acto_legislativo_01_de_2005

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“…Salvo lo dispuesto en el último inciso del presente acto, no habrá regímenes pensionales especiales ni exceptuados, con excepción del aplicable a la fuerza pública…

“… La vigencia de los regímenes pensionales de transición, los especiales, los exceptuados así como cualquier otro distinto al establecido de manera permanente en las reglas generales de la Ley 100 de 1993 y sus reformas expirará el 31 de diciembre del año 2007…”

El primer inciso aquí transcrito se modificó incorporando como exceptuado el régimen del Presidente de la República y cambiando la “salvedad” del “último inciso” por “lo establecido en los parágrafos del presente artículo” para armonizar y consolidar la validez jurídica de las disposiciones arriba mencionadas y que fueron plasmadas en los parágrafos transitorios. El texto final es el siguiente:

“A partir de la vigencia del presente Acto Legislativo, no habrá regímenes especiales ni exceptuados, sin perjuicio del aplicable a la fuerza pública, al Presidente de la República y a lo establecido en los parágrafos del presente artículo.”

El último inciso de la propuesta inicial transcrita también se modificó sustancialmente: se convirtió en Parágrafo transitorio 2; exceptuó lo establecido en los parágrafos, esto es, magisterio, Inpec, transición del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, y mesada 14; además, cambió la fecha en la cual expiran los regímenes no contemplados en los parágrafos, como se sustenta ampliamente en este documento.

Este criterio sistemático es reconocido por la Sala de Consulta del Consejo de Estado al estudiar la mesada 14. Por eso acepta la validez del reconocimiento dicha mesada después del 31 de julio de 2010 si es inferior a tres salarios mínimos, como lo dispone el Parágrafo Transitorio sexto. Lo que resulta incomprensible es que dicha corporación acepte un transitorio y desconozca otros, cuando todos fueron exceptuados en el inciso octavo y en el Parágrafo Transitorio Segundo.

REGIMEN ESPECIAL - 24/04/09

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JORGE H. VALERO VALERO R. & ABOGADOS DERECHO ADMINISTRATIVO LABORAL CALLE 19 NO. 4E--MAIL valerojh@cable.net.co 4-88 OF. 1403, BOGOTÁ D.C., PBX 2824518. CEL. 3144140244 E


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