BLOQUE QUIRURGICO. ESTANDARES Y RECOMENDACIONES

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2.1. Estándares y recomendaciones sobre el BQ en España 2.1.1. Autorización y acreditación de centros Tanto la administración general del estado como la totalidad de comunida­ des autónomas disponen de normas relativas a la autorización y registro de centros sanitarios. Existen dos tipos de normas: las de autorización y regis­ tro, que evalúan un centro antes de su puesta en funcionamiento, y las de acreditación, que lo evalúan con posterioridad a su funcionamiento. 2.1.1.1. Autorización Todas las comunidades autónomas disponen de normas sobre autorización de centros sanitarios. Desde la aparición del RD 1277/2003, 10 CC.AA. han modificado su legislación autonómica para adaptarla a esta nueva realidad normativa, en tanto que otras 7 mantienen la previa. Aunque existen nume­ rosos elementos comunes, también se pueden apreciar diferencias relevan­ tes en relación con los criterios de autorización / habilitación. Algunas de ellas incluso han elaborado normas específicas para los centros y servicios de cirugía(1, 2). Asimismo, en las normas de autorización y registro promul­ gadas por las comunidades autónomas para centros sanitarios existen, en algunos casos, referencias concretas al BQ(3, 4, 5, 6, 7, 8), que tienen carácter de mínimos. (1) Aragón, Orden 8 de marzo de 2006. BOA nº 36 de 27/03/2006. (2) Castilla-La Mancha, la Orden de 29.06.2007. DOCM de 12 de julio de 2007. (3) Islas Baleares. Ordre de la Conselleria de Salut i Consum de dia 20 de febrer de 2004, mitjançant la qual

es modifica l'Ordre de la mateixa Conselleria de 19 de desembre de 2000, per la qual s.estableixen les con­ dicions, els requisits tècnics i el procediment d'autorització per a la creació, modificació, trasllat i tancament d.hospitals. (4) Canarias. Orden de 15 de junio de 2000, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se estable­ cen las condiciones mínimas que deben cumplir los centros hospitalarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. 107, de 16.8.2000). (5) Ordre de 10 de juliol de 1991, per la qual es regula l'acreditació dels centres hospitalaris.(DOGC 1477 de

7.8.91). (6) Galicia. Orde do 24 de setembro de 1986, po la que se fixan os requisitos e condicións necesarias para a

autorización dos centros de asistencia hospitalaria na Comunidade Autónoma de Galicia. (7) Orden 11 de febrero de 1986, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que desarrolla el Decreto

12 diciembre 1985 (LCM 1986\321), en lo relativo a requisitos para creación, modificación o supresión de centros, servicios y establecimientos sanitarios. (8) País Vasco. Orden de 29 de febrero de 1996, del Consejero de Sanidad, por la que se regulan las autori­ zaciones de creación, de realización de modificaciones y de funcionamiento de los hospitales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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