Norma de la construccion parte 2

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Seguridad humana y protección contra incendios c.6.) Espesor equivalente de la mampostería de hormigón. Para columnas estructurales de acero protegidas con mampostería de hormigón, la Tabla 52 establece el espesor equivalente de la mampostería de hormigón requerido para varias clasificaciones de resistencia al fuego para formas típicas de columna. Para columnas estructurales de acero protegidas con mampostería cerámica, la Tabla 53 da el espesor equivalente de mampostería d e cerámica requerida para vari as clasificaciones de resistencia al fuego para formas típicas de columna. c.7.) Vigas y vigas principales de acero estructural. Las clasificaciones de resistencia al fuego de vigas y vigas principales de acero deben estar basadas en el tamaño del elemento y en el tipo de protección provista de acuerdo con esta sección. en libras por pie lineal (plf). El perímetro calentado, D, es el perímetro interno del material resistente al fuego en pulgadas como se ilustra en la Figura 17.

FIGURA 17. DETERMINACION DEL PERÍMETRO CALENTADO DE VIGAS Y VIGAS PRINCIPALES DE ACERO ESTRUCTURAL

c.8.) Determinación de la resistencia al fuego. Estos procedimientos establecen una base para la determinación de la resistencia de vigas y vigas principales de acero estructural que difieren en tamaño de las especificadas en sistemas resistentes al fuego aprobados como una función del espesor del material resistente al fuego y el peso (W) y el perímetro calentado (D) de la viga o viga principal. Como se usa en estas secciones, W es el peso promedio de un elemento de acero estructural c.9.) Peso-perímetro calentado. Las relaciones peso perímetro calentado (W/D), para perfiles de protección resistentes al fuego tanto de contorno como de cajón, para los perfiles de ala ancha más frecuentemente usados como vigas o vigas principales se dan en la Tabla 51. Para perfiles diferentes, las relaciones peso-perímetro calentado (W/D) deben ser determinadas de acuerdo con las definiciones dadas en esta sección. c.10.) Sustituciones de viga y viga principal. Excepto como se establece en la sección 4.5.20.5 (c.11.), las vigas de acero estructural en sistemas resistentes al fuego aprobados deben considerarse del tamaño mínimo permisible. Debe permitirse que otros perfiles de vigas o vigas principales sean sustituidos siempre que la relación peso-perímetro calentado (W/D) de la viga sustituta sea igual o mayor al de la viga especificada en el sistema aprobado. c.11.) Materiales resistentes al fuego aplicados por rociado. Las disposiciones en esta sección se aplican a vigas y vigas principales de acero estructural no restringidas protegidas con materiales resistentes al fuego aplicados por rociado. Debe permitirse que perfiles de vigas y vigas principales no restringidas mayores o menores sean sustituidas por vigas especificadas en sistemas resistentes al fuego no restringidos o restringidos aprobados siempre que el espesor del material resistente al fuego se ajuste de acuerdo con la siguiente expresión: h2= (W1 / D1) +0.60

(18)

(W2 / D2) +0.60 Donde:

CEC-10

PARTE 11-281


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