Medios y Políticas Públicas de Comunicación

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Capítulo 2 | Suportes al desarrollo

Otro dato importante consiste en el hecho de que de los 91 constituyentes que recibieron por lo menos una concesión de radio o televisión, el 92,3% votaron a favor del presidencialismo y el 90,1% lo hizo a favor del mandato de cinco años, ciertamente los temas más relevantes para los intereses de aquel gobierno. Por lo tanto, este proceso sirvió para reforzar dos tendencias estructurales de los medios de comunicación electrónicos en Brasil: 1. Predominio de las redes nacionales de televisión y de los grandes conglomerados privados de los medios de comunicación. 2. Aumento de la presencia de grupos políticos regionales en el control de las emisoras de radio y de televisión. Conforme se ha resaltado anteriormente, tales acontecimientos históricos han generado una enorme dificultad a la hora de realizar el debate político-institucional y público acerca de las políticas públicas de comunicación, en especial en el caso de las que están relacionadas con la radiodifusión. El hecho de que una parte no despreciable de las empresas de los medios brasileños esté dominada por políticos con sendos mandatos en los poderes Legislativo y Ejecutivo, contribuye en efecto a que se res-

La legislación y la participación de los políticos en la radiodifusión Código Brasileño de Telecomunicaciones de 1962 Art. 38. A la hora de otorgar concesiones y autorizaciones para ejecutar los servicios de radiodifusión, se observarán, además de otros requisitos, los siguientes preceptos y cláusulas: (...) Párrafo único. No podrán ejercer las funciones de director o gerente de una empresa que disponga de una concesión de radio o televisión quienes gocen de inmunidad parlamentaria o de foro especial. Constitución brasileña de 1988 Art. 54. Los Diputados y Senadores no podrán: I - desde el momento que se expida su diploma: a) firmar o mantener un contrato con personas jurídicas de derecho público, instituciones, empresas públicas, sociedades de economía mixta o empresas que tengan concesiones de servicios públicos, salvo cuando el contrato obedezca a cláusulas uniformes; b) aceptar o ejercer un cargo, función o empleo remunerado, incluidos los que estén sujetos a dimisión “ad nutum”, en las entidades que constan en el apartado anterior;

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II - desde su toma de posesión: a) ser propietarios, controlar o ser directores de empresas que gocen de favores derivados de un contrato con una persona jurídica de derecho público, o ejercer en ellas alguna función remunerada; b) ocupar un cargo o función que esté sujeto a dimisión “ad nutum” en las entidades referidas en el inciso I, “a”; c) patrocinar alguna causa en la que esté interesada cualquiera de las entidades a las que se refiere el inciso I, “a”; Art. 55. Perderán su mandato aquellos Diputados o Senadores: I - que infrinjan cualquiera de las prohibiciones establecidas en el artículo anterior; Ley 8977 de 1995 (Ley del Cable) Art. 9º Para ejercer funciones de dirección de empresas operadoras de televisión por cable, las personas físicas no podrán gozar de inmunidad parlamentaria ni de foro especial.


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