ESTATUS EPISTEMOLOGICO DE LAS RELACIONES PUBLICAS

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Ensayo N° 01: Estatus Epistemológico de las Relaciones Públicas En el Perú: 60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di? (Propuesta de modelo RAVIRA) Raúl Rivero Ayllón

Universidad Nacional de Trujillo Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación Escuela Académico Profesional de Ciencias de la Comunicación

Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú - Consejo Regional La Libertad


Ensayo N° 01: Estatus Epistemológico de las Relaciones Públicas En el Perú: 60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di? (Propuesta de modelo RAVIRA) Raúl Rivero Aylllón Raúl Rivero Ayllón e-mail: rivero_ayllon@yahoo.es Blog virtual:

Homenaje: A la memoria eterna de Armida Ayllón Chumán y José Rivero Jiménez, mis padres.

Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N° 2009 Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú Consejo Regional La Libertad Universidad Nacional de Trujillo Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación. Escuela Académico Profesional de Ciencias de la Comunicación. Av. Juan Pablo II s/n. (Ciudad Universitaria). Trujillo – Perú. Primera edición. 2009, octubre, Trujillo –Perú. Impreso en: AP CREATIVIDAD, Comunicación y Marketing. Trujillo - Perú

QUEDA PROHIBIDA LA REPRODUCION TOTAL O PARCIAL DE ESTA OBRA, SIN EL CONSENTIMIENTO DEL AUTOR.

Agradecimiento a: Carlos Lázaro Araujo y Lorenzo Matos Deza, porque señalaron el camino que debía transitar, cuando me encontré en el dilema existencial de cuál seguir: el camino del pragmatismo o de la ciencia. - III -


INDICE Dedicatoria: A los pioneros del relacionismo público peruano, por prepararnos el camino a los que vendríamos después, allá por la década del 50. A los precursores del relacionismo público liberteño, por ofrecernos la fuente cognitiva de su pragmatismo, iluminando el nebuloso mundo de las Relaciones Públicas de la década del 60. A mis amigos, con quienes en la década del 70, depositamos nuestra juventud en una futura ciencia y que ahora – en el siglo XXI - es una realidad: RELACIONES PUBLICAS. A todas las promociones del Instituto Superior de Periodismo y Relaciones Públicas “Dr. Carlos E. Uceda Meza” (Trujillo-Perú) y del Instituto Superior Tecnológico Estatal “Trujillo” (*) que forjaron su vocación relacionística en la dimensión académica abriendo el camino para que las nuevas generaciones de estudiantes universitarios de Ciencias de la Comunicación del siglo XXI acepten el reto de consolidar a las Relaciones Públicas como ciencia.

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Prólogo

P

PARTE I: HISTORICIDAD DE LAS RELACIONES SOCIALES Capítulo I ¿Por qué primero la historicidad de las relaciones sociales?

P S 03 rime

PARTE II: HISTORICIDAD DE LAS RELACIONES PUBLICAS Capítulo II Visión panorámica

P H 11 V

Capítulo III Historicidad del término “Relaciones Públicas”

19 H

Capítulo IV Historicidad disciplinaria

25 H

PARTE III: MODELOS DE RELACIONES PÚBLICAS Capítulo V Modelos de Relaciones Públicas, según Grunig

P M 35 M

Capítulo VI Propuesta de modelo RAVIRA

41 P

PARTE IV: ANÁLISIS DEL OBJETO DE ESTUDIO DE LAS RELACIONES PÚBLICAS Capítulo VII Facticidad del objeto de estudio de las Relaciones Públicas

P A R 51 F

Capítulo VIII Origen, naturaleza, esencia y cognoscibilidad del objeto relacional

59 O R

PARTE V: SISTEMA DE RELACIONES PUBLICAS Capítulo IX Descripción del Sistema de Relaciones Públicas: Modelo RAVIRA

P S 69 D M

-V-


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

PARTE VI: METODOLOGÍA DE LA CIENCIA Y DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Capítulo X Metodología de la ciencia aplicada a las Relaciones Públicas.

P M I 83 M P

PARTE VII: MIS PRIMERAS CONCLUSIONES Primer paso: Vamos por buen camino.

P M 93

Bibliografía

95

PARTE VIII: Anexo 1: Proyecto de Ley que crea el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

P 101 d

Anexo 2: Ley N° 25250 que crea el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

107 d

Anexo 3: Ley N° 28249 que modifica la Ley N° 25250, Ley de creación del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

111 L P

Anexo 4: Comisión Especial encargada de elaborar el Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

115 E d

Anexo 5: Estatuto y Código de Ética del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

119 P

Anexo 6: Representantes de la Comisión Nacional Organizadora del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

143 o P

Anexo 7: Miembros de la Orden del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú – Consejo Regional La Libertad.

144 d L

Anexo 8: Primer Comité Regional La Libertad del Colegio de Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

147 d

Anexo 9: Proclamación y juramentación de autoridades electas, período 2005-2008 del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

149 e R

Anexo 10: Autoridades electas del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, período 2005-2008.

153 d

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Prólogo

U

na mirada inicial y pragmática al pasado vivido en el mundo de las Relaciones Públicas nos llevó a su conocimiento teórico primigenio, mediante una lógica difusa. Ahora, con la misma mirada pragmática, pero aplicando nuestra lógica natural, sustentada en los 35 años profesando –contra viento y marea- las Relaciones Públicas, obtenemos con mayor claridad conclusiones teóricas que nos conducen –con convicción- a una evaluación epistémica integral para dilucidar si las Relaciones Públicas son una ciencia o no. Iniciamos, en este primer ensayo, ese reto tantas veces postergado y miles de veces reclamado por los relacionistas pioneros del Perú y, especialmente, del departamento La Libertad; por los relacionistas seguidores de los pioneros; y, por los relacionistas que haciendo ejercicio de Relaciones Públicas se forjaron en los llamados institutos superiores tecnológicos (“mando medio” y “nocturno”, por añadidura). También requerido por las generaciones de comunicadores sociales egresados de las aulas universitarias que viven el dilema de no saber identificar la naturaleza de las Relaciones Públicas; y, finalmente, ahora –ante dicho dilema- por la exigencia de los potenciales relacionistas que aún se forjan en - VII -


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

las Facultades de Ciencias de Comunicación de las universidades del país. Mi primer ensayo: “Estatus Epistemológico de las Relaciones Públicas. En el Perú: 60 años de experiencia en Relaciones Públicas no pasan en vano, ¿Di? es un intento –tantas veces deseado- por demostrar que quienes iniciamos, en la década del 70, los estudios de Relaciones Públicas en el Instituto Superior de Periodismo y Relaciones Públicas “Dr. Carlos E. Uceda Meza” (Trujillo-Perú) no lo hicimos “…por hobby” ni “por que algo teníamos que estudiar” ni “por cultura general”. Nuestra juventud la depositamos con la esperanza de ser “alguien en la vida”. Nuestra visión de futuro se confió en algo que no se sabía si era arte, técnica, oficio, profesión o ciencia; si era una simple tecnología o una simple ocupación; o, simplemente, era una novedad producto del fenómeno ideológico de la revolución industrial cuyas ideas venían del capitalismo europeo y norteamericano. No fue como muchos lo percibieron -tal vez lo siguen haciendo- que, a falta de los estudios universitarios, los jóvenes de mi época teníamos que justificar para qué habíamos estudiado secundaria (En aquellos años, en Trujillo, sólo existían la Universidad Nacional de Trujillo y el Instituto “Carlos E. Uceda Meza”). Han transcurrido – como agua que corre alegre por nuestras manos- casi cuatro décadas. No sé si fue a propósito o simplemente, no estaba convencido que aquella profesión que me dio la riqueza que ahora disfruto –mas espiritual que material- era realmente una profesión digna como la de los economistas, abogados, médicos, sociólogos, psicólogos, pedagogos, entre otros, orgullo de sus padres de familia.

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

relaciones no necesariamente armónicas. En consecuencia, surge la evidente e impostergable necesidad de promover la cohesión y concertación social, la integración y la participación entre las personas (naturales o jurídicas). Para conseguirlo es condición ineludible construir la identidad cultural de los individuos que conforman una organización (persona jurídica). El libro que ahora está en tus manos es el primero de una serie de ensayos que me he propuesto publicar. Ensayos que, con la venia de Dios, constituirán mi obra final: “Aunque digan que no, las Relaciones Públicas ¡Sí! es ciencia”. Estimados amigos: es justicia rendir un homenaje a quienes, en la década del 50, ejercieron las Relaciones Públicas en una dimensión pragmática, estableciendo las bases de la historicidad de las Relaciones Públicas en el Perú; y, muy especialmente, en el departamento La Libertad, en la década del 60. Nuestra gratitud eterna para quienes –en vida aún o en el eterno descanso de la vida- hicieron realidad aquella frase: “Caminante no hay camino, camino se hace al andar” vigente en la dimensión empírica e intuitiva de las Relaciones Públicas de aquella época. Con la esperanza de que los sueños no siempre sueños son –como siempre digo a mis alumnos y colegas de ahora y del futuro- con esta publicación inicio un sueño “dormido”, compromiso pendiente de cumplir por más de treinta y cinco años. Raúl Rivero Ayllón

Ahora – casi en el crepúsculo de mi vida- me atrevo a afirmar que las Relaciones Públicas es la profesión que le da sentido a la humanidad y sentido a la ciencia y tecnología de otras profesiones. Ello ocurre porque cada día que pasa la naturaleza conflictiva del ser humano nos induce a establecer - VIII -

- IX -


PARTE I

HISTORICIDAD DE LAS RELACIONES SOCIALES


Capítulo I

la

¿Por qué primero de

historicidad

las relaciones

sociales?

D

entro de una línea de tiempo escueta, por ahora, tendremos en cuenta la historia de las Relaciones Públicas a partir de la revolución industrial y la aparición del gran capitalismo (siglo XIX). Ya habrá oportunidad de hacer la génesis de las Relaciones Públicas desde los orígenes mismos de la humanidad. La revolución industrial fue un fenómeno fundamental en la historia humana: cambió de forma irreversible –a través de los siglos- los modos de producción, organización social y esquemas de vida. El proceso innovador (iniciado en Inglaterra a fines del siglo XVIII), no sólo supuso una importante aportación al progreso técnico y económico, al proporcionar -a través de la aplicación de los crecientes horizontes descubiertos tras el inicio de la revolución maquinista- un poderoso medio de multiplicación de la productividad del trabajo, junto a la afirmación de la hegemonía del sector industrial sobre el agrícola. “Además estaba llamado a modificar, de forma rápida y masiva, la estructura de la población, las comunicaciones, las relaciones entre los hombres, las modas, las culturas, etc.”, se precisa en el libro Historia Universal/El siglo XIX en Europa y Norteamérica (2005: 116-123). -2-

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

Como consecuencia de lo señalado anteriormente, se constituyó una nueva sociedad fundada en el desarrollo sistemático de la industria; es decir, en la industrialización. Fenómeno económico que fue posible gracias al incesante progreso de la tecnología industrial. Esta nueva sociedad va ligada al desarrollo de la producción y el consumo masivo de bienes y servicios (sociedad de consumo) y tiene su nivel máximo en la sociedad opulenta, a partir de la cual se inicia la transición hacia la sociedad postindustrial (La Enciclopedia, volumen 18: 14367). Debemos aclarar que sociedad opulenta es la denominación que se da al tipo de sociedad característico del capitalismo altamente desarrollado (neocapitalismo).

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

no podemos desligarnos de nuestra naturaleza social (Gráfico N° 1). Entendemos como sociedad a la reunión mayor o menor de personas, familias, pueblos o naciones, con el fin de cumplir, mediante la mutua cooperación, todos o algunos de los fines de la vida. Gráfico N° 1: NATURALEZA DE LAS RELACIONES DE UNA PERSONA NATURAL (INDIVIDUAL) Naturaleza de las Relaciones Consanguinidad Parentesco Amicales Afectivas

Ahora, después de tres siglos (s. XIX-XXI), enraizada la revolución industrial en la vida de los seres humanos, podemos hablar de una sociedad post industrial definida como el fruto irreversible de la sociedad industrial cuando ésta alcanza su desarrollo óptimo en las sociedades de consumo contemporáneas (sociedad opulenta). Sus características fundamentales son tres:

Hegemonía de las clases técnicas y científicas, ligada al hecho de que los conocimientos y la información pasan a ser el motor de la dinámica social, a través de una nueva tecnología (informática, análisis estocástico, indicadores sociales, telecomunicaciones vinculadas a la informática).

3.

Generalización de la prospectiva y la planificación alternativa en todos los campos de decisión: económico, político, cultural, social, educación, comunicación social, etc).

En cualquier época de la historia de la humanidad, como es lógico suponer, a nivel individual, los seres humanos -4-

(ORGANIZACIONAL)

2.

Grupo 1 FAMILIA

Grupo 4 TRABAJO

Paso de una economía de producción (industrial) a una economía básicamente de servicios.

Sociales Amicales Sentimentales Prejurídicas

Grupo 2 AMISTADES

1.

Naturaleza de las Relaciones

Grupo 3 ESTUDIOS Naturaleza de las Relaciones

Naturaleza de las Relaciones

Educativas Económicas Jurídicas Culturales Administrativas Filosóficos Laborales Sociales Amicales/Sentimentales

Prejurídicas Pedagógicas Sociales Amicales/Sentimentales -5-


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

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SOCIAL

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Este fenómeno, como es lógico, es estudiado por las ciencias sociales en las que se encontraría las Relaciones Públicas, porque trata del comportamiento humano (multicultural y multiétnico) dentro de una determinada organización, sea como accionista, representante legal,

Relaciones SOCIALES

Relaciones

TE EX

En términos generales, en los grupos sociales denominados asociaciones (sin fines de lucro) y las sociedades (con fines de lucro) las personas que los integran forman parte de una estructura organizacional, cumplen roles y establecen relaciones, basadas en reglas. Estas relaciones se sustentan en la dinámica e interactuación de los siguientes componentes: Jurídico, Económico-Financiero, CulturalEducativo-Filosófico, Administrativo y Social (Gráfico N° 2), las mismas que se desarrollan dentro del marco conceptual regulatorio, cuyos conceptos claves son: identidad, integración, cultura, educación, actitud filosófica, valores, empatía, visión de futuro, responsabilidad social, entre otros.

Gráfico N° 2: COMPONENTES DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS

O

Por su par te, las organizaciones tienen la responsabilidad de socializar a los individuos que se vinculan con ellas. Deben promover las condiciones sociales que, independientemente de las obligaciones del Estado, favorezcan en los seres humanos el desarrollo integral de su persona, cualquiera sea su condición jurídica contractual.

funcionario, trabajador o cliente, proveedor, representante gubernamental o cualquier rol que lo involucre. En consecuencia, se requiere de una ciencia que estudie la realidad social en todas sus formas y aspectos: fenómenos, socio-económicos relaciones, estructuras organizacionales y funcionales, sistemas educativos y culturales, actitudes filosóficas y conductas sociales. Estudio que abarca a las grandes agrupaciones humanas (sociedades globales) y a los grupos sociales particulares de todo tipo.

G

Como consecuencia de ello, las asociaciones o sociedades (personas jurídicas) incorporan a las personas naturales quienes ingresan a un sistema organizacional, dentro del cual deben interactuar activamente en un proceso de adaptación, integración e influencia compartida con otros individuos (a nivel interno y externo a la organización). Para ello se requiere que internalicen y profesen la misma identidad, la misma cultura, las mismas actitudes y comportamientos adoptados por la Alta Dirección de la organización. Es decir, los individuos ingresan a un proceso de socialización muy complejo a través del cual adquieren y deben identificarse con el sistema de normas y pautas de comportamiento de determinada organización.

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

OR

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MEDIOS DE ION COMUNICAC SOCIAL

4 COMPONENTE

CULTURAL EDUCATIVO FILOSOFICO

2 COMPONENTE

JURÍDICO

3 COMPONENTE ECONÓMICO

Relaciones JURÍDICAS

Relaciones CULTURALES EDUCATIVAS FILOSÓFICAS

Relaciones ECONÓMICO - FINANCIERAS -7-


PARTE II

HISTORICIDAD DE LAS RELACIONES PUBLICAS

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Capítulo II

Visión Panorámica

L

as Relaciones Públicas surgieron como una práctica social y comunicacional entre pares y de modo público, lo cual se ve objetivado fehacientemente con el surgimiento del Estado como institución rectora que plasma relaciones de poder entre el Gobierno y el poder público de los ciudadanos. Como tal, a lo largo del tiempo, fue configurando reflexiones y conocimientos sobre el sentido, el contenido, los medios, la eficacia y la finalidad, implicados en el mismo acto relacional. Como toda actividad humana, el hombre ha pasado gradualmente de la acción a la reflexión. En consecuencia, sobre la base de la actividad práctica (las relaciones sociales) surge la actividad teórica, reflexiva, especulativa sobre las Relaciones Públicas, la cual ha sido identificada como disciplina perteneciente a las ciencias de la comunicación, para algunos; a las ciencias sociales, o a las ciencias administrativas, para otros. Las Relaciones Públicas, etimológicamente, son entendidas como “Actividad profesional, cuyo fin es, mediante gestiones personales o con el empleo de técnicas de difusión y comunicación, informar sobre personas, empresas, - 10 -

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

instituciones, etc. tratando de prestigiarlas y de captar voluntades a su favor” (Real Académica de la Lengua Española.2001:1314). Asimismo, se afirma que el término “Relacionista” se refiere a quienes cultivan o trabajan y que son expertos en las dichas relaciones. En el siglo XXI, las Relaciones Públicas han desbordado su sentido etimológico original. Actualmente es una acción racional, cuyo objetivo es la elaboración y sistematización de un conjunto de conceptos y teorías que ayudan a comprender y explicar el fenómeno de las relaciones sociales de una organización (cualquiera su naturaleza o giro de actividad). Ahora, ya podemos citar conceptos y teorías junto con técnicas, métodos y procesos prácticos que nos permitan explicar el problema epistemológico de las Relaciones Públicas; es decir, ya podemos estudiar sus fundamentos, métodos y lenguaje como conocimiento científico. Es necesario resaltar que dicho problema epistemológico, a su vez, se centra en dos aspectos: Las reglas que tienen fuerza de ley que nos permitan gestionar (administrar) las Relaciones Públicas como acción racional y por las que se concluye en un estatuto epistemológico (conjunto de normas que rigen la organización y vida de una colectividad), lo que nos permitirá discutir si la Relaciones Públicas es una ciencia y de qué tipo; y, si no lo es, en qué nivel de desarrollo se encuentra. Asimismo, si lo podrá ser alguna vez; y, si no lo puede ser nunca, por qué nivel de racionalidad está afectada: filosofía, arte o tecnología. Su capacidad para resolver problemas y predecir fenómenos. Algunos dudan que las Relaciones Públicas explique convincentemente mediante generalizaciones suficientemente estables, los fenómenos de las relaciones sociales en las organizaciones y, mucho menos, que sea capaz de derivar, a partir de sus teorías, normas o reglas de acción que mejoren la práctica - 12 -

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

relacionística. Las Relaciones Públicas “…constituyen la ciencia que se ocupa de los procesos de comunicación a través de los cuales se establecen y gestionan relaciones de adaptación mutua entre una persona públicamente relevante o una organización y los públicos de su entorno”, señala XIFRA. (2003: 09). Al respecto debemos advertir que se propone que el objeto de estudio son “los procesos de comunicación”, pero nos preguntamos ¿A qué procesos comunicativos se refiere el autor? ¿A los procesos de comunicación publicitaria o periodísticos o propagandísticos o personalizados? Si eso fuera así, volvemos a preguntarnos: ¿No estaremos confundiendo el objeto de estudio de las Relaciones Públicas con el de la Publicidad, Periodismo, Propaganda, Marketing o la comunicación humana en general? Si postulamos que no existe confusión, entonces concluiríamos que tanto las Relaciones Públicas como la Publicidad, Periodismo, Propaganda, Marketing y comunicación humana son una misma disciplina y tienen el mismo objeto de estudio. En su libro Teoría y Estructura de las Relaciones Públicas XIFRA cita a James Grunig como “…el primer y todavía único gran punto de inflexión en la construcción teórica de las Relaciones Públicas, tanto en el ámbito norteamericano como internacional, sin que por el momento haya sido equiparada ni superada”. Agrega que con Grunig “la investigación de las relaciones públicas, si no nace, al menos alcanza la madurez necesaria para poder considerarlas una disciplina científica.” Al respecto, el mismo autor a pesar que ya dio su propia definición, señala literalmente: “…son muchos los estudiosos que prefieren recoger las definiciones de terceros que ofrecer una propia. Si a eso añadimos la diversidad de perspectivas conceptuales existentes, su vulgarización y el confusionismo del concepto que ello comporta, confluir en una idea unívoca de las Relaciones Públicas constituye una ardua tarea.” Pues bien, ¿Cuál es la posición conceptual del objeto de - 13 -


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estudio que Grunig considera? Él explica que cada una de las actividades de las Relaciones Públicas forma parte de la dirección y gestión de la comunicación entre una organización y sus públicos[…]. Dirigen, planifican y ejecutan la comunicación para la organización como un todo. Gestionan el discurrir de los mensajes dentro de la organización” (Dirección de Relaciones Públicas 2003: 52). Como se aprecia, nuevamente se conceptúa que el objeto de estudio de las Relaciones Públicas es la comunicación. En relación a este tema, es conveniente recordar que el objeto de estudio de las Relaciones Públicas no es la comunicación: “…es el deliberado, planeado y sostenido esfuerzo de establecer y mantener una comprensión mutua entre un organismo y su público”, define el Instituto Británico de Relaciones Públicas (1963: 22). Como podemos interpretar, treinta años antes de Grunig (designado por Xifra como el “verdadero padre de las Ciencias de las Relaciones Públicas)”, en Inglaterra ya se consideraba a las Relaciones Públicas desde su dimensión social integral (las relaciones sociales, sustentadas en los comportamientos relacionales); es decir, por su naturaleza misma (causa de un ser y su desarrollo) y no en una concepción reduccionista comunicativa. Ante ello, PEREZ y SOLORZANO (1999:30) adoptan una posición ecléctica basada en una condescendencia parcial y no en una solución bien definida. Ellos consideran que el objeto de estudio de las Relaciones Públicas es “…el ser humano en su acción relacional y comunicacional en las organizaciones, que es el campo natural donde actúan.”

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

Públicas tienen como realidad de estudio a las organizaciones y sus relaciones con sus diferentes públicos? Es decir, se incrementado la duda si el interés de las Relaciones Públicas se focalizan en la naturaleza individual de las personas o en razón de la naturaleza grupal de las organizaciones. Al respecto, estamos convencidos que las Relaciones Públicas es una disciplina que inequívocamente se centra en las organizaciones, entendidas como unidades institucionales que integran un conjunto de personas para desarrollar relaciones, acorde con sus fines. En segundo lugar, se confunde los conceptos “acción relacional” y “acción comunicacional” como si fueran dos categorías diferentes entre sí. Ante esta confusión, nos preguntamos ¿Acaso, la categoría mayor no será las “acciones relacionales” y “la acción comunicacional” la subcategoría de la primera? Es conocido ampliamente que la comunicación sólo es un instrumento o mecanismo para que las personas naturales (individuos) o personas jurídicas (organizaciones) puedan relacionarse y no es el fin de la naturaleza social de los seres humanos. De lo analizado anteriormente, se deduce el porque hasta la actualidad existe un confusionismo en el contexto de las Relaciones Públicas. A la diversidad de objetos de estudio que se le asignan a las Relaciones Públicas se agrega la duda sobre la naturaleza científica de esta disciplina, toda vez que algunos conciben y admiten a las Relaciones Públicas como ciencia; otros, la consideran como simple tecnología o como una actividad social (protocolar e informativa). Todo ello, ha producido una crisis paradigmática, cuyas consecuencias se observan en la praxis y reflexión del relacionismo peruano, a nivel laboral, gremial y académico.

Como podemos observar, la actitud ecléctica de los autores radica en que atribuyen como objeto de estudio de las Relaciones Públicas al “...ser humano en su acción relacional y comunicacional...”. Dicha conceptualización nuevamente genera mayor confusión. En primer lugar, ¿las Relaciones Públicas cumplen su misión y funciones en virtud de las personas que integran una organización? o ¿las Relaciones

En base a nuestra experiencia de más de 35 años en las dimensiones profesional y pedagógica de las Relaciones Públicas [desde el 1° de febrero de 1974, sin interrupciones, hasta marzo de 2010], podemos afirmar con convicción que

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

hasta la fecha los análisis epistemológicos más descriptivos hechos a las Relaciones Públicas no se han realizado con un modelo de evaluación integral. Advertimos que dichos análisis son sesgados y vistos básicamente con una sola orientación, como es la empirista lógica o neopositivista, la cual tiene un carácter parcial y reduccionista; puesto que centra su enfoque en la estructura lógica del lenguaje y hace una extensión metodológica y modélica de las Ciencias Naturales a las Relaciones Públicas. Por los antecedentes señalados, no tenemos ninguna duda que el problema en que (desde la década del 50, en el Perú) se debate la Relaciones Públicas (no con la proactividad y unidad necesaria en nuestro país) sigue siendo epistemológico, de allí que nos interese investigar lo que siempre ha estado en forma permanente como interrogante – como el zumbido de un zancudo en la plácida noche de descanso en un bosque maravilloso-: ¿Cuál es el estatus epistemológico de la Relaciones Públicas, según evaluación histórica? La respuesta a esta pregunta es, justamente, la intención de nuestro primer ensayo: “Estatus Epistemológico de las Relaciones Públicas. En el Perú: 60 años de experiencia haciendo Relaciones Públicas no pasan en vano, ¿Di?”. Nuestra aspiración es contribuir al esclarecimiento acerca del carácter científico o tecnológico de las Relaciones Públicas, basándonos en una reflexión rigurosa sobre su objeto de estudio. En consecuencia, nos proponemos, en términos generales, presentar un marco teórico que permita construir una lógica natural del ejercicio profesional de las Relaciones Públicas que servirá de línea de base para la aplicación de un modelo epistemológico de evaluación integral de análisis del status epistemológico de las Relaciones Publicas. En términos específicos, nos proponemos construir caminos que nos conduzcan de la lógica difusa de las Relaciones Públicas del siglo XVIII a la lógica natural - 16 -

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

(historicidad) y, finalmente, a la lógica formal a la que debemos llegar en forma impostergable. Luego, mediante un lenguaje simbólico artificial, estaremos en capacidad de hacer abstracciones de los contenidos epistemológicos de las Relaciones Públicas (¡Con toda convicción, es ciencia!), que recorreremos en los próximos ensayos a publicar. Así podremos en un futuro inmediato: Determinar, mediante un análisis ontológico, el objeto de estudio de las Relaciones Públicas, en forma definitiva. Determinar, mediante un análisis lógico natural, la consistencia interna de los elementos que conforman el corpus teórico de la Relaciones Públicas, en forma definitiva. Determinar, mediante un análisis lógico natural, la consistencia externa de la Relaciones Públicas con otras ciencias que se ocupan del objeto relacionístico en las organizaciones, en forma definitiva. Establecer, mediante un análisis teleológico, el fin y la función social de la Relaciones Públicas, en forma definitiva. Establecer una línea de base que permita diseñar el modelo epistémico de evaluación integral y la consistencia teórica de la Relaciones Públicas, para así delimitar su status epistemológico. Para materializar dichas propósitos, hemos diseñado y aplicado una matriz de evaluación denominada: “Modelo lógico natural: facticidad cronológica de la Relaciones Públicas”, que ha permitido elaborar una línea de base para una futura validación de las Relaciones Públicas como una ciencia social en desarrollo (es nuestra hipótesis inicial), cuyo objeto es el estudio de las relaciones sociales de una organización en general, para lo cual actúa interdisciplinariamente con otras ciencias. - 17 -


Capítulo III

Historicidad del término

Relaciones Públicas

S

egún la Real Academia Española (2001), la denominación de la disciplina de “Relaciones Públicas” está compuesto por dos términos: “Relaciones” y “Públicas”. El primero es el plural de “Relación” que proviene del Latín “Relatio”, “ónis” lo que significa “conexión, correspondencia de algo con otra cosa” o “conexión, correspondencia, tratado, comunicación de alguien con otra persona” . El término “Públicas” es el plural y femenino (por lo de las relaciones) de público que proviene del latín “publícus” y que tiene varios significados: “Perteneciente o relativo a todo el pueblo”, “Común del pueblo o ciudad”, “Conjunto de personas que participan de unas mismas aficiones o con preferencia concurren a un determinado lugar”, “Conjunto de personas reunidas en determinado lugar para asistir a un espectáculo o con otro fin semejante”. Al unirse los dos términos en una sola frase, podemos interpretar que Relaciones Públicas significa: conexión, correspondencia, tratado, comunicación de alguien (la organización, cualquiera sea su naturaleza o finalidad) con un conjunto de personas que participan de unas mismas aficiones - 18 -

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

(clientes, proveedores, trabajadores, accionistas, comunicadores sociales, representantes gubernamentales, etc). El término “Relaciones Públicas” puede ser tomado en varios sentidos. En primer lugar, como hecho ha existido desde los albores de la civilización. “Mucho antes de que apareciese el término Relaciones Públicas, reyes, sectas religiosas, empresas e instituciones han tenido relaciones con sus públicos, ya fuesen éstas buenas, malas o mediocres”, afirma ESTEPHENSON (1960:3). Agrega que el hecho de las Relaciones Públicas consiste en la existencia de los públicos con sus respectivas opiniones. Aún en épocas que imperaba el despotismo y la autocracia, los gobernantes debieron en gran parte su fama y fortuna al factor de la opinión pública que, sin que nadie se diera cuenta, representaba una verdadera fuerza. “La historia demuestra que las Relaciones Públicas como un hecho ganan en importancia en razón directa con la fuerza y el conocimiento de dicha opinión pública”, precisa. Respecto al segundo sentido del término “Relaciones Públicas”, Estephenson señala que es el ser una función. “Cuando una persona, empresa o institución da su verdadero valor y seriedad a la fuerza de la opinión pública y, por consiguiente, se preocupa de ganar la buena voluntad del público sin omitir esfuerzos sinceros y continuos, las Relaciones Públicas es una función”, sentencia. Asimismo, explica la existencia de un tercer sentido de las Relaciones Públicas: como profesión. Al respecto señala que se denomina así (profesión) por ser el proceso técnico de saber cómo desempeñar la función de integrar una empresa con la opinión pública.

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

COLLETTE (1965:19) define a las Relaciones Públicas como “el conjunto de acciones que realiza una empresa para hacerse conocer mejor por el público y crear una corriente de prestigio y simpatía hacia ella”. Sin embargo, con el transcurrir de los años, el término “Relaciones Públicas” sufrió modificaciones. Al respecto, consideramos que una de las mejores formas de conocer su historicidad es conociendo cuales fueron las principales funciones y métodos utilizados por los primeros especialistas formales de las Relaciones Públicas. WILCOT y otros (2001:28-57) consideran quienes fueron: Agente de Prensa, Publicity/ Asesoría. El agente de prensa es una ampliación de las actividades de aquellos que, en las antiguas civilizaciones, promovían acontecimientos atléticos como los Juegos Olímpicos, y creaban un área de mito entorno a los emperadores y héroes. Su expresión moderna (s. XIX) es el agente de prensa que promovía los circos y las exhibiciones. Asimismo, crearon héroes populares y promocionaron a cientos de personalidades. Los antiguos agentes de prensa y las personas del espectáculo a las que solían representar se aprovechaban de la credulidad del público y de sus ganas de entretenimiento, aunque terminaban decepcionados. Los anuncios y las noticias en prensa se exageraban hasta el punto de ser mentiras ultrajantes. El Publicity –inicialmente- consistía en emitir comunicados de prensa a los medios de comunicación sobre las actividades de una organización o un individuo.

Como se aprecia, ya desde la década del 60, se conceptualizaba a las Relaciones Públicas como disciplina importante en las relaciones entre una organización y su público, cualquiera sea su naturaleza y finalidad, para el logro de sus objetivos y metas institucionales. Al respecto,

OLCESE y ARISTA (1977:15) escriben: “el término Relaciones Públicas se presta a equívocos. Podría entenderse como situaciones que, de hecho, son conocidas, que no son reservadas o ocultas. En una concepción peyorativa, las Relaciones Públicas se reducen a una forma de halagar personas, a un derroche de galantería pública, un factor de

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buena presentación o una manera de recomendarse”. Sin embargo, afirman: “Frente a estos conceptos, la historia y el aporte de las ciencias sociales y la tecnología permiten hoy (1977) establecer un concepto científico de lo que son, en realidad, las Relaciones Públicas, sin el halo de misterio o de magia que algunos tipifican”. ROBINSON (1980:22) relata que en una encuesta realizada para descubrir las actitudes de un grupo de publicistas que practicaban las Relaciones Públicas y sus actividades se preguntó: ¿Qué idea tiene usted de Relaciones Públicas? La respuesta mayoritaria fue que eran personas que “hacían publicidad”, “creaban imágenes”, o que “eran responsables de un enlace entre una compañía y un público”. La otra pregunta fue: ¿Podría dar sus impresiones acerca del hombre de Relaciones Públicas típico o promedio? La respuesta fue – relata Robinson- “un chico de personalidad, capaz de conocer, impresionar y tratar bien, pero que debe ser vigilado, ya que puede poseer una gran integridad o ser un abusador; puede ser muy personal y maduro o un simple extrovertido; puede triunfar gracias a una buena labor o a través del uso de los demás.” La Real Academia Española (2001:1314) señala que las Relaciones Públicas es: “Actividad profesional cuyo fin es, mediante gestiones personal o con el empleo de las técnicas de difusión o comunicación, informar sobre personas, empresas, instituciones, etc., tratando de prestigiar y de captar voluntades a su favor” y quien ejerce dicha profesión se llama “relacionista”. Sin embargo, en los actuales momentos por el modelo de economía social de mercado –tipificado en la vigente Constitución Política del Perú- se utilizan los términos de “Imagen Institucional”, “Imagen Corporativa”, “Marketing Relacional” “Marketing y Relaciones Públicas”, “Relaciones Corporativas”, “Relaciones Institucionales”, “Relaciones Públicas e Imagen”, entre otras denominaciones.

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Relaciones Públicas ha tenido diferentes denominaciones. Este breve recorrido histórico –aunque, viéndolo bien, más de medio siglo no es tan breve-, nos muestra que el término “Relaciones Públicas”, tiene aún una semántica sinuosa; es decir, no ha seguido una sola línea de significación. Sin embargo, los que es inequívoco, lo que no se puede negar ni confundir es la naturaleza socio-económica de la organizaciones y la necesidad de gestionar (aplicación de principios, métodos, técnica y procedimiento de la ciencias administrativas), bajo la perspectiva sistémica, las relaciones esenciales de cada uno de sus componentes señalados. Dichas relaciones son de índole social, jurídica, económica, financiera, administrativa, educativa, cultural y filosófica de cuya eficiencia y eficacia dependerá el éxito o fracaso de las organizaciones que desarrollan transacciones contractuales en sus ámbitos internos (microeconomía) y externo (macroeconomía). Ello determina la necesidad de gestionar en forma idónea (con eficiencia y eficacia) los procesos de interactuación cuya responsabilidad recae en la alta dirección (asambleas, directorio, gerencia y funcionarios) de las organizaciones que adquieren la categoría de persona jurídica (sociedades y asociaciones). Recordemos que las Relaciones Públicas son inherentes a la naturaleza humana, sea a nivel individual, grupal u organizacional. En consecuencia, no podemos negar la naturaleza socioeconómica de las organizaciones en la sociedad civilizada y su vital necesidad de integrarse a ella. Como se puede concluir, los términos que se conjugan armoniosamente (“Relaciones”/“Públicas”) son tan explícitos. Sin embargo, hasta ahora no entendemos porque las Relaciones Públicas tienen aún -después de 60 años aproximadamente, en el Perú- una semántica sinuosa, sin una sola línea de significación.

Como se aprecia, a través del tiempo, el término - 22 -

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Capítulo IV

Historicidad disciplinaria

L

as Relaciones Públicas, con su significado que hoy muchos no quieren reconocerle (disciplina que considera el problema de las relaciones sociales de las organizaciones), no son recientes ni existen “nuevas tendencias”. En 1922, Edward L. Bernays, en su libro titulado: “Crystallizing Public Opinión” (Cristalizando la Opinión Pública), describía la “nueva profesión de asesor de Relaciones Públicas”. Bernays - hace 88 años - señalaba que los asesores de Relaciones Públicas debían ser diferentes de los agentes de prensa y publicists (jefe de prensa, o encargado de las relaciones con la prensa) de aquella época. Tenían que ser éticos, profesionales y socialmente responsables. Debían utilizar el saber generado por las ciencias sociales para comprender a la opinión pública, la motivación del público, las técnicas de las Relaciones Públicas y los métodos para modificar los puntos de vista de los grupos. Es decir, el objetivo del asesor de Relaciones Públicas era interpretar la organización ante el público y al público ante la organización. Veinticinco años más tarde, a finales de los años 40, el investigador británico J.A.R. Pimlott estudió las Relaciones - 24 -

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Públicas en EEUU. Publicó su libro “Public Relations and America Democracy” y concluyó: “Las Relaciones Públicas son uno de los métodos por los cuales la sociedad se ajusta a las circunstancias cambiantes y soluciona los choques entre actitudes, ideas, instituciones y personalidades en conflicto.” En Estados Unidos de Norteamérica (EE.UU.), Henry Pratt Fairchild, editor del diccionario de Sociología (1949: 253) define a las Relaciones Públicas como: “Relaciones de un individuo, asociación, gobierno o corporación con el público que debe tomar en consideración en la realización de sus funciones sociales. Este público puede comprender votantes, clientes, empleados, empleados potenciales, empleados que cesaron, accionistas, miembros de grupos de presión antagónicos, vecinos...”. Asimismo, considera a las Relaciones Públicas como: “Cuerpo de teoría y técnica utilizado para ajustar las relaciones de un sujeto con su público. Estas teorías y técnicas representan aplicaciones de sociología, psicología social, economía y ciencia política, así como habilidades especiales de periodistas, artistas, expertos en organización, anunciadores, etc., a los problemas concretos implicados en este campo de actividad.” Como se observa, la naturaleza de las Relaciones Públicas como disciplina científica ya se reconocía en el contexto norteamericano. A fines del siglo XX, Yvy Lee –considerado como el precursor de las Relaciones Públicas norteamericanas- transformó no sólo la reputación sino también la personalidad de Rockefeller. Recordemos que en 1952, sólo en los Estados Unidos existían más de 980 definiciones, a las que se añaden otras que, desde aquella época, se han creado tanto en Europa y Latinoamérica.

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pertinentes; asisten a la administración en al definición de objetivos para aumentar la comprensión y aceptación publicas de los productos, planes, políticas y personal de la organización; equilibran estos objetivos con los intereses, necesidades y metas de las diversos públicos pertinentes; y desarrollan ejecutan y evalúan un programa par lograr la comprensión y aceptación publicas.” En Europa, las Relaciones Públicas como disciplina se iniciaron en los últimos decenios del siglo XVIII. El primero en reconocer este fenómeno social fue el Instituto Británico de Relaciones Públicas, en su obra “La práctica de las Relaciones Públicas”, publicada en 1963, pero escrita en los años 19571958. Los editores aclaran: “Durante los diez años en que ha venido desarrollándose, el Instituto Británico de Relaciones Públicas ha visto dificultado su trabajo por la ausencia de libros de texto sobre la práctica de las Relaciones Públicas en el Reino Unido” –así lo afirman en la nota de los editores Lex Hornsby, Trevor Powell y F.L. Stevens. Lo que significa que desde 1948, las Relaciones Públicas ya era considerada como una disciplina. La indicada obra es una compilación de 24 autores expertos en Relaciones Públicas de aquellos años, quienes difieren en algunos conceptos específicos, pero coinciden en reconocer a las Relaciones Públicas como una disciplina que tiene los méritos suficientes para ser considerada como una ciencia. Allí, Sir Stephen Tallents confesó que cuando se inició en las Relaciones Públicas en el año 1926: “Dentro de los servicios públicos no encontré ni experiencia, ni guía, ni alientos (…). Pero desde el otro lado del atlántico llegaban alentadores relatos de realizaciones logradas, tales como la historia de cómo Yvy Lee transformó no sólo la reputación sino también la personalidad de Rockefeller.”

ROBINSON(1971:72) en su obra “Comunicación y Relaciones Públicas” define a las Relaciones Públicas como una ciencia aplicada en el área social y del comportamiento, cuyas funciones las describe de la siguiente manera: “Miden, evalúan e interpretan las actitudes de diversos públicos

El Instituto Británico de Relaciones Públicas define que las Relaciones Públicas es “el deliberado, planeado y sostenido esfuerzo de establecer y mantener una comprensión mutua

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60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

entre un organismo y su público.”

acciones de la empresa y el público”.

En el Perú, la creciente demanda de relacionistas por parte de instituciones públicas y privadas originó que en 1957 la Universidad Mayor de San Marcos dictara cursos eventuales de Relaciones Públicas, a nivel de post grado en su Escuela de Relaciones Humanas y Productividad.

En consecuencia, para Stephenson, el estudio sistemático de Relaciones Públicas comprende: la opinión pública, la administración de una empresa y las comunicaciones en doble sentido entre el público y la empresa. Luego, concluye que “el creciente interés en las relaciones que tiene la empresa con sus diferentes públicos es un fenómeno de actualidad (en la década del 50) social, política y económica. Forma parte del concepto moderno de la responsabilidad de las entidades privadas y públicas en lo referente al bienestar del público y de la sociedad en general”. Fundamenta sus explicaciones en los cambios radicales que han producido en la civilización a través de las diferentes épocas; sobre todo, cambios recientes –allá por los años 60-: la fuerza de la opinión pública, el sistema socio-económico y los medios de comunicación social.

Posteriormente, STEPHENSON (1960) publica su obra “Relaciones Públicas”, fundamentado en las conferencias que dictó en la Escuela de Periodismo de la Pontificia Universidad Católica del Perú (Lima), dirigida por la Dra. Matilde PérezPalacios Carranza, durante los años 1958 y 1959, presentándose por primera vez un curso universitario de Relaciones Públicas. El autor, en su libro –tal vez el primero que se escribe en el Perú- recoge algunas definiciones de Relaciones Públicas publicada en la década de los años 50. “No es raro que ni sorprendente que Relaciones Públicas no posea una definición universalmente aceptada. Esta falta de definición es un índice de la juventud de Relaciones Públicas como disciplina”, afirmaba Stephenson en aquellos años. Asimismo, de la Enciclopedia de Ciencias Sociales (Encyclopedia of Social Sciences), Stephenspon cita la siguiente definición de Relaciones Públicas: “El amortiguador entre los impolíticos capitales industriales y la hipertensiva opinión pública”. Explica que otra definición popular dice: “Relaciones Públicas es el 90% de buena conducta y 10% de buen reportaje”. También el autor transcribe la definición de los editores de Public Relations Journal: “Las Relaciones Públicas es la función administrativa que evalúa las actitudes públicas, que identifica las políticas y procedimientos de un individuo o una empresa con el interés público y que pone en ejecución un programa de acción para ganar la aceptación y entendimiento público”. Agrega que la definición que más se acerca a su concepto es la siguiente: “Relaciones Públicas es una función de la administración dedicada a la integración de actitudes y - 28 -

Por otro lado, los intentos para sustituir el término por otro moderno –de acuerdo con coyuntura política del país-, tanto temporal como conceptualmente, tienen mucha fortuna, como ha ocurrido con las expresiones: “imagen institucional”, “comunicación organizacional”, “marketing relacional”, “responsabilidad social”, entre otros. Debemos recordar que las Relaciones Públicas tienen su origen en otras disciplinas como el periodismo, la publicidad, la propaganda, publicity (información). De todas formas, se concluye que las Relaciones Públicas han desbordado su sentido etimológico: simples relaciones de cortesía social y de comunicación armoniosa u oficio mismo de relacionar. La Relaciones Públicas son hoy, ante todo, una disciplina científica (¡lo que queremos demostrar!), no sólo porque “estudie las relaciones”, sino porque su objetivo es la elaboración de un conjunto de conceptos y teorías que ayuden a comprender y explicar ese f e n ó m e n o l l a m a d o ” re l a c i o n e s s o c i a l e s d e l a s organizaciones”. Pero, a la vez, no puede desprenderse - 29 -


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completamente de su “toque” primitivo de la relación como una acción administrativa de las organizaciones. Y, en ese proceso en el que se dan cita conceptos y teorías junto con técnicas y procesos prácticos, creemos es donde se dilucida el problema epistemológico de la Relaciones Públicas: una disciplina con pretensiones de formalidad teórica, pero orientada inexcusablemente a la práctica. Mediante Ley N° 25250, promulgada el 18 de junio de 1990, se creó el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, estableciéndose que el 18 de junio de cada año se celebre el “Día del Relacionista Público Peruano”. A partir de esta fecha, las Relaciones Públicas dan un salto cualitativo trascendiendo las esferas del empirismo, la improvisación o la tergiversación de su verdadero objeto de estudio. Con la creación de su colegio profesional, las Relaciones Públicas adquieren, por méritos propios, un nuevo estatus legal, desterrando aquella obsoleta creencia de que los relacionistas son sólo organizadores de actividades protocolares y de la proyección de la imagen institucional, a través de notas de prensa que se divulgan en los medios de comunicación social. Por ello, algunos reconocen a las Relaciones Públicas como ciencia de la integración humana; otros, la ciencia que administra las controversias públicas o como ciencia de la comunicación. Cualquiera sea el enfoque, reiteramos, en el Perú, con la creación de su Colegio Profesional, los relacionistas públicos demuestran que tienen por objeto de estudio científico los procesos de relaciones sociales de las organizaciones con su público. Al respecto, la Revista “RP News”, citada por WILCOX y otros autores (2001:3), precisa: “…las Relaciones Públicas son una función directiva que evalúa actitudes públicas, identifica políticas y procedimientos de un individuo o una organización en el interés del público, y planifica y ejecuta un programa de acción para lograr la comprensión y aceptación del público.” - 30 -

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

Los mismos conceptos fundamentales que rigen la doctrina de las Relaciones Públicas fueron ratificados en la Primera Asamblea Mundial de Asociaciones de Relaciones Públicas, realizada en México (1978). Los representantes de las organizaciones nacionales de Relaciones Públicas de 34 países adoptaron el “Acuerdo de México”, cuya versión en inglés se traduce: “Las Relaciones Públicas es un arte y una ciencia social de analizar tendencias, predecir sus consecuencias, asesorar a los líderes de la organización y aplicar programas planificados de acción que sirven tanto a la organización como al público.” En la versión española, el Acuerdo de México define: “El ejercicio profesional de las Relaciones Públicas exige una acción planeada, con apoyo de la investigación, en la comunicación sistemática y en la participación programada, para elevar el nivel de entendimiento, solidaridad y colaboración entre una entidad, pública o privada, y los grupos sociales a ella vinculados, en un proceso de integración de intereses legítimos, para promover su desarrollo recíproco y el de la comunidad a la que pertenece.” Otra definición, más antigua aún, fue difundida desde 1963, año en que la Federación Interamericana de Relaciones Públicas organizó la IV Conferencia FIARP, en Río de Janeiro, Brasil. Allí se acordó reconocer que las Relaciones Públicas es “…una disciplina socio-técnico-administrativa, mediante la cual se analiza, evalúa la opinión y la actitud del público y se lleva a cabo una acción planificada, continúa y de comunicación reciproca, basado en el interés de la comunidad y destinada a mantener una afinidad y comprensión provechosa con el público.” El estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú (Aprobado por Decreto Supremo N° 0212004-ED, el 26.11.2004), Capítulo II “De la Profesión de Relaciones Públicas, Campo de Acción y Funciones”, Art. 6° prescribe: “El campo de acción y objeto de las Relaciones Públicas están enmarcadas dentro de las competencias de las - 31 -


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Ciencias de la Comunicación, como una especialidad que atiende con una visión interdisciplinaria la problemática de la integración social y humana de las organizaciones con sus públicos.” Al respecto, siempre alegamos que las Relaciones Públicas de las organizaciones en su proceso de interactuación con sus públicos vinculados no sólo se reduce al campo de las Ciencias de la Comunicación. Dicho objeto de estudio, que reiteramos en congresos y eventos académicos, se valida en el Art. 7° del indicado Estatuto, al prescribir: “Son funciones propias del profesional de Relaciones Públicas investigar, identificar y diagnosticar situaciones relacionales originadas por la interacción de las empresas e instituciones en general con los diferentes públicos, así como asesorar, planear, desarrollar y evaluar políticas, estrategias, programas y actividades, tanto internas como externas, de relación y de comunicación institucional.”

PARTE III

MODELOS DE RELACIONES PÚBLICAS

“Por la formación profesional especializada del Relacionista Público, constituyen parte de sus competencias, orientar y dirigir la gestión relacional y comunicacional de las organizaciones con grupos de interés, comunidades y con la opinión pública, en base a una legitimidad de intereses y a la aplicación del concepto de responsabilidad social de las entidades.” “Corresponden a su campo funcional, asimismo, la organización de certámenes y eventos, el ceremonial y el protocolo institucional, la relación con los medios de comunicación, la proyección de prestigio e imagen en general, y la enseñanza de las Relaciones Públicas.” Como se observa, del indicado artículo queda claro que el objeto esencial de las Relaciones Públicas son las ¨…situaciones relacionales originadas por la interacción de las empresas e instituciones en general con los diferentes públicos...” - 32 -

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Capítulo V

Modelos de Relaciones Públicas, según Grunig

G

runig y Hunt (2000) definen las Relaciones Públicas como la gestión de la comunicación entre una organización y sus públicos. Identifican cuatro modelos de la práctica de las Relaciones Públicas basados en dos criterios: el propósito de la comunicación (persuasión versus entendimiento mutuo) y la naturaleza de la comunicación (unidireccional versus bidireccional). El primer modelo, agente de prensa, describe el uso de la comunicación unidireccional centrada únicamente en una cobertura mediática positiva. El objetivo primario de los profesionales que practican este modelo es persuadir a los públicos para que se comporten de la manera en que la organización quiere que actúen. En el modelo de agente prensa, los relacionistas públicos actúan como profesionales de la desinformación. Difunden información incompleta y deformada a favor de sus clientes. Se trata de un modelo de comunicación unidireccional: de la organización hacia los públicos. Históricamente, el modelo de agente de prensa apareció en el período entre 1850 y 1900. No obstante, este modelo, como los restantes, mantienen su operatividad. Es más, como hemos apuntado, hoy en día las - 34 -

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Relaciones Públicas son percibidas mayoritariamente por la opinión pública desde la perspectiva de los agentes de prensa y son consideradas responsables de las relaciones con los medios de comunicación social como si en el entorno macroeconómico de las organizaciones no existieran más públicos vinculados. Al respecto, recuerdo aún el día en que una personalidad (con alto cargo gubernamental, incluso llegó a representar al Perú en el extranjero) me entrevistó para postular al cargo de jefe de Relaciones Públicas. Su única preocupación –percibida a través de sus preguntas inquisidoras- fue: ¿Cómo van sus relaciones con los periodistas? ¿Tiene acceso a los medios de comunicación? ¿En caso de crisis de mi imagen personal, puede controlar la información en los medios? Mi respuesta fue no; que no podía garantizarle; pero que, tal vez, haciendo el intento, dentro del marco de la ética del relacionista, podría hacer algo. Ilusionado esperé que me contratará inmediatamente. Tuvieron que pasar tres años para que lo hiciera. Muy simple: durante ese tiempo había contratado a expertos en comunicación y en proyección de la imagen personal e institucional, muy creativos. Sin embargo, su imagen y la opinión pública no habían cambiado en absoluto.

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agente de prensa. Surgió a principios del siglo XX y todavía está vigente, especialmente en la comunicación de las entidades del Estado y de las organizaciones sin ánimo de lucro (asociaciones). En el sector privado, un gran número de estrategias de comunicación interna, de relaciones públicas financieras y de relaciones con la prensa responde al perfil de este modelo. La finalidad del tercer modelo, asimétrico bidireccional, es la “persuasión científica” (Grunig y Hunt, 2000). Es decir, que aquellos profesionales que practican las Relaciones Públicas asimétricas bidireccionales utilizan los métodos y técnicas de las ciencias sociales para estudiar las actitudes y comportamientos de los públicos, con el objetivo de que éstos acepten el punto de vista de la organización y se comporten de manera que secunden sus decisiones (asimetría favorable a la organización). La comunicación es bidireccional: fluye hacia el público y desde el público (retroalimentación). La asimetría se infiere del hecho de que los efectos de las Relaciones Públicas están desequilibrados a favor de la organización. En otras palabras, la organización no modifica su comportamiento sino que procura modificar las actitudes y las conductas del público. Si bien apareció a partir de 1920, el auge de su práctica ha sido continuo desde entonces, hasta el punto de ser el modelo más practicado actualmente.

El segundo modelo, información pública, emplea la comunicación unidireccional para transmitir mensajes veraces de interés público. En el modelo de información pública, el fin de las Relaciones Públicas es la difusión de información, no necesariamente con finalidad persuasiva. El profesional actúa, o debería actuar, como si fuera periodista integrado a la organización. Es decir, aplicando los principios de la información de actualidad, con la función de transmitir al público –interno o externo– información sobre la misma. En este modelo la comunicación también es unidireccional, pero con la diferencia respecto al anterior de que aquí la información transmitida es mucho más exhaustiva. El desarrollo del modelo de información pública prosiguió al de

El cuarto modelo, simétrico bidireccional, ha supuesto uno de los ejes vertebradores de la teoría contemporánea de las Relaciones Públicas. Constituye el ideal de las Relaciones Públicas. Los relacionistas que lo practican actúan como mediadores entre la organización y los públicos de su entorno. El fin es el entendimiento mutuo entre ambas partes. La teoría y los métodos empleados son los de la comunicación más que los persuasivos. La comunicación simétrica bidireccional se traduce en un diálogo que debería llevar -en palabras de Grunig- a que la organización y el público modifiquen sus actitudes y comportamientos después de la ejecución del

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programa de Relaciones Públicas. Esta sería la situación resultante ideal del ejercicio de las Relaciones Públicas. Así lo manifiestan los autores cuando consideran como bueno el efecto comprensivo entre ambos sujetos: si la organización y el público se comunican suficientemente como para entender la postura del otro. Su finalidad es, en términos de la Teoría General de Sistemas, homeostática. El modelo simétrico bidireccional se empezó a practicar en la década de 1960, pero no se consolida hasta finales del siglo XX. En los Estados Unidos se practica principalmente por las empresas públicas o fuertemente reguladas por el gobierno, ya que la necesidad de rendir cuentas a la administración pública de la actuación socialmente responsable otorga naturaleza simétrica a las Relaciones Públicas ejercitadas por estas corporaciones. Los modelos descritos por Grunig y Hunt se basan en la perspectiva norteamericana de la práctica de las Relaciones Públicas. El modelo de influencia personal elaborado por Sriramesh (Grunig, Sriramesh, Huang y Lyra, 1995) se basa en un proyecto internacional de investigación cuyo objeto fue la vigencia de los modelos identificados por Grunig y Hunt, más allá de las fronteras estadounidenses. Este modelo de la práctica internacional de las Relaciones Públicas describe, a quienes las ejercen, establecen y cultivan relaciones personales positivas, como los principales representantes de los públicos. El modelo de influencia personal se observa especialmente en el ámbito de las relaciones con la prensa. Como se puede concluir, los modelos descritos por Grunig focalizan el ejercicio profesional de las Relaciones Públicas como un fenómeno comunicacional, y no de relaciones. Por ejemplo: Los dos primeros modelos (agente de prensa e información pública) se sustentan en un sistema de información y comunicación con la finalidad proporcionar en forma unilateral un conjunto de información (datos) que influyan en el público. En el caso del tercer modelo (asimétrico - 38 -

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

bidireccional) se busca la persuasión; es decir estudiar las actitudes y comportamientos de los públicos, con el objetivo de que éstos acepten el punto de vista de la organización y se comporten de manera que secunden sus decisiones (asimetría favorable a la organización). Se reitera que el objeto de las Relaciones Públicas no son las relaciones, sino la comunicación. Finalmente, en el caso del cuarto modelo (simétrico bidireccional), aparentemente se concentra en las relaciones de la organización con su público, pero en realidad las Relaciones Públicas sólo aparecen como un intermediario, una especie de tercero entre las partes (organización y público) para conciliar o negociar o concertar voluntades o administrar controversias públicas. La comunicación simétrica bidireccional se traduce en un diálogo que debería llevar, en palabras de Grunig y Hunt (2000), a que la organización y el público modifiquen sus actitudes y comportamientos frente a conflictos de interés. Como se puede concluir los modelos descritos por Grunig están en la categoría conceptual de que las Relaciones Públicas cumplen un rol comunicativo unilateral o bidireccional (ver cuadro Nº 1). A dicho cuadro, debemos agregarse el quinto modelo –desde la perspectiva europea- basado en las relaciones de las organizaciones que deben tomar en consideración en la realización de sus funciones sociales (responsabilidad social), según lo señala el Diccionario de Sociología (1949-253). Modelo que se definió en Europa allá por la década del 40, mucho antes del modelo Agente de Prensa-Información Publicity norteamericano (1950-1900).

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Cuadro Nº 1 CARACTERÍSTICAS DE LOS CUATRO MODELOS DE RELACIONES PÚBLICAS, DESCRITOS POR GRUNIG Y HUNT

Capítulo VI

MODELO

CARACTERISTICAS

OBJETIVO

NATURALEZA DE LA

COMUNICACIÓN

MODELO DE COMUNICACIÓN

NATURALEZA DE LA INVESTIGACIÓN

Agente de Prensa Publicity (1950-1900)

Información Pública (1900-1920)

Asimétrico Bidireccional (1920-1960)

Desinformación (Propaganda)

Difusión de la información

Persuasión científica

Flujo unidireccional; único: toda la verdad no es esencial

Flujo unidireccional: la verdad es importante

Doble flujo: bidireccional, efectos equilibrados

Fuente – Receptor

Fuente – Receptor

Escasa; recuento Escasa; legibilidad y lectura

PRINCIPALES FIGURAS HISTÓRICAS

P.T. Barnum

Ivy Lee

DÓNDE SE PRACTICAN EN LA ACTUALIDAD

Deportes, teatro, promoción de productos

Administración Pública, asociaciones sin ánimo de lucro, empresas de negocios

15%

50%

PORCENTAJE ESTIMADO DE LAS ORGANIZACIONES

QUE EJERCEN EN LA ACTUALIDAD

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Comprensión neutra (Entendimiento mutuo)

Doble flujo: bidireccional, efectos equilibrados

Fuente Receptor Grupo Retroalimentación (feed back)

Grupo

Formativa y evaluativa de actitudes

Formativa y evaluativa de la comprensión

Edwards Bernays

Edwards Bernays, profesores y destacados profesionales.

Empresas competitivas. Agencias RR.PP

20%

Propuesta: modelo RAVIRA

Simétrico Bidireccional (1960-1970)

Empresas reguladas por la administración. Agencia de RR.PP

15%

C

onsecuentes con nuestra hipótesis, en este ensayo proponemos un nuevo modelo de Relaciones Públicas. Se basa en la empatía entre la organización y sus públicos vinculados, con la finalidad de que la organización primero construya su identidad institucional, entendida como un proceso de adquisición de una personalidad organizacional (persona jurídica) y adopción de una cultura que influya en el desempeño o comportamiento organizacional y que impacten en forma favorable en la percepción del prestigio o imagen institucional por parte del público vinculado. La propuesta se fundamenta en una perspectiva presente con una prognosis al futuro. Desde los años 70 – a Dios agradezco su generosidad- he podido convivir con la evolución de la sociedad a partir de la perspectiva relacionística. Esta visión, me ha permitido -después de 40 años ¿Di?- apreciar, con admiración, y ser testigo y coprotagonista de las ondulantes Eras de la humanidad en su afán (no sé si para sobrevivir o evolucionar) de acortar distancias–espacios temporales y llegar generar modelos de diálogo y participación en la solución de los problemas de la sociedad y, con ello alcanzar su desarrollo humano. - 41 -


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Así, en el siglo XX, se creó la “Era de las Tecnologías de la Información (TIs)” que generó la “Sociedad de la información” o “Sociedad del conocimiento” que posibilitó el establecimiento de una sociedad basada en el acceso a la información y al conocimiento humano (relación unilateral). Luego, la “Era de las Tecnologías de la Comunicación (TCs)” promueve la “Sociedad de la comunicación” no sólo personalizada sino tecnificada para facilitar el acceso al conocimiento (relación bilateral). Posteriormente, la “Era de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs)”, que crea la “Sociedad del Conocimiento Global”, cuyo impacto se aprecia en la gestión del Estado, en el Derecho, las Relaciones Públicas, la Comunicación Social, la Educación, la Economía y en la sociedad en general. Finalmente, la “Sociedad del Conocimiento” promueve la “Era del Poder del Conocimiento”. ¡Sí! El poder del conocimiento humano, que aún la magia de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) no nos permiten darnos cuenta de su trascendencia. Como es lógico, las innovaciones tecnológicas han revolucionado la teoría de las Relaciones Públicas estudiadas hasta la fecha, modificando sus supuestos epistemológicos que hasta ahora no entendemos a la perfección: ¿Cómo relacionarnos en la Sociedad de la Información y Comunicación? ¿Cómo relacionarnos en la Sociedad del Poder del Conocimiento? ¿Cómo utilizar las Tecnologías de la Información y Comunicación en los procesos de interacción de una organización con sus públicos vinculados? ¿De qué manera las Relaciones Públicas deberán utilizar dichas Tecnologías de la Información y Comunicación en la creación y construcción de la identidad, cultura y en el comportamiento de las organizaciones?

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a priori, con el riesgo de que cuando termine la tesis “Estatus Epistemológico de las Relaciones Públicas, según el modelo epistémico de evaluación integral” y termine mi libro final “Aunque digan que no, las Relaciones Públicas ¡Sí es ciencia” pueda autocorregirme, me permito concluir que las Relaciones Públicas se ubican en entre las Ciencias Sociales o entre las Ciencias Administrativas y no entre las Ciencias de la Comunicación. Asimismo, las Relaciones Públicas para cumplir con sus funciones –como cualquier otra disciplina científica- utiliza la metodología de las ciencias: exploración (percepción), descripción, correlación, explicación, experimentación, conclusiones (modelo teórico, técnico y tecnológico). Y, en forma complementaria, desarrolla sus actividades aplicando la metodología de la investigación científica: Planteamiento del problema, formulación de hipótesis, contrastación y conclusiones (teóricas y tecnológicas). En un primer intento de precisar, con mayor rigor epistemológico, el objeto de estudio de las Relaciones Públicas, en este primer ensayo presentamos, para su debate académico, la siguiente propuesta de definición de las Relaciones Públicas: Ciencia social que estudia las relaciones sociales, jurídicas, económicas y administrativas de las organizaciones (públicas o privadas) con sus públicos (internos y externos), desde la perspectiva multicultural, con la misión de crear su identidad y cultura institucional y gestionar comportamientos sistémicos, empáticos, integradores y axiológicos para motivar el bienestar humano recíproco, dentro del marco de intereses legítimos.

Dicha propuesta se explica de la siguiente manera:

En consecuencia, en forma preliminar podemos afirmar que no cabe duda que las Relaciones Públicas del presente siglo y de los venideros tienen como objeto de estudio los procesos de relaciones de las organizaciones con su público. Y,

Es ciencia porque constituye un conjunto de conocimientos adquiridos mediante la observación y el razonamiento, sistemáticamente estructurados y de los que se deducen principios y leyes generales.

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El estudio de las relaciones significa que centra su atención en los niveles de conexión, correspondencia, trato y comportamientos de la organización con su público vinculado (interno y externo). Ya se ha explicado que toda organización para que logre sus fines por las que ha sido creada realiza relaciones sociales, jurídicas, económicas, educativas, culturales, filosóficas y administrativas. El concepto organizaciones (públicas o privadas) se refiere al conjunto de personas, con los medios adecuados que funcionan para alcanzar un fin determinado. Tiene una formación social, institucionalmente independiente, que se rige por una procedimientos y reglas establecidas y cumple fines específicos (asociaciones y sociedades en general). Los públicos son el conjunto de las personas que participan de unas mismas aficiones o con preferencia concurren a un determinado fin socio-económico. Toda organización tiene: públicos internos (accionistas, miembros del directorio, funcionarios y trabajadores en general) y públicos externos (clientes, representantes gubernamentales, proveedores, representantes de medios de comunicación, aliados estratégicos, sociedad civil, comunidad en general). La misión comprende la gestión de comportamientos empáticos. Así mismo, los relacionistas predican: filosofía, visión, políticas, objetivos, metas, proyectos, programas y actividades de la organización. De esta manera, el relacionista cumple su misión vinculando a la organización con sus públicos, realiza jornadas de coactuación con los mismos y realiza una peregrinación por los espacios territoriales donde se desenvuelven habitualmente su públicos. El apostolado del relacionista está en la esencia filosófica, integradora, negociadora, conciliadora y concertadora, en procesos relacionales con la finalidad de, en primer lugar, prevenir o coadyuvar a la solución de los conflictos o controversias publicas. Respecto a la identidad, las Relaciones Públicas - 44 -

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contribuyen a construir el conjunto de caracteres o circunstancias que proyectan la imagen institucional de las organizaciones para que sea reconocido por la sociedad gubernamental y sociedad civil y, en forma especial, por su público vinculado, sin posibilidad de que sea confundido con otra organización. La cultura es el complemento indivisible de la identidad organizacional. Las Relaciones Públicas construyen un sistema integrado de conocimientos, creencias y conductas de los grupos, que es el resultado y parte integrante a la vez de la capacidad humana de aprender y transmitir conocimiento a las generaciones posteriores. Por lo tanto, la cultura está constituida por elementos como lengua, ideas, creencias, costumbres, tabús, normas institucionales, herramientas, técnicas, obras de arte, rituales, ceremonias y símbolos. Cada organización tiene su propia cultura o sistema sociocultural. Así mismo, cada persona vinculada a la organización también tiene su propia cultura. Este fenómeno genera la naturaleza multicultural y multidisciplinaria de las Relaciones Públicas Las actitudes, valores, ideales y creencias de los individuos vinculados a una organización están influenciados en gran medida por la cultura organizacional en que vive. En consecuencia, las Relaciones Públicas influyen –con su actitud filosófica- en los cambios culturales como resultados de acción en las relaciones económicas-financieras, sociales, jurídica y administrativas. El concepto gestionar implica hacer diligencias encaminadas a lograr los fines de las Relaciones Públicas. En consecuencia, el relacionista se dedica profesionalmente a promover y activar los procesos de relaciones de las organizaciones, aplicando principios, métodos y técnicas de las Ciencias Administrativas (Planeamiento, organización, dirección, integración, control y evaluación). El comportamiento entendido como el conjunto de reacciones de un organismo que actúa en respuesta a un - 45 -


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estímulo procedente de su medio interno o del medio externo y observables objetivamente. En este caso, las Relaciones Públicas administran los comportamientos del público interno. En consecuencia, las Relaciones Públicas deben guiar, direccionar dichos comportamientos a una situación de empatía y legitimidad, lo que se traduce en la calidad en la atención a los clientes (internos y externos), en la calidad de los servicios o productos, en la calidad de los procesos y procedimientos, entre otros aspectos relacionales. La administración del comportamiento se realiza en forma sistémica. Es decir, basado en un conjunto ordenado de elementos, normas y procedimientos interelacionados, entre los que existe cohesión y unidad de propósito. Las relaciones empáticas se entiende como la capacidad del individuo para ponerse en lugar del otro, para llegar a la compenetración emotiva con otros seres, modos de vida o períodos históricos. La empatía se ha de entender como un proceso que es parte de la comprensión y se orienta fundamentalmente a las manifestaciones expresivas. Por lo tanto, las Relaciones Públicas enfocan sus esfuerzos para promover que la organización (a través de sus accionistas, funcionarios y trabajadores en general), adopte una actitud institucional que le permita identificarse con las expectativas, necesidades y deseos de los públicos vinculados (internos o externos). El concepto integración implica que las Relaciones Públicas –con actitud filosófica- lidera las coordinaciones de las actividades de cada uno de los órganos que conforman el organismo institucional. Sólo, a través de la integración social de podrá alcanzar el funcionamiento armonioso y, como resultado de ello, alcanzar los fines por las cuales fue creada una organización.

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de la Teoría de los Valores en las organizaciones. La motivación entendida como el conjunto de elementos o factores (necesidades fisiológicas o psíquicas, pulsiones inconscientes, valores y modelos sociales interiorizados, etc.) que determinan dinámicamente la conducta de los individuos activándola y dirigiéndola hacia determinados objetivos. En consecuencia, las Relaciones Públicas promocionan comportamientos orientados al bienestar equitativo entre la organización y sus públicos. De esta manera se motiva y persuade al público vinculado para que realice algo, se identifique y se fidelice con la organización que promueve las Relaciones Públicas. El bienestar humano implica la tranquilidad de ánimo, conciencia de un estado de satisfacción y plenitud biológico, psicológico y social. Un estado del bienestar asegura el funcionamiento óptimo de los procesos de relaciones sociales, jurídicos, económico-financiero y administrativos. Fenómeno relacional que crea un clima de armonía entre los públicos vinculados a la organización. El concepto recíproco implica igualdad en la correspondencia de uno organización con el público (interno externo). Los intereses se refieren a la conveniencia o necesidad de carácter colectivo en el orden moral o material compartidos entre la organización con su público vinculado. El concepto legítimo implica que el comportamiento de la organización debe estar acorde al derecho consuetudinario (usos, costumbres, moral y ética pública) y con el derecho positivo (leyes expresadas en códigos jurídicos). Para ello, las Relaciones Públicas supervisan y fiscalizan que las organizaciones legitimen sus comportamientos, probando o justificando sus relaciones, su personalidad y su cultura conforme a las leyes (legalidad).

El concepto axiología implica que las Relaciones Públicas son supervisores y fiscalizadores del fiel cumplimiento - 46 -

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PARTE IV

ANÁLISIS DEL OBJETO DE ESTUDIO DE LAS RELACIONES PÚBLICAS

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Capítulo VII

Facticidad del objeto de estudio de las Relaciones Públicas

L

a facticidad se refiere al objeto de estudio de una disciplina concretizado y materializado de modo empírico, de forma que pueda ser estudiado objetivamente. En consecuencia, las relaciones sociales (objeto de estudio de la Relaciones Públicas) de una persona natural o jurídica (organización) es tangible a través de: la realidad relacional, el hecho relacional, el fenómeno relacional, el acto relacional y el proceso relacional. a.

La realidad relacional: Es existencia real y efectiva de una cosa. En la filosofía es el término contrapuesto principalmente a apariencia, posibilidad e idealidad. En oposición a “aparente”, se considera “real” lo que puede ser dado en una percepción “normal”, o mejor, “registrable objetivamente”. Es decir, lo que se halla en conexión con todo el resto de la experiencia propia a través de un sistema de relaciones controlables. Real es también aquello que existe de hecho en el momento presente (seres contingentes) o bien a parte de toda temporalidad (ser necesario o dios). Por lo tanto, está dotado de una actualidad existencial, de la que carece de lo “posible”, meramente potencial. Real es lo

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

que puede ser objeto de una experiencia sensible concreta, y no solamente “pensable” intelectualmente, como ocurre con la “idea”. En consecuencia, la realidad relacional está dada por el conjunto de manifestaciones relacionísticas, tanto a nivel formal como informal o espontáneo, dentro de un contexto socio-económico determinado, en el que se da la coactuación de la organización con su público (interno y externo). Tiene sistemas macro (social, económico, a x i o l ó g i c o, e d u c a t i v o, c u l t u r a l , f i l o s ó f i c o, comportamientos, información y comunicación). En otros términos, es la forma cómo se expresa el proceso de relaciones de una organización social en que se transmiten, transforman y desarrollan los valores materiales y espirituales a través de comportamientos expresivos, en una realidad social e histórica).

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b.

El hecho relacional: Acción y efecto humano de hacer algo (espontáneo o intencional). El hecho es el lazo o vínculo que une al sujeto (organización) y al objeto (público interno o externo) de la relación. La condición para que se produzca, es que exista inicialmente una relación jurídica porque origina, modifica y extingue una relación entre las partes que entran en contacto. Tiene cinco elementos constitutivos: la organización (persona jurídica), el relacionista, el público vinculado, el contenido y el efecto.

c.

El fenómeno relacional: Se entiende como fenómeno a toda apariencia o manifestación de orden material o espiritual, que se presenta ante un sujeto como objeto de conocimiento. El problema, por tanto, estriba en dilucidar si el fenómeno corresponde o no a la realidad. Es el modo como se presenta el hecho relacional, el cual la organización a través de sus representantes (accionistas, miembros del directorio, funcionarios y trabajadores en general) es aprehendido de manera sensorial, perceptiva o fenoménica por parte de los sujetos de la relación: Relacionista y público vinculado y, principalmente, por parte de la comunidad científica que se ocupa de investigar la realidad relacional. Ejemplo: La corrupción en las organizaciones gubernamentales y su impacto en la opinión pública.

d.

El acto relacional: Es el proceso en el cual el público vinculado, en forma voluntaria, recibe determinado contenido relacionístico, a través de la coactuación personalizada expresiva y directa que se manifiesta con comportamientos organizacionales de naturaleza administrativa, jurídica, económica, transaccionales; calidad del servicio o producto; calidad en la atención al cliente; comportamiento éticos y transparentes; manifestaciones culturales y filosóficas, entre otros actos expresivos. Asimismo, con medios propios de la Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs),

Gráfico Nº 3 REALIDAD RELACIONAL Sistema de Socio-Económico (1) Sistema de Comportamientos (3)

Sistema “B“ Público (6)

In lico te

rno

P úb

Sistema “A“ Organizacional (5)

Público Externo

Sistema de Información, Comunicación y educación (4)

Sistema Cultural, Filosófico y Axiológico (2) - 52 -

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

e.

El proceso relacional: Concebido como el conjunto de hechos y actos relacionales, que se desarrollan en un sistema de relaciones (jurídicas, económicas, financieras, administrativos y sociales). Significa el conjunto de actividades dinámicas y cambiantes, con fines predeterminados, que se concretizan a nivel de la interacción dialéctica por parte de los sujetos de la relaciones, dentro de una realidad relacional concreta. En su dinámica, el proceso implica desarrollo, evolución de las faces sucesivas del fenómeno relacional. Se sigue un método o sistema adoptado para llegar a un fin: las relaciones empáticas (ver gráfico Nº 5-A / 5-B). - 54 -

TAS

Relaciones

TRA BA JA DO RE

S

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INTER NA S

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ACCION IS

O

RELACIONES: Gestión Gerencial

RELACIONES: Laborales

BI

S

O

ADMINISTRATIVAS

RELACIONES: Gubernamentales Institucionales Mercadotecnia Comerciales Competencia leal Comunitaria Responsabilidad Social Comunicación Social

C

1

5 COMPONENTE ADMINISTRATIVO

TE

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COMPONENTE

SOCIAL

AS RN

El acto relacional se conforma, además, de cinco elementos: la organización, el relacionista, el público vinculado, el contenido relacional y los medios relacionales (ver gráfico Nº4).

RELACIONES: Asociativas Sociedades Organizacionales

TE EX

En otros términos, son los hechos relacionales que se producen dentro de la relación sistemática y de modo planificado. La concreción del acto relacional se hace sobre la base de determinados principios como son: Principio de disposición anímica de parte del público vinculado (interno y externo); principio de percepción e interpretación comunicativa del público vinculado; principio de concordancia cognitiva y de comportamientos, entre la organización, relacionista y público vinculado; principio de compatibilidad o empatía entre los sujetos de la relaciones sociales.

Gráfico Nº 4 EL ACTO RELACIONAL

G

Teniendo las Relaciones Públicas un punto de inicio de naturaleza jurídica, el acto relacional se establece en virtud a la voluntariedad del público que establece relaciones jurídicas con la organización. En consecuencia el acto relacional constituye un hecho voluntario –especialmente por parte del público para crear, modificar o extinguir las relaciones de derecho, conforme a este derecho ofertado por la organización y aceptado voluntariamente por el público.

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

TID

PE

M CO

S

ERE

LID

D

IEDA SOCIL CIV

IDAD

COMUN

MEDIOS DE ION COMUNICAC SOCIAL

4 COMPONENTE

CULTURAL EDUCATIVO FILOSOFICO

2 COMPONENTE

JURÍDICO

3 COMPONENTE ECONÓMICO

Relaciones JURÍDICAS

Relaciones CULTURALES EDUCATIVAS FILOSÓFICAS

Relaciones ECONÓMICO - FINANCIERAS

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Análisis método diagnóstico

Auditoría: Comportamiento social. Calidad productos servicios. Cultura, educación y filosofía.

Análisis Situacional Macro

Retroalimentación

Reflexión axiológica

Pensamiento estratégico de cambio

Formulación de documentos de gestión

Sistemas de información y comunicación

Atención de recursos humanos

Asesoría toma decisiones Alta Dirección

Interpretación realidad organizacional Reflexión critica del comportamiento organizacional

Etapa 3: ASESORÍA Y CONSULTORÍA

Etapa 2: ACTITUD FILOSÓFICA

Apoyo y coordinación a unidades estructurales de la organizacion

Etapa 4: COORDINACIÓN

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Sistema de información y comunicación

Integración y participación social

Retroalimentación

Relaciones con medios de información y comunicación

Relaciones culturales y educativas

Relaciones con aliados estratégicos Motivación laboral

Percepción y satisfacción de los públicos

Asesoría Alta Dirección (adopción medidas correctivas)

Calidad del producto o servicio

Control de impacto del comportamiento organizacional

Gestión de unidades estructurales

Relaciones de mercadeo. (Producto/Servicio) Relaciones de Responsabilidad social en la comunidad

Gestión de funcionarios

Gestión de la Alta Dirección

Etapa 7: SUPERVISIÓN Y AUDITORIO SOCIAL

Relaciones no gubernamentales

Relaciones gubernamentales

Liderazgo gerencial

Promover la dinámica social interna

Comportamiento proactivo para el cumplimiento de lo proyectado, planificado y programado

Etapa 6: PROCESOS DE RELACIONES

Evaluación de impacto del comportamiento organizacional en la opinión pública y opinión del público vinculado

Etapa 8: EVALUACIÓN

PROCESO DE LAS RELACIONES PÚBLICAS, SEGÚN MODELO RAVIRA (Parte Nº 2)

Etapa 1: INVESTIGACIÓN

Gráfico Nº 5-A

Etapa 5: DIRECCIÓN

ORGANIZACIÓN

PROCESO DE LAS RELACIONES PÚBLICAS, SEGÚN MODELO RAVIRA (Parte Nº 1)

Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas 60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

Gráfico Nº 5-B


Capítulo VIII

Origen, naturaleza, esencia y cognoscibidad del objeto relacional

D

esde la comunidad primitiva, las relaciones sociales aparecieron como una relación y un acto heterónomo, interpersonal e intercultural de los seres humanos. LAZARO (2009) afirma que primero fue inconsciente y natural; luego, con el advenir de la civilización, consciente, intencional, ideologizado y planificado desde el poder del Estado (estandarización de un modelo ideológico y luego de un modelo económico). Al igual que otras ciencias sociales, es obvio que la institución relacionística no existió siempre, ni ha tenido la misma organización y fines correspondientes. Este precepto, en lo general, fue variando con las nuevas relaciones sociales de producción económica y la lucha de las clases, que los pueblos históricamente han librado. En el capitalismo, al cambiar las relaciones de producción económica (las cuales ahora se sustentan en la ciencia y la tecnología), cambia la forma de entender y procesar la naturaleza y la sociedad. Ahora hay un sentido de dominio y control absoluto de todo lo que les rodea por parte de las clases dominantes; tornándose en una necesidad el planificar la relaciones para todos, pero manteniendo de modo mas sutil, las relaciones de sojuzgamiento vía la reproducción, - 58 -

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

transformación y creación de la sociedad de manera más creativa, pero sin salirse del sistema económico-social como es el capitalismo vigente en la mayoría de países del mundo. Este modelo ideológico siempre generará controversias sociales con los públicos vinculados y, en forma inevitable, relaciones asimétricas basadas en la desigualdad socioeconómica entre la organización y sus públicos. Por lo explicado, el objeto de estudio de las Relaciones Publicas esta focalizado en cómo se generan y se realizan dichas relaciones y de qué manera se pueden promover relaciones empáticas. Siendo el objeto de estudio de las Relaciones Públicas producto de las controversias propias del sistema capitalista, no quiere decir que en un probable cambio ideológico las Relaciones Públicas pierdan la naturaleza y esencia de su objeto de estudio.

Naturaleza del objeto relacional El fenómeno relacional es de naturaleza social – individual, con predominancia social, pero sin negar la singularidad que tiene el individuo humano de auto constituirse, en relación al principio de libertad e individualidad que al margen de las circunstancias históricas tiene que afrontar. Es esa autodeterminación lo que influye en la conformación voluntaria de organizaciones (sociedades o asociaciones) para producir o comercializar productos o ser vicios a los grupos humanos demandantes, constituyéndose legalmente en personas jurídicas de conformidad con las normas respectivas. La naturaleza social, se produce por intervención de dos o más sujetos en un momento y contexto determinado. Aquí intervienen, los agentes educativos (familia, comunidad, Estado, iglesia y medios de comunicación social) y agentes naturales, hasta de manera involuntaria e inconsciente.

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

Luego, en la fase temprana hasta la adquisición del lenguaje y la cultura inicial. Por su parte, la naturaleza individual y singular de las organizaciones y de las Relaciones Públicas se genera, tras la construcción de una cultura organizacional, visión, misión, objetivos estratégicos y calidad de sus servicios; así como, la auto conformación de la identidad corporativa y fidelización del propio público vinculado. De esta manera, se va constituyendo esa singularidad concreta y propia del ser humano individual que es subsumida a la naturaleza de las organizaciones. En consecuencia, son las individualidades (personas naturales) que se incorporan voluntariamente a las organizaciones (grupos humanos) y, con ello, surge la esencia misma de la naturaleza social: las relaciones. Por ello, las Relaciones Públicas constituyen una disciplina trascendente en la materialización de las relaciones armónicas y empáticas en los procesos de integración social en una organización y de ésta con su entorno espacio-temporal.

Esencia del objeto relacional Entendemos como esencia del objeto relacional lo que es permanente en el tiempo y que le da el verdadero sentido a aquello que genéricamente denominamos “relación”. La relación, en principio, es un fenómeno social complejo, porque es histórico (se ha dado en forma continua y discontinua) y está en relación con el proceso humano (es decir, es un fenómeno que tiene que ver con nosotros mismos). En tal sentido, podemos decir que el término "relación social" tiene dos sentidos semánticos:

De modo que la naturaleza social del ser humano nace desde su propia concepción biológica y constitución psíquica.

1º. En sentido amplio: La relación social es el proceso de formación, auto- conformación y desarrollo multidimensional del individuo humano a través de la enseñanza (directa o indirecta) y del aprendizaje del modo de vida social, para que

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

éste actúe en la vida productiva y cultural. Cuando llega a esta instancia, se constituye en parte de la estructura orgánica de la persona jurídica. 2º. En sentido estricto o restringido: La relaciones es la actividad cultural, aplicada, orientada y conducida por los relacionistas para formar la concepción del mundo, las capacidades, habilidades cognoscitivas y técnicas, el aspecto moral y el desarrollo físico, así como estético del individuo humano dentro de una organización determinada (accionistas, miembros del directorio, funcionarios y trabajadores en general). De esta distinción podemos inferir además, que las relaciones en sentido amplio, se da en el conjunto de interrelaciones (materiales y espirituales) del marco social. Y la relación en sentido estricto, se da dentro de un sistema organizacional oficial (interno e externo) que, históricamente, apareció con la conformación de las clases sociales, el Estado y la economía. Al igual que en la educación podemos referirnos a dos tipos de relaciones sociales: espontánea, no oficial o no formal; y, oficial, formal, sistemática o protocolizada jurídicamente. De allí que los relacionistas reconocemos dos tendencias de opinión pública: opinión del público (oficial) y opinión pública (no oficial), como resultado de dichas relaciones. Desde nuestro punto de vista, creemos que esta última distinción es importante, pero no debe llevamos a hacer separaciones mecánicas o forzadas en la práctica relacionística. Recordemos que el proceso relacional es único y unitario, donde existen influencias e interrelaciones multiculturales de la organización, de su público y del público, pero que en última instancia están determinadas por el proceso de producción material de una sociedad. Por otro lado, es indesligable vincular a la relaciones - 62 -

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

sociales con la cultura. En esta perspectiva nuestra concepción de la cultura se centra en que ésta es el conjunto de valores o bienes materiales (técnicas, experiencias de producción y otros) y espirituales (resultados en el campo del arte, la ciencia, la filosofía, la moral, de la educación, etc.) así como de los procedimientos para crearlos, aplicarlos y transmitirlos, todos obtenidos por el hombre en el proceso histórico a través de la práctica social. De esto se deriva que haya dos culturas interrelacionadas: la cultura material y la cultura espiritual. Pues bien, el proceso de producción de los bienes materiales (cultura material) es la base y la fuente determinante del progreso de la cultura espiritual, la cual, por cierto, tiene sus propias leyes de desarrollo y autonomía relativa. A manera de conclusión, las relaciones sociales coactúan con la cultura en la medida que la transmite, reproduce, transforma y desarrolla, comprendiendo que la relaciones forman parte de la cultura espiritual. De allí que sea iluso pensar en que la comunicación por sí misma transforme el proceso de vida material y espiritual de un organización, más aún si la sociedad es clasista con relaciones desiguales de distribución de la riqueza y del poder. En este sentido, las Relaciones Públicas, con su objeto de estudio las relaciones, son un proceso ideológico (acepción amplia) y teórico - práctico (acepción estricta) de interacción social en el que se reproducen, transforman y desarrollan los valores culturales materiales y espirituales del modo de vida de una organización, concretada a través de la instrucción, enseñanza y orientación social-cultural; los comportamientos organizacionales; y la comunicación, la cual está determinada dialécticamente, desde el origen del Estado, por el desarrollo de la producción material y las clases sociales. De allí que en el campo de las Relaciones Públicas se construyen y gestionan los conceptos de identidad corporativa, cultura organizacional, motivación, liderazgo compartido, conciliación, entre otros de naturaleza humanística.

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

En conclusión, la esencia del objeto relacionístico está en que es un proceso de formación, auto conformación y desarrollo multidimensional del hombre interactuando dentro de una organización determinada, lo que se logra mediante una identidad, educación (segunda) y cultura (segunda) que se manifiestan mediante comportamientos expresivos, la coactuación y la información y comunicación (directa o indirecta), y de las percepciones del modo de vida social. De este modo, el ser humano actúa en la vida productiva y cultural en una organización y ésta se relaciona con sus públicos vinculados y con otras organizaciones que coexisten en un contexto macro determinado.

Cognoscibilidad del objeto relacional

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

frente a ello en sentido de afirmación y de negación dialéctica, en aras de su singularidad frente al todo. Se infiere que las relaciones con los seres humanos no es simple, por la complejidad de interacciones que de afuera hacia adentro y de adentro hacia fuera operan. Sin embargo, si es posible conocer e investigar de modo científico y tecnológico el proceso relacional del hombre. La prueba de ello, está en que existen, sin ninguna duda, disciplinas científicas y tecnológicas que directa o indirectamente han ido contribuyendo a explicar mejor el fenómeno relacional: La Pedagogía, la Psicología Social, la Sociología, la Antropología, el Derecho, la Economía, y otras más que abordaremos adelante.

Hasta el momento hemos determinado la objetividad del fenómeno relacional en tanto acto o hecho relacional, además de su naturaleza predominantemente social y su interrelación con la cultura. Ahora, es menester incorporar al ser humano (público interno o externo), el cual es el ser con quien se vincula directamente la Relaciones Públicas. Si el hombre es un ser social – individual y concreto, se entiende que su constitución como ser humano biológico, psíquico y socio-cultural ha sido producto de una larga evolución histórica, en relación directa con el trabajo y su práctica social. En tal sentido, LÁZARO (2009) señala el hombre no solamente tiene la posibilidad de ser influido por el medio social y el medio natural, sino que a la vez está estructurado a nivel físico, a nivel genético, a nivel neurofisiológico, a nivel de pensamiento abstracto y lógico, y a nivel psíquico, para autoconstituir su personalidad en base a su conciencia social y de clase, como un ser diferente a los demás. En síntesis, el ser humano es el centro de todas las relaciones sociales, culturales y naturales; con cierta autonomía relativa por su posición de clase, para reaccionar - 64 -

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PARTE V

SISTEMA DE RELACIONES PÚBLICAS

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Capítulo IX

Descripción del Sistema de

Relaciones Públicas: Modelo RAVIRA

B

ajo la perspectiva de la teoría de sistemas abiertos (aplicables a nivel de: individuo, grupo, organización y sociedad), se tienen tres etapas fundamentales: entradas, procesamiento y salidas. A ellas, agregamos el control y la retroalimentación. La entrada (primera etapa) es la fuerza de arranque del sistema, que provee el material, datos o la energía humana que deben asegurarse y organizarse, iniciando la operación del sistema. El procesamiento (segunda etapa) es el fenómeno que produce cambios, transforma las entradas en salidas (resultados). Generalmente es representado como la “caja negra”, en la que entran los insumos y salen cosas diferentes, que son los productos. La etapa de salida (tercera) materializa la finalidad para la cual se reunieron los componentes del sistema. Son los resultados del procesamiento, los cuales deben ser coherentes con los objetivos del sistema. Abarca la transferencia de los resultados hasta su destino final. Por ejemplo, los bienes y servicios ofertados a los consumidores. Retroalimentación o retroinformación (feed back) es la función de retorno del sistema que tiende a comparar la salida - 68 -

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

con los estándares de calidad. Es decir, se refiere a los datos sobre el desempeño de un sistema. Asimismo, el control comprende el monitoreo y la evaluación de la retroalimentación para determinar si un sistema se está desplazando hacia el logro de las metas y objetivos. El control sirve para hacer los ajustes necesarios a los componentes de la entrada y el procesamiento. Por ejemplo, estudiar el grado de satisfacción de los clientes respecto a la calidad de los servicios y de la atención recibidos. Cada una de las etapas indicadas se desarrollan en un ambiente, entendido como el entorno (contexto espacial y temporal) que envuelve externamente el sistema organizacional. Está en constante interacción con el sistema, ya que éste recibe entradas, las procesa y efectúa salidas. La supervivencia de un sistema depende de su capacidad de adaptarse, cambiar y responder a las exigencias y demandas del ambiente externo. Aunque el entorno puede ser un recurso para el sistema, también puede ser una amenaza. Las Relaciones Públicas, como podemos apreciar, se sustentan en la Teoría General de Sistemas, entendida ésta como “…grupo de componentes interrelacionados que trabajan en conjunto hacia una meta común, mediante la aceptación de entradas y generando salidas en un proceso de transformación organizado. También se le conoce como sistema dinámico…” (O'brien 2001:40). La Teoría General de Sistemas establece la necesidad de estudiar las relaciones de las organizaciones como un sistema que interactúa solidariamente con el entorno que está constituido por partes ligadas entre sí por fuertes interacciones. De ello, podemos deducir que todo sistema integral tiene capacidades para variar o preservar la estructura organizacional. Según MARTIN SERRANO y otros (1982:184), los principios de la Teoría General de Sistemas han sido aplicados a las ciencias sociales y a las ciencias de la naturaleza, - 70 -

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

resumiendo las siguientes: a.

La Teoría de Sistemas tiene en cuenta las relaciones existentes entre un sistema social y en los restantes sistemas con los que establece un intercambio. En consecuencia, puede estudiarse las Relaciones Públicas con enfoque sistemático, si se acepta que las organizaciones por su propia naturaleza son un sistema que interactúa con el sistema social macro (entorno).

b.

Ningún sistema se modifica por si mismo sin el concurso de otro exterior. En el caso de las Relaciones Públicas se debe aceptar que las relaciones de las organizaciones se modifican por la influencia exterior de otros sistemas (recursos, necesidades, normas, costumbres, moral, valores, ética, ideologías, comportamientos sociales, entre otros).

c.

Cuando se estudia un sistema a lo largo del tiempo, hay que considerarlo incluido en otro sistema que cumple la función de entorno de ese sistema.

d)

Ningún sistema puede ser confundido con su entorno, ni las contracciones que controlan el funcionamiento del sistema con las constricciones del entorno.

e)

Ningún sistema puede estudiarse aisladamente de su entorno. Recíprocamente, un sistema dado debe ser adoptado como el entorno del otro sistema cuando ambos se estudian como un único sistema.

f)

Ambos sistemas (el sistema que se estudia y su entorno) son alternativamente activos y pasivos, es decir existen entre los dos sistemas una relación reciproca.

A partir de dichos principios, podemos identificar los siguientes componentes del sistema de Relaciones Publicas: a.

La organización, integrada por personas que interactúan. Esta organización posee una identidad, cultura e imagen de sí misma, al igual que atributos. - 71 -


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

b.

El público vinculado (interno y externo) como objeto de la relación con la organización, tal como son imaginados por ésta última. Los diferentes públicos poseen una identidad, cultura e imagen de sí mismos, al igual que atributos primigenios que deben compatibilizarse y adaptarse la identidad, cultura e imagen de sí misma que tiene la organización y viceversa.

c.

Las reacciones de cada persona a la imagen que se hace del otro y la presunción que se hace de cómo le ve el otro. Es decir, las reacciones que tiene el público vinculado sobre las percepciones que tiene sobre la organización; y las reacciones que tiene la organización sobre las percepciones que tiene sobre su público vinculado.

d.

Las respuestas (comportamientos, opinión del público, opinión pública) que el público vinculado otorga a la organización como consecuencia de las reacciones indicadas en el inciso anterior (c).

e.

Los propios fines que cada persona persigue en la interacción y en la representación que se hace de los fines que persigue el otro. Es decir, los intereses o necesidades o deseos que cada público vinculado persigue en la interacción con la organización y viceversa.

f.

La manera en la que cada persona interpreta que el otro valora los fines del primero. Es decir, la opinión que el público tiene sobre los fines de la organización y viceversa.

Estos componentes se constituyen en un sistema de interacción social micro (SISMI) que interactúa con un sistema de interacción social macro (SISMA), de carácter poco definido, ya que incluye valores, normas, personas, presiones. Ambos sistemas cambian de forma solidariamente a lo largo del tiempo. - 72 -

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

De lo explicado anteriormente, es factible comprobar la naturaleza sistémica de las Relaciones Públicas aplicadas por las organizaciones y su objeto de estudio: las relaciones sociales. De esta manera, acorde con la propuesta de definición de Relaciones Públicas podemos identificar las siguientes categorías de relaciones: a.

Entre el sistema de interacción micro (SISMI) con los sistemas de interacción del público vinculado interno y externo. En donde el SISMI es la organización que establece relaciones y determinaciones más importantes a nivel de todos y cada uno de los integrantes de los públicos vinculados. En el ámbito interno con los miembros de los accionistas de la organización, funcionarios y trabajadores en general.

b.

Entre el sistema social de interacción social micro (SISMI) y el sistema de interacción macro (SISMA). En donde el SISMI es la organización que establece relaciones y determinaciones más importantes a nivel de todos y cada uno de los componentes del SISMA. Y, el ámbito externo está compuesto por entidades gubernamentales, clientes, proveedores, competidores, sociedad civil, comunidad en general, medios de comunicación social, líderes de opinión.

Estas relaciones serán influenciadas por (favorable o negativamente) las personas que son miembros de grupos particulares (familia, trabajos, entre otros) y de grupos generales (clases sociales, etnias, entre otros) que van a determinar los comportamientos relacionales y comunicativos en el sistema de Relaciones Públicas. Asimismo, influirán las percepciones (imágenes) que están pauteadas en términos de roles, status y funciones sociales. Los públicos vinculados juzgan a la organización por sus fines y su rol que desempeña en la sociedad y viceversa. También es un factor de influencia los fines y objetivos que tratan de alcanzar, tanto las organizaciones como los públicos, - 73 -


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

como actores de las relaciones (configurados socialmente) y que deben satisfacer al interior del sistema social. La aplicación de los principios de la Teoría General de

Gráfico Nº 06 RELACIONES PÚBLICAS COMO SISTEMA ABIERTO, SEGÚN MODELO RAVIRA

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

Sistemas se refleja en el siguiente gráfico: A continuación explicaremos como se materializa la definición de Relaciones Públicas propuesta. De acuerdo a ésta, el sistema de Relaciones Públicas (Gráfico N° 7) comprende tres principales etapas. Según la Teoría de Sistemas las entradas están compuestas por los ámbitos interno y externo. En el primero, se toman en cuenta el componente patrimonio en sus tres categorías básicas: tangibles, intangibles y mixtos (tangibles e intangibles). El patrimonio intangible (espiritual) está compuesto por:

Contexto (espacio - temporal) Sistema Axiológico

Sistema de Socio-Económico

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RRPP: Auditoría. Balance social. Actitud filosófica. Cultura. Educación.

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RRPP: Auditoría. Balance social. Actitud filosófica. Cultura. Educación.

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RRPP: Auditoría. Balance social. Actitud filosófica. Cultura. Educación.

RRPP: Auditoría. Balance social. Actitud filosófica. Cultura. Educación.

Sistema de Comportamientos

Sistema de Información y Comunicación Social - 74 -

Misión. Visión. Políticas. Pensamiento y planificación estratégicos. Dirección estratégica. Manejo de nichos. Políticas de gestión financiera, económica, administrativa, jurídica y social. Objetivos. Metas. Valores. Responsabilidad social. Clima laboral. Cultura - Educación - Filosofía. Liderazgo. Imagen de marca. Imagen institucional. Identidad organizacional. El patrimonio tangible (material) está compuesto por: Potencial humano (accionistas, funcionarios y trabajadores). Infraestructura. Tecnología-equipamiento. Recursos económico-financiero. Productos y servicios. - 75 -


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

Vínculos inter organizacionales. Estructura orgánica. Procesos y procedimientos. Sistema comunicación e Información. El patrimonio documental de gestión (mixto material e inmaterial) Constitución Política del Estado. Leyes y normas jurídicas del sector. Estatutos y normas administrativas. Plan Estratégico Institucional (PEI). Plan Operativo Anual (POA). Sistema de Información Gerencial (SIG). Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Manual de Organización y Funciones (MOF). Manuales de procedimientos. Sistema de decisiones de Alta Dirección.

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

Sistema de información y comunicación social. La segunda etapa, trasformación de los insumos, corresponde a la toma de decisiones de la alta dirección (órganos de gobierno y gerencias y unidades operativas). Es la etapa de actitud filosófica, reflexiva, analítica interpretativa y valorativa que orienta la toma de decisiones: se organiza y se materializa el componente patrimonial de la organización. Asimismo, se determina el modelo de Relaciones Públicas que la empresa adoptará en sus etapas de planeamiento, organización dirección, control y evaluación de la gestión organizacional. Es decir, en esta etapa de define la identidad y cultura de la organización (personalidad organizacional), y, especialmente, el modelo de Relaciones Públicas cuyas características distintivas son: actitud filosófica y empática, integración social, prácticas axiológicas, y motivación hacia el bienestar social. Aprobado por las instancias respectivas (alta dirección) la personalidad y el modelo de Relaciones Públicas se expresará a través de su comportamiento organizacional.

En el ámbito externo de consideran una serie de factores que influyen y, muchas veces, condicionan la estructura patrimonial interna de las organizaciones, modificando o modelando sus relaciones. Son componentes del entorno (contexto espacio-temporal): Jurídicos. Políticos. Económicos-financieros. Tecnológicos. Ecológicos. Socio culturales, educativo y filosófico. Percepciones, opiniones y comportamientos del público vinculado. Sistema ético y moral de los gobernantes. Percepciones, opiniones y comportamientos de la comunidad donde interactúa la organización. Sistema de comportamientos del entorno social. Sistema axiológico del entorno social. Sistema socio- económico. Sistema ideológico.

Otro aspecto que se tiene en cuenta en esta segunda etapa es la definición del sistema de funciones de las Relaciones Públicas acorde con el modelo establecido anteriormente. Al respecto considero que, cualquiera sea la naturaleza de una organización (Estatal o privada, industrial o comercial, asociación o sociedad) las Relaciones Públicas deben cumplir las siguientes funciones: Investigación social. Asesoría Alta Dirección. Integración y participación. Conciliación, concertación y negociación. Debate y diálogo. Educación, capacitación y cultura. Organizacional. Auditoría y balance social.

- 76 -

-77 -


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

Fiscalización de la responsabilidad social. Administración del sistema de comunicación e información. Ceremonial y protocolo. Las indicadas funciones se objetivizan en los documentos de gestión: Plan Estratégico Institucional (PEI), Plan Operativo Anual (POA), Manual de Organización y Funciones (MOF), manuales de procedimientos de producción y administrativos, programas, proyectos y planes de actividades específicas. Luego, definidas las fases anteriores se ingresa a la fase de la dinámica de las relaciones organizacionales, las mismas que se materializarán a través de sub procesos relacionales: (integración social, participación, liderazgo y motivación), con la activa intervención de los órganos de gobierno (asamblea de accionistas, sesiones de directorio), reuniones de gerencia y de las unidades operativas de todos los niveles, según la estructura orgánica (reuniones de trabajadores, reuniones de comisiones de trabajo).

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

Decisiones de la alta dirección y de las unidades operativas. Programas, actividades y proyectos sociales. Estos productos son los que –basados en la calidad, percibida o deseada por los públicos (internos y externos)determinarán la denominada imagen o prestigio institucional. La percepción del público se manifiesta como opinión del público, opinión pública, actitudes y comportamientos. Cualquiera que sea la tendencia de dicha reacción o respuesta, la información proporcionada ingresa nuevamente al sistema de relaciones generándose un proceso de retro alimentación y, sucesivamente, en un círculo sostenido y sostenible en el tiempo de relaciones organizacionales. Entendemos por ello, que las Relaciones Públicas ideales buscan, en forma sostenida en el tiempo, la creación y construcción de la identidad organizacional como un proceso de adquisición de la personalidad organizacional, condición sustantiva para el inicio de sus relaciones con sus públicos vinculados.

Como resultado de dicha dinámica, se llega a la tercera etapa del proceso relacional (salidas), en el que la organización demuestra su desempeño (comportamiento organizacional), el mismo que es percibido por los públicos internos y externos a través aspectos tangibles (visibles) que constituyen su plataforma de productos relacionales: Productos o servicios (calidad). Procesos y procedimientos (simplificación). Sistema comunicación e información oportuno y transparente. Sistema de atención al cliente. Sistema de resolución de quejas y reclamos. Sistema de marketing (relacional/institucional). Sistema de ventas (transaccional con el cliente). Programa de cultura, educación y actitud filosófica. Programa de responsabilidad social.

El sistema de las Relaciones Públicas se operativiza mediante procesos (ver gráficos 5-A y 5-B).

- 78 -

- 79 -


ORGANIZACIÓN Retroalimentación

- 80 Sistema Cultural, Educativo y Filosófico

Sistema Axiológico

Sistema de interactuación (integración, participación, coordinación, liderazgo, motivación)

Sistema de Gestión Documental

Sistema de Gestión Gerencial

Sistema de gestión Alta Dirección

Sistema funcional de Relaciones Públicas

Transformación de las entradas

Etapa 2: PROCESAMIENTO

Etapa 3: SALIDAS

COMPORTAMIENTO AXIOLÓGICO

PROGRAMA CULTURAL EDUCATIVO Y FILOSÓFICO

PLATAFORMA DE PRODUCTOS/SERVICIOS

COMPORTAMIENTO ORGANIZACIONAL LABORAL (Trabajadores)

COMPORTAMIENTO ORGANIZACIONAL GERENCIAL

COMPORTAMIENTO ORGANIZACIONAL DE ALTA DIRECCIÓN

IDENTIDAD Y CULTURA ORGANIZACIONAL

EXTERNO

INTERNO

VINCULADO:

DEL PÚBLICO

PRECEPCIÓN

Procesos y productos relacionales

Comportamiento del público vinculado, según la imagen institucional de prestigio percibida A. Opinión del público. B. Opinión publica C. Actitudes y comportamientos sociales

Cultura - Educación Filosofía

II. ÁMBITO EXTERNO (Sistema interacción Macro (SIMA) Componentes del entorno

RELACIONES PÚBLICAS

GESTIÓN SISTEMA DE

GESTIÓN GERENCIAL

ALTA DIRECCIÓN

I. PATRIMONIO INTANGIBLE II. PATRIMONIO TANGIBLE III. PATRIMONIO DOCUMENTAL

I. ÁMBITO INTERNO (Sistema Interacción Micro (SIM)

Información (Datos)

Etapa 1: ENTRADAS

SISTEMA DE LAS RELACIONES PÚBLICAS BASADO EN EL MODELO RAVIRA

Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

Gráfico Nº 7

PARTE VI

METODOLOGÍA DE LA CIENCIA Y DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA


Capítulo X

Metodología de la ciencia, aplicada a las Relaciones Públicas

E

n nuestra propuesta de definición, hemos establecido que las Relaciones Públicas estudia las “… relaciones sociales, jurídicas, económicas y administrativas de las organizaciones (públicas o privadas) con sus públicos…”. De este objeto de estudio deducimos que existen tres realidades que percibir, analizar, interpretar y valorar: las “organizaciones”, los “públicos”, las “relaciones” y el “entorno” (contexto espacio-temporal) no como entes estáticos y aislados, sino todo lo contrario como un sistema en constante dinámica. El conocimiento de dichas realidades implica recurrir a la ciencia, entendida como: “Conjunto de conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento, sistemáticamente estructurados y de los que se deducen principios y leyes generales” (DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA: 2001). En otras palabras, la ciencia es el estudio de las realidades empíricamente demostrables; obteniéndose la creación de conocimiento de realidades objetivas y objetivables por la experiencia. Pues bien, así como hemos explicado en el capítulo V – “Sistema de Relaciones Públicas” la naturaleza sistémica de las - 82 -

- 83 -


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

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El método de la ciencia tiene las siguientes etapas: exploración (percepción), descripción, interpretación (explicación), experimentación y aplicación de la teoría, técnicas y tecnologías. De cumplir rigurosamente dichas etapas, el relacionista obtendría información legitimizada de la realidad de la organización, de sus públicos, de sus relaciones y de su entorno. Con esta información, que constituye la entrada (acorde con la Teoría General de Sistemas), se lograría tener conclusiones (conocimiento científico), tanto teóricas (modelos conceptuales y procesales, hipótesis, principios, leyes, entre otros) como técnicas y tecnológicas.

Gráfico Nº 8 METODOLOGÍA DE LA CIENCIA, APLICADA A LAS RELACIONES PÚBLICAS

N

Relaciones Públicas, ahora, en este capítulo, demostramos que para cumplir con su “…misión de crear identidad y cultura institucional y gestionar comportamientos…” , las Relaciones Públicas, como cualquier otra disciplina, con carácter de ciencia, primero debe conocer la realidad donde se aplica (“organización”, “públicos”, “relaciones” y “entorno”). Para ello, recurre a la metodología de la ciencia y la metodología de la investigación científica. Sin el cumplimiento obligatorio de estas metodologías, obviamente, las Relaciones Públicas no cumplirán sus funciones con eficiencia y eficacia y, como consecuencia de ello, no alcanzarán su finalidad: “…motivar el bienestar humano recíproco dentro del marco de intereses legítimos…”

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

El método de la ciencia, se puede esquematizar de la siguiente manera(Gráfico Nº 8): A. Organización B. Relaciones / Compromiso C. Público D. Entorno E. Cultura - Educación - Filosofía

1. Toma de información de la realidad susceptible de observación. 2. Codificación y ordenamiento de la información obtenida. 3. Corresponde al método de la investigación científica: planteamiento de los problemas y las hipótesis. 4. Corresponde a la contrastación de las hipótesis: comprobación de las hipótesis. 5. Corresponde a: esquematización de los modelos conceptuales del cuerpo de la ciencia y a la aplicación práctica de tales modelos (la tecnología). - 84 -

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

La aplicación del método de la ciencia da como resultado que las Relaciones Públicas obtengan un cuerpo teórico propio que sustenta su existencia. Asimismo, para su práctica tiene a su disposición otras teorías, técnicas y tecnologías de otras disciplinas científicas de las cuales enriquece sus conocimientos. Este fenómeno le otorga una característica adicional a las Relaciones Públicas: su naturaleza multidisciplinaria. Adicionalmente, el ejercicio de las Relaciones Públicas exige la aplicación del método de la investigación científica, a partir de un conjunto de problemas suscitados por el análisis crítico de una realidad (conocida o conjetura). Por ello, el método de la investigación científica se inicia con el planteamiento del problema y termina en la construcción de un modelo conceptual (teoría) que, a su vez, plantea nuevos problemas (ver gráfico Nº 9). HERNÁNDEZ y otros autores (2004) proponen como metodología de la investigación los siguientes diez pasos: 1. 2.

3.

4. 5. 6.

7.

Concebir la idea a investigar. Plantear el problema de investigación: Establecer los objetivos y preguntas de investigación. Asimismo, justificar la investigación y su viabilidad. Elaborar el marco teórico: Revisar la literatura (detección de la literatura, obtención, consulta, extracción y recopilación de la información de interés, construcción el marco teórico). Definir la investigación: exploratoria, descriptiva, correlacional o explicativa (hasta que nivel llegará). E s t a b l e c e r u n a h i p ó t e s i s : d e t e c t a r, d e f i n i r conceptualmente y operacionalmente las variables. Seleccionar el diseño apropiado de investigación: no experimental, pre experimental o cuasi experimental y experimental. Selección de la muestra: determinar el universo y extraer la muestra. - 86 -

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

8.

9. 10.

Recolección de los datos: Elaborar el instrumento de medición y aplicarlo. Calcular validez y confiabilidad del instrumento de medición. Codificar los datos. Crear un archivo que contenga los datos. Analizar los datos: Seleccionar las pruebas estadísticas. Elaborar el problema de análisis. Realizar los análisis. Presentar los resultados: Elaborar el reporte de investigación. Presentar el reporte.

Luego de este proceso de diez pasos se obtiene nuevo conocimiento que aporta nuevas ideas para iniciar un nuevo proceso de investigación y así sucesivamente. Como resultado de la aplicación de método científico señalado anteriormente y de la realidad estudiada se obtiene conocimiento de situaciones específicas que son materia de estudio particular en la medida de su interés, significación e impacto (favorable o no) en la sociedad y en los procesos de relaciones entre la organización y sus públicos vinculados. En esta situación, las Relaciones Públicas utilizan el método de la investigación científica. Como resultado se obtienen conclusiones teóricas, técnicas y tecnológicas respecto a la mejor estrategia, metodología, procesos, procedimientos técnicas y tecnologías a aplicar en la resolución de una problemática. Asimismo, modelos conceptuales y procesales, hipótesis, principios, leyes entre otros, lo que legitima a las Relaciones Públicas como ciencia. En resumen, para ejercer la Relaciones Públicas es necesario tener conocimiento de la realidad de las organizaciones, sus públicos, sus relaciones y de su entorno. Además, administrar la herramienta intelectual que es el método. Y, cómo es lógico, tener las habilidades y las técnicas necesarias que toda disciplina científica exige. Es decir, tener una información de los marcos conceptuales de la gnoseología y la epistemología y una sólida formación en las técnicas de las Relaciones Públicas. En conclusión, si los relacionistas públicos cumplen con - 87 -


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

Gráfico Nº 9 METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, APLICADA A LAS RELACIONES PÚBLICAS

N CIÓ EP C ER

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A. Organización B. Relaciones / Compromiso C. Público D. Entorno E. Cultura - Educación - Filosofía

1. Toma de información de la realidad susceptible de observación. 2. Codificación y ordenamiento de la información obtenida. 3. Corresponde al método de la investigación científica: planteamiento de los problemas y las hipótesis. 4. Corresponde a la contrastación de las hipótesis: comprobación de las hipótesis. 5. Corresponde a: esquematización de los modelos conceptuales del cuerpo de la ciencia y a la aplicación práctica de tales modelos (la tecnología). - 88 -

- 89 -

ETAPA 1

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A

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Nuevo conocimiento de la realidad problemática (Teoría / técnica tecnológica)

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LIDAD PROBLEM REA ÁT A IC EV ETAPA 4 A U N

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el rigor científico que demanda el ejercicio profesional de las Relaciones Públicas, entonces es posible concluir, a priori, que las Relaciones Públicas, sumada a su práctica fundamentada en la Teoría General de Sistemas, ya habrían adquirido su categoría de ciencia. En el supuesto negado que los relacionistas públicos no cumplan con estos requisitos (sistematización de sus funciones y aplicación de la metodología científica) no quiere decir que las Relaciones Públicas deje de merecer la categoría de ciencia. Las Relaciones Públicas siempre será un conocimiento universal. Lo que sucede es que no por la falta de conocimiento o habilidades o la falta de actitud o por negligencia o por falta de interés particular (individual) de los empresarios, funcionarios y de las mismas personas que ejercen las Relaciones Públicas, no podemos negar su conocimiento de vigencia universal.

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?


PARTE VII

MIS PRIMERAS CONCLUSIONES

- 90 -


Conclusiones

El primer paso: vamos por

buen camino

E

l análisis epistemológico realizado, y la lógica natural que nos dan los 35 años de ejercicio profesional, en forma ininterrumpida de la Relaciones Públicas, nos permite comprobar:

- 92 -

1.

Que existe una historicidad del término “Relaciones Públicas”, cuya significación no ha sido unidireccional. Sin embargo, a pesar de su diversidad terminológica, sin una línea de significación y de su semántica sinuosa, en su esencia el término “Relaciones Públicas” se refiere a lo mismo: disciplina que estudia las relaciones sociales de la organización con sus públicos internos y externos.

2.

Una historicidad de la disciplina relacionística, basada en la racionalidad pre sistemática que surge por los años 1900 en el mundo; y, en el Perú por los años 1950. Como consecuencia de ello, nos permite confirmar a priori la existencia de una racionalidad sistemática, en razón de que su praxis observada históricamente le da consistencia disciplinaria y argumentación suficiente para garantizar su naturaleza sistémica y cuasi científica.

3.

La existencia de una comunidad investigadora que ha seguido el curso de una racionalidad filosófica, que nos - 93 -


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

conduce a un futuro inmediato a una racionalidad científica, otorgándole a las Relaciones Públicas un estatus epistemológico fundamentado en su praxis histórica. 4.

5.

6.

7.

Un objeto de estudio propio: las relaciones sociales de las organizaciones (cualquiera sea su naturaleza socioeconómica) con sus públicos (internos y externos). Dicho objeto de estudio se expresa como realidad relacional, hecho relacional, fenómeno relacional acto relacional y proceso relacional, y con un sentido télico (explicado, definido), axiológico y práctico. Que este objeto relación, se originó a través de la relación cultural primigenia del hombre, que su naturaleza es social- individual, que su esencia es ser un proceso teórico-práctico de interacción social, que está determinada dialécticamente por las relaciones sociales de producción, que es fáctica y por ende, cognoscible. El estatus práctico de las Relaciones Públicas se fundamenta en que su ejercicio profesional se desarrolla dentro de los marcos de la Teoría General de Sistemas y de la Metodología de la Ciencia y de la Investigación Científica, que le dan legitimidad y racionalidad científica. Que en el Perú, la praxis histórica, desde los años 1950 (aproximado) hasta la fecha (2010) le otorgan a las Relaciones Públicas un estatus trascendente en la vida social de las organizaciones es igual que otras ciencias como: Medicina, Economía, Sociología, Antropología, Administración, Derecho, Psicología, entre otras. Como consecuencia lógica de ello, afirmamos en este primer ensayo “Estatus Epistemológico de las Relaciones Públicas” -con convicción y en forma coloquial– que sesenta años de experiencia en Relaciones Públicas no pasan en vano ¿Di?

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- 97 -

Colegio Profesional de


PARTE VIII

ANEXOS

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ANEXO I

Proyecto de Ley que crea el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú

A

lo largo de la vida institucional de las Relaciones Públicas se presentaron varios proyectos de ley para crear el Colegio de Relacionistas Públicos del Perú. Sin embargo, siempre quedaron truncos en su gestión, por múltiples razones. A pesar de ello, el Senador de la República Róger Cáceres Velásquez (representante del Frente Nacional de Trabajadores y Campesinos, FENATRACA - Puno), el 25 de setiembre de 1985, presenta el proyecto de ley N° 148-85-S, actualizando el Proyecto de Ley N° 858-81-S, que fuera presentado por él mismo en el período legislativo anterior. Cáceres estuvo más de treinta años en el parlamento, por lo que fue reconocido como "Decano Parlamentario del Perú y América Latina". El Proyecto de Ley N° 148-85-S, sobre creación del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, tuvo dictamen favorable de la Comisión de Educación del Senado (mediante proyecto sustitutorio) con fecha 02 de octubre de 1985 y, desde el 15 del mismo mes quedó a la Orden del Día para su debate en la Cámara de Senadores. Ante la existencia - 100 -

- 101 -


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

del Proyecto de Ley N° 148-85-S, Dante Alva Alva, relacionista público y periodista, egresado del Instituto Superior de Periodismo y Relaciones Públicas Dr. Carlos E. Uceda Meza” (Perú, Trujillo), comunica al autor del presente libro dicha noticia. En mérito a ello, y en calidad de Presidente de la Asociación de Relacionistas Públicos de La Libertad – ARPUL(fundada por el 16 de julio de 1975), organizamos la III Convención Regional del Norte denominado “Creación del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos, realizada en la ciudad de Trujillo, los días 29 y 30 de noviembre y 1° de diciembre de 1985, con la participación de Relacionistas Públicos de los departamentos del norte del Perú; y, en honor a la verdad, con la excepcional colaboración de alumnos del Instituto Superior de Periodismo y Relaciones Públicas “Dr. Carlos E. Uceda Meza” de Trujillo. Las conclusiones del evento (Convención Regional) llevaron (tres días después de la clausura de la III Convención Relacional) a los relacionistas públicos Wilfredo Colán Sandoval, Dante Alva Alva y Raúl Rivero Ayllón en calidad de representantes de ARPUL ante el Congreso de la República. Al respecto, es justo dejar testimonio que, con la asesoría y coordinación de Dante Alva Alva, también cronista parlamentario del Diario La Industria de Trujillo (destacado en Lima), la mencionada comisión sustentó ante los señores congresistas, tanto en la Cámara de Senadores como en la Cámara de Diputados de aquel año (1985), las disposiciones transitorias del Proyecto de Ley de Creación del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú. Dichas disposiciones transitorias fueron redactadas de conformidad al acuerdo adoptado en la III Convención Regional del Norte: “La ley de Colegiación y su respectivo reglamento debe sustentarse en el criterio de amplitud en la cobertura de colegiación en el que no debe excluirse a quienes a la fecha se encuentran en la siguiente situación: a.

Relacionistas en ejercicio, sin ningún estudio académico - 102 -

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

de Relaciones Públicas, pero con experiencia en el cargo con no menos de diez (10) años. b.

Relacionistas en ejercicio, con título profesional en otra disciplina, pero con experiencia mínima de tres (03) años en el cargo.

c.

Relacionistas con título expedidos por las actuales universidades del país.

d.

Relacionistas con título expedido por Institutos Superiores y/o Escuelas Superiores de educación profesional (ESEPS) representado por el Ministerio de Educación con tres (03) ó cuatro (4) años de estudios regulares.

e.

Profesionales que han efectuado trabajo de investigación y/o docencia en el campo de las Relaciones Públicas”.

Las disposiciones transitorias indicadas fueron producto de una realidad histórica. En primer lugar, si se creaba el Colegio Profesional acorde con el proyecto de Ley N° 148-85S en muchos departamentos del Perú no se habrían constituido sedes institucionales del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos porque en aquellos años (décadas 60, 70 y 80) hubieran sido excluidos los pioneros y precursores de las Relaciones Públicas, aún demostrando que ya tenían más de diez años de ejercicio profesional con el cargo de Relacionistas Públicos. En segundo lugar, en aquellos años las universidades no tenían facultades de Ciencias de la Comunicación o Escuelas Académicos Profesionales de Relaciones Públicas; y, como consecuencia de ello, los relacionistas en ejercicio no hubieran cumplido con una de los requisitos sustantivos: el título profesional universitario. En aquella época la enseñanza superior de Relaciones Públicas fue a nivel de Institutos - 103 -


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

¿Quién mejor podría contar la historia sino sus mismos protagonistas? Fue la permanente interrogante en quienes asumimos el compromiso de colaborar con “un granito de arena”, desde la lejana provincia trujillana. Episodio tantas veces negada de contarla en eventos públicos. Veinticinco años son suficientes para escribirla ante el riesgo que antagonistas de la historia de las Relaciones Públicas la tergiversen. Luego de este episodio en que los llamados “relacionistas provincianos” participáramos con entusiasmo y pasión, en virtud de nuestra vocación inquebrantable, se produjo una pausa histórica, que en otro libro explicaremos.

Raúl Rivero Ayllón, Dante Alva Alva y Wilfredo Colán Sandoval en el Congreso de la República del Perú (1985).

Superiores (mando medio) que expedían títulos de bachilleres técnicos, como es el caso de Piura, Lambayeque, La Libertad, entre otros departamentos (la excepción era Lima, Arequipa y Cuzco).

Posterior a dicho episodio, el doctor Emilio Solórzano Hernández, en calidad de Presidente de la Federación Peruana de Relacionistas (FEREP), lidera las gestiones que concretizan la creación del Colegio de Relacionistas Públicos del Perú, mediante Ley N° 25250 de fecha 18 de junio de 1990 y se materializa –después de catorce años- con la aprobación del Estatuto y su proceso de incorporación de los primeros relacionistas en el año 2005.

Esta realidad condujo a las relacionistas de aquellas décadas a gestionar mecanismos que posibiliten acceder a niveles académicos y profesionales superiores. Ante la oportunidad de un proyecto de ley para crear el Colegio Profesional de Relacionistas Públicas, se promovieron las disposiciones transitorias. Pero la incorporación de aquellos relacionistas en ejercicio, que no tenían título universitario en Relaciones Públicas, estaba condicionada al compromiso de regularizar posteriormente su situación académica, a través de estudios regulares en las facultades de Ciencias de la Comunicación o Escuelas Académicos de Relaciones Públicas de las universidades. Este condición debía garantizar su permanencia en el Colegio Profesional. - 104 -

- 105 -


ANEXO II

Ley N° 25250 Crean Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú

Diario Oficial El Peruano NORMAS LEGALES: Lima, martes 19 de junio de 1990. AÑO IX – Nº 8603. CREAN EL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ. Ley Nº 25250 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO HA DADO LA LEY SIGUIENTE: El Congreso de la República del Perú: Ha dado la ley siguiente: Artículo 1º.- Créase el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú como entidad autónoma de derecho público interno, representativo de la profesión de Relaciones Públicas de la República, de conformidad con el Artículo 83º de la Constitución Política. Su sede estará ubicada en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- La colegiación es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión de Relacionistas Público. Artículo 3º.- Para ser miembro del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, se requiere poseer el título profesional de Relacionista Público expedido por las universidades del país, o revalidado conforme a ley si este título ha sido otorgado por una universidad extranjera. Artículo 4º.- Son fines del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú los siguientes:

- 106 -

- 107 -


Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

a. b.

c.

d.

e. f. g. h. i. j.

Velar por el cumplimiento de la normas éticas y deontológicas de la profesión; Cautelar el ejercicio profesional y su defensa dentro de estrictos criterio éticos y legales, recusando y denunciado el desempeño ilegal de la profesión; Contribuir al desarrollo de las Relaciones Públicas cooperando con las instituciones públicas, sociales, científicas, técnicas y de investigación; Ejercer la representación de los Relacionistas Públicos y la defensa de la profesión de acuerdo con las leyes y los Estatutos del Colegio; Organizar certámenes nacionales e internacionales con fines socales, de fomento cultural y de investigación; Absolver consultas sobre asuntos de esta naturaleza; Velar por el prestigio, progreso y prerrogativas de la profesión; Colaborar con el sistema educativo nacional; instituciones científicas y técnicas procurando la mejor formación profesional; Mantener vinculación con las entidades similares del país y del extranjero; y, Contribuir al desarrollo de las Relaciones Públicas colaborando con el Estado, con las organizaciones regionales y locales y con la comunidad en general en las áreas de su competencia.

Artículo 5º.- Constituyen rentas y recursos del Colegio Profesional Públicos del Perú los siguientes: a. b. c. d. e.

Las cotizaciones de sus miembros; Las donaciones y legados que reciba; Las rentas que producen sus bienes; Los ingresos que generan por el desarrollo de sus autoridades; y Las que puedan corresponderle por mandato de Ley.

Artículo 6º.- La organización, funcionamiento y demás aspectos institucionales del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, se establecerá en el Estatuto respectivo, aprobado por Decreto Supremo, Artículo 7º.- las entidades estatales, paraestatales y privadas que tengan objetivos de promoción, desarrollo, planificación e investigación de la actividad de Relaciones Públicas, deberán contar sus organismos profesionales de esta especialidad, titulados de acuerdo a la Ley e inscritos en el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos.

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

a. b. c.

Los egresados o titulados de las universidades en otras áreas profesionales; Los egresados o titulados de la Escuelas o Institutos de Educación Superior con valor oficial en el área de Relaciones Públicas; y Los relacionistas autodidactas, con educación secundaria completa.

Las personas comprendidas en esta disposición se someterán a un proceso de evaluación y reciclamiento, según su ubicación, conducente a obtener su título profesional de Relacionista Público en cualquiera de las universidades del país que impartan enseñanzas de esta especialidad con sujeción a la Ley N º 23783. Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación. Casa del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de junio de mil novecientos noventa. HUMBERTO CARRANZA PIEDRA, Presidente del Senado. LUIS ALVARADO COTRERAS, Presidente de La Cámara de Diputados. RUPERTO FIGUEROA MENDOZA, Senador Primer Secretario. ABDÓN VILCHEZ MELO, Diputado Segundo Secretario. Al señor Presidente Constitucional de la República. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de junio de mil novecientos noventa. ALAN GARCÍA PEREZ, Presidente Constitucional de la República. MERCEDES CABANILLAS DE LLANOS DE LA MATA, Ministra de Educación

Disposición Transitorias.- Por esta única vez, podrán inscribirse en el Colegio de Relacionistas Públicos del Perú, siempre que acrediten estar ejerciendo fehacientemente la función de Relacionistas Públicos con una antigüedad mínima de 5 años, en el caso de los incisos a) y b); y de quince años en el caso del inciso c) de la presente disposición: - 108 -

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ANEXO III

Ley N° 28249 Ley Modificatoria de la Ley N° 25250, Ley de Creación del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú Diario Oficial El Peruano NORMAS LEGALES Lima, martes 08 de junio de 2004 AÑO XXI – Nº 8753 Pág. 269968 EDUCACIÓN

LEY Nº 28249 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: LEY MODIFICATORIA DE LA LEY N º 25250, LEY DE CREACIÓN DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ. Artículo 1º .- De la modificatoria Modifícanse los artículos 3º y 6º y la Disposición Transitoria de la Ley N º 25250, en los términos siguientes: Artículo 3º.- De los miembros del Colegio Para ser miembro del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú se requiere poseer Título Profesional de Relacionistas Público expedido por las universidades del país, o haberse reconocido o revalidado conforme a Ley, si ha sido otorgado por una Universidad extranjera. Artículo 6º.- Estatuto del Colegio La Organización , funcionamiento y demás aspectos institucionales del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú se establecerá en el Estatuto respectivo, elaborado por una Comisión Especial y aprobado por decreto supremo. Estará integrada por: a. Un representante de las universidades dedicadas a la enseñanza de Relaciones Públicas, propuesto por la Asamblea Nacional de Rectores, quien la presidirá. b. Un representante del Ministerio de Educación, quien actuará como - 110 -

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

secretario. c. Tres representantes propuestos por el Consejo Directivo Nacional de la Federación de Relacionistas del Perú (FEREP). DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Colegiación extraordinaria 1.

2.

Por única vez podrán inscribirse en el Colegio de Relacionistas Públicos del Perú, aquellos que acrediten estar ejerciendo la función de Relacionista Público. a. Los titulados de las universidades, en otras áreas profesionales. b. Los titulados de las Escuelas e Institutos de Educación Superior con valor oficial en el área de Relaciones Públicas. Para los incisos a) y b) precedentes, se requiere una antigüedad no menor de cinco (5) años. La acreditación del tiempo de ejercicio profesional institucional, laboral o docente en Relaciones Públicas deberá efectuarse con copias autenticadas de las boletas de pago u otros documentos con valor probatorio, expedidos por las entidades públicas donde se presta servicios, con precisión del cargo desempeñado y remuneración percibida. En el caso de las empresas privadas dichos documentos deberán estar refrendados por la autoridad competente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y verificados por el Colegio Profesional.

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

de la presente Ley. El decreto supremo aprobatorio del Estatuto del Colegio se expedirá dentro de los noventa días naturales siguientes a la instalación de la Comisión. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil cuatro. HENRY PEASE GARCÍA Presidente del Congreso de la República MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente del Congreso de la República. AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, a los siete días del mes de junio del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 10841

3. Las personas comprendidas en los incisos a) y b) de esta disposición transitoria tienen también la obligación de someterse a un proceso de evaluación, complementación o actualización en cualquiera de las universidades del país, que tenga la Facultad en la especialidad. Este requisito es igualmente indispensable para seguir perteneciendo al Colegio Profesional de Relacionista Públicos del Perú, conforme a lo que se disponga en su Estatuto. Artículo 2º .- Norma derogatoria Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley. Artículo 3º .- Vigencia de la Ley La presente Ley entra en vigencia a día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- El Ministerio de Educación mediante resolución suprema designará a los miembros de la Comisión encargada de elaborar el Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, que deberá quedar instalada dentro de los treinta días siguientes a la vigencia - 112 -

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ANEXO IV

Comisión Especial encargada de elaborar el Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2004-ED Lima, 20 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 25250 se creó el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, como entidad autónoma de derecho público interno: Que mediante Ley Nº 28249 se modificó el artículo 6º de la referida Ley de Creación, estableciéndose que la organización, funcionamiento y demás aspectos institucionales del referido Colegio Profesional se establecerá en el Estatuto respectivo, elaborado por una Comisión Especial integrada por un representante de las universidades dedicadas a la enseñanza de Relaciones Públicas, propuesto por la Asamblea Nacional de Rectores, quien la presidirá; un representante del Ministerio de Educación, quien actuará como secretario; y tres representantes propuestos por el Consejo Directivo Nacional de la Federación de Relacionistas del Perú (FEREP); Que la Única Disposición Final de la Ley N º 28249 establece que el Ministerio de Educación designará mediante Resolución Suprema a los miembros de la Comisión Especial encargada de elaborar el Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú; Que es necesario designar a los miembros de la Comisión Especial a que se refiere el artículo 6º de la Ley en mención; De conformidad con lo establecido en la Ley N º 25250, modificado - 114 -

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60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

José Luis Portugal Villavicencio, Américo Solis Medina, Ronnie Moscol Mogollón (presidente), Emilio Solórzano Hernández y Mihailo Rakocevic La Rosa ,

por la Ley N º 28249, el Decreto Legislativo Nº 560 y los Decretos Supremos Nºs 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE:

Artículo 2 .- La Comisión Especial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución estará integrada por: a.

Ronnie Moscol Mogollón, representante propuesto por la Asamblea Nacional de Rectores, quien la presidirá:

b.

Américo Solis Medina, representante del Ministerio de Educación, quien actuará como Secretario.

c.

Emilio Solórzano Hernández, representante propuesto por el Consejo Directivo Nacional de la Federación de Relacionistas del Perú.

d.

José Luis Portugal Villavicencio, representante propuesto por el Consejo Directivo Nacional de la Federación de Relacionistas del Perú.

e.

Mihailo Rakocevic La Rosa , representante propuesto por el Consejo Directivo Nacional de la Federación de Relacionistas del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación

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Comisión Especial encargada de elaborar el Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú

Artículo 1º .- Conformar la Comisión Especial que se encargará de elaborar el Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

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ANEXO V

Estatuto y Código de Ética D.S. N° 021-2004-ED. Aprueban Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú Aprueban Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú DECRETO SUPREMO Nº 021-2004-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 25250 y la Ley Modificatoria Nº 28249, se creó el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú como una entidad autónoma de derecho público interno, representativa de la profesión de Relaciones Públicas; Oue, la organización, funcionamiento y demás aspectos institucionales del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú se establecerá en el Estatuto respectivo, elaborado por una Comisión Especial y que será aprobado por Decreto Supremo; Oue, mediante Resolución Suprema Nº 039-2004-ED se constituyó la Comisión referida en el considerando precedente, la misma que ha presentado el proyecto del Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, las Leyes Nºs. 25250 y 28249 y la Resolución Suprema Nº 039-2004-ED; DECRETA: - 118 -

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Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

Artículo 1º.- Aprobación Aprobar el Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, el mismo que consta de nueve (9) Capítulos, ochenta y siete (87) artículos, ocho (8) Disposiciones Transitorias y una (1) Disposición Final, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación ESTATUTO DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERU CONTENIDO CAPÍTULO I: DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ Y SUS FINES CAPÍTULO II: DE LA PROFESIÓN DE RELACIONES PÚBLICAS, CAMPO DE ACCIÓN y FUNCIONES CAPÍTULO III: DÍA DEL RELACIONISTA PÚBLICO PERUANO CAPÍTULO IV: DE LOS MIEMBROS DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS DEL PERÚ CAPÍTULO V: DEL REGISTRO, CREDENCIAL E INSIGNIA DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ CAPÍTULO VI: ORGANIZACIÓN y FORMA DE GOBIERNO DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ CAPÍTULO VII: DEL PATRIMONIO y RÉGIMEN ECONÓMICO DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ CAPÍTULO VIII: DE LAS ELECCIONES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ CAPÍTULO IX: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DISPOSICIÓN FINAL CAPÍTULO I DEL COLEGIO PROFESIONAL DE - 120 -

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ Y SUS FINES Artículo 1º.- El Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, creado por la Ley N º 25250 y la Ley Modificatoria Nº 28249, es una institución autónoma con personalidad de derecho público, representativa de la profesión de Relaciones Públicas en todo el territorio de la República, de conformidad con el artículo 20 de la Constitución Política. Su sede es la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Son fines del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú: a) Ejercer la representación oficial y defensa de la profesión de acuerdo con las Leyes y el presente Estatuto del Colegio. b) Cautelar el ejercicio profesional y su defensa dentro de los estrictos criterios éticos y legales, recusando y denunciando el desempeño ilegal de la profesión. c) Contribuir al desarrollo de las Relaciones Públicas cooperando con las instituciones públicas, sociales, científicas, técnicas y de investigación. d) Organizar certámenes nacionales e internacionales con fines sociales, de fomento cultural y de investigación. e) Ofrecer asesoramiento y absolver las consultas que le sean formuladas sobre asuntos de su competencia. f) Velar por el prestigio, progreso y prerrogativas de la profesión; g) Colaborar con el Sistema Educativo Nacional, Instituciones científicas y tecnológicas, procurando elevar el nivel profesional y cultural de sus colegiados. h) Interactuar con los organismos del Estado o con otras instituciones nacionales o extranjeras, a fin de coadyuvar al logro de los objetivos nacionales. i) Promover el espíritu de solidaridad entre los miembros de la orden y entre el Colegio Profesional y la comunidad vinculada. Artículo 3º.- El Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú está conformado por los Relacionistas Públicos que se encuentran legalmente aptos para el ejercicio profesional. El Colegio Profesional no hace distingos por razón de raza, sexo, credo político o religioso. Artículo 4º.- La Colegiación es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión de Relacionista Público. Artículo 5º.- Las entidades estatales, paraestatales y privadas que tengan objetivos de promoción, desarrollo, planificación, investigación y docencia en Relaciones Públicas, deberán contar con profesionales de esta especialidad, titulados de acuerdo a la ley e inscritos en el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

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60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

CAPÍTULO II DE LA PROFESIÓN DE RELACIONES PÚBLICAS, CAMPO DE ACCIÓN Y FUNCIONES

Artículo 10º.- La colegiación de los miembros activos de la Orden tiene carácter oficial, es obligatoria para el ejercicio de la profesión de Relacionista Público.

Artículo 6º.- El campo de acción y el objeto de las Relaciones Públicas están enmarcados dentro de las competencias de las Ciencias de la Comunicación, como una especialidad que atiende con una visión interdisciplinaria la problemática de la integración social y humana de las organiza-ciones con los públicos.

El Certificado de Colegiación expedido por el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, sin ningún otro requisito, tiene plena validez para el ejercicio de la profesión.

La profesión de Relaciones Públicas tiene como actividad fin contribuir con las empresas, instituciones y organizaciones en general a establecer relaciones simétricas y armoniosas con los públicos en el logro de sus respectivos objetivos, posicionando a la comunicación y sus instrumentos como el medio más importante de su actividad. Artículo 7º.- Son funciones propias del profesional de Relaciones Públicas investigar, identificar y diagnosticar situaciones relacionales originadas por la interacción de las empresas e instituciones en general con los diferentes públicos, así como asesorar, planear, desarrollar y evaluar políticas, estrategias, programas y actividades, tanto internas como externas, de relación y de comunicación institucional. Por la formación profesional especializada del Relacionista Público, constituyen parte de sus competencias, orientar y dirigir la gestión relacional y comunicacional de las organizaciones con grupos de interés, comunidades y con la opinión pública, en base a una legitimidad de intereses y a la aplicación del concepto de responsabilidad social de las entidades involucradas.

Ningún organismo público o privado podrá exigir documentos adicionales a los miembros activos para probar su derecho al ejercicio profesional. Artículo 11º.- Son miembros activos del Colegio Profesional, los Relacionistas Públicos que ejer-cen su profesión en el territorio de la República y hayan sido incorporados como tales de acuerdo a la Ley N º 25250 y la Ley Modificatoria Nº 28249, al presente Estatuto y demás Reglamentos Internos. Los miembros Activos están en la condición de hábiles cuando gozan del uso de sus derechos. Quienes ejercen la profesión fuera del país, serán considerados como miembros pasivos. Artículo 12º.- Para incorporarse al Colegio Profesional como miembro activo se requiere: a) Tener título de Relacionista Público o su equivalente, expedido por las universidades del país reconocido o revalidado conforme a Ley si ha sido otorgado por una universidad extranjera. Se considerará como equivalente el título en Ciencias de la Comunicación o sus denominaciones afines, cuando se haya obtenido con formación, mención o habilitación, en Relaciones Públicas, expedido por las universidades del país o, en su caso, reconocido o revalidado conforme a Ley.

Corresponden a su campo funcional, asimismo, la organización de certámenes y eventos, el ceremonial y el protocolo institucional, la relación con los medios de comunicación, la proyección de prestigio e imagen en general, y la enseñanza de las Relaciones Públicas. CAPÍTULO III DÍA DEL RELACIONISTA PÚBLICO PERUANO Artículo 8º.- EI 18 de junio de cada año se celebrará el Día del Relacionista Público Peruano, en conmemoración de la fecha de creación del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

b) c) d)

Los Licenciados en Ciencias de la Comunicación con formación académica en Relaciones Públicas, en cuyos títulos no figura la mención o habilitación, podrán incorporarse al Colegio Profesional con la correspondiente constancia de su universidad de origen. Tener buena conducta y antecedentes policiales y judiciales intachables; Pagar los derechos de incorporación; Cumplir los demás requisitos que establezca el Estatuto.

Artículo 9º.- Los miembros del Colegio Profesional son activos, vitalicios y honorarios.

Artículo 13º.- Son derechos de los miembros activos de la Orden: a) Ejercer la profesión dentro de las normas legales vigentes. b) Participar en las comisiones o comités creados del Colegio Profesional. c) Elegir y ser elegido para integrar los órganos del Colegio Profesional de acuerdo al Estatuto. d) Intervenir en las asambleas o sesiones con voz y voto. e) Ser beneficiario de los servicios de seguridad, de previsión, así

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CAPÍTULO IV DE LOS MIEMBROS DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ


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f) g)

como de los sistemas de bienestar que establezca el Colegio Profesional. Solicitar la intervención del Colegio en la defensa de sus derechos profesionales. Los demás que se deriven del presente Estatuto y sus reglamentos.

Artículo 14º.- Son obligaciones de los miembros activos: a) Acatar las disposiciones de la Ley N º 25250 y de la Ley Modificatoria Nº 28249, del presente Estatuto, de los reglamentos orgánicos y el Código de Ética Profesional, así como de los acuerdos de los órganos de gobierno, del Colegio Profesional. b) Actualizar sus datos profesionales y personales en el Registro Central de Miembros del Colegio profesional de Relacionistas Públicos del Perú. c) Abonar puntualmente las cuotas que se establezcan. d) Asistir a las sesiones y sufragar cuando se convoque a elecciones generales de conformidad a lo señalado en el artículo pertinente del presente estatuto y otros actos que se convoquen de acuerdo a la normatividad vigente. e) Cumplir eficaz y, eficiente mente las misiones que los órganos de gobierno del Colegio Profesional les señalen. f) Comunicar al Comité Ejecutivo Regional de su sede y al Comité Ejecutivo Nacional los hechos que infrinjan las normas que regulan el ejercicio de la profesión. g) Reconocer la autoridad, competencia y atribuciones de los directivos del Colegio Profesional, y darles el trato que les corresponden en el ejercicio de sus cargos. h) Las demás que se deriven del presente Estatuto y sus reglamentos internos. Artículo 15 .- Son miembros vitalicios los colegiados que cumplan sesenta y cinco años de edad o que tengan treinta años como miembros activos. Los miembros vitalicios gozan de todos los derechos y obligaciones de los miembros activos, pero están exonerados del pago de cuota al Colegio Profesional. Artículo 16.- Son miembros honorarios las personas nacionales o extranjeras que por méritos especiales o por actos propios que comprometan la gratitud del Colegio Profesional, sean merecedoras de tal distinción a juicio del Consejo Nacional. La designación se hará con el voto aprobatorio de no menos de las dos terceras partes de los miembros del Consejo Nacional del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

cometida serán sancionados con amonestación, suspensión o separación, de acuerdo al reglamento respectivo. Artículo 18 .- La Comisión de Calificación de expedientes de postulantes para ser miembros del Colegio Profesional funcionará en la sede de cada Consejo Regional; estando integrada por dos(2) miembros del Tribunal de Honor, dos(2) representantes del Consejo Nacional y presidida por el Decano Regional. Artículo 19. - La Comisión de Calificación determinará la validez del título y de los documentos probatorios correspondientes, presentados de conformidad al Artículo 12º del presente Estatuto y disposiciones transitorias. Debiendo remitir el expediente completo al Comité Ejecutivo Nacional para la verificación y aprobación pertinente, y su inscripción en el Registro Central de Miembros del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú. Artículo 20.- Los miembros del Colegio Profesional están obligados a proporcionar los datos que se les solicite para la respectiva Inscripción y Registro en la Orden. Artículo 21.- El miembro ordinario que deje de ejercer la profesión, deberá comunicarlo al Colegio Profesional. Igual comunicación deberá hacer el que se ausente del país. Artículo 22. - Luego de concluido el proceso de calificación del expediente del postulante y siendo aprobada su solicitud al reunir los requisitos correspondientes determinados por la Ley N º 25250 y la Ley Modificatoria Nº 28249, y el presente Estatuto, se procederá a su incorporación a la Orden en ceremonia especial, debiendo jurar ante el Decano o su representante quien procederá a la entrega del "Certificado de Colegiación", la insignia de la Orden y la cinta y medalla de Ceremonias, así como un ejemplar impreso de las Leyes de Creación del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, sus Estatutos aprobados por Decreto Supremo, incluyendo el Código de Ética Profesional. Artículo 23.- El juramento en el acto de incorporación de los miembros de la Orden deberá ceñirse al siguiente texto: "Jura usted por Dios y la Patria , cumplir con las Leyes y los Estatutos del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, así como con el Código de Ética Profesional, contribuyendo a la integración de nuestras organizaciones y al desarrollo del País".

Artículo 17.- Los miembros del Colegio Profesional pueden ser sometidos a medidas disciplinarias; y según la magnitud de la falta

Artículo 24.- La calidad de miembro ordinario activo del Colegio Profesional se suspende: a) Por incumplimiento del pago de tres (3) cotizaciones mensuales.

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b)

c) d)

Por incumplimiento de las normas del Estatuto, Reglamentos internos, Código de Ética Profesional y demás disposiciones emanadas del Colegio Profesional previa calificación por el Tribunal de Honor correspondiente. Por inmoralidad comprobada en el ejercicio de la profesión, previa calificación por el Tribunal de Honor correspondiente. Por residir en el extranjero.

Artículo 25 .- La calidad de miembro del Colegio Profesional se pierde por: a) Solicitud de parte. b) Resolución Judicial consentida o ejecutoriada que imponga condena por delito doloso. c) Separación calificada por el Tribunal de Honor Nacional; y d) Fallecimiento. Artículo 26 .- Los miembros pasivos por residir en el extranjero, conservan el derecho a reincorporarse como activos con el mismo número de su inscripción original, siempre que no hayan transcurrido más de diez (10) años de ausencia. CAPÍTULO V DEL REGISTRO, CREDENCIAL E INSIGNIA DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ Artículo 27.- Habrá un Registro Central de Miembros del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú que tendrá carácter oficial válido y exigible para el ejercicio de la profesión en el país, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 4º del presente Estatuto. La inscripción es única y se realiza a través de los consejos Regionales, previo cumplimiento de los requisitos señalados en el Artículo 12º. Artículo 28.- La inscripción e incorporación oficial de los miembros de la Orden se efectuará de acuerdo a las formalidades que se señalan en el presente Estatuto y sus Reglamentos. Artículo 29.- Cumplido el requisito de incorporación se otorgará al Colegiado el Certificado de Colegiación que acredite tal condición, el que llevará el Emblema de la Orden. Artículo 30.- La Insignia de la Orden deberá ser usada como emblema en los documentos oficiales del Colegio Profesional. CAPÍTULO VI ORGANIZACIÓN y FORMA DE GOBIERNO DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ

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60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

Artículo 31.- Los órganos de gobierno del Colegio Profesional son. a) El Consejo Nacional. b) El Comité Ejecutivo Nacional. c) Los Consejos Regionales. d) Los Comités Ejecutivos Regionales. e) El Tribunal de Honor Nacional y los Tribunales de Honor Regionales. f) Las Comisiones Funcionales Nacionales. g) El Consejo Consultivo de Ex Decanos Nacionales. DEL CONSEJO NACIONAL DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ Artículo 32º.- El Consejo Nacional es el órgano supremo de gobierno del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú con sede en Lima y jurisdicción en todo el país. Sus decisiones representan la voluntad de la totalidad de los miembros de la Orden. Artículo 33º .- El Consejo Nacional está formado por: a) El Decano Nacional que lo preside. b) El Vicedecano Nacional. c) Los Decanos de los Consejos Regionales, en un número de veinticuatro (24) y el Decano (1) del Consejo Provincial del Callao de acuerdo al artículo 51º del presente Estatuto. d) El Presidente del Tribunal de Honor Nacional. e) Los Delegados Regionales y el Delegado Provincial que tienen derecho a voz pero sin voto; salvo que no esté presente su Decano Regional y el Decano Provincial en cuyo caso tienen derecho a voz y voto. Artículo 34º.- El Consejo Nacional tendrá sesiones plenarias ordinarias y extraordinarias. El Consejo Nacional se reunirá en sesión plenaria ordinaria en el mes de junio y cuando la naturaleza del asunto lo amerite. Las sesiones plenarias extraordinarias se realizarán cuando sea preciso efectuar alguna modificación al presente Estatuto o para resolver cualquier asunto no previsto en el mismo. Artículo 35º .- Compete al Consejo Nacional. a) Instalar y recibir juramento de los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional que hayan sido proclamados por el Jurado Electoral. b) Aprobar el plan de trabajo, el presupuesto anual y la memoria de gestión institucional. c) Aprobar los reglamentos que el presente estatuto dispone y todo aquello que resulte necesario para el mejor funcionamiento de la - 127 -


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d) e) f)

Orden. Resolver los asuntos que le sean sometidos a su consideración de conformidad con el presente Estatuto. Emitir pronunciamiento sobre aspectos de su campo de acción y de interés nacional. Todo aquello que se derive de sus leyes de creación y modificación, y de la Constitución Política del Perú.

DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ Artículo 36º.- El Comité Ejecutivo Nacional es el máximo órgano ejecutivo del Colegio Profe-sional de Relacionistas Públicos del Perú y está conformado por: a) El Decano Nacional quien lo preside. b) El Vicedecano Nacional. c) El Director Nacional Secretario. d) El Director Nacional de Economía. e) El Director Nacional de Relaciones Públicas, Publicaciones y Biblioteca. f) El Director Nacional de Desarrollo Profesional, Cultural y Social. g) El Director Nacional de Coordinación Regional. Artículo 37º .- Son funciones del Comité Ejecutivo Nacional. a) Cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto, su reglamento y los acuerdos del Consejo Nacional. b) Administrar los bienes y los fondos del Colegio Profesional, establecer la estructura admi-nistrativa de la Orden , así como nombrar, promover y remover a los que prestan servicios remunerados en el Comité Ejecutivo Nacional. c) Llevar el Registro Central de Miembros del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú y administrar la base de los datos profesionales de los colegiados. d) Sesionar ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando convoque el Decano Nacional por su propia iniciativa o a solicitud escrita de la mitad más uno de sus integrantes. e) Elaborar y proponer, para la aprobación por el consejo Nacional, el Plan de Trabajo, el Pre-supuesto Anual y la Memoria de Gestión. f) Designar y remover a los miembros de las comisiones ya los delegados del Consejo Provincial en las representaciones institucionales que fueran necesarias. g) Editar una publicación en que se dé cuenta de los trabajos y el pensamiento de la Orden. h) Todas aquellas que se deriven del presente Estatuto y sus - 128 -

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reglamentos. Artículo 38º.- El quórum para las sesiones del Comité Ejecutivo Nacional es la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple. Cuando no se cuente con el quórum reglamentario en la primera convocatoria, a un cuarto de hora después se llevará a efecto la sesión. El Decano Nacional, después de una segunda votación, tiene voto dirimente en caso de empate. Artículo 39º.- Para ser elegido miembro del Comité Ejecutivo Nacional se requiere. a) Ser peruano de nacimiento o nacionalizado con una antigüedad de más de cinco (5) años. b) Tener un mínimo de (5) años en el ejercicio de la profesión de Relacionista Público. c) Ser miembro activo hábil del Colegio Profesional. d) Tener un mínimo de (5) años como miembro colegiado, excepto para las tres primeras juntas directivas del Comité Ejecutivo Nacional. e) Acreditar buena conducta profesional. f) No haber recibido sanciones disciplinarias emanadas de los órganos de gobierno del Colegio Profesional ni haber sido inhabilitado por sentencia judicial. Artículo 40º.- La duración de los cargos del Comité Ejecutivo Nacional es de tres (tres) años calendario y sus miembros no podrán ser reelegidos en los mismos cargos para el período inmediato posterior. Artículo 41º.- El Decano Nacional es el representante oficial y legal del Colegio Profesional y como tal lo representa conforme a las facultades establecidas en el presente Estatuto. Le corresponde desempeñar las siguientes funciones: a) Representar al Colegio Profesional ante los Poderes del Estado, Instituciones Públicas y privadas, nacionales o extranjeras. b) Presidir el Consejo Nacional, el Comité Ejecutivo Nacional y todos los eventos de carácter nacional del Colegio Profesional. c) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo. d) Solicitar y exigir ante cualquier autoridad la observancia de las garantías y derechos que le corresponden a los relacionistas públicos en el ejercicio de su profesión. e) Despachar en el local institucional y supervisar el normal funcionamiento de las actividades del Colegio Profesional. f) Presentar el Plan de Trabajo, el Presupuesto Anual y la Memoria de Gestión ante el Consejo Nacional. g) Visitar periódicamente todas las filiales regionales, para luego - 129 -


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h)

j)

informar al Comité Ejecutivo Nacional sobre sus apreciaciones. Hacer respetar el Código de Ética Profesional del Colegio Profesional y todas aquellas disposiciones que se deriven del presente Estatuto y sus reglamentos.i) Establecer una vinculación permanente con las Universidades Peruanas. Todas las demás obligaciones que le señale la legislación vigente o el Consejo Nacional para el desarrollo del Colegio Profesional.

Artículo 42º.- Corresponde al Vicedecano Nacional. a) Reemplazar al Decano Nacional en caso de licencia, impedimento temporal o vacancia; en este último caso lo hará hasta el final del mandato. b) Colaborar con el Decano Nacional en el ejercicio de sus funciones. c) Las demás funciones que se deriven del presente Estatuto y sus reglamentos. Artículo 43º.- Corresponde al Director Nacional Secretario. a) Llevar el Libro dé Actas de las sesiones del Consejo Nacional así como los demás libros que por este Estatuto deben establecerse. b) Autorizar, conjuntamente con el Decano, las providencias, títulos certificados que expida el Colegio. c) Mantener al día el Registro Central de Miembros del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, depurado, publicarlo anualmente y clasificarlo por Consejos Regionales y Consejo Provincial. d) Mantener al día la correspondencia del Colegio Profesional. e) Otras instituciones que le señale el Consejo Nacional. Artículo 44º.- Corresponde al Director Nacional de Economía. a) Dirigir, conjuntamente con el Decano el movimiento económico del Colegio Profesional. b) Mantener el Libro de Caja al día. c) Firmar con el Decano la documentación relacionada con la Tesorería. d) Pagar los gastos acordados, previo visto bueno del Decano. e) Llevar el inventario de los bienes, enseres y demás efectos de propiedad del Colegio Profesional. f) Presentar al Consejo Nacional, a fin de cada año institucional el Balance Anual y el Proyecto de Presupuesto que le señale la legislación vigente o el Consejo Nacional. Artículo 45º.- Corresponde al Director Nacional de Relaciones Públicas, Publicaciones y Biblioteca. a) Fomentar la intervención de los asociados en las actividades del Colegio Profesional. b) Difundir los programas o instrucciones para los delegados del Colegio Profesional a congresos y conferencias. - 130 -

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c) d) e) f) g) h)

Difundir los acuerdos que se adopten con los congresos que se realicen. Activar las relaciones institucionales con otras entidades deontológicas profesionales. Dirigir la Revista del Colegio Profesional. Organizar y dirigir la biblioteca y sus servicios. Proponer periódicamente el Plan de Adquisiciones para el Fondo Bibliográfico. Otras funciones que le señale el Consejo Nacional.

Artículo 46º.- Corresponde al Director Nacional de Desarrollo Profesional, Cultural y Social. a) Fomentar la investigación y capacitación en Relaciones Públicas de los miembros del Colegio Profesional. b) Programar la realización de congresos y conferencias. c) Promover la realización de obras sociales en beneficio de los miembros del Consejo Profesional. d) Otras funciones que le señale el Consejo Nacional. Artículo 47º .- Corresponde al Director Nacional de Coordinación Regional. a) Coordinar conjuntamente con el Decano Nacional, con los Consejos Regionales y Consejo Provincial, las acciones necesarias para el normal funcionamiento e integración institucional del Colegio Profesional. b) Otras funciones que le señale el Consejo Nacional. Artículo 48º.- El Comité Ejecutivo Nacional nombra y remueve a las Comisiones Funcionales que consideren necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones; tiene la facultad de establecer la composición y la organización de las mismas. Está facultado, asimismo para designar y remover a los delegados que lo representen. Artículo 49º.- los Cargos en el Comité Ejecutivo Nacional quedan vacantes: a) Por muerte. b) Por impedimento físico y/o mental. c) Por dejar de ser miembro activo hábil del Colegio Profesional. d) Por haber sido condenado por comisión de delito doloso. e) Por inasistencias injustificadas a tres (3) sesiones consecutivas o a cinco (5) alternadas. DE LOS CONSEJOS REGIONALES DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ Artículo 50º.- El Consejo Regional es el órgano superior de gobierno de - 131 -


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cada una de las regiones miembros del Colegio; está conformado por todos los miembros hábiles y es presidido por el Decano Regional. Actúa como secretario el Director Regional Secretario. Artículo 51º.- El Colegio Profesional está conformado por veinticuatro (24) Consejos Regionales y un (1) Consejo Provincial. Ellos son: Consejo Regional de Amazonas,Consejo Regional de Ancash, Consejo Re g i o n a l d e A p u r í m a c , C o n s e j o Re g i o n a l d e A re q u i p a Consejo Regional de Ayacucho, Consejo Regional de Cajamarca Consejo Regional de Cusco, Consejo Regional de Huancavelica Consejo Regional de Huánuco, Consejo Regional de Ica Consejo Regional de Junín, Consejo Regional de La Libertad Consejo Regional de Lambayeque, Consejo Regional de Lima Consejo Regional de Loreto, Consejo Regional de Madre de Dios Consejo Regional de Moquegua, Consejo Regional de Pasco Consejo Regional de Piura, Consejo Regional de Puno Consejo Regional de San Martín, Consejo Regional de Tacna Consejo Regional de Tumbes, Consejo Regional de Ucayali Consejo Provincial del Callao. Artículo 52º.- Para la constitución y existencia de un Consejo Regional se requiere un mínimo de veinte (20) Relacionistas Públicos. En caso de no reunir tal número, el Consejo Nacional dispondrá la incorporación de los Relacionistas Públicos de la región a un Consejo Regional vecino. Artículo 53º.- El Consejo Regional tendrá sesiones ordinarias y extraordinarias y se regirán conforme a lo establecido en el respectivo reglamento. El quórum será el establecido en el Artículo 382 del presente Estatuto, el mismo que rige en todos sus efectos en cuanto sean aplicables. Artículo 54º.- Compete al Consejo Regional. a) Fiscalizar los actos del Comité Ejecutivo Regional. b) Todas las demás funciones contenidas en el Artículo 35º del presente Estatuto, pero referidos a su circunscripción. DE LOS COMITÉS EJECUTIVOS REGIONALES DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ

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e) f)

El Director Regional de Desarrollo Profesional, Social y Cultural. El Director Regional de Relaciones Públicas, Publicaciones y Biblioteca.

Artículo 56º.- Son aplicables al Comité Ejecutivo Regional, en cuanto sean pertinentes y referidas a su circunscripción, lo normado en los artículo del 37º al 47º de este Estatuto. Artículo 57º.- Para ser miembro del Comité Ejecutivo Regional se requiere acreditar tres (3) años de residencia permanente en la región y cumplir con los demás requisitos previstos en el Artículo 392 del presente Estatuto. Artículo 58º.- Los Colegiados no pueden pertenecer simultáneamente al Comité Ejecutivo Nacional y al Comité Ejecutivo Regional. DE LOS TRIBUNALES DE HONOR DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ Artículo 59º.- El Colegio Profesional tiene un Tribunal de Honor Nacional y Tribunales de Honor Regionales encargados de conocer, , investigar y resolver las transgresiones al Código de Ética y Deontología Profesional. Su composición será de tres (3) miembros en cada Comité Ejecutivo Regional y de cinco (5) en el Comité Ejecutivo Nacional. Su funcionamiento se regirá por su reglamento interno y su nombramiento corresponde al Pleno del Comité Ejecutivo Regional y al Pleno del Comité Ejecutivo Nacional, en su respectivo caso. Artículo 60º.- Para integrar el Tribunal de Honor tanto Nacional como Regional se requiere: a) Tener por lo menos ocho (8) años en el ejercicio profesional y ser miembro activo hábil. b) No haber sido objeto de medida disciplinaria ni haber sido sentenciado por comisión del delito doloso. c) No integrar ningún órgano de gobierno del Colegio Profesional. Artículo 61º.- Preside las sesiones del Tribunal de Honor su miembro más antiguo en inscripción; actúa como secretario el miembro menos antiguo. Sólo puede aceptarse como causal de renuncia a integrar el Tribunal, la enfermedad o ausencia del país debidamente comprobadas.

Artículo 55º.- El Comité Ejecutivo Regional es el Órgano ejecutivo del Consejo Regional, con exclusiva jurisdicción en su respectiva Región. Está integrado por: a) El Decano Regional, quien lo preside. b) El Vicedecano Regional. c) El Director Regional Secretario. d) El Director Regional de Economía.

Artículo 63º.- El Comité Ejecutivo Nacional y el Comité Ejecutivo Regional proveen de asesoría legal a los tribunales de Honor Nacional y

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Artículo 62º.- Contra los acuerdos adoptados por el Tribunal de Honor procede el recurso de apelación ante la Sesión Plenaria inmediata y la decisión de ésta ante el fuero civil correspondiente.


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Regional, respectivamente. Esta puede ser brindada por el asesor legal del Colegio Profesional o del Consejo Regional o por el profesional contratado para el caso. DE LAS COMISIONES FUNCIONALES DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ Artículo 64º.- Las Comisiones Funcionales estarán integradas por un número impar de miembros y sus designaciones, así como quienes deban presidirlas, serán aprobadas por el Comité Ejecutivo Nacional o por el Comité Ejecutivo Regional a propuesta del respectivo Decano. Es facultad de dichos Comités Ejecutivos dar por terminadas las designaciones de acuerdo a los resultados de la gestión. Artículo 65º.- Las Comisiones Funcionales proponen iniciativas y emiten opinión en los diversos asuntos que se presenten al Colegio y que sean sometidos a su consideración. Artículo 66º.- Cuando las circunstancias lo requieran cada Decano nombrará comisiones especiales, cuya composición y duración será la que demande el motivo de su conformación. DEL CONSEJO CONSULTIVO DE EX DECANOS NACIONALES Artículo 67º.- El Consejo Consultivo de ex Decanos Nacionales estarán integrados por tres (3) o más ex Decanos. Preside este Consejo el más antiguo de los titulares. Artículo 68º.- Corresponde al Consejo Consultivo de ex Decanos Nacionales: a) Asesorar al Comité Ejecutivo Nacional del Colegio en los asuntos que sean sometidos a su consideración. b) Pronunciarse sobre las propuestas de modificación del presente Estatuto. Artículo 69º.- Para cumplir con sus atribuciones el Consejo de ex Decanos Nacionales contará con el apoyo administrativo del Comité Ejecutivo Nacional. CAPÍTULO VII DEL PATRIMONIO y RÉGIMEN ECONÓMICO DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ Artículo 70º.- El patrimonio del Colegio Profesional está constituido por el activo y el pasivo de su balance general. Este patrimonio no pertenece a los colegiados en particular sino al Colegio Profesional mismo: Artículo 71º .- Las rentas del Colegio Profesional son: - 134 -

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Los derechos de inscripción que deben abonar los profesionales que se incorporan al Colegio Profesional. Las cuotas ordinarias y extraordinarias de sus miembros. Los intereses y rentas que produzcan sus bienes. Los ingresos que generen el desarrollo de sus actividades. Los legados que se reciba. Las donaciones que se le hagan, ya que siendo el Colegio Profesional una entidad sin fines de lucro es perceptora de ellas. Los adquiridos por cualquier otro título.

Las posibles rentas a que se refiere este artículo y el inciso e) del Artículo 52 de la Ley N 2 25250 se distribuirán de la siguiente forma: a) El 30% para el Consejo Nacional. b) El 70% para ser distribuido entre los Consejos Regionales y el Consejo Provincial, proporcionalmente al volumen de sus miembros activos. Artículo 72º.- Los fondos se aplicarán al sostenimiento de la vida institucional y a la consecución de los fines del Colegio Profesional. Artículo 73º.- El Comité Ejecutivo Nacional está facultado para señalar el monto de los derechos, cuotas y aportes mencionados en el artículo 71 del presente Estatuto. Artículo 74º.- La economía del Colegio Profesional se rige por su presupuesto anual que, a propuesta del Comité Ejecutivo Nacional, deberá ser aprobado por el Consejo Nacional. Artículo 75º.- La gestión económica del Colegio Profesional es de responsabilidad del Comité Ejecutivo Nacional, deberá ser aprobado por el Consejo Nacional y contabilizada de acuerdo a ley. Artículo 76º.- El Comité Ejecutivo Nacional al cierre de cada ejercicio económico convocará, previo concurso de méritos, un servicio de auditoría. El balance general y los demás estados financieros auditados serán sometidos al Consejo Nacional y una vez aprobados se publicará en la Revista del Colegio. CAPÍTULO VIII DE LAS ELECCIONES DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ Artículo 77º.- Las elecciones generales para la renovación total de los órganos de gobierno del Colegio Profesional se realizarán cada tres (03) años, el último domingo de mayo, en armonía con las disposiciones contenidas en el Reglamento Electoral. Los candidatos electos asumirán sus cargos el 18 de junio, en sesión plenaria solemne, convocada para tal fin. Artículo 78º.- El Consejo Nacional en sesión plenaria elegirá un Jurado Electoral Nacional, el mismo que convocará a elecciones generales y - 135 -


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gozará de autonomía para su desempeño hasta la proclamación de los electos. Dicha elección será realizada en la segunda semana de febrero. Artículo 79º.- Las elecciones generales se realizarán en un solo día en todo el territorio de la República ; en ellas rige el principio democrático de la igualdad de oportunidades y participación para todos los miembros activos del Colegio Profesional que se encuentren gozando a plenitud de sus derechos. Artículo 80º.- El Reglamento Electoral señalará lo relacionado a los detalles del proceso electoral y tendrá carácter de permanente, correspondiendo su modificación al Consejo Nacional, a solicitud de cualesquiera de los Consejos Regionales. Artículo 81º.- El Jurado Electoral Nacional convocará a la elección de los Comités Electorales Regionales y del Consejo Provincial, los mismos que serán elegidos en asambleas plenas extraordinarias de los respectivos Consejos convocados con tal fin, en la primera semana de marzo. Artículo 82º.- Las elecciones para el Consejo Nacional, los Consejos Regionales y el Consejo Provincial se realizarán en un solo acto y será por presentación de listas completas de candidatos para los respectivos cargos. El voto será secreto, directo y obligatorio, debiendo el acto de elección llevarse a efecto de acuerdo a un padrón debidamente depurado y actualizado. Artículo 83º.- Las candidaturas a los cargos podrán inscribirse hasta 20 días antes de la fecha de las elecciones. Artículo 84º.- El Jurado Electoral Nacional, con la participación de los Comités Electorales Regionales y del Comité Electoral Provincial, proclamará a las listas ganadoras concluidos los escrutinios, considerando a las que alcancen la mayoría absoluta de los votos válidos. CAPÍTULO IX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo 85º.- Todo proyecto de modificación del presente estatuto requerirá aprobación por una mayoría no menor de los dos tercios de los miembros del Consejo Nacional en sesión plenaria extraordinaria convocada específicamente para tal efecto. Artículo 86º.- Los casos no previstos en el presente Estatuto serán resueltos por el pleno del Consejo Nacional. Artículo 87º.- En el caso de disolución del Colegio Profesional, su patrimonio y cualquier saldo en caja, serán entregados al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC) para fines de investigación científica.

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DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Por única vez podrán inscribirse en el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, aquellos que acrediten estar ejerciendo la función de Relacionista Público: a) Los titulados de las universidades, en otras áreas profesionales. b) Los titulados de las Escuelas e Institutos de Educación Superior con valor oficial en el área de Relaciones Públicas. Para los incisos a) y b) precedentes se requiere una antigüedad de cinco (05) años. La acreditación del tiempo de ejercicio profesional institucional, laboral o docente en Relaciones Públicas deberá efectuarse con copias autenticadas de las boletas de pago u otros documentos con valor probatorio, expedidos por las entidades públicas donde se presta servicios, con precisión del cargo desempeñado y remuneración percibida. En el caso de las empresas privadas dichos documentos deberán estar refrendados por la autoridad competente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y verificados por el Colegio Profesional. Las personas comprendidas en los incisos a) y b) de esta disposición transitoria tienen también la obligación de someterse a un proceso de evaluación, complementación o actualización en cualesquiera de las universidades del país con estudios de la especialidad. Los colegiados involucrados en esta disposición tendrán un plazo de ocho (8) años, a partir de la expedición del decreto supremo aprobatorio del presente Estatuto para cumplir con ese requisito indispensable para seguir perteneciendo al Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú. El Colegio Profesional podrá celebrar convenios con las universidades a fin de cumplir con el proceso de evaluación, complementación o evaluación señalado anteriormente. Segunda.- A los titulados, referidos en la disposición transitoria anterior, que acrediten grado académico universitario en Relaciones Públicas, se les exonerará los cinco años de antigüedad y de todas las exigencias especiales que para el caso ha previsto la misma disposición. Tercera.- La Comisión Especial conformada mediante Resolución Suprema Nº 039-2004-ED en cumplimiento de sus funciones emitirá los reglamentos y disposiciones complementarios que fueran necesarios para organizar y poner en funcionamiento el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú. Cuarta.- La Comisión Especial RS Nº 039-2004-ED con la aprobación del

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presente Estatuto se constituirá en Comisión Nacional Organizadora del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, que dentro de sus atribuciones instalará los Comités Transitorios encargados de establecer, en sus respectivas jurisdicciones, los Consejos Regionales y el Consejo Provincial del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú. Los Comités Transitorios estarán conformados por: a) Tres (3) representantes designados por la Comisión Nacional Organizadora del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, el primero de los cuales la presidirá y el segundo actuará como secretario. b) Dos (2) representantes propuestos por la Asociación de Relacionistas Públicos de la región, integrante de la Federación de Relacionistas del Perú (FEREP). La Comisión Nacional Organizadora y los Comités Transitorios deberán cumplir su cometido dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la fecha de su conformación. La Comisión Nacional Organizadora para el cumplimiento de sus funciones emitirá los reglamentos y disposiciones que fueran necesarios, estando facultada asimismo para ejecutar lo dispuesto en los artículos 52, 71 y 73 del presente Estatuto y resolver sobre cualquier aspecto de organización del Colegio Profesional no previsto en las presentes Disposiciones Transitorias. Quinta.- Los Comités Transitorios tienen en sus respectivas jurisdicciones las siguientes funciones: a) Establecer la documentación legal pertinente para su funcionamiento b) Convocar a la formación del respectivo Consejo Regional o Provincial c) Abrir un Registro Regional o Provincial de Postulantes a miembros del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú. d) Iniciar la calificación de los expedientes y documentos presentados por los postulantes que reúnan los requisitos estipulados en la Ley 25250 y la ley Modificatoria 28249 y el presente Estatuto; y remitirlos a la Comisión Nacional Organizadora para la verificación final, aprobación e inscripción en el Registro Central de Miembros del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú. e) Abrir el Registro Regional o Provincial de miembros de la Orden , según corresponda, e inscribir a los postulantes declarados aptos por la Comisión Nacional Organizadora. f) Constituir e instalar el Consejo Regional o Provincial de acuerdo a la Ley N º. 25250 y la Ley Modificatoria Nº. 28249, al presente Estatuto y sus reglamentos. - 138 -

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g)

h) i)

Convocar a la elección, en asamblea plena, de un representante titular, con voz y voto, y de un representante alterno ante el Consejo Nacional Transitorio que se conformará. El representante alterno tendrá derecho a voz; salvo que no esté presente el representante titular, en cuyo caso tiene derecho a voz y voto. Responder y dar cuenta de todo lo actuado en su debida oportunidad a la Comisión Nacional Organizadora; y Asumir otras funciones que le sean asignadas para la mejor organización y funcionamiento del Colegio Profesional.

Sexta.- La Comisión Nacional Organizadora convocará a los representantes de los Consejos debidamente constituidos por los Comités Transitorios a la reunión del Consejo Nacional Transitorio, que se efectuará en Lima el 18 de junio de 2005, Día del Relacionista Peruano, para elegir el Jurado Electoral Nacional Transitorio que convocará a elecciones generales del Colegio Profesional. Dicho Jurado Electoral Nacional Transitorio, una vez instalado, convocará a través de los Consejos Regionales y el Consejo Provincial a las elecciones de los respectivos Comités Electorales Transitorios, que deberán ser conformados en asambleas plenas. El Jurado Electoral Nacional Transitorio gozará de completa autonomía y tendrá a su cargo las elecciones generales del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú a efectuarse el 5 de setiembre de 2005. La juramentación de los órganos de gobierno del Colegio Profesional se realizará el 26 de setiembre de 2005, en el Día Interamericano de las Relaciones Públicas. La composición y número de integrantes del Consejo Nacional Transitorio, así como el número de integrantes del Jurado Electoral Nacional Transitorio y de los Comités Electorales Transitorios, estarán determinados en los respectivos reglamentos aprobados por la Comisión Nacional Organizadora del Colegio Profesional. SÉTIMA.- La Comisión Nacional Organizadora y los Comités Transitorios concluirán sus funciones cuando hayan quedado instalados oficialmente todos los Comités Electorales Transitorios. OCTAVA.- La Comisión Nacional Organizadora del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú abrirá una cuenta en el Banco de la Nación denominada “Organización y Funcionamiento Inicial del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú”, estando facultada para girar sobre los fondos depositados en ella y que fueran necesarios para el cumplimiento de sus funciones y las de los Comités Transitorios. Las firmas autorizadas para tal fin serán las de su presidente y de dos miembros elegidos entre los demás componentes de la Comisión, quienes deberán suscribir los documentos pertinentes en forma conjunta. - 139 -


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Los Comités Transitorios, en sus respectivas jurisdicciones, deberán depositar en dicha cuenta los derechos de inscripción y otros aportes que deban efectuar los Relacionistas Públicos para incorporarse al Colegio Profesional. La misma cuenta en el Banco de la Nación será asumida por el Comité Ejecutivo Nacional oficialmente instalado el 26 de setiembre de 2005. DISPOSICIÓN FINAL Se incorpora el siguiente Código de Ética Profesional como parte integrante del Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú:

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CÓDIGO DE ÉTICA: DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS NORMAS GENERALES Artículo 1º.- En su ejercicio, las Relaciones Públicas deben ofrecer por parte de sus profesionales una probada solvencia moral, una amplia formación intelectual y un pleno dominio de los aspectos científicos y tecnológicos inherentes a esta disciplina; de manera tal de estar en condiciones de ofrecer una contribución especializada y altamente calificada al desarrollo social de las organizaciones. Artículo 2º.- La gestión profesional del Relacionista Público tiene la responsabilidad de propiciar condiciones adecuadas para la integración y la intercomunicación efectiva de todos los sectores que constituyen el conjunto social, atendiendo para ello justas expectativas de los públicos y la satisfacción de intereses recíprocos, respetando el pluralismo en las ideas compatibles con el bien común, el libre albedrío dentro del marco de la Ley y las aspiraciones de desarrollo y bienestar. Artículo 3º.- El Relacionista Público deberá obrar subordinado a la verdad de los hechos y su causa, evitando asimismo la atención o representación de asuntos que puedan ofrecer competencia o conflicto entre sí, como también encarar cualquier tipo de labor cuyas consecuencias pudieran tener efectos negativos para el contexto social. Artículo 4º.- Se abstendrá en sus funciones de afectar en cualquier medida el prestigio o perjudicar a otro profesional. Artículo 5º.- Deberá preservar y defender el nivel profesional, especialmente a través de una constante investigación y capacitación permanente. Artículo 6º.- El profesional de Relaciones Públicas, en el desempeño de sus funciones, velará por los intereses legítimos de la organización a la cual pertenece, ya en forma directa o indirecta, garantizando en su labor una celosa reserva sobre la información a la que tiene acceso y un cuidadoso criterio en la disposición de los elementos que pueda aportar ese conocimiento. Artículo 7º.- El desarrollo de la función de Relaciones Públicas con otras funciones conexas, se ajustará en todos los casos a la ética y responsabilidades de la profesión, debiendo cada relacionista proteger los propios intereses y respetar las correspondientes a otras expresiones. Artículo 8º.- El colegiado deberá observar las normas de este Código de Ética Profesional. Las infracciones al mismo, por considerarse actos impropios, serán objeto de denuncia y sancionados de conformidad con el Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.

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Walter Ramos Barón, Raúl Rivero Ayllón (Secretario y ex-presidente ARPUL), Luis Amaya Deza (Presidente), Arly Pérez Fernández (ex-presidenta ARPUL) y Bernardo Chico Balarezo (ex-presidente ARPUL). ARPUL: Asociación de Relacionistas Públicos de La Libertad.

Comité Transitorio encargado de organizar el Consejo Regional de La Libertad

ANEXO VI

Representantes de la Comisión Nacional Organizadora Consejo Regional La Libertad

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Miembros del Colegio de Relacionistas Públicos del Perú Consejo Regional La Libertad (Incorporados el 31 de mayo 2005)

ALEGRIA MATOS, Orlando (Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - Pronamach). CARLOS CASTILLO, Luz Margarita (Seguro Social de Salud (EsSalud) - Hospital Víctor Lazarthe Echegaray). CASTAÑEDA BORREGO, José Luis (Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad - Sedalib). CHAVEZ BAZAN, Juan Enrique (La Empresa de Energía Hidroeléctrica Andina Hidrandina). CHICO BARRANTES, Diego Salomón (Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad - Sedalib). CORO CHUMACERO, Hernán (AGA S.A.). DE LA TORRE HOLGUIN, Jorge Gustavo (Instituto Superior Tecnológico Profesional CEVATUR). ESPINOZA FERIA, Janeth Graciela Consultora de Organismos No Gubernamentales. LANDERAS RODRÍGUEZ, Humberto (Proyecto Especial Chavimochic). LUNA GARCIA, Ana Cecilia. (Hospital Belén) MIÑANO HORNA, Ercila Antonieta (Municipalidad Provincial de Trujillo). MORANTE PONCE, Carlos Alberto (Gobierno Regional La Libertad). ORTIZ BURGA, Luis Ernesto (*) (Blue Ribbon International). PEREZ FERNÁNDEZ, Arly Dorita (Municipalidad Provincial de Trujillo). PINEDO AÑORGA, Delmia Juany (Seguro Social de Salud (EsSalud) - Hospital Víctor Lazarthe Echegaray). QUISPE ZAVALETA, Beatriz (Universidad del Santa Chimbote - Ancash). RIOS GUTTI, Carlos Roberto (Municipalidad Provincial de Trujillo). RIVERO AYLLON, Raúl Víctor (Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) - Zona Registral N° V - Sede Trujillo). ROJAS RODRIGUEZ, Erwing (Instituto Superior Tecnológico Nueva Esperanza). SÁNCHEZ CARVAJAL, Odilia Telesvinda (Viajes Golden Tours). SÁNCHEZ GAMBINI, Elmer Luis (Universidad Nacional de Trujillo). SOTO CANTOS, Tirzo (Hospital Regional La lLibertad). VAELLA MALCA, Danillo Napoleón (Hostal María Elena). VILLÓN SOLANO, Fresia Abigail (Seguro Social de Salud (EsSalud) - Hospital Víctor Lazarthe Echegaray). (*) incorporado el 31 de octubre 2006 - 144 -

Al centro, 2da. fila: Dr. Guillermo Guerra Cruz (ex-rector de la Universidad Antenor Orrego - Trujillo) y Mag. Luis Amaya Deza (ex-presidente del Comité Transitorio encargado de organizar el Consejo Regional de La Libertad)

ANEXO VII

Miembros de la Orden del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú - Consejo Regional La Libertad (Período: 2005 - 2008)

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ANEXO VIII

Primer Comité Ejecutivo Regional de La Libertad Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú

DECANO: Raúl Víctor Rivero Ayllón

VICEDECANO: Humberto Manuel Landeras Rodríguez DIRECTOR SECRETARIO: Elmer Luis Sánchez Gambini

DIRECTOR DE ECONOMÍA: Diego Salomón Chico Barrantes

borrar medalla DIRECTOR DESARROLLO PROFESIONAL, SOCIAL Y CULTURAL: Hernán Coro Chumacero

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DIRECTORA RELACIONES PÚBLICAS, PUBLICACIONES Y BIBLIOTECA: Ana Cecilia Luna García

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DELEGADO NACIONAL José Luis Castañeda Borrego


ANEXO IX

Proclamación y juramentación de autoridades del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú

E

l doctor Emilio Solórzano Hernández fue proclamado Decano Nacional del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, en los comicios efectuados el cinco de setiembre de 2005, en diferentes regiones del país, para elegir a las primeras autoridades de gobierno para el periodo 2005-2008. Solórzano es profesor universitario y relacionista público, director del postgrado de la Escuela de Ciencias de la Comunicación de la Universidad de San Martín de Porres y ex-presidente de la Federación de Relacionistas del Perú (FEREP). Ha sido presidente de la Confederación Interamericana de Relaciones Públicas (CONFIARP) durante dos períodos. Lo acompañaron en el Comité Ejecutivo Nacional: vicedecano, Víctor Miguel Valdez Orriaga, profesor de la Escuela de Ciencias de la Comunicación de la Universidad de San Martín de Porres. Como: Directores Nacionales, David Sarazú Trinidad, Gerente de Relaciones Públicas de PETROPERÚ; Erika Luisa Jaime Zamora, Oficial de Comunicaciones del Ejército del Perú; Luz Arriola Olivares, Funcionaria de Protocolo del Congreso de la República; Amybel Sánchez Tello, Jefe de Extensión y Proyección Social de la Facultad de Comunicaciones, Turismo y Psicología de la Universidad de San Martín de Porres; y Elba Meisy Pauta Sotomayor, Jefe de la Sección de Relaciones Externas y Protocolo de la Dirección de Informaciones de la FAP. Asimismo, fueron proclamados Decanos Regionales, el Ronnie Moscol Mogollón, profesor principal de la Facultad de Comunicación de la Universidad de Piura; José Baxter González Solano, Jefe de Relaciones Públicas de ENSA de Lambayeque; Raúl Víctor Rivero Ayllón, Jefe de - 148 -

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JURAMENTACION El lunes 26 de septiembre de 2005, fecha en que se celebra el “Día Interamericano de las Relaciones Públicas”, se realizó la ceremonia de juramentación e instalación de los primeros directivos del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú (2005-2008). El acto fue presidido por el Presidente del Congreso de la República, Marcial Ayaipoma Alvarado, y asistieron los legisladores y altas autoridades del Poder Ejecutivo que participaron de todo el proceso para la dación de los dispositivos que permitieron la creación e implementación del Colegio Profesional. Como se recuerda el 18 de junio de 1990 se promulgó la Ley 25250 que permitió la creación del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos, como una entidad autónoma de derecho público interna, representativa de la profesión de Relaciones Públicas. Catorce años después, el 07 de junio del año 2004, se publicó su modificatoria (Ley 28249). Posteriormente, el 20 de junio del 2004, el Ministro de Educación, Javier Sota Nadal, suscribió la RS. 039-2004 que nombró a los integrantes de la Comisión que elaboró el Estatuto del Colegio Profesional y el 26 de noviembre del 2004 promulgó el DS. N° 021 – 2004–ED, que aprobó el Estatuto respectivo. Inscripción en la SUNARP (Registro de Personas Jurídicas Creadas por Ley) El Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, incluyendo sus autoridades de gobierno para el período 2005-2008, quedó inscrito el 29 de diciembre de 2005 en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos del Perú (SUNARP), mediante la Partida N ° 11832338 del Registro de Personas Jurídicas Creadas por Ley, a través de la Zona Registral N° IX Sede Lima, Oficina Registral Lima. - 150 -

Hernán Coro Chumacero, Humberto Landeras Rodríguez (ex-presidente ARPUL), Raúl Rivero Ayllón (Decano Regional de La Libertad y expresidente ARPUL), Emilio Solórzano Hernández (Primer Decano Nacional y ex-presidente FEREP ), Marcial Ayaipoma Alvarado (ex-presidente del Congreso de la República del Perú), Arly Pérez Fernández (ex-presidenta ARPUL) y José Luis Castañeda Borrego (Delegado Nacional).

En las primeras elecciones de los órganos de gobierno del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú, realizadas en forma simultánea en Arequipa, Cusco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima y Piura se eligieron un total de 49 cargos directivos, entre nacionales y regionales, 24 de los cuales han sido ocupados por profesionales mujeres, y entre ellos un Decanato (Junín) y tres vicedecanatos regionales (Arequipa, Cusco y Lambayeque).

Autoridades del Directorio Nacional y del Consejo Regional de La Libertad

Relaciones Públicas de los Registros Públicos de la Libertad (SUNARP); Ana Cecilia Prado Salazar, profesora asociada de la Escuela de Comunicación de la Universidad del Centro del Perú; Juan Melo Díaz, consultor y profesor universitario en Arequipa; Mihailo Gabriel Rakocevic La Rosa, profesor de la Escuela de Ciencias de la Comunicación de la Universidad de San Martín de Porres de Lima, y Leord Flores Ramos, consultor en Cusco.

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AUTORIDADES DEL DIRECTORIO NACIONAL Y DEL CONSEJO REGIONAL LA LIBERTAD DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ

Víctor Miguel Valdez Orriaga (Vicedecano Nacional), Ana Cecilia Prado Salazar (Decana Regional de Junín), Ronnie Moscol Mogollón Decano Regional de Piura), José Baxter Gonzales Solano (Decano Regional de Lambayeque) , Emilio Solórzano Hernández (Primer Decano Nacional ), Raúl Rivero Ayllón (Decano Regional de La Libertad y ex-Presidente ARPUL) y Humberto Manuel Landeras Rodríguez (Vicedecano Regional de La Libertad y ex-presidente de ARPUL). ARPUL)

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ANEXO X

AUTORIDADES ELECTAS

Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú

PERIODO 2005-2008 COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DECANO NACIONAL Dr. Emilio Solórzano Hernández VICEDECANO NACIONAL Lic. Víctor Miguel Valdez Orriaga DIRECTOR NACIONAL SECRETARIO Lic. David Antonio Sarazú Trinidad DIRECTORA NACIONAL DE ECONOMÍA Lic. Erika Luisa Jaime Zamora DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES PÚBLICAS, PUBLICACIONES Y BIBLIOTECA Mg. Luz Arriola Olivares DIRECTORA NACIONAL DE DESARROLLO PROFESIONAL, SOCIAL Y CULTURAL Mg. Amybel Nila Sánchez Tello DIRECTORA NACIONAL DE COORDINACIÓN REGIONAL Lic. Elba Meisy Pauta Sotomayor COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL DE AREQUIPA DECANO REGIONAL Lic. Juan Melo Díaz VICEDECANA REGIONAL Lic. Jacqueline Rosa Alarcón Rodriguez DIRECTOR REGIONAL SECRETARIO Lic. Gorky Aquiles Oviedo Alarcón DIRECTORA REGIONAL DE ECONOMÍA Lic. Beatriz Carmen Chirinos García DIRECTORA REGIONAL DE DESARROLLO PROFESIONAL, SOCIAL Y CULTURAL Lic. María Erika Málaga Medina DIRECTOR REGIONAL DE RELACIONES PÚBLICAS, PUBLICACIONES Y BIBLIOTECA Lic. Jesús Meza Soberón COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL DE CUSCO DECANO REGIONAL Relac.Pub. Leord Flores Ramos VICEDECANA REGIONAL Lic. Sonia Bárbara Escobar Loayza DIRECTORA REGIONAL SECRETARIO Lic. Miluska Teresa Ortiz Camacho DIRECTOR REGIONAL DE ECONOMÍA Lic. Julio Damián Abarca Duran DIRECTOR REGIONAL DE DESARROLLO PROFESIONAL, SOCIAL Y CULTURAL Lic. José Arturo Ricaldi Bellido DIRECTOR REGIONAL DE RELACIONES PÚBLICAS, PUBLICACIONES Y - 153 -


60 años de experiencia en Relaciones Públicas, no pasan en vano, ¿Di?

Raúl RIVERO AYLLÓN - Análisis Epistemológico de la Relaciones Públicas

BIBLIOTECA Lic. Nicolás Garay Flores

Ronnie Moscol Mogollón (Piura), Gladys Santos Serquén Solano (Lambayeque), Raúl Víctor Rivero Ayllón, (La Libertad), Juan Melo Díaz (Arequipa), Emilio Solórzano Hernández (Decano Nacional), Victor Valdez Orriaga (Lima), Leord Flores Ramos (Cusco), José Luis Castañeda Borrego (Delegado Regional La Libertad)

COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL DE JUNÍN DECANA REGIONAL Lic. Ana Cecilia Prado Salazar VICEDECANO REGIONAL Ing. Percy Alcazar Requena DIRECTORA REGIONAL SECRETARIO Lic. Erika Navarro Torres DIRECTOR REGIONAL DE ECONOMÍA Lic. Ernesto Gustavo Alderete Güere DIRECTORA REGIONAL DE DESARROLLO PROFESIONAL, SOCIAL Y CULTURAL Lic. Reyna Isabel Laredo Cárdenas DIRECTOR REGIONAL DE RELACIONES PÚBLICAS, PUBLICACIONES Y BIBLIOTECA Lic. Luis Alberto Rojas Salva

COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL DE LAMBAYEQUE DECANO REGIONAL Lic. José Baxter González Solano VICEDECANA REGIONAL Relac.Pub. Gladys Santos Serquén Solano DIRECTOR REGIONAL SECRETARIO Relac.Pub. Zoila Beatriz Riquero Villalobos DIRECTOR REGIONAL DE ECONOMÍA Relac.Pub. Orosia Alejandrina Soberón O. DIRECTOR REGIONAL DE DESARROLLO PROFESIONAL, SOCIAL Y CULTURAL Lic. Carlos Ernesto Molina Nomberto DIRECTOR REGIONAL DE RELACIONES PÚBLICAS, PUBLICACIONES Y BIBLIOTECA Lic. José Raúl Arévalo Olivares COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL DE LIMA DECANO REGIONAL Mg. Mihailo Gabriel Rakocevic La Rosa VICEDECANO REGIONAL Mg. Carlos Emilio Arnillas Denegri DIRECTORA REGIONAL SECRETARIO Mg. Zendy Manzaneda Cipriani DIRECTORA REGIONAL DE ECONOMÍA Lic. María Teresa Salomón Peralta DIRECTORA REGIONAL DE DESARROLLO PROFESIONAL, SOCIAL Y CULTURAL Lic. Leyla Gina Perea Guerrero DIRECTORA REGIONAL DE RELACIONES PÚBLICAS, PUBLICACIONES Y BIBLIOTECA Lic. María Teresa G. Andrade Venero COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL DE PIURA DECANO REGIONAL Dr. Ronnie Moscol Mogollón VICEDECANO REGIONAL Lic. Jorge Monroy Galvez DIRECTORA REGIONAL SECRETARIO Lic. Noelia Espinoza DIRECTORA REGIONAL DE ECONOMÍA Lic. Socorro Alcas Michilot DIRECTORA REGIONAL DE DESARROLLO PROFESIONAL, SOCIAL Y CULTURAL Lic. Ruby Landa Rivera DIRECTORA REGIONAL DE RELACIONES PÚBLICAS, PUBLICACIONES Y BIBLIOTECA Lic. Carmen Peña Morales - 154 -

REUNIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ (CUZCO, 24, 25 y 26 DE MARZO DE 2006)

COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL DE LA LIBERTAD DECANO REGIONAL Lic. Raúl Víctor Rivero Ayllón VICEDECANO REGIONAL Lic. Humberto Manuel Landeras Rodríguez DIRECTOR REGIONAL SECRETARIO Lic. Elmer Luis Sánchez Gambini DIRECTOR REGIONAL DE ECONOMÍA Lic. Diego Salomón Chico Barrantes DIRECTOR REGIONAL DE DESARROLLO PROFESIONAL, SOCIAL Y CULTURAL Lic. Hernán Coro Chumacero DIRECTORA REGIONAL DE RELACIONES PÚBLICAS, PUBLICACIONES Y BIBLIOTECA Relac.Pub. Ana Cecilia Luna Garcia

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Este libro de terminó de redactar en el mes de octubre de 2009. El diseño, diagramación e impresión estuvo a cargo de AP. CREATIVIDAD, Comunicación y Marketing 044-281892 email: apas.publicidad@gmail.com Trujillo - Perú

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