Ley 1666 2013

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TO HA9wSID31 3.

COMUNICACION DIRECTA efE LAS AUTORIDADES COMPETENTES

Las autoridades competentes de los Estados contratantes podrán comunicarse entre sí directamente para el cumplimiento de lo estipulado en el presente Acuerdo. ARTICULO 6 COSTOS 1.

COSTOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS,

Salvo acuerdo en lo contrario de las autoridades competentes de los Estados contratantes, los costos ordinarios- ocasionados por la ejecución de este Acuerdo serán sufragados por "el EstIdo . srequerido y los costos extraordinarios serán sufragados por el Estado requirente. 2.

DETERMINACION DE LOS COSTOS EXTRAORDINARIOS

Las autoridades competentes de los Estados contratantes determinarán de mutuo acuerdo cuando un costo es extraordinario. ARTICULO 7 ENTRADA EN VIGENCIA El presente Acuerdo entrará en vigencia al efect arse- el canje de notas por los ente autorizados para el efecto, representantes de los Estados contratantes debida ambas partes han cumplido los por las que confirmen su acuerdb r mutuo de que a dar cumplimiento al presente requisitos constitucionales y legalet necesarios pa Acuerdo. ARTICULO 8 TERMINACION El presente Acuerdo permanecerá en vigencia halta ser terminado por uno de los estados contratantes. Cualquiera" de los Estadqs contratantes podrá dar por terminado el Acuerdo en cualquier` momento posterior a su entrada en vigencia, previa notificación al otro Estadokl ► ntratante por \4a diplomática, con un mínimo de tres (3) meses de antelación, de Su intención de darlo por terminado. Suscrito en Bogotá, D.C., en diplicado, en los idiomas español e inglés, siendo ambos textos igualmente idéntieols, a los 30 días del mes de Marzo de 2001. POR EL GOBIERNO DE REPÚBLICA DE:COLOMBIA: Ir

POR EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA:


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