Pruebas Judiciales

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1. Que Se trate de una cosa o un objeto, con aptitud representativa, formado mediante un acto humano. 2. Que represente un hecho cualquiera 3. Que tenga significación probatoria 4. Que tenga la firma en los instrumentos públicos y privados •

REQUISITOS PARA LA VALIDEZ DEL DOCUMENTO COMO MEDIO DE PRUEBA

1. Que (si es declarativo o dispositivo) no se haya elaborado en estado de inconsciencia, ni en virtud de la fuerza, la coacción o el dolo 2. Que se haya aportado al proceso por un modo legítimo 3. Que (si se trata de instrumentos públicos) se hayan cumplido las formalidades exigidas por la ley para su formación bajo sanción de nulidad. 4. Que (si se trata de copias) se hayan cumplido los requisitos de ley para su expedición. 5. Que hayan sido llevados y admitidos al proceso en oportunidad y con los requisitos legales. •

REQUISITOS PARA LA EFICACIA PROBATORIA DEL DOCUMENTO

1. Que esté establecida o presumida su autenticidad 2. Que cuando se trate de instrumentos otorgados en el exterior, se cumplan sus especiales requisitos para su elaboración y autenticidad. 3. Que no haya prueba legalmente válida en contra 4. Que el contenido mismo del documento sea convincente 5. Que se haya hecho el registro público de documento que la ley exige 6. Que esté completo, sin alteraciones o mutilaciones o tachaduras En materia penal, el actual Código de Procedimiento Penal Colombiano, establece el empleo del documento en el juicio, precisando que éstos serán leídos y exhibidos de modo que todos los intervinientes en la audiencia del juicio oral y público puedan conocer su forma y contenido. Los demás documentos, serán exhibidos y proyectados por cualquier medio, para que sean conocidos por los intervinientes mencionados. Cuando se requiera, el experto respectivo lo explicará. Éste podrá ser interrogado y contrainterrogado como un perito. Como regla general se establece que cuando se exhiba un documento con el propósito de ser valorado como prueba y resulte admisible, deberá presentarse el original del mismo como mejor evidencia de su contenido.

2.5. Prueba Judicial

Por

Inspección

O

Reconocimiento

Se entiende por inspección o reconocimiento judicial, una diligencia procesal, practicada por un funcionario judicial, con objeto de obtener argumentos de prueba para la formación de su convicción, mediante el examen y la observación con sus propios sentidos, de hechos

Tecnológico de Antioquia Institución Universitaria Vicerrectoría Académica

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