Juntos Generamos Justicia. El Nuevo Código Procesal en el Perú

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Capítulo V. Balance de la implementación del código procesal penal en el Perú

Asimismo, este cambio implicó en el caso del Poder Judicial la necesidad de diferenciar las competencias y roles de los jueces por etapas del proceso. De esta forma, tenemos: • Al Juez de la Investigación Preparatoria, en la etapa de investigación, a cargo de garantizar los derechos fundamentales del imputado mediante el control de los plazos, la tutela de derechos y de la investigación formal, proveyendo al fiscal de los mecanismos legales para impulsar el proceso judicial, así como de conducir la etapa intermedia y la elaboración de la sentencia. • Al Juez de Juzgamiento, sea juez unipersonal o colegiado, a cargo de conocer los procesos en la etapa de juzgamiento, asumiendo el rol de juzgar y sentenciar. Finalmente, en Segunda Instancia, el Juez de Apelaciones a cargo de revisar en vías de impugnación las resoluciones emitidas en primera instancia. Este proceso de transición también trajo consigo la necesidad de capacitar a los operadores de justicia (jueces, fiscales, defensores públicos y policías, así como al personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial), dotándolos de los conocimientos, destrezas y habilidades prácticas necesarios para su mejor desempeño conforme a las nuevas funciones y roles previstos en el Código Procesal Penal. Además, se debió contribuir al cambio en la cultura judicial, mediante la institucionalización y difusión de las bondades y fortalezas del nuevo modelo procesal. En este sentido, se ha venido realizando esfuerzos conjuntos de manera institucional e interinstitucional, con el fin de brindar capacitación a todos los operadores de justicia, aunque todavía resulte insuficiente, por lo que se debe continuar con el desarrollo de planes de capacitación para la preparación y el entrenamiento de los operadores. Se ha advertido en el proceso de implementación que genera cambios, la existencia de problemas iniciales entre fiscales y policías en la labor de investigación del delito, así como entre jueces y defensores en el desempeño propio de sus funciones. Este hecho debe ser superado en beneficio de la ciudadanía, que espera una respuesta inmediata de las instituciones a cargo de la administración de justicia, para resolver sus conflictos penales de manera rápida y eficaz. Por todo ello, también resulta importante establecer una coordinación institucional e interinstitucional que nos lleve al diálogo conjunto, para poner en debate las problemáticas advertidas, generando espacios de diálogo con el fin de adoptar acuerdos, en armonía, respecto al rol de cada uno de los operadores de justicia en el marco del nuevo modelo procesal penal.

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