EL ACTA DE CONCILIACION POR ACUERDO TOTAL EN EL PERU

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competente, el cumplimiento del acuerdo, cuando el obligado no cumpla voluntariamente el acuerdo. En este caso, el Centro de Conciliación procede a rectificar el acta defectuosa, para lo cual debe invitar a ambas partes a una audiencia de conciliación, en

la que de asistir

ambas partes les comunica de

la

omisión de la controversia, procediendo inmediatamente a expedir una nueva acta, donde se rectifica la omisión, con las

formalidades del

Formato “P”, de la Resolución Ministerial Nº 035- 2009- JUS. contrario, es decir, cuando no asista alguna de las partes o

Caso

habiendo

asistido ambas partes y una de ellas se niega a firmar el acta, se expide una nueva acta, por falta de acuerdo, con las formalidades del Formato “Q”, de la Resolución Ministerial Nº 035- 2009- JUS.

El vigésimo primer requisito reviste carácter sustancial, por que señala el acuerdo

que alcanzaron las partes, mediante el cual ponen

fin a su

conflicto de intereses. Acuerdo es sinónimo de concordancia, convenio, consentimiento, pacto, avenencia. El término conciliación tiene disimiles acepciones, así tenemos: la conciliación como institución, resultado, procedimiento, etc. La conciliación como resultado viene a constituir un acuerdo inteligente arribado entre las partes, ante un Centro de Conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia. La conciliación como resultado es un acuerdo inteligente, producto de la coincidencia de voluntades entre las partes, quienes asistidos

por

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