ahots kooperatibista nº 9, noviembre 2004

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Fagor

contra

el barrio de Garagartza

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misma en aparcamiento de "uso público" (2600 metros cuadrados de superficie y 110 plazas de aparcamiento). Lo que se quiere disfrazar como aparcamientos públicos son en realidad de uso privado por parte de Fagor, y ésta última se ahorra el mayor coste que supone la construcción en su parcela de los aparcamientos en sótano.

oloquémonos en los hechos, años 1999-2000, Fagor necesita ampliar su factoría en Garagartza. El Ayuntamiento de Arrasate tramita la necesaria modificación de las Normas Subsidiarias con el fin de atender esta necesidad de la empresa. Ahora bien, la propuesta tramitada a petición de Fagor afecta de manera grave y negativa al barrio de Garagartza. El vecindario del barrio ante esta grave situación presenta diversas alegaciones al proyecto.

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Todo ello, desemboca, con fecha 22 de Junio de 2000 en un acuerdo a tres bandas: Ayuntamiento-Fagorbarrio de Garagartza. Este acuerdo recoge y cubre generosamente las necesidades de ampliación de Fagor; así como la realización de un aparcamiento privado dentro de su parcela a dos niveles, plaza y primer sótano.

Todo ello supone un ataque en toda regla a la seguridad y calidad de vida del vecindario de Garagartza. ¿Dónde están esos valores que con la boca grande decimos defender desde el cooperativismo? El diálogo, el consenso, el respeto a lo acordado, a la palabra dada...

A su vez, recoge los justos planteamientos del barrio de Garagartza. El de crear una banda de terreno destinado a zona verde entre la parcela industrial de Fagor y el barrio, poblada de árboles, de forma que protegiese al barrio del impacto de la empresa. Y determina que la salida y entrada de vehículos a la empresa y a los aparcamientos privados se mantuviera por la actual salida de la planta industrial.

Pero el conflicto continúa, el vecindario de Garagartza, ante tan grave agresión no se queda con los brazos cruzados y utiliza la vía judicial. Recurre en el contencioso administrativo ante el Tribunal Superior del País Vasco. Este Tribunal en su sentencia 174/2004, anula la modificación de NN.SS., propuesta de manera unilateral por Fagor y por el Ayuntamiento, por entender que los aparcamientos públicos ubicados en las lindes entre la parcela de Fagor y el barrio de Garagartza están justificados, determinando "que se debe de tener en consideración los intereses colectivos, no los particulares, por relevantes que puedan resultar".

Miel sobre hojuelas. Todos de acuerdo. Ejemplo de cómo se puede llegar a acuerdos satisfactorios y resolver los conflictos entre los intereses particulares y los colectivos. Pero lo que parecía zanjado y con sólidas raíces, sorprendentemente, se rompe por parte de Fagor y el Ayuntamiento de Arrasate. Este último, con fecha 18 de Junio de 2001, tramita ante Diputación una modificación unilateral del acuerdo conseguido.

El culebrón sigue, recurso por parte del Ayuntamiento, recurso de Fagor... ¿Hasta cuándo? No se puede ni debe continuar por esta vía. Hay que reconocer la justeza del planteamiento del barrio de Garagartza. Hay que respetar lo acordado, la palabra dada. No todo vale por ahorrar unos euros.

¿En qué modifica esta última propuesta el acuerdo a tres bandas? Los cambios son sustanciales. z

Segundo, la salida del tráfico de vehículos de Fagor por la carretera de acceso a él y del barrio de Garagartza a la carretera comarcal. Con lo que el caos y los peligros en lo que afecta a la seguridad se trasladan al barrio.

Primero, la zona ajardinada de protección del Barrio se transforma. Una parte muy amplia de la

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