Edición 20 de Noviembre 2012

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CLASIFICADOS / MARTES, 20 DE NOVIEMBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

ED-6252 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ.

CB-512 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA SUPERIOR DE HUMACAO

CB-386 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

JULIO ALVAREZ ORTIZ y su esposa FREDESWINDA BAEZ BASORA

BANCO SANTANDER PUERTO RICO

Fannie Mae

Demandante

Demandante v.

Frederick Coll Guerrero Edia Luz Ramírez Centeno y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos

Peticionario

Ex-Parte

CIVIL NUM.: ISCI201201200. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: LAS PERSONAS IGNORADAS A QUIENES PUDIERA PERJUDICAR LA INSCRIPCION DEL DOMINIO A FAVOR DE LA PARTE PETICIONARIA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LA FINCA QUE MAS ADELANTE SE DESCRIBIRA Y A TODA PERSONA EN GENERAL QUE CON DERECHO PARA ELLO DESEE OPONERSE A ESTE EXPEDIENTE: POR LA PRESENTE se les notifica que comparezcan, si creyeren que les conviene, ante este Honorable Tribunal dentro de los veinte (20) días a partir de la última publicación de este edicto, a exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por la parte peticionaria para adquirir su dominio sobre la siguiente finca: --RUSTICA: Sita en el sector El Tokio del Barrio Lajas de Lajas, Puerto Rico, con una cabida de 119.7733 m/c; con casa colindando al NORTE a la Sucesión Afredo y Mariano Lozada; al SUR, camino Los Basora; al ESTE, la Sucesión María Fructuosa Méndez Zambrana; y al OESTE, la Sucesión María Fructuosa Méndez Zambrana; y al Oeste, la Sucesión Lozada. Debe presentar el original de su escrito al Tribunal y notificar copia del mismo al representante legal de la parte promovente: Lcdo. Esmeraldo Vélez Vargas, PO Box 142, San Germán, PR 00683. Se le advierte que de no hacer oposición alguna dentro del término antes expresado, la parte peticionaria podrá obtener que se apruebe el expediente de dominio y el Tribunal ordene la inscripción de la finca a su favor en el Registro de la Propiedad correspondiente. En Mayagüez, Puerto Rico, a SEP 21 2012. LCDA. NORMA G. SANTANA IRIZARRY, SECRETARIA REGIONAL I. POR: LIZMARIE RUFO AYALA, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

ED-6320 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

COOP DE A/C LA PUERTORRIQUEÑA Demandante

ANGEL BENITEZ Y OTROS Demandado(a) CIVIL NUM. K CD2012-1013. SALA: 906. SOBRE: COBRO DE DINERO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: CYNTHIA DE JESUS y su esposo FULANO DE TAL por sí y en representación de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta entre ambos. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 5 DE NOVIEMBRE de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 8 de noviembre de 2012. En SAN JUAN, Puerto Rico, el 8 de NOVIEMBRE de 2012. REBECCA RIVERA TORRES. NOMBRE SECRETARIO(A) GENERAL INTERINA. RAQUEL E. FIGUEROA NATER. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.

Vs.

VICTOR DE LA CRUZ CRUZ Demandado CIVIL NÚM. HICI201200486 (207). SOBRE: COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: VICTOR DE LA CRUZ CRUZ Por la presente se le notifica que ha sido presentada en este Tribunal una Demanda en su contra en el pleito de epígrafe. El abogado de la parte demandante es el Lcdo. Jean Paul Juliá Díaz, Rivera-Munich, Eliza & Hernández Law Offices, P.S.C.; P.O. Box 364908, San Juan, PR 00936-4908; Tel. (787) 622-2323 Fax (787) 622-2320. Se le advierte que este edicto se publicará en un (1) periódico de circulación general una (1) sola vez y que si no comparece a contestar dicha Demanda radicando el original de la misma en el Tribunal Superior, Sala de Humacao, con copia al abogado de la parte demandante, dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la publicación del edicto, se les anotará la rebeldía y se dictará sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarle ni oírle, disponiéndose además, que en los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto se les dirigirá por correo certificado con acuse de recibo una copia del Emplazamiento por Edicto y de la Demanda presentada a su última dirección postal conocida en P.O. Box 3604, Juncos, PR 00777-6604. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Humacao, Puerto Rico, hoy día OCT. 9 de 2012. Dominga Gómez Fuster, Secretaria Regional. Secretario. Melisa Montes De Jesús, Secretaria Auxiliar Tribunal I. Sub-Secretario.

ED-6318 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE TRUJILLO ALTO.

ENCANTADA HOMEOWNER’S ASSOCIATION, INC. Demandante VS.

CICLO ZONA SPINNING CENTER INC., por conducto de su Presidente STEVEN ROLON MUÑOZ Demandados CIVIL NUM. FECI2011-00479. SOBRE: COBRO DE DINERO (VIA ORDINARIA). AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, por la presente anuncia que, en cumplimiento de una sentencia dictada en el presente caso el día 2 de septiembre de 2011, procederé a vender, el día 13 de diciembre de 2012, a las 2:00 de la p.m. en mi oficina localizada en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, en la Calle --- Núm. , en la Ciudad de--, al mejor postor y por dinero en efectivo, todo título, derecho o interés del demandado sobre la siguiente propiedad: a) Dieciocho (18) bicicletas Spining, Modelo 96800-SUSAPO, año 2004, serie PSD 100XXXX; b) Equipo de marca Peavey M2600, con dos (2) bocinas y pedestal; c) Siete (7) sillas en aluminio; d) Un (1) escritorio secretarial con silla. Esta venta se hará para satisfacer el balance pendiente de la sentencia antes mencionada, por la suma de once mil quinientos cuatro dólares ($11,504.00), más intereses diarios a razón de $1.04 a partir de 31 de enero de 2011. Para mayor información, los interesados pueden referirse al expediente que consta en los archivos, bajo el número de epígrafe. En Carolina, Puerto Rico, a 5 de octubre de 2012. SAMUEL GONZALEZ ISAAC, ALGUACIL.

Demandados CIVIL NÚM: DCD2011-0692 (702) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 3 de diciembre de 2012, a las 10:45 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urbanización Santa Paula, 40 Calle Jaime Rodríguez, Guaynabo, PR 00969 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Santa Paula de la Santa Paula Realty Corporation situada en el Barrio Los Frailes del término municipal de Guaynabo, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con el #40 con un área de 591.40 metros cuadrados. Colindando por el NORTE, en 30.00 metros con el solar #39 del mencionado plano; por el SUR, en 29.04 metros con el solar #41 del mencionado plano; por el ESTE, en 20.00 metros con la calle Ingeniero Jaime Rodríguez del mencionado plano; y por el OESTE, en 20.02 metros con el solar #87 del mencionado plano. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 1 del Tomo 212 de Guaynabo, finca número 13,766 en el Registro de la Propiedad de Guaynabo. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $210,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 10 de diciembre de 2012, a las 2:45 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $140,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 17 de diciembre de 2012, a las 2:45 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $105,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 393, otorgada el día 30 de abril de 2001, ante el Notario Edgardo Del Valle Galarza y consta inscrita en el Folio electrónico del Tomo 1157 de Guaynabo, finca número 13,766 en el Registro de la Propiedad de Guaynabo, inscripción décimocuarta. La antes mencionada hipoteca fue modificada el 29 de octubre de 2009 en cuanto a los intereses, a saber: 2.000% a partir del 1 de noviembre de 2009; 3.000% a partir del 1 de noviembre de 2014; 4.000% a partir del 1 de noviembre de 2015; 4.875% a partir del 1 de noviembre de 2016, estableciendo como nuevo balance de principal la suma de $198,799.63. Dicha subasta se

llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $193,723.57 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.500% anual desde el día 1 de julio de 2010. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $21,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $21,000.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $21,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A) AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Fannie Mae en el caso civil número DCD09-0302 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca por la suma de $188,669.26 y otras cantidades. Anotada al folio 116 del tomo 1410 (ágora) de Guaynabo, el 23 de febrero de 2009. Anotación A. B) AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Fannie Mae vs. Frederick Coll Guerrero y Edia Luz Ramírez Centeno, ante el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, en el caso civil número DCD 2011-0692, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca por la suma de $193,723.57 y otras cantidades, según Demanda 15 de marzo de 2011. Anotada al folio 116 del tomo 1410 de Guaynabo. Anotación B y última. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 25 de JUNIO de 2012. FDO. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, ALGUACIL.

CB-376 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante vs.

ANA LUISA LABOY CLAUDIO EUGENIO BURGOS LABOY Demandados CIVIL NUM. GCD2011-0049. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: ANA LUISA LABOY CLAUDIO; EUGENIO BURGOS LABOY Y AL PUBLICO EN GENERAL: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del referido Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 4 de diciembre de 2012, a las 11:00 de la mañana, todo título, derecho, participación y/o interés que le corresponda o pueda corresponderle a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el número doscientos veinte y nueve guión A (229-A), en el plano de parcelación de la Comunidad Rural Corazón del Barrio Algarrobo, del término municipal de Guayama, con cabida superficial de Setecientos Tres Punto Ochenta y Cuatro (703.84) Metros Cuadrados. En lindes por el Norte, con parcela número doscientos veintinueve (229) de la comunidad, por el Sur, con parcela número doscientos cincuenta y uno (251) de la comunidad, por el Este, con la calle número diez (10) de la comunidad y por el Oeste, con la parcela número doscientos seis (206) de la comunidad. Enclava en dicha parcela casa residencial hecha en cemento. Inscrita en el Registro de la Propiedad sección de Guayama, al folio 171 del tomo 468 de Guayama, finca número 14303. Se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $56,000.00. De ser necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el referido Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 11 de diciembre de 2012, a las 11:00 de la mañana, y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $37,333.33, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente para la primera subasta. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 18 de diciembre de 2012, a las 11:00 de la mañana, y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $28,000.00 equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido para la primera subasta. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $47,153.60, balance de principal del pagaré hipotecario objeto de ejecución, los intereses al tipo del 7.50% anual devengados sobre dicho principal hasta el día 1ro. de agosto de 2010, más los devengados desde dicha fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda, más los cargos por demora incurridos desde dicha fecha hasta el total y completo pago de la deuda, la suma de $5,600.00, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todo interesado que todas las actas y demás constancias del expediente de este caso, están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables para

ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta como bastante la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. A su vez cualquier gravamen preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el adjudicatario en la subasta lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de su pago. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Guayama, Puerto Rico, expedido el mismo en Guayama, Puerto Rico, hoy día 29 de agosto de 2012. Orlando Figueroa Morales, Alguacil, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama. ED-6156 #687772-32972341 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE ADJUNTAS.

SANTANDER FINANCIAL SERVICES, INC. Demandante v.

ANTONIO RIVERA NUÑEZ AWILDA RIVERA TORRES y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

Demandados CIVIL NUM: L2CI2011-00168. SOBRE: EJECUCION DE PRENDA Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 8 de mayo de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe, simultáneamente con la prenda. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 4 de diciembre de 2012, a las 10:30 AM de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE ADJUNTAS. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $26,687.96. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 11 de diciembre de 2012, a las 10:30 AM de la mañana en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será 2/3 partes deltipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea,la suma total de $17,791.97. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE ADJUNTAS. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 18 de diciembre de 2012, a las 10:30 Am de la mañana en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación

en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---“RUSTICA: Parcela marcada con el número SETENTA y UNO (71) en el plano de parcelación de la comunidad Rural Pellejas del barrio Pellejas del término municipal de Adjuntas, Puerto Rico, con una cabida superficial de UNA cuerda con NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA diezmilésimas de otra (1.9760), equivalente a CUATRO MIL TRESCIENTOS TRECE punto OCHENTA Y CUATRO (4,313.84) metros cuadrados. En lindes por el Norte,con calle número CINCO (5) de la comunidad; por el Sur, con la calle número DOS (2) de la comunidad; por el Este, con la parcela número SETENTA (70) de la comunidad; y por el Oeste, con la calle número CINCO (5) de la comunidad.: Inscrita al folio 125 vto. del tomo 305 de Adjuntas, finca #6,801, inscripción 5ta., del Registro de la Propiedad de Utuado. DIRECCION: BARRIO PELLEJAS, CARR. 10 R 524 KM. 0.4 CALLE 5 CASA 61 ADJUNTAS, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $19,179.97 más intereses sobre dicha suma al tipo del 13.040% anual, desde el día 24 de marzo de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $2,668.80 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en ADJUNTAS, Puerto Rico, hoy día 04 de octubre de 2012. LIS A. RODRIGUEZ MERCADO, ALGUACIL. T.P.I.-SALA DE ADJUNTAS.

ED-6153 #OP-102466243 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO, SALA SUPERIOR.

BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA PUERTO RICO Demandante vs.

CAROLINA BELLO YSERN

Demandado CIVIL NUM. CCD2011-0295 (401). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. Los Estados Unidos de América. El Presidente de los E.E.U.U. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS: Yo, Edwin Aldiva Ruiz, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Arecibo, al público hago saber: Que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 17 de abril de 2012, notificada el 1 de mayo de 2012, publicada el 8 de mayo de 2012, de la cual adeuda a la demandante la suma principal de $218,245.58, intereses vencidos que al 1 de enero de 2011, ascienden a $5,349.55, la suma de $298.24 por concepto de cargos por demora y los que se continúen acumulando hasta su total y completo pago, más la suma de $22,990.00 por concepto de honorarios de abogado y a tenor del Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha 3 de julio de 2012, por la Secretaria este Tribunal de Arecibo, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor la siguiente propiedad inmueble, la cual se describe a continuación: “URBANA: Solar “B” guión tres (B-3) de la Urbanización Estancias de Santa María, carretera seiscientos ochenta y seis (686) kilómetro uno (1.0) interior, localizada en el Barrio Coto Norte, del Municipio de Manatí, Puerto Rico, con una cabida superficial de seiscientos punto trescientos doce metros

cuadrados (600.312 m/c), equivalentes a cero punto uno cinco dos siete tres cuerdas (0.15273 cdas.). En lindes por el NORTE, con el solar “B” guión dos (B-2) en distancia de treinta y uno punto doscientos noventa y ocho metros (31.298 m); por el SUR, con el solar “B” guión cuatro (B4) en distancia de treinta y uno punto doscientos dieciséis metros (31.216 m); por el ESTE con camino vecinal en distancia de diecinueve punto doscientos metros (19.200 m). Enclava una casa. Por su procedencia está afecta a: Servidumbre a favor de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico; Servidumbre a favor de la Puerto Rico Telephone Company; Servidumbre de Control de Acceso; Servidumbres y a Condiciones Restrictivas. Esta propiedad se encuentra inscrita al folio 75 del tomo 568 de Manatí, finca Número 18,369, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Manatí.” Esta propiedad tiene el siguiente Número de Catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) 034067-050-03-001. La dirección física del inmueble anteriormente descrito es URBANIZACION ESTANCIAS DE SANTA MARIA, B3, Manatí, PR 00954. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de la subasta. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 4 de dic de 2012, a las 10:00 de la A.M. Precio mínimo: $229,900.00. SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el día 11 de dic. de 2012, a las 10:00 de la A.M. Precio Mínimo: $153,266.66. TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 18 de dic. de 2012, a las 10:00 de la AM. Precio mínimo: $114,950.00. Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de Arecibo, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la fecha de la sentencia, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Sobre la propiedad anteriormente descrita se encuentra inscrito el siguiente gravamen posterior: AVISO DE DEMANDA en el caso civil Núm. CCD2011-0295, Tribunal de Primera Instancia, Sala de Manatí, sobre ejecución de hipoteca por la vía ordinaria, seguido por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Puerto Rico vs. Carolina Bello Ysern, por el pago por $218,245.58, inscrito al folio 75 del tomo 568 de Manatí, Anotación “A”:. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Arecibo, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y en un periódico de circulación general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En Arecibo, Puerto Rico, a 8 de agosto de 2012. EDWIN ALDIVA RUIZ, ALGUACIL SUPERIOR #989.


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