Edicion impresa Judicial del 09 de marzo de 2012

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VIERNES 9 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador revista no: 9900

LUNES 24de noviembre de 2008 La Hora Quito, ecuador

Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío

es una edición de diario la hora

Editor AB. Francisco López Murillo

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El Procedimiento Administrativo

Por: Jorge Zavala Egas

PROCESO Y PROCEDIMIENTO: ¿DOS NOMBRES PARA LO MISMO? O ¿DOS CONCEPTOS DISTINTOS? Los juristas estamos obligados a tomar de la realidad la materia con la que operamos y sólo podemos aprehender ésta en conceptos. Los distintos fenómenos jurídicos deben ser comparados y clasificados, para después, mediante la abstracción de las especies, obtener los géneros, que constituyan auténticos conceptos. Es decir, cuando interrogamos sobre la naturaleza de un fenómeno jurídico cualquiera, lo que estamos inquiriendo en realidad es en qué concepto general puede ser encasillado tal hecho. El proceso es uno de los fenómenos jurídicos y debemos referirlo a un concepto jurídico de mayor amplitud, si existe. En el caso del proceso, por ejemplo, se debe tra-

tar de encuadrarlo en los conceptos de relación jurídica, de institución jurídica, de servicio público u otro. Nosotros pensamos en el proceso referido o puesto en relación con el amplio concepto de las funciones clásicas del Estado: la legislativa, la ejecutiva y la judicial. Fue Giuseppe CHIOVENDA (1872-1937), otrora profesor de la Universidad de Roma, quien expresara que «en el proceso» se desarrolla una actividad de los órganos públicos encaminada al ejercicio de una función estatal. Pues bien, decimos nosotros, aquí encontramos la diferencia conceptual entre procedimiento y proceso: el primero, consiste en esa actividad de los órganos públicos que se desarrolla «en el proceso», para ejercitar una función estatal; mientras que el concepto de proceso es más amplío dado que a ese conjunto de actos coordinados se vincula su finalidad. CARNELUTTI, quien junto al anterior mantuviera identidad de criterios, así como inocultables discrepancias, decía en la misma

línea de pensamiento que se puede considerar el proceso como continente y el procedimiento como contenido. Fue, precisamente, este último quien comenzó a destruir los conceptos de proceso y procedimiento como exclusivos de la función judicial, es decir, que ambos son una actividad monopólica de ésta; sino que deben ser, los dos fenómenos jurídicos, comprendidos también en las dos funciones restantes del Estado, a saber: la legislativa y la ejecutiva. Es decir, todas las funciones del Estado se realizan por medio de procesos distintos que contienen diferentes procedimientos. En efecto, bajo una objetiva mirada técnica no es lo mismo proceso y procedimiento, no obstante que afirmamos con GORDILLO, BALLBÉ y ESCOLA que todo proceso comporta un procedimiento, pero no todo procedimiento constituye un proceso. Y esto porque tanto el proceso como el procedimiento tienen como denominador común ser una secuencia de actos, pero el último carece de la finali-

dad, propia e imprescindible del proceso. Este es el basamento para afirmar que conceptuar un proceso implica necesariamente conceptuar un procedimiento, pero no todo procedimiento es parte de un proceso. Afirma el profesor Jesús GONZÁLEZ PÉREZ que es preciso diferenciar ambos conceptos y tal distinción se basa en que el proceso conlleva una valoración de tipo teleológico, mientras que el procedimiento se concibe sólo como forma. Son conceptos independientes, el proceso se constituye por una serie de actividades que concretan una función pública. O, lo que es lo mismo, el proceso es una institución jurídica a través de la cual se realiza una función pública, esto es, una función del Estado. El concepto de proceso, esencial para el Derecho procesal, equivale al de potestad pública administrativa en el Derecho administrativo, pues ésta es su objeto fundamental o esencial, no es discutible que su normativa se crea y existe para regular la potestad pública administrativa. Sin embargo, hay que destacar que si bien toda potestad pública administrativa, como institución jurídica, requiere de una actividad para concretarse y ésta de un procedimiento administrativo, no obstante debemos reconocer que no es lo mismo la potestad administrativa (institución) y el procedimiento administrativo (actividad formal), son realidades complementarias. De igual forma, el proceso, que es también institución jurídica, necesita de un procedimiento para manifestarse y alcanzar su fin, sin que tal relación signifique que el procedimiento sea proceso o viceversa. El procedimiento es el conjunto de actos, es la actividad que se desa-

rrolla por parte del Estado en una secuencia ordenada y necesaria para que sus funciones públicas se concreten, a través de los respectivos procesos y alcancen su finalidad. De esta forma, la función legislativa se realiza mediante el proceso legislativo que se manifiesta en un procedimiento legislativo para concretar la Ley. La función ejecutiva se concreta mediante un proceso administrativo que contiene un procedimiento administrativo para alcanzar la meta que es un acto administrativo y, finalmente, la función jurisdiccional alcanza su objetivo a través del proceso judicial que requiere seguir un procedimiento judicial determinado para concretar una sentencia. FIORINI es categórico al afirmar que proceso y procedimiento no son conceptos equivalentes y por la misma razón, el primer concepto contiene la realización, como institución jurídica, del fin de la función pública sea legislativa, ejecutiva o judicial; el segundo sólo es el desenvolvimiento del proceso, las formas particulares de una trama, como manifestación de una actividad que procura el logro de un cometido especial. De estas mismas premisas es que ESCOLA parte para concluir en que el proceso es el conjunto de actos cuyo enlace y sucesión está determinado por la necesidad de lograr la consecución de un fin específico. No existe concepto de proceso sin que se incluya necesariamente el elemento teleológico que debe concretar la función estatal que se trate: la ley, el acto administrativo o la sentencia. El procedimiento, a diferencia del anterior, según el mismo profesor, es una secuencia de CONTINUA EN la pá­gi­na - c2

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actos configurativos del proceso, actos que no conllevan un contenido que implique la realización de una finalidad determinada. Ejemplifiquemos, los informes técnicos o la inspección de documentos son actos formales que se integran para configurar un proceso con prescindencia de cuál sea su contenido. Se integran con otros actos, precisamente, para configurar un proceso y así alcanzar la finalidad que persigue éste y concretar la función estatal que se trate, así, una ley, la legislativa; un acto administrativo, la ejecutiva o una sentencia, la judicial. Ya hacia 1955 ROYO VILLANOVA exponía que: “Todas las funciones del Estado tienen su procedimiento especial. La ley es elaborada con arreglo a un procedimiento, el legislativo que... La sentencia del juez es dictada asimismo conforme a un procedimiento, el judicial. Por último, también los actos administrativos han de seguir antes de su nacimiento un camino o vía previamente determinado por el derecho, esto es, un procedimiento, el administrativo.”. El profesor Enrique SAYAGUÉS LASO afirma que: “Se toma como punto de partida la noción de proceso, que se considera que alcanza indistintamente a las funciones legislativa, administrativa y jurisdiccional dando lugar a sendos tipos de procesos, con caracteres específicos pero con rasgos comunes, los cual justifica llegar a una generalización de principios, sin perjuicio de las disciplinas particulares a cada uno de ellos.” El proceso es, en consecuencia, un conjunto de actos que siguen un orden (procedimiento) exigido por la necesidad de alcanzar el fin procesal. Por ello, ESCOLA concluye afirmando que la idea de proceso es, de tal modo... una concepción teleológica; en el procedimiento, simplemente considerado, esa concepción teleológica falta, de modo que éste no aparece como algo finalísticamente ordenado. No negamos que el Derecho procesal administrativo sea parte del Derecho procesal tomando en consideración que el proceso es una unidad, aun cuando pensamos que es una vertiente particular de éste y, además, que se ha originado de esta matriz que es el Derecho pro-

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cesal judicial, pero a pesar de esta realidad, no dejamos de reconocer que el proceso administrativo es en buena medida parte del derecho procesal y en otra del derecho administrativo. Así entendemos que el concepto de derecho subjetivo e interés legítimo que se utiliza en el proceso administrativo pertenece al derecho administrativo. Que si se ataca un acto administrativo viciado por incompetencia, ante un órgano judicial es el derecho administrativo el que nos va a dar los elementos para establecer si el órgano que dictó el acto es o no competente. EL PROCESO ADMINISTRATIVO Y SU PRETENDIDA AUTONOMÍA FRENTE AL PROCESO CIVIL.Si existe una Teoría General del Proceso es porque, a pesar de los diferentes tipos de procesos existentes en la realidad, hay evidencia de la unidad esencial del proceso, es por eso que aquélla reúne los conceptos generales aplicables a cada una de las ramas del Derecho Procesal. Por eso podemos repetir la tesis de GUASP expresando que el Derecho procesal puede ser definido como el conjunto de normas referentes a los requisitos, contenido y efectos del proceso, luego el Derecho procesal administrativo, será el conjunto de normas referentes a los presupuestos, contenidos y efectos del proceso administrativo. Aclara el profesor que: “Es cierto que en ocasiones pueden considerarse como presupuestos, contenido y efectos del proceso, diversas circunstancias cuya regulación no corresponde a las normas procesales, por ello, es preciso tener en cuenta que tales normas recaen únicamente sobre tales circunstancias en cuanto repercuten, inmediata o directamente, en el proceso, no en cuanto recogen una influencia o repercusión anterior.”. En la misma línea de pensamiento, su discípulo, el también maestro Jesús GONZÁLEZ PÉREZ, afirma que si el Derecho Procesal puede definirse, en forma bastante simple, como el conjunto de normas relativas al proceso, el Derecho Procesal Administrativo se podría describir como el conjunto de disposiciones que regulan el proceso administrativo. Es decir, el proceso que tiene por objeto pretensiones fundadas en normas sustantivas de Derecho Administrativo. Esta tesis origina cuestionamiento entre los administrativistas. Existen diversos elementos que evidencian la diferenciación

radical entre proceso administrativo y proceso civil, según razonan ciertos doctrinantes, los que Jesús GONZÁLEZ PÉREZ sintetiza: “a) La intervención en el proceso administrativo de un sujeto –la administración pública como tal- que no interviene en los procesos civiles. En este sentido LÓPEZ RODÓ afirma: “La diferencia esencial entre los procesos en que interviene la administración y aquellos que se ventilan entre particulares, impide atender la validez de un mismo régimen procesal para uno y otro caso”. b) Las prerrogativas de la administración en un régimen admi-

pecto de la vía administrativa, con las consiguientes repercusiones en orden a las facultades del juez, cuestiones que pueden plantearse, etcétera.”. Razones que no son compartidas por el profesor español que afirma que ninguno de los argumentos expuestos logra romper la unidad fundamental del proceso, pues el proceso administrativo es una manifestación del fenómeno procesal, como lo son el proceso civil y el proceso penal. En efecto: “ a) Que uno de los sujetos del proceso administrativo sea una entidad pública no quiere decir que estemos ante un fenómeno sustan-

nistrativo impiden la existencia de un proceso administrativo análogo al civil. El principio de independencia de la administración implica la imposibilidad de que los tribunales perturben la actividad administrativa y hasta de que fiscalicen aquella actividad: la administración puede satisfacer por sí sus pretensiones, sin acudir a la fórmula procesal, y cuando un administrado trata de deducir alguna pretensión, ha de hacerlo ante órganos encuadrados en la organización administrativa, bien de la administración activa (recursos administrativos), bien de la administración consultiva (recursos contencioso administrativos). c) La llamada “vía contencioso administrativa” es meramente revisora de la vía administrativa, de tal modo que lo que puede calificarse de “proceso administrativo” ofrece características radicalmente distintas del proceso civil; el proceso administrativo vendría a ser un “recurso de casación” res-

cialmente distinto del proceso civil, como lo es el proceso penal, aun cuando en éste intervenga también un órgano público. En el proceso administrativo, la entidad pública interviene como una parte procesal, a la que salvo ciertas especialidades –consistentes en algunos privilegios que conserva en el proceso-, puede aplicarse al régimen jurídico-procesal normalmente aplicable a las partes. Admitido por LÓPEZ RODÓ que estamos ante un proceso aun, cuando existieran diferencias entre el proceso administrativo y el proceso civil, considerado unitariamente, estas diferencias no serían mayores que las que existen entre proceso civil y proceso penal y entre algunos tipos de proceso entre sí. b) Es indudable que el principio de independencia de la administración impidió durante algún tiempo la existencia de un proceso administrativo. Pero pronto, incluso en aquellos países en que el régimen administrativo se da en su forma más pura, se admitió la necesidad

de que las pretensiones frente a la administración se dedujeran ante órganos imparciales y, por tanto, procesales, dando lugar a verdaderos procesos. Por otro lado, el argumento sería inoperante respecto de países –entre los que se encuentra España y la casi totalidad de las repúblicas hispanoamericanasen que tales pretensiones se deducen ante órganos encuadrados en la organización judicial. c) El hecho de que el proceso administrativo constituya una vía revisora de la administrativa –como quizá erróneamente, se ha proclamado-, tampoco constituiría un argumento esgrimible para demostrar que el proceso administrativo es sustancialmente distinto del proceso civil. Lo único que demostraría es su analogía respecto de algún tipo concreto de proceso civil....”. Se trata, el proceso administrativo, de un conjunto de principios y normas que se insertan bajo la férula del Derecho Procesal, que tienen su propia singularidad, su innegable peculiaridad que constituyen particularidades nacidas de los componentes de los derechos y deberes que exhiben sus sujetos, con la finalidad de satisfacer sus pretensiones jurídicas en el ámbito de las relaciones jurídicas que derivan del binomio AdministraciónAdministrado. A esta tesis de la unidad del proceso y de la existencia de un solo Derecho procesal nos adherimos y en lo que al proceso contencioso administrativo ecuatoriano se refiere, regulado como está por sus respectivas normas, afirmamos que su estudio es objeto del Derecho procesal, por no ser la normativa procesal administrativa más que una especialización de la normativa procesal civil. Sentamos, pues, nuestra negativa a admitir la autonomía del Derecho procesal administrativo. No soslayando, en ningún caso, su singularidad con respecto a la normativa procesal general ni negando su estrecha relación con el Derecho administrativo desde el cual se originan las relaciones jurídicas (derecho-obligaciones), las que derivan en controversias que se resuelven a través y por el Derecho procesal administrativo. De esta realidad es que se explica la supletoriedad del Código de Procedimiento Civil que prescribe nuestra Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el artículo 77. Fuente: http://www.revistajuridicaonline.com/index.php?option=com_conte nt&task=view&id=436&Itemid=102


DIVORCIOS R. DEL E. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

EXTRACTO Citación Judicial al señor OSWALDO SALOMÓN ABAD JARAMILLO Actor: JOHANA MARITZA POZO MOSQUERA Juicio: DIVORCIO No.11092011-A.C. Cuantía: INDETERMINADA Juez (s): DR. ARMANDO ACELDO GUALLI Secretario: DR. JUAN FRANCISCO JUSTICIA PROVIDENCIA: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 11 de octubre del 2011, las 11h50.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Suplente, mediante Oficio No. 1144-DDP, de 11 de Julio del 2007, y en razón del sorteo correspondiente. Previamente a proveer lo que fuera de ley, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 69 del Código de Procedimiento Civil, la actora dentro del término de tres días, bajo prevenciones de ley, complete la demanda, cumpliendo con lo previsto en el numeral 2 del Art. 67 Ibidem, indicando su edad y consignando los generales de ley de su mandante; y dentro del mismo término, comparezca a esta Judicatura, a rendir el juramento ordenado en el inciso tercero del Art. 82 del Código Adjetivo Civil.- Agréguese al proceso la documentación presentada.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado.- Actúe el Dr. Juan Francisco Justicia, en calidad de Secretario titular de esta Judicatura, en virtud de la acción de personal Nro. 642-DNP, de 09 de Abril del 2009.- Notifíquese y cúmpla-

se.- f). Dr. Armando Aceldo Gualli.- JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 7 de noviembre del 2011, las 16h12.- VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado.- Por cumplido lo ordenado en providencia inicial, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley; en consecuencia, se la acepta al trámite Verbal Sumario.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, y en mérito al juramento rendido por la actora, cítese al demandado señor OSWALDO SALOMON ABAD JARAMILLO, a través de la prensa, en uno de los periódicos de amplia circulación en esta Ciudad de Quito; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente.- Notifíquese y cúmplase. f).- Dr. Armando Aceldo Gualli, Juez. Lo que comunico a usted para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. DR. JUAN FRANCISCO JUSTICIA SECRETARIO Hay un sello AR/85787/cc EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A: GONZALO ROMERO ACTOR: DR. LUIS VICENTE ZUMAGARRA REYES EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE LA SEÑORA MARTHA MATILDE JAUREGUI CONDE JUICIO DIVORCIO No. 16272011-PP TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA:

JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, martes 24 de febrero del 2012, las 09h50.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez titular de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Es procedente el trámite verbal sumario que se solicita, en consecuencia, de conformidad con lo previsto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y al juramento rendido por la actora de la imposibilidad de determinar la residencia, se dispone citar al demandado señor GONZALO ROMERO, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito, mediando ocho días entre cada publicación. Agréguese al proceso el documento que se acompaña. Téngase en cuenta la insinuación que hace la actora para la designación de curador ad-litem. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la compareciente.- NOTIFIQUESE. f) DR. RAUL MARIÑO HERNANDEZ. JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniendole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial dentro del perímetro y en al forma establecida en la Ley. DR. MANUEL AMON MEDINA SECRETARIO Hay firma y sello AC/84549/tf REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL Citase con el siguiente extracto de la demanda de divorcio a: MARIA LUTGARDA YUNGA

La gente buena, si se piensa un poco en ello, ha sido siempre gente alegre. H e m i n gway , E r n e s t

PADILLA Cuyo tenor es el siguiente: ACTOR: PATRICIO GONZALO LOMAS SIGCHA Procurador Judicial de WILSON FABIAN ANDRADE ZURITA D E M A N DA D O : MARIA LUTGARDA YUNGA PADILLA CLASE DE JUICIO: DIVORCIO No. 1176 - 2011.FV TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO DE LA DEMANDA: DISOLVER EL VINCULO MATRIMONIAL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA QUITO, 22 de noviembre del 2011, las 14h32 .- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez encargado del Juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha en virtud del oficio No. 1308-DP-DPP, de fecha 7 de Julio del 2010.La demanda de divorcio presentada en contra de MARIA LUTGARDA YUNGA PADILLA, es clara, precisa y reúne los requisitos legales en consecuencia se la acepta a tramite correspondiente a la vía Verbal Sumaria prevista en la sección 23. Art.828 y siguientes del Código De Procedimiento Civil. Atenta la aseveración juramentada del accionante respecto de la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de la demandada, Cítese a la demandada con un extracto de la demanda y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor cir-

culación que se editan en esta ciudad de Quito. Agréguese al proceso la documentación presentada. Téngase en cuenta el casillero señalado y la autorización otorgada a su Abogado patrocinador,.-NOTIFIQUESE.F: DR. FABRICIO SEGOGIA BETANCOURT (E) Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones en esta judicatura. - CERTIFICO DR. JUAN GALLARDO Q. SECRETARIO Hay firma y sello AC/84520/tf REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACION JUDICIAL A LA SEÑORA: CAROLINA MARIBEL PROAÑO FRIAS EXTRACTO JUICIO: DIVORCIO No. 20111647-VGM ACTORA: PAUL FERNANDO SANCHEZ LAVERDE – DR. JAIME DAVID GALINDO NARVAEZ, PROCURADOR JUDICICAL DEMANDADA: CAROLINA MARIBEL PROAÑO FRIAS TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO: OBTENER LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL QUE LES UNE, CONFORME LO DISPONE. EL

INCISO SEGUNDO DE LA CAUSAL DECIMO PRIMERA, ART. 110 DEL CODIGO CIVIL VIGENTE.JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 7 de febrero del 2012, las 08h59. VISTOS: Por cumplido lo ordenado en providencia inicial y en virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez Titular de esta Judicatura, conforme a la Acción de Personal No. 748DNP, de 19 de Septiembre del 2011.– La demanda propuesta por PAUL FERNANDO SÁNCHEZ LAVERDE, a través de su Procurador Judicial DR. JAIME DAVID GALINDO NARVÁEZ, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se la admite al trámite Verbal Sumario. En mérito de la afirmación manifestada bajo juramento por la actora, respecto de la imposibilidad de poder determinar el actual domicilio y residencia de la demandada, cítese a la demandada CAROLINA MARIBEL PROAÑO FRIAS, por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, como lo dispone el Art.-82 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se entregará el respectivo extracto.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos.Téngase en cuenta la casilla judicial señalada, para sus posteriores notificaciones y la calidad en que comparece el DR. JAIME DAVID GALINDO NARVÁEZ, debidamente justificada con el documento que adjunta .- NOTIFÍQUESE.f) Ab. Francisco Alvear Montalvo. JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial en esta

CONVOCATORIA

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

EX­TRAC­TO

DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE MINERVA C.A. Se comunica al público que MINERVA C.A., con domicilio principal en la ciudad de Quito, aumentó su capital social en USD $ 605.000,00; y, reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Sex­ to del Distrito Metropolitano de Quito el 16 de diciembre del 2011. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJCPTE.Q.12.001107 de 1 de marzo de 2012. En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma el artículo tercero del Estatuto Social, referente al capital social, de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO.- Capital.- El capital social de la compañía es de NOVECIENTOS VEINTE Y CINCO MIL DOLARES AMERICANOS (USD 925.000,00), dividido en novecientas veinte y cinco mil acciones ordinarias y nominativas de un dólar de los Estados Unidos de Améri­ ca (US$ 1,00) cada una, numeradas de la cero cero uno (001) a la novecientas veinte y cinco mil (925.000) inclu­ sive” Distrito Metropolitano de Quito, 1 de marzo de 2012 Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENCIA DE COMPAÑÍAS DE QUITO A.P./52135/k.m.

A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SERVICIOS DE TRANSPORTE EN TAXIS CIUDAD METROPOLITANA TRANSQUIME S.A. De conformidad con las disposiciones de la Ley de Compañías y con las normas del Estatuto Social se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑÍA SERVICIOS DE TRANSPORTE EN TAXIS CIUDAD METROPOLITANA TRANSQUIME S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas que tendrá lugar el día Sábado 24 de marzo del 2012, a partir de las 09H00, en la sede de la compañía ubicada en la Calle “A” E6-92 y El Morlán, de la ciudad de Quito, a fin de tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del Quórum 2. Informe del Sr. Presidente correspondiente al año 2011. 3. Informe del Sr. Gerente General correspondiente al año 2011. 4. Informe del Sr. Comisario Principal correspondiente al año 2011. 5. Conocimiento y aprobación de los Balances y el Estado de Pér­ didas y Ganancias del Ejercicio Económico del año 2011. 6. Destino de las utilidades del Ejercicio Económico 2011. 7. Análisis y aprobación del presupuesto para el año 2012.

Nota: Los respectivos informes y balances a ser conocidos en la Junta General se encuentran a disposición de los Señores accio­ nistas en la oficina de la Compañía en la dirección antes indicada en horarios de oficina de 08H00 a 16H00. Quito, 08 de Marzo del 2012

VIERNES 9 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador ciudad de Quito para recibir posteriores notificaciones. Certifico.Dr. Nilo Gonzalo Almachi SECRETARIO JUZGADO DECIMO TERCERO CIVIL DE PICHINCHA. Existe firma y sello. A.P./52136/k.m. R. del E. CITACION JUDICIAL JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE (PILLARO) TUNGURAHUA

JUICIO: VERBAL SUMARIO NATURALEZA: DIVORCIO ACTOR: EGIDIO ENRIQUE AGUAGALLO AGUAGALLO DOMICILIO: ESTUDIO DEL AB. ROBERTO VELASCO LOPEZ CASILLERO: CUARENTA (40) DEMANDADA: IRMA GERMANIA M O P OS I TA CHILUIZA. CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: DR. RAFAEL MOYA DELGADO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE (PILLARO) TUNGURAHUA. Pillaro, lunes 24 de octubre del 2011, las 09h23. V I S T O S: La demanda presentada por el Sr. AGUAGALLO AGUAGALLO EGIDIO ENRIQUE, reúne los requisitos de Ley por lo que se la admite a trámite en juicio Verbal Sumaria, en consecuencia cítese con la demanda y auto recaído en la misma, a la Sra. MOPOSITA CHILUIZA IRMA GERMANIA, por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de las Capitales de las Provincias, de Tungurahua y Pichincha, de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Art. 119 del Código Civil, para que dentro del término de Ley, comparezca a hacer valer los derechos que le asista y señale casillero judicial para sus notificaciones futuras, con apercibimiento en rebeldía.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado para sus notificaciones, como la designación de su defensor y agréguese al proceso la partida de matrimonio adjuntada.- Notifíquese y Cítese.- f) Dr. Rafael Moya Delgado – Juez de lo Civil. Certifico, f) Hernán Cortés Robayo, Secretario.Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer hacer valer sus derechos de los cuales se considere asistido y señale casillero judicial en esta Judicatura para futuras notificaciones. Certifico.Egr. Hernán Cortés Robayo Secretario. Existe firma y sello. A.P./52140/k.m. JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL CITACION JUDICIAL

De manera especial y señalada se convoca al Sr. Ángel Fernando Rodríguez Concha, Comisario Principal.

SR. MARCO GUERRERO PRESIDENTE

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SR. BOLIVAR OCAMPO GERENTE GENERAL A.P./52127/k.m.

AL DEMANDADO SEÑOR LUIS GONZALO SANGUCHO TACO, CON EL JUICIO DE DIVORCIO, PRESENTADO POR EL ACTOR DR. HUGO RAMIRO SALAZAR ALBAN EN SU CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE LA ACTORA BLANCA CECILIA GUAMAN TACO JUICIO: DIVORCIO TRAMITE:VERBAL SUMARIO CUANTIA:INDETERMINADA Juicio No. 2011-0880 JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LATACUNGA. Latacunga, miércoles 21 de diciembre del 2011, las 10h39. VISTOS: Una vez que el actor ha dado cumplimiento

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a lo ordenado en providencia inmediata anterior.- En lo principal, se califica a la demanda que antecede de clara, precisa y reúne los requisitos determinados por la Ley para ser aceptada.- Tramítese en JUICIO VERBAL SUMARIO.- Cítese al demandado señor LUIS GONZALO SANGUCHO TACO, mediante tres publicaciones que se realizarán en uno de los Diarios que se edita en esta ciudad de Latacunga, así como de la ciudad de Quito, mediante ocho días de una a otra, como los dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y 119 del Código Civil.- Como existe un menor procreado en el matrimonio, provéase un Curador Ad Litem, designase al señor Segundo Antonio Guamán, quien representará al menor Yajaira Anahí Sangucho Guamán; disciérnase el cargo el día lunes 9 de Enero del 2012, alas 15h00.- Tómese en cuenta la Cuantía y el casillero Judicial No, 1 que el actor señala para sus notificaciones posteriores, así como al Defensor designado.- Adjúntese al proceso toda la documentación que se acompaña.- Cítese y notifíquese.F) Dr. Marcelo Escobar Lafuente, Juez Segundo de lo Civil. Lo que comunico por Ley. DR. MAURICIO BERRAZUETA MEDINA SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LATACUNGA Firma ilegible Hay un sello F/25400*2385 CITACION JUDICIAL EXTRACTO

Al Sr. MARCO OSWALDO SUAREZ Y ACELGA, se le hace saber. JUZGADO: 1o DE LO CIVIL DE STO. DGO. DE LOS TSÁCHILAS JUICIO: VERBAL SUMARIO DE DIVORCIO #1693-11 ACTORA: MARÍA CARMEN RIVERA CAIZA DEMANDADO: MARCO OSWALDO SUAREZ YACELGA JUEZ: DR EDGARDO LARA AVEROS SECRETARIA: SRA. MARIA ALICIA FAREZ ROMERO EMPLEADO: MMJV PROVIDENCIA JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE SANTO. DOMINGO. DE LOS TSÁCHILAS. Santo Domingo, jueves 12 de enero del 2012, las 15h39. Avoco conocimiento en la presente demanda, en virtud del sorteo realizado.- Previo a proveer sobre lo principal, la actora comparezca a esta judicatura en día y hora hábil y rindan el juramento previsto en el inciso 3° del Art. 82 del C.P.C., aplicable a este trámite.- Hagase saber. f). Dr. Edgardo l.ara JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. Santo Domingo, martes 24 de enero del 2012, las 10h52. VISTOS: Cumplido lo dispuesto en decreto que antecede, a la demanda anterior se la califica como clara y que reúne los demás requisitos legales.- En consecuencia se la acepta al trámite pertinente en Juicio Verbal Sumario de Divorcio, por tanto cítese con el contenido de la demanda y esta providencia al demandado MARCO OSWALDO SUAREZ YACELGA, por la prensa en uno de los

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VIERNES 9 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador

diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad y en la ciudad de Quito, conforme lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 119 del Código Civil, mediando entre una otra publicación ocho días hábiles por lo menos.Agréguese la documentación adjunta.- Tómese en cuenta el Casillero Judicial Señalado por la actora y la autorización dada a su defensora.- Hágase saber. F) Dr Edgardo Lara Averos Lo que comunico a ud. Para los fines legales. Previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casillero Judicial para sus notificaciones posteriores María Alicia Fárez de Cornejo SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS 163596 R. del E. JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE MANABÍ

CITACIÓN JUDICIAL A la señora MIRIAN OFIR LÓPEZ ORTIZ se les hace saber que en este Juzgado Vigésimo Quinto de lo Civil de Manabí, por sorteo de ley le ha tocado el conocimiento de la demanda de Divorcio en su contra, cuyo Extracto de demanda, junto al Auto recaído en ella es del siguiente tenor: ACTOR: SR. HÉCTOR OMAR VELASTEGUI ROJAS DEMANDADA: SRA. MIRIAN OFIR LÓPEZ ORTIZ DEFENSOR DEL ACTOR: ABG. ALICIA SANTANA ORDOÑEZ VÍA: VERBAL SUMARIA CUANTÍA: INDETERMINADA CAUSA No 433-2011 OBJETO DE LA DEMANDA: Que en sentencia se declare disuelto el vinculo Matrimonial que lo mantiene unido a la demandada, fundamentando

su demanda en lo dispuesto en el Art. 110, numeral 11va, inciso Primero del Código Civil Codificado. JUEZ DE LA CAUSA Y AUTO RECAÍDO EN ELLA- Abg. Pedro Cortez Ascencio, Juez Temporal del Juzgado Vigésimo Quinto de lo Civil de Manabí, encargado del despacho según Acción de Personal No 2117 de fecha 01/10/2009, quien en Auto de fecha miércoles 1° de Septiembre del 2011; las 09h33.- Acepto la demanda al trámite; y, ordeno que se cite por la prensa en uno de los Diarios de mayor circulación que se editan en esta Ciudad de Manta, a la demandada señora Mirian Ofir López Ortiz, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 de la codificación del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Art. 119 del Código Civil, por cuanto el actor manifiesta bajo Juramento que desconoce su domicilio actual, se le advierte la obligación que tienen de comparecer a Juicio señalando domicilio legal para posteriores notificaciones en un Casillero Judicial de un Profesional en Derecho en esta Ciudad de Manta; y, que en caso de no comparecer veinte días posteriores a la tercera y última publicación podrá ser considerada o declarada rebelde continuando con el trámite de la causa. Lo que se comunica a usted es para los fines de Ley. Manta, Septiembre 13 del 2011. ABG. HERACLITO ALCÍVAR ROSADO SECRETARIO DEL JUZGADO XXV DE LO CIVIL DE MANABÍ F: 16443ap.

MENORES JUZGADO TERCERO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE

JUDICIAL QUITO

PICHINCHA

Oficio no. 0631-JTNACQ Quito, 08 de marzo del año 2012 CAUSA No. 0248-2012-YF Señor Director del Diario la Hora Presente. Al señor ERAZO GAMBOA LUIS ESTUARDO y al publico en general se le hace saber lo siguiente: ACTOR: PAZMIÑO RAMOS SILVIA ROSENDA D E M A N DA D O : E R A ZO GAMBOA LUIS ESTUARDO ADOLESCENTE: ERAZO PA M I Ñ O K I N B E R LY MICHELLE MENOR: ERAZO PAZMIÑO KEVIN SCOTT CAUSA: PATRIA POTESTAD CUANTIA: INDETERMINADA CAUSA NUMERO: 0248-2012YF JUZGADO TERCERO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO.- Quito, jueves 01 de marzo del 2012. Las 14h35.- ISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda, en mi calidad de Juez Titular, Doctor Hugo Celi Álvarez; póngase en conocimiento de las partes para los fines de ley la razón de sorteo que antecede.- En lo principal, la demanda de SUSPENSIÓN DE LA PATRIA POTESTAD que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos legales por lo que se le acepta a trámite. En consecuencia, CÍTESE con la demanda y auto de calificación al señor ERAZO GAMBOA LUIS ESTUARDO, por tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación, según lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Se le advierte al demandado que debe comparecer a juicio, señalar domicilio judicial y/o dirección del correo electrónico y anunciar las pruebas respectivas conforme dispone el inciso final del Art. Innumerado 34 de la Ley Reformatoria al Título Quinto, Libro Segundo del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, en caso de no comparecer se procederá en rebeldía.- Para efectos de la citación, la señora, PAZMIÑO RAMOS SILVIA ROSENDA,

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ESCAVILLA S.A. De conformidad con lo dispuesto en las pertinentes disposiciones lega­ les y estatutarias, convoco a los accionistas de la compañía ESCAVILLA S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se efectuará el día martes 20 de marzo del 2.012 a las 12h00, en el domicilio de la Compa­ ñía, ubicado en la calle Ignacio de San María E3-30 y Juan González, Edificio Metrópoli, Piso 1, Oficina 105, en la Ciudad de Quito. La Junta convocada deberá conocer, discutir y resolver sobre los puntos contenidos en la siguiente agenda, relacionados con el ejercicio econó­ mico del 2011: 1. Conocimiento y aprobación del Informe de Gerente General del ejercicio económico 2011. 2. Conocimiento y aprobación del Informe de Comisario del ejercicio económico 2011. 3. Conocimiento y aprobación del Balance General y Estado de Resul­ tados del ejercicio económico 2011, y destino de los resultados del ejercicio económico 2011. 4. Nombramiento de Comisario Principal y Comisario Suplente. 5. Designación de Presidente y Gerente General de la Compañía. Los informes de la Administración, del Comisario, y los balances al 31 de diciembre de 2.011, se encuentran a disposición de los accionistas, con quince días de anticipación, en la Gerencia de la Compañía, Av. Amazo­ nas N36-152 y Naciones Unidas. Dr. Juan Fernando Salazar Egas GERENTE

Debe uno ser pobre para conocer el lujo de dar. Eliot, George

concurra esta Judicatura, en horario de 08h30 a 10h00, para retirar el extracto de la demanda y auto recaído- Señálese el casillero Judicial No. 5459 del Dr. Wilson Cabrera Alpala, designado por la parte actora para futuras notificaciones.NOTIFIQUESE Y CITESE.- f) DR. HUGO CELI ALVAREZ. JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley. Atentamente, Dra. Maria Alexandra Paredes SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO TERCERO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE JUZGADO TERCERO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84551/tf

EJECUTIVOs REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A: SOFIA VICTORIA CARPIO GONZALEZ EXTRACTO JUDICIAL ACTOR: ANA MARIA ABARCA SALAZAR DEMANDADO: SOFIA VICTORIA CARPIO GONZALEZ JUICIO EJECUTIVO 20111549-MG CUANTIA: $ 10.000,oo CASILLA JUDICIAL No. 5983 DEFENSOR: Dr. PAVEL PAREDES ALMEIDA FECHA DE INICIO: 08 DE DICIEMBRE del 2011

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 3 de enero del 2012, las 09h06. VISTOS: La demanda que antecede, es clara precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite a trámite ejecutivo.- Se ordena que SOFÍA VICTORIA CARPIO GONZÁLEZ pague la obligación o proponga excepciones en el término de tres días.CÍTESE a la prenombrada Demandada en el lugar indicado.- NOTIFIQUESE. JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 27 de febrero del 2012, las 12h27. Atento el juramento efectuado por la Actora, CÍTESE a la señora SOFÍA VICTORIA CARPIO GONZÁLEZ por la prensa como dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante publicaciones efectuadas en un periódico de circulación nacional.- NOTIFIQUESE. Lo que pongo en conocimiento al público en general, para los fines legales correspondientes. Dr. Juan Pablo Toro Carrillo SECRETARIO JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello AR/85783/cc R del E JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

AVISO JUDICIAL DE REMATE

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA “PENITUS SOLUTIONS CÍA. LTDA”. Por desconocer domicilio actual, se con­ voca a los señores socios de la Compañía “PENITUS SOLUTIONS CÍA. LTDA” a la Junta General Extraordinaria a celebrarse el día 30 de marzo de 2012 a las 16H00, en su domicilio ubicado en la Av. 12 de Oc­ tubre y Luis Cordero Edificio “World Trade Center”, Torre A, Oficina 1105, de esta ciu­ dad de Quito, con arreglo al siguiente ORDEN DEL DÍA: 1. CESIÓN DE PARTICIPACIONES QUE OTORGA EL SEÑOR MARTIN ALBERTO VALERO OCHOA EN FAVOR DE LA COMPAÑÍA ESTADOUNIDENSE PENITUS GLOBAL SOLUTIONS LLC, REPRESENTADA LEGALMENTE POR SU GERENTE GENERAL SEÑOR FREDDY GUERRERO CARVACHE, QUIEN COMPARECE A TRAVÉS DE SU APODERADO GENERAL SEÑOR DARWIN ANÍBAL PANCHI VASCO. 2. RESOLUCIÓN DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMPAÑÍA PENITUS SOLUTIONS CÍA. LTDA. Quito, a 06 de marzo de 2.012.

AR/85800/cc

centímetros, hall y gradas comunales; OESTE: En la longitud de seis metros, cincuenta centímetros, espacio libre (Pasaje Farget); ARRIBA: En las superficies de cincuenta metros cuadrados, tres mil cuatrocientos cuarenta y seis decímetros cuadrados y tres metros cuadrados, trescientos setenta y cinco decímetros cuadrados, la oficina número trescientos dos y bodega de la oficina número trescientos dos; ABAJO: En las superficies de cincuenta metros cuadrados, tres mil cuatrocientos treinta y seis decímetros cuadrados y tres metros cuadrados, trescientos setenta y cinco decímetros cuadrados, oficinas del Mezanine.AREA DE LA OFICINA No. 202: 46.9696 m2 INCLUIDA UNA BODEGA CON UN AREA DE: 3.375m2 AREA DE LA OFICINA No. 202: 46.9696m2. + 3.375m2. = 50.3446m2 TIPO DEL INMUEBLE: Consta de oficina y bodega CARACTERISTICAS DEL TERRENO: Forma: Rectangular; Topografía: Plana; Afectación: Ninguna.AREA DEL TERRENO SEGÚN ALICUOTA: 0.09m2. x 350.00 AVALUO DEL TERRENO: USD. 31.50 EDIFICACIONES: OFICINA, BAÑO Y BODEGA: Ubicada en el primer piso alto del edificio “Rosero” compuesto de seis plantas. CARACTERISTICAS C O N ST R U C T I VA S : C I MI E N TOS : H ormig ón Ciclópeo; ESTRUCTURA: Soportante de Hormigón armado, Plintos unidos a cadenas de cimentación, columnas, vigas; LOSA DE ENTREPISO: Hormigón armado; CIELO RASO: Champeado; PAREDES: Mampostería de ladrillo enlucidas y pintadas

con divisiones de aluminio y vidrio catedral; ASCENSOR: Si tiene; PISOS: Alfombra; VENTANAS: Aluminio y vidrio claro: PUERTAS: Exteriores madera con sus respectivas protecciones de hierro; PIEZAS SANITARIAS: Nacionales; I N S T. ELECTRICAS: Empotradas; I N S T. SANITARIAS: Empotradas; MANTENIMIENTO: Bueno.AVALUO DE LA OFICINA: 50.3446m2. x USD. 385.00 = 19,382.67 USD. CLASIFICACION DEL SECTOR ZONA: Destinado para oficinas y comercio; ENTORNO: Se ubica en el centro de Quito junto al Consejo Provincial de Pichincha; TIPO DE LA ZONA: Consolidada; RED VIAL: Tenemos vías de la trama urbana; INFRAESTRUCTURA PÚBLICA: cuenta con los servicios básicos de: energía eléctrica, agua potable, alcantarillado sanitario, servicio telefónico, transporte público, recolección de basura, calles asfaltadas, aceras y bordillos de cemento; ESTADO DE CONSERVACIÓN: Dentro de las características constructivas y tipo de acabados, la oficina se encuentra en condiciones buenas ya que al momento de la inspección está arrendada y bajo el cuidado del Dr. Patricio Reinoso. AVALÚO DEL TERRENO: USD. 31.50 AVALÚO DE LA OFICINA: USD. 19,382.67 TOTAL: USD. 19,414.17 SON: DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 17/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 30 de enero del 2012, las 16h27.Agréguese a los autos el escri-

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DURALLANTA S.A. De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y los esta­ tutos sociales, convocase a los señores Accionistas de la compañía DURALLANTA S.A., a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar el día Jueves 29 de marzo del año 2012, a las 16h00, en las oficinas de la compañía ubicadas en el inmueble s/n de la Panamericana Sur, Km. 11, sector Guamaní, de esta ciudad de Quito, con el fin de cono­ cer, tratar y resolver sobre los siguientes asuntos: 1. Informe de la Administración, Comisarios y Auditores Externos; así como el Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio Económico 2011. 2. Destino de los resultados obtenidos en el ejercicio económico 2011. 3. Aumento de Capital Sucrito, mediante la reinversión parcial de las utilidades del año 2011, para la adquisición de maquinaria nueva y la respectiva reforma de estatutos sociales de la compañía. 4. Nombramiento de Comisarios. 5. Elección de Auditores Externos para el año 2012. Se convoca de manera especial e individual a los Comisarios y a los Auditores Externos de la Compañía. Los informes, balances y más documentos que serán conocidos por la Junta General se hallan a disposición de los señores Accionistas, en las oficinas de la Compañía, en el mismo lugar donde tendrá lugar la Junta General y donde podrán ser examinados. Quito, a 9 de marzo de 2012.

Freddy Guerrero Gerencia General

Quito, 09 de marzo del 2012.

JUICIO EJECUTIVO No. 08612006 Dra. KJ Se pone en conocimiento del público en general que el día jueves 12 de abril del año 2012 desde las trece horas hasta las diecisiete horas, en la Secretaría de esta Judicatura tendrá lugar el remate del bien inmueble embargado que a continuación se detalla: UBICACIÓN: El bien inmueble se encuentra ubicado en: Calle: Pasaje Andrés Farget- Intersección: Antonio Ante- Predio número: N12-16Sector: Larrea- Parroquia: San Juan- Cantón: Quito- Provincia: Pichincha- Edificio: RoseroAlícuota: 0.03350001000%Predio: 77027- Clave catastral: 10102-15-006.LINDEROS GENERALES DEL EDIFICIO “ROSERO”: NORTE: En la longitud de diez y ocho metros, con calle Antonio Ante; SUR: En la longitud de diez y ocho metros, con propiedad de la Superintendencia de Bancos; ESTE: En la longitud de quince metros ochenta centímetros propiedades de Jorge Arias y Hugo Sancho; OESTE: En la longitud de quince metros cincuenta centímetros pasaje Farget.AREA: doscientos ochenta y tres con treinta metros cuadrados (283.30 m2). LINDEROS DE LAOFICINA SIGNADA CON EL NÚMERO 202 PRIMER PISO ALTO, BAJO EL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL QUE FORMA PARTE DEL EDIFICIO “ROSERO”: NORTE: En las longitudes de seis metros sesenta centímetros y un metro setenta centímetros, la oficina número doscientos tres y hall comunal; SUR: En la longitud de ocho metros, treinta centímetros, propiedad de la Superintendencia de Bancos; ESTE: En la longitud de seis metros, treinta

Gerente General. AR/85770/cc

A.P./52144/k.m.


to presentado.- En atención a lo solicitado por la parte actora y por no existir observaciones al informe pericial presentado por el perito Arq. Lenin Medina se lo aprueba en todas sus partes.- En consecuencia, se señala para el día jueves 12 de abril del año 2012, desde las trece horas hasta las diecisiete horas en la Secretaría de esta Judicatura tenga lugar el remate del bien inmueble embargado, las posturas se recibirán en base a las dos terceras partes del avalúo practicado depositando en dinero en efectivo o en cheque certificado a nombre de esta Judicatura.- Publíquese el extracto en uno de los diarios de mayor circulación y que se editen en esta ciudad de Quito en legal y debida forma, procesase a la colocación de los carteles respectivos, en los lugares más concurridos del Palacio de Justicia de Quito, y dése cumplimiento a todas las formalidades legales.NOTIFIQUESE.Por tratarse del primer señalamiento se recibirán las posturas que cubran como base las dos terceras partes del avalúo aprobado, debiéndose acompañar el 10% del valor de la oferta en cheque certificado a nombre del Juzgado o en dinero en efectivo. Lo pongo en conocimiento al público en general para los fines de ley. Abg. Jorge Mier Burbano Secretario Hay firma y sello

AC/84511/tf R. del E. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

Notificación Judicial A LUIS A L BERTO CONTRERAS SERRANO, se le hace saber que en esta Judicatura se encuentra tramitándose la siguiente acción: ACTOR: Camilo Renán Ponce Benalcázar DEMANDADO: Luis Alberto Contreras Serrano ASUNTO: Cobro Letra de Cambio TRAMITE: Ejecutivo CAUSA: 985-2011 E.M.T. CUANTIA: Seis Mil dólares JUEZ SUPLENTE: Dr. Armando Aceldo Gualli SECRETARIO (E): Dr. Edison Barros Morales TRAMITA: Ab. Efraín Martínez Tapia PROVIDENCIA: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA:- Quito, jueves 20 de octubre del 2011, las 14h00.- VISTOS: Agréguese el escrito presentado, en atención a la petición que antecede, se dispone: La demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos de ley; en consecuencia, dése a la misma el trámite Ejecutivo, conforme lo dispone el Art. 410 del Código de Comercio en concordancia con lo dispuesto en los Arts. 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil.- El señor LUIS ALBERTO

CONTRERAS SERRANO, en el término de tres días, cumpla con sus obligaciones o proponga las excepciones a las que se crea asistido.- Cítese al demandado en la dirección señalada.- Adjúntese la documentación presentada.Téngase en cuenta el casillero judicial señalado.- Notifíquese y Cítese. f).- Dr. Armando Aceldo Gualli. JUEZ. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Quito, lunes 13 de febrero del 2012, las 10h07.- En vista del juramento expreso del actor por el que afirma sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia actual del señor LUIS ALBERTO CONTRERAS SERRANO, cítese por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese y Cítese. f).- Dr. Armando Aceldo Gualli. JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial conforme a ley, para futuras notificaciones. Dr. Edison Barros Morales SECRETARIO (E) Hay un sello A.C./84501 LA R DEL E JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE PASAJEROS EN TAXIS MICROTAXI.S.A.

Convoca a los señores accionistas de la compañía, para que concurran el día 18 de marzo del 2012, a partir de las 09H30 am, en la oficina principal de la compañía ubicada en la PROVINCIA: PICHINCHA CANTON: RU­ MIÑAHUI PARROQUIA: SANGOLQUÍ BARRIO: SELVA ALEGRE CALLE: FRANCISCO GUARDERAS # 206 Y CHECA, donde se llevará a cabo la Junta General Ordinaria de Accionistas. En mérito a nuestros Estatutos Sociales, La Junta General Ordinaria se ins­ talará legalmente con la asistencia de los accionistas que representen más el 50% del capital social, con el fin de tratar el siguiente orden del día. 1. CONOCIMIENTO, APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DE INFORMES DE GERENTE GENERAL DE LOS PERIODOS 2009, 2010 Y 2011; 2. CONOCIMIENTO, APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DE INFORMES DE COMISARIO DE LOS PERIODOS 2009, 2010 Y 2011; 3. CONOCIMIENTO, APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DE LOS ESTA­ DOS FINANCIEROS, DE LOS AÑOS 2009 Y 2010; 4. CONOCIMIENTO, APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DEL DESTINO DE BENEFICIOS DE LOS EJERCICIOS 2009, 2010 Y 2011; 5. CONOCIMIENTO, APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DE LOS LIBROS DE ACTAS Y EXPEDIENTES DE ACTAS DE LA COMPAÑÍA DE LOS PERIODOS 2009, 2010 Y 2011; 6. DESIGNACIÓN DE COMISARIO PARA EL AÑO 2012; 7. CONOCIMIENTO DE BALANCES Y ESTADO DE PÉRDIDAS Y GA­ NANCIAS Y DEMÁS ANEXOS CORRESPONDIENTES AL EJERCI­ CIO ECONÓMICO DEL AÑO 2011; 8. CONOCIMIENTO Y RESOLUCIÓN SOBRE EL AUMENTO DE CAPI­ TAL DE LA COMPAÑÍA; 9. REFORMA DEL ARTÍCULO CUARTO DEL ESTATUTO SOCIAL; 10. REFORMA Y CODIFICACIÓN DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA COM­ PAÑÍA; 11. AUTORIZACIÓN A LOS ADMINISTRADORES PARA EMITIR LIBROS DE ACCIONES Y ACCIONISTAS AUTORIZADOS; Se convoca de manera especial al señor OSWALDO LARA, Comisario de la compañía. Los documentos relacionados con los asuntos a ser conocidos en esta Junta General Ordinaria, se encuentran a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la compañía, de conformidad con la ley de Compañías. Atentamente,

Tres condiciones se requieren para llegar a ser felices: ser imbécil, ser egoísta y gozar de buena salud; pero bien entendido que si os falta la primera condición todo está perdido. G u s tav e F l au v e r t . Escritor francés. CITACION JUDICIAL A: EDGAR RAMIRO CATOTA QUISAGUANO ACTOR: BRUNO MAURICIO GARCIA FREILE y SYLVANA DEL ROCIO PAZMIÑO MALDONADO D E M A N DA D O : EDGAR RAMIRO C ATOTA QUISAGUANO JUICIO: EJECUTIVO No. 16822010-MSN CUANTIA: $ 45.000,oo JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, miércoles 12 de enero del 2011, las 14h20 VISTOS.En virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura avoco conocimiento de la presente causa.- Se califica la demanda de clara precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite Ejecutivo.- En consecuencia cítese con copia la demanda y éste Auto a los demandados señores María Paulina Sánchez Jaramillo y Edgar Ramiro Catota Quisaguano, en el lugar que se indica, a fin de que paguen lo adeudado o propongan excepciones de las que se crean asistidos dentro del término de tres días, para la practica de esta diligencia se enviara suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Para citar al señor Edgar Ramiro Catota Quisaguano se Depreca a uno de los señores Jueces de lo Civil con Jurisdicción en la ciudad de Guayaquil.En mérito al certificado del Registro de la Propiedad presentado y de conformidad con lo establecido en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, se prohíbe a Edgar Ramiro Catota Quisaguano y María Paulina Sánchez Jaramillo, venda, hipoteque o constituya otro gravamen o celebre contrato que limiten el dominio de

los derechos y acciones en el porcentaje que le corresponden del inmueble descritos en el certificado adjunto, para lo cual notifíquese al señor Registrador de la Propiedad de este cantón.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Tómese en cuenta el casillero para sus notificaciones. CITESE Y NOTIFIQUESE.- F) Dr. Iván Cevallos Zambrano -Juez. JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA .Quito, 29 de febrero del 2012, las 13h34 .- Atento el juramento rendido por los accionantes y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil se dispone que se cite al demandado EDGAR RAMIRO CATOTA QUISAGUANO por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, en consecuencia confiérase el extracto correspondiente.- Notifíquese. F) Dr. Rafael Carpio Sánchez - Juez encargado. Lo que comunico y CITO para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación de señalar casillero judicial para futuras notificaciones.Certifico. Dr. Luis Fernando Serrano Meneses SECRETARIO JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO CIVIL PICHINCHA Hay un sello A.C./84498

ORDINARIOs R. del E JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.

CITACIÓN JUDICIAL A PATRICIA ALEXANDRA ORTIZ ESCUDERO. EXTRACTO ACTOR. Raúl Eduardo Acosta

CITACION JUDICIAL A GODOY GUERRON VLADIMIR LEONID y GODOY RAMOS MARIANELA DEL CONSUELO ACTOR. DIEGO PATRICIO BURBANO BAEZ

De Conformidad con los estatutos sociales de la Compañía y las disposiciones pertinentes de la ley, se convoca a los señores accionistas de la Compañía VALSOLAR ECUADOR S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionis­ tas que tendrá lugar el día lunes 19 de marzo, desde las 9:30 de la mañana, en la siguiente dirección: Av. 12 de octubre N26-97 y Abraham Lincoln, piso 8 del Edificio Torre 1492, de esta ciudad de Quito, para conocer y resolver sobre el siguiente orden del día: • Conocimiento y Resolución sobre la remo­ ción del Gerente General de la empresa. • Conocimiento y resolución sobre la renuncia de Presidente. • Conocimiento y Resolución sobre la desig­ nación del nuevo Gerente General de la em­ presa. • Conocimiento y resolución sobre la designa­ ción de Comisario Principal y Suplente de la empresa

Revista judicial VIERNES 9 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador DEMANDADA: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SR. GABRIEL ARNOLDO GODOY BAEZ y GODOY GUERRON VLADIMIR LEONID y GODOY RAMOS MARIANELA DEL CONSUELO CAUSA No. 2011-1027- L. S. TRAMITE.- ORDINARIO CUANTÍA. INDETERMINADA Defensor del actor: AB. ANGEL PILCO Iniciado el 08 DE AGOSTO del 2011 PROVIDENCIA. JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 2 de septiembre del 2011, las 11h07.- VISTOS.- En calidad de Jueza Encargada mediante Of. No. 2217-DP-DPP de 30-08-2011 avoco conocimiento de la presente causa. Por cumplido lo dispuesto en providencias anteriores y en lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. Con la demanda y providencia recaída, córrase traslado a los demandados señores: GODOY ANDRADE ARNOLDO XAVIER, GODOY ANDRADE ASDRUBAL SEGUNDO, GODOY ANDRADE BERTHA ELIZABETH, GODOY GUERRON VLADIMIR LEONID, GODOY RAMOS MARIANELA DEL CONSUELO y GODOY BAEZ GABRIEL ARNOLDO en sus calidades de herederos conocidos del señor GABRIEL ARNOLDO GODOY BAEZ y a los herederos presuntos y desconocidos del mismo por el término de quince días con apercibimiento en rebeldía. Cítese a la demandados en el lugar indicado para el efecto, a cuyo objeto el peticionario proporcione copias para la elaboración de las boletas respectivas y a los herederos presuntos y desconocidos en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA VALSOLAR ECUADOR S.A.

ARTPARQUET S.A. CONFORME LO PRESCRITO EN EL ART. 236 DE LA LEY DE COMPAÑÍAS, CONVO­ CASE A LOS ACCIONISTAS DE ARTPAR­ QUET S.A. A LA JUNTA GENERAL EX­ TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS QUE TENDRÁ LUGAR EL DÍA VIERNES 23 DE MARZO DEL 2012, A LAS 10H00, EN LAS OFICINAS DE LA COMPAÑÍA UBICADAS EN LA CALLE CHIMBORAZO No. 705 Y PAMPITE, CUMBAYÁ, PARA TRATAR EL UNICO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA: •

CONOCER LA RENUNCIA PRESEN­ TADA POR LA PRESIDENTA DE LA COMPAÑÍA Y NOMBRAR SU REEM­ PLAZO

POR TRATARSE DE LA PRIMERA CONVO­ CATORIA, LA JUNTA SE INSTALARÁ CON LA PRESENCIA DE LA MITAD DEL CAPI­ TAL PAGADO DE LA COMPAÑÍA. Quito, marzo 08 del 2012. JOSEF APPEL GERENTE GENERAL

OLIVIER BECHU PRESIDENTE A.P./52126/k.m.

EXTRACTO JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CONVOCATORIA

Quito, el 07 de marzo de 2012

HECTOR GUSTAVO DIAZ RUIZ GERENTE GENERAL

Riascos D E M A N DA DA . Pa t r i c i a Alexandra Ortiz Escudero. JUICIO. ORDINARIO. No.16202011 -IGMT RA M I T E . ORDINARIO CUANTIA. USD. 6.000,oo DOMICILIO. Casillero Judicial No.2513 del Dr. Pablo Cevallos Fonseca. OBJETO. Cobro de dinero. PROVIDENCIA. JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 1 de febrero del 2012, las 10h08.- VISTOS.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales. En consecuencia aceptándose al trámite ordinario, se dispone correr traslado con el contenido de la misma y esta providencia a la demandada PATRICIA ALEXANDRA ORTIZ ESCUDERO, a fin de que en término de quince días proponga conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias a que se crea asistida, bajo apercibimiento en rebeldía. Para el efecto, cítesele a través de la prensa en la forma prevista en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil; esto, atento el juramento rendido por el actor. Tómese nota del casillero señalado por el accionante y agréguense los documentos presentados, mismos que se desglosarán en la forma y modo peticionado. Cítese y Notifíquese. f) Dr. Mario Ortíz Estrella. Juez. LO QUE COMUNICO Y CITO A USTED, PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES, PA RA R EC I B I R SUS NOTIFICACIONES, SIRVASE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO COMO DISPONE LA LEY. DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA SECRETARIO Hay un sello A.C./84541

AC/84556tf

AR/85797/cc

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en esta ciudad de Quito conforme al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Cuéntese en la presente causa con el señor Agente Fiscal Distrital de Pichincha. Téngase en cuenta el Casillero Judicial señalado. Téngase en cuenta el Casillero Judicial señalado. Agréguese al proceso los documentos adjuntos. Notifíquese. f).- DRA. ESPAÑA GONZAGA RIOFRIO, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL (E). JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, jueves 16 de Febrero del 2012 del 2012, las 15h58.- En atención a lo solicitado, al juramento rendido por el actor y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito a los señores GODOY GUERRON VLADIMIR LEONID y GODOY RAMOS MARIANELA DEL CONSUELO. Notifíquese. f).- DRA. MARIA MERCEDES PORTILLA, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. DR. LUIS RON VILLAVICENCIO SECRETARIO (E) A.C./84542 R. DEL E.

NOTIFICACIÓN JUDICIAL A los presuntos y desconocidos herederos de Pedro Celestino Heredia Silva y Maria Rosa Celina Cepeda Peralbo, previniendoles de la obligación de señalar casillero judicial en este proceso para los fines de Ley. EXTRACTO JUICIO: Ordinario N. 20080851-jp, ACTOR: Berta Lugo Duarte DEMANDADOS: Pedro Heredia Silva y Maria Cepeda Peralbo AS U N TO : Ordinario Reivindicatorio TRAMITE: Ordinario DOMICILIO DE LOS ACTORES. Casillero 1875 del Dr. Silvio Enriquez Rosero. PROVIDENCIA: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA. SEGUNDA SALA DE LO CIVIL Y MERCANTIL.Quito, viernes 24 de febrero del 2012, las 11h25... cuentese con los comparecientes en calidad de invocada y conforme lo justifican de los anexos adjuntos, asi como la designación de su abogado defensor, los mismos que, notifiquen mediante una sola publicación por la prensa en la forma y con los efectos previstos en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a los presuntos y desconocidos herederos de Pedro Celestino Heredia Silva y María Rosa Celina Cepeda Peralbo. Notifíquese. Fdo) Dr. Paúl Pacheco. Conjuez. Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniendoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial para sus notificaciones dentro de este proceso. Dra. Rita Ordóñez Pizarro. SECRETARIA RELATORA DE LA SEGUNDA SALA CIVIL Y MERCANTIL DE LA CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84552/tf

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Revista judicial C6

VIERNES 9 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador

R. DEL E. JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A LOS SEÑORES DOUGLAS OSWALDO MONCAYO OLEAS Y BLANCA IRENE MONCAYO OLEAS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ART. 82 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL ACTOR: DR. OSWALDO ALEXIS MONCAYO AGUIAR D E M A N DA D O : SEÑOR DOUGLAS O S WA L D O MONCAYO OLEAS Y BLANCA IRENE MONCAYO T RA M I T E : ORDINARIO P R E S C R I P C I O N EXTRAORDINARIO ADQUISITIVA DE DOMINIO JUICIO: ORDINARIO No. 107811. na. CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA: JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 14 de septiembre del 2011. Las 10h10.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la acepta a trámite en Juicio ORDINARIO.- En consecuencia córrase traslado por el término legal de quince días, que comenzará a decurrir a partir de la fecha de citación, con el escrito de demandada y esta providencia a los demandados DOUGLAS OSWALDO Y BLANCA IRENE MONCAYO OLEAS, a fin de que contesten proponiendo las excepciones a las que se crean asistidos de conformidad con lo dispuesto en el Art. 397 del Código de Procedimiento Civil codificado bajo apercibimiento en rebeldía. Cítese a los demandados mediante tres publicaciones realizadas en uno de los Diarios de mayor circulación de esta Ciudad de Quito, ya que con juramento declara sobre el desconocimiento del actual paradero o residencia de los demandados, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Cuéntese con los personeros del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, esto es Alcalde y Procurador Síndico.Inscríbase la presente demanda en el Registro de Propiedad del Cantón Quito. Agréguese al proceso la documentación adjunta. Téngase en cuenta el domicilio y casilla judicial señalada por el actor y la calidad en que comparece.- Notifíquese.f) DR. GERMAN GONZALEZ DEL POZO. (JUEZ) Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, previniendoles de la obligación que tienen de señalar Casillero Judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro legal. Certifico. DR. GALO BAEZ JAIME SECRETARIO Hay firma y sello AC/84113/tf JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL A: los demandados señores EULALIA HILDA FIERRO DIAZ Y RODRIGO ALEJANDRO GUZMÁN FIERRO, JOSE RODOLFO, GONZALO EFRAIN, RAUL MARIA Y MIGUEL ANGEL GUZMÁN ORTEGA y a

los herederos, presuntos y desconocidos del causante señor MIGUEL ANGEL GUZMÁN MORILLO. ACTORES: MANUEL ROLANDO JATIVA LUNA Y LUZ AMERICA COELLO ACOSTA. DEMANDADOS: señores EULALIA HILDA FIERRO DIAZ Y RODRIGO ALEJANDRO GUZMÁN FIERRO, JOSE RODOLFO, GONZALO EFRAIN, RAUL MARIA Y MIGUEL ANGEL GUZMÁN ORTEGA y los herederos, presuntos y desconocidos del causante señor MIGUEL ANGEL GUZMÁN MORILLO. JUICIO: ORDINARIO No. 11182011- C. M. TRAMITE: ORDINARIO C UA N T I A : $ 5 0.0 0 0 DOLARES FECHA DE INICIACIÓN: 8 DE DICIEMBRE DE 2011. PROVIDENCIA JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Quito, jueves 8 de diciembre del 2011, las 08h17.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez titular de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Es procedente el trámite ordinario que se solicita, en consecuencia, córrase traslado con la demanda y esta providencia a los señores HILDA FIERRO, RODRIGO GUZMÁN FIERRO, JOSE RODOLFO, GONZALO EFRAIN, RAUL MARIA Y MIGUEL ANGEL GUZMÁN ORTEGA, VICENTE OSORIO SALAZAR Y MARIANA FABIOLA GARCIA YANEZ y a los herederos, presuntos y desconocidos del causante señor MIGUEL ANGEL GUZMÁN MORILLO, a fin de que contesten en el término de quince días de ser citados legalmente, bajo apercibimiento en rebeldía. Inscríbase la presente

JUDICIAL QUITO

demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón. Cítese a los demandados señores VICENTE OSORIO SALAZAR Y MARIANA FABIOLA GARCIA YÁNEZ en el lugar que se indica, para lo cual se comisiona al señor Teniente Político de la parroquia Tumbaco. De conformidad con lo previsto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y al juramento rendido por los actores de la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia, se dispone citar a los demandados señores HILDA FIERRO, RODRIGO GUZMÁN FIERRO, JOSE RODOLFO, GONZALO EFRAIN, RAUL MARIA Y MIGUEL ANGEL GUZMÁN ORTEGA y a los herederos, presuntos y desconocidos del causante señor MIGUEL ANGEL GUZMÁN MORILLO, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito. Cuéntese en la presente causa con los Personeros del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por los comparecientes.NOTIFIQUESE. f).- DR. RAUL MARIÑO HERNÁNDEZ, JUEZ. JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Quito, jueves 15 de diciembre del 2011, las 08h14.- VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado. Atenta la petición que antecede, se amplia la providencia de fecha jueves 8 de diciembre de 2011, en el sentido de que los nombres completos de los demandados son: EULALIA HILDA FIERRO DIAZ Y RODRIGO ALEJANDRO GUZMÁN FIERRO.NOTIFIQUESE. f).- DR. RAUL MARIÑO HERNÁNDEZ, JUEZ Lo que comunico a ustedes para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones que les corresponda. DR. MANUEL AMON MEDINA SECRETARIO Hay un sello A.C./84514 ========

AC/84510/tf

Si hay algo que odie más que el que no me tomen en serio, es que me tomen demasiado en serio. B i l ly W i l d e r . Director de cine austriaco. JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO

CITACIÓN JUDICIAL PARA: AGRIPINA MORA BOLAÑOS JUICIO: 1521-2010-C.I. ORDINARIO ( IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD) ACTOR: JORGE HUMBERTO CALDERON HERNANDEZ DEMANDADO: AGRIPINA MORA BOLAÑOS OBJETO: Con fundamento en lo dispuesto en el Art. 233, y mas del Codigo Civil Vigente, se demanda a Agripina Mora Bolaños la impugnación de la paternidad. TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: INDETERMINADA ABOGADO PATROCINADOR: Raul Mantilla Lasso CASILLERO: Mat. Prof. 3223 C.A.P. PROVIDENCIA JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, martes 23 de noviembre del 2010, las 17h32.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y en calidad de Juez Suplente mediante Oficio Nro. 012-DDP-JAR del 24/01/2005.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales por lo que se la admite a trámite Ordinario.- En consecuencia se dispone citar con el contenido de la demanda y este auto en el lugar señalado a la señora AGRIPINA MORA BOLAÑOS, a fin de que dentro del término legal de quince días conteste

A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES Y TURISMO “VANSEXPRES” S.A. A celebrarse el día Domingo 25 de Marzo del 2012, a las 9h00 en Conocoto, Local de Liga Deportiva Barrial San Juan, ubicado en la calle Miguel Náje­ ra OEA-S10A y Leonidas Plaza; con el siguiente orden del día: 1.- Constatación del quórum. 2.- Informe del Presidente Ejercicio 2011. 3.- Informe del Gerente Ejercicio 2011. 4.- Informe y Aprobación del Comisario Ejercicio 2011. 5.- Aprobación del Balance 2011. 6.- Resolución de Distribución de Beneficios So­ ciales. Se convoca de manera especial al Lcdo. Mesías Dávila, Comisario de la Compañía. Nota: Los Balances se encuentran en la Oficina de la Compañía a disposición de todos los socios accionistas. Quito, 09 de Marzo del 2012 Sr. Hugo Salazar GERENTE GENERAL Sr. Patricio Guerrón PRESIDENTE A.C./84544

AVISO JUDICIAL DE REMATE JUICIO EJECUTIVO Nro. 3052008-KM SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE EL DÍA MIERCOLES ONCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOCE, DESDE LAS TRECE HASTA LAS DIECISIETE HORAS EN LA SECRETARÍA DEL JUZGADO TENDRÁ LUGAR EL REMATE, DEL BIEN INMUEBLE EMBARGADO, CUYAS CARACTERÍSTICAS Y DEMÁS ESPECIFICACIONES A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: A. U B I CAC I Ó N DEL INMUEBLE El inmueble se ubica en la provincia de Pichincha, cantón Quito, parroquia Kennedy según el plano actual de la ciudad de Quito, anterior parroquia Cotocollao, Av. Eloy Alfaro, lote 147, Edificio Portezuelo II, Torre 3, Bloque 2, Departamento 15. El inmueble se ubica en la Av. Gral. Eloy Alfaro en sentido de Sur a Norte, margen izquierdo, pasando 600 metros la calle Juan Molineros (calle de entrada al Comité del Pueblo # 1) y 100 metros antes de la compañía DHL. D. DATOS DEL INMUEBLE UBICACIÓN DEL INMUEBLE TORRE 3, BLOQUE 2, EDIFICIO PORTEZUELO II Inmueble constituido por Departamento 15 Terraza de servicio del Departamento 15 Parqueadero 8 Nivel N + 2,60 N + 20,80

muros, fosa de ascensor Materiales de construcción: Mampostería: Bloque, mortero de arena-cemento, paleteado Instalaciones eléctricas: Solo manguera de plástico para el cableado Instalaciones sanitarias: Solo tubería de conducción de aguas servidas G. INFRAESTRUCTURA URBANA Y SERVICIOS El inmueble dispone de la siguiente infraestructura urbana y servicios: Alcantarillado Agua potable (falta acometida al departamento, sin medidor) Energía eléctrica (solo tubería de conducción, sin cableado, sin medidor) Avenidas y calles asfaltadas Veredas Alumbrado público Servicio telefónico Servicio de recolección de basura Servicio de transporte público H. SERVICIOS COMUNALES Y EQUIPAMIENTO Sin ascensor, solo fosa de ascensor Gradas y áreas de circulación, en obra gris Cerramiento sin terminar Patios de tierra, sin áreas verdes Servicio de portería, totalmente deficiente Entrada de acceso vehicular a control remoto I. AVALÚO AVALÚO DEL INMUEBLE Denominación Departamento 15 Terraza de servicio Parqueadero 8 Superficie 74,39 m2 5,25 m2 11,52 m2 AVALÚO Valor unitario

COMPAÑÍA DE TRANSPORTE,

CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO LOS CIPRESES

TURISMO PAULO VI

CONVOCATORIA

COTRANSPAULO S.A.

R. DEL E.

CONVOCATORIA

proponiendo todas y cada una de las excepciones dilatorias y perentorias de las que se crea asistido.- agréguense a los autos la documentación adjunta.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el Actor para posteriores notificaciones.CITESE Y NOTIFIQUESE. f) Dr. Reynaldo Flor Alvarado. Juez (S) AMPLIACIÓN JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, martes 28 de febrero del 2012, las 10h21.- A fin de proseguir con la tramitación de la presente causa, en mérito del juramento rendido por el Actor sobre la imposibilidad de determinar la individualidad y residencia de la demandada, cítese a la demandada señora AGRIPINA MORA BOLAÑOS por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad y en la forma determinada por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Actúe el Dr. Luis Chulde Ruano en su calidad de Secretario Encargado de esta Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Reynaldo Flor Alvarado. Juez (S). Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus notificaciones. CERTIFICO. DR. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO ENCARGADO Hay firma y sello

REMATES República del Ecuador JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

N – 2,80 Superficie 74,39 m2 5,25 m2 11,52 m2 alícuota 1,8559 % 0,1310 % 0,2873 % Linderos / Longitud / Colindante Norte 15,25 m Vacío Sur 15,25 m Departamento 14, ducto y hall Este 5,85 m Ducto y hall Oeste 5,85 m Vacío Arriba 74,39 m2 Departamento 21 Abajo 74,39 m2 Departamento 9 y vacío Norte 3,00 m Terraza comunal Sur 3,00 m Vacío Este 1,80 m Terraza de servicio del Departamento 14 Oeste 1,80 m Terraza de servicio del Departamento 20 Arriba 5,25 m2 Vacío Abajo 5,25 m2 Departamento 40 Norte 4,80 m Área de circulación vehicular Sur 4,80 m Muro Este 2,50 m Parqueadero 14 Oeste 2,50 m Área de circulación peatonal Arriba 12,00 m2 Área recreativa Abajo 12,00 m2 Suelo natural Observaciones: El Departamento 15 está unificado físicamente con el Departamento 14 Construcción de obra gris sin terminar: Avance de obra gris u obra muerta 70% Avance de obra viva u obra terminada 0% E. E ST R U C T U R A Y M AT E R I A L E S DE CONSTRUCCIÓN Estructura del Edificio: Hormigón armado; cimientos, columnas, cadenas, vigas, gradas, losas de entre pisos,

Quito, 6 de marzo de 2012.

De conformidad con lo dispuesto por la ley de Compañías y nuestro Estatuto; SE CONVOCA a los señores Accionistas de la Compañía de Transporte, Turismo Pau­ lo VI “COTRANSPAULO S.A.” a la JUNTA GENERAL ORDINARIA, que se llevará a cabo el día Sábado 17 de Marzo de 2012 a las 11:00 a.m., en la oficina de la Com­ pañía ubicada en la Calle Jacinto Coll­ ahuazo Oe3-180 y Jambeli, de la ciudad de Quito, para tratar el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Constatación del paquete accionario Informe de Presidencia Informe de Gerencia Informe de Comisarios Aprobación de Balance de 2011 Aprobación de Presupuesto 2012 Lectura de los oficios Recibidos y Entregados

Se solicita de manera especial la presen­ cia de los señores comisarios Sr. Trujillo José Luis y al Dr. Regalado Pablo.

De acuerdo al Art. 23 de los Estatutos y Art. 58 de los Regla­ mentos Vigentes, se CONVOCA a los socios propietarios del Club Social y Deportivo Los Cipreses, a Asamblea General Ordinaria, que se llevará a cabo el día sábado 31 de marzo de 2012 a las 09H00, en las instalaciones del Club, ubicadas en las calles Sebastián de Benalcázar y José María Egas es­ quina, Sector la Armenia, Conocoto para tratar el siguiente orden del día: 1. Lectura y aprobación del Acta de las Asamblea General Ordinaria de socios realizada el sábado 26 de marzo del 2011 2. Conocimiento y Aprobación de informe Fiscalizador.

3. Conocimiento y Aprobación de informe de Presidencia. 4. Conocimiento y Aprobación de informe de Tesorería.

5. Conocimiento y Aprobación de Estados Financieros 2011. 6. Conocimiento y Aprobación de Informe de Comisiones. 7. Varios.

NOTA: Según el Art. 27 de los Estatutos, de no existir el quo­ rum reglamentario a la hora señalada, La Asamblea se ins­ talará una hora mas tarde, con el número de socios activos asistentes.

Sr. Lcdo. Mario Pilco PRESIDENTE

Atentamente, Consuelo Camacho H. Presidente

Sr. Ing. Byron López GERENTE GENERAL

Gabriela Sánchez Secretaria AR/85785/cc

AC/84554/tf


$ 180 c/m2 $ 75 c/m2 $ 120 c/m2 Avalúo Parcial $ 13.390,20 $ 393,75 $ 1.382,40 AVALÚO TOTAL $ 15.166,35 Son: Quince mil ciento sesenta y seis dólares con 35/100 centavos. El remate tendrá como base de las dos terceras partes del avalúo aprobado por tratarse de primer señalamiento, al que deben acompañar el diez por ciento de la oferta en dinero efectivo o cheque certificado a nombre del Juzgado. Lo que comunico al público en general para los fines de Ley.- Certifico. Dr. Nilo Gonzalo Almachi SECRETARIO JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello AR/85613/cc

SOCIEDAD CONYUGAL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACION JUDICIAL CITASE con el siguiente EXTRACTO DE LA DEMANDA DE DISOLUCION DE SOCIEDAD CONYUGAL a: SEGUNDO SEBASTIAN PUMARICA PAILLACHO ACTOR: MARIA JUANA GUAMBI UTRERAS DEMANDADO: SEGUNDO SEBASTIAN PUMARICA PAILLACHO JUICIO: D I S O LU C I O N SOCIEDAD CONYUGAL- 20110892-J.T. CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: ESPECIAL OBJETO DE LA DEMANDA: DISOLVER LA SOCIEDAD CONYUGAL PROVIDENCIA: JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.-

QUITO, martes 9 de agosto del 2011, las 11h49. VISTOS: La demanda de DISOLUCION DE SOCIEDAD CONYUGAL que presenta MARIA JUANA GUAMBI UTRERAS, en contra de SEGUNDO SEBASTIAN PUMARICA PAILLACHO, reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la acepta al trámite correspondiente por la vía Especial, prevista en los Arts. 813 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Con el contenido de la demanda y esta providencia, Atenta la aseveración juramentada de la accionante en el sentido de que le ha sido imposible determinar la residencia o individualidad del demandado, se dispone CITAR con un extracto de la demanda y esta providencia, a través de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, a SEGUNDO SEBASTIAN PUMARICA PAILLACHO, para que en el término de tres días, conteste la

SEGUNDA CONVOCATORIA

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE INVERSIONISTAS TRAMO II FIDEICOMISO MERCANTIL IRREVOCABLE “PRIMERA TITULARIZACIÓN CARTERA AUTOMOTRIZ- UNIFINSA” Conforme lo establecido en la Cláusula Duodécima del Contrato del Fideico­ miso Primera Titularización Cartera Automotriz Unifinsa, constituido el primero de diciembre de dos mil diez nos permitimos realizar a Ustedes la Segunda convocatoria a la Asamblea Extraordinaria de Inversionistas que tendrá lugar el lunes 19 de marzo de 2012 a las 11h00 en las oficinas de Morgan & Morgan, Fiduciary & Trust Corporation S.A. “Fiduciaria del Ecuador”, Sucursal Quito, ubicadas en las Av. De los Shyris y Suecia, edificio Renazzo Plaza primer piso oficina 103. Se tratará los siguientes puntos: 1. 2. 3.

Antecedentes de los convocatorias realizadas a los inversionistas del TRAMO II Designación de tres miembros adicionales para que integren el COMI­ TÉ DE VIGILANCIA, en representación de los INVERSIONISTAS en VALORES del segundo tramo. Varios.

Para que la ASAMBLEA pueda reunirse y decidir válidamente, será necesaria la concurrencia de INVERSIONISTAS que representen el 50% + 1 de la totalidad de VALORES en circulación. En caso que no se obtuviere tal quórum dentro de los sesenta (60) minutos posteriores a la hora fijada en dicha convocatoria, la FIDUCIARIA declarará que no procede la ASAMBLEA por falta de quórum, de lo cual dejará constancia en un acta levantada para tal efecto. La FIDUCIARIA, considerando que luego de publicada la primera convocatoria no existió el quórum necesario para instalar la Asamblea se procede a efectuar una segunda convocatoria, cumpliendo con las disposiciones de publicación antes establecidas, en lo que fuere aplicable. La ASAMBLEA correspondiente a esta segunda convocatoria podrá reunirse y decidir válidamente, en el lugar y hora señalados en la convocatoria correspondiente, con el número de INVER­ SIONISTAS concurrentes, independientemente del TRAMO al que correspon­ dan. Esta disposición deberá quedar expresamente advertida dentro del texto de la segunda convocatoria. Los INVERSIONISTAS podrán concurrir a las ASAMBLEAS, personalmente o representados mediante poder o carta-poder. Cada US$ 1.00 (Un dólar de los Estados Unidos de América) contenido dentro de un VALOR, dará derecho a voz y a un (1) voto dentro de la ASAMBLEA. Todas las resoluciones de la ASAMBLEA se tomarán por mayoría simple de votos. Quito, 09 de marzo de 2012 p. FIDEICOMISO MERCANTIL IRREVOCABLE “PRIMERA TITULARIZACION CARTERA AUTOMOTRIZ-UNIFINSA” MORGAN & MORGAN, FIDUCIARY & TRUST CORPORATION S.A. “FIDUCIARIA DEL ECUADOR” ING. ALEJANDRO CUADRADO CARDENAS APODERADO ESPECIAL

La juventud es inmoderada en sus deseos. Émile Zola. Novelista francés.

demanda o formule las excepciones que se crea asistido de conformidad con el Art. 814 del Código de Procedimiento Civil.- Elabórese el extracto correspondiente.- Agréguese al proceso la documentación presentada.- Regístrese la casilla judicial No. 3776 que señala la demandante para recibir sus notificaciones.CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) DR. MARIO ORTIZ ESTRELLA.JUEZ Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley. Atentamente, DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA SECRETARIO Hay firma y sello AC/84313/tf

VARIOS JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A FRANCISCO JAVIER NAVAS RUSSO EXTRACTO JUICIO: E S P E C I A LPARTICION AC TO R : DR. JUAN CARLOS CISNEROS VITERI, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE LA ABG. EFIGENIA WITT PROCURADORA JUDICIAL DE LA SEÑORA ALICIA PAULINA DEL CARMEN GUTIÉRREZ WITT DEMANDADA: FRANCISCO JAVIER NAVAS RUSSO TRÁMITE: ESPECIAL CAUSA No. 1630-2011-AL CUANTÍA.: USD $ 236.873,20 “JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 7 de febrero del 2012,

las 10h53, VISTOS. Por cumplido lo ordenado en providencia inicial se dispone: La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el Art. 642 del Código de Procedimiento Civil y Art. 200 del Código Civil vigentes, concédese a las partes el término de quince días para que presenten todas las cuestiones previas cuya resolución fuere necesaria para llevar a cabo la partición de los bienes de la extinta Sociedad Conyugal. En vista del juramento expreso de la parte actora, por el que afirma sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia actual de Francisco Javier Navas Russo, cítese por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de ésta ciudad de Quito, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para el efecto, confiérase el extracto correspondiente.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se remitirá atento Oficio, para los fines legales pertinentes.- Cuéntese con el Alcalde y Procurador Síndico del Distrito Metropolitano de Quito, a quienes se los citarán legalmente.- Agréguese al proceso la documentación adjunta; tómese en cuenta el casillero judicial señalado.Notifíquese.- Dr. Julio César Amores Robalino.- Juez. Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones.Atentamente, DR. JORGE PALACIOS H. SECRETARIO Hay un sello AR/85644/cc

EXTRACTO JUDICIAL A los señores ANGEL GIOVANNI, E S M E R A L DA L EO N O R y FERNANDO HOMERO FLORES TAMAYO, se les hace conocer EL EXTRACTO DE DEMANDA DE INVENTARIOS y la PROVIDENCIA que a continuación sigue: ACTO R ES : L EO N A R D O PATRICIO y SILVANA JANETH FLORES TAMAYO D E M A N DA D O : ANGEL GIOVANNI, ESMERALDA LEONOR y FERNANDO HOMERO FLORES TAMAYO ASUNTO: INVENTARIOS CUANTÍA: Indeterminada TRÁMITE: Especial FECHA DE INICIACIÓN: 20 de mayo del 2011 CAUSA: Inventarios N.-6552011—DR. EDISON BARROS JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 4 de julio del 2011, las 16h07. VISTOS: La competencia de esta causa se ha radicado en esta judicatura en virtud del sorteo realizado por lo tanto avoco conocimiento de la misma.- En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia dese a la misma el trámite previsto en la Sección Séptima del Título II, Libro Segundo del Código de Procedimiento Civil.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 252 ibidem, nombrase como perito al Ing. Francisco Herrera (099494192) a fin de que proceda al inventario de los bienes dejados por los causantes HOMERO ANGEL FLORES GUERRERO y DORA MATILDE TAMAYO CEVALLOS.- Atento al juramento rendido por los actores de conformidad a lo dispuesto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil cítese a los presuntos herederos conocidos y desconocidos de los acusantes Homero Angel Flores Guerrero y Dora Matilde Tamayo Cevallos por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en esta ciudad.- Cítese a los demandados FERNANDO HOMERO, ARIEL GONZALO, ES M E RA L DA L EO N O R, RODRIGO ALONSO, ANGEL

“CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ESCAVILLA S.A. De conformidad con lo dispuesto en las pertinentes disposiciones legales y estatutarias, convoco a los accionistas de la compañía ESCAVILLA S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionis­ tas, que se efectuará el día martes 20 del mes de Marzo del 2.012 a las 15h00, en el domicilio de la Compañía ubicado en la Calle Ignacio de San María No. E30-30 y Juan Gonzáles, Edificio Me­ trópoli, Piso 1, Oficina 105, de la ciudad de Quito. La Junta con­ vocada deberá conocer, discutir y resolver sobre el punto del día contenido en la siguiente agenda: 1. CONOCER Y RESOLVER SOBRE LA FUSIÓN POR AB­ SORCIÓN DE CENTROS COMERCIALES DEL ECUADOR C.A. (ABSORBENTE) CON LAS COMPAÑIAS ESCAVILLA S.A.; Y SERMAINC CIA. LTDA. (ABSORBIDAS). 2. CONOCER Y APROBAR LAS BASES DE OPERACIÓN DE LA FUSIÓN. 3. CONOCER Y APROBAR LA DISOLUCIÓN ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA ESCAVILLA S.A., SIN ENTRAR EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN, EN VIRTUD DE LA FUSIÓN POR ABSORCIÓN PLANTEADA.

VIERNES 9 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador GEOVANNI, MARIA LORENA, SANDRA ELIZABETH y DIANA SALOME FLORES TAMAY0, en los lugares indicados para el efecto.- Cuéntese con el señor Director General del Servicio de Rentas Internas S.R.I.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada.NOTIFIQUESE.- f) Dr. Armando Aceldo Gualli JUEZ. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 16 de febrero del 2012, las 15h39. Agréguese al proceso los escritos presentados, atento al juramento rendido por los actores de conformidad a lo dispuesto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los demandados ANGEL GEOVANNY, RODRIGO ALFONSO, ESMERALDA LEONOR y FERNANDO HOMERO FLORES TAMAYO, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en esta ciudad.- Téngase en cuenta lo manifestado por el Econ. Efrain Marcelo León Jara en su calidad de Director Regional Norte del Servicio de Rentas Internas, así como también la casilla judicial señalada por el mismo para recibir futuras notificaciones.NOTIFIQUESE.- f) Dr. Armando Aceldo Gualli JUEZ. Lo que comunico a usted de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial en el Palacio de Justicia de esta ciudad para recibir futuras notificaciones.Quito, 7 de marzo del 2012. Dr. Francisco Justicia SECRETARIO Hay un sello AR/85782/cc LA REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

AVISO JUDICIAL

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SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL, QUE EN ESTA JUDICATURA SE HA S O L I C I TA D O LA INSCRIPCIÓN DE ESCRITURA. JUICIO INSCRIPCIÓN DE ESCRITURA No 2011-811-DG ACTOR: CHICAIZA CARLOS, CHICAIZA CESAR, CHICAIZA ELSA CHICAIZA ANALUISA DEMANDADO: REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DE QUITO-ECUADOR Y QUIENES PUEDEN TENER INTERES EN OPONERSE. TRAMITE: ESPECIAL OBJETO: INSCRIPCIÓN DE LA MENCIONADA ESCRITURA QUE CONTIENE EL CONTRATO DE ADJUDICACIÓN DEL LOTE DE TERRENO QUE FUE ADQUIRIDO POR NOVENTA PERSONAS. CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIAS JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 5 de julio del 2011, las 08h12.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en vista de sorteos realizado En lo principal. En lo principal; la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, siendo procedente el trámite Sumario. Córrase traslado con el escrito de demanda y esta providencia al demandado DR. JOSE WASHINGTON BONILLA ABARCA, (REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DE ESTE CANTON QUITO) cítese al demandado en el lugar que se indica. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y agréguense los documentos acompañados.- Notifíquese.JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 24 de Febrero del 2012, las 11h03.- El escrito presentado agréguese al proceso. En lo principal; atento lo solicitado, publíquese por una sola ves en uno de los periódicos

Puembo 8 de marzo del 2012

CONVOCATORIA De conformidad con lo que dispone la cláusula Décima Segunda del estatuto social de la COMPAÑÍA DE CARGA LI­ VIANA “TRANSCHICHE” S.A. en concor­ dancia con el Art. 234 y 236 de la ley de compañías vigente, se convoca a la Junta General de Accionistas, a llevarse a efec­ to el día Domingo 18 de Marzo del 2012 a las 13h00, en la oficina de la Compañía, ubicada en la Av. Oswaldo Guayasamin S 9-286 frente a la Y de Puembo, para tratar el siguiente orden del día. 1.- Constatación de quórum. 2.- Aprobación del acta anterior. 3.- Informe de presidencia. 4.- Informe de gerencia. 5.-Aprobación del balance económico. 6.- Aprobación del Presupuesto del año 2012. 7.- Resoluciones. Atentamente

(f) Dr. Juan Fernando Salazar Egas.GERENTE GENERAL.-

Sr. Edwin Bravo Carrera Gerente General

Quito, 09 de Marzo 2012”. AR/85804/cc

Revista judicial

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

AR/85800/cc

A.C./84543

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JUDICIAL QUITO

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Revista judicial C8

VIERNES 9 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador

de mayor circulación de esta Ciudad de Quito, el extracto de la demanda y auto inicial.Notifíquese.Lo que pongo en su conocimiento para fines legales correspondientes. DR. JUAN PABLO TORO CARRILLO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84553/tf R. DEL E. JUZGADO SEXTO DEL TRABAJO DE PICHINCHA

JUICIO No. 188-2011 ACTOR: CAMILO AMANDO LOPEZ ZAMBRANO DEMANDADO: FRANCISCO HERMINIO CORDOVA SALICA, propietario del FRIGORIFICO “LOS TO R N A D O R ES ARGENTINOS” señores: PATRICIA BEATRIZ CORDOVA CASTRO, ANGEL CORDOVA CASTRO en el lugar que se indica para el efecto, a la señora MABEL CORDOVA CASTRO. CITACIÓN HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SEÑOR FRANCISCO HERMINIO CORDOVA SALICA CUANTIA: $ 23.000,00 JUZGADO SEXTO DE TRABAJO DE PICHINCHA.Quito, jueves 5 de enero del 2012. Las 09h26.- VISTOS: Dra. Beatriz Cadena, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Sexta de Trabajo de Pichincha. En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley. Se la admite a trámite en el procedimiento oral, de conformidad al Art. 575 de la codificación del Código de Trabajo. Téngase en cuenta la cuantía fijada. Cítese con la demanda y auto de calificación a los herederos del causante FRANCISCO HERMINIO CORDOVA SALICA, propietario del FRIGORIFICO “LOS TORNADORES ARGENTINOS” señores: PATRICIA BEATRIZ CORDOVA CASTRO, ANGEL CORDOVA CASTRO en el lugar que se indica para el efecto, a la señora MABEL CORDOVA CASTRO, cítesele mediante comisión librada al señor Teniente Político de Cumbayá a quien se le enviará despacho en forma y se le concede el término de diez días en razón de la distancia. Por cuanto el actor ha reconocido firma y rubrica de su escrito constante a foja 6 CITESE por la prensa a los presuntos y desconocidos herederos del señor FRANCISCO HERMINIO CORDOVA SALICA de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones que se harán en fechas distintas en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Pichincha.- Si contados veinte días a partir de la fecha de la última publicación no comparecieren, se seguirá con la causa en su rebeldía, para el efecto remítase el extracto correspondiente.- Cuéntese con el señor Inspector del Trabajo para los fines de Ley.Señálese para el día seis de abril del dos mil doce a las nueve horas con cuarenta minutos, para que tenga lugar la audiencia preliminar de conciliación, contestación a

la demanda y formulación de pruebas a las que concurrirán las partes de forma personal con sus abogados o por intermedio de procurador judicial con poder especial amplio y suficiente para transigir.Cítese y Notifíquese.- f) Dra. Beatriz Cadena Landázuri, Jueza. F) Dra. Paulina Hidalgo, Secretaria titular del Juzgado. Lo que comunico para los fines de Ley. Dra. Paulina Hidalgo. SECRETARIA Hay firma y sello AC/84550/tf JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. AVISO JUDICIAL.

CAUSA No. 1139-2010 DC. Se hace conocer al pùblico en general que se va a proceder a la insolvencia de la señora Verònica Peña Cobeña. PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 31 de agosto del 2012, las 09h52. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la nota de sorteo, y en mi calidad de Titular de esta Judicatura.- En lo principal, la demanda de insolvencia presentada por la Dra. Gean Magali Aguirre Benalcàzar, en su calidad de Procurador Judicial del Banco de Guayaquil S.A., es clara, precisa y reúne los demás requisitos legales, en consecuencia se la admite a trámite especial.- En mérito de las

copias certificadas adjuntas, conferidas por el Juzgado Dècimo Primero de lo Civil de Pichincha y con fundamento en el Art. 519 numeral primero del Código de Procedimiento Civil se presume la insolvencia de VERONICA DEL CARMEN PEÑA COBEÑA, al no haber dado cumplimiento al mandamiento de ejecución ordenado por el Juzgado Dècimo Primero de lo Civil de Pichincha. Se declara haber lugar al concurso de acreedores y se disponen las siguientes diligencias: Que se acumulen sus bienes, correspondencia y más documentos del fallido y se entreguen al síndico del concurso Dr. Jorge Macas, a quien se lo nombra en la presente causa. Hágase saber al público de este particular por medio de una publicación en la prensa, de un extracto de la demanda y presente providencia; Que se acumulen todos los juicios seguidos en contra del Demandado, por obligaciones de dar o hacer, pudiendo sus acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado; Se ordena que presente el balance de sus bienes con indicación del activo y del pasivo en el término de ocho días; Remítase fotocopias certificadas de todo lo actuado a uno de los señores Agentes Fiscales de lo Penal de Pichincha para la calificación de la insolvencia.- Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes remítase sendos oficios a los señores: Presidente del Tribunal Supremo Electoral, Superintendente de Bancos, Contralor General del Estado, Registrador de la Propiedad del Cantón Quito, Registrador Mercantil del Cantón Quito, Notarios del Cantón Quito, Director de la Policía Técnica Judicial y Director Nacional de Migración.- Al tenor del Art.

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

EX­TRAC­TO CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA NENKIPARE SERVICIOS & CONSULTORIA CIA. LTDA. La com­pa­ñía NENKIPARE SERVICIOS & CONSULTORIA CIA. LTDA. se cons­ ti­tu­yó por es­cri­tu­ra pú­bli­ca otor­ga­da an­te el No­ta­rio Vigésimo Primero del Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, el 27 de Febrero de 2012, fue apro­ba­da por la Su­pe­rin­ten­den­cia de Com­pa­ ñías, me­dian­te Re­so­lu­ción SC.IJ.DJC. Q.12.001208 de 06 de Marzo de 2012. 1.- DO­MI­CI­LIO: Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, pro­vin­cia de Pi­chin­cha. 2.- CA­PI­TAL: Sus­cri­to US$ 1.000,00 Número de Participaciones 1.000 Valor US$ 1,00 3.- OB­JE­TO: El ob­je­to de la com­pa­ñía es: A).- LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS DE MANTENIMIENTO DE DERECHO DE VÍA DE OLEODUCTOS, POLIDUCTOS, MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES;...

Tremendo contraste entre el crepitar del fuego en su comienzo y la paz de la ceniza. José Luis Coll. Humorista español. 533 del Código Adjetivo Civil, el Demandado puede oponer al presente juicio pagando el valor adeudado o dimitiendo bienes saneados y suficientes en el término de tres días.Cítese a la demandada en el lugar indicado.- Inscríbase el presente auto en los Registros de la Propiedad y Mercantil de este Cantón-Quito.Notifíquese. Lo que comunico al pùblico en general, para los fines legales consiguientes. Dr. Juan Pablo Toro Carrillo SECRETARIO JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84545/tf EXTRACTO JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACION JUDICIAL: A LA SEÑORA MONICA IVONNE ENRIQUEZ PAZMIÑO ACTOR: ABOGADO VÍCTOR ANTONIO VILLOTA ESPINOSA, PROCURADOR JUDICIAL Y MANDATARIO DE RAMIRO WALTER LASSO OTT y JUAN CARLOS DE YCAZA AGUIRRE, GERENTE GENERAL y DIRECTOR TITULAR RESPECTIVAMENTE DE LA COMPAÑÍA DISTRIBUIDORA DISPACIF S.A. Y COMO TAL REPRESENTANTES LEGALES DE LA MISMA DEMANDADO: MONICA IVONNE ENRIQUEZ PAZMIÑO

JUICIO: 1324-2011 –CS TRAMITE: ESPECIAL CUANTIA: INDETERMINADA F U N DA M E N TOS DE DERECHO: EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 507,508, 519 NUMERAL 1 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL D EFENSOR DEL ACTOR: DRA. PAOLA VILLOTA INICIADO: 14 DE OCTUBRE DEL 2011 JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, Noviembre 07 del 2011; las 11h46.-VISTOS.- Por cuanto se ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia anterior. En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley: De las copias que se acompaña se desprende que la señora MONICA IVONNE ENRIQUEZ PAZMIÑO (171248330-2), fue requerida con el mandamiento de ejecución en el juicio Ordinario seguido por Ramiro Walter Lasso Ott y Juan Carlos de Ycaza Aguirre, en calidad de Gerente General y director titular de la empresa Distribuidora DISPACIF S.A. ; no ha pagado la deuda ni dimitido bienes equivalentes y por lo mismo atento lo previsto por el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil se presume la insolvencia de la señora MONICA IVONNE ENRIQUEZ PAZMIÑO (171248330-2), contra quien se dirige la presente

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA EGAR S.A. Se convoca a los señores Accionistas de EGAR S.A., a la Junta General Ordinaria, que se realizará el día lunes 19 de marzo de 2012, a las dieciocho horas, en el domicilio de la empresa, calle Cochapata 112 y Gas­ par de Villarroel de la ciudad de Quito; para tratar y resolver el siguiente orden del día: 1. Conocer y aprobar los informes del Ge­ rente General, Comisario y Auditores Externos 2. Conocer el Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio Económico del año 2011, aprobarlos y dictar la resolución correspondiente 3. Resolver sobre la distribución de los beneficios sociales del ejercicio econó­ mico 2011 4. Nombramiento de Comisario 5. Conocer, resolver y/o aprobar sobre va­ rias propuestas de la administración. La información sobre Balances y Anexos es­ tán a disposición de los señores Accionistas para su revisión Quito, 7 de Marzo de 2012 EDGAR GARRIDO JARAMILLO Presidente Ejecutivo

Qui­to, 06 de Marzo de 2012. Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS

CECILIA GARRIDO ORTEGA Gerente General AR/85791/cc

AR/85805/cc

acción, en consecuencia de tal presunción se declara con lugar el concurso de acreedores que se manda a formar ordenándose la acumulación y deposito de sus bienes correspondencia y más documentos los cuales se entregarán al Síndico del Concurso para cuyo efecto se nombra al Dr. Edisson López Tapia, quien entrará a la ocupación de los bienes indicados previa las formalidades de Ley. Ofíciese a los señores Jueces de lo Civil de Pichincha para la acumulación de las causas seguidas contra el deudor por obligaciones de dar o hacer a excepción de las hipotecarias , si sus dueños hacen valer sus derechos por cuerdas separadas; a uno de los señores Jueces de lo Penal a fin de que califiquen la insolvencia e inicien el juicio penal en contra del fallido si hubiere lugar a ello ; a los señores Gerentes de los bancos de la localidad de conformidad con lo previsto por la Ley de Cheques; a los señores Notarios y Registradores de La Propiedad de este cantón para que no otorguen , no inscriban escritura alguna en la cual intervéngale fallido; al señor Director de Migración y Extranjería, para que prohíban la salida del demandado del país; al señor Contralor de la Nación para que surtan los efectos de Ley ; hágase la publicación en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad; Notifíquese al señor Registrador de la Propiedad para la inscripción de esta insolvencia en los libros respectivos a su cargo. Se concede al deudor el término de ocho días para que presente el balance de sus bienes del activo y pasivo, caso de no hacerlo se ordenará la formación de dicho inventario por medio del síndico del con-

curso; así mismo se le concede el término de tres días a fin de que pague la deuda o dimita bienes equivalentes. Cítese a la demandada señora MONICA IVONNE ENRIQUEZ PAZMIÑO en el domicilio señalado para el efecto, para lo cual el actor proporcione las copias a fin de elaborar las boletas respectivas. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el actor. Agréguese al proceso la documentación que se acompaña. NOTIFIQUESE.JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.-Quito, 02 de Febrero del 2012, las 14h10.- En atención del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Cítese a la señora MONICA IVONNE ENRIQUEZ PAZMIÑO; por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito. Notifíquese.-F) Dra. María Mercedes Portilla Lo que le comunico para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. Dr. Luis Ron Villavicencio Secretario (E) Hay firma y sello AC/84548/tf JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO MULTICOMPETENTE DE PICHINCHA

San Miguel de los Bancos EXTRACTO JUDICIAL CITACION A: Presuntos herederos y desconocidos de Pastora Arevalo viuda de Carrera y a todas las personas que puedan haber tendido derechos en esta acción ACTORA: Flor Maria Jumbo

Jumbo DEMANDADOS: Señores conyugues S EG U N D O MOISES CARRERA y GLORIA ELIZABETH VACA VARGAS, así como a los presuntos herederos y desconocidos de Pastora Arevalo viuda de Carrera y a todas las personas que puedan haber tendido derechos en esta acción. CAUSA No. 488-2011 OBJETO: Demanda la Prescripción Extraordinaria de Dominio del lote de terreno signado con el numero 26, situado en calle seis de diciembre sin numero, y calle sin nombre de la ciudad y cantón de San Miguel de los Bancos. provincia de Pichincha, predio que tiene un superficie de trescientos metros cuadrados, cuyos linderos son: por el Norte: con calle 6 de diciembre. en diez metros; por el Sur: con calle en diez metros; por el Este: con lote de Jorge Rosero y Lorena Pesantez en treinta metros: y, por el Oeste: con lote de Casilda de Castro en treinta metros. La presente demanda la fundamenta en las disposiciones prescritas en los Arts. 603, 715, 2392, 2398, 2410, 2411 y 2413 del Código Civil CUANTIA: Indeterminada. DEFENSORA: Dra. Judith Panata Coloma. PROVIDENCIA: JUZGADO VIGESIMO S E G U N D O MULTICOMPETENTE DE PICHINCHA: San Miguel de los Bancos, a 17 de Noviembre del 2011: las 15H20.- VISTOS: Cumplido lo dispuesto en providencia que antecede; La demanda de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio No. 488-2011, formulada por FLOR MARIA JUMBO JUMBG, es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que se le admite a trámite en juicio

CONVOCATORIA Convócase a los accionistas de la Compañía TRANSCIP­ TRA S.A., a la Asamblea General que se llevará a cabo el día Sábado 17 de Marzo del 2012 a la 09.00 a.m. en las oficinas de la Compañía, ubicada en la calle Lauro Guerrero 262 y Maximiliano Rodríguez de esta ciudad de Quito, con el fin de tratarse el siguiente orden del día: 1.- Informe del Presidente del 2011 2.- Conocimiento y resolución del informe del Gerente General del 2011 3.- Conocimiento y resolución del informe del Comisa­ rio del 2011 4.- Conocimiento y resolución de estados financieros y anexos del 2011 5.- Conocimiento y resolución del presupuesto 2012 6.- Designación del comisario 2012 7.- Aprobación del Acta Anterior 8.- Nombramiento del nuevo Directorio Los informes y estados financieros se encuentran a dis­ posición de los señores accionistas en las oficinas de la compañía. Fanny Rodríguez PRESIDENTE AR/85793/cc


ordinario al tenor del Art. 39 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia con la demanda y este auto córrase traslado a los demandados: señores conyugues SEGUNDO MOISES CARRERA y GLORIA ELIZABETH VACA VARGAS, asi como a los presuntos herederos y desconocidos de Pastora Arevalo viuda de Carrera y a todas las personas que puedan haber tendido derechos en esta acción, a fin de que en el termino de Ley, formulen las excepciones que les asistan para tal efecto, cítese en el lugar indicado; en virtud del juramento de la demandante, cítese por la prensa a los presuntos herederos y desconocidos de Pastora Arevalo viuda de Carrera y a todas las personas que puedan haber tendido derechos en esta acción, en uno de los periódicos diarios de mayor circulación que se editan en la ciudad de Quito, en la forma indicada en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Citese al I. Gobierno Municipal del Cantón San Miguel de los Bancos, en las personas de los señores Alcalde y Procurador Síndico: Inscríbase la demanda en

el Registro de la Propiedad Cantonal; anéxese los documento acompañados; y, téngase en cuenta el domicilio judicial señalado para el efecto. Notifíquese.- El Juez.- f) Dr. Freddy Illescas Cerda., hay un sello .- Lo que me permito comunicarle a Ustedes para los fines de Ley. advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial esta causa, dentro del perímetro urbano de esta Cabecera Cantonal de san Miguel de los Bancos y fuera del Despacho para recibir notificaciones futuras. Dr. Mario Enrique Yánez Urbano. S e c re t a r i o (E). 22 MULTICOMPETENTE DE PICHINCHA San Miguel de los Bancos AC/84531/tf JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL. A: LILIAN RUTH ARIAS SOLANO, con el extracto de la demanda de Disolución de la Sociedad Conyugal y providencias que a continuación siguen: EXTRACTO:

Actor: FAUSTO VICENTE GARRIDO RIVADENEIRA. Demandada: LILIAN RUTH ARIAS SOLANO Cuantía: Indeterminada Juicio No. 656-2011-WZ Objeto de la Demanda: Disolución de la Sociedad Conyugal. PROVIDENCIAS: JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 30 de mayo del 2011, las 10h23. VISTOS: La demanda que plantea FAUSTO VICENTE GARRIDO RIVADENEIRA en contra de LILIAN RUTH ARIAS SOLANO es clara, precisa y reúne los requisitos legales. En consecuencia se acepta al trámite especial contenido en sección 21a, Art. 813 y subsiguientes del Código de Procedimiento Civil. Cítese a la accionada LILIAN RUTH ARIAS SOLANO, con el contenido de la demanda y este auto en la dirección proporcionada por el actor, mediante exhorto librado al representante diplomático de nuestro país en los Estado Unidos de Norte América, Estado de Florida, a fin de que en el término de tres días se excepcione legalmente; mas veinte días en relación de

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE SERVICIOS EXEQUIALES INTEGRADOS SERVIEXEQUIA S.A. De conformidad con la Ley de Compañías y el Estatuto Social de la Com­ pañía, cúmpleme convocar a los señores accionistas de la compañía SER­ VICIOS EXEQUIALES INTEGRADOS SERVIEXEQUIA S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a efecto el día Martes 20 de marzo de 2012 a las 10:00 a.m., en las oficinas de la Compañía, ubica­ das en la Rodrigo de Chávez Oe1-147 y Francisco Gómez, de esta ciudad de Quito Distrito Metropolitano, para conocer y resolver sobre los siguien­ tes puntos del Orden del Día: 1. Conocer y resolver sobre el informe presentado por el Gerente General relativo al Ejercicio Económico 2011. 2. Conocer y resolver sobre el informe presentado por el Comisario Principal correspondiente al Ejercicio Económico 2011. 3. Conocer y resolver sobre el informe presentado por el Auditor Externo, relativo al ejercicio económico 2011. 4. Conocer y resolver sobre el Balance General, sus anexos y el Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio Económico 2011. 5. Conocer y resolver sobre el destino del resultado arrojado en el Ejercicio Económico 2011. 6. Conocer y resolver sobre la designación de Comisario Principal y Suplente para el año 2012 y, fijar su retribución. 7. Conocer y resolver sobre la designación de Auditor Externo para el ejercicio económico 2012 y, fijar su retribución. 8. Conocer y resolver sobre la reforma al Fideicomiso Mercantil Camposanto Metropolitano del Sur y, sobre la realización de nuevos aportes al mismo. 9. Conocer y resolver sobre los parámetros y condiciones en los que se presentará una oferta comercial al BIESS. 10. Conocer y resolver sobre la restitución de los aportes para futuras capitalizaciones registrados en la contabilidad de la Compañía. Se convoca especial e individualmente a la compañía ASERTENCO CIA. LTDA., en su calidad de Comisario Principal, con la finalidad de que com­ parezca a la indicada Junta. Los documentos que serán conocidos por la Junta se encuentran a dis­ posición de los Señores Accionistas en las oficinas de la Compañía, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 292 de la Ley de Compañías. Quito D.M., 8 de marzo de 2012 José Raúl Ortega Carballo Gerente General SERVICIOS EXEQUIALES INTEGRADOS SERVIEXEQUIA S.A.

AR/85788/cc

La lectura es a veces una estratagema para eludir pensar. Arthur Helps.

la distancia. El exhorto se remitirá debidamente traducido al idioma ingles y utilizando los formularios correspondientes. Agréguese al proceso la documentación adjunta; téngase en cuenta la casilla judicial que señala para sus notificaciones así como la autorización otorgada a su abogado patrocinador.- Cítese y Notifíquese.- f) DR. MARIO ORTIZ ESTRELLA.Juez. JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 8 de febrero del 2012, las 13h57. Atento el juramento expresado por el actor FAUSTO VICENTE GARRIDO RIVADENEIRA y lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la accionada LILIAN RUTH ARIAS SOLANO, por la prensa; esto es, en uno de los diarios de mayor circulación nacional y que se editan en esta ciudad de Quito; para el efecto, confiérase el extracto respectivo. Notifíquese. f) DR. MARIO ORTIZ ESTRELLA.- Juez. Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en esta judicatura como dispone la ley. DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA SECRETARIO Hay un sello A.C./84515

ANULACIONES

banco PICHINCHA QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 2474 de la Cta. Cte. No. 3345566104 perteneciente a RUIZ ILLESCAS, JOSE-ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (1) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 1868 valor $100,00 de la Cta. Cte. No. 3358931004 perteneciente a FREIRE LARA, NOE-ASDRUBAL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (2) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 3123 valor $265,02 de la Cta. Cte. No. 3274506904 perteneciente a SOLUCIONES EN DISTRIBUCION Y TRADE MARKE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60

días posteriores a la última publicación. AC/ (3) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 281 al 380 de la Cta. Cte. No. 3414930804 perteneciente a VERA JARAMILLO, GALODANIEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (4) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 1110 valor $80,00 de la Cta. Cte. No. 3022006704 perteneciente a PIEDRA SILVA, DIANA-PATRICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (5) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 179 valor $3.000,00 de la Cta. Cte. No. 3459033604 perteneciente a GUAMANI JACHO,JOSE-LEONIDAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (6) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 240 de la Cta. Cte. No. 3467121604 perteneciente a BALSECA TRAVEZ, MARCO-MARCELO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (7) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 1158 al 1159 de la Cta. Cte. No. 3413517804 perteneciente a

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE

TERMAS DE PAPALLACTA S.A.

Revista judicial VIERNES 9 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador PACAS ,ANA-DEL CARMEN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (8) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 1206 de la Cta. Cte. No. 3413517804 perteneciente a PACAS ,ANA-DEL CARMEN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (9) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 2253 al 2256 de la Cta. Cte. No. 3346332804 perteneciente a VEINTIMILLA LLIRVI, GLADYS-JUSTINA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (10) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 0 de la Cta. Cte. No. 3463824404 perteneciente a STAR COLOURS REPRESENTACIONES CIA LTDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (11) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 1535 valor $105,00 de

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la Cta. Cte. No. 3011511004 perteneciente a TERAN GUAMAN,CHRISTIAN-JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (12) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 1536 valor $105,00 de la Cta. Cte. No. 3011511004 perteneciente a TERAN GUAMAN,CHRISTIAN-JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (13) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 1537 valor $105,00 de la Cta. Cte. No. 3011511004 perteneciente a TERAN GUAMAN,CHRISTIAN-JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (14) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 1419 de la Cta. Cte. No. 3479762504 perteneciente a MARCILLO MACIAS,MICHAEL-NEY del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.

COMPAÑIA OPERADORES DE TRANSPORTE Y TURISMO EN TAXI “OPETRANS” S.A. CONVOCATORIA Quito, 9 de Marzo deI 2012

Convócase a los accionistas de Termas de Papallacta S.A. a la Junta General de Accionistas que tendrá lugar el día viernes 30 de marzo de 2012 a las 16h00, en las oficinas de la Empresa en Quito, Foch E7-38 y Reina Victoria, con el objeto de tratar el siguiente orden del día: 1. Conocimiento y resolución sobre los informes de Adminis­ tración. 2. Conocimiento y resolución sobre el informe de Comisa­ rio. 3. Conocimiento y resolución sobre los Balances y Estados de Resultados correspondientes al año 2011. 4. Conocimiento del informe de los Auditores Externos. 5. Elección de Comisario Principal y Suplente para el Ejerci­ cio del año 2012. 6. Aprobación de la contratación de los Auditores Externos para el año 2012. 7. Destino de las utilidades del Ejercicio 2011. 8. Nombramiento de Gerente. 9. Fijaciones de los honorarios de Presidente y Gerente. En las oficinas de la Compañía se encuentran los documentos sobre los que se tratará en la Junta. Se convoca de manera especial al Comisario Sr. Wilfrido He­ rrera. Quito, 8 de marzo de 2012. Presidente Gerente AR/85798/cc

De conformidad con la Ley de Compañías vigente y con lo determinado en el Estatuto social de la Compañía “OPETRANS”, en sus arts. 6 al 13, con­ vocase a los accionistas a Junta General Ordinaria, a realizarse el día Sábado 24 de Marzo del 2012 a las 10:00 horas en la oficina de la Compañía ubi­ cada en las calles Ignacio Asín N51-101 y Antonio Román, sector San Fernando Norte de Quito, para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del Quórum e instalación de la junta; 2. Informe del Sr. Gerente General; 3. Informe del Sr. Comisario; 4. Conocimiento y aprobación del balance, anexos y Estados Financieros del ejercicio económico 2011; 5. Conocimiento y resolución sobre la Cuenta de Resultados; 6. Convalidación de los actos contratos y resolu­ ciones tomadas en juntas generales y sesiones de trabajo no convocadas por la prensa; 7. Lectura y resolución de oficios recibidos y envia­ dos. 8. Lectura y aprobación de esta misma acta de Junta General Ordinaria. Se convoca de manera especial al Sr. Juan José García Comisario principal de la Compañía. Se ruega a los accionistas puntual asistencia Sr. Marco Pilliza PRESIDENTE

Sr. Alex Pichucho GERENTE GENERAL

NOTA: Los Balances; anexos, y Estados Financie­ ros se encuentran a disposición de los accionis­ tas con 15 dias de anticipación en la oficina de la Compañía.

AC/84555/tf

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

Revista judicial C10

VIERNES 9 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador

AC/ (15) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 5199 al 0 valor $203,20 de la Cta. Cte. No. 3353279304 perteneciente a INTERASEO ECUADOR S.A. ECUAINTERASEO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (16) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 1129 de la Cta. Cte. No. 3034424004 perteneciente a SANCHEZ VILLACRES, MARTHA-CECILIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (17) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 101 al 130 de la Cta. Cte. No. 3420177404 perteneciente a VASCONEZ FREGONESE, RICARDOdel Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (18) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 0 al 130 de la Cta. Cte. No. 3500175804 perteneciente a ERAZO BASANTES,PABLOGEOVANY del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (19) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 251 al 280 de la Cta. Cte. No. 3262620004 perteneciente a BURBANO ESPINOZA, CARMEN-SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (20) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 4798 valor $4.437,40 de la Cta. Cte. No. 3078945104 perteneciente a LALAMA CRESPO,HAYDEE-JULIETA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (21) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 236 de la Cta. Cte. No. 3453507304 perteneciente a TIERRA VILEMA, JIMENA-MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (22) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 237 de la Cta. Cte. No. 3453507304 perteneciente a TIERRA VILEMA, JIMENA-MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (23) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 3022 al 3050 de la Cta. Cte.

No. 3014375304 perteneciente a ESCOBAR GUACHAMIN, MANUEL-ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (24) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 1320 al 1330 de la Cta. Cte. No. 3077539304 perteneciente a ENRIQUEZ ARGOTI, JORGEANIBAL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (25) mg ====== UEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 2961 al 3060 de la Cta. Cte. No. 3413210804 perteneciente a CUICHAN CANDO,LAURAMERCEDES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (26) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 4597 al 4598 de la Cta. Cte. No. 3084144604 perteneciente a ODONTOS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (27) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 126 al 127 de la Cta. Cte. No. 3498419004 perteneciente a AILLON CARRASCO, ADELAIDA-DE JESUS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (28) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 611 al 670 de la Cta. Cte. No. 3367637304 perteneciente a TENEZACA , ANA-LUCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (29) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 4128 valor $205,16 de la Cta. Cte. No. 3379650504 perteneciente a FERRETERIA ORBEA FERREORB CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (30) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 3239 valor $500,00 de la Cta. Cte. No. 3004405904 perteneciente a LALAMA TRONCOSO, MARIO-JOAQUIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (31) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 123 valor $230,00 de la Cta. Cte. No. 3506245504 perteneciente a LEON COBO, DAVIDANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (32) mg

JUDICIAL QUITO

====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 299 valor $28,00 de la Cta. Cte. No. 3425937604 perteneciente a SUAREZ AYALA, CARLOS-FERNANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (33) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 308 de la Cta. Cte. No. 3496314904 perteneciente a ORTIZ SILVA,VERONICAJACQUELINE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (34) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 5281 de la Cta. Cte. No. 3038198704 perteneciente a SALINAS CHIQUIN,JOSE-ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (35) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 2021 valor $40,00 de la Cta. Cte. No. 3175445804 perteneciente a JARAMILLO VAREA,MARIA-CECILIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (36) mg

COOPROGRESO Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0101658967 y Libreta de Aportaciones No. 107297154 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GARZON RON ADOLFO ALFREDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea

Muchos son los buenos, si se da crédito a los testigos; pocos, si se toma declaración a su conciencia. Quevedo

y

V i l l e ga s , F r a n c i s c o

con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14026 /1mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0910016266 y Libreta de Aportaciones No. 0970011020 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PACHACAMA CAMDO MARIA ALICIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14027 /2mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0900004800 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a QUISHPE CHOLANGO ISOLINA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14028 /3mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1001106717 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ALVAREZ ESPINOSA MARTHA ELIZABETH se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14029 /4mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1100009810 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ALVAREZ ALQUINGA JENNY

de

ELIZABETH se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14030 /5mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Aportaciones No. 1170035135 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MARTINEZ PAJUÑA BIVIANA DEL ROCIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14031 /6mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0501185105 y Libreta de Aportaciones No. 0570041684 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VILLACIS FONSECA TERESA YOLANDA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14032 /7mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0210021867 y Libreta de Aportaciones No. 0270019630 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a RODRIGUEZ ONA GLORIA ALICIA MERCEDES DEL CARMEN se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14033 /8mg

“CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA SERMAINC CIA. LTDA.De conformidad con lo dispuesto en las pertinentes disposiciones legales y estatutarias, convoco a los Socios de la compañía SER­ MAINC CIA. LTDA., a la Junta General Extraordinaria de Socios, que se efectuará el día martes 20 del mes de Marzo del 2.012 a las 17h00, en el domicilio de la Compañía ubicado en la Calle Ignacio San María No. E30-30 y Juan Gonzáles, Edificio Metrópoli, Oficina 105, de la ciudad de Quito. La Junta convocada deberá conocer, discutir y resolver sobre los puntos del orden del día contenido en la siguiente agenda: 1. CONOCER Y RESOLVER SOBRE LA FUSIÓN POR ABSOR­ CIÓN DE CENTROS COMERCIALES DEL ECUADOR C.A. (ABSORBENTE) CON LAS COMPAÑÍAS ESCAVILLA S.A.; Y SERMAINC CIA. LTDA. (ABSORBIDAS). 2. CONOCER Y APROBAR LAS BASES DE OPERACIÓN DE LA FUSIÓN. 3. CONOCER Y APROBAR LA DISOLUCIÓN ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA SERMAINC CIA. LTDA., SIN ENTRAR EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN, EN VIRTUD DE LA FUSIÓN POR ABSORCIÓN PLANTEADA. (f) Ing. Jorge Sanchez Tinoco.GERENTE GENERAL.-

===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0110167814 y Libreta de Aportaciones No. 0170144425 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CATUJAMBA NOBOA LUIS PATRICIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14034 /9mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0110078925 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a AREVALO PULLUPASIG ROSARIO CLARA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14010 /1 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0410328747 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CUEVA ROBALINO MARCO VINICIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14011 /2 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1010022073 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VASCONEZ LARA CHRISTIAN FRANCISCO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el

mencionado documento los reclame. AC/14012 /3 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 510070101 y Libreta de Aportaciones No. 570044166 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MURCIA NAVARRO BERTHA ROSALVA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14013 /4 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0808001636 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PINZA GRANILLO YAJAIRA ELIZABETH se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14014 /5 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0810077559 y Libreta de Aportaciones No. 0870051971 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a NARVAEZ ZHICAY CESAR AUGUSTO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14015 /6 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0900007352 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VELEPUCHA

PEÑA DAVID JONATHAN se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14016 /7 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1110027894 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VALVERDE MONTOYA JOSE GREGORIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14017 /8 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1201085485 y Libreta de Aportaciones No. 1207043485 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a LLULLUNA ANGO MARIO EDUARDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14018 /9 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1210038009 y Libreta de Aportaciones No. 1270022331 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a LAGUATASIG FIGUEROA MARCO VLADIMIR se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14019 /10 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta

CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DEL SECTOR ELÉCTRICO LTDA. (CACSE) El Presidente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito del Sector Eléctrico Ltda., en cumplimiento de lo establecido por la Ley de Cooperativas y el Estatuto de la Entidad, convoca a los señores socios a la Asamblea General Ordinaria que se realizará el día lunes 19 de marzo de 2012 a las 17h00 en la Sala Comunal del Edificio de Departamentos del “Multicentro” ubicado en la Av. 6 de Diciembre y La Niña, para tratar el siguiente Orden del día: ORDEN DEL DÍA: 1. Lectura y Aprobación del Acta de la Asamblea General Ordi­ naria de Socios del jueves 18 de agosto del 2011. 2. Lectura y Aprobación de los Informes de los Consejos de Administración, Vigilancia, Comité de Crédito y Gerencia al 31 de Diciembre de 2011. 3. Lectura del Dictamen del Consejo de Vigilancia sobre los Estados Financieros del ejercicio económico al 31 de Di­ ciembre del 2011. 4. Conocimiento y aprobación de los Estados Financieros del segundo semestre del año 2011. 5. Conocimiento y aprobación del Plan Operativo y Presupues­ to para el año 2012. 6. Autorización para la emisión de Certificados de Aportación. 7. Distribución de excedentes del año 2011. 8. Asuntos Varios (Lectura de comunicaciones recibidas). En caso de no existir quórum a la hora señalada, la Asamblea se instalará una hora más tarde con el número de socios presentes. Ing. Luis Paliz N. PRESIDENTE

Quito, 09 de Marzo 2012.” AR/85799/cc

AR/85802/cc


de Ahorros No 0601219556 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a HIDALGO SARANGO GABRIELA ELIZABETH se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14020 /11 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0101690669 y Libreta de Aportaciones No. 107289647 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ERAZO ENCALADA DIANA CAROLINA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.

AC/13999 /1 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1300000335 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MINALLA NAPA FRANKLIN RODOLFO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14000 /2 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1010071458 y Libreta de Aportaciones No.410170045704 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ASIMBAYA A R E VA L O RO B E RTO ALEJANDRO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el

mencionado documento los reclame. AC/14001 /3 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1200007430 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CABASCANGO PAREDES ELIZABETH CRISTINA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14002 /4 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1200000686 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PAUCHI CA M P OV E R D E JAV I E R IGNACIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con

CUARTA CONVOCATORIA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE INVERSIONISTAS TRAMO I FIDEICOMISO MERCANTIL IRREVOCABLE “PRIMERA TITULARIZACIÓN CARTERA AUTOMOTRIZ- UNIFINSA” Conforme lo establecido en la Cláusula Duodécima del Contrato del Fi­ deicomiso Primera Titularización Cartera Automotriz Unifinsa, constituido el primero de diciembre de dos mil diez nos permitimos realizar a Ustedes la cuarta convocatoria a la Asamblea Ordinaria de Inversionistas que tendrá lugar el lunes 19 de marzo de 2012 a las 10h00 en las oficinas de Morgan & Morgan, Fiduciary & Trust Corporation S.A. “Fiduciaria del Ecuador”, Su­ cursal Quito, ubicadas en las Av. De los Shyris y Suecia, edificio Renazzo Plaza primer piso oficina 103. Se tratará los siguientes puntos: 1. 2. 3.

Nombramiento del Presidente y Secretario de la ASAMBLEA. Designación de tres miembros para que integren el COMITÉ DE VI­ GILANCIA. Designación y, si el caso amerita, la asignación de funciones adicio­ nales del Presidente, Vicepresidente y Secretario del COMITÉ DE VIGILANCIA

Para que la ASAMBLEA pueda reunirse y decidir válidamente, será nece­ saria la concurrencia de INVERSIONISTAS que representen el 50% + 1 de la totalidad de VALORES en circulación. En caso que no se obtuviere tal quórum dentro de los sesenta (60) minutos posteriores a la hora fijada en dicha convocatoria, la FIDUCIARIA declarará que no procede la ASAMBLEA por falta de quórum, de lo cual dejará constancia en un acta levantada para tal efecto. Considerando que luego de publicada la segunda y tercera convocatoria no existió el quórum necesario para instalar la Asamblea se procede a efectuar una cuarta convocatoria cumpliendo con las disposiciones de publicación antes establecidas, en lo que fuere aplicable. La ASAMBLEA correspon­ diente a esta cuarta convocatoria podrá reunirse y decidir válidamente, en el lugar y hora señalados en la convocatoria correspondiente, con el núme­ ro de INVERSIONISTAS concurrentes, independientemente del TRAMO al que correspondan. Los INVERSIONISTAS podrán concurrir a las ASAMBLEAS, personalmente o representados mediante poder o carta-poder. Cada US$ 1.00 (Un dólar de los Estados Unidos de América) contenido dentro de un VALOR, dará dere­ cho a voz y a un (1) voto dentro de la ASAMBLEA. Todas las resoluciones de la ASAMBLEA se tomarán por mayoría simple de votos. Quito, 09 de marzo de 2012

La confianza en la bondad ajena es testimonio no pequeño de la propia bondad. M o n ta i g n e , M i c h e l E yq u e m

derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14003 /5 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1301080323 y Libreta de Aportaciones No. 1307047517 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a TUTILLO COYAGUILLO HUGO ALEXIS se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14004 /6 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1301093931 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PEÑAFIEL ROSA MARITZA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14005 /7 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1301073251 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a QUIÑONEZ VALENCIA SEGUNDO CRISTOBAL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14006 /8 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1401029451 y Libreta de Aportaciones No. 1407019706

de la

de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CALDERON CABEZAS MARCELA BEATRIZ se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14007 /9 mg

banco INTERNACIONAL Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250774210 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ 14024 (1)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 450709647 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ 14024 (2)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400717497 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-

sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ 14024 (3)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 964664 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ 14024 (4)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430737795 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ 14024 (5)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360717825 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (1)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 450751783 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (2)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900770501 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA SERMAINC CIA LTDA. De conformidad con lo dispuesto en las pertinentes disposiciones lega­ les y estatutarias, se convoca a los socios a la Junta General Ordinaria de socios de la compañía SERMAINC CIA. LTDA, que se efectuará el día martes veinte de marzo de dos mil doce a las 09h00, en el domicilio de la Compañía, ubicado en la calle Ignacio San María E3-30 y Juan Gonzáles, Edificio Metrópoli, Oficina 105, en la Ciudad de Quito. La Junta convocada deberá conocer, discutir y resolver sobre los puntos contenidos en la siguiente agenda, relacionados con el ejercicio econó­ mico del 2011: 1.- Conocimiento y aprobación del Balance General y Estado de Re­ sultados de la Compañía del ejercicio económico del año, y destino de los resultados del ejercicio económico del año. 2.- Conocimiento y aprobación del Informe de Gerente General de la Compañía por el ejercicio económico del año. 3.- Designación de Presidente y Gerente General de la Compañía. Los informes de la Administración, y los balances al 31 de diciembre de 2.011 se encuentran a disposición de los socios, con quince días anticipación, en la Gerencia de la Compañía, Av. Amazonas N36-152 y Naciones Unidas.

p. FIDEICOMISO MERCANTIL IRREVOCABLE “PRIMERA TITULARIZACION CARTERA AUTOMOTRIZ-UNIFINSA” MORGAN & MORGAN, FIDUCIARY & TRUST CORPORATION S.A. “FIDUCIARIA DEL ECUADOR” ALEJANDRO CUADRADO CARDENAS APODERADO ESPECIAL AR/85804/cc

Ing. Jorge H. Sanchez Tinoco GERENTE GENERAL SERMAINC CIA. LTDA Quito, 09 de marzo del 2012. AR/85799/cc

Revista judicial VIERNES 9 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (3)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 550757034 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (4)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500748419 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (5)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700808665 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (6)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 5000736818 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (7)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400814947 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (8)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 460700757 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (9)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 350727586 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (10)mg =======

C11

Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250760147 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (11)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 420706219 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (12)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500761636 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (13)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620751558 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (14)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500790687 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (15)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 955290 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (16)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 390745867 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14022 (17)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250746098 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-

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