojos de sueño de la siesta y se sentó en la mesa a su lado y se le quedó mirando muy fijamente en silencio y escrutando en el semblante del ministro dónde habría estado en aquel tiempo tan largo desde la mañana. ---¿A ti uta vino? A mí no uta vino ---preguntó y a la vez se respondió así mismo pues notó que el ministro había bebido algo más de una copa. Iraola esperó que la abuela del niño terminara de servirle en el plato unos cazos de cocido para responderle. ---Claudio, mira, a mí lo que me gusta de verdad, de verdad, es el cocido ---salió por la tangente el ministro. ---¿Qué has comido tú este mediodía? ---Coocido ---respondió el niño. ---¿Te gusta mucho a ti también? ---Sí, mucho. ---¿Más que las lentejas? ---Las dos cosas ---terminó Claudio. El ministro se levantó un momento y de un bolsillo de su chaqueta extrajo un cucurucho de papel de estraza con dos puñados de cacahuetes y se lo ofreció al niño. “No te los comas ahora ---le dijo al chico ---los dejas para esta tarde en el paseo.” La abuela que estaba pendiente de toda la conversación aunque algo alejada llamó a su nieto. “Ven aquí, a ver, ¿qué se dice?” Y el niño mientras se alejaba: ---Rogo, no; miedda, tampoco; rogo de miedda no se dice. Iraola terminó el plato de cocido y el tomate, apuró el tazón de gazpacho de ajo blanco y se retiró a su habitación. El reloj de pared hizo sonar su carillón. Sonaron las cuatro en punto de la tarde.
CERTAMEN DE BANDAS DE MÚSICA
VILLA DE TORRECAMPO El sábado 1 de agosto, en el Paseo de Gracia de Torrecampo, se celebró la décima edición del Certamen de Bandas de Música de Torrecampo, que se ha convertido en el principal acto de este tipo del norte de la provincia cordobesa y en uno de los de más prestigioso de Andalucía. En él han participado bandas procedentes de las provincias de Córdoba, Sevilla, Málaga, Jaén, Ciudad Real, Badajoz o Toledo. Al acto organizado y patrocinado por la Asociación Benéfico Sociocultural y Deportiva Prasa Torrecampo, asistieron más de mil personas que arroparon a cerca de 150 músicos. En esta ocasión participaron, junto a la Agrupación Musical "Guadamora" de Torrecampo, la Asociación Artístico Musical "Miguel Ángel Comenero" de Jamilena (Jaén) y la Banda de Música de Fuente de Cantos (Badajoz).
Banda Jamilena
Banda Fuente de Cantos
Agrupación musical Guadamora EL CELEMÍN
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Fotos para el recuerdo
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Fotos para el recuerdo RomerĂa
Baile
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¡¡¡Hola Piti!!! ¡¡¡No sabía si escribirte una carta de recuerdo o de despedida!!! Pero después de darle muchas vueltas he decido que va a ser de las dos formas. -y luego pensé: ¿cuál escribo primero?: ¿La parte del recuerdo y de los buenos momentos que he vivido contigo?, o la del recuerdo, mejor las dos cosas a la vez:
¡TU DESPEDIDA Y RECUERDO! ¡Qué estupendo estabas en esta foto en el día de tu boda! Con qué ilusión te casaste y lo nervioso que estabas ese día! Era un día muy especial: sobre todo para TI, y también para toda la familia, porque casi te imaginábamos: “el soltero de oro”. Lo primero que quiero decirte es que fuiste, eres, y seguirás siendo un buen hermano, un buen hijo, también buen marido y por supuesto buen padre. …/… ¡Vaya tío alto, grande, apuesto y presentable! ¡¡CUÁNTO VALÍAS, eras un tío con presencia, afable, y con tantas ganas de LUCHAR POR TU VIDA Y TUFAMILIA…!! Recuerdo ahora con intensidad todas las cosas que más te gustaban: la música que ponías en la discoteca del pueblo, la de los “80 y 90”, después de apenas dormir, por el horario que tan malamente siempre has tendido, por el trabajo, y que aguantabas con tanta fortaleza. ¡¡¡Y LO QUE TE GUSTABA BAILAR, TE LO BAILABAS TODO, CON GANAS!!! ¡¡Y te has disfrazado en carnavales y cantado muchas chirigotas!! y cómo no, en “ el Coro Rociero”!! ¡¡¡Si es que te hacías a todo!!!, eras muy dispuesto, como digo yo: “de acero inoxidable”, una persona muy simpática y agradable hacia sus clientes, familia y amigos, muy abierto, y dicharachero….. Y lo “guasón” que siempre has sido para decirnos alguna cosa a nosotros, o a los niños, que siempre te gustaba tontear con ellos y hacerles un “laberinto de pensamientos”, y también la gente que iba a comprarte el pan ¡COMO LO HAN SENTIDO! y te tirabas algún “chascarrillo”, y que siempre estabas para todos, con los mejores propósitos posibles de que estuvieran contentos y satis-
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fechos e intentando quedar bien, que hasta el último día que estuviste en tu panadería dejaste todo tu pan hecho: ¡¡CON LO MALITO QUE ESTABAS YA ESE DÍA!! …/… También los muchos amigos que te apreciaban y les gustaba “echar el rato hablando contigo en la panadería”, y os tomabais vuestras “cervecitas”, era tu mejor rato de ocio con ellos: ¡¡¡COMO TE ECHAN DE MENOS!!! ¡ERES, HAS SIDO, Y SERÁS, UN TÍO ESTUPENDO!, tanto para la extensa familia que somos, los muchos amigos que tenías y para todos los que te han conocido en el pueblo y alrededores. ¡Y MIRO TU FOTO! y algunas veces pienso: ¿ES QUE YA NO VOY HA HABLAR MÁS CONTIGO NI TE VOY A VER!, es que sólo me queda mirarte y pensar que estabas, pero que ya no estás, y no lo asimilo del todo, supongo que con el tiempo será de otra manera. ¡¡¡Cuantos recuerdos PITI!!! en estos 40 años! muchísimos más “buenos” que “menos buenos”. Yo agradezco de corazón y toda la familia, a “TODO EL PUEBLO DE TORRECAMPO” todo el interés y apoyo que han tenido sobre mi hermano “PITI”, porque creo que todos de alguna forma lo han sentido mucho desde el principio, y lo siguen sintiendo, y por toda la familia que hemos estado todo el año pendientes de un hilo de esperanza y TODO lo que él ha pasado y hemos pasado, porque de alguna manera todos los del pueblo lo habéis sentido con nosotros. Para mí eres único e irrepetible, eras TÚ, y sólo TÚ. Y el recordarte de esta manera es porque te quiero y expreso lo que siento, espero que tengas un buen homenaje.
DEDICADO A MI HERMANO Dime hermano, porqué la montaña, el ingrato se fue una mañana y no quiso jamás regresar, con señora paciencia lo espera, y va soñando que ya he de volver, y los ríos son llantos de pena, pena del que ha perdido un querer.
Una sevillana para ti….. Algo se muere en el alma cuando un amigo se va. Cuando un amigo se va, algo se muere en el alma. Cuando un amigo se va, algo se muere en el alma. Cuando un amigo se va. Cuando un amigo se va, y va dejando una huella que no se puede borrar, y va dejando una huella que no se puede borrar. ESTRIBILLO: No te vayas todavía, no te vayas por favor. No te vayas todavía, que hasta la guitarra mía llora cuando dice adiós.
Dime hermano, es verdad que el desierto, ha perdido las ganas de amar cada noche las nubes lo besan pero agua no quieren dejar.
Un pañuelo de silencio a la hora de partir. A la hora de partir, un pañuelo de silencio. A la hora de partir, un pañuelo de silencio. A la hora de partir. Y a la hora de partir porque hay palabras que hieren y no se deben decir porque hay palabras que hieren y no se deben decir.
Dime hermano, la naturaleza que me enseña del bien y del mal, tiene acaso una eterna tristeza, la razón le ha enterrado un puñal. Dime hermano, es verdad que la luna es el sol que se ha ido a bañar, y que ha vuelto cubierto de espuma, salpicando la oscuridad.
(ESTRIBILLO) El barco se hace pequeño cuando se aleja en el mar. Cuando se aleja en el mar, el barco se hace pequeño. Cuando se aleja en el mar, el barco se hace pequeño. Cuando se aleja en el mar. Cuando se aleja en el mar y cuando se va perdiendo que grande es la soledad y cuando se va perdiendo que grande es la soledad.
Dime hermano, será que las olas, pedacitos inquietos de mar, sólo hasta el horizonte se asoman porqué no han aprendido a nadar.
(ESTRIBILLO)
Dime hermano, porqué a las estrellas no las dejan salir a pasear, con su forma redonda y coqueta, cierto es que se deben cuidar, pero se de cuartados planetas, de un lejano sistema solar, que vivieron cerrando la puerta y los tragó el infinito voraz.
Ese vacío que deja el amigo que se va. El amigo que se va, ese vacío que deja. El amigo que se va, ese vacío que deja. El amigo que se va. El amigo que se va, es como un pozo sin fondo que no se vuelve a llenar es como un pozo sin fondo Que no se vuelve a llenar.
Me despido … / … Querido hermano PITI que pena que hayas sufrido, que pena que te hayas ido para nunca más volver, tu enfermedad, que fue cruel en tu cuerpo se anidó y aunque en vano siempre yo una esperanza abrigaba la muerte que te acechaba una mañana te llevó. Como hermanos siempre fuimos cuatro hermanos SE TE FUE LA VIDA Estés donde estés, tu familia no te olvidará jamás, puedes estar seguro, espero que también tú te acuerdes de nosotros desde el otro lado, espero que Dios te haya echo un buen sitio junto a Él.
de verdad y el cariño y la lealtad nos mantuvo siempre unidos es por eso que hoy SIENTO el no verte nunca más… …Querido hermano PITI como en épocas pasadas, al final de la jornada nos volveremos a ver… ¡¡¡¡SIGUES ESTANDO AQUÍ, CONMIGO SEGURO, SIEMPRE, SIEMPRE, SIEMPRE!!!!
¡¡¡Y que seas nuestro ángel de la guarda, sobre todo de tus tres hijos: Victor, Alejandro y Sofía !!! ¡¡¡¡Hasta siempre!!!! ¡¡¡Muchas gracias a todos!!! por acompañarnos en este duelo. “La muerte no nos roba a los seres amados. Al contrario, nos los guarda y nos los inmortaliza en el recuerdo”. Toñi Ranchal EL CELEMÍN
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Visita Cultural
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Priego de Córdoba El 17 de octubre 136 socios viajaron hasta la localidad cordobesa de Priego de Córdoba. Durante la visita pudieron admirar la arquitectura de esta hermosa localidad de la Subbética, una de las más bellas de Andalucía y máximo exponente del barroco andaluz.
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Movimiento natural de la población enTorrecampo año 2009
Nacieron
Javier Cobos Acedo 18 de marzo de 2009 Hijo de Francisco Javier y Carmen
Emilia Obejo Romero 26 de mayo de 2009 Hija de Silverio y Felisa
Raquel Herrero Nevado 14 de julio de 2009 Hija de Juan y María Teresa
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Se casaron
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NOMBRES Y APELLIDOS
LUGAR Y FECHA DEL MATRIMONIO
Manuel Díaz Alamillo y Mari Luz Calvo Vinasco
Torrecampo, 15 de Febrero de 2009
José María Dieguez Martín y Mª. Teresa Carmona González
Torrecampo, 23 de Mayo de 2009
Fidel Javier Moreno Moreno y Antonia Romero Santofimia
Torrecampo, 13 de Junio de 2009
Ángel Lara Romero y Gema Isabel Blanco Martínez
Torrecampo, 20 de Junio de 2009
Esteban Márquez Crespo y Monserrat Ramos Fernández
Torrecampo, 18 de Julio de 2009
Carlos Jesús del Castillo Sánchez y Mª. Ángeles Márquez Sánchez
Torrecampo, 25 de Julio de 2009
José Jaime Castillo Felipe y Sebastiana Castro Blanco
Torrecampo, 22 de Agosto de 2009
Javier López Soler y Laura Moyano Fernández
Torrecampo, 12 de Septiembre de 2009
Ángel Gutiérrez Encinas y Azucena Campos Romero
Torrecampo, 10 de Octubre de 2009
Félix Expósito Moreno y Mª. Jesús Conde Conde
Torrecampo, 2 de Diciembre de 2009
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Fallecieron NOMBRE Y APELLIDOS
LUGAR Y FECHA DE DEFUNCIÓN
Heliodoro Romero Ruiz
Onda (Castellón), 27 de enero de 2009
Eugenia García Rubio
Pozoblanco, 10 de febrero de 2009
Sebastián Alamillo Rubio
Madrid, 13 de febrero de 2009
Alfonso Márquez Romero
Madrid, 1 de marzo de 2009
Saturnino Romero Campos
Pozoblanco, 13 de marzo de 2009
Juana Cañizares Fernández
Torrecampo, 25 de marzo de 2009
Ángel Guerediaga Pereira
Madrid, 27 de marzo de 2009
Edita Romero Ranchal
Torrecampo, 30 de marzo de 2009
Próspero Alcaide Risquez
Pozoblanco, 25 de abril de 2009
Juan Campos Romero
Pozoblanco, 6 de mayo de 2009
Ausencio Cobos Alamillo
Madrid, 2 de julio de 2009
Juan Márquez Triguero
Pozoblanco, 16 de julio de 2009
Benita Moreno Campos
Pozoblanco, 16 de julio de 2009
Porfirio Romero Cobos
Villa del Prado, 25 de julio de 2009
Ursicina Luque Fernández
S. Lorenzo del Escorial, 26 de julio de 2009
Ignacio Herrero García
Pedroche, 3 de agosto de 2009
José Luimbreras Sánchez
Torrecampo, 9 de agosto de 2009
Alfonso Ranchal Física
Zaragoza, 9 de agosto de 2009
María Sánchez Puerto
Torrecampo, 16 de agosto de 2009
Manuel Alamillo Alcudia
Villajoyosa, 19 de agosto de 2009
Juan Sebastián Fernández Caballero
Vigo, 20 de agosto de 2009
Eusebio Santofimia Sánchez
Torrecampo, 26 de agosto de 2009
Manuel Rubio Moreno
Torrecampo, 3 de septiembre de 2009
Genara Moreno Herrero
Villanueva de Córdoba, 9 de septiembre de 2009
Paquita Tirado López
Córdoba, 25 de septiembre de 2009
Rafael Pérez Herrero
Sta. Coloma de Gramanet, 29 de septiembre de 2009
Andrés Hilario Rubio Tribaldo
Pozoblanco, 7 de octubre de 2009
Eusebio Romero Fernández
Cartagena, 16 de octubre de 2009
Diego Jesús López Berruezo
Torrecampo, 21 de octubre de 2009
Máximo García Obejo
Cabra, 8 de noviembre de 2009
Rafaela González Fernández
Torrecampo, 23 de noviembre de 2009
Agustín Acedo Losada
Villanueva de Córdoba, 23 de noviembre de 2009
Antonia Herrero Santofimia
Torrecampo, 7 de diciembre de 2009
Desideria Aurora Pastor Ruiz
Pozoblanco, 7 de diciembre de 2009
Juan Luque Conde
Torrecampo, 19 de diciembre de 2009
Mª. Dolores Acedo Heredia
Córdoba, 19 de diciembre de 2009 EL CELEMÍN
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Extractos de los Plenos Municipales ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE FECHA 19 DE ENERO DE 2009 DOS.- SOLICITUD DE OBRAS AL FONDO ESTATAL DE INVERSIÓN LOCAL, R.D.L. 9/2008: Visto que el Ministerio de Administraciones Públicas ha fijado para el Ayuntamiento de Torrecampo la cantidad de 231.324 euros. Y vista la memoria presentada por la Alcaldía, que ha sido redactada por el técnico D. Manuel García Medina, y hace referencia a la construcción de un edificio destinado a guardería infantil y ludoteca. Con la abstención de D. Felipe Zornoza Ruiz y el voto a favor de los ocho señores y señoras Concejales restantes, lo que supone mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, se acuerda: Primero: Aprobar la memoria presentada por la Alcaldía. Segundo: Solicitar la inclusión en el Fondo Estatal de Inversión Local de la obra Construcción de un edificio destinado a guardería infantil y ludoteca, cuyo presupuesto de ejecución material es de ciento sesenta y siete mil quinientos setenta y siete euros y cincuenta y un céntimos (167.577,51 €), y el presupuesto de la contrata de doscientos treinta y un mil trescientos veinticuatro euros (231.324 €), IVA incluido.
TRES.- SOLICITUD A LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SUBVENCIONES DESTINADAS A SUFRAGAR EL COSTE DE LOS PROYECTOS DE ACTUACIONES ACOGIDAS AL R.D.L. 9/2008 (FONDO ESTATAL DE INVERSIÓN LOCAL) Y D.L. 2/2008 (PROTEJA): Primero: Solicitar a la Diputación Provincial de Córdoba el 75% del costo de la redacción del proyecto de la obra construcción de un edificio destinado a guardería infantil y ludoteca, solicitado al Fondo Estatal de Inversión Local, cuyo presupuesto de ejecución material es de ciento sesenta y siete mil quinientos setenta y siete euros y cincuenta y un céntimos (167.577,51 €). Segundo: Solicitar a la Diputación Provincial de Córdoba el 75% del costo de la redacción del proyecto a solicitar con cargo PROTEJA, cuyo presupuesto de ejecución material es setenta mil setecientos sesenta y seis euros y cuarenta y cuatro céntimos (70.766,44 €). Tercero: Solicitar para la ejecución de las dos obras antes expresadas la ayuda técnica y jurídica a que hace referencia el acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Córdoba.
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE FECHA 5 DE FEBRERO DE 2009 DOS.- SOLICITUD DE OBRAS AL PROTEJA, D.L. 2/2008: Por el Sr. Presidente se da cuenta en extracto del contenido del proyecto redactado por el técnico D. Manuel García Medina sobre la obra “Reforma de las piscinas de adultos y chapoteo y ejecución de pista de pádel”, cuyo sentido está en lo obsoleto de las instalaciones, que reciben informes negativos en las inspecciones periódicas anuales que emiten los técnicos de la Junta de Andalucía. D. Justo Romero Campos expone que del estudio del proyecto ha podido concluir, por un lado, que la forma del vaso propuesta para la piscina de adultos hace que no sea posible una correcta limpieza del agua, especial50
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mente de la película grasa que se queda en la superficie de la misma, y, por otro, que incluye la instalación de una pista de pádel, cuando ya se ha solicitado otra con cargo a otro programa de inversiones. Tras ello, añade que su grupo tiene una propuesta alternativa en línea con lo que vienen manteniendo desde algún tiempo, esto es, pretende que se construya con cargo a este programa un Tanatorio Municipal, instalación que considera mucho más necesaria, sobre todo para evitar eventualidades como el hecho de que coincidan dos velatorios en la zona adaptada de la Residencia de Mayores o que coincidan un acto organizado por la propia Residencia y un velatorio.
Se produce a continuación un breve debate en el que se tratan algunos detalles técnicos del proyecto presentado, a cuyo término el Sr. Presidente somete el mismo a la aprobación de los señores y señoras Concejales, resultando que: Visto el contenido del Decreto-Ley 2/2008, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Programa de Transición al Empleo de la Junta de Andalucía (PROTEJA), con los votos en contra de los cuatro Concejales del grupo del PSOE-A y el voto a favor de los cinco Concejales del grupo del PP, lo que supone mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, se acuerda: Primero: Aprobar el proyecto presentado por la Alcaldía. Segundo: Solicitar la inclusión en el Programa de Transición al Empleo de la Junta de Andalucía (PROTEJA) de la obra “Reforma de las piscinas de adultos y chapoteo y ejecución de pista de pádel”, cuyo presupuesto de ejecución material es ochenta y cuatro mil doscientos doce euros y siete céntimos (84.212,07 €) y el presupuesto de la contrata de noventa y siete mil seiscientos ochenta y seis euros (97.686,00 €), IVA incluido. TRES.- APROBACIÓN INICIAL DEL PRESUPUESTO PARA 2.009: Se somete a aprobación el proyecto de Presupuesto General de la Corporación, que arroja el siguiente resultado: - Votos a favor: Cinco, que se corresponden con los miembros del grupo del PP. - Abstenciones: Cuatro, que se corresponden con los miembros del grupo del PSOE-A. En consecuencia, por mayoría absoluta, se acuerda: Primero: Aprobar inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio 2.009, que incluye el de la Entidad y el del Organismo Autónomo “Residencia Municipal de Mayores”, fijando los gastos y los ingresos de las correspondientes partidas, y resultando el resumen que por capítulos se expresa seguidamente. Segundo: Aprobar las bases de ejecución del Presupuesto y la plantilla de personal, en la que se incluye la provisión de los puestos de trabajo siguientes, que se insertarán en la Oferta de Empleo Público para 2.009: - Un Algualcil-Operario Administrativo de Servicios Varios o denominación similar, que sustituirá al Auxiliar de la Policía Municipal, cuya jubilación está prevista para el 2.009. Dicho puesto estará encuadrado dentro de la plantilla de funcionarios. - Una Limpiadora, que sustituirá a la limpiadora actual, cuya jubilación está prevista para el año 2.009. Dicho puesto estará encuadrado dentro de la plantilla de personal laboral. Tercero: Exponer al público el Presupuesto General por plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, poniendo a disposición del público la corres-
pondiente documentación. Caso de no presentarse reclamaciones, el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado. Presupuesto de la Entidad Local. Resumen. CAPÍTULO DENOMINACIÓN PRESUPUESTADO: EUROS 1 IMPUESTOS DIRECTOS 223.480,00 € 2 IMPUESTOS INDIRECTOS 55.200,00 € 3 TASAS Y OTROS INGRESOS 130.640,55 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.046.856,16 € 5 INGRESOS PATRIMONIALES 13.410,00 € 6 ENAJENACIÓN INVERSIONES REALES 28.878,75 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 20.096,00 € 9 PASIVOS FINANCIEROS 40,00 € TOTAL PRESUPUESTO 1.518.601,46 € (A) OPERACIONES CORRIENTES (B) OPERACIONES DE CAPITAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 2.009 RESUMEN POR CAPITULOS ECONÓMICO-FUNCIONAL RESUMEN POR CAPÍTULOS CAPÍTULO DENOMINACIÓN PRESUPUESTADO (A) OPERACIONES CORRIENTES Euros 1 PERSONAL 880.153,40 2 BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 414.028,84 3 GASTOS FINANCIEROS 4.547,20 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 97.060,94 (B) OPERACIONES DE CAPITAL 6 INVERSIONES REALES 95.899,00 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 18.849,68 9 PASIVOS FINANCIEROS 8.062,40
TOTAL PRESUPUESTO 1.518.601,46 PRESUPUESTO DE GASTOS 2.009
CAPÍTULO DENOMINACIÓN PRESUPUESTADO: EUROS 3 TASAS Y OTROS INGRESOS 353.717,04 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 328.168,66 € 5 INGRESOS PATRIMONIALES 155,00 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 600,00 € 9 PASIVOS FINANCIEROS 100,00 € TOTAL PRESUPUESTO 682.740,70 € (A) OPERACIONES CORRIENTES (B) OPERACIONES DE CAPITAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 2.009 RESUMEN POR CAPITULOS ECONÓMICO-FUNCIONAL RESUMEN POR CAPÍTULOS CAPÍTULO DENOMINACIÓN PRESUPUESTADO (A) OPERACIONES CORRIENTES Euros 1 PERSONAL 511.394,82 € 2 BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 153.980,50 € 3 GASTOS FINANCIEROS 1.920,00 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 100,00 €
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(B) OPERACIONES DE CAPITAL 6 INVERSIONES REALES 14.344,38 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 9 PASIVOS FINANCIEROS 1.000,00 €
TOTAL PRESUPUESTO 682.739,70 € PRESUPUESTO DE GASTOS 2.009 Presupuesto General. Resumen.
CAPÍTULO DENOMINACIÓN PRESUPUESTADO: EUROS 1 IMPUESTOS DIRECTOS 223.480,00 € 2 IMPUESTOS INDIRECTOS 55.200,00 € 3 TASAS Y OTROS INGRESOS 484.357,59 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.375.024,82 € 5 INGRESOS PATRIMONIALES 13.565,00 € 6 ENAJENACIÓN INVERSIONES REALES 28.878,75 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 20.696,00 € 9 PASIVOS FINANCIEROS 1 40,00 € TOTAL PRESUPUESTO 2.201.342,16 € PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS 2.009 DE LA CORPORACIÓN RESUMEN POR CAPITULOS (A) OPERACIONES CORRIENTES (B) OPERACIONES DE CAPITAL ECONÓMICO-FUNCIONAL RESUMEN POR CAPÍTULOS CAPÍTULO DENOMINACIÓN PRESUPUESTADO (A) OPERACIONES CORRIENTES Euros 1 PERSONAL 1.391.548,22 2 BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 568.010,34 3 GASTOS FINANCIEROS 6.467,20 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 97.160,94 (B) OPERACIONES DE CAPITAL 6 INVERSIONES REALES 110.243,38 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 18.849,68 9 PASIVOS FINANCIEROS 9.062,40
TOTAL PRESUPUESTO 2.201.342,16 PRESUPUESTO DE GASTOS 2.009 DE LA CORPORACIÓN CUATRO.- SOLICITUD DEL TALLER DE EMPLEO “TORRECONQUISTA”: Es expuesto por el Sr. Presidente el contenido del proyecto que se presenta, que incluye los módulos de “Cocina” y “Repostería y postres tradicionales”. A continuación, por unanimidad de los señores Concejales presentes, lo que representa mayoría absoluta, se acuerda: Primero: SOLICITAR a la Consejería de Empleo la aprobación de un Taller de Empleo con la denominación de “Torreconquista”, con una duración de 12 meses, cuyo objeto de actuación será la formación de desempleadas en los sectores de la elaboración de productos alimenticios y la restauración para la creación de futuras em-
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presas favoreciendo la inserción laboral de desempleados de veinticinco o más años con especiales dificultades de acceso al mercado laboral: Segundo: Solicitar una ayuda económica de quinientos catorce mil doscientos noventa euros y noventa y seis céntimos (514.290,96) de acuerdo al detalle que se recoge en la memoria que se adjunta. Tercero: Comprometerse a la financiación del proyecto en la parte que no sea subvencionada por la Consejería de Empleo, que asciende a la cantidad de dos mil trescientos setenta y siete euros y veintiocho céntimos (2.377,28), al objeto de cumplir los objetivos marcados, poniendo a disposición del citado taller los medios necesarios para la ejecución del fin de la actuación. CINCO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE REFORMAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL CON POSIBLE DEMOLICIÓN DE NICHOS: Visto que la Junta de Gobierno acordó con fecha 10 de noviembre de 1994 la prohibición de realizar inhumaciones en sesenta y seis nichos del ala izquierda del Cementerio Municipal, que se corresponden con veintidós columnas de tres alturas cada una de ellas. Visto que dicho acuerdo fue ratificado por la Junta de Gobierno en sesión de fecha 23 de noviembre de 2005. Visto que las el Ayuntamiento ha podido constatar el estado ruinoso de los nichos antes referidos por las últimas lluvias del otoño y del invierno, por lo que se considera de suma urgencia una intervención sobre ellos que obliga a la inhumación de los restos que guardan. Por unanimidad de los señores Concejales presentes, lo que representa mayoría absoluta, se acuerda: Primero: Abrir un plazo de tres meses para que los titulares de las concesiones o familiares legitimados más próximos autoricen el traslado de los restos a otros nichos del cementerio o a otros cementerios. Dicho traslado se realizará a costa del Ayuntamiento en todo lo que afecte al Cementerio Municipal de Torrecampo, pero el titular de las concesión o el familiar legitimado más próximo deberá abonar el coste del nicho si éste es nuevo y han transcurrido más de 50 años desde la primera inhumación, plazo máximo de la concesión a que se refiere el artículo 57 del Reglamento Municipal Regulador del Servicio de Cementerio. Pasados los citados tres meses sin que se haya producido el traslado voluntario de los restos, el Ayuntamiento procederá a realizar un traslado forzoso de los mismos al osario o a un nicho común. Segundo: Los traslados se realizarán el decimoquinto día posterior a su solicitud, al nicho que el día del traslado toque de acuerdo con el criterio seguido regularmente. Tercero: Encargar al técnico municipal que redacte el proyecto técnico en el que se recoja la solución más idónea para el tramo afectado.
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE FECHA 5 DE MARZO DE 2009 DOS.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA PARA DECLARAR EL DÍA “22 DE FEBRERO COMO DÍA INTERNACIONAL DE LA IGUALDAD SALARIAL ENTRE HOMBRES Y MUJERES”: Aprobada por unanimidad. TRES.- INFORME DEL ALCALDE SOBRE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO Y DEL O. A. RESIDENCIA MUNICIPAL DE MAYORES: El Sr. Presidente da cuenta de los Decretos de fecha 26 de febrero de 2009 por los que ha aprobado la Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2008 del Ayuntamiento y del Organismo Autónomo Residencia Municipal de Mayores, en los que se fija tanto el resultado presupuestario como los remanentes de Tesorería, y cuyos resultados han sido los siguientes: Para el Ayuntamiento de Torrecampo: RESULTADO PRESUPUESTARIO A .- Derechos reconocidos netos: 1.310.147,86 euros. B.- Obligaciones reconocidas netas: 1.449.109,37 euros. C.- Resultado presupuestario: 138.961,51 euros. D.- Desviaciones positivas de financiación: 139.899,86 euros. E.- Desviaciones negativas de financiación: 252.739,53 euros. F.- Gastos financiados con remanente líquido de tesorería: 0 euros. H.- Resultado presupuestario ajustado: 26.121,84 euros. El REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA queda de la siguiente forma: 1.- Deudores pendientes de cobro: 65.071,40 euros. 2.- Acreedores pendientes de pago.: 123.138,64 euros. 3.- Fondos líquidos de tesorería.: 210.969,63 euros. Remanente de tesorería total (1 – 2 + 3): 152.902,39 euros. Remanente para gastos con financiación afectada: 149.871,56 euros. Saldos de dudoso cobro: 15.249,98 euros. Remanente para gastos generales: 12.219,15 euros. Remanente corregido con gastos pendientes de aplicar - Remanente para gastos generales: 12.219.15 euros. - Gastos pendientes de aplicar: 15.828,50 euros. TOTAL - 28.047,65 euros. Para el O. A, Residencia Municipal de Mayores: RESULTADO PRESUPUESTARIO A .- Derechos reconocidos netos: 689.174,88 euros. B.- Obligaciones reconocidas netas: 643.848,11 euros. Pág. 4 de 8 Acta de la sesión del Pleno de fecha 5 de marzo de 2009.
C.- Resultado presupuestario: 45.326,77 euros. D.- Desviaciones positivas de financiación: 0 euros. E.- Desviaciones negativas de financiación: 0 euros. F.- Gastos financiados con remanente líquido de tesorería: 0 euros. H.- Resultado presupuestario ajustado: 45.326,77 euros. El REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA queda de la siguiente forma: 1.- Deudores pendientes de cobro: 59.643,36 euros. 2.- Acreedores pendientes de pago: 43.015,02 euros. 3.- Fondos líquidos de tesorería: 28.537,97 euros. Remanente de tesorería total (1 – 2 + 3): 45.166,31 euros. Remanente para gastos con financiación afectada: euros. Saldos de dudoso cobro: euros. Remanente para gastos generales: 45.166,31 euros. - REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA CONJUNTO (Ayuntamiento + Residencia) = + 17.118,66 € CUATRO.- DETERMINACIÓN DE LA FORMA EN QUE SE HARÁ FRENTE AL REMANENTE DE TESORERÍA NEGATIVO: El Sr. Presidente da cuenta sucintamente de la forma en que ha propuesto hacer frente al remanente negativo, que básicamente consiste en incluir las facturas pendientes de contabilizar en el Presupuesto de 2009 y el resto en el Presupuesto de 2010, que se aprobaría con superávit inicial. Doña Francisca Cantador Cobos expresa que la propuesta resulta de imposible cumplimiento, pues nada se dice de la forma en que se van a reducir los gastos en el presente ejercicio, algunos de los cuales, como las retribuciones de la Concejala con dedicación exclusiva o la comida que se da en el concurso literario, debían reducirse ya, a no ser que se pretenda un incremento considerable de los tributos, que han subido por encima de la inflación para este año. Porque lo que no cree que deba hacerse es acudir al remanente positivo de la Residencia para enjugar el remanente negativo del Ayuntamiento, teniendo en cuenta que muchas de las instalaciones de la Residencia necesitarán de revisiones próximamente. El Sr. Presidente le contesta que se está poniendo en práctica la reducción de gastos, si bien es muy difícil realizarla cuando gastos fijos como la electricidad suben continuamente. Respecto del remanente positivo de la Residencia, dice que él también es partidario de adoptar una política de prudencia ante los riesgos que puedan sobrevenir. A continuación, visto lo establecido en el artículo 193 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, con los votos a EL CELEMÍN
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favor de los cuatro Concejales del Partido Popular y los tres votos en contra de los votos del PSOE-A, se acuerda: Primero: Reducir los gastos del presupuesto de 2.009 por cuantía igual al déficit producido como consecuencia de las facturas de 2.008 que obran en la Intervención y que no han sido pagadas durante dicho período y de los pagos pendientes de aplicación en hay la partida no presupuestaria correspondiente, que suponen en total 15.828,50 euros, lo que se realizará mediante expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos. Segundo: Aprobar el presupuesto del ejercicio 2.010 con un superávit inicial de cuantía no inferior al resto de los remanentes negativos, que suponen un total de 12.219.15 euros. CINCO.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO: Con los votos a favor de los cuatro Concejales del Partido Popular y los tres votos en contra de los votos del PSOE-A, se acuerda: Primero: Aprobar el reconocimiento de los créditos correspondientes a ejercicios anteriores que se relacionan en el Anexo I adjunto al expediente, por un importe total de 15.828,50 euros. Segundo: Aplicar con cargo al Presupuesto del ejercicio 2009 los correspondientes créditos. SEIS.- ESTUDIO DE LA SITUACIÓN DE VACANTE DEL CARGO DE CRONISTA OFICIAL: El Sr. Presidente expone que el pueblo de Torrecampo no tiene cronista oficial desde el fallecimiento de D. Esteban Márquez Triguero, última persona que ostentó esta distinción. La figura del cronista, de carácter honorífico, gratuito y vitalicio, disfruta de una muy arraigada tradición histórica. Por ello, sería conveniente estudiar la posibilidad de otorgar dicha distinción a una persona que estuviera vinculada con el pueblo. Se produce a continuación un debate en el que queda
patente la conveniencia de otorgar esa distinción y se dan diversos nombres de personas que podían ser merecedoras de ella, a cuyo término se acuerda por unanimidad que cada grupo presente para el Pleno que el Presidente indique en la convocatoria una propuesta que contenga el nombre o los nombres que le parezcan más oportunos. OCHO.- RUEGOS Y PREGUNTAS: Doña Francisca Cantador Cobos formula el RUEGO de que los actos conmemorativos del día de San Sebastián se realicen en la calle de su nombre y no en la Caseta Municipal, como ocurrió este año, si bien comprende que este año fue por la lluvia, pues en la Caseta Municipal no se reconoce el mismo espíritu festivo. Le contesta el Sr. Presidente que, efectivamente, el cambio fue este año por la lluvia y que no se ha decidido en ningún caso realizar la fiesta fuera de su ubicación natural, en la calle San Sebastián. ***** Doña Francisca Cantador Cobos pregunta qué obras se están realizando en algunos acerados del pueblo y quién las está realizando. Le contesta el Sr. Presidente que las obras la realiza EMPROACSA, que está sustituyendo las tuberías de conducción de aguas de uralita por otras en varios tramos de las calles Nueva, Unión y Ejido. ***** Doña María Elena Santofimia Ruiz pregunta si el Ayuntamiento tiene problemas de liquidez. Le contesta el Sr. Presidente que a día de hoy lo que hay en las cuentas bancarias más lo que la Junta de Andalucía le debe a la Residencia por las plazas concertadas suponen un total de 549.471 euros, cantidad a la que el Sr. Presidente se refiere en pesetas.
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE FECHA 11 DE MAYO DE 2009 TRES.- APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CONVIVENCIA CIUDADANA: ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CONVIVENCIA CIUDADANA DE TORRECAMPO.TÍTULO PRELIMINAR.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. TÍTULO I.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS CIUDADANOS. TÍTULO II.- DE LA GESTIÓN CENSAL DEL PADRÓN MUNICIPAL. TÍTULO III.- COMPORTAMIENTO Y CONDUCTA DE LOS CIUDADANOS.
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TÍTULO IV.- DE LAS VÍAS PÚBLICAS. TÍTULO V.- RUIDOS Y OTRAS ACTIVIDADES MOLESTAS. TÍTULO VI.- DE LA LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA DE BASURAS. TÍTULO VII.- DE LAS NORMAS DE CONSERVACIÓN, SEGURIDAD, REHABILITACIÓN, ESTADO RUINOSO, ORNATO Y CABLEADO. TÍTULO VIII.- TENENCIA DE ANIMALES EN EL ENTORNO DOMÉSTICO. TÍTULO IX.- INFRACCIONES Y SANCIONES. TITULO PRELIMINAR. OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. Artículo I. Objeto.
El objeto de la presente Ordenanza es lograr la convivencia pacífica entre los ciudadanos y regular el ejercicio de sus derechos y obligaciones, en sus relaciones y en la de éstos con su Ayuntamiento, en términos de tolerancia e igualdad. El Ayuntamiento realizará campañas informativas que favorezcan la convivencia pacífica entre los ciudadanos. Artículo 2. Ámbito de aplicación. La Ordenanza es de aplicación en todo el término municipal de Torrecampo y quedan sujetos a ella todos sus residentes, habituales o de paso, con independencia de su calificación jurídico-administrativa. Artículo 3. Conocimiento y publicidad de las normas. El desconocimiento de las obligaciones y límites que recoge la presente ordenanza no exime al ciudadano de su cumplimiento. Para facilitar el conocimiento del contenido, el Ayuntamiento utilizará además de los medios de difusión preceptivoslegalmente, los acostumbrados en la localidad y, si fuera necesario, los excepcionalmente habilitados para la ocasión, en función de la especial y esencial relevancia de la presente norma. TITULO I.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS CIUDADANOS. Artículo 4. Derechos. 1.- Ser elector y elegible de acuerdo con la legislación electoral vigente en cada momento. 2.- Participar en la gestión municipal de acuerdo con lo que se prevea en las leyes. 3.- Utilizar, de acuerdo con su naturaleza, los servicios públicos. 4.- Ser informado, previa petición razonada, y dirigir solicitudes a la Administración municipal en relación a todos los expedientes y documentación municipal de acuerdo con lo previsto en el artículo 105 de la Constitución Española de 1978 y el artículo 35 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.- Pedir consulta popular en los términos previstos en la Ley. 6.- Exigir la prestación, y en su caso el establecimiento, del correspondiente servicio público, en el supuesto de constituir una competencia municipal propia de carácter obligatoria. 7.- Ejercer la iniciativa popular en los términos artículo 70 bis de la ley 7/85 de 2 de abril, regulador de las Bases de Régimen Local. 8.- Aquellos otros derechos establecidos en las Leyes. Artículo 5. Deberes. 1.- Cumplir puntualmente las obligaciones derivadas de las normas de empadronamiento y en especial la de darse de alta en el padrón cuando se resida habitualmente en el municipio. 2.- Los habitantes del término municipal de Torrecampo estarán obligados a suministrar los datos estadísticos legales que se les interese, así como cumplir con las normas censales que regulen esta materia en cada momento. 3.- Los habitantes del término municipal de Torrecampo quedarán obligados a comparecer ante la Autoridad Municipal cuando se les requiera a los efectos de cumplimentar alguna omisión producida respecto a los referidos datos. El incumplimiento de la obligación o requerimiento podrá dar lugar, en su caso, a la apertura de las correspondientes diligencias, según establece el artículo l6 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. 4.- A dar cumplimiento a todas las normas de ámbito local, así como a las resoluciones de sus órganos de gobierno, que se dicten al amparo de la Constitución y el Ordenamiento jurídico español. 5.- En los casos en que suceda alguna calamidad pública,
el Ayuntamiento podrá requerir la ayuda y colaboración de los habitantes del término municipal, así como de aquellas maquinarias, vehículos, herramientas o enseres particulares que se consideren necesarios, para restablecer la normalidad de acuerdo con los planes y normas de protección civil. Los extranjeros domiciliados tienen los mismos derechos y deberes propios de los vecinos. Aquéllos que sean mayores de edad tendrán derecho de sufragio activo y pasivo en los términos previstos en la legislación electoral general aplicable a las elecciones locales. 6.- Cumplir las obligaciones impuestas por otras normas legales y reglamentarias de aplicación. TÍTULO II.- DE LA GESTIÓN CENSAL DEL PADRÓN MUNICIPAL. Artículo 6. Gestión del Padrón Municipal de Habitantes. 1.- La inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de Torrecampo concede al inscrito la condición de vecino del municipio, con los derechos, deberes y preferencias que le son inherentes, de acuerdo con la Constitución y las leyes. 2.- La condición de vecino se adquiere en el momento de la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes. Las altas en el Padrón se solicitaran a la Alcaldía por los interesados, sus representantes legales o persona debidamente autorizada. 3.- Las resoluciones de los expedientes de altas y bajas se adecuarán a la legislación vigente en cada momento. TÍTULO III.- DEL COMPORTAMIENTO Y CONDUCTA CIUDADANAS. Artículo 7. Principios generales de conducta. La conducta y el comportamiento de los habitantes de Torrecampo tendrá como máxima el respeto de las normas jurídicas, de la libertad y la integridad física, moral y ética de los demás, respeto a los animales y de aquellos bienes que por ser para el uso de una colectividad son merecedores de un trato y un cuidado especiales. CAPÍTULO I: NORMAS DE CONDUCTA. Artículo 8. Establecimientos públicos y vía pública. El comportamiento de las personas, en especial en establecimientos públicos y en la vía pública, se atendrá en general a las siguientes normas: 1.- Se observará el debido civismo y compostura, no alterando el orden ni la tranquilidad pública con escándalos, riñas y tumultos. 2.- Se cumplirán puntualmente las disposiciones de las autoridades y los bandos de la Alcaldía sobre conducta del vecindario y se observarán las prohibiciones especiales que en su caso se establezcan. 3.- Queda prohibido arrojar objetos al suelo en los establecimientos públicos o vía pública, así como maltratar las instalaciones, objetos o materiales de uso común o los árboles y plantas de las plazas y jardines. 4.- Queda prohibido disparar cohetes, petardos y fuego de artificio, sin la previa autorización municipal. 5.- Queda prohibido el baño de personas o animales en pilares públicos, abrevaderos, fuentes, etc., así como embalses destinados a consumo de agua de la población. En general se prohíbe todo uso distinto de aquel para el que se destinan las instalaciones públicas. 6.- Está prohibido y, en su caso, será sancionada, toda acción que afee, ensucie, produzca daños o sea susceptible de producirlos en lugares de uso o servicio público y ello con independencia de la reclamación de los perjuicios causados, si procedieren, y de la competencia de la jurisdicción penal, en su caso. 7.- Todo ciudadano tiene el derecho y el deber, en cuanto miembro de una colectividad, de colaborar en la conservación y defensa del patrimonio municipal, ya sea impidiendo la rea-
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lización de daños en el mismo, ya anunciándolo a la Autoridad competente en caso de haberse producido. 8.- Los ciudadanos no podrán realizar actos o actividades que impidan o dificulten el legítimo acceso de los demás a los servicios públicos. Artículo 9. Fuentes públicas. Se prohíbe en las fuentes públicas: 1.- Lavar ropas u objetos de uso común. 2.- Lavarse y bañarse. 3.- Introducir animales y enturbiar las aguas. Artículo 10. Caños y abrevaderos. Se prohíbe en los caños y abrevaderos públicos: 1.- Lavarse y bañarse. 2.- Introducir animales y enturbiar las aguas. 3.- Abandonar bajo el chorro, cántaros o cubos o cualquier otro envase o recipiente, por lo que cada usuario sacará el agua por su turno y se retirará después de llenar el recipiente. 4.- Asimismo, para casos de sequía y previa declaración del Alcalde, se prohíbe: 4.1. Extraer agua para el lavado de vehículos. En todo caso, será necesario retirarse un mínimo de 5 metros de la boca del pozo y siempre en sentido favorable a la corriente. 4.2. Mudar aguas en grandes envases, tipo cisternas o bidones. CAPÍTULO II: NORMAS RELATIVAS A LAS PERSONAS. Artículo 11. Extravíos y abandono de niños y ancianos. El particular que hallase a niños, incapaces o ancianos abandonados y extraviados tendrá el deber de recogerlos y entregarlos a cualquier agente de la autoridad. Artículo 12. Escolarización. Los padres o tutores legales velarán para que los niños en edad escolar asistan a la escuela. Artículo 13. Tranquilidad ciudadana. Quienes perturben la tranquilidad ciudadana serán denunciados y conducidos ante las fuerzas y cuerpos de seguridad. Artículo 14. Respeto y consideración a la ciudadanía. Queda prohibida cualquier acción o manifestación contraria al respeto y consideración entre los ciudadanos y especialmente impedir de forma ilegítima el acceso de éstos a cualquier servicio público. Artículo 15. Tránsito en la vía pública. Deberá facilitarse el tránsito por la vía pública a niños, ancianos y disminuidos físicos y psíquicos en especial en aquellos cometidos que por sus deficiencias entrañen dificultades y/o peligro. TÍTULO IV.- DE LAS VÍAS PÚBLICAS. Artículo 16. Concepto. Se entiende por vía pública, a efectos de aplicación del presente título, las avenidas, calles, plazas, parques, jardines, puentes, fuentes y otros bienes municipales análogos del término municipal de Torrecampo, así como los caminos públicos. Artículo 17. Identificación. Las vías urbanas se identificarán con un nombre, diferente para cada una de ellas, nombre que ha de ser aprobado por el pleno del Ayuntamiento. No podrán existir dos vías urbanas con el mismo nombre o número, ni tampoco diferentes, pero que por su similitud gráfica o fonética pueda inducir a confusión. Esta disposición se entiende sin perjuicio de la normativa sectorial de aplicación. Artículo 18. Rotulación. La rotulación de las vías públicas tiene el carácter de servicio público y podrá efectuarse mediante una placa o similar, que se fijará en un lugar bien visible, como mínimo en la entrada y en la salida de cada vía pública. En las plazas será en el edificio más preeminente y en sus principales accesos. Los propietarios de los inmuebles estarán obligados a colo-
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car el número que, una vez determinado, les haya correspondido, cuando sean requeridos individualmente o colectivamente para hacerlo, así como a soportar la colocación en sus fachadas de la placa con la denominación de la vía pública. Si no se cumpliera la indicada obligación dentro del plazo fijado por el requerimiento, procederá a su colocación el personal designado por la Administración con gastos a cargo del propietario del edificio e independientemente de la sanción que le correspondiera por el incumplimiento. El elemento que incorpore el número deberá colocarse en el centro de la fachada lindante con la vía pública. En cuanto a la forma, medida, color e impresión, se ajustarán a los requisitos que determine la Administración municipal. Artículo 19. Colocación de objetos y utilización de la vía pública. 1.- No se utilizará la vía pública para colocación de jardines u otros objetos decorativos que no sean debidamente autorizadas. 2.- La colocación de toldos en fachadas deberá ser autorizada. Su altura no será nunca inferior a 2 metros sobre el nivel de la acera ni podrá ocupar espacio fuera de ésta, excepto negocios de hostelería autorizados. 3.- Está prohibido almacenar envases, cajas o similares y en general cualquier tipo de objetos que dificulten el tránsito o causen trastornos a los ciudadanos, excepto en el mercadillo. 4.- No está permitido por razones de estética el tendido o exposición de ropas, prendas de vestir y elementos domésticos en los balcones, ventanas, antetechos, terrazas exteriores o cualquier otro lugar desde el que por su situación y orientación a la vía pública sean normalmente visibles. 5.- Se prohíbe ocuparla con máquinas expendedoras o de dispensación automática, máquinas de fotos fijas y máquinas recreativas sin la obtención, con carácter previo, de la preceptiva licencia o autorización municipal. 6.- No se podrá realizar ninguna actividad económica o laboral no autorizada, en especial las del tipo “aparcacoches”, “limpiaparabrisas” o similares, salvo que cuenten con autorización expresa del Ayuntamiento, se ajusten a las condiciones de ésta y no causen perjuicio o molestia al resto de ciudadanos. 7.- La colocación de veladores o mesas en la vía pública deberá realizarse de modo que quede libre el espacio mínimo para el paso de peatones. Se considera espacio mínimo para el paso de peatones el que queda libre una vez descontada la superficie que por cualquier causa u obstáculo no sea apta para el tránsito. 8.- Queda prohibida la colocación de veladores en las aceras de menos de un metro de anchura. 9.- Solo se concederán licencias para la colocación de veladores a personas que sean titulares de la licencia de apertura. 10.- No se podrán colocar y dejar abandonados en la vía pública objetos particulares, sin más excepciones que las establecidas en esta Ordenanza. 11.- Salvo autorización municipal, no se podrá ocupar la vía pública con maquinaria que impida el paso de los peatones o suponga un peligro para los mismos. 12.- Si se produjeran usos, ocupaciones, actividades o aprovechamientos de la vía pública sin licencia o concesión municipal, la autoridad municipal procederá, previa comprobación y constatación de tal circunstancia, a ordenar al interesado el cese inmediato en la actividad, uso, ocupación o aprovechamiento efectuado, para lo cual se le concederá el plazo que las circunstancias aconsejen. 13.- En caso de incumplimiento, se procederá a la ejecución forzosa de la orden y a la retirada de los bienes, materiales o instalaciones, que serán llevados a los depósitos municipales. Los gastos que se efectúen por el traslado y la custodia serán con cargo a sus propietarios o poseedores, en su caso, fijándose
con arreglo a las tarifas aprobadas, o en su defecto al coste real de los mismos. Si dichos bienes no fueran reclamados en el plazo máximo de un mes, el Ayuntamiento podrá proceder sin más preaviso a su venta de acuerdo con las normas correspondientes a la contratación municipal. 14.- Los bienes perecederos que no sean reclamados y retirados por su dueño o poseedores en tiempo prudencial, podrán ser entregados a instituciones de carácter social o destruidos si fuese necesario. Artículo 20. Venta en la vía pública. La venta no sedentaria en la vía pública requerirá autorización municipal, que se otorgará previa acreditación, en su caso, del cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos por la legislación sanitaria, turística, de comercio, etc, de la materia correspondiente y en la concesión de la licencia. Artículo 21. Botellón. El Botellón sólo podrá celebrarse en el lugar que haya sido habilitado por el Ayuntamiento a tal efecto. El Ayuntamiento podrá habilitar otro lugar cuando las circunstancias lo requieran, quedando sujeta a la ley sobre la materia. TÍTULO V.- RUIDOS Y OTRAS ACTIVIDADES MOLESTAS. Artículo 22. Ruidos. Los ruidos, tanto si son producidos por voces como por elementos mecánicos, electrónicos o de otro orden, habrán de atenerse a las siguientes normas, sin perjuicio de la aplicación de la Ordenanza específica correspondiente: a) En edificios particulares destinados a vivienda o residencia dentro del casco urbano no deberán trascender a la vía pública ni a la comunidad vecinal, especialmente durante las horas de descanso nocturno. b) Los locales de esparcimiento público o de recreo (bares, cafés, restaurantes, discotecas, salas de baile, teatros, cinematógrafos, etc.) tendrán los horarios de apertura y cierre que autorice el órgano competente de la Junta de Andalucía. Dichos locales deberán adoptar las medidas de insonorización establecidas. c) Las consumiciones en cafeterías, bares y locales similares deberán efectuarse, obligatoriamente, en el interior del local. Sólo se autorizará la instalación de veladores según lo dispuesto en la presente Ordenanza. d) En lugares de uso público no podrá perturbarse la tranquilidad ciudadana, en especial en el período de descanso nocturno fijado, con voces o mediante el funcionamiento de elementos sonoros en tono desconsiderado, respetándose siempre los usos de la correcta convivencia social, etc. El horario de descanso no afectará a los locales autorizados. Artículo 23. Ruidos procedentes de vehículos a motor. Estos habrán de atenerse a las siguientes normas: a) Tanto en la vía pública como en el interior de edificios públicos o privados, debe impedirse que por uso del motor, bocinas u otros elementos sonoros se pueda alterar la normal tranquilidad ciudadana, tanto de día como de noche. b) La intensidad del ruido no excederá de los límites autorizados por las vigentes normas de tráfico, al igual que el continuado funcionamiento del motor. Los conductores de vehículos a motor, con excepción de los que sirven como coches de la Policía Gubernativa o Local, Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento e Instituciones Hospitalarias, etc., se abstendrán de hacer uso de los dispositivos acústicos de los mismos, en todo el término municipal, excepto en las situaciones de urgencia o de peligro que aconsejen su utilización. Artículo 24. Descanso. El período de descanso nocturno se entiende comprendido entre las cero y las ocho horas, durante los meses de noviembre
a abril; y entre las cero horas y las siete en los meses de mayo a octubre, respetándose como período adicional el comprendido entre las l5.30 y las 17.30 en los meses de verano. Los sábados y vísperas de festivos serán desde las cero horas hasta las 9 horas de la mañana siguiente. En período de Fiestas Patronales, Carnaval, Semana Santa, Feria y otros con carácter excepcional se podrá fijar por el Ayuntamiento un horario especial. TITULO VI.- DE LA LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA DE BASURAS. Artículo 25. Competencia municipal. El servicio de limpieza de la vía pública se prestará por el Ayuntamiento por gestión directa o indirecta, sin perjuicio de lo contenido en otras normas de rango superior o acuerdos o convenios suscritos por el Ayuntamiento. Los ciudadanos podrán colaborar voluntariamente y según costumbre en la limpieza de aceras y pavimentos en la parte situada frente a los edificios terminados o en construcción y solares. Artículo 26. Establecimientos comerciales. 1.- Los titulares de establecimientos frente a los cuales se realicen operaciones de carga y descarga deberán proceder al barrido complementario de las aceras para mantener la vía pública en las debidas condiciones de limpieza cuando debido al ejercicio de la referida actividad queden depositados residuos, embalajes, papeles y similares. No podrán dejar residuos, embalajes o papeles fuera de los contenedores. 2.- Los titulares de quioscos y de licencias de venta en el mercadillo, tómbolas, rifas y sorteos con colocación y estacionamiento en la vía pública de mercancías y otros objetos o elementos y de veladores tendrán la obligación de mantener limpia y barrer, cuantas veces al día fuere preciso a tal objeto, la superficie concedida, que se considera ampliada, a los solos efectos de dicha obligación, a dos metros a lo largo de su perímetro. 3.- Los titulares de licencias de vallas deberán mantener en todo momento limpia la acera correspondiente. Artículo 27. Fijación de carteles y reparto de publicidad. Queda prohibida la colocación o pegada de carteles y adhesivos y de cualquier actividad publicitaria en los lugares no autorizados expresamente por el Ayuntamiento, y, de forma especial, en aquellos edificios calificados de histórico-artísticos, en los edificios públicos y en el mobiliario urbano. No se permite tampoco arrojar clase alguna de pasquines, octavillas u otros elementos publicitarios. Éstos únicamente podrán repartirse en mano, depositarse en buzones a domicilio y colocarse en establecimientos públicos con autorización de su titular. Se hará responsable del incumplimiento de estas obligaciones a los titulares de dicha publicidad. Artículo 28. Servicio de recogida de basuras. El Ayuntamiento organizará y prestará, por gestión directa o indirecta, el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos domiciliarios. Artículo 29. Residuos urbanos. Tienen la consideración de residuos urbanos los generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos que no tengan la calificación de peligrosos y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades. Tendrán también la consideración de residuos urbanos los siguientes: - Residuos procedentes de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas. - Animales domésticos muertos, así como muebles, enseres y vehículos abandonados.
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- Residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria. Artículo 30. Recogida domiciliaria de basuras. 1.- La basura generada en domicilios particulares será depositada en bolsas de plástico cerradas y éstas en los contenedores situados en los lugares preestablecidos de recogida domiciliaria. 2.- Las referidas bolsas, perfectamente cerradas, se depositarán en el interior de los contenedores existentes en la vía pública o, en su defecto, en los puntos concretos establecidos, de manera que no queden dispersadas, no ensucien la acera ni molesten el tránsito peatonal que por ella pudiera discurrir. 3.- Asimismo, está prohibido dejar abandonadas bolsas en aceras, portales o escaleras. 4.- Se prohíbe arrojar basuras o efectuar cualquier clase de vertidos en los cauces o márgenes de ríos o arroyos. Queda prohibido arrojar residuos, aceites, grasas, productos inflamables y análogos en la vía publica o al a red municipal de saneamiento a través de la red de alcantarillado, debiendo ser objeto de reciclaje. 5.- Los Establecimientos públicos y supermercados tendrán una especial consideración con los desperdicios que desprendan olor por su naturaleza y utilizarán bolsas o recipientes que impidan dichos olores. Asimismo, extremarán el cumplimiento del horario para depositar la basura. 6.- La ubicación de los contenedores será fijada por la autoridad municipal, no pudiéndose modificar su ubicación sino por la misma. Artículo 31. Horario de recogida. 1.- Los usuarios del servicio deberán cumplir con exactitud el horario establecido para depositar las bolsas de basura en los contenedores o, en su defecto, en los puntos concretos establecidos. 2.- Los días en que no haya recogida queda prohibido sacar a la calle las bolsas de basura, así como depositar las bolsas de basura una vez que el contenedor haya sido recogido por el camión de servicio. 3.- Los papeles y cualquier tipo de envoltorio deberá depositarse en las papeleras ubicadas en los distintos puntos del municipio, en ningún caso en el suelo. Los padres o tutores serán responsables cuando sus hijos menores incumplan esta prescripción. Artículo 32. Residuos pesados o voluminosos. 1.- Se considerarán como voluminosos los muebles viejos, electrodomésticos, enseres inservibles y similares. 2.- Los usuarios de este servicio deberán depositar los residuos en los contenedores situados en los puntos habituales de recogida. Artículo 33. Recogida selectiva de residuos. Los usuarios del servicio de recogida de basura tienen la obligación de utilizar correctamente los contenedores de recogida selectiva: 1.- Las botellas y demás enseres de vidrio se depositarán en los contenedores ubicados al efecto. 2.- Los papeles, cartones y embalajes se depositarán en los contenedores específicamente destinados para ello. 3.- Los envases de plástico, lasta y tetrabrik se depositarán en los contenedores específicamente destinados a tal fin. 4.- Los residuos orgánicos y aquellos otros no selectivos se depositarán en los contenedores específicamente destinados al efecto. 5.- Las pilas de depositarán en los contenedores específicamente destinados al efecto. 6.- Solo se podrá depositar la basura en aquel contenedor que sea el específicamente previsto para ello. Artículo 34. Colaboración ciudadana. Los ciudadanos prestarán su colaboración en aquellos otros
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sistemas de recogida selectiva que puedan ser establecidos por el Ayuntamiento u otras instituciones, tales como puntos limpios, recogidas especiales, campañas de reciclado, etc. Artículo 35. Eliminación de escombros y desechos de obras. 1.- Los escombros o desechos procedentes de obras o derribos, así como las tierras procedentes de vaciado o movimientos de tierras, habrán de eliminarse con medios propios o ajenos contratados a tal fin por los interesados, quienes los depositarán en los lugares específicos habilitados para ello. 2.- Los escombros a que se refiere este artículo sólo podrán depositarse en la vía pública utilizando para ello contenedores adecuados, cuya instalación habrá de cumplir los requisitos y condiciones establecidos por el Ayuntamiento, debiendo permanecer vacíos durante el fin de semana. 3.- Cuando los contenedores se encuentren llenos de escombros, se procederá, en un plazo no superior a 48 horas, a su retirada y sustitución por otros vacíos. Artículo 36. Vehículos de transporte. Los vehículos destinados al transporte de tierras, escombros y en general productos a granel deberán estar perfectamente revestidos para evitar el vertido de parte del contenido a lo largo de su recorrido, bien por deficiencias del vehículo o por exceso de volumen de la carga. Artículo 37. Depósito de escombros. Se prohíbe depositar escombros en terrenos o zonas que no estén autorizados por el Ayuntamiento mediante la oportuna licencia o autorización de depósito o vertedero, siendo responsables del incumplimiento las personas que lo realicen y, en caso de ser transportados con vehículos, los propietarios de estos. Artículo 38. Otros vertidos. En los contenedores de escombros no podrán verterse otro tipo de residuos y su contenido no deberá exceder de la rasante establecida por su límite superior. La limpieza de la vía pública utilizada por estos contenedores corresponderá al responsable de la obra que genere los escombros. TÍTULO VII.- DE LAS NORMAS DE CONSERVACIÓN, SEGURIDAD, REHABILITACIÓN, ESTADO RUINOSO, ORNATO Y CABLEADO. Artículo 39. Objeto. El objetivo de los siguientes artículos es regular para el municipio de Torrecampo la obligación de los propietarios de bienes inmuebles de conservarlos en estado de seguridad, salubridad y ornato público así como, en su caso, el deber de rehabilitación. Artículo 40. Deber de conservación. Los propietarios conservarán los terrenos, urbanizaciones y edificaciones en los términos establecidos en las Normas Urbanísticas. En el caso de incumplimiento de los deberes a que se refiere el artículo precedente la Administración Municipal dictará orden de ejecución en los términos establecidos en esta Ordenanza. Artículo 41. Titulares de solares y edificios. Los titulares de los edificios serán responsables directos del régimen de derechos y obligaciones que se deriven de dicha titularidad. Aquellos que no residen habitualmente en el término de Torrecampo deberán comunicar al Ayuntamiento el nombre de la persona, residente en el municipio, que los represente. A falta de comunicación se considera como tales: 1.- Los administradores, apoderados o encargados de los propietarios no residentes. 2.- Los inquilinos, cuando los administradores o encargados no residan en el término municipal de Torrecampo. 3.- En el caso de fincas rústicas, los colonos, arrendatarios o aparceros.
Artículo 42. Licencia municipal. Todo acto de edificación u obra requerirá la preceptiva licencia municipal. Asimismo, las empresas suministradoras de energía eléctrica, telefonía, agua y cualquier otra cuando tuvieran que tender en la vía pública o en subsuelo de la misma cables o conducciones de agua, electricidad u otras, así como instalar postes, palomillas y cajas de amarre y de distribución deberán solicitar la preceptiva licencia. El pintado, mientras mantenga la fisonomía inicial y no cambien los colores, no necesita preceptiva licencia municipal. Cualquiera otra modificación sí la requerirá. Artículo 43. Del mantenimiento de los edificios y solares. Cuando un edifico o solar situado en el término municipal de Torrecampo contravenga las exigencias de mantenimiento de las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público de acuerdo con la legislación específica vigente en cada momento, se procederá a la apertura del oportuno expediente sancionador contra el titular del mismo. La conclusión de dicho expediente administrativo, tendrá como finalidad el restablecimiento a costa de los titulares de los edificios o solares, de las condiciones debidas. Articulo 44. Del mantenimiento de fachadas. 1.- Los propietarios, y en su defecto los ocupantes, vendrán obligados al adecuado mantenimiento de las fachadas de sus edificios. El Ayuntamiento podrá ordenar la ejecución de obras para tal fin que, caso de incumplirse, serán realizadas directamente por él, a costa del responsable y sin perjuicio de la correspondiente sanción. 2.- Las fachadas de las edificaciones, tanto las existentes como las de nueva construcción o rehabilitación, deberán ajustarse al entorno en el que se encuentren y estarán siempre de acuerdo con las especificaciones dadas en la normativa vigente sobre la materia. 3.- Mediante resolución de la Alcaldía, previo informe de los servicios técnicos municipales, y una vez oído el titular responsable, se señalarán las medidas necesarias para el cumplimiento de estas obligaciones y el plazo para su ejecución. Artículo 45. Solares. Los solares existentes en el casco urbano no afectados por licencia de obras o próxima construcción deberán hallarse debidamente vallados con el cerramiento previsto en la normas urbanísticas, sin permeabilidad en ningún punto, enfoscados y blanqueados. El cerramiento deberá situarse en la alineación oficial. Artículo 46. Conexiones a las redes de suministros. 1.- Estas conducciones deberán someterse en cuanto a condiciones técnicas a su normativa específica y, en su defecto, a las condiciones que dicten los técnicos municipales competentes. Una vez terminada la obra, será obligación del promotor restablecer el pavimento de la vía pública, a fin de que quede en perfectas condiciones. Caso de que no se restablezca o de un restablecimiento defectuoso, el Ayuntamiento podrá restablecerlo con cargo al promotor responsable y con independencia de las sanciones que recaigan por su inobservancia. Previa a su ejecución, además del pago de las tasas correspondientes deberá depositar un aval como garantía de buena ejecución en los términos que establezca la Ley, aval que dependerá del importe de la obra. 2.- La acometida a la red de saneamiento se realizará previa la preceptiva licencia municipal, ajustándose a lo prevenido en el informe del técnico municipal competente y siempre mediante arqueta sifónica, nunca de forma directa. La arqueta no podrá estar situada en la vía pública o espacio exterior municipal. 3.- La acometida a la red municipal de suministro de agua
potable será realizada mediante tubería de polietileno con un diámetro mínimo de 3/4 pulgadas o aquel que se requiera según proyecto y sólo podrá ser ejecutada por los servicios municipales o la empresa concesionaria del suministro. 4.- La acometida a la red eléctrica será soterrada en aquellas calles y urbanizaciones donde la línea eléctrica también lo sea y de acuerdo con las especificaciones y condiciones técnicas que la normativa especifica por razón de la materia prevea. Artículo 47. Obligaciones de las empresas suministradoras. 1.- En las nuevas urbanizaciones y promociones de viviendas el cableado debe ir debidamente soterrado de acuerdo con la normativa vigente. 2.- En el caso de sustitución o reposición del cableado, su ubicación se fijará en la parte más alta del edificio, siempre respetando las cornisas tradicionales, teniendo la obligación la empresa instaladora de retirar todo el tendido repuesto, así como el cable inutilizado, o las grapas inservibles, siendo responsable de todos los deterioros causados. 3.- No se podrá clavar o fijar grapas ni ningún otro material en portadas, fachadas o ventanas singulares. 4.- La utilización de garras o palomillas en las fachadas se hará de forma muy justificada y con expresa autorización del Ayuntamiento. Será obligatorio retirarlas cuando se hallen en desuso. 5.- El Ayuntamiento anunciará de la forma más efectiva posible los cortes en el suministro de agua y luz de los que tenga noticia anticipada. Artículo 48. De los desperfectos a causa de las obras. 1.- El coste de la reparación de los desperfectos que se produzcan en el dominio público municipal, tales como instalaciones, redes y mobiliario urbano, vías públicas, parques y jardines, etc., serán a cargo del promotor de la obra y en su caso del transportista. 2.- Serán a cargo del propietario de la finca en obras los costes originados por la retirada y posterior colocación del cableado o de farolas y de los restantes elementos que componen el alumbrado público. 3.- Para la retirada de elementos fijos pertenecientes al alumbrado público, será necesario solicitarlo al Ayuntamiento. La ejecución se realizará bajo la supervisión del técnico municipal competente. Artículo 49. Canalización de aguas pluviales. 1.- Para la canalización de las aguas de lluvia procedentes de las cubiertas en edificios ya construidos o que gocen de protección especial se estará a lo que determine el Área de Rehabilitación Integral o en su caso los Servicios técnicos municipales competentes. 2.- No está permitido los vertidos directos, salvo autorización especial por circunstancias de carácter histórico-artísticas, desde las cubiertas a la calle, debiendo colocarse canalones vistos o empotrados que desaguarán mediante bajantes. Artículo 50. Elementos salientes del edificio. 1.- Las macetas y jardineras de los balcones y ventanas se colocarán de manera que su vertical caiga siempre dentro del balcón o descanse sobre la anchura de la ventana y estarán sujetados y protegidos para evitar que puedan caer a la vía pública o espacios de uso público, en especial en casos de vientos o lluvia fuertes. 2.- Se entiende por elementos salientes, las antenas receptoras de televisión tradicionales, parabólicas y de radio, las chimeneas, aparatos de aire acondicionado, depósitos de agua o de combustible GLP, pararrayos, carteles anunciadores y de publicidad estática y otros. 3.- La colocación de los mismos debe en todo momento ajustarse a la Normativa Específica por razón de la materia. 4.- En cualquier caso será obligatorio el cumplimiento de
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las siguientes normas: Antenas (convencionales o parabólicas): Se deben colocar siempre en la cubierta o patios interiores. Con carácter general, se colocará una por cada vivienda individual o adosada y una por cada bloque o edificio en régimen de propiedad horizontal, de acuerdo con la normativa vigente. Deberán ser instaladas en el lugar menos visible desde cualquier punto de vista de la edificación y retranqueadas, siempre que sea posible, a 3 metros como mínimo de la línea de fachada. Ni el cableado ni los vientos de sujeción podrán discurrir por la fachada ni atravesar las calles. Está prohibido colocar antenas parabólicas en las fachadas. Las antenas de radio-aficionados se colocarán obligatoriamente en las cubiertas de acuerdo con lo que dicte su normativa específica y con expresa autorización del Ayuntamiento. Chimeneas: Las chimeneas, ya sean de ventilación, de hogar, de calentadores o calderas y de cualquier otro tipo, deberán cumplir con la normativa técnica específica que le es de aplicación y en cualquier caso con los siguientes requisitos: 1.- Las chimeneas de salidas de humos deberán ser de fábrica y lucidas y lo más parecidas a las de su entorno. Las de ventilación de cuartos deberán ser de un material y color acordes con el entorno en que se coloquen, no permitiéndose las de fibrocemento en su color originario. 2.- En el resto del suelo urbano podrán ser como determine los técnicos municipales. Aparatos de aire acondicionado y de ventilación: Deben colocarse siempre en la cubierta, en un lugar diseñado especialmente para su ubicación, o en su defecto en la parte interna o patio interior de la vivienda. Estarán siempre protegidas por elementos que permitan la ventilación pero ni la vista desde el exterior ni la transmisión de ruidos y vibraciones. La ventilación que resulte imposible colocar en la cubierta y dé directamente a la vía pública no podrá instalarse a una altura inferior de 3 metros de la calzada. La colocación de estas máquinas en las fachadas sólo se permitirá en casos muy justificados y con expresa autorización del órgano competente para otorgar la correspondiente licencia de obra. Depósitos: Los depósitos, tanto de agua como los de almacenamiento de combustible, estarán siempre colocados de tal forma que no puedan ser vistos desde ningún lugar de la calle, o protegidos por elementos de fábrica o malla metálica tupida. Se preferirá su colocación en azoteas, bajo cubierta, sótanos o a nivel del terreno. Carteles de publicidad: Se colocarán de acuerdo con lo contenido en las normas urbanísticas. Artículo 51. Ocupación Vía Pública. Si la obra requiere la ocupación de la vía pública con vallas, andamios u otros elementos de similar naturaleza, se deberá liquidar la tasa por aprovechamiento de la vía pública que establezca la ordenanza municipal al efecto. Artículo 52. Medidas de seguridad en las obras. 1.- No se podrá realizar ninguna obra sin haber obtenido licencia municipal para ello y adoptado las medidas de seguridad dictadas por un técnico competente para evitar accidentes y riesgos laborales. 2.- Es obligatoria la instalación de vallas en todas las construcciones de edificios, obras exteriores y derribos y para la ocupación de la vía pública con materiales destinados a la ejecución de obras interiores. En ningún caso el espacio libre de acera será inferior al
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permitido en la licencia. De no ser posible, se facilitará el paso de peatones mediante tablones y pasarelas debidamente protegidas y señalizadas y siempre teniendo en cuenta la Ley de Accesibilidad. En todo caso, las vallas o elementos protectores de la obra tendrán la altura suficiente para impedir la caída de materiales y escombros en las aceras o calzadas. 3.- El justificante de haber obtenido licencia municipal de obra deberá exhibirse a los agentes de la autoridad que lo requieran. 4.- Los servicios técnicos municipales podrán exigir la adopción de medidas de seguridad para la protección de terceros con independencia de las condiciones técnicas y particulares de la obra cuando así lo consideren razonadamente. 5.- Salvo expresa autorización municipal, los accesos a las obras deberán estar limpios y transitables, especialmente en días festivos y fines de semana, en especial libres de materiales, acopios o escombros. 6.- Sólo se admitirán ocupaciones de la vía pública e interrupciones del tráfico relacionadas con las obras cuando por su promotor se cuente con la previa y preceptiva autorización municipal expresa, en la que se fijará el plazo máximo de ocupación. Esta autorización deberá fijarse en la obra de forma que pueda ser vista por los vecinos. Toda ocupación de la vía pública deberá conllevar la debida señalización. Artículo 53. Estado Ruinoso de las Edificaciones. Procederá la declaración de estado ruinoso de las edificaciones en los supuestos establecidos por las normas urbanísticas de aplicación. En cualquier caso y con carácter temporal, podrá el órgano municipal competente ordenar los apuntalamientos indispensables. Si éstos debieran apoyarse en los inmuebles vecinos, sus propietarios vendrán obligados a soportarlos, por razón de la urgencia, y con obligación de ser informados oportunamente. Artículo 54. Ejecución Municipal. Sin perjuicio de las sanciones que procedan en los casos de incumplimiento, el Ayuntamiento, tras el apercibimiento previo, podrá realizar con sus propios servicios las prestaciones impuestas en los artículos anteriores cuando se haya superado el plazo para su ejecución por parte de su propietario. No se interrumpirá dicha ejecución subsidiaria cuando se haya iniciado, aunque el obligado manifestare su propósito de realizar la prestación incumplida por su cuenta. El Ayuntamiento liquidará a los obligados los derechos que le correspondan por el coste real del servicio. TÍTULO VIII.- TENENCIA DE ANIMALES EN EL ENTORNO DOMÉSTICO. Artículo 55. Objeto. Los siguientes artículos referentes a la tenencia de animales pretenden regular las interrelaciones entre personas y animales domesticados, tanto los de convivencia humana como los utilizados con fines deportivos y lucrativos. Artículo 56. Animales domésticos. Con carácter general se autoriza la tenencia de animales domésticos en los domicilios particulares siempre que las circunstancias higiénicas lo permitan y no produzcan ninguna situación de peligro o incomodidad para los otros vecinos u otras personas. Artículo 57. Especies protegidas. No podrán tenerse como animales domésticos los que pertenezcan a especies protegidas o que estén en riesgo de extinción ni aquellos que no puedan adaptarse a la cautividad, ya sea por sus condiciones naturales o por representar un peligro para la salud y la seguridad de las personas o para otros animales que convivan con ellos. Artículo 58. Razas peligrosas.
Los propietarios o poseedores de perros de razas peligrosas están obligados a censarlos en los servicios municipales correspondientes y cumplir las demás normas de aplicación sobre la materia. Artículo 59. Deposiciones de animales en lugares públicos. En las vías públicas los animales habrán de ir siempre acompañados por sus propietarios o una persona responsable. La persona acompañante del animal adoptará las medidas adecuadas para que no pueda ocasionar molestias o daños a personas y bienes. En las vías públicas los perros u otros animales deberán ir provistos de correa y collar con la identificación censal del animal. Las personas que paseen con perros u otros animales deberán impedir que estos depositen excrementos en las aceras, paseos, jardines y otros lugares públicos similares. Los propietarios son los responsables de la eliminación de estas deposiciones. En el caso de infracción de esta norma los agentes de la autoridad municipal podrán requerir al propietario o a la persona que lleve al perro para que retire los excrementos del animal. Si este requerimiento no fuese atendido, se podría imponer la sanción pertinente. Las deposiciones recogidas se colocarán de forma higiénica en bolsas de basura o en contenedores de basura. Artículo 60. Prohibición de entrada de animales en locales y abandono de animales. Queda prohibida la entrada de perros en toda clase de locales destinados a la distribución, fabricación, venta, almacenamiento, transporte y manipulación de alimentos. Los propietarios de hoteles, pensiones, bares, restaurantes, cafeterías y similares podrán prohibir a su criterio la entrada y permanencia de perros en sus establecimientos señalizando visiblemente en la entrada tal prohibición. Queda prohibido la entrada de perros y gatos en locales de espectáculos públicos, deportivos y culturales, incluidas las piscinas públicas. Las prohibiciones de este párrafo no afectan a los perros guía. Queda prohibido el abandono de cualquier tipo de animales, domésticos o no y vivos o muertos. TÍTULO IX.- INFRACCIONES Y SANCIONES. Artículo 61. Sanciones. Las infracciones de las prescripciones establecidas en la presente Ordenanza serán constitutivas de infracción administrativa y, sin perjuicio de la reparación del daño causado, determinará la imposición de las siguientes sanciones: 1.- Por infracciones leves, multa de 30 a 150 euros. 2.- Por infracciones graves, multa de 151 a 300 euros. 3.- Por infracciones muy graves de 301 a 1.500 euros. Podrá también acordarse: - La suspensión de la actividad causante de la molestia. - La clausura temporal o definitiva en aquellas infracciones en que se aprecie reiterada resistencia al cumplimiento de lo ordenado por la alcaldía o manifiesta actitud del titular de la instalación en el sentido de dificultar, falsear o desvirtuar el resultado de la inspección. Artículo 62. Infracciones leves. Son infracciones leves a) Alterar o perturbar el orden y tranquilidad pública con escándalos, riñas y tumultos, así como faltar al respecto y consideración de los ciudadanos. b) No cumplir puntualmente las disposiciones de las autoridades y bandos de las Alcaldía sobre la conducta del vecindario y no observar las prohibiciones especiales que en su caso se establezcan. c) Arrojar objetos al suelo en los establecimientos públicos o en la vía pública, así como realizar actos que afeen o ensu-
cien dichos locales y vías. d) Bañarse, lavar ropas u objetos de uso común, introducir animales, enturbiar el agua, abandonar bajo el chorro cántaros, cubos o cualquier otro envase o recipiente, lavar vehículos en fuentes, caños y abrevaderos públicos contra lo establecido en esta Ordenanza y, en época de estío, sacar agua en grandes recipientes sin contar con autorización municipal. e) Dificultar el tránsito por la vía pública a niños, ancianos y disminuidos físicos y psíquicos en especial en aquellos cometidos que por sus deficiencias entrañen dificultades y/o peligro. f) Colocar en la vía pública jardines u otros objetos decorativos que no han sido debidamente autorizados. g) La colocación de toldos en fachadas sin autorización. h) Almacenar envases, cajas o similares y en general cualquier tipo de objetos que dificulten el tránsito o causen trastornos a los ciudadanos en la vía pública. i) El tendido o exposición de ropa en balcones, ventanas, antetechos, terrazas exteriores o cualquier otro lugar que por su situación y orientación a la vía pública sean normalmente visibles desde la misma. j) La ocupación de la vía pública con máquinas expendedoras o de dispensación automática, máquinas de fotos fijas, máquinas recreativas y veladores o mesas sin la obtención previa de licencia o autorización municipal o sin ajustarse a estas. k) La realización de actividad económica o laboral no autorizada, en especial las de tipo de “aparcacoches” “Limpiaparabrisas” o similares, cuando no cuenten con autorización expresa del Ayuntamiento o no se ajusten a las condiciones de ésta y causen perjuicio o molestia al resto de ciudadanos. l) La venta no sedentaria en la vía pública sin autorización municipal. m) La celebración del botellón en lugar no habilitado por el Ayuntamiento a tal efecto o consumir bebidas fuera de los locales cuando no se haya autorizado previamente. n) En edificios particulares destinados a vivienda o residencia dentro del casco urbano, dejar trascender ruidos a la vía pública o a la comunidad vecinal, especialmente durante las horas de descanso. o) La perturbación de la tranquilidad ciudadana por uso de motor, bocinas, otros elementos sonoros o dispositivos acústicos tanto en la vía pública como en el interior de edificios públicos o privados p) No proceder los titulares de establecimientos al barrido o limpiado de las aceras y vía pública para dejarlas libres de residuos, embalajes, papeles y similares tras la realización de las actividades de carga y descarga. q) Dejar residuos, embalajes o papeles fuera del contenedor. r) No limpiar y barrer las veces que sea preciso la superficie de la vía pública concedida y hasta dos metros más allá de su perímetro por parte de los titulares de quioscos y de licencias de tómbolas, rifas y sorteos, entre otros, o no mantener limpias los titulares de licencia de vallas, las aceras donde tengan colocadas las mismas. s) Entregar la basura en sacos, cajas de cartón o cualquier otro recipiente que no sean bolsas de basuras perfectamente cerradas o dejar residuos, embalajes o papeles fuera del contenedor o en aceras, portales o escaleras. t) No cumplir con exactitud el horario establecido para depositar la basura en los contenedores o sacar a la calle las bolsas de basura los días que no hay recogida. No depositar la basura en el contenedor que sea el específicamente previsto para ello o verter en dichos contenedores otro tipo de residuos. u) No limpiar de la vía pública los escombros que genere la obra.
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v) No exhibir el dueño de una obra o el responsable a la autoridad que se lo requiera el justificante de haber obtenido licencia municipal de obra. w) No impedir los propietarios que sus animales depositen excrementos en vía pública, no eliminarlos o no recogerlos en bolsas de basura cuando no hayan podido impedir que lo depositen. x) Realizar el transporte de tierras, escombros y en general productos a granel en vehículos que no se hallen perfectamente revestidos para evitar el vertido de parte del contenido a lo largo de su recorrido. y) La entrada de perros y gatos en cualquier local destinado a la distribución, fabricación, venta, almacenamiento, transporte y manipulación de alimentos o en locales de espectáculos públicos, deportivos, culturales y piscinas públicas, así como en el cementerio. Se exceptúan de esta prohibición, los perros guía. Artículo 63. Infracciones graves. Son infracciones graves: a) La comisión de una infracción leve cuando el sujeto hubiera sido anteriormente sancionado por otras dos leves en un periodo vigente de 3 meses. b) La colocación o pegada de carteles y adhesivos y cualquier actividad publicitaria en los lugares no autorizados expresamente por el Ayuntamiento, y de forma especial en aquellos edificios calificados de histórico-artísticos, en los edificios públicos y en el mobiliario urbano. c) Arrojar al suelo toda clase de pasquines, octavillas u otros elementos publicitarios d) Arrojar basuras o efectuar cualquier clase de vertidos en los cauces o márgenes de los ríos o arroyos. e) Arrojar en los contenedores genéricos las tierras de desmonte y los escombros o desechos de obras y los animales muertos o sus despojos, así como cualquier material específico de riesgo que deba tener una recogida especial. f) La realización de instalaciones que desprendan humo, olores o vapores directamente a la vía pública, por línea de fachada o patios comunes, tanto si se trata de locales de vivienda como si lo son de actividad industrial o comercial. g) Depositar escombros en terrenos o zonas que no estén autorizados por el Ayuntamiento mediante la oportuna licencia o autorización del depósito o vertedero. h) La realización de desperfectos en bienes de dominio público municipal cuando haya ocurrido por negligencia y no sean de gravedad. i) La ocupación de la vía con materiales o maquinaria de tal manera que se impida el paso de los peatones y no se hallan adoptados las medidas para que los mismos puedan pasar. j) No encontrarse limpios y transitables los accesos a las obras, especialmente en días festivos y fines de semana, salvo autorización municipal. k) La ocupación de la vía pública e interrupción del tráfico sin la previa y preceptiva autorización municipal o señalizada inadecuadamente. l) No cumplir la obligación de censar a los perros de razas peligrosas. m) No mantener los solares y viviendas en adecuadas condiciones higiénicosanitarias o de salubridad. n) Impedir a otra u otras personas la legítima utilización de un servicio público. Artículo 64. Muy Graves. Son infracciones muy graves: a) La realización dos o más de cualquiera de las infracciones graves en el periodo vigente de tres meses. b) Causar graves daños a los bienes de dominio público y, en especial, a equipamientos, mobiliario, plazas y jardines. c) No adoptar las medidas de insonorización establecidas,
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sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa especifica sobre la materia. d) Cuando se trate de establecimientos públicos y supermercados, verter en los contenedores fuera del horario establecido, directamente o en bolsas, basura que desprenda olor. e) Ocupar la vía pública con maquinaria u otros elementos de manera que impidan el paso peatones y suponga un peligro para los mismos. f) No pedir la preceptiva licencia municipal, tanto los particulares como las empresas constructoras o suministradoras de energía eléctrica, gas, telefonía o cualquier otra. g) No proceder los propietarios de los edificios y, en su defecto, sus ocupantes, al adecuado mantenimiento de las fachadas. h) No adecuarse las edificaciones tanto existentes como de nueva construcción o rehabilitación al entorno en el que se encuentren. i) No hallarse los solares existentes en el casco urbano debidamente vallados. j) No realizarse las conexiones a la red de suministro según las condiciones establecidas en esta Ordenanza y conforme a lo establecido en la normativa especifica sobre la materia. k) No cumplirse por parte de las empresas suministradoras las obligaciones establecidas para ellas esta Ordenanza. l) No procederse por parte de los promotores, transportistas y propietarios de fincas a lo dispuesto sobre elementos salientes del edificio. m) No proceder a reparar por parte de sus propietarios aquellos edificios que se encuentren en estado ruinoso una vez requeridos para ello. n) Realizar cualquier construcción, obra o reparación menor sin adoptar las medidas de seguridad dictadas por un técnico competente para evitar accidentes y riesgos laborales. o) No instalar vallas en las construcciones de edificios, obras exteriores y derribos que garanticen la seguridad de personas y bienes. p) Abandono de cadáveres de animales de toda especie en cualquier clase de terrenos, así como arrojarlos a los ríos, sumideros o alcantarillas, o enterrarlos o inhumarlos en terreno de propiedad pública. Artículo 65. Personas responsables. 1.- Con carácter general, son personas responsables de las infracciones contenidas en la siguiente Ordenanza los causantes del daño o perturbación, o, en su caso, las personas de quien dependan o los titulares de la actividad productora de las molestias. 2.- Los autores materiales de las infracciones sea por acción u omisión, si bien cuando estos sean menores de edad responderán de los incumplimientos sus padres, tutores o quien tenga la custodia legal. 3.- En las infracciones cometidas con motivo de la utilización de vehículos a motor será responsable la persona física o jurídica propietaria de los mismos o, en su caso, el conductor. 4.- La responsabilidad administrativa por las infracciones a las que se hace referencia en esta ordenanza será independiente de la responsabilidad civil, penal o de otro orden que pueda derivarse. Sin perjuicio de la sanción que pueda corresponder, el infractor debe reparar el daño causado en los plazos que en cada caso se determinen siempre que sea posible. Artículo 66. Procedimiento. 1.- No se podrá imponer ninguna sanción sino en virtud de expediente instruido al efecto con arreglo al procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.
2.- No obstante, para la imposición de sanciones leves no será preceptiva la previa instrucción de expediente a que se refiere el párrafo anterior, sin perjuicio del trámite de audiencia al interesado que deberá evacuarse en todo caso. 3.- El órgano competente para la resolución del procedimiento sancionador será el Alcalde, conforme dispone el artículo 21.1.n) de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Artículo 67. Graduación de las sanciones. En la imposición de las sanciones se deberá guardar la debida adecuación entre la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y la sanción aplicada, considerándose especialmente los siguientes criterios para la graduación de las sanciones: 1.- La existencia de intencionalidad. A estos efectos, se presume la intencionalidad en la conducta del titular cuando se haya producido requerimiento o invitación previa por parte del Ayuntamiento para que adopte determinadas medidas o cese en la producción de las molestias. 2.- La reiteración en los hechos cuando se produzcan molestias en el ejercicio de la actividad periódica o frecuentemente repetida en el tiempo, en contraposición al carácter ocasional de la infracción. 3.- La naturaleza y gravedad de los daños y perjuicios causados. Artículo 68. Prescripciones de las infracciones. Las infracciones a que se refiere la presente ley prescribirán al cumplirse el siguiente periodo desde la comisión de los hechos: 1.- Seis meses, en caso de infracciones leves. 2.- Dos años, en caso de infracciones graves. 3.- Tres años, en caso de infracciones muy graves. Artículo 69. Medidas provisionales compatibles con el ejercicio de la potestad sancionadora. 1.- Con la finalidad de asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer y evitar daños y molestias, el órgano competente para iniciar el procedimiento sancionador y el órgano instructor podrán adoptar mediante resolución motivada las medidas de carácter provisional que resulten necesarias. 2.- El cumplimiento o ejecución de las medidas de carácter provisional o de las disposiciones cautelares que en su caso se adopten se compensarán, cuando sea posible, con la sanción impuesta. DISPOSICIÓN FINAL. La presente Ordenanza se aprobará con sujeción al procedimiento establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y permanecerá en vigor en tanto no se derogue o modifique, una vez se publique íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y transcurra el plazo señalado en el artículo 65 de la mencionada Ley.” PRIMER PUNTO URGENTE: AMPLIACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS REFORMAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL CON POSIBLE DEMOLICIÓN DE NICHOS: El Ayuntamiento Pleno, en sesión de 5 de febrero de 2009, visto el estado ruinoso de 66 nichos del ala izquierda según se entra, acordó abrir un plazo de tres meses para que los titulares de las concesiones o familiares legitimados más próximos autorizaran el traslado de los restos a otros nichos del cementerio o a otros cementerios. Posteriormente, el Ayuntamiento ha podido constatar el estado igualmente ruinoso de un total de 29 nichos contiguos a los antes expresados que en todos los casos guardan restos consecuencia de inhumaciones con más de 15 años de antigüedad. Por todo ello, por unanimidad de los señores Concejales presentes, lo que representa mayoría absoluta, a propuesta del
Sr. Presidente se acuerda declarar urgente el asunto y tratarlo inmediatamente. Acto seguido por idéntica mayoría, se acuerda: Primero: Abrir un plazo de tres meses para que los titulares de las concesiones o familiares legitimados más próximos de los 29 nichos afectados autoricen el traslado de los restos a otros nichos del cementerio o a otros cementerios. Dicho traslado se realizará a costa del Ayuntamiento en todo lo que afecte al Cementerio Municipal de Torrecampo, pero el titular de las concesión o el familiar legitimado más próximo deberá abonar el coste del nicho si éste es nuevo y han transcurrido más de 50 años desde la primera inhumación, plazo máximo de la concesión a que se refiere el artículo 57 del Reglamento Municipal Regulador del Servicio de Cementerio. Pasados los citados tres meses sin que se haya producido el traslado voluntario de los restos, el Ayuntamiento procederá a realizar un traslado forzoso de los mismos al osario o a un nicho común. Segundo: Los traslados se realizarán el decimoquinto día posterior a su solicitud, al nicho que el día del traslado toque de acuerdo con el criterio seguido regularmente. SEGUNDO PUNTO URGENTE: REFORMA DE LA CARRETERA DE TORRECAMPO A VILLANUEVA DE CÓRDOBA: Doña Francisca Cantador Cobos propone que se incluya como urgente un punto que trate del arreglo de la carretera de Torrecampo a Villanueva de Córdoba, dado el estado de la misma y lo urgente de su reparación. Sometida votación la propuesta, resulta aprobada por unanimidad. Doña Francisca Cantador Cobos expone que la próxima apertura de la Estación del AVE en Villanueva de Córdoba hace que la carretera de Torrecampo a esa localidad, por la que actualmente resulta muy peligroso circular, cobre una nueva dimensión y hace que la necesaria reparación de la misma resulte insuficiente, pues lo que procedería sería transferir la citada vía a la Junta de Andalucía, a fin de que ésta hiciera una reforma en profundidad. El Sr. Presidente expresa que el Diputado Provincial encargado de la materia le ha hecho saber su intención de que la institución a la que representa proceda a una reparación de la carretera que incluiría algunas reformas en el trazado. Añade que, ante lo incierto de la reforma en profundidad que realizaría la Junta de Andalucía, sería conveniente no renunciar a la certeza que supone la reforma que le ha sido ofrecida por la Diputación Provincial. Acto seguido, a propuesta de doña Francisca Cantador Cobos, se acuerda por unanimidad: Primero: Solicitar a la Diputación Provincial de Córdoba que transfiera a la Junta de Andalucía la carretera de Torrecampo a Villanueva de Córdoba a fin de que, ya como carretera autonómica, se realice en ella una reforma en profundidad que elimine los riesgos actuales y posibilite el acceso a la estación del AVE de Villanueva de Córdoba. SEIS.- RUEGOS Y PREGUNTAS: Doña Francisca Cantador Cobos PREGUNTA por el estado de la tramitación de las subvenciones para larehabilitación autonómica. Le contesta el Sr. Presidente que ya se ha recibido el dinero y que en el día de hoy ha ido a Córdoba a recoger los proyectos técnicos, los cuales serán entregados a los beneficiarios en la sesión informativa del próximo lunes, día 18 de mayo. ***** Doña Francisca Cantador Cobos formula el RUEGO de que se permita participar a los miembros de su grupo en el diseño del proceso para la adjudicación del servicio de la caseta
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municipal y del kiosco de la calle Ejido durante la feria. El Sr. Presidente manifiesta que procurará que en sucesivas ocasiones puedan estudiar las bases los representantes de los grupos políticos. D. Justo Romero Campos añade que fue un disparate avisar por teléfono con veinte minutos de antelación al acto en la que se iba a adjudicar la caseta así como que la citación para el acto en que se iba a adjudicar el kiosco no se hizo en la forma adecuada. Añade que, más allá de participar en una mera apertura de sobres, lo que su grupo quiere es participar en la decisión sobre la forma en que se va a proceder a la adjudicación. ***** Doña Francisca Cantador Cobos formula el RUEGO de que los portavoces de los grupos tengan una reunión para analizar el desarrollo de la feria. Le contesta el Sr. Presidente que le parece bien la propuesta, y añade que dicha reunión, con vistas a la feria del año que viene, podría desarrollarse durante el mes de octubre próximo. ***** Doña Francisca Cantador Cobos formula el RUEGO de que se pongan unas cortinas en la Casa de la Cultura para que puedan verse correctamente las proyecciones de cine. Le contesta el Sr. Presidente que atenderá el ruego y se pondrán en el plazo más breve posible. ***** Doña Francisca Cantador Cobos formula el RUEGO de que se ponga un cartel en el mortuorio con los derechos y los deberes de las familias de los difuntos, a fin de que cada uno de ellos sepa a qué atenerse. Le contesta el Sr. Presidente que le parece bien y que se atenderá a lo solicitado. ***** Doña Francisca Cantador Cobos formula el RUEGO de que se arregle el mobiliario infantil de los parques, particularmente las fuentes de agua potable, así como que se ponga una sistema para que los niños no puedan acceder a los cactus. Le contesta el Sr. Alcalde que se tendrá en cuenta el ruego para proceder a la solución del problema. ***** D. Justo Romero Campos formula el RUEGO de que no sea un Concejal quien maneje el censo electoral, dado que hay suficiente personal para ello. Le contesta el Sr. Presidente que en esta ocasión no ha sido un Concejal, sino una trabajadora del Ayuntamiento. ***** D. Justo Romero Campos dice que en el proceso para la adjudicación de la obra de la Guardería Infantil y la Ludoteca, incluida en el Fondo de Inversión Local, se tenía que haber premiado a las empresas que tuvieran al personal empadrona-
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do en Torrecampo. En lugar de eso, se ha obligado a la empresa a solicitar el personal desempleado en la Oficina de Empleo competente en Torrecampo, que es la de Villanueva de Córdoba. Añade que dado que no se ha premiado el tener trabajadores empadronados en Torrecampo, la empresa que se ha hecho con la obra tiene un solo trabajador de Torrecampo de los aproximadamente veinte que tiene contratados, con lo que este pueblo sólo va a obtener el beneficio industrial de los doscientos mil euros que se le han concedido, lo que supone incumplir el fin del Decreto aprobado por el Gobierno, esto es, que los trabajadores tuvieran un sueldo durante unos pocos meses y después pudieran acceder al desempleo. Le contesta el Sr. Presidente que la Ley es muy clara al respecto e impide ese tipo de discriminaciones, así como que si se hubiera hecho como dice el Sr. Romero Campos prácticamente se hubiera definido desde el principio la empresa que iba a ser la adjudicataria del contrato. ***** D. Justo Romero Campos PREGUNTA si se va a hacer con las campanas de la iglesia lo mismo que con las del ayuntamiento, esto es, silenciarlas. Le contesta el Sr. Presidente si el ayuntamiento tiene algo que ver en las campanas de la iglesia. D. Justo Romero Campos aclara que las campanas del Ayuntamiento se silenciaron porque molestaban a los vecinos y las de la iglesia no se han silenciado. Añade que había unos planos redactados por el arquitecto José Luis Amor en los que se recogía una solución para elevar la campana y evitar así que las ondas sonoras chocaran contra los edificios de enfrente. Le contesta el Sr. Presidente que la intención del Ayuntamiento es subir las campana a la parte alta de la fachada. ***** D. Justo Romero Campos formula el RUEGO de que el Ayuntamiento, si es posible, se persone en la causa que se siga contra los jóvenes llegados de fuera que agredieron a un joven del pueblo durante la feria pasada. Asimismo pide que se haga lo posible para que los testigos de los hechos acudan a declarar. Y todo ello a fin de que por culpa del miedo no queden impunes este tipo de comportamientos. El Sr. Presidente, tras detallar la entrevista que tuvo con una pareja de la Guardia Civil en relación con los hechos citados, dice que estudiará la propuesta, si bien inicialmente no es partidario de que el Ayuntamiento se persone en la causa. Lo que podría hacerse es hablar con los padres de los testigos para conocer su opinión o poner los hechos directamente en conocimiento del Subdelegado del Gobierno.
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE FECHA 17 DE JUNIO DE 2009 DOS.- RATIFICACIÓN DE LAS OBRAS APROBADAS PARA EL BIENIO 2010-1011 DEL PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES LOCALES: . Con los votos a favor de los cinco Concejales del PP y los votos en contra de los cuatro Concejales del PSOE-A, se acuerda: Segundo: Solicitar la inclusión en el Plan Plurianual de Inversiones en el que se incluyen y financian los distintos planes o programas provinciales para el cuatrienio 2008-2012, lo más urgentemente posible, de la obras e instalaciones siguientes, por este orden, cuyo Presupuesto total ascendería a 607.924,83 euros. 1º.- Ejecución de un programa integral de ahorro de energía y modernización de instalaciones. 2º.- Terminación del la urbanización del Polígono Industrial. 3º.- Ejecución de instalaciones en los terrenos del recinto ferial. TRES.- APROBACIÓN DEL ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA Y LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA PARA LA GESTIÓN DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA, PARA EL EJERCICIO DE LA POTESTAD SANCIONADORA DERIVADA DE LA ORDENANZA DE VERTIDOS RESIDUALES NO DOMÉSTICOS E INDUSTRIALES: CUATRO.- DECRETOS E INFORMES DE LA ALCALDÍA: El Sr. Presidenteinforma sobre la aprobación por Decreto de las bases para las convocatorias de una plaza delimpiador/a y otra de Alguacil-operario administrativo de servicios varios. Asimismo, informa sobre la instalación de una barrera alrededor de los cactus delparque, de la instalación de unas cartulinas que impiden la entrada de luz en las proyeccionesde cine que se realizan en la Casa de la Cultura, de la reparación de la fuente de la calle Gracia, de la limpieza del pozo de la Fuente Gracia y de la realización de diversas obras en losalrededores del pozo de la Perra y de la Villa. CINCO.- RUEGOS Y PREGUNTAS: Doña Francisca Cantador Cobos pregunta si se sabe algo sobre el trazado de la carretera de Circunvalación. Le contesta el Sr. Presidente que hace unos días asistió en la Delegación de la Consejería en Córdoba a una reunión sobre los posibles restos arqueológicos afectados de lo que ha podido deducir que el trazado proyectado es
que el discurre por detrás del cementerio. D. Justo Romero Campos recuerda que en el Pleno del día 8 de mayo de 2008 hizo un ruego en el sentido de que se pidiera a la Delegación de la Consejería de Obras Públicas que remitiera los estudios o los proyectos sobre el trazado a fin de que pudieran ser examinados por el Ayuntamiento. Dice que, efectivamente, el ruego se ha remitido a la citada Delegación y que el Sr. Alcalde ha llamado en alguna ocasión a doña Francisca Cantador y a él mismo por si querían acompañarlo a la Delegación de la Consejería en Córdoba, lo que le agradece, pero que siempre han expresado su negativa a tales invitaciones porque creen que lo procedente es que el trazado sea estudiado por todos los Concejales, para lo cual es imprescindible que la Delegación de Obras Públicas remita los planos al Ayuntamiento. El Sr. Presidente expresa su conformidad con los comentarios del Sr. Romero Campos y añade que remitirá nuevamente la petición a la Delegación de Obras Públicas, a fin de que ésta remita los planos y, si ello es posible, envíe a uno de sus técnicos para que los explique. ***** Doña Francisca Cantador Cobos pregunta cómo van los trámites para la adjudicación de la obra del PROTEJA. Le contesta el Sr. Presidente que el primer proceso selectivo quedó desierto y que el segundo, iniciado después de que el Ayuntamiento hubiera comprometido a realizar la solera de la pista de pádel, está en fase de adjudicación provisional. ***** Doña Francisca Cantador Cobos pregunta si es posible que los partidos políticos dispongan para el ejercicio de su actividad de uno de los despachos de la Casa de la Cultura. Le contesta el Sr. Presidente que todas las dependencias municipales, incluidas las de la Casa de la Cultura, están a disposición de los grupos políticos municipales y de los partidos políticos. Añade que la determinación de un espacio concreto debería hacerse estudiando la ubicación mejor sobre el terreno. ***** Doña Francisca Cantador Cobos pregunta con qué frecuencia se realiza la limpieza en las dependencias mu-
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nicipales. Le contesta el Sr. Presidente que en el Consultorio y en la Casa Consistorial se hace a diario; en el Mercado, los martes y los viernes; en el Colegio, dos veces por semana, si bien los servicios se limpian a diario, y en la Casa de la Cultura, dos veces por semana, aunque los miembros del Taller de Empleo deben limpiar sus dependencias, además, al menos una vez a la semana. Añade que son muchas las dependencias municipales y mucho el coste de tenerlas como se debería, lo que no siempre es posible, y que parte de la subvención que la Diputación va a conceder al Ayuntamiento de Torrecampo para la contratación de 28 personas durante 15 días, que pueden agruparse hasta los dos meses, se puede destinar a mejorar la limpieza de los recintos antes citados. ***** Doña Francisca Cantador Cobos pregunta por el estado del seto que hay en el jardín próximo al Hogar del
Pensionista. Le contesta el Sr. Presidente que reconoce el mal estado del citado seto, así como que la semana que viene se va a proceder a su reparación. ***** Doña Francisca Cantador Cobos pregunta en qué situación se encuentran las naves de propiedad municipal del polígono industrial. Le contesta el Sr. Presidente que la Mancomunidad de Los Pedroches entregará próximamente al Ayuntamiento la nave que ha construido con financiación parcial del Ayuntamiento. Sobre la nave cedida al delegado de la Covap, dice que se devolverá al Ayuntamiento en unos cuantos meses. Asimismo, manifiesta que podría estudiarse la interconexión de las tres naves municipales, así como que se está en conversaciones con PRODE para ver si es posible destinarlas a la actividad de alguna empresa de economía social.
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE FECHA 3 DE SEPTIEMBRE DE 2009 DOS.- APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL PRESUPUESTO DE 2008: TRES.- MOCIÓN DEL GRUPO SOCIALISTA SOBRE FINANCIACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL: CUATRO.- DECRETOS E INFORMES DE LA ALCALDÍA: El Sr. Presidente informa que próximamente se pondrá en conocimiento de los titulares de nichos afectados por las obras de reforma que no hayan procedido al traslado de los restos que a finales de mes empezarán a realizarse los traslados forzosos de los mismos. CINCO.- RUEGOS Y PREGUNTAS: Doña Francisca Cantador Cobos PREGUNTA qué fue lo que ocurrió en el maratón local de fútbol sala y por qué no se entregaron los premios. Doña María Elena Santofimia Ruiz, que ejercía de Alcaldesa en funciones ese día por vacaciones del titular de la Alcaldía, contesta que se produjeron graves incidentes en una de las semifinales, como consecuencia de los cuales se interrumpió el partido, el cual se reanudó después de reunirse el monitor de Mancomunidad, el árbitro y la monitora municipal. Sin embargo, el otro equipo finalista se ausentó de las instalaciones cuando el partido estaba interrumpido y no se presentó a la final, pues creyó que la interrupción an66
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tes mencionada era definitiva. Añade que debe estimarse como premio la paella que se dio a todos los participantes y que asume la responsabilidad de la decisión que se tomó. D. Justo Romero Campos manifiesta que en la semifinal antes mencionada se produjo la agresión en bloque de uno de los equipos, lo que obligó al árbitro a descalificarlo, aunque dicha descalificación no fue atendida por la monitoria municipal, que obligó a que se reanudara el encuentro con todos los expulsados y sustituyó personalmente al árbitro en el ejercicio de su función durante toda la segunda parte. Por ello pide que se investigue la actuación de esa monitoria y que se adopten las medidas que se tengan que tomar. El Sr. Presidente dice que preguntará a las personas que estuvieron allí y verá que es lo que debe hacerse. D. Felipe Zornoza Ruiz dice que mientras él fue Concejal encargado del Maratón, el monitor nunca hizo de árbitro y se limitó a controlar el acontecimiento deportivo. ***** Doña Francisca Cantador Cobos PREGUNTA por qué no participó el equipo femenino de boley playa en el que campeonato local. Le contesta el Sr. Presidente que desconoce la respuesta, por lo que la contestará en la próxima sesión.
***** Doña Francisca Cantador Cobos PREGUNTA por qué no se celebró el maratón nacional de fútbol sala. Le contesta el Sr. Presidente que no se presentaron equipos suficientes, así como que se ha entrevistado con la viuda de Tomas Rubio Alamillo, concejal de deportes fallecido que da nombre al torneo, a fin de que otra competición deportiva pueda seguir llevando ese nombre. D. Justo Romero Campos dice que es cierto que existen cada vez más dificultades para atraer equipos a los maratones de fútbol sala, pero que no es menos cierto que eso se ha visto agravado por fijar el maratón para agosto, periodo en el que los jugadores están entrenando con el equipos de fútbol que los tiene fichados, y por una deficiente gestión municipal. El Sr. Presidente le dice que, si lo aceptan, desde ese mismo momento les encomienda la gestión del maratón para el próximo ejercicio, así como que pone a su disposición los medios materiales fijados en el Presupuesto y humanos que hagan falta para ello, incluidos a los mismos Concejales del equipo de Gobierno. Le contesta D. Justo Romero Campos diciendo que cada uno debe asumir su papel y el de ellos no es gobernar, así como que no tienen ni el tiempo, ni las posibilidades, ni el dinero que los miembros del equipo de Gobierno, que son los que deben encargarse de la organización de ese acontecimiento deportivo. El Sr. Presidente expresa que antes de organizar ese acontecimiento deportivo consultará con los Concejales de la oposición. ***** Doña Francisca Cantador Cobos PREGUNTA si tienen proyecto las obras que se están realizando en el paraje La Raya. Le contesta el Sr. Presidente que no. En sucesivas intervenciones, D. Justo Romero Campos manifiesta que tiene la impresión de que se está funcionando a golpe de inspiración y que debería aprobarse un proyecto que fijara lo que se va a hacer y el presupuesto de las obras, y D. Felipe Zornoza Ruiz expresa su temor a que en un futuro no puedan mantenerse todas las instalaciones, algo que ya está ocurriendo, por ejemplo, con el arbolado plantado en el Pozo de la Villa. El Sr. Presidente expresa que las obras de construcción del parque de La Raya se están realizado con los distintos módulos del Taller de Empleo, especialmente con los de mampostería y jardinería. El módulo de jardinería, en La Raya, terminará los ramales del agua, regará los jardines y mantendrá el recinto. El módulo de mampostería, en ese mismo parque, terminará la gruta, instalará dos depósitos, hará un chozo y realizará obras en distintos pozos. El módulo de medio ambiente terminará de señalar los caminos que nazcan en el pueblo. D, Justo Romero Campos pregunta si cuando acabe
la escuela taller seguirá empleando trabajadores en La Raya. Le contesta el Presidente que su intención es utilizar La Raya para seguir dando empleo. ***** Doña Francisca Cantador Cobos RUEGA que se convoque a todos los Concejales y al pueblo en general cuando hay concentraciones a la puerta del Ayuntamiento en repulsa por algún asesinato de ETA. Doña María Elena Santofimia Ruiz manifiesta que tras el último asesinato la FAMP mandó la convocatoria con muy poco tiempo y no se pudo avisar con suficiente antelación. El Sr. Alcalde expresa que, convoque o no la FAMP las citadas concentraciones, el Ayuntamiento convocará una concentración para las 12:00 horas del día siguiente al del atentado. ***** Doña Francisca Cantador Cobos PREGUNTA por qué se han podado algunos árboles de los jardines en agosto. El Sr. Presidente expresa que él ordenó que se cortaran algunas ramas secas y que el operario municipal al que se le hizo en encargo cortó, también, algunas ramas verdes. ***** Doña Francisca Cantador Cobos PREGUNTA si se va a hacer algo con los eucaliptos próximos a la obra de la guardería, que pueden ocasionar algún desperfecto en este edificio. El Sr. Presidente manifiesta que dichos árboles son el foco más grande de suciedad del pueblo, así como que se puede intentar realizar en ellos al menos obras de limpieza, a fin de que se les quitaran las ramas secas. ***** Doña Francisca Cantador Cobos PREGUNTA si se las ha ofrecido la barra a las asociaciones del pueblo. Le contesta el Sr. Presidente que todas las asociaciones están enteradas y ninguna las ha solicitado, con la excepción de la que ha tenido la AMPA. ***** D. Justo Romero Campos expresa su malestar por el hecho de que no se haya contado con su grupo para decidir qué obras de solicitaban al AEPSA 2009. Dice que en una ocasión felicitó al equipo de Gobierno por llevar al Pleno la solicitud de dichas obras y que, con igual argumento, debe ahora reprochar que eso no haya ocurrido. EL CELEMÍN
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Le contesta el Sr. Presidente que él pensaba que se había consensuado una prelación de obras a solicitar en la que se incluía la pavimentación del tramo ahora en obras de la calle Gracia, pero que si no es así, lo siente mucho y pide disculpas por ello. Además, dice que esta situación no volverá a ocurrir y que en futuro se llevará al Pleno la decisión sobre la obra que deba solicitarse. D. Justo Romero Campos manifiesta su disgusto con que una calle pavimentada hace pocos años se repare mientras que no se actúa en otras vías con mayor necesidad, como el tramo de esa misma calle Gracia que va de la esquina a la carretera, o el existente entre la calle Pozoblanco y Matadero, o el que va de la Fuente Nueva a la Circunvalación o el recinto ferial. El Sr. Presidente le contesta que esta obra AEPSA esta combinada con otra de Urbanismo Comercial, que obliga a que la calle sea de marcado carácter comercial, así como que en el tramo en obras había blandones importantes que obligaban a una reforma de su pavimentado. ***** D. Justo Romero Campos dice que, aunque no suele hacer casos de los rumores que se oyen en el pueblo, convendría que el Sr. Presidente aclarara si es cierto que desde el Ayuntamiento se ha dicho que la subvención AEPSA o viene para la calle Gracia o no vendría. Le contesta el Sr. Presidente que la subvención viene para la calle Gracia porque esa es la obra que ha solicitado el Ayuntamiento. *****
D. Justo Romero Campos dice que ha visto letreros que señalan la ubicación de varios establecimientos de turismo rural, pero no ha visto el de la casa rural denominada “Del Mentiras”. Le contesta el Sr. Presidente que esas señales las ha puesto la Mancomunidad de Los Pedroches, así como que sí está señalada la Casa del Mentiras, que tiene una señal en la carretera de Conquista. D. Justo Romero Campos dice que esa señal debería estar en otra carretera más transitada, como la carretera de Madrid. Le contesta el Sr. Presidente que hará la gestión para que cambien el cartel o, mejor, para que pongan otro. ***** D. Justo Romero Campos PREGUNTA por qué se ha cambiado el proveedor de los adoquines y se ha sustituido a una empresa que tiene trabajando a muchos trabajadores de Torrecampo por otra que no los tiene. Le contesta el Sr. Presidente que los adoquines que se compran ahora son mejores y más baratos. D. Justo Romero Campos se refiere a una factura del nuevo proveedor y dice que, según los datos que él tiene, los adoquines son ahora más caros que antes. Le contesta el Sr. Presidente que la comparación debe hacerse entre las facturas de ahora y las de antes o, en otro caso, entre las ofertas que han llegado al Ayuntamiento. De ambas comparaciones, resulta que los adoquines más baratos son los que se están comprando ahora. Añade que, en todo caso, los adoquines son ahora mucho mejores que antes.
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE FECHA 29 DE OCTUBRE DE 2009 DOS.- ACEPTACIÓN DE LAS OBRAS, PRESUPUESTOS Y ANUALIDADES DE LAS OBRAS INCLUIDAS POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL EN EL PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES PARA EL CUATRIENIO 2008-2011: Primero: Aceptar las obras, presupuestos y anualidades que para Torrecampo fueron aprobadas por el Pleno de la Diputación Provincial, en sesión de fecha 23 de septiembre de 2009, dentro del bienio 2010-2011 del Plan Plurianual de Inversiones, cuyo desglose es como sigue: Año 2010: - 045 Programa Int. Ahorro energía y modern. Inst. 210.000,00 € - 067 Terminación urbanización polígono industrial 100.539,21 € Año 2011:
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- 045 Programa Int. Ahorro energía y modern. Inst. 140.000,00 € - 067 Terminación urbanización polígono industrial 147.385,62 € TRES.- MODIFICACIÓN O NO DE LAS ORDENANZAS FISCALES MUNICIPALES: Sometida a votación por el Sr. Presidente la propuesta de no variar las ordenanzas fiscales para 2010, es aprobada por unanimidad. CUARTO.- DETERMINACIÓN DE LA OBRA A INCLUIR EN EL AEPSA 2010: Tras un amplio debate, a propuesta de los dos grupos políticos, y por unanimidad, se acuerda fijar el siguiente orden de prelación en las solicitudes para próximas obras del AEPSA:
1º.- Pavimentación de la zona del antiguo matadero. 2º.- Pavimentación de la travesía Calle Peñas-Huerta Don Juan. 3º.- Pavimentación de las travesía calle Santiago-Circunvalación. SEIS.- RUEGOS Y PREGUNTAS: Doña Francisca Cantador Cobos propone que, dado que ya se sabe la cantidad que ha correspondido al Ayuntamiento de Torrecampo para el nuevo Plan E, se tenga una sesión del Pleno a fin de determinar la obra que va a solicitarse con cargo al mismo. Le contesta el Sr. Presidente que debe dejarse un tiempo para que cada grupo madure la mejor propuesta. Sobre la fecha de celebración de la sesión del Pleno que trataría el asunto, pide la opinión de los señores y las señoras Concejales, y oída ésta, concluye que dicha sesión se celebrará el día 11 de noviembre, a las 20:30 horas. ***** Doña Francisca Cantador Cobos pregunta por la cantidad que se cobra de la Diputación Provincial en concepto de ayuda a domicilio y la que se está pagando a los beneficiarios. Le contesta el Sr. Presidente que no sabe con exactitud las cifras, por lo que le pedirá al Secretario que le informe por escrito sobre las mismas. Añade que, según tiene entendido, se está cobrando en Torrecampo más de lo que luego se cobrará con la empresa que gestione el servicio, así como que hasta ahora la Diputación Provincial sólo ha transferido la parte correspondiente al primer semestre. ***** D. Justo Romero Campos expresa que su grupo pre-
sentó en un Pleno un ruego para que se requiriera a la Delegación de la Consejería de Obras Públicas la modificación del trazado de la carretera de Pozoblanco a Pedroche en el punto en que ésta, viniendo de Pozoblanco, se une a la circunvalación de esa localidad, por considerar que dicho cruce está diseñado de forma que lo hace especialmente peligroso. Le contesta el Sr. Presidente que dicho ruego fue remitido en su momento a la citada Consejería, así como que insistirá sobre ello, tanto por escrito como personalmente. ***** D. Justo Romero Campos expresa la escasa justificación que tiene, al menos desde el punto de vista moral, que el perito del Ayuntamiento esté realizando proyectos de obras particulares sobre inmuebles situados en Torrecampo, aunque no sea él el que los firme. Le contesta el Sr. Presidente que es muy difícil saber si los proyectos firmados por un técnico son en realidad redactados por otro. Añade que en todo caso, desde que el Secretario del Ayuntamiento le informó de que podía estar produciéndose una situación de ilegalidad al coincidir, de forma notoria u oculta, la figura del redactor técnico y del informante técnico, los proyectos son remitidos al SAU, para que sea éste servicio de la Diputación el que emita el informe técnico. Quiere hacer constar, además, que la Junta de Gobierno no da licencias urbanísticas con un informe en contra, sea éste el técnico o el jurídico. D. Justo Romero Campos manifiesta que debe exigirse al técnico municipal que se abstenga de realizar todo tipo de trabajos en Torrecampo, aunque no sea él el que los firme. Le contesta el Sr. Presidente que le hará llegar esta obligación de la forma más solemne posible, a fin de que sea respetada.
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2009 DOS.- AUTORIZACIÓN AL SR. ALCALDE PARA QUE REPRESENTE AL AYUNTAMIENTO EN LA FIRMA DE DOCUMENTOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON LA PARCELA 14 DEL POLÍGONO INDUSTRIAL Y DE LAS DEMÁS PARCELAS DEL MISMO: Segundo: Autorizar al Sr. Alcalde a la firma en representación del Ayuntamiento de Torrecampo de cuantos documentos sean necesarios en relación con la venta de cualquier parcela del Polígono Industrial Municipal, situado en el paraje Aguzaderas. TRES.- APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL REGISTRO MUNICIPAL DE
DEMANDANTES Y DE LA SELECCIÓN DE ADJUDICATARIOS DE VIVIENDAS PROTEGIDAS: Normas Reguladoras del Registro Municipal de Demandantes y de la Selección de adjudicatarios de Viviendas Protegidas. Exposición de motivos. El Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone en su artículo 25 que “Para favorecer el ejercicio del derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada, los poderes públicos están obligados a la promoción pública de la vivienda. La ley regulará el acceso a la misma en condiciones de igualdad, así como las ayudas que lo faciliten”. Asimismo, la regla 22 del párrafo 1 del artículo 37 identifica como principio rector
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“el acceso de los colectivos necesitados a viviendas protegidas”. En este marco se inserta la Orden de 1 de julio de 2009 de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio por la que se regula la selección de las personas adjudicatarias de viviendas protegidas a través de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dicha Orden desarrolla las previsiones, en materia de adjudicación de vivienda protegida, de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y Suelo, en el Decreto 266/2009, de 9 de junio, por el que se modifica el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, aprobado por el Decreto 395/2008, de 24 de junio, la Orden de 10 de noviembre de 2008 de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 así como en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre por el que se aprueba el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. Uno de los aspectos más relevantes de todo el sistema, tanto de la Orden del Registro Público de Demandantes como de las presentes Normas Reguladoras, es la selección de las personas demandantes de entre los inscritos en el Registro. La Orden del Registro Público de Demandantes, en su artículo 7, introduce tres sistemas para la selección de demandantes: baremación, sorteo y antigüedad en la inscripción en el registro. El artículo 11 de la presentes Normas parte del modelo de la baremación, sistema, que si bien es el que conlleva una mayor gestión, se entiende que es el más equilibrado y justo. En virtud de los expuesto, de conformidad con el artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), el cual atribuye a los Ayuntamientos la potestad reglamentaria y de lo establecido en el artículo 25.2.d) de la LBRL, por el que los Municipios en todo caso, ejercerán competencias en materia de gestión y promoción de viviendas en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas. DISPONGO Artículo 1.- Objeto y principios rectores. 1. La presente normas municipal tiene por objeto constituir el Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas del Municipio de Torrecampo y regular su funcionamiento. 2. Igualmente, establece las bases que tienen por objeto regular la selección de las personas adjudicatarias de viviendas protegidas a través del Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas, estableciendo el procedimiento y los requisitos de acceso al mismo, con sujeción a los principios de igualdad, publicidad y concurrencia recogidos en la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas para la vivienda protegida y el suelo, y el Reglamento de Vivienda Protegida de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 3. Con dicha finalidad, deberán inscribirse en el Registro quienes deseen optar a la adjudicación de una vivienda protegida y cumplan los requisitos legalmente establecidos para ser destinatario/a de las mismas. Los datos incluidos serán los que aporta la persona solicitante y los obtenidos de oficio por la Administración. 4. Esta norma reguladora hace del Registro Público Municipal de Demandantes un instrumento de información actua-
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lizada que debe permitir a las Administraciones Locales y de la Comunidad Autónoma adecuar sus políticas de vivienda y suelo, y en particular promover el desarrollo de las actuaciones que en esta materia se prevén en los Planes Municipales de Vivienda. Artículo 2.- Naturaleza, ámbito territorial, competencia municipal y gestión del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida. 1. El Registro Público de Demandantes es un fichero de titularidad municipal, carácter público, previsto para el tratamiento de datos que facilite la organización de la demanda y adjudicación de vivienda protegida. 2. El ámbito del Registro Público de Demandantes es el propio del término municipal de Torrecampo. 3. La creación y titularidad del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida corresponden al Ilmo. Ayuntamiento de Torrecampo conforme a lo dispuesto por la normativa autonómica dictada al efecto. Artículo 3.- Responsabilidad sobre el registro, obtención y comunicación de datos. Régimen de protección de datos. 1. La responsabilidad sobre el Registro Público de Demandantes corresponde al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias. Con carácter específico, la dirección del Registro Público de Demandantes es competencia del Alcalde en virtud de lo establecido en el artículo 21.1 d) de la LBRL, y podrá ser delegada en la forma legalmente prevista. Los derechos de acceso, rectificación y cancelación podrán ejercerse ante el Alcalde o persona en favor de la cual se hubiera efectuado la delegación. Para el ejercicio del derecho de acceso, rectificación y cancelación se emplearán los correspondientes modelos normalizados. 2. Los datos tratados en el Registro Público de Demandantes se obtendrán a través de las solicitudes y comunicaciones presentadas por las personas demandantes de una vivienda protegida, de las solicitudes y comunicaciones realizadas por las entidades promotoras de vivienda protegida, y de oficio por el propio registro en colaboración con otras Administraciones Públicas. Las solicitudes y comunicaciones se realizarán en soporte telemático o soporte papel. Para el caso de presentación de solicitudes por vía telemática se tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. 3. Los datos inscritos en el Registro Público de Demandantes serán los requeridos para la ejecución de los planes de vivienda que correspondan. El sistema utilizado en su organización será la aplicación informática facilitada por La Consejería de Vivienda y ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía. 4. Los datos del Registro Público de Demandantes se pondrán a disposición de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de Vivienda, a los solos efectos de coordinar una base de datos común. Asimismo se pondrán a disposición de los agentes que intervienen, con el fin exclusivo de adjudicar las viviendas. Podrán comunicarse datos no personales del Registro Público de Demandantes a entidades promotoras de vivienda protegida, previa solicitud de las mismas y a efecto de adecuar sus promociones a la demanda existente. En estos mismos términos podrán facilitarse estos datos a los agentes económicos
y sociales más representativos. 5. El Registro Público de Demandantes es un fichero sometido a medidas de seguridad de nivel alto, conforme a lo establecido en le artículo 80 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. 6. El Registro Público de Demandantes se gestionará por medios telemáticos. No obstante, se conservarán las solicitudes de inscripción, declaraciones y comunicaciones suscritas por las personas demandantes en soporte papel o reproducciones de las mismas de modo que se garantice su autenticidad. 7. Las certificaciones o acreditaciones relativas a la fe pública de los datos obrantes de la inscripción en el Registro Público de Demandantes serán expedidas por el Secretario del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público. El Registro Público de Demandantes podrá expedir, a petición de las personas administradas con interés legítimo, notas informativas sobre los datos tratados en el Registro siempre que no afecten a datos personales de terceras personas. 8. Las personas inscritas y las entidades promotoras no devengarán tasa, canon o precio público alguno por su relación con el Registro Público de Demandantes, que en todo caso será gratuito. Artículo 4.- Cooperación con otras administraciones. 1. Con la finalidad de constituir una base de datos única, que coordine y relacione los distintos Registros Públicos de Demandantes, el Registro pondrá de modo permanente a disposición de la Administración de la Junta de Andalucía la base de datos que recoge las inscripciones realizadas. Para este fin el Registro utilizará la aplicación informática para la recogida y gestión de datos dispuesta por la Consejería de Vivienda y Ordenación de Territorio. 2. En virtud de las solicitudes presentadas y de los datos obtenidos a través de las mismas, el Registro Público de Demandantes podrá recabar las certificaciones que corresponda emitir a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, de acuerdo con el artículo 31.2 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras. 3. Del mismo modo, de acuerdo con las solicitudes presentadas, el Registro Público de Demandantes podrá verificar por vía electrónica la identidad y residencia de las personas solicitantes, datos sobre la titularidad de inmuebles registrados por la Dirección General del Catastro, así como cualquier otro dato relativo a las solicitudes presentadas por las personas demandantes. 4. La solicitud implica la autorización al órgano gestor para recabar los datos de las Administraciones mencionadas en los números anteriores. Artículo 5.- Solicitud de la inscripción como demandantes. Requisitos subjetivos. 1. Podrán solicitar la inscripción como demandantes de vivienda protegida en el Registro Público de Demandantes las personas físicas, mayores de edad, que tengan interés en
residir en el municipio. Cuando varias personas formen una unidad familiar o una unidad de convivencia presentarán una única solicitud, firmada por todos los mayores de edad, sin que pueda estar incluida una persona en más de una inscripción. Con la excepción de los hijos con custodia compartida o los que tengan régimen de visitas establecido. En cualquier caso, deberá coincidir la adjudicación de la vivienda que se realice con la inscripción registrada. 2. La solicitud se presentará en cualquier momento, en soporte telemático o en soporte papel y ante el Registro Público de Demandantes ubicado en el Ayuntamiento de Torrecampo, o a través de la web del Ayuntamiento. 3. De acuerdo con la normativa de protección de datos, el modelo normalizado de solicitud informará con claridad a la persona solicitante del uso que se va a dar a los datos personales. 4. La solicitud, que se facilitará mediante el correspondiente modelo normalizado, incluirá los siguientes datos y documentación de la persona solicitante, o de los miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia: a) Nombre y apellidos, sexo, nacionalidad, domicilio, fecha de nacimiento de todas las personas incluidas en la solicitud, número de documento nacional de identidad o en su caso del documento identificativo que legalmente proceda, de la persona física que solicita la inscripción a título individual, y de todos los integrantes de la unidad familiar o unidad de convivencia. Cuando la solicitud la presente una unidad familiar o unidad de convivencia, en el caso de los menores la acreditación mediante el número del documento nacional de identidad podrá ser sustituido por el libro de familia. b) En el caso de que la solicitud la presente la unidad familiar o la unidad de convivencia, la solicitud se acompañará de una declaración responsable sobre la composición de las citadas unidades. c) Documentación que justifique la inclusión, en su caso, de la persona solicitante en un grupo de especial protección de conformidad con los planes andaluces de vivienda. d) Declaración responsable de Ingresos anuales calculados de conformidad con lo regulado en el correspondiente plan de vivienda. En caso de no tener obligación de realizar declaración de la renta, además presentarán la vida laboral y la acreditación de ingresos. e) Declaración responsable de no ser titular del pleno dominio de una vivienda protegida o libre ni estar en posesión de la misma en virtud de un derecho real de goce o disfrute vitalicio, o motivos que justifiquen la necesidad de vivienda de conformidad con las excepciones previstas reglamentariamente. f) Declaración del interés de la persona solicitante de residir en otros municipios y, en su caso, declaración de haber presentado otras solicitudes en los Registros Públicos de Demandantes correspondientes. En estos supuestos, se hará constar si la solicitud tiene carácter de preferencia. g) Régimen de acceso al que opta: propiedad, alquiler o alquiler con opción de compra. Se podrá indicar en la solicitud más de un régimen simultáneamente. h) Número de dormitorios de la vivienda que demanda, en relación con la unidad familiar de convivencia. i) Necesidad de una vivienda adaptada.
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Artículo 6.- Presentación telemática. Podrán presentarla por vía telemática aquellas personas que dispongan del sistema de firma electrónica incorporado al Documento Nacional de Identidad, para personas físicas, o de un certificado reconocido de usuario que les habilite para utilizar la firma electrónica avanzada, expedida por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o por otra entidad prestadora del servicio de certificación y expedición de firma electrónica avanzada. Respecto a las solicitudes que se hayan presentado por medios electrónicos, las personas solicitantes podrán aportar la documentación que en cada momento se requiera mediante la aportación del documento original electrónico, copia autenticada electrónicamente del documento o copia digitalizada de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica reconocida. El Registro Público de Demandantes podrá solicitar del correspondiente archivo público el cotejo del contenido de las copias aportadas y, excepcionalmente, ante su imposibilidad, requerirá a la persona solicitante la exhibición del documento o información original. La aportación de tales copias implica la autorización a este Registro para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos. La documentación que no pueda ser aportada por medios electrónicos con la solicitud telemática se deberá presentar en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y se hará mención al justificante de confirmación de la recepción telemática de la solicitud, indicando el asiento de entrada de la solicitud en el Registro telemático único. Si las solicitudes no fueran acompañadas de los documentos preceptivos, o éstos no estuvieran verificados mediante firma electrónica, se requerirá a la persona interesada para que en el plazo de diez días hábiles acompañe los documentos preceptivos, o su verificación mediante la presentación del documento original, con la indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, mediante Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Artículo 7.- Causas de denegación de la solicitud. Son causas para denegación de la solicitud: a) Cuando no se aporten los datos requeridos. En este caso el Registro Público de Demandantes, antes de la denegación, comunicará a los solicitantes los defectos, para que, en su caso, los subsane en el plazo de diez días hábiles, advirtiendo de que si no lo hace se le tendrá por desistido de su petición, archivándose la solicitud sin más trámite. b) Cuando de los datos aportados o de la verificación realizada por el Registro Público de Demandantes resulte que las personas solicitantes no se incluyen en ninguno de los grupos de acceso a la vivienda protegida de conformidad con los requisitos establecidos en la normativa vigente. c) Cuando la persona integrante de una unidad familiar o una unidad de convivencia estuviese ya inscrita como demandante de una vivienda protegida, sea a título individual o formando parte de una unidad familiar o de convivencia distinta. En este caso, se tramitará la solicitud sólo cuando la persona ya inscrita cancele su inscripción en el primer asiento,
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que continuará vigente para los restantes inscritos a los que además se les comunicará la cancelación parcial practicada. Pág. 9 de 29 Acta de la sesión del Pleno de fecha 11 de noviembre de 2009 d) Cuando la persona física solicitante, la unidad familiar o la unidad de convivencia, al solicitar la inscripción, ya estén inscritas simultáneamente en tres Registros Públicos de Demandantes. e) Cuando no hayan transcurrido 3 años desde que se procediese a la cancelación de la inscripción por haber renunciado voluntariamente por dos veces a la vivienda o promoción para la que hubiesen sido seleccionados. Artículo 8.- Plazo de resolución de la solicitud. El Registro Público de Demandantes resolverá la solicitud en el plazo de treinta días desde su presentación. En caso de que se deniegue, notificará a la persona solicitante los motivos. En caso de que se admita se realizará la inscripción registral en los términos previstos en el siguiente artículo. Artículo 9.- Práctica de la inscripción de la solicitud en el Registro Público Municipal. Efectos. 1. Una vez que se proceda por parte del Registro Público de Demandantes a la verificación de la documentación requerida a la persona demandante, se practicará la inscripción en el citado Registro, haciéndose constar en todo caso: a) Los datos demandados en el artículo 5.4 de esta Norma Reguladora. b) La clasificación de la persona demandante en uno o varios grupos de acceso en atención a sus ingresos calculados por el número de veces el IPREM, pertenencia a un grupo de especial protección, preferencia sobre el régimen de tenencia y número de dormitorios que tiene la vivienda solicitada. Los ingresos mínimos y máximos, calculados por referencia al número de veces el IPREM, que se tendrán en cuenta para la clasificación de los demandantes, serán los que en cada momento establezca la normativa vigente. c) La fecha en la que se realiza la inscripción de la persona demandante. A estos efectos la inscripción de las personas demandantes se realizará atribuyendo a cada demandante un número correlativo que refleje el momento temporal en el que se realiza la inscripción. La numeración comenzará por el número 1 y continuará sucesivamente. 2. Una vez realizada la inscripción, la persona demandante estará habilitada para participar en los procesos de adjudicación de las viviendas protegidas, otorgando a las personas inscritas la condición de demandantes de vivienda protegida. 3. Los efectos de la inscripción se suspenderán, sin perdida de la antigüedad durante la inclusión de la persona demandante en una relación de demandantes seleccionados. No obstante, la inclusión en la lista de suplentes no conlleva la suspensión de la inscripción, ni impide que paralelamente pueda ser incluida como demandante seleccionada o suplente en otra promoción paralela en el tiempo. 4. Los efectos de la inscripción se suspenderán, con pérdida de antigüedad, durante el tiempo en el que la persona demandante no cumpla con el deber de comunicación de nuevos
datos previsto en el apartado cuarto del artículo 10 de esta Ordenanza. 5. La inscripción practicada en el Registro Público de Demandantes no exime a la persona demandante inscrita de la obligación de cumplir los requisitos exigidos para ser destinataria de vivienda protegida en el momento en que adquiera la condición de adjudicataria. Artículo 10.- Período de vigencia de la inscripción, modificación de datos y cancelación en el Registro. 1. La inscripción estará vigente durante un período de tres años desde que fuera practicada o desde el momento en que se produzca una modificación por la persona demandante de alguno de los datos aportados. En los tres meses anteriores a la finalización del período de vigencia señalado, la persona interesada podrá solicitar la renovación de la inscripción practicada. A estos efectos, el Registro Público de Demandantes comunicará esta circunstancia telemáticamente a las personas demandantes inscritas en el tercer trimestre del tercer año, al objeto de que puedan ejercer la facultad de solicitud de la renovación en el plazo señalado en el apartado anterior. 2. Las personas inscritas tienen el derecho a solicitar y obtener gratuitamente la información sobre los datos que han sido inscritos. La información se podrá obtener mediante visualización de los datos o mediante documento escrito. 3. Las personas inscritas tienen el derecho a rectificar los datos de la inscripción que sean inexactos o incompletos. 4. Las personas inscritas, mediante la documentación oportuna, tienen la obligación de comunicar al Registro Público de Demandantes la modificación de los datos enumerados en el apartado 4 de artículo 5 de estas Normas Reguladoras. La comunicación no será necesaria si se trata de una variación en los ingresos familiares inferior al 10%. El plazo para la comunicación será de tres meses desde el acontecimiento que alteró el dato modificado, salvo los datos económicos que habrá que comunicarlos entre el 1 de julio al 30 de septiembre del año siguiente al inmediatamente concluido. 5. El Registro Público de demandantes garantizará la veracidad y exactitud de los datos, para lo que podrá realizar actualizaciones periódicas. Si la actualización supone una variación en la inscripción practicada relativa al grupo de acceso en el que había sido incluido la persona demandante, se comunicará a ésta. 6. La cancelación de la inscripción en el Registro Público de Demandantes se producirá por las siguientes causas: a) Por la finalización del período de vigencia de la inscripción sin que se hubiese procedido a la renovación. b) Por ejercicio del derecho de cancelación de la persona inscrita. Cuando la inscripción recoja a varias personas demandantes inscritas en virtud de una unidad familiar o una unidad de convivencia, la cancelación será total cuando todas las personas inscritas mayores de edad la soliciten. En su defecto, se cancelará la inscripción únicamente de quien la solicite, conservando el asiento todos sus efectos para las restantes personas inscritas mayores de edad dentro de la unidad familiar o la unidad de convivencia a las que además se les comunicará la cancelación parcial practicada.
c) Cuando las personas inscritas dejen de cumplir los requisitos necesarios para ser adjudicatarias de una vivienda protegida. En este supuesto se dará audiencia a las personas interesadas. d) Cuando las personas inscritas hayan renunciado voluntariamente por dos veces a la vivienda o promoción para la que hubiesen sido seleccionadas. La persona demandante excluida no podrá volver a ser inscrita hasta que transcurra el plazo de tres años desde la última oferta que le fue presentada. A estos efectos se considerará que la renuncia no es voluntaria al menos en los siguientes casos: cuando la vivienda para la que han sido seleccionadas no se corresponde con las características de la persona demandante que constan en la inscripción registral; cuando la persona demandante seleccionada rechaza la adjudicación antes de que el Registro comunique a la entidad promotora la relación de demandantes; o cuando la persona demandante seleccionada no pueda realizar la compraventa por no haber recibido crédito financiero. e) Cuando se haya comunicado por la entidad promotora la efectiva adjudicación de la vivienda en los términos previstos en el artículo 14.2 de estas Normas Reguladoras. 7. Salvo cuando se haya realizado a petición de la persona interesada, la cancelación parcial o total de la inscripción practicada se comunicará a las personas demandantes inscritas. Artículo 11.- Criterios para la selección de la persona demandante de Vivienda Protegida. 1. Para la selección de las personas demandantes a las que se adjudicará una vivienda protegida, se han de cumplir las siguientes condiciones: a) La persona demandante tiene que estar inscrita en el Registro Público de Demandantes. b) La persona demandante debe cumplir efectivamente con los requisitos establecidos para el acceso al programa de vivienda protegida de que se trate y, en su caso, con los cupos en los que se integre. 2. Para establecer el orden de preferencia de las personas demandantes se ha elaborado un baremo de puntuación que contempla las circunstancias personales, familiares y económicas de la composición familiar solicitante (Anexo 1). En dicho baremo se puntuará la antigüedad de la fecha de empadronamiento o el tiempo de vinculación laboral en Torrecampo inmediatamente anterior a la selección. En el caso de las unidades de convivencia se tomará como referencia la antigüedad de la persona que aporte la mayor cuantía de los ingresos. Las personas víctimas de violencia de género o del terrorismo, las personas emigrantes retornadas y las separadas legalmente, divorciadas y procedentes de ruptura de parejas de hecho inscritas en un registro oficial obtendrán la máxima puntuación en la antigüedad de empadronamiento o vinculación laboral y en antigüedad en el Registro. En caso de empate en la puntuación, se adjudicará por sorteo. Las personas adjudicatarias de una promoción que por cualquier causa no llegara a buen fin tendrán preferencia para las próximas promociones para las que cumplan los requisitos. Artículo 12.- Procedimiento de adjudicación.
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1. Una vez obtenida la calificación provisional de vivienda protegida, la entidad promotora solicitará al Registro Municipal de Demandantes correspondiente la relación de demandantes que se ajusten a la promoción determinada. Para la tramitación de la solicitud será necesario justificar la viabilidad económica de la promoción. En todo caso, se considerará siempre que la promoción es viable económicamente cuando la financiación cualificada cuente con la conformidad de la Administración competente. El deber previsto en este párrafo se exceptúa para las cooperativas de viviendas protegidas. Cuando la calificación provisional se haya obtenido mediante resolución expresa, ésta acompañará la solicitud. El deber previsto en este párrafo se exceptúa para las cooperativas de vivienda protegida. 2. En el plazo de 10 días desde la solicitud, el Registro Público de Demandantes elaborará una relación con tantas personas demandantes como viviendas a adjudicar, en la que las personas demandantes estén ordenadas de manera priorizada, de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el artículo 11. Asimismo, elaborará una relación con demandantes suplentes en un número que doble el número de viviendas a adjudicar. La relación de demandantes suplentes también estará ordenada de manera priorizada de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el artículo 11. En el caso de que no hubiese demandantes suficientes, la relación ordenada recogerá a los demandantes existentes. Las viviendas sin demandante serán adjudicadas libremente por la entidad promotora, siempre que las personas adjudicatarias cumplan los requisitos establecidos para el acceso a la vivienda y se hallen inscritos en el Registro de Demandantes. Para la elección de vivienda entre las personas demandantes seleccionadas el registro fijará los criterios de preferencia, primando, en caso de no fijarlos, el orden de la relación ordenada de demandantes, siempre respetando el número de dormitorios solicitado. 3. Elaborada la relación ordenada de demandantes titulares y suplentes de acuerdo con el apartado 2 de este artículo, en el plazo de 5 días, el Registro Público de Demandantes comunicará a las personas demandantes seleccionadas su inclusión en la relación ordenada a fin de que, en el plazo de 5 días, comuniquen su aceptacin o rechazo justificado, interpretándose la falta de respuesta como muestra de conformidad. 4. Terminada la relación ordenada conforme al apartado anterior, y en todo caso en el plazo de treinta días desde la solicitud de la entidad promotora, el Registro Público de Viviendas la comunicará a la entidad promotora solicitante y a la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio. 5. En caso de concurrencia en el tiempo de diferentes promociones las personas suplentes de la promoción más antigua serán llamadas como titulares o suplentes en la promoción posterior. En el momento que el registro nombre solicitantes que sean al mismo tiempo titulares y suplentes o suplentes en varias promociones, mandara nuevos suplentes a fin de cubrir el número de suplentes exigidos. Artículo 13.- Certificaciones. Asimismo, terminada la relación ordenada conforme al apartado tercero del artículo once, el Registro Público de Demandantes emitirá certificado a favor de la persona deman-
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dante seleccionada, titular, con el siguiente contenido mínimo: a) Acreditación del cumplimiento de los requisitos que permiten el acceso a la vivienda protegida en una determinada promoción conforme a los datos inscritos en el Registro Público de Demandantes. b) Vigencia de seis meses de la certificación, en los términos previstos por el correspondiente plan andaluz de vivienda. c) Ingresos familiares ponderados calculados en nº de veces el IPREM. d) Nº de expediente de Calificación en el que figure como demandante titular de vivienda. Pág. 14 de 29 Acta de la sesión del Pleno de fecha 11 de noviembre de 2009 Artículo 14.- Adjudicación y contrato. 1. La entidad promotora realizará la adjudicación de viviendas mediante contrato de compraventa, arrendamiento o adjudicación en el caso de cooperativas, para lo que habrá requerir fehacientemente a las personas demandantes seleccionadas, indicándoles el lugar y hora para formalizar la adjudicación de la vivienda. Transcurridos diez días desde el requerimiento, la entidad promotora excluirá a las personas demandantes seleccionadas que no hayan dado respuesta al requerimiento y procederá a requerir a tantos suplentes como sea necesario para cubrir las vacantes. Igualmente, las personas suplentes que no contesten en diez días al requerimiento se considerarán excluidas y se procederá a su sustitución en los mismos términos. Asimismo, la entidad promotora podrá convocar en un solo acto a todos las personas demandantes seleccionadas para proceder al requerimiento en el que se les indicará el lugar y día de la adjudicación de la vivienda. Si la persona demandante seleccionada no acude al acto de requerimiento o no envía representante se considerará que ha renunciado a la adjudicación. En este caso, la entidad promotora procederá, en la forma prevista en este párrafo, a requerir a tantos suplentes como sea necesario para cubrir las vacantes. También se considerarán excluidos las personas demandantes que habiendo aceptado el requerimiento no se presenten al acto de adjudicación. En este caso la entidad promotora procederá, de acuerdo con los dos párrafos anteriores, a requerir a tantos suplentes como sea necesario para cubrir las vacantes. Agotada la relación de suplentes, la entidad promotora podrá optar entre solicitar una nueva relación priorizada de demandantes o la adjudicación libre entre demandantes que cumplan los requisitos establecidos para el acceso a la vivienda y siempre que estén inscritos en el Registro Público de Demandantes. 2. En el plazo de diez días desde la adjudicación, la entidad promotora lo comunicará al Registro Público de Demandantes. Este procederá a realizar en el plazo de diez días la anotación en el asiento correspondiente y comunicará la adjudicación a la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio. Asimismo, el registro comprobará si la persona adjudicataria definitiva figura como suplente en alguna otra promoción, procediendo en dicha circunstancia a comunicar a las entidades promotoras su baja como suplente y designar una nueva per-
sona suplente al objeto de que siempre cuenten las promociones con el doble de suplentes que de personas adjudicatarias provisionales. Estos trámites también serán obligatorios en el caso de que la entidad promotora hubiera obtenido la autorización prevista en el artículo 9 de la Orden de 1 de julio de 2009 que excepciona la obligación de adjudicación mediante el Registro Público de Demandantes. 3. El mismo procedimiento se aplicará para la selección de miembros de cooperativas. 4. Serán nulas de pleno derecho las adjudicaciones que incumplan los requisitos establecidos en la normativa correspondiente para el acceso a la vivienda. 5. La adjudicación deberá coincidir con la unidad familiar y demás personas de la unidad de convivencia, mayores de edad, incluidos en la inscripción registral. Disposición adicional primera.En todo lo no previsto en las presentes Normas Reguladoras se estará a lo dispuesto en la normativa estatal o autonómica correspondiente en la materia. Igualmente se estará a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, en lo relativo al tratamiento de datos de carácter personal y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que desarrolla la Ley Orgánica 15/1999. Disposición adicional segunda.Una vez que la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio ponga a disposición del Ayuntamiento de Torrecampo la aplicación informática para la gestión del Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas, y en caso de ser necesario, se revisarán los términos de las presentes Normas Reguladoras, en aquellos aspectos que procedan. Disposición adicional tercera.Durante los tres primeros meses de la apertura del plazo para presentar solicitud de inscripción en el Registro de Demandantes, se establece una moratoria en la antigüedad en el Registro, de forma que todas las solicitudes de inscripción tendrán la fecha de antigüedad del día del inicio de recepción de solicitudes. Disposición final primera.Los criterios de selección de las personas demandantes de vivienda protegida que se han establecido en las presentes Normas Reguladoras se revisarán en función de la evolución del desarrollo de actuaciones de viviendas protegidas en el municipio, con respeto siempre a lo establecido en la Orden de 1 de julio de 2009 de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se regula la selección de las personas adjudicatarias de viviendas protegidas a través de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas en la Comunidad Autónoma y de los criterios de preferencia y previsiones al respecto establecidas por los correspondientes planes estatales y autonómicas de vivienda y suelo. Disposición final segunda.La existencia y funcionamiento de la Base de Datos Común del Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, supondrá la adopción por parte del Registro Público Municipal de Torrecampo de las medidas necesarias de coordinación con la citada Administración Autonómica. Disposición final tercera.-
Pág. 16 de 29 Acta de la sesión del Pleno de fecha 11 de noviembre de 2009 Todas las cuestiones relativas al seguimiento del procedimiento administrativo derivado de la presente Norma, se someterán en caso de duda o insuficiencia, a lo estipulado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Disposición final cuarta.La presente Norma Reguladora entrará en vigor, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia a los efectos de lo establecido en le artículo 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. La citada publicación dará cumplimiento a la exigencia de la misma para la constitución de ficheros de titularidad pública previsto en el artículo 52 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal. ANEXO I BAREMO DEL REGISTRO PÚBLICO DE DEMANDANTES 1.- ANTIGÜEDAD DE EMPADRONAMIENTO O VINCULACIÓN LABORAL: MESES PUNTOS + 2 < 12 5 + 12 10 + 24 15* 2.- COMPOSICIÓN FAMILIAR O UNIDAD DE CONVIVENCIA EN RELACIÓN CON LA VIVIENDA SOLICITADA: Nº PERSONAS Nº DORMITORIOS PUNTOS 4D 0 3D 0 2D 2 1 1D 4 Nº PERSONAS Nº DORMITORIOS PUNTOS 4D 0 3D 2 2 2D 4 Nº PERSONAS Nº DORMITORIOS PUNTOS 4D 0 3D 6 2D 8 3 1D 0 Nº PERSONAS Nº DORMITORIOS PUNTOS 4D 6 3D 8 2D 4
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4 1D 0 Nº PERSONAS Nº DORMITORIOS PUNTOS 4D 10 3D 10 2D 0 5 ó más 1D 0 3.- PERTENENCIA A ALGUNO DE LOS GRUPOS DE ESPECIAL PROTECCIÓN: GRUPO DE ESPECIAL PROTECCIÓN PUNTOS Jóvenes, menores de 35 años 3 Familias numerosas 3 Familias monoparentales 3 Víctimas de violencia de género 5 Víctimas de terrorismo 3 Personas procedentes de rupturas familiares 3 Emigrantes retornados 3 Personas en situación de dependencia 5 Personas con discapacidad 5 Personas incluidas en los supuestos del artículo 9 de la Orden de 1 de Julio de 2009. 3 (Venta y alquiler) Hasta 10 (Apartamentos Dotacionales, art. 66 P.C.V. y S.) 4.- INGRESOS: (expresado en nº veces IPREM) Por tener unos ingresos comprendidos dentro de los tramos que a continuación se indican para cada actuación, se obtendrían 50 puntos más el resultado obtenido de la operación que aparece entre paréntesis (Máximo 10 puntos). Acceso a la vivienda en propiedad: PROGRAMA TRAMO IPREM PUNT OS PUNTOS ADICIONALES Régimen Especial ≥1 y ≤ 2,5 50 10/Nº VECES IPREM Régimen General ≥1,5 y ≤ 3,5 50 15/Nº VECES IPREM R. General: familias numerosas o que tengan una persona dependiente. ≥1,5 y ≤ 4,5 50 25/Nº VECES IPREM Iniciativa Municipal y Autonómica ≥3 y ≤ 5,5 50 30/Nº VECES
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IPREM Vivienda Joven en venta ≥1 y ≤ 2,5 50 10/Nº VECES IPREM Vivienda en alquiler: PROGRAMA TRAMO IPREM PUNT OS PUNTOS ADICIONALES Alquiler de Renta básica ≥0,70 y ≤ 2,5 50 10/Nº VECES IPREM Alojamientos protegidos ≥0,70 y ≤ 2,5 50 10/Nº VECES IPREM Alquiler con opción a compra régimen especial y para jóvenes. ≥1 y ≤ 2,5 50 10/Nº VECES IPREM Alquiler con opción a compra régimen general. ≥1,5 y ≤ 3,5 50 25/Nº VECES IPREM CUATRO.- ADHESIÓN DEL AYUNTAMIENTO AL CONVENIO MARCO ENTRE LA DIPUTACIÓN Y LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA SOBRE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE PERROS VAGABUNDOS Y, EN CONCRETO, A LA CAMPAÑA 2010-2011: CINCO.- ADHESIÓN DEL AYUNTAMIENTO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON DIPUTACIÓN Y LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA SOBRE APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 38.4,B) DE LA LEY 30/1992, DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, QUE SE REFIERE AL REGISTRO DE DOCUMENTOS DIRIGIDOS A LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL: SEIS.- INFORME DE LA ALCALDÍA SOBRE LA FERIA 2.009 Y PROPUESTAS SOBRE LA FERIA 2010: El Sr. Presidente informa con detalle sobre los gastos de la pasada feria, tanto enunciándolos en sí mismos, como comparándolos con los producidos durante la feria 2008. En concreto, dice que los gastos de 2008 fueron de 70.826,01 € y los de 2.009 de 55.377,16 €. Dice que lo más negativo fue un altercado violento en el que se vieron involucrados jóvenes de Torrecampo
y de otros pueblos. Doña Francisca Cantador Cobos pone de manifiesto las siguientes anomalías a su juicio detectadas en la celebración de la pasada feria: - El pésimo sonido de la caseta municipal. - La carencia de actividades para la infancia y la juventud. - La escasez de espectáculos de gran calado, como otra corrida de toros o de rejones. - El haber organizado una actividad deportiva para el 1 de mayo, jornada en que se celebra la romería. - La deficiente seguridad, por lo que propone que se consiga un mayor compromiso de la Guardia Civil o, en su defecto, que se contrate a seguridad privada. El Sr. Presidente le contesta en los siguiente términos: - Sobre el sonido de la caseta municipal, dice que no es uno de los peores de la comarca, aunque lo cierto es que no es el adecuado y que debe estudiarse su mejora. - Sobre la programación de una actividad deportiva para el 1 de mayo, que pudo ser un error. - Sobre los espectáculos taurinos, que se ha presupuestado para este año lo mismo que para el año pasado, así como que puede estudiarse la alternancia entre los distintos tipos de espectáculos. - Sobre la seguridad, que se pondrá en contacto con el Subdelegado del Gobierno a fin de que sea la Guardia Civil la que se encargue de la vigilancia del recinto ferial, así como que, en otro caso, podía estudiarse la contratación de seguridad privada. - En todo caso, que se estudiarán todas las propuestas con el objetivo de intentar mejorar los contenidos y el desarrollo de la próxima feria. Doña María Lucía Fernández Campos dice que la actividad deportiva a que se han referido antes los intervinientes, era un partido de fútbol programado para ese día que no pudo cambiarse. D. Justo Romero Campos dice, en primer lugar, que le hubiera gustado contar previamente y por escrito con el informe que ha expuesto el Alcalde, a fin de haberlo podido estudiar con detenimiento. - Sobre el partido de fútbol del 1 de mayo, dice que al estar incluido en el programa de festejos se debe considerar un acto oficial. - Sobre los festejos taurinos, dice que debe hacerse un esfuerzo económico para traer espectáculos que atraigan a habitantes de los pueblos vecinos, cuya presencia en Torrecampo compensaría el aumento del gasto municipal. Añade que, en todo caso, las corridas de rejones tienen gran repercusión y son mucho más baratas que las de toros. - Sobre la seguridad, dice que debe ser prioritaria para el Ayuntamiento y que lo ideal sería que el servicio lo prestara la
Guardia Civil, así como que, caso de que ese Instituto Armado no llegara a prestarlo en la forma en que se demanda, debería contratarse a una empresa privada de seguridad. SIETE.- PROPUESTAS Y PAUTAS A SEGUIR EN EL MARATÓN DE FÚTBOL SALA MEMORIAL TOMÁS RUBIO: El Sr. Presidente expone que con la inclusión de este punto en el orden del día se pretendía tanto dar cumplimiento a la promesa que hizo en una sesión anterior del Pleno como abrir un debate del que salieran sugerencias que posibilitaran la continuidad del Maratón de Fútbol sala que lleva el nombre del que fue Concejal de Deportes de Torrecampo Tomás Rubio. Doña María Elena Santofimia Ruiz propone la creación de una comisión mixta de la que formen parte miembros de ambos grupos políticos que se encargue del diseño y la gestión de ese acontecimiento deportivo. D. Justo Romero Campos dice que no es necesario crear una comisión específica para ello, sino cumplir los que a su juicio son los tres requisitos básicos de su organización. A saber: - Que tenga una buena dotación económica, para lo que el Ayuntamiento debería hacer un esfuerzo. - Que se celebre en el periodo que va desde que terminan las ligas federadas hasta el 10 de julio. - Que se busque activamente a los equipos participantes. Termina diciendo que, si en el peor de los casos no se cuenta con al menos catorce participantes, podría celebrarse un cuadrangular en el que el Ayuntamiento se reservara la facultad de incluir equipos por invitación. Se produce a continuación un amplio debate, a cuyo término, por unanimidad, se acuerda manifestar la voluntad política de organizar el Maratón de Fútbol Sala Memorial Tomás Rubio sobre las siguientes bases: Primero: El compromiso de incluir en el Presupuesto de 2010 una cantidad suficiente para hacer frente a los gastos de su celebración. Segundo: El compromiso de no celebrarlo después del 10 de julio. Tercero: El compromiso de celebrar un cuadrangular u otro evento similar en el caso de que no haya un mínimo de 14 equipos, así como, en tal supuesto, reservar para el Ayuntamiento la posibilidad de invitar a los equipos de prestigio que considere convenientes para darle más realce al torneo. OCHO.- SOLICITUD DE OBRAS AL FONDO DE INVERSIÓN LOCAL PARA EL EMPLEO Y LA SOSTENIBILIDAD: Tras el debate que sigue, por unanimidad, se acuerda solicitar los proyectos que sean necesarios para la ejecución de las obras de urbanización del recinto ferial y del acondicionamiento acústico de la Caseta Municipal.
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ResumendelasActasdelaA sociacion ´ desde enero de 2009 Secretario de la Asociación
Fecha
Carácter
30/01/09
Junta Directiva Ordinaria
Orden del día 1. Lectura Acta anterior. 2. Estudio de la situación de las subvenciones a Asociaciones. 3. Propuesta de Asamblea General Ordinaria. 4. Ruegos y Preguntas.
Acuerdos adoptados - Se aprueba el Acta anterior. - El Sr. Tesorero informa que hasta la fecha, las Asociaciones que han hecho uso de las subvenciones han sido: Parroquia, Cofradía de la Vera Cruz, Colegio Ntra. Sra. de las Veredas, Hogar del Pensionista, Hdad. de la Virgen de Veredas y A.M.P.A. San Isidro. Se acuerda enviar carta a las demás Asociaciones para que comuniquen si van a hacer uso de las subvenciones o no. - Se acuerda celebrar Asamblea General Ordinaria el día 20 de febrero de 2009.
Fecha
Carácter
16/04/09
Junta Directiva Ordinaria
- Se propone concesión de ayuda para el arreglo de campanas. Se acuerda que el Presidente hable con el Párroco. - El Sr. Alcalde ruega que se continúen con las actividades que se realizan conjuntamente con el Ayuntamiento. Se le contesta que están contempladas en el programa de actividades propias de la Asociación para este ejercicio. - Se acuerda continuar con las proyecciones de cine y que se tenga muy en cuenta cuando sean para mayores que no entren los menores. - Se da lectura a la carta enviada por la Cofradía de la Vera Cruz y se le conceden 1.000,00 €
Orden del día 1. Lectura del Acta anterior. 2. Revisión de proyectos. 3. Ruegos y preguntas.
Acuerdos adoptados - Se aprueba el acta anterior. - Se revisan los proyectos presentados hasta la fecha por las Asociaciones. Se acuerda no conceder subvenciones hasta tanto no se reciban ingresos de la Fundación PRASA.
Fecha 24/09/09
Carácter Junta Directiva Ordinaria
Se exceptúan los ya aprobados con anterioridad que corresponden al ejercicio anterior. - No hay ruegos ni preguntas.
Orden del día 1. Lectura del Acta anterior. 2. Revisión y preparación de la revista El celemín. 3. Otras actividades: viaje ayudas al transporte, ayudas a domicilio. 4. Información de escritos recibidos. 5. Ruegos y preguntas.
Acuerdos adoptados - Se aprueba Acta anterior. - Se acuerda editar algunas páginas en color y dejar la revista para primeros de enero 2010. - Se acuerda visitar Priego de Córdoba y que los socios abonen 5 € en concepto de ayuda al viaje. Se acuerda anular las ayudas al transporte. Se acuerda seguir con las ayudas a domicilio hasta final de ejercicio. Para el próximo que los solicitantes acompañen documento de haberlas solicitado también en el Ayun-
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tamiento. Se acuerda que las proyecciones de cine se hagan en sábados alternos. - Las cuotas de socios hasta la presente hay abonadas unas 150. - Se da lectura al escrito enviado por D. Manuel Moreno Valero. - Pregunta sobre si las ayudas a domicilio se efectuarán en el último trimestre. Se le contesta que sí.
Marinero y Poeta´ La musa está a duermevela, y el poeta está soñando en su barquito de vela, que deja, tras sí, una estela que las olas van borrando. Sueña y sueña, en un mar abierto, con una sirena hermosa; no quiere volver al puerto, pues sabe que, como a un muerto, ¡lo está esperando mi fosa! Tú, poeta-marinero, que surcas los siete mares en tu barquito velero…, duerme y sueña placentero, sin cuitas y sin pesares, Y de noche, con la Luna, sueña, al dejar de remar: que es tu barco patria y cuna, y te “sopla la fortuna”…; ¡no vayas a despertar! La mar, tranquila y serena, mece a tu barco, a porfía, entre su grifa melena; ¡duerme, que ya a tu sirena verás con el nuevo día! “AL NACER LA VIDA …”
Empieza la vida: el día esclarece; la Paz, renacida, del odio se olvida: ¡madruga y florece! En la misma cuna se mecen: estrellas, Tierra, Sol y Luna, y todos, ¡a una!, sueñan cosas bellas: jardines con flores; cielos con su gloria; placeres y amores; dichas sin rencores…, y una nueva Historia. Y cuánta ilusión nace en Primavera; hasta la quimera -que es la sinrazón, falsa y zalamera-, sueña, con pasión: que es noble y sincera, pura y verdadera; con el corazón tierno… cual la cera. “NO TE VAYAS PRIMAVERA…”
¡Ya se va la Primavera… con un llanto amargo y frío! Cruzando está la frontera donde, impaciente, le espera la cruel guadaña de estío. Atrás deja la pradera sin su matinal rocío; y atrás queda la ribera, callada y fiel compañera del flébil y angosto río. Y atrás el jardín que fuera más lozano del plantío; ¡ay si con llanto pudiera regarlo… vida le diera, para no verlo baldío! Primavera: mustia, en era, te verá mi amor tardío. Torrecampo (Córdoba) 5 de Marzo de 2006 Vicente F. Bobadilla
Numen del Alma Del alma escapa su esencia y va al pilar de la mente… como agua cristalina. Ha sido tal su afluencia que, la que sobra en la fuente, de ésta se fue peregrina. Aunque no tiene experiencia, zigzaguea en la pendiente de la pequeña colina. Avanza con impaciencia, pues cree que en la corriente
del río, al fin será ondina. Nadará con diligencia hasta el mar -centro viviente-, y así su dicha culmina. Soñará, en su larga ausencia: con su cuna, con su gente… ¡y con su fuente divina! ¡Ay!, numen del alma: ciencia que hace al hombre inteligente…, y a sus maldades domina.
Vicente F. Bobadilla - Torrecampo (Córdoba), 14 de Junio de 2004