Revista Construdata ed. 147

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InformeEspecial

Sistema General de Riesgos Profesionales El Sistema General de Riesgos Profesionales está integrado por un conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a atender al trabajador desde el día siguiente de su afiliación, para prevenir y proteger contra los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. Está conformado por: • Las Administradoras de Riesgos Profesionales –ARP– públicas y privadas. Asesoran a la empresa en los programas de prevención, y atienden a los trabajadores que se accidenten o se enfermen por causas propias de su trabajo. • Los trabajadores. Acatan las normas de seguridad y prevención y utilizan los elementos de protección personal. • Los empleadores. Afilian a todos sus trabajadores al Sistema y desarrollan programas de prevención. • Las entidades. Encargadas del control y vigilancia del Sistema, como el Ministerio de Protección Social. El Sistema se estableció en el Decreto 1295 de 1994 y la Ley 776 de 2002, que forma parte del Sistema de Seguridad Social Integral, establecido por la Ley 100 de 1993. Las disposiciones vigentes de salud ocupacional, relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y el mejoramiento de las condiciones del trabajador, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos Profesionales.

Sistema General de Seguridad Social Integral

Ley 100 de 1993

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Sistema General de Pensiones Sistema General de Salud Sistema General de Riesgos Profesionales Servicios Sociales Complementarios

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