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Resolucion No.
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Que de acuerdo con 10 establecido en el articulo 81 del Decreto Ley 356 de 1994, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privac3, podra investigar las circunstancias y hechos consignados en las solicitudes de licencia de Constitucion y de Funcionamiento consultando los archivos de la p')lida nacional de organismos de seguriciad del Estado y de cualquier otra fuente que considere pertinente, Que segun 10 dispuesto en el articulo 3 de la Resoluci6n No,3572 de, 3 de Octubre de 2006, Ie corresponde al Grupo de Habilitacion Empresarial, bajo la supervisi6n y coordinaci6n del Despacho de la Superintendencia Delegada para la Operaci6n de los Serviciol) de Vigilancia y Segurid,3d Privada, efectuar los esluciios y conceptos sobre las licencias, permisos, renovaciones y demas aspectos relacionados con empresas y cooperativas de vigilancia y seguridad privada en cualquiera de sus modalidades y medios, emprt.:sas transportadoras de valores y servicios especiales y comunitarios. Que el Grupo de Habilitacion Empresarial de este organis,llo en desarrc.lio de su competencia, una vez efectuado el estudio documental correspondiente, recomend6 autorizar a la empresa de vigilanGia y seguridad privada denominada COOPERATIVA COlOMBIANA DE VIGllANCIA ESPECIALIZADA "COOVISER C.T.A.", con el NIT. 800.028.582-9, la modalidad de vigil.::ncia m6vil, de conformidad con el numeral 2 del articulo 6 del Decreto Ley 356 de 1994. Que de conform:dad con 10 expuesto anteriormente, esle Despacho,
RESUELVE
ARTicULO PRIMERO: Autorizar a la empresa de vigilancia y segLridad privada denominada COOPERATIVA COlOMBIANA DE V1GIlANCIA ESPECIALIZADA "COOVISER C.T.A" con el NIT.800.028.582-9, y domicilio principal ubicado en la Cal!e 68 NO.59 1-'11 de la ciudad de Bogot,j D,C., la modalidad de vigilancia m6vil, por el mismo termino y conjiciones de la licencia rle funcio!)omiento, de conformidad con 10 expuesto en la parte conskJerativa del presente acto administrativo, ARTicULO SEGUNDO: La presente resolucion rige a partir de la fecha de expedicion y contra ella procede el feCur·;.o de reposicl6n ante el superintendente delegado para Ie operacion de los servicios _ de vigilancia y <8guridad privada y el de apelacion ante superintendente de vigilancia y seguridad privada, el1 Ius terminos previstos en ei articulo 51 y siguientes del c6d/go contencioso administrativo, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a la notificaci6n. ARTiCULO TERCERO: Notifiquese el presente proveido d':l conformidad son los articulos 44 y 45 eel c6digo conlencioso administrativo,
• NOTIFiaUESE Y CUMPlASE. Dada en Bogota D.C.,
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TATIANA GONZALEZ CERON
Superintendente Delegada para la Operaci6n d,;
los Servicios de V'gilancia y Se£lurldad Privada
proyect6: LRGVi;RRAR Grupo OAP
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Rosollld6n No. .
21 de
I 6 OCT 2G09'
Caner3 1() ~:o. ),0 -7~ ',n\. loti, 2,:3 YI, pise> I F·BX, (57)1327 40 00 I FAX, (57)13 27 40 22
www.s:.pcrvir)ilancia.gov.co 8o~Q'.• D.C., Colombia
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