DECRETO 016

Page 2

• frt

00S •

C

(

Lkck CauNsa

Norbey Acevedo Sánchez Alcaldc 2012 2025

ARTÍCULO SEGUNDO: El Consejo Territorial de Seguridad Social en salud, estará conformado por los siguientes miembros: El Alcalde del Municipio o su delegado, quien presidirá las sesiones. El director Local de Salud o quien haga sus veces, quien ejercerá la presidencia cuando el Alcalde delegue su representación. > El secretario de Hacienda Municipal o su delegado. > El funcionario de mayor jerarquía de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el municipio o su delegado, si lo hay. Los siguientes representantes se nombran mediante decreto y se elijen por el Alcalde a través de una terna presentada así: Dos (2) representantes de los empleadores: Uno de la pequeña y mediana empresa y otro de las formas asociativas, tales como Cooperativas, empresas Asociativas de trabajo entre otras. Dos (2) representantes de los trabajadores uno de los cuales representarán a los pensionados y otro de los trabajadores activos de sindicatos o federaciones. Un representante de las entidades promotoras de salud, que tengan afiliados en la jurisdicción respectiva. > Un representante de las Instituciones prestadoras de servicios de salud que funcionan en el municipio Un representante de los profesionales del área de la salud cuyo capítulo de la asociación sea mayoritario en el Municipio. •

Un representante por las asociaciones o alianzas de usuarios de la jurisdicción, constituidas legalmente.

> Un representante de la veeduría en salud o comisión de control social en salud que asista como invitado permanente con voz pero sin voto.

Municipio de Armenia Mantequilla Alcaldía Municipal Calle 10 N° 9-22 Parque Principal Tel: 855 90 15 Fax 855 93 16


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.