Edición N° 40
ABRIL 2020 1
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I. CONSEJO UNIVERSITARIO.......................................................................................................4 A.- DIRECTRICES Y POLITICAS UNIVERSITARIAS........................................................................4 A.1 ACUERDO 7-7-2020: Normas del Proceso Presupuestario de la Universidad Técnica Nacional..........................................................................................................................................................4 A.2 ACUERDO 13-7-2020: Políticas de Crédito y Cobro. Ref.DGAU-189-2020...................................4 A.3 ACUERDO 15-7-2020: Política de Salud Ocupacional Emergencias y Gestión de Riesgo. Ref. DGAU-124-2020..........................................................................................................................................4 A.4 ACUERDO 1-8-2020: Análisis de Consulta y Propuesta Integral II Ciclo 2020 y Diagrama sobre medidas ante escenario #2 modificado al 22 de abril 2020. Ref. Vicerrectoría de Docencia......4
B.- REGLAMENTOS......................................................................................................................5 B.1 ACUERDO 10-7-2020: Reforma al Reglamento de Becas y Beneficios Estudiantiles...................5 B.2 ACUERDO 3-8-2020: Modificación al Reglamento de Entornos Virtuales de la UTN...................5 B.4 ACUERDO 6-9-2020: Propuesta de Modificación al Reglamento de Trabajos Finales de Graduación. Ref. Vicerrectoría de Docencia.............................................................................................7
C.- CONVENIOS.........................................................................................................................8 C.1 ACUERDO 4-7-2020: Convenio Marco con APTAMAI-UTN............................................................8 C.2 ACUERDO 5-7-2020: Convenio Específico con la Cruz Roja-UTN..................................................8 C.3 ACUERDO 4-9-2020: Convenio Marco de Cooperación entre PANDUIT de Costa Rica Ltda. y la UTN. Ref. DICE 079-2020........................................................................................................................8
D.- PRESUPUESTOS Y MODIFICACIONES....................................................................................9 D.1 ACUERDO 3-9-2020: Modificación Presupuestaria No. 04-2020. Ref. DGF- 191-2020...............9
E.- APROBACIONES Y AUTORIZACIONES..................................................................................9 E.1 ACUERDO 8-7-2020: Plan de Estudios de la carrera de Diseño Gráfico........................................9 E.2 ACUERDO 2-8-2020: Propuesta de modificación del Calendario Institucional. Ref. Vicerrectoría de Docencia......................................................................................................................................9
F.- OTROS ACUERDOS Y RESOLUCIONES DE ALCANCE GENERAL .........................................9 F.1 ACUERDO 3-7-2020: Renuncia del señor Rector...............................................................................9 F.2 ACUERDO 9-7-2020: Revisión Filológica de los trabajos Finales de Graduación. Ref. VDOC 199-2020....................................................................................................................................................10 F.3 ACUERDO 7-9-2020: Solicitud de ajustes de precio en los cursos de CISCO y CECAPRO. Ref. VEAS-285-2020..........................................................................................................................................10 F.4 ACUERDO 8-9-2020: 10 medidas concretas en extensión para fortalecer a la sociedad, ante la pandemia del Covid 19......................................................................................................................11
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II.- RECTORÍA ..........................................................................................................................11 A.- NOMBRAMIENTOS..............................................................................................................11 A.1 RESOLUCIÓN R-008-2020: Nombramientos por intervención ...................................................11 A.2 RESOLUCIÓN R-009-2020: Comisión Consultiva de Género.....................................................12
III.- DIRECCION DE PROVEDURÍA ...15 A.- LICITACIONES.....................................................................................................................15 A.1 ACUERDO 14-7-2020: Informe I-ACAD-003-2020 de la Licitación Pública 2019LN-000004-UTN “Servicios de Limpieza Sede Central y Sede de Atenas”..................................................................15
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I. CONSEJO UNIVERSITARIO A.- DIRECTRICES Y POLITICAS UNIVERSITARIAS
A.3 ACUERDO 15-7-2020: Política de Salud Ocupacional Emergencias y Gestión de Riesgo. Ref. DGAU-124-2020.
A.1 ACUERDO 7-7-2020: Normas del Proceso Presupuestario de la Universidad Técnica Nacional.
(Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 16 de abril de 2020, artículo 16).
(Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 16 de abril de 2020, artículo 7).
SE ACUERDA:
SE ACUERDA: Aprobar las Normas del Proceso Presupuestario de la Universidad Técnica Nacional, presentadas por la Rectoría y la Dirección de Gestión Financiera, como se detalla de la siguiente manera: El acuerdo completo se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.utn.ac.cr/file/8370/download?token=tWRHn4c2
A.2 ACUERDO 13-7-2020: Políticas de Crédito y Cobro. Ref.DGAU-189-2020. (Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 16 de abril de 2020, artículo 14). SE ACUERDA: Aprobar las Políticas de Crédito y Cobro de la Universidad Técnica Nacional, presentadas por la Dirección General de la Administración mediante el Oficio DGAU-189-2020, de la siguiente manera: El acuerdo completo se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.utn.ac.cr/file/8373/download?token=Z1w2__fu 4
Aprobar la Política de Salud Ocupacional, Emergencias y Gestión del Riesgo presentada por la Dirección General de la Administración Universitaria mediante el Oficio DGAU-1242020, de la siguiente manera: El acuerdo completo se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.utn.ac.cr/file/8374/download?token=QCgPi8WG A.4 ACUERDO 1-8-2020: Análisis de Consulta y Propuesta Integral II Ciclo 2020 y Diagrama sobre medidas ante escenario #2 modificado al 22 de abril 2020. Ref. Vicerrectoría de Docencia. (Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Extraordinaria realizada el 23 de abril de 2020, artículo 1). SE ACUERDA: Aprobar la propuesta integral para el desarrollo del II Ciclo Lectivo 2020, realizada por las Vicerrectorías de Docencia y Vida Estudiantil en conjunto con la Dirección General de la Administración Universitaria, de la siguiente manera: 1) Reprogramar el inicio del II Ciclo Lectivo 2020 en modalidad de aprendizaje remoto, virtual, o a distancia, con apoyo de tecnologías para el aprendizaje.
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2) Adaptar curricularmente la duración del II y del III cuatrimestre a 13 semanas lectivas y ajustar el calendario institucional para ese propósito.
ral la aplicación de los siguientes artículos del Reglamento de Sistema de Becas y Beneficios Estudiantiles: (…)
3) Suspender el cierre institucional del mes de julio y programar, de oficio, el otorgamiento de vacaciones al personal académico y administrativo, de acuerdo al programa de capacitación virtual que se desarrollará en el mes de mayo de conformidad con las necesidades institucionales “en adición a lo anterior extender los nombramientos del I Cuatrimestre hasta el 15 de mayo, y en relación con los nombramientos del II Cuatrimestre iniciarlos el 16 de mayo.
SE ACUERDA:
ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD.
B.- REGLAMENTOS B.1 ACUERDO 10-7-2020: Reforma al Reglamento de Becas y Beneficios Estudiantiles. (Acuerdo tomado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 16 de abril de 2020, Artículo 11, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta 91 del 25 de abril 2020). Conoce el Consejo Universitario las razones que motivan a la Vicerrectoría de Vida Estudiantil en el contexto de la Pandemia COVID-19, para incorporar un transitorio al Reglamento de Becas y Beneficios Estudiantiles.
Aprobar la propuesta de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, en consecuencia, se acuerda incorporar un artículo transitorio al Reglamento del Sistema de Becas y Beneficios Estudiantiles que diga lo siguiente: desde el primero de mayo y hasta el 31 diciembre del año 2020, no se aplicarán las disposiciones contenidas en los artículos 35, 44, 53, a raíz de las situaciones originadas como consecuencia de la pandemia COVID-19. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD El acuerdo completo se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.utn.ac.cr/file/8372/download?token=HTAM9f5P
B.2 ACUERDO 3-8-2020: Modificación al Reglamento de Entornos Virtuales de la UTN. (Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Extraordinaria realizada el 23 de abril de 2020, artículo 3, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta 119 del 23 de mayo 2020). SE ACUERDA:
CONSIDERANDO: (…) RESULTANDO: (…) POR TANTO: ÚNICO: Que ante la situación de la crisis mundial y nacional ocasionada por la pandemia COVID-19 y con el fin de favorecer la permanencia y retención de la población estudiantil con algún tipo de beca, se propone al Consejo Universitario dejar sin efecto de manera tempo-
Aprobar la propuesta de modificación al Reglamento de Entornos Virtuales para el Aprendizaje, presentado por la Vicerrectoría e Docencia, de la siguiente manera: Transitorio I Artículo 9. Las unidades académicas determinan aquellos cursos que lleven componente virtual, de acuerdo con el plan de estudios, el programa del curso o capacitación.
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Transitorio II. Se dejan sin efecto transitoriamente durante el segundo y tercer cuatrimestre 2020 los artículos 11, 12, 14, 15 y 17. Agregar el siguiente artículo al Capítulo IV: Artículo 18. Durante el proceso de creación de los cursos, capacitaciones, talleres o cualquier otra actividad académica en entornos virtuales, la unidad académica es la responsable de garantizar que los contenidos, actividades, evaluación y demás aspectos incluidos en el diseño instruccional sean acordes con la temática del curso. Segundo: Adicionar, de forma permanente, lo siguiente: Al Capítulo VI, agregar las letras j,k,l,: a las funciones del docente que imparte cursos en el campus virtual, el ahora Artículo 23: j) Dar seguimiento a las personas inscritas en el curso en cuanto a la matrícula y accesos. k) Realizar gestiones ante TE sobre aspectos técnicos con respecto a la plataforma. l) Editar y realizar ajustes en los cursos, cuando así sea necesario. Agregarle a los deberes del estudiante en cursos del campus virtual en el Capítulo VII el siguiente artículo: Artículo 30. Es responsabilidad de la persona estudiante garantizar que las actividades, tareas, trabajos realizados sean de su autoría y en caso de utilizar referencias serán citadas apropiadamente. Agregar el Capítulo X Deberes de las personas usuarias de entornos virtuales para el aprendizaje y Derechos y propiedad intelectual 6
Artículo 37. Son los deberes de las personas usuarias en cualquier entorno virtual que se utilice durante el proceso de aprendizaje: a. Evitar la difusión de cualquier material que viole la legislación nacional e internacional vigente en materia de propiedad intelectual o de derechos de autor. b. Evitar compartir información o material que pueda perjudicar a otros usuarios tales como cadenas de correos, correos spam, virus, publicidad, entre otras. Así como la publicación de material que se considere ofensivo, amenazante, pornográfico, ilegal, o con fines políticos, ideológicos, religiosos, entre otros que afecte el proceso de aprendizaje. c. Respetar la identidad y los datos de los otros usuarios, no usurpando o simulando la identidad de otra persona o solicitando a un tercero que realice las tareas o asignaciones solicitadas en el entorno virtual. d. La información contenida en los perfiles de las personas participantes tales como direcciones de correo electrónico y datos personales, son confidenciales, por lo tanto, su acceso no es público ni será facilitada a terceros individuales o empresariales. Su uso es exclusivo para fines académicos. e. Se prohíbe reproducir, distribuir, o modificar los contenidos de los cursos, capacitaciones o talleres y de cualquier otro material con fines comerciales. f. Todos los materiales que se generen en la plataforma, deben cumplir con la política de propiedad intelectual y/o referencias bibliográficas. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD
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B.3 ACUERDO 6-8-2020: Propuesta de Modificación a los artículos 62 y 63 del Reglamento de Becas y Beneficios Estudiantiles. Ref. Vicerrectoría de Vida Estudiantil. (Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Extraordinaria realizada el 23 de abril de 2020, artículo 6, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta 119 del 23 de mayo 2020). SE ACUERDA: Aprobar un nuevo transitorio en el Reglamento del Sistema de Becas y Beneficios Estudiantiles, según solicitud de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, que a la letra dice: Desde el primero de mayo y hasta el 31 diciembre del año 2020, se ampliará el periodo de cancelación de la prórroga de pago a 90 días naturales, a raíz de las situaciones originadas como consecuencia de la pandemia COVID-19, en lugar del plazo de 30 días naturales que se establecen en los artículos 62 y 63 del Reglamento del Sistema de Becas y Beneficios Estudiantiles de la UTN. ACUERDRO FIRME POR UNANIMIDAD B.4 ACUERDO 6-9-2020: Propuesta de Modificación al Reglamento de Trabajos Finales de Graduación. Ref. Vicerrectoría de Docencia. (Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 30 de abril de 2020, según artículo 6 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.119 del 23 de mayo de 2020). SE ACUERDA: Aprobar la modificación transitoria al Reglamento de Trabajos Finales de Graduación desde el primero de mayo al 31 de diciembre, en los siguientes artículos:
Transitorio al Artículo 26- Plazo. - El plazo máximo para la realización y defensa oral y pública del trabajo final de graduación es de un año a partir de la aprobación del anteproyecto, con excepción de aquellos casos en que se haya gozado de las prórrogas que establece este Reglamento, en cuyo caso al plazo del año se le sumará el tiempo de la prórroga. No se contabilizarán los tres cuatrimestres del año 2020 como parte del plazo necesario para culminar el TFG, una vez que fue aprobado por la comisión de TFG correspondiente. Dejar sin efecto durante el segundo y tercer cuatrimestre parcialmente el artículo 24 y 27, 40 por lo que debe leerse de la siguiente forma: Artículo 24- Defensa y presentación oral. - La defensa y presentación es oral y en la medida de las posibilidades se debe preservar en todos sus extremos la defensa pública mediante el mecanismo que la Comisión de TFG defina. La defensa es una actividad académica en la que cada estudiante o grupo de estudiantes presenta oralmente de manera virtual su Trabajo Final de Graduación ante el Tribunal Evaluador. Artículo 27- Asignación de defensa. - Corresponde a la Dirección de Carrera coordinar la fecha y hora en que se llevará a cabo la defensa o la exposición oral y pública de la tesis, del seminario o proyecto de graduación, y para ello dispone de diez (10) días hábiles a partir de la solicitud de los estudiantes. La Dirección de Carrera deberá notificar por escrito a todos los actores en esta etapa del proceso. Finalizada la deliberación, quien preside el Tribunal Evaluador, registrará en el acta el resultado (Aprobado o Reprobado), la calificación, la mención de honor (si corresponde) y las observaciones si las hubiere. Posteriormente, se procede a dar lectura del acta haciendo la declaratoria del grado académico obtenido por los
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estudiantes y el campo de su especialidad. El acta será formalizada y remitida únicamente con la firma digital de la dirección de carrera. Los demás miembros del tribunal y las personas estudiantes remiten, desde sus correos electrónicos, la constancia de la aceptación del contenido y los términos del acta. Artículo 40. Ejemplares físicos de TFG.- Ejemplares físicos de TFG. -El estudiante entregará a la Dirección de Carrera un ejemplar digital, además un ejemplar físico, el cual se presentará en empaste duro azul o negro, con letras doradas o plateadas, cuya portada no deberá llevar el logotipo de la UT N; deberá de incluirse al final del documento el acta firmada por el Tribunal Evaluador y la boleta de autorización de uso. Anexo III o IV. Adicionalmente, el estudiante entregará al director de carrera, la boleta de presentación formal (Anexo V), y el acuso de recibido de la copia digital por parte de la Vicerrectoría de Investigación y Transferencia, las cuales no se empastarán con el TFG. Para la entrega de los ejemplares en físico, se dejará constancia en el acta, una nota estableciendo un tiempo prudencial para que, una vez que pase la crisis, se proceda con la entrega de los ejemplares. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD
C.- CONVENIOS C.1 ACUERDO 4-7-2020: Convenio Marco con APTAMAI-UTN. (Acuerdo tomado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 16 de abril de 2020, Artículo 4). SE ACUERDA: Aprobar el Convenio Marco de Cooperación entre la Universidad Técnica Nacional y la Asociación de Propietarios de Talleres de Mantenimiento Industrial (APTAMAI), como se detalla de la siguiente manera:
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El texto completo del Convenio se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.utn.ac.cr/sites/default/files/ CONV.%20MARCO%20UTN-APTAMAI%29.pdf
C.2 ACUERDO 5-7-2020: Convenio Específico con la Cruz Roja-UTN. (Acuerdo tomado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 16 de abril de 2020, Artículo 5). SE ACUERDA: Aprobar el Convenio Específico de Cooperación entre la Universidad Técnica Nacional y la Asociación de Cruz Roja Costarricense, como se detalla de la siguiente manera: El texto completo del Convenio se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.utn.ac.cr/sites/default/files/CONV. ESPECIFICO%20UTN-CRUZ%20ROJA.pdf C.3 ACUERDO 4-9-2020: Convenio Marco de Cooperación entre PANDUIT de Costa Rica Ltda. y la UTN. Ref. DICE 079-2020. (Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 30 de abril de 2020, artículo 4). SE ACUERDA: Aprobar el Convenio Marco de Cooperación entre PANDUIT de Costa Rica Ltda., presentado por la Rectoría y la Decanatura de la Sede Central, de la siguiente manera: El texto completo del Convenio se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.utn.ac.cr/sites/default/files/CONVENIO%20MARCO%20UTN-PANDUIT.pdf
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D.- PRESUPUESTOS Y MODIFICACIONES D.1 ACUERDO 3-9-2020: Modificación Presupuestaria No. 04-2020. Ref. DGF- 191-2020. (Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 30 de abril de 2020, artículo 3).
El texto completo del acuerdo se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.utn.ac.cr/file/8371/download?token=qjZQs6Q0 E.2 ACUERDO 2-8-2020: Propuesta de modificación del Calendario Institucional. Ref. Vicerrectoría de Docencia.
SE ACUERDA: Aprobar la Modificación Presupuestaria No.42020, presentada por la Rectoría y la Dirección de Gestión Financiera mediante Oficio DGF 191-2020, por el monto de cuatrocientos cincuenta y cuatro millones ciento noventa y un mil ciento cincuenta y cinco colones con tres céntimos (¢ 454.191.155,03)”, como se detalla de la siguiente manera: El texto completo del acuerdo se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.utn.ac.cr/file/8369/download?token=vke3gP4c
E.- APROBACIONES Y AUTORIZACIONES E.1 ACUERDO 8-7-2020: Plan de Estudios de la carrera de Diseño Gráfico.
(Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Extraordinaria realizada el 23 de abril 2020, artículo 2). SE ACUERDA: Aprobar la modificación del Calendario Institucional presentada por la Vicerrectoría de Docencia, y la Dirección General de la Administración Universitaria”, de la siguiente manera: El texto completo del acuerdo se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.utn.ac.cr/file/8368/download?token=tYZ-4gPf
F.- OTROS ACUERDOS Y RESOLUCIONES DE ALCANCE GENERAL F.1 ACUERDO 3-7-2020: Renuncia del señor Rector.
(Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 16 de abril de 2020, artículo 9). SE ACUERDA: Aprobar el rediseño del Plan de Estudios de la carrera de Diseño Gráfico, en los tramos de Diplomado, Bachillerato y Licenciatura realizado como producto del proceso de autoevaluación.
(Acuerdo tomado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 16 de abril, artículo 3). Conoce el Consejo Universitario la solicitud de renuncia del señor Rector a la Rectoría, en atención a la llamada del señor Presidente de la República Carlos Alvarado para asumir el Ministerio de la Presidencia y conceder el permiso sin goce de salario en el puesto de la propiedad que goza, por el período de dos años.
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SE ACUERDA:
SE ACUERDA:
A. Aceptar la renuncia del señor Marcelo Prieto Jiménez al cargo de Rector de la Universidad Técnica Nacional a partir del 1 de mayo del 2020, y darle las gracias por los servicios prestados.
Aprobar el criterio técnico dictado por las Vicerrectorías de Docencia e Investigación en que no resulta técnicamente ni académicamente proceder eximir el requisito de la revisión filológica de los trabajos finales de graduación para mantener la calidad de la educación establecida en la UTN, e instruir a la Rectoría y la Administración para que proponga alguna solución adecuada para atender a los estudiantes que han perdido sus ingresos en el marco de la Pandemia y que en consecuencia no pueden pagar los costos de la revisión filológica, en algunos casos.
B. Que en virtud a que el señor PRIETO JIMENEZ interpondrá formal solicitud de reconocimiento de plaza en propiedad en atención a su condición de funcionario nombrado originalmente por medio de concurso, en concordancia con lo resuelto oportunamente por la Sala Constitucional en esta materia, este órgano colegiado acuerda de que en caso de que una vez concluido el procedimiento respectivo y el mismo ser positivo al funcionario, se autoriza para que de manera inmediata, se aplique permiso sin goce de salario al funcionario desde esa fecha y hasta el 1 de mayo del año 2022, en la plaza en propiedad que le pudiera corresponder. C. Respaldar la resolución de la Rectoría, para designar interinamente a los cuatro vicerrectores actuales, para que por períodos de quince días cada uno, asuman interinamente la Rectoría de la Universidad, por el período comprendido entre el 1 de mayo y el 30 de junio del 2020, a efecto de concluir el período de nombramiento estatutario original del rector Prieto Jiménez, conforme lo dispone el Estatuto Orgánico. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD F.2 ACUERDO 9-7-2020: Revisión Filológica de los trabajos Finales de Graduación. Ref. VDOC 199-2020. (Acuerdo tomado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 16 de abril, artículo 10).
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ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD F.3 ACUERDO 7-9-2020: Solicitud de ajustes de precio en los cursos de CISCO y CECAPRO. Ref. VEAS-285-2020. (Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 30 de abril de 2020, artículo 7). SE ACUERDA: Aprobar la solicitud de rebaja de precios a los programas de Técnico en Redes CISCO de la Sede Central y los programas de CECAPRO de ciento setenta y siete mil colones (¢ 177,000) a ciento treinta mil colones pagaderos en dos tractos, (¢130,000) uno el 30 de mayo y otro el 30 de junio, para el actual cuatrimestre. Para el caso de CECAPRO aprobar la solicitud de rebaja de precios para los siguientes cursos, durante este año”, según se detalla:
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Programa
Precio actual
Precio propuesto
Técnico Superior en Pro- -2 materias ¢72000 (Grupo viejo)
-2 materias ¢50000
ductividad y Calidad
-Proyecto Final de Graduación ¢58 000
-Proyecto Final de Graduación ¢40 000
-2 materias ¢ 74000 (Grupo Nuevo)
- 2 materias ¢52000
Técnico
Superior
Laboratorista
en -2 materias ¢50 000
-2 materias ¢40 000 Laboratorio ¢50 000.
Químico -Laboratorio ¢60 000
- El laboratorio no se cobrará hasta que
para el Aseguramiento - Proyecto Final de Graduación ¢109 000
se pueda impartir presencialmente
de la Calidad
- Proyecto Final de Graduación ¢85 000
Técnico Superior en Di- -2 materias ¢104 000
-2 materias ¢80000
rección de Proyectos
-Proyecto Final de Graduación ¢80 000
-Proyecto Final de Graduación ¢104 000
ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD F.4 ACUERDO 8-9-2020: 10 medidas concretas en extensión para fortalecer a la sociedad, ante la pandemia del Covid 19. (Aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 30 de abril de 2020, artículo 8). SE ACUERDA: A. Aprobar la propuesta de diez medidas de contingencia para enfrentar la situación especial que afronta la Vicerrectora de Extensión y Acción Social en lo que resta del año 2020.
II.- RECTORÍA A.- NOMBRAMIENTOS A.1 RESOLUCIÓN R-008-2020: Nombramientos por intervención UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL. Rectoría. A las trece horas del veinticuatro de abril de dos mil veinte. Se ejecuta nombramiento por intervención del Director de la Carrera de Administración Aduanera de la Sede del Pacífico. RESULTANDO
B. Instruir a la Vicerrectoría de Extensión y Acción Social a presentar la propuesta operativa de la nueva reformulación de sus programas y centros y presentarla el jueves 30 de mayo en la Sesión Ordinaria del Consejo Universitario, para lo cual debe iniciar un proceso de consulta y trabajo mancomunado con las Decanaturas y la Dirección General Administrativa en sus áreas Financiera y de Presupuesto.
PRIMERO: Que el Estatuto Orgánico, en el inciso u) del artículo 18, le otorga al Consejo Universitario la facultad de “Ordenar por el voto de dos tercios de sus miembros, en caso de grave conflicto o acefalía, la intervención de las Sedes y otras unidades determinando la duración de la medida”.
ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD
I. Que el Consejo Universitario mediante el acuerdo No.8-22-2016, de la Sesión Ordinaria 22-2016, celebrada el jueves 13 de octubre de 2016, acordó posponer el proceso electoral
CONSIDERANDO
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para la designación democrática de los Directores y los Consejos Asesores de Carrera. II. Que el señor Fernando Villalobos Chacón, Decano de la Sede del Pacífico, mediante el oficio DECSP-215-2020 fechado 23 de abril de 2020, solicita a la Rectoría el nombramiento por intervención, como Director de la Carrera de Administración Aduanera en los tramos de Diplomado, Bachillerato y Licenciatura, del señor Marco Castro Mendoza, por el período del 01 de julio de 2020 al 31 de diciembre de 2020, inclusive. III. De acuerdo con el oficio DECSP-215-2020 el señor Castro Mendoza cuenta con permiso sin goce salarial en los otros puestos que desempeña en la Sede del Pacífico, según el oficio de la Rectoría R-278-2020.
SEGUNDO: Que en el año 2015 la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) formuló la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible como un instrumento que permite orientar a los países y a la humanidad hacia un desarrollo sostenido, inclusivo y en armonía con el medio ambiente, a través del desarrollo de políticas públicas e instrumentos de presupuesto, monitoreo y evaluación. TERCERO: Que como parte de los Objetivos propuestos se plantea el ODS 4, que pretende “Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos”, así como el ODS 5, que pretende “Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas del mundo”.
POR TANTO SE ACUERDA: El nombramiento por intervención, como Director de la Carrera de Administración Aduanera, en los tramos de Diplomado, Bachillerato y Licenciatura del señor Marco Castro Mendoza, por el período del 01 de julio de 2020 al 31 de diciembre de 2020, inclusive. MARCELO PRIETO JIMÉNEZ RECTOR A.2 RESOLUCIÓN R-009-2020: Comisión Consultiva de Género. UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL. Rectoría. A las catorce horas del veintiocho de abril de dos mil veinte. Se constituye Comisión Consultiva de Género. CONSIDERANDO PRIMERO: Que la desigualdad de género constituye un problema que se manifiesta en la vida política, económica, educativa y en general en todos los espacios de convivencia social, reconocido así por diversas organizaciones mundiales, regionales y nacionales. 12
CUARTO: Que así mismo, en la III Conferencia Regional de Educación Superior (CRES) realizada en Córdoba, Argentina, en el año 2018, se ratifica la educación superior como un bien público social – estratégico, un deber del Estado, un espacio del conocimiento, derecho humano y universal; estableciendo que su ejercicio profundiza la democracia y posibilita la superación de las inequidades. QUINTO: Que en esta Conferencia se reconoció que los ODS resultan estratégicos para alcanzar el desarrollo sostenible en los países de América Latina y el Caribe y que las universidades de la región se comprometieron articuladamente con la transformación social, cultural, política, artística, económica y tecnológica, revisando sus propias acciones y promoviendo la educación de calidad para todas las personas, principalmente para las poblaciones que enfrentan situaciones de vulnerabilidad. SEXTO: Que en su principio declarativo 8, la misma Conferencia establece que la educación superior de América Latina y el Caribe, es inclusiva y debe considerar en los sistemas e instituciones de
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educación superior aspectos relacionados con género, edad, situación socioeconómica, orientación sexual, discapacidad, religión, y situaciones de desplazamiento forzado. SÉTIMO: Que en esa Conferencia en el eje relacionado con la diversidad cultural e interculturalidad en América Latina, establece en su punto 4 que “Es imperativo que las políticas públicas e institucionales garanticen no sólo los derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes, sino también los derechos de todos los grupos de población frecuentemente discriminados respecto a referentes de género, raza, etnicidad, religión, edad, situación socioeconómica, orientación sexual, discapacidad/capacidades especiales y situaciones de desplazamiento forzado. Es ineludible que las instituciones de educación superior orienten esfuerzos de investigación, docencia y extensión/vinculación a estos fines. OCTAVO: Que la Universidad Técnica Nacional, establece la equidad como uno de sus principios regulatorios, tal y como lo establece el artículo 4 (inciso g) del Estatuto Orgánico, en el que se establece el respeto a la igualdad de género y la equidad para el acceso a los diferentes cargos. De igual manera, el artículo 41 de esta norma constitutiva establece que la comunidad estudiantil tendrá igualdad de oportunidades en los procesos de acceso, permanencia y graduación, tomando en cuenta su situación social, económica, cultural y educativa, y su mérito académico. RESULTANDO PRIMERO: Que como reflejo de un sistema desigual en materia de género, el quehacer de las universidades también presenta condiciones desiguales entre hombres y mujeres en todos los espacios de la vida universitaria y en todos los estamentos de su comunidad.
SEGUNDO: Que la UTN desde sus orígenes, ha desarrollado y participado en diferentes esfuerzos e iniciativas a nivel institucional e interinstitucional con el fin de favorecer la igualdad de oportunidades de todas las personas. Entre ellos se puede citar la participación activa en el Espacio de Mujeres Líderes de Educación Superior de las Américas (EMULIES), la Política de Admisión, el Programa de Becas y Beneficios Estudiantiles, el Programa Institucional sobre Accesibilidad y Discapacidad, el Programa de Permanencia y Retención, la Declaratoria de la UTN como espacio libre de discriminación por orientación sexual, el Programa de Éxito Académico, el Observatorio sobre Equidad en Educación Superior (OEES) y el Protocolo contra el Hostigamiento y Acoso Sexual. TERCERO: Que a pesar de la creciente feminización de la matrícula en educación superior, se siguen dando brechas importantes entre las carreras tradicionalmente consideradas femeninas y masculinas, como es el caso de la poca participación de mujeres en carreras de las áreas de Ciencias Básicas e Ingeniería en contraste con las áreas de Ciencias Económicas y Educación; tal y como lo señala el Informe Ejecutivo de Seguimiento y Monitoreo al PLANES 2016-2020 - Logros 2016, así como el estudio Características de la Población Estudiantil de Nuevo Ingreso 2019 de la Dirección de Planificación Universitaria de la UTN. CUARTO: Que según el informe Estadísticas de Diplomas Otorgados por las Instituciones de Educación Superior Universitaria de Costa Rica, del Observatorio Laboral de la Oficina de Planificación de la Educación Superior en el año 2015, a pesar de que la mayoría de los títulos obtenidos en la educación superior costarricense corresponden a mujeres, éstas encuentran mayores limitaciones para insertarse en el mercado laboral.
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QUINTO: Que se deriva del estudio de Características de la Población Estudiantil de Nuevo Ingreso 2019 de la Dirección de Planificación Universitaria de la UTN que algunas condiciones de vulnerabilidad asociadas a la población estudiantil universitaria, como es el caso de la maternidad y paternidad, son predominantemente vividas por las mujeres respecto a los hombres (70,8%). SEXTO: Que no existen estudios publicados respecto a las características y oportunidades asociadas al género de los estamentos académicos y administrativos de la Universidad Técnica Nacional, siendo necesario identificar cuál es la realidad institucional asociada al género entre el personal universitario. SÉTIMO: Que el 26 de julio de 2019 el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), mediante oficio INAMU-PE-0387-07-2019 ha solicitado a la Rectoría la participación de la UTN, asignando una serie de compromisos asociados a la Política Nacional de Igualdad efectiva entre Mujeres y Hombres 2018-2030 y al ODS 5, mediante la realización de un Plan de Acción Institucional en el que se deben especificar las tareas institucionales asociadas, la rendición de cuentas, la estimación presupuestaria y la definición de metas anuales del período 2020-2022. OCTAVO: Que en consecuencia a esta petición, un grupo de personas funcionarias convocadas por las diferentes Vicerrectorías de la Universidad, ha venido trabajando en atención al Plan de Acción 2019-2022 de la PIEG, con el fin de definir las acciones e identificar las capacidades institucionales para el cumplimiento de la petición del INAMU, asociados a la PIEG, que a su vez contempla el ODS 5, de la Agenda 2030 de la ONU. NOVENO: Que cada vez con mayor frecuencia, instancias externas requieren la presencia de la Universidad en temas asociados a la 14
equidad, especialmente respecto a la equidad de género; solicitando información estadística desagregada, así como su participación en el desarrollo de diferentes iniciativas y propuestas de carácter nacional e interinstitucional. DÉCIMO: Que actualmente la UTN no cuenta con ningún órgano ni unidad al que se le hayan asignado funciones de carácter permanente para la gestión del tema de la equidad de género, con el fin de canalizar a lo interno y externo de la institución consultas, propuestas e iniciativas, así como todo tipo de actividades relacionadas con el tema de género. DÉCIMO PRIMERO: Que mediante acuerdo del Consejo Universitario de la Universidad Técnica Nacional, No. 079-2017 del 4 de mayo del 2017, se crea el Observatorio sobre Equidad en Educación Superior como una unidad adscrita a la Vicerrectoría de Investigación y Transferencia, encargada de promover la reflexión, el análisis y la construcción de conocimiento a partir de información fiable, significativa y actualizada sobre la equidad en la educación superior, con el propósito de fortalecer la inclusión en las universidades. SE RESUELVE PRIMERO: Constituir una Comisión Consultiva de Género (en adelante “la Comisión”), como un órgano institucional de consulta, de articulación de esfuerzos universitarios, de generación de propuestas y de seguimiento sobre temas asociados a la equidad de género. SEGUNDO: Que la Comisión estará integrada por: 1. Personal titular a cargo del OEES, quien la coordinará y representará a la Vicerrectoría de Investigación y Transferencia 2. Representante de cada una de las demás Vicerrectorías
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3. Representante de la Dirección General de Administración Universitaria
III.- DIRECCION DE PROVEDURÍA A.- LICITACIONES
4. Representante de la Dirección de Planificación Universitaria
A.1 ACUERDO 14-7-2020: Informe I-ACAD-003-2020 de la Licitación Pública 2019LN-000004-UTN “Servicios de Limpieza Sede Central y Sede de Atenas”.
5. Representante de la Defensoría Estudiantil, cuyas designaciones las hará la persona titular a cargo.
(Acuerdo tomado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria realizada el 16 de abril, artículo 15).
6. Representante proveniente del sector estudiantil, quien será nombrado por la representación estudiantil ante el Consejo Universitario.
SE ACUERDA:
TERCERO: Que la Comisión podrá integrar grupos de trabajo específico con personas de los diferentes estamentos de la comunidad universitaria cuando así lo requiera, para el desarrollo de objetivos y trabajos específicos, según los requerimientos institucionales y externos así lo demanden. CUARTO: Que la integración de la comisión creada mediante esta resolución se regirá por criterios de paridad de género, lo cual implica que ninguno de los dos sexos tendría que tener una proporción inferior al 40% ni superior al 60%, esperando que por el tema sustantivo que la motiva, la mayoría de las personas sean mujeres. QUINTO: Que la Comisión, en razón de su carácter institucional, rendirá los informes que se requieran ante la Rectoría de la UTN. Rige a partir de su comunicación. COMUNÍQUESE MARCELO PRIETO JIMÉNEZ RECTOR
Acoger la recomendación de la Comisión de Licitaciones Institucional presentada mediante la Transcripción de Acuerdo 02-2020, ACUERDO 3-02-2020 y en consecuencia adjudicar la Licitación Pública 2019LN-000004-UTN “SERVICIOS DE LIMPIEZA SEDE CENTRAL Y SEDE ATENAS” a la Oferta #2: Suplidora Hotelera Santamaría Ltda., Cédula Jurídica: 3-102-519722, como se detalla en el siguiente cuadro: Línea Descripción
Monto Mensual
Monto Anual
1
¢4.164.699,78
¢49.976.397,40
¢3.437.361,88
¢41.248.342,53
Servicio de limpieza Sede Central
2
Servicio de limpieza Sede Atenas
Total
¢91.224.739,93
Plazo de entrega: Un año calendario según lo indicado en la orden de inicio. MONTO TOTAL: ¢91.224.739,93 (NOVENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE COLONES CON 93/100). ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD
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Comité Editorial de la Gaceta Ana Luisa Sánches Morales Jefa de despacho de Rectoría Luis Mendez Briones Secretario Ejecutivo del Consejo Universitario Gricel Brenes Fernandez Directora de Comunicación Jonathan Morales Herrera Director General de Asuntos Jurídicos Elvia Villalta Sancho Diseño y Diagramación
Universidad Técnica Nacional Teléfono 2435-5000. Sitio web: www.utn.ac.cr 16
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