Transformar la universidad para transformar la sociedad

Page 97

L os vaivenes en l a regu l ación

LOES 2000. El armado de una comisión que de alguna manera establecía una acción paralela a la del interventor y, fundamentalmente, la elaboración de un informe que en sus conclusiones finales confirma irregularidades respecto a la UCCE, devela hasta qué punto buena parte del problema estaba en el propio Consejo, sus decisiones y los intereses allí representados. Solo como botón de muestra, entre las conclusiones del mencionado informe se indica que antes de 1998, cuando se crea legalmente en el país la UCCE, esta ya venía operando como Universidad Cooperativa de Colombia (UCC) a través de una serie de «convenios» firmados con FUNDIEMPRESAS y CINTERSUP (en 1995 uno, y otros dos en 1996), convenios que contenían graves anomalías. No solo porque nunca fueron en realidad «convenios», y menos aún de carácter «internacional», sino tan solo contratos de carácter privado suscritos entre personas jurídicas de derecho privado sin efecto sobre los Estados involucrados (ecuatoriano y colombiano), sino que permitieron la operatoria de actividades académico-formativas de educación superior en el país aunque todavía no estaba legalmente creada la universidad (ICVC, 2006: 8-9). Estos contratos fueron el mecanismo legal usado para que la UCC desarrollara actividades de formación académica de grado y posgrado y hasta otorgara títulos y los avalizara (ICVC, 2006: 4, 6 y 8), contraviniendo la Ley de Universidades y Escuelas Politécnicas 31 en ese momento vigente. Por otra parte, se comprueba que FUNDIEMPRESAS era una fundación que estaba habilitada en el Ecuador solo parar realizar actividades en el sector microempresarial, y cuya creación fue aprobada tan solo por el Ministerio de Trabajo. En cuanto a CINTERSUP si bien supuestamente en el «convenio» firmado en 1996 con la UCC se decía era una institución de Estudios Superiores autorizada por el «Ministerio de Educación Superior del Ecuador», es sabido que ese ministerio nunca existió en el país (ICVC, 2006: 10-11 y 16). La Comisión de Veeduría Ciudadana destaca que aunque en el año 1998 la Ley de creación de la UCCE ratifica los referidos convenios no se podían validar, como sucedió, «los programas y cursos de carácter universitario y politécnico impartidos con anterioridad por quienes según la Ley de Universidades y Escuelas Politécnicas no tenían la facultad para ello» (ICVC, 2006: 19). En este punto la Comisión fue contundente: «La Universidad Cooperativa de Colombia tiene su origen y posterior funcionamiento en un equivocado 32 concepto de los tratados o convenios internacionales» (ICVC, 2006: 71). El capítulo IV del informe, dedicado a la creación y funcionamiento de extensiones y programas, devela que más allá de la responsabilidad de sus autoridades, la UCCE siguió operando 31 Entre los artículos más destacados, se contravenían el 1, 4, 10 y 53. 32 Otro de los problemas es que los «convenios» que ratifican la creación de la UCCE aluden a regulaciones internacionales (Convenio Andrés Bello y Tratado Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe) que no son aplicables (ICVC, 2006: 9-10).

93


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.