Revista_Volumen_I

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Rev. Acad. Puert. De Jur. Y Leg.

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POR CUANTO. Las relaciones entre las academias puertorriqueña y española serán sin duda provechosas para la nuestra y significará muy valiosamente nuestra cinco veces centenaria cultura jurídica hispánica; POR CUANTO: Para el establecimiento de una sana correspondencia entre las academias puertorriqueña y española es necesario, de acuerdo con el Articulo 86 del Reglamento de la española, el reconocimiento del gobierno del país que constituye la nueva academia y así ha sido requerido por el Presidente de la Academia española, el Juez Presidente Antonio Hernández Gil a nuestra recién creada Academia. POR TANTO: Yo, Rafael Hernández Colón, Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Por la presente, 1. Concedo el reconocimiento oficial del Gobierno de Puerto Rico a la Academia Puertorriqueña de Jurisprudencia y Legislación; 2. Exhorto a los gestores y académicos numerarios a aportar generosamente a la renovación de nuestro derecho; 3. Invito a la Academia que en ejercicio de sus funciones establezcan los más estrechos lazos con los pueblos del mundo que comparten nuestros ideales de justicia y paz, en especial los hispánicos, en momento en que conmemoramos el quinto centenario del Descubrimiento de América. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, firmo la presente y hago estampar en ella el gran sello del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en la Ciudad de San Juan, hoy día 26 de diciembre de 1985. Promulgada de acuerdo con la Ley, hoy día 26 de diciembre de 1985 Héctor Luis Acevedo, Secretario de Estado


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