Scc estudio vacios legales en la proteccion de la niñez trabajadora 2014

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Vacíos legales en la protección de la niñez trabajadora de Nicaragua–Gabriel Antonio Rivera Rocha

enfermedades y accidentes laborales. Las principales lesiones ocasionadas por el trabajo son las heridas y cortaduras (55.3%), hematomas (11.4%), fracturas (9.9%) y quemaduras (5.1%), lo que es congruente con los riesgos que implica la manipulación de herramientas que se usan en las labores agrícolas y las actividades propias del sector comercio, servicios y trabajo infantil doméstico. IV.

Marco Teórico

El marco teórico es el constructo conceptual utilizado para aproximarnos a la realidad jurídica en búsqueda de identificar vacíos jurídicos de protección a la niñez y adolescencia trabajadora. Debido a la centralidad que tienen los referentes conceptuales en el proceso de investigación –explicación de la existencia de lagunas jurídicas, elaboración de hipótesis y proposiciones- es preciso explicitar su contenido y alcance, a saber: 4.1.

Vacíos Jurídicos (lagunas jurídicas)

Los ordenamientos jurídicos intentan regular las situaciones posibles en la dinámica social, no obstante, es conocido que la dinámica material supera siempre al cálculo normativo, generando un desfase, que en términos jurídicos se conoce como lagunas jurídicas, es decir “aquellos espacios carentes de regulación, donde no se ha previsto por parte del legislador una regulación positiva”. (Ferrari, 2009, p. 2) En el mismo sentido, Tamayo y Salmorán afirman que por laguna jurídica se entiende “la circunstancia en que en un orden jurídico determinado no existe disposición aplicable a una cuestión jurídica” (Tamayo, 1998). Alchourrón y Bulyginun, definen las lagunas jurídicas como: “un cierto caso constituye una laguna de un determinado sistema normativo, cuando ese sistema no correlaciona el caso con alguna calificación normativa de determinada conducta (o sea con una solución)”. En la doctrina se reconoce la heterogeneidad de las causas de la existencia de lagunas jurídicas, conformando las más comunes la evolución y dinamismo de la realidad social -imposibilidad de prever la diversidad de situaciones futuras que pueden emerger en la vida social-, el olvido legislativo en la regulación de situaciones previsibles, la presencia de antinomias jurídicas –contradicciones entre normas de igual rango-, entre otras. Sobre el dinamismo social, Ferrari (s/f) sostiene que “la dinámica social, impone al Derecho nuevos y constantes retos de regulación […] produciéndose un desfase

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