No. 92

Page 8

Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Mismas. Disposiciones jurídicas en materia ambiental se incluyeron prácticamente en todas las leyes referidas en los incisos a) al f) anteriores, aunque la mayoría de esas disposiciones ambientales son meras referencias a la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental,3 a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente4 y, en general a la responsabilidad por daños al ambiente.4 La Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos es sin duda la reforma más relevante en materia ambiental del paquete de reformas en materia de energética. A continuación lo más relevante de dicha ley. c) Decreto por el que se expiden la Ley de la Industria Eléctrica, la Ley de Energía Geotérmica y se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales. d) Decreto por el que se expide la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia de Energética; se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y, se expide la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. e) Decreto por el que se expide la Ley de Hidrocarburos y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera; Ley Minera, y Ley de Asociaciones Público Privadas. f) Decreto por el que se expiden la Ley de Petróleos Mexicanos y la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, y se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de

2. Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos Efectivamente, como parte del paquete de leyes secundarias en materia energética se expidió la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, cuya ley tiene por objeto crear dicha Agencia, en lo sucesivo la Agencia, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con autonomía técnica y de gestión. 2.1 Objeto de la Agencia. El objeto de la Agencia es la protección de las personas, el medio ambiente y las instalaciones del sector hidrocarburos a través de la regulación y supervisión de: (i) la seguridad industrial y seguridad operativa; (ii) las actividades de desmantelamiento y abandono de instalaciones; y, (iii) el control integral de los residuos y emisiones contaminantes.7

Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2013. Entró en vigor al día siguiente. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988. Última reforma publicada DOF 16 de enero de 2014. 5 Administrativa, civil y/o penal. 6 Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014. Art. 1º. 7 Idem. 8 Ibidem Art. 2. 9 Ley de Aguas Nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de diciembre de 1992. Última reforma publicada el citado Diario Oficial el 11 de agosto de 2014. 10 Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2014. Entra en vigor a los 180 días a partir del día siguiente de su publicación. 3 4

6

La Barra Julio-Octubre 2014


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.