Ficha_3

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Posteriormente, se presentó demanda demanda el 25 de marzo de 1992 en contra de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones TELECOM. 9. NORMAS OBJETO DE PRONUNCIAMIENTO.

Los artículos 209 de la Constitución Política, 33 y 34 del Decreto Ley 222 de 1983, y las normas del pliego de condiciones.

PROBLEMA JURIDICO DE LA SENTENCIA.

La licitación iniciada por Telecom, se efectuó conforme a derecho?

10.

11.

RATIO DECIDENDI

Entonces el Secretario General de la entidad no tenía competencia para adjudicar y celebrar contratos como el que fue objeto de la solicitud de cotización a la que se refiere el acto administrativo acusado, puesto que la delegación a favor de este funcionario, se refería exclusivamente a contratos y obligaciones relativos a pago de tasas, contribuciones y multas; avisos, publicaciones y suscripciones; gastos notariales, de registro y judiciales; esto corrobora el aserto de que fue el Presidente de Telecom quien adjudicó el contrato de aseo, y el Secretario General se limitó a poner en conocimiento de M.A.S. S.A. lo resuelto por la Junta Directiva. En el presente caso, se echa de menos el cumplimiento por parte de la entidad demandada, de esta exigencia atinente a los términos de la evaluación de las ofertas, pues si bien en la Solicitud de Cotización enviada por Telecom a varios posibles


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