Denunciamos que en la consulta pública del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio del proyecto de decreto “Por el cual se reglamentan las condiciones de operación de la hipoteca inversa y la renta vitalicia inmobiliaria” el día 16 de mayo 2020, publicada en el siguiente enlace http://minvivienda.gov.co/Lists/Consultas%20Publicas, con fecha de retiro el día 22 de junio de 2020 encontramos que en los artículos 7 y 14 dice que el Autorregulador Nacional de Avaluadores A.N.A. mediante circular establecerá los parámetros para hacer los avalúos de que trata este decreto. Esto es una arbitrariedad ya que existe otra ERA que no fue tenida en cuenta para el proyecto de decreto, la cual está debidamente reconocida y autorizada por la SIC que es La Corporación Colombiana Autorreguladora de Avaluadores ANAV, que agremia a casi 800 avaluadores, además las ERAS no tienen dentro de sus funciones establecer parámetros, para hacer los avalúos en Colombia; pues esto solo le corresponde por Ley al IGAC.