Atlas de las Desigualdades Socio Económicas del Ecuador

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t ATLAS DE LAS DESIGUALDADES SOCIO-ECONÓMICAS DEL ECUADOR

Trabajo infantil Por María Gloria Barreiro

El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes: Protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. Se prohíbe el trabajo de menores de quince años, y se implementarán políticas de erradicación progresiva del trabajo infantil. (Constitución de la República del Ecuador. Art. 46, Lit. 2)

E

n esta sección se presenta una caracterización de la situación del trabajo infantil en el Ecuador, empezando por la descripción del marco institucional y las competencias en el sector público para abordar la problemática. El análisis de las cifras se centra en la población entre 5 y 15 años. Se excluyeron los datos correspondientes a adolescentes de 16 y 17 años, pues están en edad permitida de ingreso al empleo y su inserción laboral se analiza en el estudio sobre empleo. El análisis se focaliza en los principales indicadores que dan cuenta del comportamiento y evolución del trabajo infantil en el periodo intercensal 2001-2010 y aborda las principales tendencias, que caracterizan la problemática en los últimos 10 años, así como los cambios producidos. Los indicadores seleccionados para el análisis son: - Magnitud del trabajo infantil (número y proporción de niños que trabajan) - Trabajo infantil por área de residencia (urbano/rural) y provincia - Trabajo infantil y edad, por sexo y pertenencia étnica - Trabajo infantil y educación - Trabajo infantil y rama de producción El estudio concluye con la identificación de los más importantes desafíos que el país todavía enfrenta para cerrar las brechas que la problemática del trabajo infantil requiere.

El trabajo infantil en el Ecuador: institucionalidad, normativa y política pública El Ecuador ha realizado importantes esfuerzos por erradicar el trabajo infantil, lo que se refleja en la disminución de brechas, especialmente en su magnitud en el sector rural y entre la población indígena; así como entre los niños que solamente trabajan y no estudian. En términos de regulaciones, el país cuenta con un marco normativo claro con relación al trabajo infantil: la Constitución lo prohíbe explícitamente para los menores de 15 años, lo establece como situación excepcional para los adolescentes mayores de 15 y dispone como una obligación del Estado la implementación de programas de erradicación progresiva. El Código de la Niñez y la Adolescencia, vigente desde el año 2003, recoge en regulaciones específicas los instrumentos internacionales de los cuales el país es signatario: los convenios de OIT 138 (sobre edad mínima) y 182 (peores formas). En relación con las competencias institucionales, el Ministerio de Relaciones Labores (MRL) es la instancia rectora en lo que a trabajo infantil se refiere. Desde 2009 funciona en el Ecuador la mesa interinstitucional políticotécnica que agrupa a instituciones públicas con competencia en el tema; es liderada por el MRL y convoca a instituciones privadas y de la cooperación internacional que participan como organismos de consulta, asesoría

y asistencia técnica. Esta instancia establece las prioridades nacionales en términos de trabajo infantil, define y coordina acciones estratégicas y delimita los roles y funciones de cada institución. En esta misma línea de trabajo, el MRL impulsó la conformación de la mesa productiva para la prevención y erradicación del trabajo infantil como un espacio de diálogo y coordinación interinstitucional para apoyar la construcción de políticas públicas con los gremios productivos del país. Participan en ella, la Cámara de Agricultura y las asociaciones nacionales de ganaderos, madereros, productores de palma africana, exportadores de banano y flores, y la cámara de la construcción. El MRL también impulsa la Red de empresas por un Ecuador libre de Trabajo Infantil que tiene como objetivo comprometer a las empresas para que ejecuten acciones de responsabilidad social encaminadas a erradicar el trabajo infantil en toda su cadena de valor. Tiene bajo su responsabilidad el sistema nacional de inspecciones, que recientemente reorganizó su funcionamiento y elevó el número de inspectores de 22 a más de 200. El MIES/INFA1, por su parte, tiene como responsabilidad la organización del sistema nacional de protección especial, con el objetivo de restituir los derechos de ni1

Al momento de producir este reporte, INFA formalmente dejó de existir como instituto adscrito al MIES, a finales del mes de diciembre el 2012. Sus competencias serán integradas a una nueva estructura institucional del MIES.


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