Informe sobre Derechos Humanos 2012

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Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2012

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reunidos en un departamento en el barrio Luluncoto para analizar el contexto político del país, especialmente frente a la convocatoria realizada por varias organizaciones sociales a la movilización en defensa de la vida, el agua y la dignidad, que se inició el 8 de marzo y planteaba culminar el 22 de ese mes. La detención fue anunciada por el Ministro del Interior en rueda de prensa, quien refirió que el operativo era resultado de investigaciones adelantadas por la Policía Nacional y la Fiscalía. Señaló que las personas detenidas estaban vinculadas a la organización subversiva Grupo de Combatiente Populares (GCP); que planeaban actos violentos a partir del 8 de marzo, entre ellos, “llamadas explosivas” a la Secretaría Nacional del Agua (SENAGUA) y a mineras de Cuenca y Loja; que “Estos presuntos integrantes no eran meros operadores, eran en realidad los cabecillas, los líderes de esta célula subversiva”; que su intención era desestabilizar la democracia y tomarse el poder por las armas; que había evidencia suficiente; y que no descartaba que en las investigaciones se determine el nexo con otras organizaciones. El 4 de marzo la Fiscalía realizó la audiencia de formulación de cargos, estableciendo detención preventiva a 9 de las personas detenidas y dispuso medidas sustitutivas para una de las jóvenes por encontrarse embarazada.3 El grupo detenido fue acusado invocando el libro II, del Código Penal, sin que se especifique el tipo de delito ni se individualice el proceso judicial. La defensa del grupo manifestó que, en el momento de la detención, no se exhibió una orden judicial y que posteriormente se presentó una orden, pero que esta no era de un juez competente. Los detenidos fueron obligados a permanecer arrodillados por horas. Además señaló que todas las medidas interpuestas fueron negadas por los jueces; hubo lentitud en el proceso y no se entregó la información requerida a la Fiscalía; hechos que serían suficientes para establecer la nulidad del proceso.4 El 10 de diciembre, Día Internacional de los Derechos Humanos, se estableció la audiencia de juzgamiento, que no se cumplió. El 20 de diciembre de 2012 se realizó la audiencia de hábeas corpus y, por cuestiones de forma, salieron en libertad los hombres detenidos, mientras que las mujeres, por llegar puntuales a la audiencia, no pudieron acogerse al recurso. Como es de conocimiento público, la sentencia se realizó a finales de febrero de 2013, fueron condenados por otro delito, el de intento de asociación terrorista y sentenciados a un año de prisión. Esta sentencia será analizada en el informe correspondiente a 2013. Ante este caso, varias organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales manifestaron su preocupación por la serie de implicaciones que presenta en materia de derechos humanos la forma cómo se dio la detención, se realizó el proceso y seguramente se pronunciarán sobre el tipo de sentencia. Por su parte, la Veeduría Internacional sobre la Reforma a la Justicia, sobre la extensión de calificaciones jurídicas de sabotaje y terrorismo a conductas que podrían entenderse como protestas sociales, reflexionó: El riesgo de extender la calificación penal referida a otros ámbitos que excederían del concepto que internacionalmente se admite como terrorismo, máxime


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