Legislación del Fuero Militar Policial del Perú

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Legislación del Fuero Militar Policial

(…). Otro aspecto consiste en que los jueces del sistema judicial militar en general son miembros del Ejército en servicio activo (…)

212. Al respecto, la Comisión reitera que ciertas ofensas propias del servicio y la disciplina militar pueden ser juzgadas por tribunales militares con pleno respeto de las garantías judiciales (…)

como un verdadero sistema judicial, ya que no forma parte del Poder Judicial sino que depende del Poder Ejecutivo. Otro aspecto consiste en que los jueces del sistema judicial militar en general son miembros del Ejército en servicio activo, lo que los coloca en la posición de juzgar a sus compañeros de armas, tornando ilusorio el requisito de la imparcialidad, ya que los miembros del Ejército con frecuencia se sienten obligados a proteger a quienes combaten junto a ellos en un contexto difícil y peligroso. El Estado peruano en la respuesta al informe señala que de acuerdo a la Constitución peruana el fuero privativo militar es un órgano jurisdiccional que administra justicia, y "por lo tanto se puede afirmar que constituye un sistema judicial". [resaltado agregado]

212. Al respecto, la Comisión reitera que ciertas ofensas propias del servicio y la disciplina militar pueden ser juzgadas por tribunales militares con pleno respeto de las garantías judiciales. Sin embargo, la Comisión considera que el Estado peruano ha interpretado con excesiva amplitud el concepto de delitos cometidos en relación con el servicio militar. [resaltado agregado] 213. Así, por ejemplo, se ha denunciado que el caso del asesinato de la agente de inteligencia del Ejército Mariela Barreto, mencionado supra, e

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