ECOTURISMO RURAL SUSTENTABLE

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La necesidad de una perspectiva integral En el ordenamiento ecológico del territorio interactúan los procesos naturales y sociales que definen al ambiente. Las transformaciones de los elementos de la naturaleza se mezclan con la intervención del ser humano en procesos determinados por la capacidad del entorno para resistir las perturbaciones, ya sean éstas derivadas de su dinámica propia o de elementos externos.

El ordenamiento ecológico también constituye un instrumento de concertación para la resolución de conflictos territoriales.

Los cambios regionales están condicionados por la disponibilidad de recursos, como el agua y los bosques, pero el rumbo del desarrollo regional está determinado por las dinámicas sociales, y éstas, a su vez, por procesos políticos y económicos (intereses de mercado, infraestructura, políticas de inversión, créditos y estrategias sectoriales, entre otros). No obstante que esta visión integral ha ganado aceptación en México, el control del deterioro de los recursos naturales no ha registrado aún, en la práctica, mejoras sustanciales. Ello se debe tanto a la sectorización de competencias como a la promoción de medidas correctivas desde distintos programas, sin abordar la problemática del uso del suelo en su conjunto. Para influir en el desarrollo regional y orientarlo eficazmente, el ordenamiento del territorio debe revisar los procesos sociales, pero esto sólo podrá lograrse a partir del trabajo conjunto entre el Estado —como organismo rector— y los sectores social, privado y académico. A partir de estas alianzas se podrán conocer el territorio y sus posibilidades de desarrollo, con la participación del capital y del sector productivo en un mismo esfuerzo para decidir el quehacer regional. Por ello, el ordenamiento ecológico constituye un instrumento de concertación en la resolución de conflictos territoriales.

Uno de los objetivos del ordenamiento ecológico es inducir y regular el uso del suelo y las actividades productivas —como el ecoturismo— a partir de procesos de planeación participativa.

En resumen, desde una perspectiva de sustentabilidad, el ordenamiento ecológico debe entenderse como el instrumento de política ambiental que se propone inducir y regular el uso del suelo y las actividades productivas —como el ecoturismo— en el marco de las políticas de desarrollo regional, a partir de procesos de planeación participativa y con el fin de lograr la conservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos. El OET entraña la consideración de elementos como el hábitat —componentes vivos y no vivos, el agua incluida—, la actividad productiva, el desarrollo tecnológico, las relaciones, la organización social y la política económica, agrupados en tres subsistemas: natural, socioeconómico y productivo.

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