Derecho Administrativo I - Allan Brewer

Page 237

LOS SUPUESTOS pOLITICOS

237

El sistema electoral: la universalización progresiva

En todo caso, estimamos que actualmente está claro, sobre todo en América Latina, que democracia y elección son dos cosas distintas. La primera, como régimen político, implica el gobierno no sólo por el pueblo, sino para el pueblo; la segunda, como sistema político, es uno de los mecanismos de concreción del régimen político; y de allí la tendencia por transformar la democracia formal en nuestros días, que se agota en la elección, en una democracia económica y social a la vez que política, que garantice la real participación del pueblo en los beneficios económicos y sociales de la nación, y en su gestión.

En el caso de Venezuela, el país, desde la primera Constitución de 1811, conoce de un sistema electoral," aun cuando lademocrada no haya sido persistente y, más bien, casi inexistente. y si hoy, como se dijo, el sistema electoral está caracterizado por la existencia del sufragio universal, directo y secreto y que otorga representación proporcional a las minorías, ello es fruto de una larga evolución que va de un sufragio limitado o restringido a un sufragio universal; de un sufragio indirecto a un sufragio directo; de un sufragio a veces público a un sufragio secreto; y de un sufragio mayoritario a un sufragio de representación proporcional de las minorías. En estos cuatro puntos puede situarse la evolución del sistema electoral venezolano, los cuales analizaremos separadamente. El primero de los aspectos que marca la evolución señalada, es el que va de un sufragío originalmente limitado, a un sufragio universal como el actualmente en vigor, es decir, que no está limitado por condiciones económicas o de fortuna o por aspectos particulares de la capacidad o situación física del elector." La universalidad de! sufragio, que no admite restricciones por razones de sexo, fortuna o condición social, IJ. 14.

V. las referencias en el parágrafo 3. De acuerdo con la Constitución de 1961, "son electores, todos los venezolanos que hJl'an wmpl,do d"x,ocho (18) años de edad y no estén sujetos a interdicción civil ni ~ inhabilttsción pnlitica·' (Art, 11), la ley Orgánica del Sufragio de .'> de seplLt'mbre de l~)', (1'. en Gacela Oficial, N° 1609; extraordinano, de dicha fecha) ~darn (Art. 7") que la interdicción civil debe derivar de sentencia definitivamente firme y la. .inhabilitación polítIca de condena penal que la conllevo:, Como pena ~cces?na, D,dla Ley agrego. (Art. r), que "los miembros de las fuerzas armadas no ejercerán el sufragio l11ientl'lS perm:me4C.1n en servicio militar activo" lo cual parecería destinado a garantizar el carácter de "institución apolítiGl., obedi~te y no del¡ber~nlc" que ¡~s Fuerz~s Armadas NadQrJjl!es tienen de acuerdo con el artículo 132 de la Constitución.


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.