LEY DE LA CARRERA DOCENTE

Page 43

SUELDOS Y SOBRESUELDOS Art.33.- El salario de los educadores se fijará teniendo en cuenta el cargo, con revisiones periódicas no mayores de tres años y atendiendo los siguientes factores: 1) El sueldo base propio del nivel y categoría; 2) El subresueldo correspondiente al cargo que desempeña; 3) El sobresueldo por trabajar en áreas rurales distantes y de difícil acceso; 4) El sobresueldo por atender doble sección; u horas clase; y, 5) El sobresueldo por haber desempeñado satisfactoriamente el cargo de director, subdirector o supervisor por un período de diez años consecutivos.

39


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.